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Pre-bases de Invitación Restringida a por lo menos tres personas Nacional Número IS-430-RM-LPM-2007825 PREBASES DE INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN EL: SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR DEL TREN B DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS Y SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL INTERIOR DE LAS TUBERIAS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS DE PROCESO DEL TREN “B” DE LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 54 SEGUNDO PÁRRAFO Y 57 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE PETROLEOS MEXICANOS EN ADELANTE LEY, ARTÍCULO 50 FRACCION II, 52 DE SU REGLAMENTO EN ADELANTE REGLAMENTO Y ARTICULOS 42 AL 45 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y BIENES DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS EN ADELANTE DACS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS DE PEMEX PETROQUÍMICA A TRAVÉS DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES UBICADA EJIDO PAJARITOS S/N, CP 96400, ALLENDE, COATZACOALCOS, VER., CON TELÉFONO 01-921-21140-00 EXT. 30-757, 34- 582 Y CORREOS ELECTRÓNICOS [email protected] , [email protected] Y [email protected] EN ADELANTE "CONVOCANTE" , EMITE LAS BASES EN LAS QUE SE DESARROLLARA LA INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL EN ADELANTEBASES” PARA LA REALIZACION DE LOS SERVICIOS ANTES DESCRITOS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES INDICADOS EN LAS PRESENTES BASES.

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PREBASES DE INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS

PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN EL:

SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR DEL TREN B DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS

YSERVICIO DE LIMPIEZA EN EL INTERIOR DE LAS TUBERIAS QUE CONFORMAN LOS

CIRCUITOS DE PROCESO DEL TREN “B” DE LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 54 SEGUNDO PÁRRAFO Y 57 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE PETROLEOS MEXICANOS EN ADELANTE LEY, ARTÍCULO 50 FRACCION II, 52 DE SU REGLAMENTO EN ADELANTE REGLAMENTO Y ARTICULOS 42 AL 45 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y BIENES DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS EN ADELANTE DACS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS DE PEMEX PETROQUÍMICA A TRAVÉS DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES UBICADA EJIDO PAJARITOS S/N, CP 96400, ALLENDE, COATZACOALCOS, VER., CON TELÉFONO 01-921-21140-00 EXT. 30-757, 34-582 Y CORREOS ELECTRÓNICOS [email protected] , [email protected] Y [email protected] EN ADELANTE "CONVOCANTE" , EMITE LAS BASES EN LAS QUE SE DESARROLLARA LA INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS CON CARÁCTER NACIONAL EN ADELANTEBASES” PARA LA REALIZACION DE LOS SERVICIOS ANTES DESCRITOS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES INDICADOS EN LAS PRESENTES BASES.

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CRONOGRAMA

EVENTO FECHA Y HORA LUGAR

PUBLICACION DE PREBASES EN EL PORTAL DE PEMEX PETROQUIMICA 13 DE OCTUBRE DE 2011 PORTAL DE PEMEX

PETROQUIMICA

ENTREGA DE INVITACIONES Y PUBLICACION EN EL PORTAL DE PEMEX PETROQUIMICA

20 DE OCTUBRE DE 2011 PORTAL DE PEMEX PETROQUIMICA

FECHA LÍMITE PARA MANIFESTAR INTERES Y ENTREGA DE BASES.

26 DE OCTUBRE DE 2011A LAS 10:00 HORAS.

Jefatura de Obra Pública, ubicada en el domicilio de la Convocante, Complejo Petroquímico Morelos

VISITA A LAS INSTALACIONES 24 DE OCTUBRE DE 2011A LAS 13:00 HORAS. En la Jefatura de Obra Pública, ubicada

en el domicilio de la ConvocanteComplejo Petroquímico MorelosEjido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz.

Teléfono 01-921 21 1-40-00 extensiones 30-757, 30-758.

Localizada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, a un costado de la portada principal, frente al servicio médico.

JUNTA DE ACLARACIONES 26 DE OCTUBRE DE 2011A LAS 14:00 HORAS.

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

31 DE OCTUBRE DE 2011A LAS 10:00 HORAS.

PLAZO PARA QUE LA CONVOCANTE SOLICITE ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y/O PARA QUE LOS LICITANTES SUBSANEN OMISIONES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS DAC´S

03 DE NOVIEMBRE DE 2011AL

10 DE NOVIEMBRE DE 2011

FALLO 11 DE NOVIEMBRE DE 2011A LAS 14:00 HORAS.

FECHA PROBABLE DE FIRMA DEL CONTRATO

18 DE NOVIEMBRE DE 2011A LAS 14:00 HRS.

INICIO PROBABLE DEL SERVICIO 18 DE NOVIEMBRE DE 2011

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASESDOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

01 Requerimientos Técnicos.02 Modelo Administrativo.

03Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta.

03-A Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. -NO APLICA-.

04 Formato para acreditar la nacionalidad, y personalidad jurídica del licitante

05 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los Servicios.

06 Formato de propuesta Técnica.06-A Formato de propuesta Económica.

07Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

09Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberán presentar án ellos proveedores y modelo de declaración de beneficiario. -NO APLICA-.

10Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. -NO APLICA-.

11 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.-NO APLICA-.

13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Servicios -NO APLICA-.

14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Invitación del Gobierno Federal. Servicios -NO APLICA-.

15 Modelo del Contrato.

16 Causas de Desechamiento.17 Niveles de supervisión de los Servicios.18 Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental.

PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA INVITACIÓN PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES DE INVITACION, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS.PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO.

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DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

“SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR DEL TREN “B” DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS”

PARTIDA 1No.

Subpartida cantidad Unidad Descripción

1 4.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 1 ½ in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

2 10.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 6 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402, E-2224-A, E-2224-B. VER. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NO. 1

3 6.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 8 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302, E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

4 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 10 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

5 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 16 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1.

6 2.00 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORDESARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: EXTRACCIÓN DE NÚCLEO, TAPA DE CABEZAL FRONTAL, TAPA DE CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON

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BRIDA DE ANILLO ABIERTO DE 700 mm DE DIAMETRO HASTA 1050 mm DE DIAMETRO INSTALADOS DE 0.00 DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302, E-2402.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2.

7 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALOR

DESARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: CABEZAL SUPERIOR, CABEZAL INFERIOR, DE 609 mm DE DIÁMETRO INSTALADOS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 15.00 m DE ALTURA. E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 3.

8 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORLIMPIEZA EXTERIOR AL HAZ DE TUBOS, COMPONENTES Y ACCESORIOS DE CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE AGUA A ALTA PRESIÓN: PRESIÓN: DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi DIMENSIONES: DE 700 mm DE DIÁMETRO HASTA 1050 mm DE DIÁMETRO ALTURA: DE 0.00 m HASTA 5.00 m INCLUYE: LIMPIEZA DE TAPA DE CABEZAL FRONTAL Y POSTERIOR, CARCAZA DE EQUIPO, CABEZAL FLOTANTE. E-2302, E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.4

9 156.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORLIMPIEZA INTERIOR A HAZ DE TUBOS DE CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE ALTA PRESIÓN DE AGUA: DIMENSIONES: 1- 1/2 in DE DIÁMETRO POR 7.31 m DE LONGITUD PRESIÓN: DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi, ALTURA: DE 0.00 m HASTA 5.00 m EN CAMBIADORES DE CALOR: E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 05

10 942.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORLIMPIEZA INTERIOR A HAZ DE TUBOS DE CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE ALTA PRESIÓN DE AGUA: DIMENSIONES: DE 1 in DE DIÁMETRO POR 4.88 m DE LONGITUD PRESIÓN: DE 10000 psi HASTA 20000 psi, ALTURA: DE 0.00 m HASTA 5.00 m EN CAMBIADORES DE CALOR: E-2302, E-2402 02 EQUIPOS. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 05

11 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: MONTAJE DE NÚCLEO, TAPA DE CABEZAL FRONTAL, TAPA DE CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO DE 700 mm DE DIAMETRO HASTA 1050 mm DE DIAMETRO INSTALADOS DE 0.00 DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E- 2302, E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

12 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS, INCLUYE: CABEZAL SUPERIOR, CABEZAL INFERIOR DE: 609 mm DE DIÁMETRO. INSTALADOS A UNA ALTURA DE 0.00 m HASTA 15.00 m. EN CAMBIADOR DE CALOR E-2224-A, E-2224-B. 02 EQUIPOS. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 3

13 4.00 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A

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CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 1 ½ in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

14 10.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 6 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402, E- 2224-A, E-2224-B. VER. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NO. 1

15 6.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 8 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302, E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

16 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 10 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

17 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 16 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1.

ESPECIFICACIONES Y ALCANCES PARTIDA 11.- ESPESIFICACIONES TECNICAS

1.1.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1, PARA LAS PARTIDAS NÚM. 01, 02, 03, 04, 05, 13, 14, 15, 16, 17.COLOCACIÓN Y RETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE: 1-1/2 in, 6 in, 8 in, 10 in Y 16 in DE DIÁMETRO, CLASE 150, INSTALADAS DE 0.00 m HASTAS 5.00 m DE ALTURA.

1.2.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 2, PARA LAS PARTIDAS NÚM. 6 Y 11:DESARMADO Y ARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: DE TAPA DE CABEZAL FRONTAL, CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO, EXTRACCIÓN DE HAZ DE TUBOS 700 mm DE DIÁMETRO HASTA 1,050 mm DE DIÁMETRO, INSTALADOS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. EN CAMBIADORES DE CALOR: E-2302, E-2402, INSTALADOS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA.

1.3.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 3, PARA LA PARTIDA No, 07 Y 12:

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DESARMADO Y ARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: CABEZAL SUPERIOR Y CABEZAL INFERIOR DE 609 mm DE DIÁMETRO INSTALADOS A UNA ALTURA DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 15.00 m DE ALTURA PARA LOS CAMBIADORES VERTICALES: E-2224-A, E-2224-B.

1.4.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 4, PARA LAS PARTIDAS No. 08:LIMPIEZA EXTERIOR AL HAZ DE TUBOS, COMPONENTES Y ACCESORIOS PARA CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE AGUA A ALTA PRESIÓN CON RANGOS DE TRABAJO DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi , DE 700 mm DE DIÁMETRO HASTA 1050 mm DE DIÁMETRO PARA LOS CAMBIADORES E-2302, E-2402: INCLUYE: TAPA DE CABEZAL FRONTAL, CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, HAZ DE TUBOS, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO, CARCAZA DEL EQUIPO, EN ALTURA DE 0.00 m HASTA 5.00 m DE ALTURA

1.5.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 5, PARA LAS PARTIDAS No. 09 Y 10.LIMPIEZA A BASE DE ALTA PRESIÓN DE AGUA EN HAZ DE TUBOS DE CAMBIADORES DE CALOR: LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBOS DE 1 in, 1-1/2 in DE DIÁMETRO CON SONDA Y AGUA A ALTA PRESIÓN CON RANGOS DE TRABAJO DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi EN CAMBIADORES DE CALOR INSTALADOS: DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA Y DE DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 15.00 m DE ALTURA.

2.- ALCANCES

2.1.- ALCANCE PARA LA ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1, PARA LAS PARTIDAS No. 01, 02, 03, 04, 05, 13, 14, 15, 16, 17.

2.1.1.- COLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE: 1-1/2 in, 6 in, 8 in, 10 in Y 16 in DE DIÁMETRO, CLASE 150, INSTALADAS DE 0.00 m HASTAS 5.00 m DE ALTURA.

2.1.1.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS.2.1.1.2.- AFLOJAR Y RETIRAR ESPÁRRAGOS NECESARIOS PARA SEPARAR JUNTAS BRIDADAS.2.1.1.3.- SEPARACIÓN DE JUNTAS BRIDADAS.2.1.1.4.- RETIRO DE EMPAQUE EXISTENTE.2.1.1.5.- LIMPIEZA DE CARAS DE UNIONES BRIDADAS.2.1.1.6.- INSTALACIÓN DE JUNTA CIEGA METÁLICA CON EMPAQUES PROVISIONALES2.1.1.7.- CAMBIO DE ESPÁRRAGOS DAÑADOS, EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS LOS PROPORCIONA. 2.1.1.8.- INSTALACIÓN Y APRIETE DE ESPÁRRAGOS EN UNIONES BRIDADAS, HASTA ELIMINAR FUGAS, APLICANDO EL PROCEDIMIENTO 430-DIMP-PO-05.2.1.1.9.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA AL TÉRMINO DE CADA JORNADA DE TRABAJO.

2.1.2.- PARA EL RETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS:

2.1.2.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS.2.1.2.3.- AFLOJAR Y RETIRAR ESPÁRRAGOS NECESARIOS PARA SEPARAR JUNTAS BRIDADAS.2.1.2.4.- SEPARACIÓN DE JUNTAS BRIDADAS.2.1.2.5.- RETIRO DE JUNTAS CIEGAS Y EMPAQUES PROVISIONALES.2.1.2.6.- LIMPIEZA DE CARAS DE UNIONES BRIDADAS.2.1.2.7.- INSTALACIÓN DE EMPAQUE DEFINITIVO DE ACUERDO AL SERVICIO DEL EQUIPO.

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2.1.2.8.- INSTALACIÓN Y APRIETE DE ESPÁRRAGOS EN UNIONES BRIDADAS, HASTA ELIMINAR FUGAS, APLICANDO EL PROCEDIMIENTO 430-DIMP-PO-05.2.1.2.9.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA.

2.1.3.- PARA LA COLOCACIÓN Y EL RETIRO DE JUNTAS CIEGAS SE DEBEN UTILIZAR HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NEUMÁTICOS Y/O HIDRÁULICOS.

2.1.4.- LOS EQUIPOS E-2224, E-2224 B, SE ENCUENTRAN A UNA ALTURA DE 10.00 m Y 15.00 m CON RESPECTO DEL NIVEL DE PISO TERMINADO EN UNA PLATAFORMA METÁLICA FIJA; POR LO QUE LA ALTURA A CONSIDERARSE PARA EFECTOS DE LA REALIZACIÓN DE ESTE SERVICIO SERÁ DE 5.00 m CON RESPECTO A LA PLATAFORMA FIJA.

2.1.5.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, SUMINISTRA ESPÁRRAGOS Y/O EMPAQUES EN LOS DIÁMETROS Y LIBRAJES QUE CORRESPONDAN PARA SU COLOCACIÓN. SI EL PROVEEDOR DAÑA ALGUNO, O ALGUNOS DE LOS ESPÁRRAGOS Y EMPAQUES PROPORCIONADOS POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EL PROVEEDOR DEBE REPONERLO SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.2.- ALCANCE PARA LA ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 2, PARA LAS PARTIDAS 06 Y 11:

2.2.1.- DESARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO, EXTRACCIÓN DE HAZ DE TUBOS, DE 700 mm DE DIÁMETRO HASTA 1,050 mm DE DIÁMETRO PARA LOS CAMBIADORES DE CALOR: E-2302, E-2402 INSTALADOS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA.

2.2.1.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS.

2.2.1.2.- AFLOJAR Y RETIRAR ESPÁRRAGOS NECESARIOS PARA DESARMAR EL CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR Y CABEZAL FLOTANTE, UTILIZANDO HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NEUMÁTICOS Y/O HIDRÁULICOS.

2.2.1.3.- MANIOBRAS PARA EL RETIRO DEL CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR Y CABEZAL FLOTANTE UTILIZANDO GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA DE ACUERDO A LA CAPACIDAD DE CARGA REQUERIDA, ESLINGAS, CABLES DE ACERO, DIFERENCIALES, TIRFOS, GRILLETE.

2.2.1.4.- MANIOBRAS PARA: EXTRACCIÓN DEL HAZ DE TUBOS UTILIZANDO GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA DE ACUERDO A LA CAPACIDAD DE CARGA REQUERIDA, ESLINGAS, CABLES DE ACERO, DIFERENCIALES, TIRFOS, GRILLETE.

2.2.1.5.- RETIRO Y ENTREGA DE JUNTAS ENCHAQUETADAS DEL CAMBIADOR DE CALOR AL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS. EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS EVALUARÁ LAS CONDICIONES FÍSICAS DE LAS JUNTAS PARA SU REINSTALACIÓN DURANTE EL ARMADO O SI SE REQUIERE CAMBIO POR NUEVA.

2.2.1.6.- CARGA Y ACARREO DE HAZ DE TUBOS UTILIZANDO GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA DE ACUERDO A LA CAPACIDAD DE CARGA REQUERIDA, ESLINGAS, CABLES DE ACERO, DIFERENCIALES, TIRFOS, GRILLETE HASTA EL ÁREA DE LAVADO.

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2.2.1.7.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA AL TÉRMINO DE CADA JORNADA DE TRABAJO.

2.2.2.- PARA EL RETIRO DEL HAZ DE TUBOS, EL CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR Y CABEZAL FLOTANTE SE DEBEN UTILIZAR HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NEUMÁTICOS Y/O HIDRÁULICOS.

2.2.3.- SI EL PROVEEDOR DAÑA EL EQUIPO, O EQUIPO PERIFÉRICO DURANTE LAS MANIOBRAS DE DESARMADO, ESTE DEBE REALIZAR LA REPARACIÓN O REPARACIONES NECESARIAS O EN SU DEFECTO REMPLAZO DE LOS MISMOS SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.2.4.- LOS EQUIPOS E-2204, E-2302 SE ENCUENTRAN A UNA ALTURA DE 15.00 m CON RESPECTO DEL NIVEL DEL PISO TERMINADO A UNA PLATAFORMA METÁLICA FIJA; POR LO QUE LA ALTURA A CONSIDERARSE A EFECTOS DE LA REALIZACIÓN DE ESTE SERVICIO SERÁ DE 5.00 m CON RESPECTO A LA PLATAFORMA FIJA.

2.2.5.- ARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR, COMPONENTES Y ACCESORIOS, INCLUYE: ARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: TRANSPORTE, INTRODUCCIÓN Y NIVELACIÓN DE HAZ DE TUBOS; INSTALACIÓN DE CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO, DE 700 mm DE DIÁMETRO HASTA 1,050 mm DE DIÁMETRO PARA LOS CAMBIADORES DE CALOR: E-2302, E-2402 INSTALADOS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA.

2.2.5.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS.

2.2.5.2.- INTRODUCCIÓN DE HAZ DE TUBOS, UTILIZANDO GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA DE ACUERDO A LA CAPACIDAD DE CARGA REQUERIDA, UTILIZANDO ESLINGAS, CABLES DE ACERO, DIFERENCIALES, TIRFOR, GRILLETES, COLOCANDO EMPAQUE ENTRE ESPEJO FIJO Y CORAZA DEL EQUIPO. 2.2.5.3.- COLOCACIÓN DE EMPAQUES EN LOS CABEZALES FRONTAL, POSTERIOR Y FLOTANTE DE ACUERDO AL SERVICIO QUE PRESTA EL EQUIPO SEGÚN LA SECUENCIA DE ARMADO.

2.2.5.4.- COLOCACIÓN DE CABEZAL FRONTAL Y COLOCACIÓN DE ANILLO DE PRUEBA UTILIZANDO GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA. REALIZAR PRUEBA DE HERMETICIDAD LADO TUBOS, EN CASO DE FUGAS POR TUBOS, PERSONAL DEL PROVEEDOR, PROCEDERÁ A CANCELAR LOS TUBOS CORRESPONDIENTES, LOS CUALES NO DEBEN REBASAR EL 10 % DEL TOTAL DE TUBOS POR EQUIPO.

2.2.5.5.- EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DARÁ LA ORDEN AL PROVEEDOR DE CLAUSURAR LOS FLUXES QUE PRESENTEN FUGAS COLOCANDO TAPONES.

2.2.5.6.- PARA LA COLOCACIÓN DE TAPONES, EL PROVEEDOR DEBE REDUCIR LA PRESIÓN DEL EQUIPO A 0 CERO kg/cm2. DE PRESIÓN. EL PROVEEDOR COLOCARÁ LOS TAPONES NECESARIOS PARA LA ELIMINACIÓN DE FUGAS. EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SUMINISTRARÁ LOS TAPONES NECESARIOS.

2.2.5.7.- EN CASO DE FUGA POR SOLDADURA DE FLUXERÍA, PERSONAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, PROCEDERÁ A ELIMINAR FUGAS CON SOLDADURA. LA

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APLICACIÓN DE SOLDADURA PARA ELIMINAR FUGA POR FLUXES SERÁ REALIZADO POR EL PERSONAL QUE DESIGNE EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS Y QUE DEBE SER PERSONAL ESPECIALIZADO EN MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE CAMBIADORES DE CALOR, PERTENECIENTE AL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS, DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.2.5.8.- SI SE PRESENTARÁN FUGAS POR ROLL DE FLUXERÍA, ESTAS SERÁN ELIMINADAS POR PERSONAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.2.5.9.- UNA VEZ ELIMINADAS LAS FUGAS EN LOS TUBOS CON TAPONES, RE-ROLADO O APLICACIÓN DE SOLDADURA EL PROVEEDOR DEBE SECAR CON AIRE LOS ESPEJOS DEL HAZ DE TUBOS Y CADA UNO DE LOS TUBOS Y VOLVER A PRESIONAR EL EQUIPO, LAS PRUEBAS DEBEN SER SATISFACTORIAS.

2.2.5.10.- RETIRO DE ANILLO DE PRUEBA UTILIZANDO GRÚA GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA.2.2.5.11.- COLOCACIÓN DE CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO UTILIZANDO GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA DE ACUERDO A LA CAPACIDAD DE CARGA REQUERIDA, REALIZAR PRUEBA DE HERMETICIDAD LADO CUERPO. EN CASO DE FUGAS, SE PROCEDE AL DESARMADO DEL EQUIPO PARA VERIFICAR EL ORIGEN DE LAS FUGAS Y CONTINUAR DE NUEVO CON EL ARMADO Y REALIZAR NUEVAMENTE PRUEBAS.

2.2.5.12.- COLOCACIÓN DE CABEZAL POSTERIOR, REALIZAR PRUEBA DE HERMETICIDAD LADO CUERPO. EN CASO DE FUGAS, SE PROCEDE AL DESARMADO DEL EQUIPO PARA REPARA LOS DAÑOS O CORREGIR DESALINEAMIENTOS Y CONTINUAR DE NUEVO CON EL ARMADO Y PRUEBAS.

2.2.5.13.- SI ES NECESARIO EL PROVEEDOR CAMBIARA LOS ESPÁRRAGOS DAÑADOS.

2.2.5.14.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA AL TÉRMINO DE CADA JORNADA DE TRABAJO.

2.2.6.- PARA EL ARMADO DEL HAZ DE TUBOS, EL CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR Y CABEZAL FLOTANTES DEBEN UTILIZAR HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NEUMÁTICOS Y/O HIDRÁULICOS.

2.2.7.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LOS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA REALIZAR LAS MANIOBRAS EN EL ARMADO DE LOS EQUIPOS

2.2.8.-EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, SUMINISTRA ESPÁRRAGOS Y/O EMPAQUES DE LAS BOQUILLAS DE ENTRADA Y SALIDA EN LOS DIÁMETROS Y LIBRAJES QUE CORRESPONDAN PARA SU COLOCACIÓN. SI EL PROVEEDOR DAÑA ALGUNO, O ALGUNOS ESPÁRRAGOS Y/O EMPAQUES PROPORCIONADOS POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EL PROVEEDOR DEBE REPONERLO SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.2.9.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PROPORCIONARA LOS EMPAQUES PARA EL CORRECTO ARMADO DEL EQUIPO COMO SON PARA EL CABEZAL FRONTAL, POSTERIOR Y CABEZAL FLOTANTE ASÍ COMO DEL ESPEJO FIJO Y LA CARCAZA DEL EQUIPO.

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2.2.10.- PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS REQUERIDAS EL PROVEEDOR DEBE OBSERVAR LO ESTIPULADO EN LAS NORMAS PEMEX: NRF-150-PEMEX-2005 PRUEBAS HIDROSTÁTICAS DE EQUIPOS Y TUBERÍAS Y NRF-090-PEMEX-2005 CAMBIADORES DE CALOR ENVOLVENTE HAZ DE TUBOS.

2.2.11.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LAS PRUEBAS DE HERMETICIDAD INTEGRANDO NUEVAMENTE AL EQUIPO: CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO, POR LO QUE DEBE CONSIDERAR LOS ARREGLOS Y CONEXIONES NECESARIOS COMO: BOMBA PARA PRUEBA HIDROSTÁTICA QUE ALCANCE UNA PRESIÓN DE HASTA 20 kg/cm2, VÁLVULAS, NIPLES, COPLES ROSCADOS, MANÓMETROS CON RANGO DE 0 A 20 kg/cm2 Y MANGUERAS DE ALTA PRESIÓN PARA REALIZAR LAS PRUEBAS. EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS INDICARÁ LA PRESIÓN DE PRUEBA.

2.3- ALCANCE PARA LA ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 4, PARA LA PARTIDA No. 07 Y 12:

DESARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: CABEZAL SUPERIOR Y CABEZAL INFERIOR DE 609 mm DE DIÁMETRO INSTALADOS A UNA ALTURA DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 15.00 m DE ALTURA PARA LOS CAMBIADORES VERTICALES: E-2224-A, E-2224-B.

2.3.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS.

2.3.2.- AFLOJAR Y RETIRAR ESPÁRRAGOS NECESARIOS PARA DESARMAR EL CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR Y RETIRAR EL EQUIPO, UTILIZANDO HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NEUMÁTICOS Y/O HIDRÁULICOS.

2.3.3.- MANIOBRAS NECESARIAS PARA. EL RETIRO DEL CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR Y CABEZAL FLOTANTE.

2.3.4.- MANIOBRAS PARA RETIRO Y TRANSPORTE DEL EQUIPO HASTA EL ÁREA DE LAVADO.

2.3.5.- RETIRO Y ENTREGA DE JUNTAS ENCHAQUETADAS DEL CAMBIADOR DE CALOR AL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS. EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS EVALUARÁ LAS CONDICIONES FÍSICAS DE LAS JUNTAS PARA SU REINSTALACIÓN DURANTE EL ARMADO O SI SE REQUIERE CAMBIO POR NUEVA.

2.3.6.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA AL TÉRMINO DE CADA JORNADA DE TRABAJO.

2.3.7.- SI PROVEEDOR DAÑA EQUIPO O EQUIPOS PERIFÉRICOS DURANTE LAS MANIOBRAS DE DESARMADO, ESTE DEBE REALIZAR LA REPARACIÓN O REPARACIONES NECESARIAS O EN SU DEFECTO REMPLAZO DE LOS MISMOS SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

PARA EL ARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR

2.3.8.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS.

2.3.8.2.- REALIZAR PRUEBA LADO TUBOS.

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2.3.8.3.- EN CASO DE FUGAS POR TUBOS, PERSONAL DEL PROVEEDOR, PROCEDERÁ A CANCELAR LOS TUBOS CORRESPONDIENTES, LOS CUALES NO DEBEN REBASAR EL 10 % DEL TOTAL DE TUBOS POR EQUIPO.

2.3.8.4.- EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DARÁ LA ORDEN AL PROVEEDOR DE CLAUSURAR LOS FLUXES QUE PRESENTEN FUGAS COLOCANDO TAPONES.2.3.8.5.- PARA LA COLOCACIÓN DE TAPONES, EL PROVEEDOR DEBE REDUCIR LA PRESIÓN DEL EQUIPO A 0 CERO kg/cm2. DE PRESIÓN. EL PROVEEDOR COLOCARÁ LOS TAPONES NECESARIOS PARA LA ELIMINACIÓN DE FUGAS. EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SUMINISTRARÁ LOS TAPONES NECESARIOS.

2.3.8.6.- EN CASO DE FUGA POR SOLDADURA DE FLUXERÍA, PERSONAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, PROCEDERÁ A ELIMINAR FUGAS CON SOLDADURA. LA APLICACIÓN DE SOLDADURA PARA ELIMINAR FUGA POR FLUXES SERÁ REALIZADO POR EL PERSONAL QUE DESIGNE EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS Y QUE DEBE SER PERSONAL ESPECIALIZADO EN MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE CAMBIADORES DE CALOR, PERTENECIENTE AL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS, DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.3.8.7.- SI SE PRESENTARÁN FUGAS POR ROLL DE FLUXERÍA, ESTAS SERÁN ELIMINADAS POR PERSONAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.3.8.8.- UNA VEZ ELIMINADAS LAS FUGAS EN LOS TUBOS CON TAPONES, RE-ROLADO O APLICACIÓN DE SOLDADURA EL PROVEEDOR DEBE SECAR CON AIRE LOS ESPEJOS DEL HAZ DE TUBOS Y CADA UNO DE LOS TUBOS Y VOLVER A PRESIONAR EL EQUIPO, LAS PRUEBAS DEBEN SER SATISFACTORIAS.

2.3.8.9.- COLOCACIÓN DE CABEZAL POSTERIOR, REALIZAR PRUEBA DE HERMETICIDAD LADO CUERPO. EN CASO DE FUGAS, SE PROCEDE AL DESARMADO DEL EQUIPO PARA REPARA LOS DAÑOS O CORREGIR DESALINEAMIENTOS Y CONTINUAR DE NUEVO CON EL ARMADO Y PRUEBAS.

2.3.8.10.- SI ES NECESARIO EL PROVEEDOR CAMBIARA LOS ESPÁRRAGOS DAÑADOS. Y ESTOS SERÁN PROPORCIONADOS POR PETROQUÍMICA MORELOS.

2.3.8.11.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA AL TÉRMINO DE CADA JORNADA DE TRABAJO.

2.3.9.- PARA, LA INSTALACIÓN DEL CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR DEBEN UTILIZAR HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NEUMÁTICOS Y/O HIDRÁULICOS.

2.3.10.- PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS REQUERIDAS EL PROVEEDOR DEBE OBSERVAR LO ESTIPULADO EN LAS NORMAS PEMEX: NRF-150-PEMEX-2005 PRUEBAS HIDROSTÁTICAS DE EQUIPOS Y TUBERÍAS Y NRF-090-PEMEX-2005 CAMBIADORES DE CALOR ENVOLVENTE HAZ DE TUBOS.

2.3.11.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LAS PRUEBAS DE HERMETICIDAD INTEGRANDO NUEVAMENTE AL EQUIPO: CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, POR LO QUE DEBE CONSIDERAR LOS ARREGLOS NECESARIOS COMO: BOMBA PARA PRUEBA HIDROSTÁTICA QUE LEVANTE PRESIÓN DE 0 A 20 kg/cm2, VÁLVULAS, NIPLES, COPLES ROSCADOS,

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MANÓMETROS CON RANGO DE 0 A 20 kg/cm2 Y MANGUERAS DE ALTA PRESIÓN PARA REALIZAR LAS PRUEBAS. EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS INDICARÁ LA PRESIÓN DE PRUEBA.

2.4.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NO. 4, PARA LAS PARTIDAS No. 08:

LIMPIEZA EXTERIOR AL HAZ DE TUBOS, COMPONENTES Y ACCESORIOS PARA CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE AGUA A ALTA PRESIÓN CON RANGOS DE TRABAJO DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi , DE 700 mm DE DIÁMETRO HASTA 1050 mm DE DIÁMETRO PARA LOS CAMBIADORES E-2302, E-2402: INCLUYE: TAPA DE CABEZAL FRONTAL, CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, HAZ DE TUBOS, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO, CARCAZA DEL EQUIPO, EN ALTURA DE 0.00 m HASTA 5.00 m DE ALTURA

2.4.1.- LIMPIEZA: CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL SUPERIOR Y CABEZAL INFERIOR A BASE DE AGUA A ALTA PRESIÓN.

2.4.2.- LA ACEPTACIÓN DE LA LIMPIEZA DE TAPA DE CABEZAL FRONTAL, CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL INFERIOR Y CABEZAL SUPERIOR SERÁ POR EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.4.3.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA AL TÉRMINO DE CADA JORNADA DE TRABAJO.

2.4.4.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LAS MANGUERAS, ACCESORIOS Y CONEXIONES DESDE LA TOMA DE AGUA HASTA LA MAQUINA HIDROLAVADORA Y DE LA MAQUINA DE HIDROLAVADO AL EQUIPO Y/O ACCESORIOS A INTERVENIR PARA REALIZAR LA LIMPIEZA DE LOS MISMOS. ASÍ COMO CABLE DE USO RUDO Y CONEXIONES ELÉCTRICAS PARA CONECTAR SUS MÁQUINAS Y/O COMBUSTIBLES PARA LA OPERACIÓN DE LAS MISMAS.

2.4.5.- EL PROVEEDOR DEBE COLOCAR PROTECCIÓN CON LONAS EN LA PARTE POSTERIOR DEL EQUIPO, PARA EVITAR CUALQUIER DAÑO AL PERSONAL, ASÍ COMO SALPICADURAS AL EQUIPO PERIFÉRICO. SI EL PROVEEDOR DAÑA Ó ENSUCIA EQUIPO PERIFÉRICO AL EQUIPO QUE ESTÉ LIMPIANDO, DEBE REALIZAR LA REPARACIÓN O LIMPIEZA SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.5.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 5, PARA LAS PARTIDAS No. 09 Y 10.

LIMPIEZA A BASE DE ALTA PRESIÓN DE AGUA EN HAZ DE TUBOS DE CAMBIADORES DE CALOR: LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBOS DE 1 in, 1-1/2 in DE DIÁMETRO CON SONDA Y AGUA A ALTA PRESIÓN CON RANGOS DE TRABAJO DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi EN CAMBIADORES DE CALOR INSTALADOS: DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA Y DE DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 15.00 m DE ALTURA.

2.5.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS.

2.5.2.- LIMPIEZA INTERIOR DE TUBOS CON CHORRO DE AGUA A UNA PRESIÓN DE 10,000 psi A 20,000 psi UTILIZANDO SONDAS FLEXIBLES, TOBERAS CON CABEZA GIRATORIA Y MÁQUINA HIDROLAVADORA.

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2.5.3.- EL PROVEEDOR, DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA INTERIOR DE TODOS Y CADA UNO DE LOS TUBOS QUE COMPONEN EL HAZ DE TUBOS DE LOS CAMBIADORES DE CALOR.

2.5.4.- EN CASO DE QUE EL TUBO ESTÉ OBSTRUIDO CON MATERIAL SÓLIDO, EL PROVEEDOR DEBE UTILIZAR TURBINA NEUMÁTICA CON FLECHA Y BROCA DE ACUERDO A LA LONGITUD Y AL DIÁMETRO DEL FLUX DE QUE SE TRATE, HASTA DESTAPAR TOTALMENTE CADA UNO DE LOS TUBOS DE LOS CAMBIADORES DE CALOR OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO, ÉSTA LIMPIEZA DEBE SER ACEPTADA POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.5.5.- EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS REALIZARÁ INSPECCIÓN FÍSICA DE LA LIMPIEZA INTERNA DE LOS TUBOS QUE INTEGRAN EL HAZ DE TUBOS Y DE REQUERIR NUEVAMENTE SU LIMPIEZA, ÉSTA SERÁ SOLICITADA POR EL REPRESENTANTE SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.5.6.- DEJAR LIMPIA EL ÁREA DE TRABAJO AL TÉRMINO DE LA JORNADA DE TRABAJO.

2.5.7.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LAS MANGUERAS ACCESORIOS Y CONEXIONES DESDE LA TOMA DE AGUA HASTA LA MAQUINA HIDROLAVADORA. Y DE LA MAQUINA HIDROLAVADORA AL EQUIPO Y/O ACCESORIOS A INTERVENIR PARA REALIZAR LA LIMPIEZA DE LOS MISMOS. ASÍ COMO CABLE DE USO RUDO Y CONEXIONES ELÉCTRICAS PARA CONECTAR SUS MÁQUINAS Y/O COMBUSTIBLES PARA LA OPERACIÓN DE LAS MISMAS.

2.5.8.- EL PROVEEDOR DEBE COLOCAR PROTECCIÓN CON LONAS EN LA PARTE POSTERIOR DEL EQUIPO, PARA EVITAR CUALQUIER DAÑO AL PERSONAL, ASÍ COMO SALPICADURAS AL EQUIPO PERIFÉRICO. SI EL PROVEEDOR DAÑA Ó ENSUCIA EQUIPO PERIFÉRICO AL EQUIPO QUE ESTÉ LIMPIANDO, DEBE REALIZAR LA REPARACIÓN O LIMPIEZA SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.5.9.- PARA LOS EQUIPOS QUE SE ENCUENTRAN A UNA ALTURA DE 10.00 m Y 15.00 m CON RESPECTO DEL NIVEL DEL PISO TERMINADO A UNA PLATAFORMA METÁLICA FIJA, DEBEN CONSIDERARSE UNA ALTURA DE 5.00 m CON RESPECTO A LA PLATAFORMA FIJA, A EFECTOS DE LA REALIZACIÓN DE ESTE SERVICIO.

2.6.- LOS SIGUIENTES ALCANCES APLICAN A LAS PARTIDAS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 Y 17.

2.6.1.- NO SE PODRÁ INICIAR NINGÚN SERVICIO SI NO SE CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN ESCRITA DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS MEDIANTE EL PERMISO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE. SI DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EL PROVEEDOR DETECTA ALGUNA FALLA O PROBLEMA POTENCIAL EN EL EQUIPO O INSTALACIÓN REFERENCIADA Y QUE NO HAYA SIDO CUBIERTA CON EL PERMISO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE, DEBERÁ NOTIFICAR AL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, QUIEN TENDRÁ QUE NOTIFICAR POR ESCRITO LA DECISIÓN DE LLEVAR A CABO O NO ESTOS SERVICIOS ADICIONALES.

2.6.2.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS ENTREGARÁ LOS EQUIPOS TOTALMENTE DEPRESIONADOS, VAPORIZADOS Y PURGADOS.

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2.6.3.- ES RESPONSABILIDAD DEL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS TRAMITAR LOS PERMISOS DE TRABAJO RELATIVOS A LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE CAMBIADORES DE CALOR.

2.6.4.- ES RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE ACUERDO A LO QUE SE ESTIPULE EN LOS PERMISOS DE TRABAJO RELATIVOS A LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE CAMBIADORES DE CALOR.

2.6.5.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA DE TODOS LOS EQUIPOS SOLICITADOS, DURANTE LOS 08 OCHO DÍAS NATURALES, A PARTIR DE LA ENTREGA DE LOS EQUIPOS MEDIANTE ORDEN DE SERVICIO DE PARTE DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO DEL COMPLEJUO PETROQUIMICO MORELOS.

2.6.6.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LABORAR EN DOS TURNOS DE 8:00 HORAS A 20:00 HORAS Y DE 20:00 HORAS A 8:00 HORAS.

2.6.7.- EL PROVEEDOR DEBE PRESENTAR MÁQUINAS HIDROLAVADORAS DE ALTA PRESIÓN CON CAPACIDAD MÍNIMA 20,000 psi, PARA LA CORRECTA PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO.

2.6.8.- PREVIO AL INICIO DE LA JORNADA DE TRABAJO, EL REPRESENTANTE POR PARTE DEL PROVEEDOR EN COORDINACIÓN CON EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, SE REUNIRÁN PARA EVALUAR LA CARGA DE TRABAJO Y ESTABLECER LAS PRIORIDADES DEL DÍA.

2.6.9.- EL PROVEEDOR ESTÁ OBLIGADO A COLOCAR SEÑALAMIENTOS Y LETREROS VISIBLES INDICANDO PELIGRO Y DESVIACIÓN, SI FUERE REQUERIDO, DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EVITANDO OBSTRUIR LA CIRCULACIÓN DE ACCESO.

2.6.10.- LIMPIEZA FINAL: EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE DE RETIRAR EQUIPOS Y MATERIALES NO USADOS, BASURA, Y CUALQUIER CLASE DE DESPERDICIO QUE PUEDAN ACUMULARSE DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

2.6.11.- EL EQUIPO DE PROTECCIÓN MÍNIMO QUE DEBE UTILIZAR EL PERSONAL DEL PROVEEDOR PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES ANTES MENCIONADAS ES: ROPA DE ALGODÓN COLOR ANARANJADO, ZAPATOS CON CASQUILLO, BOTAS DE HULE O NEOPRENO, EQUIPO CONTRA AGUA IMPERMEABLE, LENTES CONTRA IMPACTO O GOGLES, CARETA FACIAL, CASCO CON BARBIQUEJO, GUANTES DE NEOPRENO Y ARNÉS DE SEGURIDAD CON CABLE CON SUJETADOR Y PUNTO FIJO.

2.6.12.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE ESTABLECERÁ LAS PRESIONES Y EL TIPO DE PRUEBA PARA CADA EQUIPO A INTERVENIR.

2.6.13.- TODAS LAS PRUEBAS DE HERMETICIDAD QUE REALICE EL PROVEEDOR A LOS CAMBIADORES DE CALOR OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO, SERÁN RECIBIDAS POR EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

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2.6.14.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA NO AFECTAR TRABAJOS ALEDAÑOS AL ÁREA DE MANIOBRAS DESTINADA PARA ESTA ACTIVIDAD.

2.6.15.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LAS MANGUERAS, ACCESORIOS, CONEXIONES Y CABLES PARA ENERGÍA ELÉCTRICA NECESARIAS DESDE LA TOMA DE AIRE O ELÉCTRICAS PARA CONECTAR SUS MÁQUINAS, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NEUMÁTICOS Y/O HIDRÁULICOS.

2.6.16.- EL PROVEEDOR PARA REALIZAR LAS MANIOBRAS DE ARMADO, DESARMADO Y LIMPIEZA DE LOS EQUIPOS SOLICITADOS DEBE CONSIDERAR LOS SIGUIENTES EQUIPOS COMO MÍNIMO: ESLINGAS, CABLES DE ACERO, DIFERENCIALES, GRILLETES. EL PROVEEDOR DEBE ACORDONAR EL ÁREA CON CINTA PLÁSTICA INDICANDO PRECAUCIÓN.

2.6.17.- EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DEBE TOMAR PLÁTICAS DE INDUCCIÓN A LA SEGURIDAD CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LOS SERVICIOS, LAS CUALES SON IMPARTIDAS POR PERSONAL TÉCNICO DE LA SUBGERENCIA DE CALIDAD, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.

2.6.18.- EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DEBE INICIAR CADA JORNADA DE SERVICIO, CON LA REUNIÓN DE INICIO DE JORNADA, A EFECTO DE CONSTATAR LA CONDICIÓN CON LA CUAL SE PRESENTAN A LABORAR, Y EL REGISTRO CORRESPONDIENTE SE DEBE ENTREGAR AL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.6.19.- EL PROVEEDOR QUEDA OBLIGADO A SUMINISTRAR AGUA POTABLE A SUS TRABAJADORES.

2.6.20.- EL PROVEEDOR QUE DESARROLLE EL SERVICIO DENTRO DE LAS INSTALACIONES EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, A FIN DE CUMPLIR CON DISPOSICIONES AMBIENTALES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, DEBE SUMINISTRAR EQUIPOS SANITARIOS PROVISIONALES DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA USO DE SU PERSONAL, MANTENIÉNDOLOS EN BUEN ESTADO.

2.6.21.- TODO EL PERSONAL DEL PROVEEDOR QUE INGRESE A LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DEBE UTILIZAR: ZAPATOS DE SEGURIDAD CON CASQUILLO, OVEROL DE COLOR NARANJA Y CASCO DEL MISMO COLOR, MASCARILLA PARA VAPORES INORGÁNICOS, TAPONES DE PROTECCIÓN AUDITIVA, GOGLES Y/O LENTES CONTRA-IMPACTO, GUANTES DE CARNAZA, IDENTIFICACIÓN PERSONAL VISIBLE.

2.6.22.- EL PROVEEDOR ES RESPONSABLE DE LAS CONDICIONES CONFIABLES Y SEGURAS DE TODOS Y CADA UNA DE LAS HERRAMIENTAS, EQUIPOS Y ACCESORIOS QUE SE UTILICEN EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO, POR LO QUE EN CUALQUIER MOMENTO EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PUEDE REVISAR EL ESTADO DE LAS MISMAS.

2.6.23.- EL PROVEEDOR DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, PROPORCIONARÁ TODOS LOS COMBUSTIBLES, REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS QUE REQUIERAN SUS EQUIPOS PARA MANTENERLOS EN CONDICIONES CONFIABLES Y ÓPTIMASDE OPERACIÓN Y BUEN DESARROLLO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE CAMBIADORES DE CALOR.

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2.6.24.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SE EXIME DE RESPONSABILIDAD ALGUNA, RESPECTO DE PÉRDIDA TOTAL O PARCIAL DE LOS EQUIPOS PROPIEDAD EL PROVEEDOR.

2.6.25.- EL ÁREA RESPONSABLE QUE REALIZARÁ LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO SERÁ LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

2.6.26.- LA SUPERVISIÓN QUE REALICE EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS A LOS SERVICIOS, NO LIBERA AL PROVEEDOR DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL CONTRATO, EN EL ENTENDIDO DE QUE EL EJERCICIO DE ÉSTA FACULTAD NO SERÁ CONSIDERADA COMO ACEPTACIÓN TÁCITA O EXPRESA DE LOS SERVICIOS, NI LIBERA AL PROVEEDOR DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAE EN EL CONTRATO.

2.7.-RELACION DE EQUIPOS A INTERVENIR: 04E-2302, E-2402, E-2224 A, E-2224 B.

2.7.1- SE ANEXA PROGRAMA ESTIMADO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 01 HOJA. EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR QUE LA FECHA ESTIMADA PARA EL INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO ES EL 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011, DURANTE LA REPARACIÓN DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI.

2.7.2.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS ENTREGARÁ AL PROVEEDOR LOS EQUIPOS MENCIONADOS EN EL NUMERAL 2.7, TOTALMENTE PURGADOS.

2.7.3.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LABORAR EN TURNOS DE 8:00 HORAS A 20:00 HORAS, Y DE 20:00 HORAS A 8:00 HORAS, INCLUYENDO SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS. POR LO CUAL EL PROVEEDOR, DEBE CONSIDERAR AL MENOS UN SUPERVISOR DE SEGURIDAD PARA CUBRIR CADA TURNO MENCIONADO.

2.7.4.- EL PROVEEDOR SE OBLIGA A ENTREGAR EN EL TÉRMINO DE 08 OCHO DÍAS NATURALES DE EJECUCIÓN, LOS EQUIPOS INDICADOS EN EL NUMERAL AL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS EN CONDICIONES DE OPERACIÓN.

3.- NORMATIVIDAD APLICABLE.

EL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS PONE A DISPOSICIÓN DE LOS LICITANTES LAS SIGUIENTES DIRECCIONES ELECTRÓNICAS PARA CONSULTA DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE, QUE ES DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR.

EL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS PONE A DISPOSICIÓN DE LOS LICITANTES LAS SIGUIENTES DIRECCIONES ELECTRÓNICAS PARA CONSULTA DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE, QUE ES DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR.

A.- LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/148.pdf

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B.- NRF-024-PEMEX-2001, DENOMINADA: " REQUISITOS MÍNIMOS PARA CINTURONES, BANDOLAS, ARNESES, LÍNEAS DE SUJECIÓN Y LÍNEAS DE VIDA". http://www.pemex.com/files/standards/definitivas/nrf-024-pemex-2001.pdfC.- NRF-090-PEMEX-2005, DENOMINADA: "CAMBIADORES DE CALOR ENVOLVENTE HAZ DE TUBOS. http://www.pemex.com/files/content/NRF-090-PEMEX-2005.pdfD.- NRF-150-PEMEX-2005, DENOMINADA: "PRUEBAS HIDROSTÁTICAS DE EQUIPOS Y TUBERÍAS. http://www.pemex.com/files/content/NRF-150-PEMEX-2005.pdfE.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA http://intranet.ptq.pemex.com/C6/sac/default.aspxF.- 430-DIMP-PO-05 PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA EL AJUSTE DE ESPÁRRAGOS Y TORNILLOS EN UNIONES BRIDADAS.http://intranet.ptq.pemex.com/C0/sac/Docs/MANTENIMIENTO%20DE%20PLANTAS/430-DIMPPO-05.pdf

4.- REQUISITOS QUE DEBE PRESENTAR EL LICITANTE DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA QUE SON OBJETO DE EVALUACIÓN Y QUE SERVIRÁN PARA ACEPTAR O DESECHAR SU PROPUESTA.

4.1.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, COPIA LEGIBLE DE AL MENOS UN CONTRATO Ó FACTURA DE SERVICIOS QUE TENGAN RELACIÓN CON LA LIMPIEZA DE CAMBIADORES DE CALOR, QUE HAYA REALIZADO CON ALGUNA EMPRESA PÚBLICA O PRIVADA, EN EL CUAL INDIQUE COMO MÍNIMO LA FECHA DE EJECUCIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS, TODA VEZ QUE LOS DEBE DE HABER EJECUTADO DENTRO DE LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS.

4.2.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL Ó COPIA LEGIBLE DE CURRÍCULUM DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, POR LO QUE DEBE ACREDITAR QUE LA PERSONA HA RECIBIDO CURSOS DE CAPACITACIÓN O ADIESTRAMIENTO RELACIONADOS CON SEGURIDAD INDUSTRIAL, Y LA FORMA DE ACREDITARLO SERÁ INTEGRANDO COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIAS OTORGADA POR ALGUNO DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA, Ó BIEN POR UNA INSTITUCIÓN, ORGANISMO Ó PERSONA FÍSICA QUE CUENTE CON REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.

NOTA:CON RESPECTO AL CURRÍCULUM VITAE LEGIBLE DEL PERSONAL, SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE LO SIGUIENTE:- EL NOMBRE Y FIRMA DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE DE LA CONSTANCIA DE HABILIDADES LABORALES PRESENTADA

RELACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL AFINES A LA SUPERVISIÓN EN SEGURIDAD

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INDUSTRIAL.

PARA EL CASO DE QUE PRESENTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIAS, EMITIDA POR ALGUNO DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE:

- NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBIÓ EL ADIESTRAMIENTO Ó CAPACITACIÓN, EL CUAL EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE INDICADO EN EL CURRICULUM VITAE.- EL TEMA, EL CUAL DEBE SER RELACIONADO A SEGURIDAD INDUSTRIAL - EL NOMBRE DEL ORGANISMO SUBSIDIARIOS DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA QUE LO EXTIENDE.- NOMBRE, FIRMA Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO DEL ORGANISMO SUBSIDIARIOQUE LO EXTIENDE.

PARA EL CASO DE QUE PRESENTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIAS, EMITIDA POR INSTITUCIÓN, ORGANISMO Ó PERSONA FÍSICA QUE CUENTE CON REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE:

- REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL- NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBIÓ EL ADIESTRAMIENTO Ó CAPACITACIÓN, EL CUAL EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE INDICADO EN EL CURRICULUM VITAE.- EL TEMA, EL CUAL DEBE SER RELACIONADO A SEGURIDAD INDUSTRIAL.

4.3- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, LA RELACIÓN INDICADA EN LOS NUMERALES DEL 6.1 AL 6.12 RELACIONADOS CON MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO, MANIFESTANDO SI SON DE SU PROPIEDAD O ARRENDADAS. LA CUAL EN CASO DE SER ARRENDADAS DEBE ENTREGAR DICHA RELACIÓN SOLICITADA, ACOMPAÑADA DE ORIGINAL O COPIA DE CARTA COMPROMISO DE DISPONIBILIDAD DE MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA EMITIDA POR EL ARRENDADOR A FAVOR DEL LICITANTE, DEBIDAMENTE FIRMADAS.

4.4.- EL LICITANTE DEBE INDICAR EN SU DOCUMENTO 06 DE SU PROPUESTA TÉCNICA, LAS ESPECIFICACIONES Y ALCANCES QUE PROPONE COMO PARTE DE DICHA PROPUESTA, LAS CUALES DEBEN SER CONGRUENTES CON LO SOLICITADO EN EL DOCUMENTO 01 DE LAS BASES CORRESPONDIENTES.

4.5.- EL LICITANTE DEBERÁ INTEGRAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, EL CURRICULUM DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS DURANTE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS.

NOTA:CON RESPECTO AL CURRÍCULUM VITAE LEGIBLE DEL PERSONAL, SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE LO SIGUIENTE:

- EL NOMBRE DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS DURANTE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS,

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- RELACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL AFINES A LA SUPERVISIÓN DE TRABAJOS DE LIMPIEZA O MANTENIMIENTO A RECIPIENTES A PRESIÓN EN INDUSTRIAS PETROQUÍMICAS PÚBLICAS Ó PRIVADAS

5.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO.

5.1.- AGUA PARA REALIZAR LA LIMPIEZA OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO, Y PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE REQUIERA SE REALICEN A LOS EQUIPOS.

5.2.- AIRE Ó NITRÓGENO PARA REALIZAR LA LIMPIEZA OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO Ó PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE SE REALICEN A LOS EQUIPOS.

5.3.- ANILLOS DE PRUEBA.

5.4.- TAPONES PARA LA CANCELACIÓN DE FLUXES.

5.5.- ESPÁRRAGOS QUE REQUIEREN SER CAMBIADOS.

5.6.- EMPAQUES QUE REQUIERA SER CAMBIADOS PARA UNIONES BRIDADAS TIPO RF Y RTJ.

5.7.- JUNTAS CIEGAS METÁLICAS DEL DIÁMETRO Y LIBRAJE DE ACUERDO A LO REQUERIDO EN EL PRESENTE SERVICIO.

5.8.- EMPAQUES PARA LOS CABEZALES FRONTAL, POSTERIOR Y FLOTANTE DE ACUERDO AL SERVICIO QUE PRESTA EL EQUIPO.

5.9.- ENERGÍA ELÉCTRICA, PARA OPERACIÓN DE EQUIPOS DEL PROVEEDOR, PARA UNA TENSIÓN ELÉCTRICA DE 110 VOLTS. 5.10.- 01 GRÚA HIDRAÚLICA TELESCÓPICA SOBRE NEUMÁTICOS Ó SOBRE CAMIÓN CON LA CAPACIDAD REQUERIDA.

5.11.- MANÓMETRO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE SE REQUIERAN.

6.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL PROVEEDOR COMO MÍNIMO PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO.

6.1.- 01 MAQUINA HIDROLAVADORA DE ALTA PRESIÓN CON CAPACIDAD DE OPERACIÓN MÍNIMA DE 20,000 psi, MANGUERAS Y ACCESORIOS RESPECTIVOS.

6.2.- 04 LANZAS FLEXIBLES DE ACUERDO AL DIÁMETRO DE LOS TUBOS Y LONGITUDES.

6.3.- 04 TOBERAS ROTATORIAS Y BOQUILLAS DIFERENTES DIÁMETROS.

6.4.- 04 MANGUERAS DE 40 m DE LONGITUD COMO MÍNIMO, CADA UNA DE ELLAS CON CONECTORES PARA ALTA PRESIÓN.

6.5.- 01 BOMBA PARA PRUEBA HIDROSTÁTICA QUE LEVANTE PRESIONES DE 0 A 20 kg/cm2.

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6.6.- 01 CAMIONETA REDILAS CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 3.5 TONELADAS Y/O EQUIPO EQUIVALENTE PARA MOVIMIENTO DE MAQUINAS.

6.7.- 01 COMPRESOR DE AIRE PORTÁTIL PARA LA OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS NEUMÁTICOS6.8.-. 01 GENERADOR ELÉCTRICO PARA LA TENSIÓN ELÉCTRICA REQUERIDA PARA LA OPERACION DE LOS EQUIPOS DEL PROVEEDOR

6.9.- 02 PISTOLAS NEUMÁTICAS CON DADOS DE DIFERENTES MEDIDAS: 7/8 in Ø, 1-1/16 in Ø, 1-¼ in Ø, 1-7/16 in Ø, 1-5/8 in Ø

6.10.- 05 LLAVE DE COLA Y ESTRÍAS DE DIFERENTES MEDIDAS: 7/8 in Ø, 1-1/16 in Ø, 1-¼ in Ø, 1-7/16 in Ø, 1-5/8 in Ø

6.11.- 10 SECCIONES DE ANDAMIOS, INCLUYE BASE O SOPORTE. BARANDALES PERIMETRALES, RODA PIES, ESCALERAS INTERNAS PROPIAS DEL ANDAMIO, DOS NIVELES DE PLATAFORMA METÁLICA ANTIDERRAPANTE Y POSTE CONTRAVIENTOS

6.12.- 01 LOTE DE HERRAMIENTA PARA MANIOBRAS TALES COMO: ESTROBOS, ESLINGAS, GRILLETES, CABLES DE POLIETILENO, CADENAS, SEGUETAS, DIFERENCIALES DE DIVERSAS CAPACIDADES, TIRFOR DE DIVERSAS CAPACIDADES, CUÑAS DE BRONCE, MARRO DE BRONCE BERILIO.

7.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: POR LA TOTALIDAD DE LAS SUBPARTIDAS, INCLUIDAS EN LA PARTIDA 1

8.- PLAZOS MÁXIMOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: EL PLAZO MÁXIMO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERÁ DE 08 OCHO DÍAS NATURALES DE ACUERDO A PROGRAMA ANEXO, DICHO PLAZO EMPEZARÁ A CONTAR A PARTIR DE QUE EL PROVEEDOR RECIBA DEL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS LAS ORDENES DE SERVICIOS A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO Y/O ENTREGA PERSONAL. UNA VEZ PRESTADO EL SERVICIO EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EXPEDIRÁ EL COMPROBANTE DE ACEPTACIÓN CORRESPONDIENTE.

9.- NIVEL DE INSPECCIÓN SOLICITADO: EL NIVEL DE INSPECCIÓN QUE APLICARÁ SERÁ EL NIVEL V EN SUS NUMERALES 1, 2, 3, 4 Y 6.

10.- PENAS CONVENCIONALES:RESPECTO DE CADA ORDEN, LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HAGA ACREEDOR POR EL ATRASO EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, SE CALCULARAN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL PLAZO PACTADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS, O, EN SU CASO, MODIFICADO

11.- SUBCONTRATACIÓN: SE PERMITE LA SUBCONTRATACIÓN PARA LO INDICADO EN LOS NUMERALES DEL 6.1. AL 6.12.

12.- CONDICIONES DE PRECIO: PRECIO FIJO.

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13.- CANTIDAD Y/O PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO QUE PODRÁ REQUERIRSE EN CADA ORDEN DE SERVICIO.NO APLICA POR SER UN SERVICIO POR CANTIDAD DE EQUIPOS CIERTA Y DETERMINADA QUE DEBEN ATENDERSE POR LA REPARACIÓN DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI EN EL PLAZO DE TIEMPO ESTIPULADO DE 08 OCHO DÍAS NATURALES.

14.- VISITA AL LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS REQUIERE SE PROGRAME LA VISITA AL LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ATENDERÁ LA VISITA AL LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERÁ EL ING. ISAÍAS DE LA PAZ LÓPEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

15.-JUNTA DE ACLARACIONES:EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS REQUIERE SE PROGRAME JUNTA DE ACLARACIONES. EL ÁREA QUE ATENDERÁ LA JUNTA DE ACLARACIONES, SERÁ LA SUPERINTENDENCIA DE PLANEACIÓN DE MANTENIMIENTO Y EL ING. ISAÍAS DE LA PAZ LÓPEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

16- NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE ADMINISTRARÁ EL CONTRATO Y VIGILARÁ SU CUMPLIMIENTO.EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ADMINISTRARÁ EL CONTRATO Y VIGILARÁ SU CUMPLIMIENTO SERÁ EL ING. ISAÍAS DE LA PAZ LÓPEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

17.- OBJETO Ó MOTIVO DEL SERVICIO O ARRENDAMIENTO.MANTENER LA CONTINUIDAD OPERATIVA Y DE FORMA CONFIABLE LOS CAMBIADORES DE CALOR INDICADOS EN LA PRESENTE SOLICITUD DE SERVICIOS, ASÍ COMO CUMPLIR EN TIEMPO Y FORMA CON LOS TIEMPOS DE REPARACIÓN DEL TREN B DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUÍMCO MORELOS.

18.- ANTICIPOS. NO APLICA.

19.- CRITERIO DE EVALUACIÓN.

DEBIDO A QUE LA PRESENTE SOLICITUD NO CONLLEVA EL USO DE CARACTERÍSTICAS DE ALTA ESPECIALIDAD TÉCNICA O DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, NO SE REQUIERE UTILIZAR EL CRITERIO DE EVALUACIÓN POR PUNTOS Y PORCENTAJES. POR LO TANTO EL CRITERIO DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁ EN LA PRESENTE SOLICITUD DE PEDIDO ES BINARIO.

20.- GRADO DE CONTENIDO NACIONAL: 100 % MANO DE OBRA.

21.- IMPORTE MÍNIMO Y MÁXIMO.NO APLICA POR SER UN SERVICIO POR CANTIDAD DE EQUIPOS CIERTA Y DETERMINADA QUE DEBEN ATENDERSE POR LA REPARACIÓN DE LA PLANTA.

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22.- LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTOS.EL LUGAR EN DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS ES EN EL TREN "B" DE LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

PROGRAMA DE PRESTACION DEL PRESENTE SERVICIO

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD PLAZO DE EJECUCION EN DIAS NATURALES

NOMBRE 1 2 3 4 5 6 7 8

INSTALACION DE JUNTAS METALICAS, EN LOS EQUIPOS E-2302, E -2402, E-2224 A, E-2224 B

DESARMADO DE LOS EQUIPOS E-2402, E-2224 A, E-2224 B

LIMPIEZA DE LOS FLUX DE LOS EQUIPOS E-2302, E -2402, E-2224 A, E-2224 B

ARMADO DE LOS EQUIPOS E-2302, E -2402, E-2224 A, E-2224 B

RETIRO DE JUNTAS METALICAS, EN LOS EQUIPOS E-2302, E -2402, E-2224 A, E-2224 B

PLAZO DE EJECUCION: 08 OCHO DIAS NATURALES.

.

“SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL INTERIOR DE LAS TUBERIAS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS DE PROCESO DEL TREN “B” DE LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL

COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS”PARTIDA 2

No. Subpartida cantidad Unidad Descripción

18 1.00 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LÍNEAS DE TUBERÍA DE 3/4 in DE DIÁMETROLOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1.

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19 1.20 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LÍNEAS DE TUBERÍA DE 1 ½ in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1.

20 251.10 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 2 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

21 0.40 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 2 ½ in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

22 2.90 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 3 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

23 19.80 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 4 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

24 10.00 PIEZA

LIMPIEZA EN INTERIOR DE CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIALIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE ¾ in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

25 11.00 PIEZA LIMPIEZA EN INTERIOR DE CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIA

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LIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE 2 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

26 6.00 PIEZA

LIMPIEZA EN INTERIOR DE CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIALIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE 3 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

27 2.00 PIEZA

LIMPIEZA EN INTERIOR DE CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIALIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE 4 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

ESPECIFICACIONES Y ALCANCES PARTIDA 2ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

1.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1, ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA LAS PARTIDAS NÚM. 1, 2, 3, 4, 5 Y 6.LIMPIEZA  EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO INCLUYE: RETIRO E INSTALACIÓN  DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE DE TUBERÍA DE ¾  in, 1 ½  in, 2 in, 2 ½ in, 3 in Y 4 in DE DIÁMETRO, LOCALIZADAS DE 00.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.

2.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 2, ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PARA LAS PARTIDAS NÚM. 07, 08, 09 Y 10.LIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE: INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE  ¾ in, 2 in, 3 in Y 4 in DE DIÁMETRO, LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.

2.- ALCANCES:

2.1.- ALCANCE PARA LA ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1, QUE APLICA PARA LAS PARTIDAS NÚM. 1, 2, 3, 4, 5 Y 6.LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE: RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE DE TUBERÍA DE ¾  in, 1 ½  in, 2 in, 2 ½ in, 3 in Y 4 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 00.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.

2.2.- PARA EL RETIRO DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LÍNEAS DE TUBERÍA:

2.2.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS,

2.2.2.- RETIRO DE AISLAMIENTO TÉRMICO DE LAS UNIONES BRIDADAS CUANDO SE REQUIERA.

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2.2.3.- AFLOJAR Y RETIRAR LOS ESPÁRRAGOS DE LOS JUEGOS DE BRIDAS DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN INTEGRADOS POR: VÁLVULAS DE BLOQUEO, VÁLVULAS DE RETENCIÓN, PORTA PLACAS DE ORIFICIO, SUCCIÓN DE BOMBAS, DESCARGAS DE BOMBAS, INDICADORES DE PRESIÓN Y  TEMPERATURA.

2.2.4.- CORTE DE ESPÁRRAGOS CON HERRAMIENTA MANUAL ARCO CON SEGUETA, EN CASO DE REQUERIRSE

2.2.5.- DESCONEXIÓN DE LAS LÍNEAS DE ENVENADO DE VAPOR TUBING.

2.2.6.- MANIOBRAS CON HERRAMIENTA MANUAL PARA RETIRO DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA, INTEGRADOS POR: VÁLVULAS DE BLOQUEO, VÁLVULAS DE RETENCIÓN, PORTA PLACAS DE ORIFICIO, SUCCIÓN DE BOMBAS, DESCARGAS DE BOMBAS, INDICADORES DE PRESIÓN Y  TEMPERATURA.

2.2.7.- CARGA Y ACARREO DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA EN CAMIÓN HASTA EL ÁREA DESIGNADA PARA LIMPIEZA.

2.2.8.- EL PROVEEDOR DEBE MANTENER SU ÁREA DE TRABAJO LIMPIA.

2.3.- PARA  EL DESARMADO DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LOS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA REALIZAR LAS MANIOBRAS, YA QUE LOS ELEMENTOS QUE LOS CONFORMAN ESTÁN UBICADOS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA Y DE LONGITUDES QUE VAN DE 0.20 m HASTA 16.00 m DE LARGO.

2.4.- EL  PROVEEDOR DEBE COLOCAR COLECTORES PARA LOS RESIDUOS QUE SON PRODUCTO DE LA LIMPIEZA DE LAS TUBERIAS Y LAS VALVULAS, DEPOSITÁNDOLOS EN TAMBORES DE 200 LITROS DE CAPACIDAD, COLOCÁNDOLES ETIQUETA QUE INDIQUE SU CONTENIDO, PROCEDENCIA Y TRANSPORTARÁ LOS RESIDUOS AL ALMACÉN TEMPORAL DE RESIDUOS PELIGROSOS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS QUIEN HARÁ LA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DESECHOS. ESTA  ACTIVIDAD DEBE HACERLA EN COORDINACIÓN CON EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.5.- EL  RETIRO DE LOS ESPÁRRAGOS EN LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN, INCLUYE: VÁLVULAS DE BLOQUEO, VÁLVULAS DE RETENCIÓN, PORTA PLACAS DE ORIFICIO, SUCCIÓN DE LAS BOMBAS, DESCARGA DE LA BOMBAS, INDICADORES DE PRESIÓN Y TEMPERATURA. PARA EL RETIRO DE ESPÁRRAGOS EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR PROPORCIONAR LOS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS NEUMÁTICAS Y/O HIDRÁULICAS QUE NO GENEREN CHISPAS.

2.6.- EL PROVEEDOR ENTREGARÁ AL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, LOS ESPÁRRAGOS QUE RETIRE DE LAS UNIONES BRIDADAS DE LOS TRAMOS RECTOS, CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA, VÁLVULAS DE BLOQUEO, VÁLVULAS DE RETENCIÓN, PORTA PLACAS DE ORIFICIO, SUCCIÓN DE LAS BOMBAS, DESCARGAS DE LA BOMBA, INDICADORES DE PRESIÓN E INDICADORES DE TEMPERATURA.

2.7.- EN CASO DE QUE LOS ESPÁRRAGOS REQUIERAN SER CAMBIADOS, SERÁN PROPORCIONADOS POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS. SI EL PROVEEDOR DAÑA ALGUNO, O ALGUNOS DE LOS ESPÁRRAGOS PROPORCIONADOS POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, DEBE REPONERLO SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.8.- PARA LA LIMPIEZA EN  INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO:

2.8.1.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA  INTERIOR DE LA TUBERÍA DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN A METAL LIMPIO. EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA

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MECÁNICAMENTE UTILIZANDO EQUIPO Y ACCESORIOS PARA RETIRAR EN SU TOTALIDAD EL POLÍMERO ADHERIDO, EN EL DIÁMETRO INTERIOR DE LA TUBERÍA.

2.8.2.- LOS ACCESORIOS PARA RETIRAR EL POLÍMERO QUE UTILICE EL PROVEEDOR DEBE SER DE MATERIAL QUE NO RALLE NI DESBASTE INTERNAMENTE LA PARED DE LAS TUBERÍAS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS DE PROCESO.

2.8.3.- EN CASO DE QUE LA TUBERÍA ESTÉ OBSTRUIDA CON MATERIAL SÓLIDO, EL PROVEEDOR DEBE UTILIZAR EQUIPO Y ACCESORIOS NECESARIOS DE ACUERDO A LA LONGITUD Y AL DIÁMETRO DEL TUBO DE QUE SE TRATE, HASTA DESTAPAR TOTALMENTE LA TUBERÍA OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO.

2.8.4.- EN LA LONGITUD TOTAL DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN, SE CONSIDERAN LAS DISTANCIAS DE: PORTA PLACAS DE ORIFICIO, TEES, CODOS, FILTROS DE LA SUCCIÓN DE LAS BOMBAS, TOMAS DE LOS INDICADORES DE PRESIÓN Y TEMPERATURA COMO PARTE INTEGRAL  DE LOS CIRCUITOS OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO.

2.8.5.- LIMPIEZA  EN BRIDAS DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE TUBERÍA. EL PROVEEDOR DEBE EVITAR GOLPEAR O RAYAR EL REALCE DE LAS BRIDAS.

2.8.5.1.- SI EL PROVEEDOR, GOLPEA O RAYA EL REALCE DE LAS BRIDAS, DEBE REHABILITARLO, SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.

2.8.6.- SECADO DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LÍNEAS DE TUBERÍA.

2.8.7.- EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, REALIZARÁ LA INSPECCIÓN VISUAL  DE LA LIMPIEZA DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE TUBERÍA CON INSTRUMENTO ELECTRÓNICO DE INSPECCIÓN VISUAL FIBROSCOPIO O BOROSCOPIO.

2.8.8.- EN CASO DE REQUERIR NUEVAMENTE SU LIMPIEZA, ÉSTA SERÁ SOLICITADA POR EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SIN COSTO ALGUNO PARA LA ENTIDAD.

2.9.- PARA LA INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LÍNEAS DE TUBERÍA:

2.9.1.- SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y RETIRO DE ANDAMIOS,

2.9.2.- CARGA Y ACARREO DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA EN CAMIÓN DEL ÁREA DE LIMPIEZA HASTA EL SITIO PARA SU INSTALACIÓN,

2.9.3.- MANIOBRAS CON HERRAMIENTA MANUAL PARA LA  INSTALACIÓN DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA CON HERRAMIENTA MANUAL INTEGRADOS POR: VÁLVULAS DE BLOQUEO, VÁLVULAS DE RETENCIÓN, PORTA PLACAS DE ORIFICIO, SUCCIÓN DE BOMBAS, DESCARGAS DE BOMBAS, INDICADORES DE PRESIÓN Y TEMPERATURA.

2.9.4.- CONEXIÓN DE LAS LÍNEAS DE ENVENADO DE VAPOR TUBING.

2.9.5.- COLOCACIÓN DE EMPAQUE DEFINITIVO.

2.9.6.- INSTALACIÓN Y APRIETE DE ESPÁRRAGOS PARA ELIMINAR FUGAS.

2.9.7.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR  PRUEBAS HIDROSTÁTICAS Y/O NEUMÁTICAS, UNA VEZ QUE HAYA INSTALADO LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA, LAS PRUEBAS DEBEN SER POSITIVAS Y SERÁN RECIBIDAS POR EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

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2.9.8.- DEJAR EL ÁREA DE TRABAJO LIMPIA.

2.9.9- PARA EL ARMADO DE LOS TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LAS LÍNEAS DE TUBERÍA EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LOS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA REALIZAR LAS MANIOBRAS, YA QUE LOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS ESTÁN UBICADOS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA Y DE LONGITUDES QUE VAN DE 0.20 m HASTA 16.00 m DE LARGO.

2.10.- ALCANCE PARA LA ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 2, QUE APLICA PARA LAS PARTIDAS NÚM. 07, 08, 09 Y 10.

LIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE: INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE ¾ in, 2 in, 3 in Y 4 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.

2.10.1.- CARGA Y ACARREO DE VÁLVULAS EN CAMIÓN HASTA EL ÁREA DESIGNADA PARA LIMPIEZA.

2.10.2.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA  A METAL LIMPIO DEL INTERIOR DE VÁLVULAS. EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA MECÁNICAMENTE UTILIZANDO EQUIPO Y ACCESORIOS PARA RETIRAR EN SU TOTALIDAD EL POLÍMERO ADHERIDO, DEL DIÁMETRO INTERIOR DE LA VÁLVULA.

2.10.3.- LOS ACCESORIOS PARA RETIRAR EL POLÍMERO QUE UTILICE EL PROVEEDOR DEBE SER DE MATERIAL QUE NO RALLEN NI DESBASTE INTERNAMENTE LA COMPUERTA NI LAS PAREDES DE SELLO DE LAS VÁLVULAS, QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS DE PROCESO.

2.10.4.- EN CASO DE QUE LA VÁLVULA ESTÉ OBSTRUIDA CON MATERIAL SÓLIDO, EL PROVEEDOR DEBE UTILIZAR EQUIPO Y ACCESORIOS NECESARIOS DE ACUERDO AL DIÁMETRO DE LA VÁLVULA DE QUE SE TRATE, HASTA DESTAPAR TOTALMENTE LA VÁLVULA COMO PARTE INTEGRANTE, OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO.

2.10.5.- SECADO DEL INTERIOR DE LAS VÁLVULAS.

2.10.6.- INSPECCIÓN VISUAL DE LA LIMPIEZA DE LAS VÁLVULAS CON INSTRUMENTO ELECTRÓNICO DE INSPECCIÓN VISUAL BOROSCOPIO Ó FIBROSCOPIO.

2.10.7.- EN CASO DE REQUERIR NUEVAMENTE SU LIMPIEZA, ÉSTA SERÁ SOLICITADA POR EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SIN COSTO ALGUNO PARA LA ENTIDAD.

2.10.8.- CARGA Y ACARREO DE VÁLVULAS EN CAMIÓN HASTA EL SITIO DE INSTALACIÓN.

2.11.- SI  EL PROVEEDOR DAÑA LAS VÁLVULAS O A UN EQUIPO PERIFÉRICO DURANTE LAS MANIOBRAS DE DESMONTAJE Y MONTAJE, ÉSTE DEBE REALIZAR LA REPARACIÓN Y/O REPARACIONES NECESARIAS, O EN SU DEFECTO REEMPLAZO DE LOS MISMOS SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.12.- EL  PROVEEDOR DEBE TOMAR EN CUENTA QUE NO DEBE RAYAR LA CARA  DE LA UNIONES BRIDADAS DE FORMA AXIAL, EN CASO DE RAYARLAS TENDRÁ QUE RECTIFICAR LAS CARAS, SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.13.- PARA LAS MANIOBRAS DE BAJAR Y SUBIR LAS VÁLVULAS DE LOS CIRCUITOS, EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LOS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS NECESARIAS, YA QUE LAS VÁLVULAS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS ESTÁN UBICADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.

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2.14.- LOS SIGUIENTES ALCANCES APLICAN PARA LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LAS PARTIDAS 1 y 2.

2.14.1.- EL  PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA NO AFECTAR TRABAJOS ALEDAÑOS AL ÁREA DE TRABAJO DESTINADA PARA ESTA ACTIVIDAD ATENDIENDO LO ESTABLECIDO EN EL PROCEDIMIENTO 400-GCSIPA-PO-12, DENOMINADO "PROCEDIMIENTO OPERATIVO CRÍTICO PARA LA COLOCACIÓN DE BARRERAS Y BARRICADAS".

2.14.2.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LAS MANGUERAS, CONEXIONES, ACCESORIOS, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS NECESARIAS PARA REALIZAR LA LIMPIEZA  RETIRANDO EN SU TOTALIDAD EL POLÍMERO ADHERIDO A LAS UNIONES BRIDADAS.

2.14.3.- PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS REQUERIDAS EL PROVEEDOR DEBE OBSERVAR LO ESTIPULADO EN LA NORMA PEMEX: NRF-150-PEMEX-2005 REV.: 0, DENOMINADA "PRUEBAS HIDROSTÁTICAS DE EQUIPOS Y TUBERÍAS".

2.14.4.- NO SE PODRÁ INICIAR NINGÚN SERVICIO SI NO SE CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN ESCRITA DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS MEDIANTE EL PERMISO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE. SI DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EL PROVEEDOR DETECTA ALGUNA FALLA O PROBLEMA POTENCIAL EN EL EQUIPO O INSTALACIÓN REFERENCIADA Y QUE NO HAYA SIDO CUBIERTA CON EL PERMISO DE TRABAJO CORRESPONDIENTE, DEBE COMUNICARLO AL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, QUIEN TENDRÁ QUE NOTIFICAR POR ESCRITO LA DECISIÓN DE LLEVAR A CABO O NO ESTOS SERVICIOS ADICIONALES.

2.15.- EL  COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS ENTREGARÁ LOS CIRCUITOS TOTALMENTE AISLADOS, DEPRESIONADOS, VAPORIZADOS  Y PURGADOS.

2.16.- ES RESPONSABILIDAD DEL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS TRAMITAR LOS PERMISOS DE TRABAJO RELATIVOS A LA ACTIVIDAD DE LIMPIEZA DE LOS CIRCUITOS DE PROCESO.

2.17.- ES RESPONSABILIDAD DEL  PROVEEDOR REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE ACUERDO A LO QUE SE ESTIPULE EN LOS PERMISOS DE TRABAJO RELATIVOS A  LAS ACTIVIDADES DE  LIMPIEZA DE LOS CIRCUITOS DE PROCESO.

2.18.- DICHO  PLAZO EMPEZARÁ A CONTAR A PARTIR DE QUE EL PROVEEDOR RECIBA DEL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS LAS ORDENES DE SERVICIOS A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO Y/O ENTREGA PERSONAL.

2.19.- EL  PROVEEDOR DEBE COLOCAR SU BASURA Y/O DESECHOS ORGÁNICOS E INORGÁNICOS QUE GENERE SU PERSONAL EN CONTENEDORES PARA POSTERIORMENTE RETIRARLOS DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.20.- PREVIO AL INICIO DE LA JORNADA DE TRABAJO, EL REPRESENTANTE POR PARTE DEL PROVEEDOR EN COORDINACIÓN CON EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, SE REUNIRÁN PARA EVALUAR LOS ASPECTOS DE SEGURIDAD QUE CORRESPONDAN.

2.21.- EL PROVEEDOR ESTÁ OBLIGADO A COLOCAR SEÑALAMIENTOS Y LETREROS VISIBLES INDICANDO PELIGRO Y DESVIACIÓN, DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EVITANDO OBSTRUIR LA CIRCULACIÓN DE ACCESO.

2.22.- EL  EQUIPO DE PROTECCIÓN MÍNIMO QUE DEBE UTILIZAR EL PERSONAL DEL PROVEEDOR PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES ANTES MENCIONADAS ES: ROPA DE ALGODÓN COLOR ANARANJADO, ZAPATOS CON CASQUILLO, BOTAS DE HULE O NEOPRENO CUANDO LA ACTIVIDAD LO REQUIERA,

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EQUIPO CONTRA AGUA IMPERMEABLE CUANDO LA ACTIVIDAD LO REQUIERA, LENTES CONTRA IMPACTO O GOGLES, GUANTES DE CARNAZA CUANDO LA ACTIVIDAD LO REQUIERA, CARETA FACIAL CUANDO LA ACTIVIDAD LO REQUIERA, CASCO CON BARBIQUEJO, GUANTES DE NEOPRENO Y ARNÉS DE SEGURIDAD CON CABLE CON SUJETADOR Y PUNTO FIJO CUANDO LA ACTIVIDAD LO REQUIERA.

2.23.- TODO EL PERSONAL DEL PROVEEDOR QUE INGRESE A LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DEBE UTILIZAR: ZAPATOS DE SEGURIDAD CON CASQUILLO, OVEROL DE ALGODON, EN COLOR NARANJA Y CASCO DEL MISMO COLOR, MASCARILLA PARA VAPORES INORGÁNICOS, TAPONES DE PROTECCIÓN AUDITIVA, GOGLES Y/O LENTES CONTRA-IMPACTO, IDENTIFICACIÓN PERSONAL VISIBLE.

2.24.- EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DEBE TOMAR PLÁTICAS DE INDUCCIÓN A LA SEGURIDAD CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LOS SERVICIOS, LAS CUALES SON IMPARTIDAS POR PERSONAL DE LA SUBGERENCIA DE CALIDAD, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.

2.25.- EL  PERSONAL DEL PROVEEDOR DEBE INICIAR CADA JORNADA DE SERVICIO, CON LA REUNIÓN DE INICIO DE JORNADA RIJ, A EFECTO DE CONSTATAR LA CONDICIÓN CON LA CUAL SU PERSONAL SE PRESENTA A LABORAR, Y EL REGISTRO CORRESPONDIENTE SE DEBE ENTREGAR AL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.26.- EL  PROVEEDOR QUEDA OBLIGADO A SUMINISTRAR AGUA POTABLE A SUS TRABAJADORES.

2.27.- EL PROVEEDOR QUE DESARROLLE EL SERVICIO DENTRO DE LAS INSTALACIONES EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, A FIN DE CUMPLIR CON DISPOSICIONES AMBIENTALES, DEBE SUMINISTRAR EQUIPOS SANITARIOS PROVISIONALES DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA USO DE SU PERSONAL, MANTENIÉNDOLOS EN BUEN ESTADO.

2.28.- EL PROVEEDOR ES RESPONSABLE DE LAS BUENAS CONDICIONES MECÁNICAS DE TODAS Y CADA UNA DE LAS HERRAMIENTAS Y ACCESORIOS QUE SE UTILICEN EN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO, POR LO QUE EN CUALQUIER MOMENTO EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PUEDE REVISAR EL ESTADO DE LAS MISMAS.

2.29.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SE EXIME DE RESPONSABILIDAD ALGUNA, RESPECTO DE PÉRDIDA TOTAL O PARCIAL DE LOS EQUIPOS PROPIEDAD EL PROVEEDOR.

2.30.- EL ÁREA RESPONSABLE QUE REALIZARÁ LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO SERÁ LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

2.31.- LA SUPERVISIÓN QUE REALICE EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS A LOS SERVICIOS, NO LIBERA AL PROVEEDOR DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL CONTRATO. LO ANTERIOR, EN EL ENTENDIDO DE QUE EL EJERCICIO DE ÉSTA FACULTAD NO SERÁ CONSIDERADA COMO ACEPTACIÓN TÁCITA O EXPRESA DE LOS SERVICIOS, NI LIBERA AL PROVEEDOR DE LAS OBLIGACIONES QUE CONTRAE EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL INTERIOR DE TUBERIAS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS DE PROCESO DEL TREN "B" DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.32.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR QUE LA FECHA PROBABLE PARA EL INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO ES EL 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011, DURANTE LA REPARACIÓN DE LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI, DE ACUERDO AL PROGRAMA MENCIONADO EN EL NUMERAL 2.32.3.

2.32.1.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LA REALIZACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO EN UN PLAZO DE 08 DÍAS NATURALES, DE ACUERDO AL PROGRAMA MENCIONADO EN EL NUMERAL 2.32.3.

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2.32.2.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LABORAR EN TURNOS DE 8:00 HORAS  A 20:00  HORAS, Y DE 20:00 HORAS A 8:00 HORAS, INCLUYENDO SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS. POR LO CUAL EL PROVEEDOR, DEBE CONSIDERAR AL MENOS UN SUPERVISOR DE SEGURIDAD PARA CUBRIR CADA TURNO MENCIONADO.

2.32.3.- SE ANEXA PROGRAMA DE PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO, 01 HOJA.  CON FECHA PROBABLE DE INICIO DEL PRESENTE SERVICIO SOLICITADO, EL 20 DE OCTUBRE DE 2011.

3.- NORMATIVIDAD APLICABLE.

EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PONE A DISPOSICIÓN DE LOS LICITANTES LAS SIGUIENTES DIRECCIONES ELECTRÓNICAS PARA CONSULTA DE LA NORMATIVIDAD  APLICABLE, QUE ES DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN EL INTERIOR DE LAS TUBERÍAS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS DE PROCESO DEL TREN B DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI.

3.1.- LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE.http://www.diputados.gob.mx/leyesbiblio/pdf/148.pdf3.2.-  NRF-024-PEMEX-2009, DENOMINADA:"CINTURONES, ARNESES, LÍNEAS DE SUJECIÓN Y LÍNEAS DE VIDA"http://www.pemex.com/files/standards/definitivas/nrf-024-pemex-2001.pdf3.3.-  NRF-150-PEMEX-2005 REV.: 0, DENOMINADA: "PRUEBAS HIDROSTÁTICAS DE TUBERÍAS Y EQUIPOS".http://www.pemex.com/files/content/nrf-150-pemex-2005.pdf3.4.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, QUE DEBEN CUMPLIR EL LICITANTE Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA.http://intranet.ptq.pemex.com/c6/sac/default.aspx3.5.- 400-ACSIPA-PO-08, DENOMINADO:"PROCEDIMIENTO OPERATIVO CRÍTICO PARA LA APERTURA DE  LÍNEAS Y EQUIPOS".http://intranet.ptq.pemex.com/c6/sac/default.aspx3.6.- 400-ACSIPA-PO-12, DENOMINADO:"PROCEDIMIENTO OPERATIVO CRÍTICO PARA LA COLOCACIÓN DE BARRERAS Y BARRICADAS".http://intranet.ptq.pemex.com/c6/sac/default.aspx

4.- REQUISITOS QUE DEBE PRESENTAR EL LICITANTE DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA QUE SON OBJETO DE EVALUACIÓN Y QUE SERVIRÁN PARA ACEPTAR O DESECHAR SU PROPUESTA.

4.1.- EL  LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL Ó COPIAS LEGIBLES DE SU PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR LA PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO DE LIMPIEZA, INDICANDO COMO MÍNIMO, LO SIGUIENTE:

4.1.1.- SISTEMA DE LIMPIEZA PROPUESTO,4.1.2.- DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES PARA LLEVAR A CABO LA LIMPIEZA INTERIOR DE TUBERÍAS,4.1.3.- MAQUINARIAS Ó EQUIPOS A UTILIZAR, 4.1.4.- RAZON SOCIAL DEL LICITANTE,4.1.5.- NOMBRE Y FIRMA

4.2.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, COPIA LEGIBLE DE AL MENOS UN CONTRATO Ó FACTURA DE SERVICIOS QUE TENGAN RELACIÓN CON LA LIMPIEZA A TUBERÍA Ó FLUXERÍA, QUE HAYA REALIZADO CON ALGUNA EMPRESA PÚBLICA O PRIVADA, EN LOS CUALES INDIQUE COMO MÍNIMO LA FECHA DE EJECUCIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL LOS TRABAJOS REALIZADOS, TODA VEZ QUE LOS DEBE DE HABER EJECUTADO DENTRO DE LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS.

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4.3.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL Ó COPIA LEGIBLE DE CURRÍCULUM DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, POR LO QUE DEBE ACREDITAR QUE LAS PERSONAS HAN RECIBIDO CURSOS DE CAPACITACIÓN O ADIESTRAMIENTO RELACIONADOS CON SEGURIDAD INDUSTRIAL, Y LA FORMA DE ACREDITARLO SERÁ MEDIANTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIAS OTORGADA POR ALGUNO DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA,  Ó BIEN POR UNA INSTITUCIÓN, ORGANISMO Ó PERSONA FÍSICA QUE CUENTE CON REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.

NOTA: CON RESPECTO AL CURRÍCULUM VITAE LEGIBLE DEL PERSONAL, SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE LO SIGUIENTE:- EL NOMBRE Y FIRMA DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE DE LA CONSTANCIA DE HABILIDADES LABORALES PRESENTADA- RELACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL AFINES A LA SUPERVISIÓN EN SEGURIDAD INDUSTRIAL.

PARA EL CASO DE QUE PRESENTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIAS, EMITIDA POR INSTITUCIÓN, ORGANISMO Ó PERSONA FÍSICA QUE CUENTE CON REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE:- REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL- NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBIÓ EL ADIESTRAMIENTO Ó CAPACITACIÓN, EL CUAL EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE INDICADO EN EL CURRICULUM VITAE.- EL TEMA, EL CUAL DEBE SER RELACIONADO A SEGURIDAD INDUSTRIAL.

PARA EL CASO DE QUE PRESENTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIAS, EMITIDA POR ALGUNO DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE:- NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBIÓ EL ADIESTRAMIENTO Ó CAPACITACIÓN, EL CUAL EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE INDICADO EN EL CURRICULUM VITAE.- EL TEMA, EL CUAL DEBE SER RELACIONADO A SEGURIDAD INDUSTRIAL- EL NOMBRE DEL ORGANISMO SUBSIDIARIOS DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA QUE LO EXTIENDE.- NOMBRE, FIRMA Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO QUE LO EXTIENDE.

4.4.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, LA RELACIÓN INDICADA EN LOS NUMERALES DEL 6.1 AL 6.11 RELACIONADOS CON MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO, MANIFESTANDO SI SON DE SU PROPIEDAD O ARRENDADAS. LA CUAL EN CASO DE SER ARRENDADAS DEBE ENTREGAR DICHA RELACIÓN SOLICITADA, ACOMPAÑADA DE ORIGINAL O COPIA SIMPLE LEGIBLE CARTA COMPROMISO DE DISPONIBILIDAD DE MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA EMITIDA POR EL ARRENDADOR A FAVOR DEL LICITANTE, DEBIDAMENTE FIRMADAS.

4.5.- EL LICITANTE DEBE INDICAR EN EL DOCUMENTO 06 DE SU PROPUESTA TÉCNICA, LAS ESPECIFICACIONES Y ALCANCES QUE PROPONE COMO PARTE DE DICHA PROPUESTA, LAS CUALES DEBEN SER CONGRUENTES CON LO SOLICITADO EN EL DOCUMENTO 01 DE LAS BASES.

4.6.-EL LICITANTE DEBE INTEGRAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA COPIA LEGIBLE DEL CURRÍCULUM DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.NOTA:CON RESPECTO AL CURRÍCULUM VITAE LEGIBLE DEL PERSONAL, SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE LO SIGUIENTE:

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- EL NOMBRE DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS DURANTE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS,

5.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO.

5.1.- AGUA, PARA REALIZAR LA LIMPIEZA OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO EN CASO DE QUE SE REQUIERA, Y PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE SE REALICEN A LOS CIRCUITOS DE TUBERIA OBJETO DEL SERVICIO.5.2.- AIRE Y/O NITRÓGENO PARA EL SECADO Y PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE SE REALICEN A LOS EQUIPOS.5.3.- ESPÁRRAGOS QUE REQUIEREN SER CAMBIADOS.5.4.- EMPAQUES QUE REQUIERA SER CAMBIADOS PARA UNIONES BRIDADAS TIPO R. F.5.5.- ENERGÍA ELÉCTRICA A UNA TENSIÓN DE 110 VOLTS.5.7.- MANÓMETROS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE SE REQUIERAN.

6.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL LICITANTE Y/O PROVEEDOR COMO MÍNIMO PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO.

6.1.-  01 BOMBA PARA PRUEBA HIDROSTÁTICA QUE ALCANCE PRESIONES HASTA DE 5 kg/cm2 6.2.-  01 CAMIONETA REDILAS CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 3.5 TONELADAS Y/O EQUIPO EQUIVALENTE PARA MOVIMIENTO DE MAQUINAS.6.3.- 01 COMPRESOR DE AIRE PORTÁTIL PARA LA OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS NEUMÁTICOS DE 375 CFM6.4.- 01 GENERADOR ELÉCTRICO PARA LA OPERACIÓN DE SUS EQUIPOS6.5.- 05 PISTOLAS NEUMÁTICAS CON DADOS DE DIFERENTES MEDIDAS: 7/8 in Ø, 1-1/16 in Ø, 1-1/4 in Ø,   1-7/16 in Ø, 1-5/8 in Ø.6.6.- 05 LLAVES DE COLA Y ESTRÍAS DE DIFERENTES MEDIDAS: 7/8 in ø, 1-1/16 in ø, 1-1/4 in ø, 1-7/16 in ø, 1-5/8 in Ø.6.7.- 03 CONTENEDORES DE 200 LITROS DE CAPACIDAD CON TAPAS Y ETIQUETAS PARA LOS DESECHOS QUE SE GENEREN.6.8.- ALUMBRADO TIPO REFLECTOR A PRUEBA DE EXPLOSIÓN. 6.9.- 15 SECCIONES DE ANDAMIOS TUBULARES QUE DEBEN CONTAR CON: PLATAFORMAS METÁLICAS ANTIDERRAPANTES, CONTRAVENTEOS, ESCALERA, RODAPIÉ EN LA PRIMERA SECCIÓN, BARANDAL EN LOS COSTADOS, PLACAS, BASES, TRAVESAÑOS CON CANDADO.6.10.- 01 LOTE DE HERRAMIENTA PARA MANIOBRAS TALES COMO: ESTROBOS, ESLINGAS, GRILLETES, CABLES DE POLIETILENO, CADENAS, SEGUETAS, DIFERENCIALES DE DIVERSAS CAPACIDADES, TIRFOR DE DIVERSAS CAPACIDADES, CUÑAS DE BRONCE, MARRO DE BRONCE BERILIO.6.11.- 01 INSTRUMENTO ELECTRÓNICO DE INSPECCIÓN VISUAL BOROSCOPIO O FIBROSCOPIO CON MONITOR DE VIDEO Y SONDA ÓPTICA.

6.12.- MATERIALES QUE DEBE PROPORCIONAR EL LICITANTE Y/O PROVEEDOR:EL PROVEEDOR DURANTE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO, PROPORCIONARÁ TODOS LOS COMBUSTIBLES, REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS QUE REQUIERAN SUS EQUIPOS PARA MANTENERLOS EN CONDICIONES ÓPTIMAS DE OPERACIÓN Y BUEN DESARROLLO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE CAMBIADORES DE CALOR

7.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: POR LA TOTALIDAD DE LAS SUBPARTIDAS, INCLUIDAS EN LA PARTIDA 2

8.- PLAZOS MÁXIMOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O ARRENDAMIENTO POR PARTIDAS: EL PLAZO MÁXIMO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERÁ DE 08 OCHO DÍAS NATURALES, DE ACUERDO AL PROGRAMA ANEXO, DICHO PLAZO EMPEZARÁ A CONTAR A PARTIR DE QUE EL

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PROVEEDOR RECIBA DEL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS LAS ORDENES DE SERVICIOS A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO Y/O ENTREGA PERSONAL. UNA VEZ PRESTADO EL SERVICIO EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EXPEDIRÁ EL COMPROBANTE DE ACEPTACIÓN CORRESPONDIENTE.

9.- NIVEL DE INSPECCIÓN SOLICITADO: EL NIVEL DE INSPECCIÓN QUE APLICARÁ SERÁ EL NIVEL V EN SUS NUMERALES 1, 2,  3, 4 Y 6.

10.- PENAS CONVENCIONALES:RESPECTO DE CADA ORDEN, LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HAGA ACREEDOR POR EL ATRASO EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, SE CALCULARAN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL PLAZO PACTADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS, O, EN SU CASO, MODIFICADO MEDIANTE CONVENIO, Y SERÁN DETERMINADAS SOBRE EL VALOR DE LOS SERVICIOS PENDIENTES  DE EJECUTAR A RAZÓN DE 0.5% CERO PUNTO CINCO POR CIENTO POR CADA DÍA CALENDARIO DE ATRASO, Y HASTA EL IMPORTE DEL 10 % DE ORDEN DE QUE SE TRATE.

11.- SUBCONTRATACIÓN: SE PERMITE LA SUBCONTRATACIÓN PARA LO INDICADO EN LOS NUMERALES DEL 6.1 AL 6.11 RELACIONADOS CON MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA O MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO.

12.- CONDICIONES DE PRECIO: PRECIO FIJO.

13.- CANTIDAD Y/O PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO QUE PODRÁ REQUERIRSE EN CADA ORDEN DE SERVICIO.NO APLICA POR SER UN SERVICIO POR CANTIDAD DE EQUIPOS CIERTA Y DETERMINADA QUE DEBEN ATENDERSE POR LA REPARACIÓN DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI EN EL PLAZO DE TIEMPO ESTIPULADO DE 08 OCHO DÍAS NATURALES.

14.- VISITA AL LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS REQUIERE SE PROGRAME LA VISITA AL LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ATENDERÁ LA VISITA AL LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERÁ EL ING. ISAÍAS DE LA PAZ LÓPEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

15.-JUNTA DE ACLARACIONES:EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS REQUIERE SE PROGRAME JUNTA DE ACLARACIONES. EL ÁREA QUE ATENDERÁ LA JUNTA DE ACLARACIONES, SERÁ LA SUPERINTENDENCIA DE PLANEACIÓN DE MANTENIMIENTO Y EL ING. ISAÍAS DE LA PAZ LÓPEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO

16- NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE ADMINISTRARÁ EL CONTRATO Y VIGILARÁ SU CUMPLIMIENTO.EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ADMINISTRARÁ EL CONTRATO Y VIGILARÁ SU CUMPLIMIENTO SERÁ EL ING. ISAÍAS DE LA PAZ LÓPEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

17.- OBJETO Ó MOTIVO DEL SERVICIO O ARRENDAMIENTO.MANTENER LA CONTINUIDAD OPERATIVA Y DE FORMA CONFIABLE LOS CIRCUITOS DE TUBERÍAS INDICADOS EN LA PRESENTE SOLICITUD DE SERVICIOS, ASÍ COMO CUMPLIR EN TIEMPO Y FORMA CON

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EL TIEMPO DE REPARACIÓN DEL TREN B DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUÍMCO MORELOS.

18.- ANTICIPOS. NO APLICA.

19.- CRITERIO DE EVALUACIÓN.DEBIDO A QUE LA PRESENTE SOLICITUD NO CONLLEVA EL USO DE CARACTERÍSTICAS DE ALTA ESPECIALIDAD TÉCNICA O DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, NO SE REQUIERE UTILIZAR EL CRITERIO DE EVALUACIÓN POR PUNTOS Y PORCENTAJES. POR LO TANTO EL CRITERIO DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁ EN LA PRESENTE SOLICITUD DE PEDIDO ES BINARIO.

20.- GRADO DE CONTENIDO NACIONAL: 100 % MANO DE OBRA.

21.- IMPORTE MÍNIMO Y MÁXIMO.NO APLICA POR SER UN SERVICIO POR CANTIDAD DE EQUIPOS CIERTA Y DETERMINADA QUE DEBEN ATENDERSE POR LA REPARACIÓN DE LA PLANTA EN EL PLAZO DE TIEMPO ESTIPULADO.

22.- LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTOS.EL LUGAR EN DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS ES EN EL TREN "B" DE LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

PROGRAMA DE PRESTACION DEL PRESENTE SERVICIO

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD PLAZO DE EJECUCION EN DIAS NATURALES

CIRCUITO NOMBRE 1 2 3 4 5 6 7 8

1 Descarga de P-2305 /B al D-2201

2 Descarga de la P-2305 /B al D-2202

3 Línea principal del D-2202 al D-2205

4 Línea principal del D-2201 al D-2203

PLAZO DE EJECUCION: 08 OCHO DIAS NATURALES.

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DOCUMENTO 02MODELO ADMINISTRATIVO

I N D I C E

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Invitación.

1.1 Para consulta.

1.2 Para su obtención.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Invitación.

2.2 Participación de Testigos Sociales. NO APLICA

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios de realización de los Servicios.

3.2 Juntas de aclaraciones a las Bases de Invitación.

3.3 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y

desarrollo del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica. NO APLICA.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuestas.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de propuesta.

4.4.1. Métodos de evaluación.

4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5. Ofertas subsecuentes de descuentos. NO APLICA.

5. Criterios de adjudicación.

6. Casos en que se declarará desierta la Invitación.

7. Cancelación de la Invitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

9. Fallo.

10. Inconformidades.

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11. Firma del Contrato.

12. Aspectos contractuales básicos.

12.1.1 Vigencia.

12.1.2 Presupuesto o Cantidades del Contrato.

12.1.3 Ordenes de Servicio.

12.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Servicios.

12.3. Inspección de los Servicios.

12.3.1. Devolución y Reposición de los servicios

12.4 Garantías

12.5. Anticipo. NO APLICA.

12.6. Condiciones y forma de pago.

12.6.1 Ajuste de Precios. NO APLICA.

12.7. Facturación.

12.8. Penalizaciones.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

12.10. Información Reservada y Confidencial.

12.11. Seguros.

12.12. Fuentes de Financiamiento. NO APLICA.

12.13. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

13. Clausula Anticorrupción.

14. Responsabilidad Civil.

15. Otras obligaciones del proveedor.

16. Modificaciones al Contrato.

17. Terminación anticipada.

18. Controversias.

19. Responsabilidad de las partes.

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DOCUMENTO 02

1. CONSULTA Y/U OBTENCIÓN DE LAS BASES DE INVITACIÓN.

La publicación de las Bases de Invitación se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica www.ptq.pemex.com. Así mismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta:

A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en la Jefatura de Obra Pública, localizada en en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, a un costado de la entrada principal, en Ejido Pajaritos s/n, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver.

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com.

Para la obtención de las bases en las oficinas de la Convocante será necesario que las personas a las que se les entregue invitación al procedimiento, manifiesten el interés en participar en el mismo.

2. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO.

2.1. Condiciones Generales de la Invitación.No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

3. EVENTOS PREVIOS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA.

3.1 Visitas a los sitios donde se prestaran los Servicios.

La visita al sitio donde se prestaran los Servicios se llevará a cabo el día 24 de octubre del 2011 a las 13:00 horas en la Jefatura de Obra Pública del complejo Petroquímico Morelos, la cual únicamente tendrá por objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los Servicios a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico, misma que será coordinada por el Ing. Isaías de la Paz López adscrito a la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

Reglas para la visita a los sitios donde se prestaran los Servicios:

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Las personas invitadas que pretendan participar en la visita a los sitios donde se prestaran Servicios, preferentemente entregarán un escrito libre al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos:

Número de la invitación. Objeto de la invitación. Nombre de la persona física o Moral. Nombre y firma del Representante.

En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración en el acto de junta de aclaraciones conforme a lo indicado en el en el apartado correspondiente de estas Bases de invitación.

Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo portando el Equipo Mínimo de Seguridad que consiste en: Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Empresa, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos, de acuerdo con el Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica, anexo a esta bases como Documento 18. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

3.2 Juntas de aclaraciones a las Bases de Invitación.

Las juntas de aclaración a las Bases de Invitación se llevará a cabo el día 19 de octubre del 2011 a las 10:00 horas, en la Jefatura de Obra Pública del complejo Petroquímico Morelos.

Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las bases de Invitación, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en la siguiente dirección [email protected], [email protected] y jaime.pera @pemex.com o entregarlas personalmente en Jefatura de Obra Pública, en el domicilio de la convocante ubicado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., portada principal frente al servicio médico preferentemente con 24 veinticuatro horas hábiles de anticipación a la junta de aclaraciones. Pudiendo entregarlas también en el acto de Junta de aclaraciones.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Invitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación, para una respuesta más clara, además de preferencia, para facilitar el proceso de revisión y respuesta de dichas preguntas, en archivos electrónicos utilizando el programa de procesador de textos MS Word para Windows, versión 2003 o anterior.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica.

3.3 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA.

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3.4 CONDICIONES GENERALES DE LA INVITACION.

A Para recibir las Bases, deberá presentar manifiesto de interés en participar en la invitación dentro del periodo establecido, las bases se entregarán GRATUITAMENTE por medio electrónico, correo electrónico ó en la Jefatura de Obra Pública presentar USB ubicada en: Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver. Portada principal, frente del servicio médico, en el horario de 09:00 a 14:00 hrs. en días hábiles.

De conformidad con el artículo 45 de las DAC´S, la difusión de las invitaciones es de carácter informativo por lo que solamente podrán participar las personas seleccionadas e invitadas por la convocante.

B La entrega del sobre conteniendo las proposiciones podrá hacerse a elección del Licitante de manera personal, en la fecha, hora y lugar de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones o en la Jefatura de Obra Pública ubicada en: Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver. Portada principal, a un costado del servicio médico.

Los licitantes que opten por entregar su sobre en la Jefatura de Obra Pública, deberán hacerlo a más tardar una hora antes del acto de Presentación y apertura de proposiciones, además podrán estar presentes en el acto de apertura de proposiciones.

Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar para participar en dicho acto, documento original firmado por el representante legal de la empresa o persona física, donde lo faculte para participar en dicho acto, así como copia de ambos lados de una identificación oficial, tales como: credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte, cedula profesional, licencia de conducir, o bien, credencial de Proveedor expedida por el Directorio Institucional de Proveedores y Contratistas de Petróleos Mexicanos, en caso de no presentar dicho documento quedará como oyente.

No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero solo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.

C No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

4. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES E INSTRUCCIONES PARA ELABORAR LAS PROPUESTAS Y DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de invitación:

A. Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Debiendo Acreditar la nacionalidad y personalidad jurídica, mediante: EL DOCUMENTO 04, en original en papel membretado de su empresa bajo protesta de decir verdad y firmado por el representante legal que firma la propuesta.

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En el caso de presentar una propuesta conjunta, se deberá entregar la información que acredite la nacionalidad y personalidad jurídica de cada una de las personas físicas y/o morales que integran el consorcio.

B. Elaborar y entregar la propuesta, la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de invitación, en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, así como en los documentos 04, 05, 06, 06A y 07.

Las propuestas se presentarán dentro de sobres cerrados, preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de invitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las propuestas foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta de acuerdo al Documento 03. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

C Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Servicios que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de invitación.

En el Documento 06 se deberán describir los Servicios propuestos para cada una de las partidas y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo Servicios o que no indique la marca de las refacciones o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E Elaborar su propuesta económica en moneda nacional conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado I.V.A.. No se aceptan precios condicionados o variables.

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F Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con los incisos a, b, c y e del artículo 24 de las DAC´S. Observando los términos establecidos a continuación:

a En la propuesta se indicará la forma en que pretendan organizarse las personas que la presenten, pero no será necesario constituir una persona jurídica distinta de dichas personas;

b La propuesta establecerá las actividades a que se obliga cada una de las personas participantes conforme al convenio que al efecto celebren y que adjunten a la misma; asimismo, deberá señalar a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

c Se exige que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

d Se requiere la designación de un representante común para participar en la invitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

F.1 Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c Se requerirá la designación de un representante común para participar en la Invitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de

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propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

f) En la propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

F.2 Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al numeral 4 inciso A, de estas Bases de Invitación.

F.3 Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.4 Presentar el escrito a que se hace referencia en el numeral 4 inciso C del Documento 02 de estas Bases de invitación, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.5 De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, calidad, defectos y vicios ocultos de los Servicios, la cual deberá otorgarse conforme al numeral 12.4. del Documento 02 de estas Bases.

F.6 La experiencia en la prestación de los Servicios, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4 inciso K del Documento 02 de estas Bases.

F.7 La capacidad técnica y financiera se acreditará por cada integrante del grupo de personas que integran la propuesta conjunta.

G Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, preferentemente entregar el Documento 03, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuestas.

H Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes, preferentemente entregar el Documento 03-A, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. -NO APLICA-.

I No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

J El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS” que se incluye como Documento 05, la información de la integración nacional de la mano de obra utilizada en la prestación de los servicios que oferte, expresada en porcentaje, así como la marca de los bienes que utilice como refaccionamiento. En caso de ser distribuidor o

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comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

K Contar con experiencia en la prestación de los Servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el numeral 4.1., del Documento 01.

L Contar con la capacidad técnica necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el Documento 01.

M El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los Servicios que se oferten en la presente invitación, deberá ser mínimo para mano de obra 100%.

N El licitante propondrá un solo precio para todas las partidas de ejecución de los servicios. NO APLICA

O Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño SectorRango de

número de trabajadores

Rango de monto de

ventas anuales mdp

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6Pequeña Comercio Desde 11 hasta

30Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50

Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01

hasta $250 235Servicios Desde 51 hasta

100

Industria Desde 51 hasta 250

Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = Trabajadores X 10% + Ventas Anuales X 90%.El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = Número de trabajadores X 10% + Monto de Ventas Anuales X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas.

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La omisión de esta manifestación, no será motivo para desechar la propuesta, el licitante ganador deberá entregar previo a la firma del contrato dicho manifiesto.

P Los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los Servicios, que el licitante proponga deberán ser nuevos.

Q Los Servicios que integran las presentes Bases de invitación podrán ser subcontratados de acuerdo a lo indicado en los numerales 11 del Documento 01, en los ALCANCES Y ESPECIFICACIONES para cada partida.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. -NO APLICA-.

4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuesta.

Con el propósito de facilitar la presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 03.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de Invitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas.

B) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta invitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

C) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta invitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

D) En el acto de presentación y apertura de propuesta, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

E) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuesta, por causas ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas-NO APLICA-.

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuesta, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que

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hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

4.4 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuesta se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 31 de octubre del 2011 a las 10:00 horas, en la Jefatura de Obra Pública ubicada a un costado del servicio médico de la Portada principal, Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, en Coatzacoalcos, Ver.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán los documentos 04 y 06-A, las que para estos efectos constarán documentalmente.

4.4.1 Evaluación. El método de evaluación que se empleara en las presentes bases de invitación será:

Binario..- LA CONVOCANTE LLEVARÁ A CABO LA VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE CADA UNO DE LOS REQUISITOS PROPUESTOS POR EL LICITANTE, CON EL OBJETO DE QUE ÉSTAS CUMPLAN AL MENOS CON EL MÍNIMO REQUERIDO DE CADA UNO DE LOS PUNTOS SOLICITADOS Y SI ÉSTAS NO CUMPLEN CON EL MÍNIMO REQUERIDO SE DESECHARÁ LA PROPUESTA.

A. En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F del numeral 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

B. La evaluación se hará por PARTIDA; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en estas Bases de invitación de algún concepto o aspecto, la propuesta POR PARTIDA será desechada.

PARTIDA 1 SUBPARTIDAS 1 A LA 17

PARTIDA 2 SUBPARTIDAS 18 A LA 27

C. Las propuestas técnicas deberán cumplir con todo lo indicado en el documento 01 y el documento 06.

D. La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.

E. La propuesta económica deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el numeral 4 inciso E de estas bases y con el Documento 06-A.

Precio conveniente: Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

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I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente invitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña;

II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos;

III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento.

IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a este apartado serán considerados precios convenientes.

F. En la evaluación de las propuestas se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la proposición será desechada.

Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera:

a Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor;

b En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la mediana, y

c Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos valores centrales y el resultado será la mediana;

II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma Invitación, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera:

a Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de Invitación pública que se aceptaron técnicamente;

b El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y

c El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.

A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el 10 por ciento. Cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de las DAC´S, Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la Invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de las propuestas podrán ser aclaradas o subsanadas, si así lo determina PEMEX PETROQUIMICA durante la etapa de evaluación. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de PEMEX PETROQUIMICA, no será motivo para desechar sus propuestas. PEMEX

PETROQUIMICA fijará un plazo para que se realicen las aclaraciones y para que en su caso se subsane la omisión que corresponda. Para tal efecto PEMEX PETROQUIMICA solicitará las aclaraciones por escrito y las respuestas de los Licitantes también serán por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas.

En ningún caso se solicitarán que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.

En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.4.3. Negociación de Precios. -NO APLICA-.

4.4.4 Ofertas subsecuentes de descuentos. -NO APLICA-.

5. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél licitante cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta invitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas sus precios resulten aceptables y convenientes.

lI. La adjudicación del Contrato será por: PARTIDA.

6. CASOS EN QUE SE DECLARARÁ DESIERTA LA INVITACIÓN.

La Convocante podrá declarar desierta la invitación en los previstos en el artículo 58 fracción II de la Ley de Petróleos Mexicanos y cuando:

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I. No se presenten propuestas;II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados;III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, oIV. No se puedan comparar las propuestas técnicas y económicas de al menos tres personas.V. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las bases de Invitación.

7. CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN, TOTALIDAD DE LAS PARTIDAS.

La Convocante, podrá cancelar la invitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, por cualquier causa, conforme a los supuestos previstos en el artículo 37 de las DAC’S.

8. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. FALLO.

El fallo de la Invitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 11 de noviembre del 2011 a las 14:00 horas, en la Jefatura de Obra Pública localizada a un costado del servicio médico de la Portada principal en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, en Coatzacoalcos, Ver.

10. INCONFORMIDADES.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. FIRMA DEL CONTRATO.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día 18 de noviembre de 2011, en: la Jefatura de Obra Pública localizada en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., y en el horario comprendido de las 08:00 a las 14:00 horas.

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El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A así como el manifiesto bajo protesta de decir verdad indicando la estratificación a la cual pertenece de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 inciso O de las presentes bases de invitación.

- Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación CFF, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

Documento vigente expedido por el SAT  La opinión sobre el cumplimiento de obligaciones que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión, en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades federativas así mismo lo dispuesto en la regla II.2.1.13 comprendida dentro de la misma Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales de la SegundaResolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010” Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de febrero del 2011.

Para dar cumplimiento a lo antes citado, deberá considerar lo siguiente:

Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscalesII.2.1.13.     Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:I.     Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción "Mi Portal", con la clave CIECF.II.     Una vez elegida la opción de Informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.a    La autoridad a fin de emitir el informe de opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:1.     Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que el RFC está activo y el domicilio localizado.2.     Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior.3.     No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, IMPAC, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.4.     Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.19.1.

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5.     En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.b    Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:1.     Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.2.     Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.3.     Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.

  Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones arroje inconsistencias relacionadas con el RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la solicitud de informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

  Cuando la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá el informe de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a través del portal del contribuyente.

  La opinión sobre el cumplimiento de obligaciones a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.

Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

  CFF 65, 66-A, 141, RMF 2010 1.2.19.1.Para el caso de que el contrato se adjudique a una propuesta conjunta, se aplicará lo siguiente:

a Deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante PEMEX PETROQUIMICA. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

b Formarán parte integrante del contrato el o los instrumentos legales suscritos entre las personas que presentaron la propuesta conjunta para establecer las actividades a que se obliga cada una de ellas; el acuerdo que designa a aquélla que actuará como líder en la ejecución del contrato; los mecanismos que regulen el control del Consorcio y la resolución de controversias entre los participantes; así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, y

c La persona moral que hubiere sido designada como líder durante la ejecución del contrato deberá ser miembro del Consorcio; asumir la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con la Convocante. En su caso, el contrato estipulará las condiciones para cambiar al líder previa autorización de la Convocante.

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El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 fracción I de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S.

En caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del artículo 52 de las DAC´S, salvo que el consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en un plazo de 01 día hábil posterior a la notificación del fallo, en este caso entregara toda la documentación del nuevo miembro para acreditar las capacidades técnicas, financieras y demás requeridas para el adecuado cumplimiento del contrato, la cual estará sujeta a su revisión y en su caso autorización de PEMEX PETROQUÍMICA. De no autorizarla, se considerara que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador.

12. ASPECTOS CONTRACTUALES BÁSICOS.

Como Documento 15 se incluye el modelo de contrato.

12.1.1 Vigencia

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad del Contrato.

NO APLICA POR SER UN SERVICIO POR CANTIDAD DE EQUIPOS CIERTA Y DETERMINADA QUE DEBEN ATENDERSE POR LA REPARACIÓN DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI EN EL PLAZO DE TIEMPO ESTIPULADO DE 08 OCHO DÍAS NATURALES, DE ACUERDO A LOS PROGRAMAS INDICADOS EN EL DOCUMENTO 01 PARA CADA PARTIDA.

12.1.3 Ordenes de Servicio.

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de servicio” en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”, mismas que deberán contener la referencia del contrato.

La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR a través de la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento en la PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro del plazo de ejecución del contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el contrato,

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ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales del contrato.

12.2. Plazo, lugar y forma de pago.

A) El plazo máximo de prestación de los servicios es de 08 días naturales en cada evento de acuerdo a los programas incluidos por partida en el documento 01.

B Lugar de prestación de los servicios será en: la Planta de Polietileno Mitsui del Complejo Petroquímico Morelos.

C) Los pagos que se deriven por la prestación de los Servicios o Arrendamientos objeto de esta Invitación, se realizaran a máximo 20 veinte días naturales a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a los términos establecidos en estas bases y en el contrato.

12.3 Supervisión de los Servicios.

La supervisión que realice PEMEX PETROQUIMICA a los servicios amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los servicios entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

El nivel de supervisión que aplicará será nivel V numerales 1, 2, 3, 4, y 6 de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área responsable que realizará la Administración y Supervisión de la ejecución será la: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento, la supervisión estará a cargo del: Ing. Isaías de la Paz López y se llevará a cabo en la Planta de Polietileno Mitsui del Complejo Petroquímico Morelos, de conformidad con el Documento 01.

El Proveedor acepta que el Supervisor de PEMEX PETROQUÍMICA vigilará, controlará y revisará en todo tiempo los Servicios y dará al Proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de Servicios ejecutados y que sean presentados por el Proveedor.

La supervisión que realice PEMEX PETROQUÍMICA a los Servicios, no libera al Proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el Contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los Servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de ésta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los Servicios, ni libera al Proveedor de las obligaciones que contrae en el Contrato.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en estas bases, pudiendo solicitar a PEMEX PETROQUÍMICA y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

Por su parte, el proveedor se obliga a tener en el lugar de los Servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los Servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los mismos.

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El responsable del proveedor previamente a su intervención en los Servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados en esta Invitación.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos antes señalados.

12.3.1 Devolución y Reposición de los Servicios.

En el caso de que los servicios presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

12.4 GARANTÍAS.

Garantía de cumplimiento.

De acuerdo al Documento 15 Modelo de Contrato, el PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a “PETROQUIMICA”, dentro de los dos días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % diez por ciento del importe total de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”.

Garantía de la obligación de responder por la calidad de los servicios.

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a “PETROQUIMICA”, dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % diez por ciento del importe total de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”.

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Las garantías a que se refiere esta cláusula deberán entregarse en las oficinas de La Jefatura de Obra Pública, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos en el horario de: 9:00 a 15:00 hrs. en estricto apego a los textos que se entreguen al licitante ganador, según corresponda, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

12.5. Anticipo. NO APLICA-.

Para la realización de los Servicios objeto de esta invitación PEMEX PETROQUÍMICA No otorgará anticipo.

12.6. CONDICIONES Y FORMA DE PAGO. 55 fracción III inciso e de la Ley

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los servicios concluidos y aceptados a los 20 días naturales máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el certificado de aceptación de los servicios, fecha de la aceptación, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos, en la Ventanilla única de PEMEX-Petroquímica ubicada y en el horario comprendido de las 8:30 horas A las 14:30 horas. De conformidad con las disposiciones normativas en materia de pago en PEMEX-PETROQUÍMICA, cuando la fecha de vencimiento sea día hábil bancario en la plaza de pago se aplicara el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO:Domingo Día hábil posterior.Sábado Día hábil anterior.Lunes a Jueves Día hábil posterior.Viernes Día Hábil anterior.

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago.

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez 10 días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

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Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio TIIE de 28 días, más cuatro 4 punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos 2 días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.

b) Que los Servicios y hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA.

c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, en el horario de 8:30 horas a 14:30 horas., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c.

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de

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Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

12.6.1. Ajuste de remuneraciones. NO APLICA-.

12.7. FACTURACIÓN.

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en: la ventanilla única ubicada en la planta baja lado externo del edificio técnico administrativo del Complejo Petroquímico Morelos en el Horario de 8:30 horas a 14:30 horas. Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete 7 días naturales posteriores a la recepción de los Servicios en los términos del Contrato.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, la unidad de medida y al precio unitario de los Servicios.

En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres 3 días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan los Servicios faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

12.8. PENALIZACIONES.

NOTA: de conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR.

Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC´S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como:

I. Atraso en la entrega de los Servicios;

Las partes en el contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los Servicios, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará las penalizaciones en los siguientes supuestos:

Atraso en la Entrega de los Servicios.

Las penalizaciones a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los Servicios, se calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a

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valor total de los Servicios/porcentaje sobre el valor de los Servicios ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc., por cada día/hora calendario de atraso y hasta el importe del 0.5% de la garantía del cumplimiento del contrato.

I. Incumplimiento de las Obligaciones Relativas al Grado de Contenido Nacional

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del monto de contrato.

El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que

tenga celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

12.9. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los Servicios de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

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h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los Servicios;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA ellos endosos y ampliaciónes y/o renovaciónes a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 10 diez días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, una vez que le haya comunicado al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de rescisión, PEMEX PETROQUIMICA precautoriamente, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que las partes se otorguen el finiquito correspondiente; así mismo procederá a suspender la ejecución de los trabajos y a tomar inmediata posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas. Para tales efectos el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con o sin la comparecencia del PROVEEDOR, levantará un acta circunstanciada del estado en que se encuentre la instalación y/o puesta en marcha, la cual servirá de base para el finiquito del Contrato. El levantamiento del acta circunstanciada deberá realizarse invariablemente ante la presencia de fedatario público.

Cuando procedaEl finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 veinte días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

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a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los Servicios.

12.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de invitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11.

12.11 SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

12.12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. NO APLICA.

12.13. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta invitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 5 cinco días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para

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implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

13. CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de PEMEX PETROQUIMICA.

EL PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato no ofrecerá, prometerá o dará por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno ya sea federal, estatal o municipal, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.

En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, PEMEX PETROQUIMICA procederá a la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula Rescisión Administrativa de este contrato.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la unidad administrativa correspondiente para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

14. RESPONSABILIDAD LABORAL.

El proveedor, como empresario y patrón del personal que ocupará para la ejecución de los servicios objeto del Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el proveedor reconoce y acepta que con relación al Contrato, actuará exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en dicho instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes del mismo, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el proveedor, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados y PEMEX PETROQUÍMICA.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en este punto y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX PETROQUÍMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, el proveedor quedará obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

15. OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.

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El proveedor será el único responsable cuando los Servicios, no se realicen de acuerdo con lo estipulado en el Contrato, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PEMEX PETROQUÍMICA; por lo que en estos casos PEMEX PETROQUÍMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos Servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el proveedor tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del proveedor; en tal supuesto, el proveedor procederá de manera inmediata a la rectificación o reposición de los Servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el proveedor realiza Servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los Servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El proveedor tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del Contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y realizar el Servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el proveedor deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PEMEX PETROQUÍMICA para la ejecución de los Servicios.

Se conviene que las obligaciones del proveedor, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones, que aún cuando no estén descritas explícitamente en el Contrato, puedan ser inferidos como requeridos o indispensables para la conclusión satisfactoria de los Servicios.

Así mismo, las partes convienen en que el proveedor será responsable por los daños y perjuicios que ocasione a Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales y/o sus trabajadores y/o sus beneficiarios en sus bienes y/o personas en los términos dispuestos por Libro Cuarto Primera Parte, Título Primero, Capítulo V del Código Civil Federal.

16. MODIFICACIONES AL CONTRATO.

En términos de lo establecido en el artículo 48 fracción II inciso b del Reglamento de la Ley y artículo 58 de las DAC’S, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, c. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, yd. Incorporación de avances tecnológicos.

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II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

El licitante deberá entregar a PEMEX PETROQUIMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

17. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión; III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; yIV. Cuando lo determine PEMEX PETROQUIMICA.

Convenida la terminación anticipada, el LICITANTE tendrá el derecho de recibir de PEMEX PETROQUIMICA, el pago por los servicios ejecutados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los conceptos señalados en el Anexo correspondiente, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

En caso de terminación anticipada, se elaborará el finiquito en los términos de la cláusula denominada “Finiquito”.

18. CONTROVERSIAS.

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PRESTADOR DE SERVICIOS podrá efectuar, dentro de los 01 uno día natural de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, el PRESTADOR DE SERVICIOS renuncia a cualquier reclamo posterior por la controversia de que se trate.

El PRESTADOR DE SERVICIOS, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PRESTADOR DE SERVICIOS sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

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Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de 01 un día natural contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PRESTADOR DE SERVICIOS para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PRESTADOR DE SERVICIOS contará con un plazo de 01 un día natural para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PRESTADOR DE SERVICIOS acepta la determinación final, el Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PRESTADOR DE SERVICIOS no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada [Ley Aplicable y Jurisdicción/Ley Aplicable y Arbitraje].

Si la determinación del Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato no es aceptada por el PRESTADOR DE SERVICIOS, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PRESTADOR DE SERVICIOS opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PRESTADOR DE SERVICIOS deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los 02 días días naturales siguientes a la fecha en que el PRESTADOR DE SERVICIOS hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PRESTADOR DE SERVICIOS deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;

b Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;

c Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

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El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PRESTADOR DE SERVICIOS el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 diez días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PRESTADOR DE SERVICIOS dentro de un plazo de 02 dos días naturales días naturales contados a partir de del vencimiento del plazo para que el PROVEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PRESTADOR DE SERVICIOS dentro de los 02 dos días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PRESTADOR DE SERVICIOS acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

19. RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES.

El PRESTADOR DE SERVICIOS será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PEMEX PETROQUIMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PEMEX PETROQUIMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PRESTADOR DE SERVICIOS.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones,

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quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

DOCUMENTO 03

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPUESTA

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No. DOCUMENTOPUNTOS DEL

DOCTO. 02 DE LAS BASES

NOMBRE DEL ARCHIVO ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NO

Dentro o fuera del sobre de la proposición a elección del licitante

1 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, mediante la cual acredite la nacionalidad y personalidad jurídica DOCUMENTO 04.

4 INCISO A

2

Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S Documento 07.

4 INCISO C DOC_07

3 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante. Documento 11 DOC-11

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.

4Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta Documento 03.

4 INCISO G DOC_03

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición.5 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas

conjuntas. 4 INCISO F CONVENIO

6 Formato de propuesta técnica Documento 06 4 INCISO D DOC_067 Formato de propuesta económica Documento 06-A 4 INCISO E DOC_06-A

8 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los Servicios Documento 05. 4 INCISO J DOC_05

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de invitación será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 04

FORMATO PARA ACREDITAR LA NACIONALIDAD, Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE

Lugar y FechaPEMEX PETROQUIMICASUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALESP R E S E N T E.

Yo, ___nombre _, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente Invitación, a nombre y representación de: _nombre de la persona física o moral.

DEL LICITANTE:

NacionalidadClave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre s Descripción del objeto social para personas físicas, actividad comercial ó profesional:Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

DEL APODERADO O REPRESENTANTE:

Nombre: Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

Firma autógrafa original_

Notas:1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su

contenido, preferentemente, en el orden indicado.2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar

abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.3.- El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple

para su archivo de los documentos indicados.

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS.

__________de __________ de ______________

PEMEX-PETROQUÍMICA. P R E S E N T E

Invitación Pública Nacional No. ______indicar numero de Invitación______

Descripción de los trabajos a realizar

Cantidad hrs Costo

Mano de obra total horas hombre totales YMano de obra nacional horas hombre XPorcentaje de participación nacional en servicios PPNS

PPNS=X/Y*100Y=Costo de la mano de obra horas hombre total requerida o utilizada en la prestación del servicio.X=Costo de la mano de obra nacional horas hombre utilizada en la prestación del servicio

Para los casos en que la prestación de los servicios involucre bienes, el licitante deberá requisitar adicionalmente lo siguiente:

Con fundamento en lo establecido en el artícuo 23 de las DAC´S, los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, nombre del representante , en mi carácter de representante legal de Nombre o Razon Social, manifiesto bajo protesta de decir verdad y entrego con el carácter de [confidencial o pública -SELECCIONAR CARÁCTER-] la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del de los siguientes bienes que propone.

No. de partida

Descripcion % Integracion Nacional 0

a 100%

Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o

comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL___________________NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________FIRMA: ______________________CARGO: __________________________________________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06“SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR DEL TREN “B” DE LA PLANTA POLIETILENO

MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS”

FORMATO DE PROPUESTA TECNICAPEMEX-PETROQUÍMICA. P R E S E N T E

PARTIDA 1No.

Subpartida Cantidad Unidad deMedida

Descripción

1 1.00 SERVICIO Describir los servicios propuestos para cada una de las partidas que integran el documento 06-A, indicando la marca y modelo o Nombre del Fabricante de las refacciones y/o materiales a utilizar, características de la mano de obra así como de los equipos a utilizar en la realización de los servicios. En su caso mencionar las normas con las que cumplen los Servicios que propone.

ANEXAR A ESTE DOCUMENTO TODOS LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN EL NUMERAL 4 DEL DOCUMENTO 01.

LO ANTERIOR DEBE ESTAR DE ACUERDO A LAS BASES TÉCNICAS INDICADAS EN EL DOCUMENTO 01.

2 1.00 SERVICIO3 1.00 SERVICIO4 1.00 SERVICIO5 1.00 SERVICIO6 1.00 SERVICIO7 1.00 SERVICIO8 1.00 SERVICIO9 1.00 SERVICIO10 1.00 SERVICIO11 1.00 SERVICIO12 1.00 SERVICIO13 1.00 SERVICIO14 1.00 SERVICIO15 1.00 SERVICIO16 1.00 SERVICIO17 1.00 SERVICIO

PARTIDA 2No.

Subartida

Cantidad Unidad deMedida

Descripción

18 1.00 METRO LINEAL

Describir los servicios propuestos para cada una de las partidas que integran el documento 06-A, indicando la marca y modelo o Nombre del Fabricante de las refacciones y/o materiales a utilizar, características de la mano de obra así como de los equipos a utilizar en la realización de los servicios. En su caso mencionar las normas con las que cumplen los Servicios que propone.

ANEXAR A ESTE DOCUMENTO TODOS LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN EL NUMERAL 4 DEL DOCUMENTO 01.

191.00 METRO LINEAL

201.00 METRO LINEAL

211.00 METRO LINEAL

221.00 METRO LINEAL

231.00 METRO LINEAL

241.00 PIEZA

251.00 PIEZA

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LO ANTERIOR DEBE ESTAR DE ACUERDO A LAS BASES TÉCNICAS INDICADAS EN EL DOCUMENTO 01

261.00 PIEZA

271.00 PIEZA

Describir los servicios propuestos para cada una de las partidas, indicando la marca y modelo o Nombre del Fabricante de las refacciones y/o materiales a utilizar, características de de la mano de obra así como de los equipos a utilizar en la realización de los servicios. En su caso mencionar las normas con las que cumplen los Servicios que propone.

1.- LUGAR DE ENTREGA EN LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS

2.-PLAZO DE ENTREGA 08 DIAS.

NOMBRE DEL LICITANTE: DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIALNOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-A

“SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR DEL TREN “B” DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS”

FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICAPEMEX-PETROQUÍMICA. P R E S E N T E

PARTIDA 1No.

Subpartida

Cantidad

Unidadde

MedidaDescripción Genérica de los

Servicios

Precio Unitario sin I.V.A.

$

Importe Total sin I.V.A. $

Moneda

1 4.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 1 ½ in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

2 10.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 6 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402, E-2224-A, E-2224-B. VER. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NO. 1

3 6.00 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 8 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302, E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.

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1

4 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 10 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

5 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORCOLOCACIÓN DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 16 in DE DIÁMETRO CLASE 150 PARA SER INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1.

6 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORDESARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: EXTRACCIÓN DE NÚCLEO, TAPA DE CABEZAL FRONTAL, TAPA DE CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO DE 700 mm DE DIAMETRO HASTA 1050 mm DE DIAMETRO INSTALADOS DE 0.00 DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302, E-2402.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2.

7 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALOR

DESARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: CABEZAL SUPERIOR, CABEZAL INFERIOR, DE 609 mm DE DIÁMETRO INSTALADOS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 15.00 m DE ALTURA. E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 3.

8 2.00 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORLIMPIEZA EXTERIOR AL HAZ DE

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TUBOS, COMPONENTES Y ACCESORIOS DE CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE AGUA A ALTA PRESIÓN: PRESIÓN: DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi DIMENSIONES: DE 700 mm DE DIÁMETRO HASTA 1050 mm DE DIÁMETRO ALTURA: DE 0.00 m HASTA 5.00 m INCLUYE: LIMPIEZA DE TAPA DE CABEZAL FRONTAL Y POSTERIOR, CARCAZA DE EQUIPO, CABEZAL FLOTANTE. E-2302, E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.4

9 156.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORLIMPIEZA INTERIOR A HAZ DE TUBOS DE CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE ALTA PRESIÓN DE AGUA: DIMENSIONES: 1- 1/2 in DE DIÁMETRO POR 7.31 m DE LONGITUD PRESIÓN: DE 10,000 psi HASTA 20,000 psi, ALTURA: DE 0.00 m HASTA 5.00 m EN CAMBIADORES DE CALOR: E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 05

10 942.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORLIMPIEZA INTERIOR A HAZ DE TUBOS DE CAMBIADORES DE CALOR A BASE DE ALTA PRESIÓN DE AGUA: DIMENSIONES: DE 1 in DE DIÁMETRO POR 4.88 m DE LONGITUD PRESIÓN: DE 10000 psi HASTA 20000 psi, ALTURA: DE 0.00 m HASTA 5.00 m EN CAMBIADORES DE CALOR: E-2302, E-2402 02 EQUIPOS. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 05

11 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS INCLUYE: MONTAJE DE NÚCLEO, TAPA DE CABEZAL FRONTAL, TAPA DE CABEZAL POSTERIOR, CABEZAL FLOTANTE SUJETO AL ESPEJO CON BRIDA DE ANILLO ABIERTO DE 700 mm DE DIAMETRO HASTA 1050 mm DE DIAMETRO INSTALADOS DE 0.00 DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E- 2302, E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

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12 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORARMADO DE CAMBIADORES DE CALOR Y ACCESORIOS, INCLUYE: CABEZAL SUPERIOR, CABEZAL INFERIOR DE: 609 mm DE DIÁMETRO. INSTALADOS A UNA ALTURA DE 0.00 m HASTA 15.00 m. EN CAMBIADOR DE CALOR E-2224-A, E-2224-B. 02 EQUIPOS. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 3

13 4.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 1 ½ in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

14 10.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 6 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402, E- 2224-A, E-2224-B. VER. ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NO. 1

15 6.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 8 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302, E-2224-A, E-2224-B. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

16 2.00 SERVICIO

SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 10 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2302. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1

17 2.00 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES

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DE CALORRETIRO DE JUNTAS CIEGAS METÁLICAS EN UNIONES BRIDADAS DE 16 in DE DIÁMETRO CLASE 150 INSTALADAS DE 0.00 m DE ALTURA HASTA 5.00 m DE ALTURA. E-2402. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No. 1.

TOTAL PARTIDA 1 $

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PARTIDA 2

No.Subpartida

Cantidad

Unidadde

Medida Descripción Genérica de los Servicios

Precio Unitario sin I.V.A.

$

Importe Total sin I.V.A. $

Moneda

18 1.00 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LÍNEAS DE TUBERÍA DE 3/4 in DE DIÁMETROLOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1.

19 1.20 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN DE LÍNEAS DE TUBERÍA DE 1 ½ in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1.

20 251.10 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 2 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

21 0.40 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 2 ½ in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

22 2.90 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE

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CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 3 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

23 19.80 METRO LINEAL

LIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERIA DE CIRCUITO DE PROCESOLIMPIEZA EN INTERIOR DE TUBERÍA DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:RETIRO E INSTALACIÓN DE TRAMOS RECTOS Y CAMBIOS DE DIRECCIÓN EN LÍNEAS DE TUBERÍA DE 4 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA.VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.1

24 10.00 PIEZA

LIMPIEZA EN INTERIOR DE CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIALIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE ¾ in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

25 11.00 PIEZA

LIMPIEZA EN INTERIOR DE CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIALIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE 2 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

26 6.00 PIEZA

LIMPIEZA EN INTERIOR DE CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIALIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE 3 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

27 2.00 PIEZA LIMPIEZA EN INTERIOR DE

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CONEXIONES Y ACCESORIOS DE CIRCUITOS DE TUBERIALIMPIEZA EN INTERIOR DE VÁLVULAS DE CIRCUITOS DE PROCESO, LA LIMPIEZA INCLUYE:INSTALACIÓN DE VÁLVULA DE BLOQUEO Y RETENCIÓN DE 4 in DE DIÁMETRO LOCALIZADAS DE 0.00 m HASTA 10.00 m DE ALTURA. VER ESPECIFICACIÓN TÉCNICA No.2

TOTAL PARTIDA 2 $

Condiciones Económicas

1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA 60 DIAS

2.- LUGAR DE EJECUCION SERVICIOS: EN LA PLANTA DE POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS

3.- PLAZO DE EJECUCION DE LOS SERVICIOS: 08 DIAS NATURALES.

4.- CONDICION DE PRECIO FIJO x VARIABLE

NOMBRE DEL LICITANTE: DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIALNOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARACTER PRODUCTIVO DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

Lugar y Fecha

PEMEX PETROQUÍMICA____________________________________________P R E S E N T E

EN CASO DE SER PERSONA MORAL

Nombre del apoderado o representante legal, en mi carácter de términos en que este otorgando el mandato, manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA

EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento

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Nombre de la persona fìsica , en mi carácter de propietario , manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V

de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación

en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de

Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante

Nombre del representante legal, en mi carácter de indicar término en que este otorgando el mandato,

manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno

de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el

artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos

Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DELAPODERADO LEGAL

NOTA:

1 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.

DOCUMENTO 11

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MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE

Lugar y Fecha

PEMEX PETROQUÍMICA.____________________________________________

P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

Nombre del representante Legal, en representación de Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta, con fundamento

en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información

Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que

integran la propuesta, presentadas en el proceso de Invitación Pública No. ____________, se entrega con carácter

confidencial, reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________[NOMBRE DEL LICITANTE]

[NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

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DOCUMENTO 15

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE “PEMEX PETROQUÍMICA”, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PETROQUÍMICA”, REPRESENTADO POR [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE PEMEX PETROQUÍMICA], EN SU CARÁCTER DE [PUESTO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE PEMEX PETROQUÍMICA] Y POR LA OTRA [NOMBRE DEL PROVEEDOR], A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL PROVEEDOR], EN SU CARÁCTER DE [PUESTO DEL REPRESENTANTE DEL PROVEEDOR] SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. “PETROQUÍMICA” declara a través de su representante/apoderado que:

1.1 Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992 y tiene por objeto procesos industriales petroquímicos cuyos productos no forman parte de la industria petroquímica básica y celebrar toda clase de actos, convenios y contratos, entre otros, de conformidad con la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada el 28 de Noviembre de 2008 en el Diario Oficial de la Federación y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento del mismo, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de noviembre de 2008.

1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. Número de la escritura, de fecha Fecha de la escritura, otorgada ante la fe del Notario Público No. del notario de Localidad, Licenciado Nombre del notario, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas, No. IS-430-RM-LPM-200XXXX, con fundamento en los Artículos 54 Segundo Párrafo, 56, 57 Último Párrafo de la Ley de Petróleos Mexicanos, 50 Fracción III, 51, 52 y demás relativos a los contratos establecidos en los apartados 6° y 7° de su Reglamento, 42 al 45, 57 y demás relativos a los contratos establecidos en la Sección a de la Parte VII de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, así como el Artículo 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Complejo Petroquímico Morelos, Ejido Pajaritos S/N, Allende. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PPE 920716TS5.

2 El PROVEEDOR declara, a través de su apoderado/representante, que:

2.1 A TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública Número de la escritura,

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de fecha Fecha de la escritura, otorgada ante la fe del Titular de la Correduría o Notaría Pública No. ____ de Localidad, Licenciado Nombre del fedatario, cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de Lugar, folio mercantil o partida y fecha.

B EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.___, ____ y ___ nombres de las personas participantes en el consorcio, constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública Número de la escritura], de fecha Fecha de la escritura, otorgada ante la fe del Titular de la Correduría o Notaría Pública No. ____, de Localidad, Licenciado Nombre del fedatario, cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de Lugar, folio mercantil o partida y fecha.

C EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 A PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. Número de la escritura, de fecha Fecha de la escritura, otorgada ante la fe del Titular de la Correduría o Notaría Pública No. ____, de Localidad, Licenciado Nombre del fedatario, y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.

2.3 A.- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

2.4 Su domicilio para los efectos del presente contrato es Domicilio Legal del Proveedor y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave .

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: i la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; ii la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; iii las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; iv los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y v las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia

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de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL Y DE CONTRATOS CUYO MONTO EXCEDA EL IMPORTE DE $300,000 SIN INCLUIR EL I.V.A.De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a “PETROQUÍMICA” documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIODE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATOCelebró señalar ellos instrumentos legales de fechas ___________, en ellos que constan las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación:

“Proyecto Sustantivo”: Contratos con Terceros

“Área Administradora del Proyecto”: Gerencia de Mantenimiento de Pemex Petroquímica

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: “Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento del Complejo Petroquímico Morelos”

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

“PETROQUÍMICA” encomienda y el PROVEEDOR se obliga a prestar de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos, el servicio consistente en los: “SERVICIO DE LIMPIEZA A CAMBIADORES DE CALOR DEL TREN “B” DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS” Y “SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL INTERIOR DE LAS TUBERÍAS QUE CONFORMAN LOS CIRCUITOS DE PROCESO DEL TREN A Y AREAS COMUNES DE LA PLANTA POLIETILENO MITSUI DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS”, en adelante los “servicios”.

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECIFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:

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Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo _______ que forma parte del mismo

SEGUNDA.- VIGENCIALa vigencia de este contrato iniciara en la fecha de firma del mismo y concluirá el 31 de Diciembre de 2011. Considerando el plazo de ejecución más de 20 veinte días naturales para el pago de los servicios.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto de este contrato, en 08 Ocho días naturales a partir del día 31 de Octubre y a concluirlos a mas tardar el día 07 de Noviembre de 2011, conforme al programa de ejecución de los servicios lo establecido en el Anexo “B” del presente, mismo que forma parte integrante de este contrato.

El plazo de ejecución de los servicios es de 08 Ocho días naturales, contados a partir de la firma del contrato.

“PETROQUÍMICA” se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el los lugares en que deberán prestarse los servicios objeto de este contrato.

No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquél en que no se hayan prestado los servicios por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada “Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor” o por motivos imputables a “PETROQUÍMICA”.

La ejecución de los servicios por parte del PROVEEDOR se realizará en: la Planta de Polietileno Mitsui del Complejo Petroquímico Morelos, los que se realizarán en turnos 08:00 horas a 20:00 horas y de 20:00 horas a 08:00 horas, incluyendo sábados, domingos y días festivos. Conforme a las condiciones descritas en el Anexo “B”, mismo que forma parte integrante de este contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓN

4.1 Monto

El monto total de los servicios objeto del presente contrato es de $000,000.00 letra pesos 00/100., sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

El precio unitario de los servicios se especifica en el Anexo “A” de este Contrato.

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsables de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación de la recepción de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en las constancias que acrediten la prestación de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. Los pagos se efectuarán dentro de los 20 veinte días naturales siguientes a la autorización de la factura.

El PROVEEDOR presentará sus facturas abarcando periodos mensuales, de conformidad con lo establecido en el Anexo “B”.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a las partidas que corresponda a los servicios prestados, la unidad de medida y al precio unitario de los servicios

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Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de “PETROQUÍMICA”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente; ubicada en la planta baja lado externo del edificio técnico administrativo, en original y 2 dos copias, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7 siete días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos de este contrato.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución.

4.3 Condiciones y Forma de Pago

“PETROQUÍMICA” pagará al PROVEEDOR el monto de los servicios prestados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 Veinte días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la prestación de los servicios.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a “PETROQUÍMICA”. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a “PETROQUÍMICA” a través de la ventanilla única ubicada en la planta baja lado externo del edificio técnico administrativo del Complejo Petroquímico Morelos, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de las facturas subsecuentes de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 10 Diez días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de “PETROQUÍMICA”, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio TIIE de 28 veintiocho días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

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Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 03 tres días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de “PETROQUÍMICA” bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en “PETROQUÍMICA”

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECIFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. Nombre de la persona miembro del consorcio será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerden que denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P., será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que “PETROQUÍMICA” no sera responsable por la forma en que denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. de P., distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “PETROQUÍMICA” procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de “PETROQUÍMICA”.

QUINTA.- PENALIZACIONES

Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la ejecución de los servicios, “PETROQUÍMICA” le aplicará penas convencionales en los siguientes supuestos:

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA PARA LA CONCLUSIÓN TOTAL DE LOS SERVICIOS

En caso de que el PROVEEDOR no concluya los servicios en la fecha pactada para la terminación de los mismos, éste reconoce y acepta que “PETROQUÍMICA” podrá optar por exigirle el cumplimiento del presente contrato y, consecuentemente, aplicarle una pena convencional por cada día de atraso a partir del día siguiente al pactado para la terminación de los servicios.

De esta forma, las partes acuerdan que para el cálculo de la pena convencional establecida,

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“PETROQUÍMICA” aplicará el 0.5 % cero punto cinco por ciento del importe equivalente a los servicios faltantes por ejecutar. Para efectos de la determinación del importe de los servicios pendientes de ejecutar, las partes acuerdan que se tomará como base para el cálculo de la pena convencional, el monto que representaban los mismos en la fecha pactada de su terminación; en el entendido de que dicho importe se disminuirá progresivamente de conformidad con el avance mensual en la ejecución de los servicios que realice el PROVEEDOR hasta su total ejecución.

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día natural siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

El monto de las penas convencionales no podrá exceder del 10% del monto del contrato.

El PROVEEDOR acepta, que “PETROQUÍMICA” aplique las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con

“PETROQUÍMICA”, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo “GCN” de este contrato. Dicho porcentaje deberá ser mantenido no obstante las subcontrataciones que realice.

“PETROQUÍMICA” podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los servicios objeto de este contrato.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penas Convencionales, del presente contrato y, asimismo, será causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

SÉPTIMA.- CESIÓN

El PROVEEDOR no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “PETROQUÍMICA”, con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y “PETROQUIMICA” otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL

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Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que “PETROQUÍMICA” realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

NOVENA.- GARANTÍAS.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a “PETROQUÍMICA”, dentro de los dos días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % diez por ciento del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUÍMICA”.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PETROQUÍMICA”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PETROQUÍMICA”.

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.

En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “PETROQUÍMICA”.

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.

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2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

La garantía a que se refiere esta cláusula deberá entregarse en la Jefatura de Obra Pública ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos en el horario de 9:00 a 15:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “C”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que “PETROQUÍMICA” detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo

GARANTÍA DE LAS OBLIGACIONES DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a “PETROQUÍMICA”, dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a mas tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 10 % diez por ciento del importe total de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUÍMICA”

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante “PETROQUÍMICA” para responder por la calidad de los servicios, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que “PETROQUÍMICA” podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que “PETROQUÍMICA” otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y “PETROQUÍMICA”, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo “PETROQUÍMICA” con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y “PETROQUÍMICA” exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a “PETROQUÍMICA”.

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PETROQUÍMICA”, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PETROQUÍMICA”.

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C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “PETROQUÍMICA”.

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos

necesarios de identificación y descripción de la mala calidad de los servicios y su cuantificación.5. Copia del escrito donde se reclama al fiado de la mala calidad de los servicios.

Las garantías a que se refiere esta cláusula deberán entregarse en la Jefatura de Obra Pública ubicadas en el interior del Complejo Petroquímico Morelos en el horario de: 9:00 a 15:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “C”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que “PETROQUÍMICA” detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

e. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, f. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, g. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, yh. Incorporación de avances tecnológicos.

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II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

12.1 Ajustes al Programa de Ejecución y Plazo de Ejecución

El Programa de Ejecución de los Servicios de este contrato podrá ser objeto de ajuste, en los siguientes casos:

I. Por conceptos o volúmenes de servicios no previstos requeridos para la culminación del objeto del contrato; II. Por reducción de alcances; III. Por caso fortuito o fuerza mayor; IV. Por suspensión de los servicios ordenada por “PETROQUÍMICA”;V. Por causas imputables a “PETROQUÍMICA”.

El PROVEEDOR, dentro de los 30 treinta días naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido cualquiera de los eventos previstos en las fracciones anteriores, podrá solicitar a “PETROQUÍMICA”, un ajuste al programa de ejecución de los servicios vigente o al plazo de ejecución, acompañando la documentación o información que estime pertinente para justificar su solicitud. “PETROQUÍMICA”, comunicará al PROVEEDOR su determinación en un plazo no mayor de 10 diez días hábiles, con base en la información o documentación suministrada por el PROVEEDOR; sin menoscabo de que “PETROQUÍMICA”, requiera al PROVEEDOR la presentación de documentación o información adicional en el plazo que le indique “PETROQUÍMICA”. De acuerdo a la complejidad de la solicitud del ajuste, “PETROQUÍMICA” podrá disponer de un periodo adicional por el mismo número de días establecido originalmente, para emitir su determinación.

El ajuste al programa de ejecución o al plazo de ejecución reflejará la afectación que se haya determinado por el evento ocurrido.

En caso de que el ajuste que resulte del supuesto establecido en las fracciones I y II dé lugar a la modificación del plazo de ejecución del contrato, las partes celebrarán el convenio modificatorio correspondiente, en el cual se formalizará el programa de ejecución de los servicios actualizado.

En los demás casos, el ajuste podrá dar lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato, sin que se modifique el plazo de ejecución.

12.2 Conceptos o Volúmenes de Servicios no Previstos en el contrato.

Si durante la ejecución de los servicios, “PETROQUÍMICA” requiere de la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de ejecutarlos, éste sólo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la autorización por escrito o mediante anotación en el sistema de control que se haya determinado para el seguimiento del contrato, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Tratándose de volúmenes de servicios no previstos en el contrato, éstos se pagarán a los precios unitarios pactados originalmente en este contrato.

Tratándose de los conceptos no previstos en el catálogo de conceptos, sus precios unitarios deberán ser conciliados y autorizados previamente a su pago.

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El PROVEEDOR, una vez ejecutados los servicios, podrá elaborar sus facturas y presentarlas a “PETROQUÍMICA” en la siguiente facturación de conformidad con la cláusula de pago.

En caso de que la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos modifiquen el objeto, monto o plazo del mismo, las partes celebrarán un convenio en los términos de esta cláusula.

DÉCIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS

“PETROQUÍMICA”, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, realizará la supervisión de los servicios objeto de este contrato.

El PROVEEDOR acepta que el representante del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato de “PETROQUÍMICA” vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice “PETROQUÍMICA” no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para prestar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por “PETROQUÍMICA”, quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones justificadas, “PETROQUÍMICA” podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

Para este contrato se aplicará el procedimiento de supervisión nivel V en sus numerales: 1, 2, 3, 4,y 6, del Procedimiento Institucional para la Inspección de Bienes y Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, Clave: PA-800-70600-01, Revisión: 01, de acuerdo a lo indicado en el Anexo “B” Al término de la supervisión, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS

“PETROQUÍMICA” recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la aceptación de los servicios en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por “PETROQUÍMICA”. Una vez recibidos y aceptados los servicios, “PETROQUÍMICA”, entregará al PROVEEDOR el Comprobante de Aceptación de los Servicios emitido por el Representante del Complejo Petroquímico Morelos.

La recepción de los servicios se hará en: la Planta de Polietileno Mitsui del Petroquímico Morelos en los días naturales del plazo de ejecución del servicio, según lo establece la clausula TERCERA del presente contrato en días

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naturales y en el horario de 08:00 horas a 20:00 horas, y de 20:00 horas a 08:00 horas, incluyendo sábados, domingos y días festivos. En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de estos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) cualquier acontecimiento resultante de la imprevisión, negligencia, impericia, provocación o culpa del

PROVEEDOR; (ii) o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos

supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada de los servicios derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

14.1 Rescisión administrativa

“PETROQUÍMICA” podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue las garantías solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No ejecute los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

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e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g Cuando sin autorización expresa de “PETROQUÍMICA” ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h Cuando sin autorización expresa de “PETROQUÍMICA” ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;

k Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l Si no da a “PETROQUÍMICA” o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección y supervisión de los servicios;

m Si no entrega a “PETROQUÍMICA” ellos endosos y ampliaciónes y/o renovaciónes a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, “PETROQUÍMICA” podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por “PETROQUÍMICA” atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, “PETROQUÍMICA” podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que “PETROQUÍMICA” determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a “PETROQUÍMICA”, en un plazo de 10 diez días hábiles, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación y, en su caso, los bienes, que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, “PETROQUÍMICA”, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los servicios ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 veinte días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

“PETROQUÍMICA” podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. “PETROQUÍMICA” hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

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En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, “PETROQUÍMICA” procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que “PETROQUÍMICA” notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de “PETROQUÍMICA” de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 20 veinte días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.

En caso de que “PETROQUÍMICA” resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por “PETROQUÍMICA” al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a “PETROQUÍMICA”

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a “PETROQUÍMICA” se actualice alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;b) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se presten los servicios objeto de este contrato, cuando así corresponda; oc) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

V. Por caso fortuito o fuerza mayor;VI. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

VII. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; yVIII. Cuando lo determine “PETROQUÍMICA”.

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de “PETROQUÍMICA”, el pago por los servicios ejecutados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los conceptos señalados en el Anexo “GNR”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

“PETROQUÍMICA” podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. “PETROQUÍMICA” hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

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En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito,PETROQUÍMICA” procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- SUSPENSIÓN

“PETROQUÍMICA” tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual “PETROQUÍMICA”, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando “PETROQUÍMICA” determine la suspensión del contrato, el PROVEEDOR, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo “GNR”, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

Cuando la suspensión se derive de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, debiendo únicamente suscribir una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión y la fecha de reinicio, sin modificar el plazo de ejecución establecido en el contrato. El PROVEEDOR, a partir de la reanudación del contrato, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo “GNR”

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de “PETROQUÍMICA”; por lo que en estos casos “PETROQUÍMICA” podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y prestar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de “PETROQUÍMICA” para la ejecución de los servicios.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a “PETROQUÍMICA” por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.

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En caso de ser una empresa ubicada en la estratificación Micro, Pequeña o Mediana, el PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale “PETROQUÍMICA” y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de “PETROQUÍMICA” o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/ o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los servicios materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a “PETROQUÍMICA” de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice “PETROQUÍMICA” en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, “PETROQUÍMICA” dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 5 cinco días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a “PETROQUÍMICA” un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a “PETROQUÍMICA” respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de ”PETROQUÍMICA” de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

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En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a “PETROQUÍMICA”.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de “PETROQUÍMICA” de los derechos de propiedad intelectual generados.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y “PETROQUÍMICA”.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de “PETROQUÍMICA” o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.

VIGÉSIMA PRIMERA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a “PETROQUÍMICA”:

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos a un costado de la Gasolinera, en Ejido Pajaritos S/N. C. P. 96400, Villa Allende, Coatzacoalcos, Ver., con su titular Ing. Fortino Ulloa López, Superintendente Interino, al teléfono 01 921 21 1 40 00, ext. 30 744, 30-745 y correo electrónico [email protected]; o con el Ing. Isaías de la Paz López, Supervisor del contrato al teléfono 01 921 21 1 40 00, extensión 34 341, e-mail: [email protected] o quién ocupe el cargo de Supervisor de la Especialidad de Mantenimiento de Plantas, de la Planta Polietileno Mitsui, Adscrito a la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

Comunicaciones al PROVEEDOR:

Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral 2.4 del apartado de declaraciones de este contrato.

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Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral 2.4 del apartado de declaraciones de este contrato.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGÉSIMA TERCERA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de “PETROQUÍMICA”.

EL PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato no ofrecerá, prometerá o dará por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno ya sea federal, estatal o municipal, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.

En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, “PETROQUÍMICA” podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA CUARTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA QUINTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 67 de su Reglamento.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SEXTA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- ANEXOS

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Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen.

Anexo “A”Tarifa y Catálogo de Conceptos”Anexo “B”Descripción y Alcance Del Contrato”Anexo “C”Texto de las Garantias”Anexo “D”Programa del servicio”Anexo “GCN” “Grado de Contenido nacional”Anexo “GNR” “Gastos No Recuperables”

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

VIGÉSIMA NOVENA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de 4 cuatro días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, el PROVEEDOR renuncia a cualquier reclamo posterior por la controversia de que se trate.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de 10 diez días naturales día hábil contado a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de 4 cuatro días naturales para comunicar su rechazo, en caso

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contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los 5 cinco días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 diez días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 5 cinco días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los 10 diez días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

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TRIGÉSIMA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y “PETROQUÍMICA”.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- FINIQUITO

Concluidos los servicios, “PETROQUÍMICA” a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 30 treinta días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, PEMEX PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

TRIGÉSIMA TERCERA.- ÓRDENES DE SERVICIO

LOS SERVICIOS SE REALIZARAN DE ACUERDO AL PROGRAMA DE SERVICIO PACTADO EN EL ANEXO “D” A PARTIR DEL CUAL SE DETERMINARAN LAS CORRESPONDIENTES PENALIZACIONES QUE PROCEDAN, POR TRATARSE DE UN SERVICIO QUE SE INDICAN EN LOS DOS PÁRRAFOS SIGUIENTES DE ESTA CLAUSULA, SON CONGRUENTES AL PROGRAMA DE SERVICIOS Y SOLO PARA EL CONTROL INTERNO DEL FLUJO PRESUPUESTAL EN EL SISTEMA ORACLE PURCHASING PQ11i, LAS PENALIZACIONES SE APLICARAN CONFORME AL PROGRAMA PACTADO.

“PETROQUÍMICA” solicitará la prestación de los servicios objeto de este contrato a través de “órdenes de servicio” en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”, en términos de lo establecido en el Anexo “B” del presente Contrato, mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita “PETROQUÍMICA”, será entregada al PROVEEDOR en la Superintendencia de Programación y ejecución de Mantenimiento indicar área, lugar y horario o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

TRIGÉSIMA CUARTA.- SUBCONTRATACIÓN

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El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:

SE PERMITE LA SUBCONTRATACIÓN PARA LO INDICADO EN LOS NUMERALES 6.1 AL 6.12 DEL ANEXO “B”.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo “GCN”. En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de “PETROQUÍMICA”. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a “PETROQUÍMICA” de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución de los servicios relacionados con el contrato.

TRIGÉSIMA QUINTA.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a “PETROQUÍMICA” están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: a los que se hace referencia en el anexo “B” del presente contrato.

TRIGÉSIMA SEXTA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido o requisición, número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en los Anexos del presente contrato, corresponden a datos de control interno de “PETROQUÍMICA” que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de “PETROQUÍMICA”, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de “PETROQUÍMICA”. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de “PETROQUÍMICA”.

Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con “PETROQUÍMICA” para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los servicios, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

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No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: i la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; ii la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; iii la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; iv la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y v la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de 10 diez años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

TRIGÉSIMA OCTAVA.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA

APLICA EN CASO DE CONSORCIOSLas partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, sumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante “PETROQUÍMICA”.

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía indicar denominación social o razón social como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha Compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, por lo menos 03 TRES días naturales de anticipación su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR, como Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder. TRIGÉSIMA NOVENA.-ANTICIPO

“PETROQUÍMICA” NO OTORGARA ANTICIPO ALGUNO AL PROVEEDOR

CUADRAGÉSIMA.- OTRAS ESTIPULACIONES

Cuando los servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de “PETROQUÍMICA”, el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana

CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- SOPORTE DEL SERVICIO

EL PROVEEDOR, en relación con los servicios objetos del presente contrato, se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención telefónica así como, contar en su caso, con soporte a nivel nacional o internacional e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la debida prestación de los servicios en la forma y tiempo requerido por “PETROQUÍMICA”, de acuerdo con sus necesidades de operación.

CUADRAGÉSIMA SEGUNDA.- RETENCIONESESTA CLAUSULA SOLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, el día________ de _________ de 2011.

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LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

POR PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO_______________________________

POR EL PROVEEDOR_________________________________

REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO

GENERAL________________________________

SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

REVISIÓN ADMINISTRATIVA__________________________

PROPONEC.P. Jorge Victor Medina Javier.- Superintendente de Recursos Materiales

Ing. José S. kuri Ale.- Superintendente de Planeación de Mantenimiento

DOCUMENTO 16

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CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes:

1. No presentar la documentación indicada en el numeral 4 inciso A de las presentes bases de Invitación.

2. No acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con la documentación indicada en el numeral 4 inciso A, de estas bases de Invitación.

3. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el numeral 4 inciso B, de estas bases de Invitación.

4. Si no cumple con cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de las actas de las juntas de aclaraciones a las bases de Invitación.

5. Si incurre en algunos de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone. Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo refaccionamiento o equipo. Que no indique marca o nombre del fabricante. Que algún documento este firmado “por ausencia” o “por atención”

6. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta.

7. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas bases de Invitación.

8. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y el artículo 12 de las DAC´S, tal y como se solicita en el numeral 4 inciso C, de estas bases de Invitación.

9. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes que no se establezcan en estas bases, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 inciso Q, de estas bases de Invitación.

10. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados, numeral 4 inciso F.2.

11. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de las juntass de aclaraciones a las mismas.

12. Cualquier violación a la Ley y su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

13. El NO señalar dentro de su propuesta, que los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los Servicios que propone y entregará son nuevos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 inciso P de esta bases de Invitación.

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14. Que proponga un plazo para la realización de los servicios mayor al plazo establecido en las presentes bases de Invitación.

15. En el caso de las propuestas enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán por no presentadas la propuesta y la demás documentación requerida en estas bases de Invitación, cuando el archivo en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. NO APLICA.

16. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la propuesta, solicitados en estas bases de Invitación, en las actas de Juntas de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases de Invitación.

17. No presentar los documentos 04, 05, 06, 06-A y 07 debidamente requisitados.

18. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de Invitación que afecte directamente la solvencia de su propuesta.

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DOCUMENTO 17NIVELES DE SUPERVISION DE LOS SERVICIOS

Supervisión de los Servicios de acuerdo al Procedimiento Institucional Para la Inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, CLAVE: PA-800-70600-01

Se establece el siguiente nivel:

Nivel V

Aplica a los arrendamientos o servicios terminados que se supervisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

El cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1 Las especificaciones contractuales.2 El cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos y especificaciones.3 La ejecución del arrendamiento o servicio.4 Las pruebas y/o evaluaciones finales.5 Manuales Operación, mantenimiento y capacitación y memoria técnica.6 La documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 18400-ACSIPA-FO-12 Rev. 03

Reglamento.

Identificación 400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006

Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

Elabora Revisa Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga Ing. Guillermo García Reynaga Ing. Mario H. González Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental SSPA, que deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios:

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.

Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquímica.

3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

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3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

Ley Federal del Trabajo, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006 Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997, Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997.

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

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Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: 01-921-2-11-14-09, Conmutador: 01-921-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos espacios confinados.

6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

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6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.

7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.

7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

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Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, las credenciales de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol color naranja de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco color naranja protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.

7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida de acuerdo a los señalamientos y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad CCSIPA o SCSIPA

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc. en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad específica.

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Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques o tráiler con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de tránsito. Y en el caso de la actividad específica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS.

7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables, radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

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Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

Residuos Peligrosos.

Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura A.W.S. D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.

7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna.

Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente.

Aire: Los equipos de de combustión interna Diesel y Gasolina, deberán contar con verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

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Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.

Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.

7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:

Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular lentes, gogles, o pantalla facial, equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, guantes, careta, polainas y peto, etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún os trabajador es de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté n ejecutando algún trabajo y no cumpliese n con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

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7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc..

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.

7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal letrinas móviles, extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura ruptura de hermeticidad de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los

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sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado dos metros y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del os ejecutor es.

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos mas amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.

7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.

7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato

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7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.

7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a.Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc., debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b.Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado empalmes y conexiones debidamente aislados y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

7.1.10.d.El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a.En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b.El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a.Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X RADIOGRAFIADO.

7.1.13.a.El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas ASNT.

7.1.13.b.El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

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7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

7.1.13.d.Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

7.1.14.a.Al lesionarse uno o más trabajador es, el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo s al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b.El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 GS-1 del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia I.F.:

IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de gravedad I.G.:

IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de fatalidad FAR:

FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Número de Trabajadores:

Horas hombre de exposición al riesgo:

Días calendario sin accidentes:

Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

7.1.14.d.El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

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7.1.14.e.Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b.Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.

7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b.La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d.En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

7.1.16.e.El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando fugas, derrames, averías, etc.

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables Federales, Estatales y Municipales, en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g.La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.

7.1.17.a.La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b.Procedimiento para entrar a espacios confinados recipientes que hayan contenido hidrocarburos.

7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d.Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e.Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

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7.1.17.g.PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc., Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h.Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO Grupo Técnico.

7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.

7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específica y especial; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de

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Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA

7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción CMIC u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

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8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

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bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.

9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

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9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

10. AUDITORIAS

10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

ANEXO 1

RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO GS-1

a) Compañía

b) Dirección y teléfono

c) Informe correspondiente al mes del 200

d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo

e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo

f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente

i) Total mensual de días perdidos por incapacidad

j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente

k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad

l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores accidentados

m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo

n) Total mensual de horas hombre laboradas

o) En la ciudad de a de del 200

p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2

REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha

b) Nombre N°. De identificación

c) Clasificación o categoría Edad

d) Nombre de la Compañía

e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía

f) Relato del accidente

g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO

h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A Operativo:

B Construcción y/o Mantenimiento:

C S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente:

j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica

k) Lesiones al trabajador

l) Lugar donde se atendió al trabajador

m) Nombre del médico que atendió

n) Institución o servicio médico

o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica SIPA que tuvo conocimiento del accidente

p) Cuantificación de daños

q) Fecha de reporte a S.I.P.A.

r) Representante de la Compañía:

Nombre: Cargo:

Forma de distribución:

ORIGINAL .-CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO

COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.