Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE...
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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA ÉPOCA 24 DE JULIO DE 2017 No. 117
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Desarrollo Social
Convenio de Coordinación para la Distribución y Ejercicio de los Subsidios del Programa de Infraestructura de la
Vertiente Espacios Públicos y Participación Comunitaria que suscriben por una parte el Ejecutivo Federal y por la
otra parte, el Gobierno de la Ciudad de México 4
Consejería Jurídica y de Servicios Legales
Aviso por el que se da a conocer la designación de Servidores Públicos de la Administración Pública de la Ciudad
de México, como Apoderados Generales para la Defensa Jurídica de la misma 11
Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México
Aviso por el cual se da a conocer el Manual Especifico de Operación del Comité de Mejora Institucional de la
Secretaría de Movilidad con Número de Registro MEO-35/250517-D-SEMOVI-3/180116, validado por la
Coordinación General de Modernización Administrativa mediante Oficio Número OM/CGMA/1146/2017, de fecha
25 de mayo de 2017 13
Coordinación de los Centros de Transferencia Modal de la Ciudad de México
Aviso por el que se dan a conocer claves, conceptos, unidades de medida y cuotas para el pago inicial por Concepto
de Ocupación de Mexibus dentro del Cetram Pantitlán correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017 24
Aviso por el que se dan a conocer claves, conceptos, unidades de medida y cuotas para el pago de Oficinas
Púlicas/Terminales (Renta Mensual) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017 25
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Índice
Viene de la Pág. 1
Delegación Azcapotzalco
Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos y Mecanismos de Operación de la Actividad Institucional
Talleres de Capacitación, Asesoría Jurídica, Psicológica y Cultural “Tejiendo Nuevas Relaciones de Género”,
Ejercicio 2017 26
Delegación Iztapalapa
Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado “Administración de Recursos
Humanos” 31
Delegación Xochimilco
Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus
graduaciones en los Establecimientos Mercantiles ubicados dentro del Perímetro que comprende el Barrio Santa
Crucita de la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 34
Instituto Electoral
Extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México mediante el cual se
aprueba la delimitación de las Circunscripciones de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para la
elección de Concejales en el Proceso Electoral 2017-2018 (IECM/ACU-CG-011/2017) del 5 de julio de 2017 36
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-43-2017.- Convocatoria 45.-
Suministro e instalación de biodigestores como fuente de energía en comunidades rurales 50
Delegación Azcapotzalco.- Licitación Pública Nacional Número 30001058-014-17.- Convocatoria No.
DAZCA/DGODU/007-2017.- Mantenimiento, conservación y rehabilitación de sistema de drenaje 51
Delegación Cuauhtémoc.- Licitación Pública Nacional Número DC-LPN-010-2017.- Convocatoria 007-2017.-
Rehabilitación de Mercado 53
Delegación La Magdalena Contreras.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001144-04-17 a 30001144-
10-17.- Convocatoria No. 02/2017.- Contratación de diversas obras públicas 56
Delegación Miguel Hidalgo. Licitación Pública Nacional Número 30001026-032-17.- Convocatoria Nº 32.-
Servicio de mantenimiento y recarga de extintores (segunda convocatoria) 60
Edictos 62
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4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL
PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA DE LA VERTIENTE ESPACIOS PÚBLICOS Y PARTICIPACIÓN
COMUNITARIA, EN LO SUCESIVO “ESPACIOS PÚBLICOS”, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL
EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y
URBANO, EN LO SUCESIVO LA “SEDATU”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR
GENERAL DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS, Y EL LIC. EDGAR RODOLFO OLAIZ ORTIZ Y CON
LA PARTICIPACIÓN DEL DELEGADO (A) ESTATAL DE LA “SEDATU” EN LA CIUDAD DE MÉXICO, LIC.
GUILLERMO CESAR CALDERÓN LEÓN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO EN LO SUCESIVO EL “GCDMX”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA SECRETARÍA DE
DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A TRAVÉS DE LA DIRECTORA GENERAL DE
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS FEDERALES, MTRA. LETICIA ESTHER VARELA MARTÍNEZ; Y EL
LIC. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO A
QUIENES CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁN “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El apartado A del Artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación del
Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, el cual está reglamentado en la Ley de
Planeación, ordenamiento que en su Artículo 28 establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo y
los programas que de este emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de
las entidades federativas.
II. El Artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal, podrá convenir con los gobiernos de las
Entidades Federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a
efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus
respectivas jurisdicciones a la consecución de los objetivos de la planeación nacional; y planeen de manera conjunta las
acciones a realizarse por la Federación y los Estados. En todos los casos se deberá considerar la participación que
corresponda a los Municipios.
III. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece entre sus objetivos, estrategias y líneas de acción, garantizar el
ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población, para contribuir con esto, a mejorar su calidad de vida e
incrementar su capacidad productiva, así como generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de
participación social para transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.
IV. Asimismo, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se estableció como una de sus acciones de gobierno
en “ESPACIOS PÚBLICOS”, promover la realización de obras de mejoramiento físico y la ejecución de acciones
sociales en sitios de encuentro, convivencia, recreación e interacción comunitaria que presentan condiciones de deterioro,
abandono o inseguridad, ubicados en las zonas urbanas de todo el país.
V. El 31 de diciembre de 2016, la “SEDATU” publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del
Programa de Infraestructura para el ejercicio fiscal 2017, en lo sucesivo “Reglas de Operación”.
VI. La Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, creada mediante el Acuerdo
publicado con fecha 11 de febrero del año 2013, en la que la “SEDATU” es integrante, establece en su objetivo, la
coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el diseño y la ejecución de
políticas, programas y acciones en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, orientados éstos entre
otros de manera coordinada prioritariamente al mejoramiento del entorno social, la activación y apropiación sociales de
los espacios públicos y la atención de grupos vulnerables.
VII. La “SEDATU” a través de su Dirección General de Programación y Presupuestación, mediante Oficio NoIV-410-
003409, fechado a 20 de diciembre de 2016, comunicó a la Dirección General de Rescate de Espacios Públicos de la
“SEDATU” el monto de los subsidios autorizados a “ESPACIOS PÚBLICOS” para el ejercicio fiscal 2017.
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DECLARACIONES
I. De la “SEDATU”, declara por conducto de sus representantes:
I.1 Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo establecido en los
artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal.
I.2 Que conforme a las atribuciones contenidas en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, “LA SEDATU” tiene entre otras atribuciones, la de impulsar, en coordinación con las autoridades estatales
y municipales, la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la
planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros
de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios.
I.3 Que el Director General de Rescate de Espacios Públicos cuenta con las facultades para celebrar el presente
instrumento legal, de acuerdo al Artículo 13, Fracción III y 24 del Reglamento Interior de la “SEDATU”.
I.4 Que la Delegación Estatal de la “SEDATU”, cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento legal,
en términos del Artículo 35, Fracción III y 36 del Reglamento Interior de la “SEDATU”.
I.5 Que para efectos del presente instrumento, señala su domicilio el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma 99,
Colonia Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030.
II. Declara el “GCDMX”, por conducto de sus representantes:
II.1 Que la Ciudad de México es la sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos de
conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 122, párrafo primero de la Constitucion Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 2, 7, 8, fracción II, del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 8 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, 14 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, cuyo órgano ejecutivo recae en el Jefe de Gobierno del Distrito Federal hoy Ciudad de México, según se
establece en los numerales 7 y 8, fracción II, del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal.
II.2 Que el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, se auxilia de diversas dependencias de la Administración Pública
Centralizada entre las que se encuentra, la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Finanzas, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 87 párrafo primero y segundo del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 15 fracciones VI y VIII, 28 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
II.3 Que la Secretaría de Desarrollo Social tiene entre sus unidades administrativas, la Dirección General de
Coordinación de Programas Federales, siendo su Titular la Mtra. Leticia Esther Varela Martínez, quien fue designada
en términos del nombramiento de fecha 16 de octubre de 2015, quien asiste a la suscripción del presente Convenio
de Coordinación.
II.4 El Lic. Edgar Abraham Amador Zamora, fue designado como Titular de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de
México, en términos del nombramiento de fecha 05 de diciembre de 2012, expedido por el Dr. Miguel Ángel
Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal hoy Ciudad de México, y cuenta con las facultades
necesarias para suscribir el presente instrumento, conforme a lo previsto en los artículos 16, fracción IV, y 30
fracción VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 26, fracción XVI, del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
II.5 Para los efectos del presente Convenio de Coordinación, señala como domicilio legal el ubicado en el tercer piso, del
inmueble marcado con el número 1, de Plaza de la Constitución, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad
de México, C.P. 06068.
III. “LAS PARTES”, declaran por conducto de sus representantes:
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III.1 Que es su voluntad fortalecer y participar en la operación de “ESPACIOS PÚBLICOS”, mediante la realización del
objeto de este Convenio de Coordinación, por lo que con base en lo antes expuesto y de acuerdo con lo previsto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Planeación, Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, Ley General de Desarrollo Social, Decreto de Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017 y las “Reglas de Operación”; así como en lo establecido por los
artículos 87 párrafos primero y segundo del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracciones VI, VIII, 16
fracción IV, 28 fracciones VII y XVIII y 30 fracción IV de la Ley Orgánica de Administración Pública del Distrito
Federal, 9, 51, 52 y 53 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; celebran el presente Convenio.
III.2 Que para los Convenios de Coordinación Específicos que se suscriban derivados del presente Convenio, el
“GCDMX” se denominará la “REPRESENTACIÓN”, y la instancia responsable de realizar las aportaciones y
aplicar los recursos asignados para la ejecución de los proyectos de “ESPACIOS PÚBLICOS”, se denominará
indistintamente la “APORTANTE o INSTANCIA EJECUTORA”, de conformidad con lo dispuesto en las
“Reglas de Operación”, así como lo establecido en las disposiciones jurídico y administrativas aplicables.
III.3 Que “LAS PARTES” celebran el presente Convenio de Coordinación, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto regular las acciones entre “LAS
PARTES” para la operación de los “ESPACIOS PÚBLICOS” en el “GCDMX”, en lo relativo al ejercicio de los
subsidios federales y los recursos locales aportados para el Programa de Infraestructura para el ejercicio fiscal 2017, con el
propósito de rescatar espacios públicos en condición de deterioro, abandono, subutilizado o inseguridad ubicados en las
localidades urbanas integradas en ciudades y zonas metropolitanas, para el uso y disfrute de la comunidad y fomentar el
fortalecimiento del tejido y la cohesión social.
SEGUNDA. NORMATIVIDAD.- “LAS PARTES”, convienen que para la ejecución de “ESPACIOS PÚBLICOS” se
sujetarán a lo que establece la normatividad federal y local aplicable, a las “Reglas de Operación” y a los instrumentos
técnicos que se deriven de la aplicación de éstas.
TERCERA. DE LAS ZONAS DE ACTUACIÓN.- Los subsidios federales y los recursos locales aportados para la
operación de “ESPACIOS PÚBLICOS”, se ejercerán en la “GCDMX”, previo cumplimiento de los criterios y requisitos
de elegibilidad, así como de la autorización de los proyectos de acuerdo a lo establecido en las “Reglas de Operación”.
CUARTA. MONTOS MÁXIMOS DE APORTACIÓN.- “LAS PARTES”, convienen que los montos máximos de
aportación de “ESPACIOS PÚBLICOS” serán de conformidad con lo establecido en el capítulo 4, numeral 4.2 de las
“Reglas de Operación”.
QUINTA. DE LA MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS.- “LAS PARTES” convienen que la ministración de los subsidios
federales destinados a los proyectos debidamente validados, se efectuará considerando el calendario autorizado por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la disponibilidad presupuestaria y se distribuirá en la cuenta bancaria productiva
que el “GCDMX” haya aperturado para dichos efectos; de acuerdo al monto de los proyectos autorizados, así como al
Anexo Técnico de Autorización y al calendario de obras, siempre que los procesos establecidos en las “Reglas de
Operación” hayan sean concluidos satisfactoriamente.
SEXTA. RESPONSABILIDADES DEL “GCDMX”.- El “GCDMX” se apegará estrictamente a lo dispuesto en las
“Reglas de Operación”, y al presente instrumento, además tendrá las responsabilidades siguientes:
a) Suscribir los instrumentos jurídicos de coordinación específicos que deriven del presente Convenio, en los que al
“GCDMX” se denominará la “REPRESENTACIÓN”, y a la instancia responsable de realizar las aportaciones y
aplicar los recursos asignados para la ejecución de los proyectos autorizados de “ESPACIOS PÚBLICOS”, se
denominará la “APORTANTE y/o INSTANCIA EJECUTORA”, de conformidad con lo dispuesto en las “Reglas
de Operación”, así como lo establecido en las disposiciones jurídico y administrativas aplicables.
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b) Integrar y conservar, conforme se establece en la legislación aplicable, el expediente técnico de cada proyecto,
que incluya toda la documentación comprobatoria de los actos que se realicen en su ejecución y de los gastos
efectuados con recursos del Programa.
c) Elaborar y mantener actualizado un registro de los subsidios federales aportados y ejercidos, así como de la
aportación local.
d) Solicitar a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, abrir una cuenta bancaria productiva para la
administración de los recursos federales aportados para el Programa, misma que deberá ser verificada por la
Delegación Estatal y posteriormente notificarse a la Unidad Responsable del Programa (URP), en un plazo no
mayor de cinco días hábiles posteriores a su apertura; remitir mensualmente a la Delegación Estatal copia de los
estados de cuenta correspondientes; enterar los recursos no ejercidos y los rendimientos financieros a la Tesorería
de la Federación, “TESOFE”, así como informar de esto último a la Delegación Estatal, a la “URP” y a la
Dirección General de Programación y Presupuestación “DGPP”.
SÉPTIMA. DE LA “INSTANCIA EJECUTORA”.- La “INSTANCIA EJECUTORA” de conformidad con lo
establecido en el numeral III.2, del Capítulo de Declaraciones del presente instrumento, es la responsable de realizar las
aportaciones y aplicar los recursos asignados para la ejecución de las obras y acciones de los proyectos autorizados de
“ESPACIOS PÚBLICOS”, de conformidad con lo dispuesto en las “Reglas de Operación”, así como lo establecido en
las disposiciones jurídico y administrativas aplicables.
OCTAVA. RESPONSABILIDADES DE LA “INSTANCIA EJECUTORA”.-“LA INSTANCIA EJECUTORA” será
la única responsable de la realización de las obras y acciones y deberá sujetarse a todos los reglamentos y ordenamientos de
las autoridades competentes en materia de construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y del medio
ambiente que rijan en el ámbito federal y estatal. Cualquier responsabilidad, daños y perjuicios que resultaren por su
inobservancia serán a cargo de “LA INSTANCIA EJECUTORA”, que podrá ser reclamada por “LAS PARTES” por la
vía judicial correspondiente.
“LA INSTANCIA EJECUTORA” se apegará estrictamente a lo dispuesto en las “Reglas de Operación” y al presente
Convenio, además, tendrá las responsabilidades siguientes:
a) Aplicar los recursos federales y locales ministrados, única y exclusivamente a las obras y acciones señaladas en la
Cláusula Primera de este instrumento, de conformidad con lo que establecen las “Reglas de Operación”, así como
ejercerlos y comprobarlos, de acuerdo a la normatividad aplicable.
b) En caso de celebrar contratos, adquirir bienes muebles o bien ejecutar directamente las obras, deberá observar las
disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y la Ley de Obras Públicas del Distrito
Federal, así como sus respectivos Reglamentos, y demás ordenamientos aplicables.
c) Llevar un control del ejercicio de cada uno de los recursos que se aportan mediante el Convenio de Coordinación
Específico, derivado del presente instrumento, el avance físico de las acciones en ejecución, así como formular el acta de
entrega-recepción de las obras terminadas y/o certificación de acciones.
d) Presentar mensualmente reportes sobre el avance físico-financiero de las obras y acciones, de conformidad con las
“Reglas de Operación“y remitirlos a la “SEDATU” durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato posterior a la
fecha del reporte.
e) Mantener en buen estado las acciones, obras y equipos apoyados con recursos del Programa, así como vigilar y sufragar
su continua y adecuada operación, esta responsabilidad será considerada como criterio de elegibilidad para las
asignaciones presupuestales en el presente y próximos ejercicios fiscales.
f) Acreditar la propiedad de los inmuebles en los que se desarrollan los proyectos de obra de la modalidad Centros de
Desarrollo Comunitario.
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g) Realizar el registro de actividades de seguimiento, control y evaluación en el Sistema Integral de Información de
Programas Sociales (SIIPO) administrado por la “SEDATU”.
h) Deberá dar todas las facilidades a la “SEDATU” y a la Dirección General de Coordinación de Programas Federales
quien asiste para efectos del presente convenio de coordinación y los que del mismos se deriven, para que realicen las
visitas de supervisión y seguimiento a las obras y acciones realizadas, el acceso a la información, registros y documentos
que resulten necesarios conocer y que están relacionados con la ejecución de los proyectos autorizados.
i) La supervisión directa de las obras y acciones, por lo que deberá otorgar facilidades a las áreas y órganos competentes
para llevar a cabo la fiscalización y verificación de las acciones y proyectos apoyados por el Programa.
NOVENA. COMPROMISOS DE LA “SEDATU”.- Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, la
“SEDATU” se compromete a:
a) Aprobar conforme a las “Reglas de Operación”, las obras y acciones, así como ministrar de manera oportuna de acuerdo
a la disponibilidad presupuestaria, los subsidios para la ejecución del Programa por conducto de la Delegación Estatal.
b) Brindar al “GCDMX” a través de las “INSTANCIAS EJECUTORAS”, capacitación y asistencia técnica para la
correcta operación de “ESPACIOS PÚBLICOS”.
c) Dar seguimiento a través de la Delegación Estatal, a la ejecución, operación y ejercicio del gasto de los proyectos e
informar periódicamente de su evolución a la Dirección General de Rescate de Espacios Públicos, esto en cumplimiento al
capítulo 7, numeral 7.6 de las “Reglas de Operación”.
d) Vigilar la creación y funcionamiento de las Contralorías Sociales, dar el adecuado acompañamiento y gestionar los
medios para el cumplimiento de los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los
Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
e) Verificar, a través de la Delegación Estatal, la conclusión de obras y acciones previo a la elaboración del acta entrega-
recepción del espacio público hacía la comunidad y del informe de resultados.
f) Supervisar a través de la Delegación Estatal y la Dirección General de Rescate de Espacios Públicos, los avances en la
ejecución de las obras y acciones, el cumplimiento de metas, así como el mantenimiento, conservación y operación de los
espacios públicos intervenidos.
g) Proporcionar a las instancias de evaluación externa, fiscalización, control y auditorías correspondientes, la información
que les sea requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias para que lleven a cabo sus acciones respectivas.
DÉCIMA. SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN.- “LAS PARTES” en el ámbito de sus obligaciones,
realizarán el registro de las actividades de seguimiento, control y evaluación en el Sistema Integral de Información de
Programas Sociales (SIIPO) administrado por la “SEDATU”.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE RECURSOS.- La “INSTANCIA EJECUTORA”, se compromete a ejercer los
recursos federales descritos, en las acciones o proyectos autorizados, observando un estricto apego a las “Reglas de
Operación” del Programa vigentes y demás normatividad que lo rige; y se obliga a reintegrar a la Tesorería de la
Federación (TESOFE) los recursos que no se encuentren comprometidos o devengados, de conformidad con los supuestos
establecidos en el artículo 17 de la Ley de Disiciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
DÉCIMA SEGUNDA.- REDUCCIÓN, RETENCIÓN O LA SUSPENSIÓN PARCIAL O DEFINITIVA DE LOS
SUBSIDIOS. La “SEDATU” podrá efectuar la reducción, retención o la suspensión parcial o definitiva de la radicación de
los subsidios, solicitar el reintegro de las transferencias efectuadas a la “INSTANCIA EJECUTORA” por parte de la
Delegación Estatal de la “SEDATU”, incluyendo los rendimientos que se hubiesen generado, cuando se detecten
irregularidades, desviaciones, no cuenten con los informes periódicos previstos, por incumplimiento de las “Reglas de
Operación” o cuando los subsidios no se destinen a los fines autorizados.
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En los supuestos anteriores, la instancia normativa notificará a la “INSTANCIA EJECUTORA” por escrito, dentro de un
plazo no mayor a cinco días hábiles, a partir de la fecha de recepción del reporte que resulte de las supervisiones realizadas.
La “INSTANCIA EJECUTORA” deberá presentar la información y documentación faltante, en un plazo que no exceda
cinco días hábiles contados a partir de la recepción del comunicado de la Delegación Estatal de la “SEDATU”.
DÉCIMA TERCERA. DEL CIERRE DE LOS PROYECTOS.- La “INSTANCIA EJECUTORA” se obliga a cumplir
con lo señalado en el capítulo 7, numeral 7.9 de las “Reglas de Operación”, informando de manera oportuna a la
Delegación Estatal de la “SEDATU”. En caso de que se modifiquen las aportaciones realizadas al amparo del presente
instrumento, dichas modificaciones quedarán inscritas en el cierre del ejercicio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA. DEL BLINDAJE ELECTORAL.- Con el propósito de impedir que “ESPACIOS PÚBLICOS”
sea utilizado con fines político electorales durante el desarrollo de los procesos electorales, “LAS PARTES” acuerdan que
durante la ejecución del Programa, deberán observar lo establecido en el Capítulo 12 de las “Reglas de Operación”, así
como las disposiciones que emita el Instituto Nacional Electoral y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos
Electorales.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El presente Convenio se podrá dar por terminado
de manera anticipada por cualquiera de las siguientes causas:
a) Incumplimiento en tiempo y forma de los compromisos pactados en las “Reglas de Operación” y en el presente
Convenio de Coordinación.
b) La aplicación de los subsidios federales comprometidos en el presente Convenio a fines distintos de los convenidos.
c) La falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en este Convenio de Coordinación y en
los diversos instrumentos derivados del mismo.
d) Por cumplimiento anticipado del objeto del presente Convenio de Coordinación.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR.- Cuando se presenten y
sean motivo de incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le
son correlativas, debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la “SEDATU”, a través de las instancias que
suscriben el presente Convenio.
DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPARENCIA.- Para el transparente ejercicio de los recursos “LAS PARTES” convienen,
que en todas las actividades de difusión y publicidad que lleve a cabo la “INSTANCIA EJECUTORA” sobre las obras y
acciones, materia del presente convenio, apoyadas total o parcialmente con subsidios federales y aportaciones locales,
deberán observar lo dispuesto en el Capítulo 11 de las “Reglas de Operación”, las directrices, lineamientos y normativa
aplicable.
DÉCIMA OCTAVA. PUBLICIDAD E INFORMACIÓN DEL PROYECTO.- Las “INSTANCIAS EJECUTORAS”
deberán colocar al inicio de las obras, en lugar visible un letrero que indique fecha de inicio, el monto de sus recursos
aportados por la “SEDATU”, así como el número de beneficiarios. Al momento de concluir las obras, el ejecutor deberá
instalar una placa en un lugar visible dentro del espacio público rehabilitado de acuerdo a lo señalado en el “Manual de
Recomendaciones para la elaboración de Proyectos de la vertiente “ESPACIOS PÚBLICOS”.
De conformidad con el Artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social, la publicidad y la información relativa a las
acciones realizadas por el Programa, deberán incluir la leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”.
DÉCIMA NOVENA. INTERPRETACIÓN.- “LAS PARTES” manifiestan su conformidad para interpretar en el ámbito
de sus respectivas competencias y para resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del
presente instrumento.
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VIGÉSIMA. DE LA VIGENCIA.- El presente Convenio surte sus efectos a partir del día de su firma y hasta el 31 de
Diciembre de 2017, con excepción de lo dispuesto en las CLÁUSULAS DÉCIMA PRIMERA Y DÉCIMA SEGUNDA, y
deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo con lo previsto por el Artículo 36 de la Ley de
Planeación, con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas entre la Federación y Entidades
Federativas a través de los convenios que sean suscritos.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal, “LAS PARTES” firman el presente Convenio en 7
ejemplares, en la Ciudad de México, al día 01 del mes de marzo del año 2017.
POR LA “SEDATU”
(Firma)
___________________________________
LIC. EDGAR RODOLFO OLAÍZ ORTÍZ
DIRECTOR GENERAL DE RESCATE DE ESPACIOS
PÚBLICOS
POR EL “GCDMX”
(Firma)
_________________________________
LIC. EDGAR ABRAHAM AMADOR
ZAMORA
SECRETARIO DE FINANZAS
(Firma)
___________________________________
LIC. GUILLERMO CÉSAR CALDERÓN LEÓN
DELEGADO ESTATAL DE LA “SEDATU”
(Firma)
_________________________________
MTRA. LETICIA ESTHER VARELA
MARTÍNEZ
DIRECTORA GENERAL DE
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS
FEDERALES
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CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES.
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA
DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA.
VICENTE LOPANTZI GARCÍA, Director General de Servicios Legales, adscrito a la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales del Gobierno de la Ciudad de México, cargo que me fue conferido el 16 de septiembre de 2015, por el C. Jefe de
Gobierno de la Ciudad de México, conforme a las atribuciones que al efecto establecía el artículo 122 apartado C, Base
Segunda, fracción II, inciso d); TRANSITORIOS PRIMERO y SEGUNDO del Decreto por el que se declaran reformadas y
derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma
Política de la Ciudad de México; 67, fracción V del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5, 15, fracción XVI, 17 y 35
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción XV, numeral 2 y 116 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y con fundamento en el artículo PRIMERO DEL “ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL
DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA
JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del
“Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta Oficial del “Distrito Federal” número 39, de fecha 19
de marzo de 2002, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA
DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA, RESPECTO DE LA DEPENDENCIA, UNIDAD ADMINISTRATIVA U
ÓRGANO DESCONCENTRADO AL QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO.
Único.- Se designa como apoderado general para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de México,
respecto de la dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentra adscrito, al siguiente
servidor público:
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES
JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE ASUNTOS PENALES
Lic. Luis Eduardo Guerrero León, Jefe de la Unidad Departamental de Asuntos Penales, con Cédula Profesional número
4048847.
Lic. Arturo Rodríguez Cuevas, con Cédula Profesional número 6587579.
Lic. Gabriel Ramírez Luna, con Cédula Profesional número 0468451.
Para una mejor distribución, ejercicio y desarrollo de las facultades que me fueron delegadas, inherentes al puesto para el
cual fui designado, que desempeño como representante en juicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, se
confiere PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con las especiales
que requieran mención o cláusula especial conforme a la ley. De una manera enunciativa y no limitativa, se otorgan las
siguientes facultades:
a) Presentar y contestar demandas, reconvenciones y tercerías, oponer excepciones y defensas y comparecer como
tercero interesado;
b) Ofrecer toda clase de pruebas, objetar las de la contraria, rendir toda clase de informes; presentar testigos y
redargüir los que ofrezca la parte contraria; designar y revocar peritos;
c) Absolver y articular posiciones;
d) Embargar bienes y presentarse en almonedas;
e) Promover incompetencias y recusar jueces;
f) Oír resoluciones interlocutorias y definitivas; interponer toda clase de incidentes y recursos ordinarios y
extraordinarios; pedir aclaración de sentencias y laudos, así como ejecutarlos;
g) Elaborar demandas de amparo e interponer los recursos que procedan inherentes al juicio;
h) Transigir y conciliar mediante autorización expresa del titular de la dependencia, órgano desconcentrado u
órgano político-administrativo; comprometer y resolver en arbitraje;
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
i) En materia penal, además de las anteriores, cuando proceda, presentar y ratificar denuncias, acusaciones o
querellas; constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o Federal, en todo
lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que se inicien o que se instruyan en todos sus
trámites e instancias, así como otorgar perdón mediante autorización del titular de la Dirección General de
Servicios Legales;
j) Desistirse total o parcialmente en juicios y procedimientos cuando convenga, mediante autorización del titular de
la Dirección General de Servicios Legales, y
k) Las demás facultades necesarias para que en representación de la Administración Pública de la Ciudad de
México, haga la defensa jurídica de la misma.
Las facultades de representación para la defensa jurídica que se otorgan, se ejercerán ante toda clase de autoridades
jurisdiccionales, administrativas o laborales.
El presente poder surtirá sus efectos a partir del día siguiente al en que se haga su publicación en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, en términos del artículo QUINTO del “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y
REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO
FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del “Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta
Oficial del “Distrito Federal” número 39, de fecha 19 de marzo de 2002.
Segundo.- Se revoca como apoderado general para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de
México a la siguiente persona:
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES
JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE ASUNTOS LABORALES
C. Arturo Rodríguez Cuevas.
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a los trece días del mes de julio de dos mil diecisiete, el Director General de Servicios Legales,
Mtro. Vicente Lopantzi García.
(Firma)
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
SECRETARÍA DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECIFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE
MEJORA INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD CON NÚMERO DE REGISTRO: MEO-
35/250517-D-SEMOVI-3/180116, VALIDADO POR LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA MEDIANTE OFICIO NÚMERO OM/CGMA/1146/2017 DE FECHA 25 DE MAYO DE 2017.
LIC. HÉCTOR SERRANO CORTÉS, SECRETARÍO DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y PRESIDENTE
DEL COMITÉ DE MEJORA INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD, con fundamento en el artículo
19 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 11 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, numeral Trigésimo Octavo de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales
Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal y numeral 2.4.6.7 de la
Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación
y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, emito el
siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECIFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE
MEJORA INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD CON NÚMERO DE REGISTRO: MEO-
35/250517-D-SEMOVI-3/180116, VALIDADO POR LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA MEDIANTE OFICIO NÚMERO OM/CGMA/1146/2017 DE FECHA 25 DE MAYO DE 2017.
ÚNICO.- Se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité de Mejora Institucional de la Secretaría de
Movilidad con número de registro: MEO-35/250517-D-SEMOVI-3/180116, emitido por la Coordinación General de
Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el presente Manual Específico de Operación del
Comité de Mejora Institucional de la Secretaría de Movilidad para su debida observancia.
SEGUNDO.- El presente Manual Especifico de Operación del Comité de Mejora Institucional de la Secretaría de
Movilidad entrara en vigor al día siguiente de su publicación.
Ciudad de México a 14 de junio de 2017
(Firma)
Héctor Serrano Cortés
Secretario de Movilidad
MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE MEJORA INSTITUCIONAL
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO(S)
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
I.-MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
Leyes
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
29 de diciembre de 1998. Última reforma 09 de marzo de 2017.
Ley de Movilidad del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de julio de 2014. Última
reforma 09 de marzo de 2017
Reglamentos
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 28 de diciembre de 2000, Última reforma 28 de febrero de 2017
Acuerdos
Acuerdo por el que se Crea el Comité de Mejora Institucional de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México,
publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de octubre de 2016.
II.-OBJETIVO GENERAL
Establecer los criterios bajo de los cuales opere el Comité, con la finalidad de realizar la aprobación de anteproyectos de
calidad e innovación sugeridos por las Unidades Administrativas por el Pleno, que permitan implementar los estándares de
calidad y hacer más eficientes los procesos y procedimientos inherentes a la Secretaría de Movilidad y que provoquen la
mejora continua.
III.-INTEGRACIÓN
Integrante Cargo
Presidencia Titular de la Secretaría de Movilidad
Secretaría Ejecutiva Dirección General de Administración en la Secretaría de Movilidad
Secretaría Técnica Subdirección de Calidad y Organización
Vocales
Dirección General de Planeación y Evaluación
Dirección General de Registro Público de Transporte
Dirección General de Investigación y Desarrollo de la Movilidad
Dirección General de Inteligencia y Cultura de la Movilidad
Dirección General de Transporte Particular
Dirección General de Transporte de Ruta y Especializado
Dirección General del Servicio de Transporte Público Individual
Dirección General del Órgano Regulador de Transporte
Invitados Permanentes
Dirección General Jurídica y de Regulación
Dirección Ejecutiva de Sistemas de Información y Comunicación
Contraloría Interna en la Secretaría de Movilidad
IV.-ATRIBUCIONES
Acuerdo por el que se crea el Comité de Mejora Institucional de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México,
numerales:
Primero. Se crea el Comité de Mejora Institucional, cuyo objeto será establecer la forma en que se deberán implementar los
estándares de calidad en los procesos y procedimientos administrativos de cada una de las Unidades Administrativas,
proponiendo iniciativas innovadoras y las mejores prácticas administrativas.
V.-FUNCIONES
De la Presidencia:
I.-Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias.
II.-Solicitar al Secretario Ejecutivo el Quórum para declarar el inicio de la sesión.
III.-Autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias.
IV.-Coordinar las sesiones del Comité.
V.-Expresar su opinión en los asuntos que se presenten a discusión.
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
VI.-Emitir su voto de calidad en caso de empate
VII.-Firmar las actas de las sesiones del Comité.
De la Secretaría Ejecutiva:
I.-Recibe, registra y considera los anteproyectos y envía a Secretario Técnico
II.-Determina si se incluye como caso de acuerdo a resultados del análisis.
III.-Instruye a Secretario Técnico para que lo incluya en carpeta de casos del comité y se presente ante el comité
IV.-Comprueba logística de la sesión
V.-Registra la asistencia de los integrantes de la sesión y en su caso, incorporar las constancias de las ausencias y su
justificación
VI.-Notifica a Presidente que no existe el sustento legal para realizar la sesión
VII.-Reprograma la sesión
VIII.-Notifica la existencia de quórum
IX.-Formula el orden del día considerando los asuntos propuestos y someterlos a la consideración del Presidente del
Comité y al Pleno.
X.-Valida el conteo de votos y en caso de empate solicita al Presidente su voto de calidad
XI.-Proveer los medios, recursos necesarios y suficientes para mantener en operación permanente al comité.
XII.-Supervisar que se envíe oportunamente, a los miembros del comité, la convocatoria y la carpeta de trabajo, que se
utilizara en la sesión.
XIII.-Vigilar que se integren los documentos de la sesión
XIV.-Difundir los acuerdos alcanzados así como las acciones del Comité y gestionar su cabal y estricto cumplimiento.
De la Secretaría Técnica:
I.-Recibe anteproyectos, analiza, evalúa su viabilidad y propone metodología
II.-Notifica a la Secretaria Ejecutiva los resultados del análisis
III.-Integra a la carpeta de trabajo y al orden del día
IV.-Realiza proyecto de oficio de convocatoria y lo presenta al Presidente para su conocimiento y firma
V.-Envía convocatoria y carpeta de trabajo a los integrantes del comité
VI.-Presenta los casos al pleno
VII.-Solicita al pleno su voto
VIII.-Registra los acuerdos
IX.-Levanta el acta se sesión del comité celebrada
X.-Solicita al pleno la firma del acta de sesión
XI.-Formalizar acciones necesarias para que el archivo de documentos del Comité esté completo y se mantenga
actualizado.
XII.-Efectuar las funciones que le correspondan de acuerdo con la normatividad aplicable y aquellas que expresamente le
encomiende el Presidente, Secretario Ejecutivo o el Comité.
XIII.-Programar y auxiliar al secretario ejecutivo con la logística de las sesiones.
XIV.-Realizar el Programa Anual de Calidad
De los Vocales:
I.-Detectarla necesidad de presentar casos en materia de calidad e innovación
II.-Desarrollar anteproyectos
III.-Enviar a la Secretaria Ejecutiva la propuesta de asuntos y anteproyectos de innovación y calidad relacionada con sus
áreas de competencia, por lo menos con 10 días hábiles de anticipación a la fecha programada de sesión del Comité de
Mejora Institucional
IV.-Recibir convocatoria y carpeta de trabajo del comité
V.-Estudiar la carpeta de trabajo para conocer los casos y asuntos propuestos al comité
VI.-Realizar observaciones con al menos cinco días de anticipación a la celebración de la sesión del comité
VII.-Firmar lista de asistencia
VIII.-Emitir su opinión sobre los casos expuestos
IX.-Expresar su voto sobre los casos presentados
X.-Firmar las actas de las sesiones del Comité.
XI.-Presentar un informe del avance de los proyectos autorizados
De los Invitados Permanentes
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
I.-Orientar al Comité sobre los métodos correctos de aplicación de los casos propuestos de conformidad con sus
atribuciones.
II.-Sugerir técnicas o metodologías que coadyuven a la implementación de los procesos.
III.-Generar materiales de apoyo
IV.-Avalar los marcos normativos que aplican a los procesos propuestos.
V.-Recomendar las mejores propuestas en las tecnologías de la información y comunicación.
VI.-Expresar sus puntos de vista, en cada caso, asunto o proyecto que se presente al Comité.
CRITERIOS DE OPERACIÓN
De las Sesiones
1.-Planeación:
Las sesiones del Comité serán ordinarias y extraordinarias, las primeras se celebrarán conforme a las fechas establecidas en
el calendario aprobado por el pleno del Comité a propuesta del Presidente, las segundas, en cualquier momento a solicitud
de cualquiera de sus integrantes, y previa aprobación del presidente, debiendo en todos los casos fundar y motivar las
razones de su petición.
En la primera sesión se instalara el Comité de Mejora Institucional y de igual manera, se aprobará el Manual Especifico de
Operación del Comité de Mejora Institucional de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, para que a su vez sea
enviado a registrar ante la Coordinación General de Modernización Administrativa.
Las sesiones ordinarias podrán ser canceladas cuando no existan asuntos a tratar; siendo el caso, la Presidencia del Comité,
a través del Secretario Ejecutivo, lo notificara a los miembros titulares con tres días hábiles antes de la fecha programada.
Se levantará un acta, la cual será firmada por los titulares del Comité.
Las sesiones del Comité se llevaran a cabo en las instalaciones de la Secretaría de Movilidad, no obstante cuando existan
causas que por su naturaleza impidan la celebración de alguna sesión, está podrá celebrarse fuera de la misma, dejando
constancia de tal circunstancia en el acta correspondiente.
Si alguno de los miembros del Comité considera conveniente tratar algún asunto en la sesión siguiente, deberá enviar su
propuesta para ser incluida en los puntos del Orden del Día, con 10 días hábiles previos a la celebración de la reunión,
acompañada de la documentación soporte que lo justifique de tal manera que el Pleno pueda dictaminar si proceden.
En caso de sesiones extraordinarias se recibirán los asuntos a tratar con tres días de anticipación.
2.-Convocatoria y Carpeta de Trabajo:
Para el correcto desarrollo de las sesiones, La Convocatoria se realizará de acuerdo a calendario o en su caso a la
reprogramación propuesta y se remitirán electrónicamente las carpetas de trabajo con el orden del día y los documentos
anexos que contengan los asuntos a tratar en las sesiones, dicha carpeta se entregara cuando menos con cinco días hábiles
de anticipación para su debido análisis y comentarios fundados en la normatividad y el conocimiento del tema.
3.-Designaciones y Mecanismos de Suplencia:
Los Titulares de las Unidades Administrativas, designarán por oficio a quien habrá de representarles como Suplentes,
dichos servidores públicos tendrán las facultades que el presente manual confiere a los propietarios.
La persona designada con tal calidad, deberá ser de preferencia, jerárquicamente inferior al puesto del Titular en el Comité y
ser personal de estructura.
En ausencia del Presidente, el Secretario Ejecutivo tendrá la facultad para presidir las sesiones.
Cuando asista el suplente y en el transcurso de la sesión se incorpore el Titular, el suplente podrá seguir participando en la
reunión en la calidad que le corresponda, pero solo con derecho a voz.
En ausencia de los miembros titulares del Comité, los suplentes asumirán las facultades, funciones y responsabilidades que
a los primeros correspondan. Los suplentes serán corresponsables en las decisiones y acciones tomadas por el Comité.
4.-Quórum:
Para que las sesiones ordinarias y extraordinarias sean válidas, deberán estar presentes por lo menos la mitad más uno de
sus vocales con derecho a voz y voto, en caso de que no exista el quórum requerido, se levantara el acta correspondiente y
se cancelara dicha sesión.
5.-Desarrollo de la Sesión:
Las sesiones se desarrollarán conforme al orden del día aprobado por el pleno del Comité.
En las sesiones del Comité se observara formal y cabalmente el siguiente procedimiento:
Los miembros presentes registraran su asistencia en una lista que contenga los siguientes datos: número y fecha de la sesión,
nombre y firma del funcionario que asiste, cargo y área que representa, calidad con la que asiste.
El Secretario Técnico levantara el acta de la sesión, en la que se registraran todas y cada una de las consideraciones vertidas,
así como los acuerdos.
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
En caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por circunstancias excepcionales o supuestos no previstos el Secretario
Ejecutivo del Comité notificara por escrito la fecha de realización de las sesiones pospuestas, asentando en el Acta
respectiva las causas que dieron lugar a su postergación.
Quien presida la sesión, será el único facultado para conducir las sesiones y establecer el formato de participación y
exposiciones de los miembros del Comité, las propuestas de asuntos, deberán hacerse por escrito en forma individual y ser
presentadas al Secretario Ejecutivo, acompañadas con los antecedentes, justificación y fundamento legal.
Una vez desahogado el orden del día, los asuntos incluidos serán objeto de análisis, evaluación y deliberación por parte de
los miembros del Comité, quienes aportaran su opinión y en su caso, propuesta de solución o mejora.
El Secretario Técnico, podrá compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas o acuerdos que se suscriban en las
sesiones.
Una vez cumplidos los puntos de la orden del día, y registrados los hechos, opiniones y acuerdos, se procederá a declarar
formalmente concluida la sesión, señalándose la hora en que termina.
Solamente podrán tratarse en las sesiones, los asuntos que se incluyeron y aprobaron en la orden del día y, a menos que la
índole lo permita y se cuente con la información, tiempo, documentos y aprobación de los integrantes del Comité se tratarán
otros a propuesta de algún integrante.
En caso de receso de la sesión ocasionado por causas ajenas y esta se continúe el mismo día, se levantara una sola acta en la
que consten las causas del contratiempo.
El Secretario Técnico Informara a los miembros del desahogo de los acuerdos.
6.-De la Votación:
Los miembros del Comité en su calidad de Presidente, Secretario Ejecutivo, Secretario Técnico y Vocales, tendrán derecho
a voz y voto en los asuntos que sean deliberados por el pleno en sus sesiones ordinarias y extraordinarias.
Los Invitados Permanentes tendrán derecho solo a voz. Las decisiones o acuerdos del Comité se tomarán por unanimidad
o por mayoría simple de votos de los miembros con derecho a ello que se encontraran presentes. En caso de empate, el
Presidente tendrá voto de calidad. Una vez discutido cada uno de los asuntos sometidos a la consideración del pleno, el
Secretario Técnico someterá a votación el sentido de la resolución a adoptar manifestándose cada uno de los miembros
presentes con derecho a voto a favor o en contra del mismo. En caso de que un acuerdo tomado sea motivo de
reconsideración, suspensión, modificación o cancelación, esta se hará solo mediante consenso mayoritario del Comité.
7.-Acta de Sesión:
El Secretario Técnico consignará en el acta con claridad y precisión los acuerdos tomados por el Comité.
El Secretario Técnico remitirá para su análisis, observaciones y firma el acta de la sesión respectiva dentro de los tres días
hábiles posterior a su celebración, los miembros cuentan con tres días hábiles posteriores a la recepción del acta, para
devolverla con las observaciones y comentarios que considere conveniente, o en su caso, el acta debidamente firmada. En el
supuesto de que los vocales y los invitados permanentes no remitan ninguna observación o aclaración, en el plazo antes
mencionado se entenderá como aprobado su contenido, la Secretaria Ejecutiva en las sesiones deberá anexar al orden del día
la documentación soporte, así como, copia del acta de la sesión inmediata anterior debidamente validada y de las
observaciones que en su caso hubiere
VII.- PROCEDIMIENTO(S)
Nombre: Presentación de casos ante el Comité de Mejora Institucional
Objetivo General: Establecer el desarrollo de las sesiones para los anteproyectos de Innovación, Calidad o Mejora
Continua propuestos por las Unidades Administrativas con el fin de mejorar sus procesos y obtener su aprobación para
implementarlos.
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Diagrama de Flujo:
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Descripción Narrativa:
Actor No. Actividad Tiempo
Vocal 1 Presenta mediante oficio un anteproyecto de innovación,
calidad o mejora
15 minutos
Secretaría Ejecutiva 2 Recibe y valida la documentación 2 días
¿Está completa?
NO
3 Emite oficio de no procedencia 1 día
SI
4 Turna e instruye a la Secretaría Técnica para que incluya
el caso en la carpeta de trabajo
1 día
Secretaría Técnica 5 Recibe e integra en la Carpeta de Trabajo los casos y
asuntos a tratar en la sesión del comité
3 días
6 Realiza proyecto de oficio de convocatoria y envía al
Presidente para su conocimiento y firma
1 día
Presidente 7 Aprueba y ordena a la Secretaría Técnica notifique a los
Integrantes del Comité
1 día
Secretaría Técnica 8 Envía convocatoria y carpeta de trabajo a los Integrantes
del Comité
1 día
Integrantes del
Comité
9 Reciben convocatoria y carpeta de trabajo para estudio de
los asuntos a tratar en la sesión.
10 días
10 Acuden al lugar y hora establecidos en la convocatoria,
para sesionar.
15 minutos
11 Firman lista de asistencia 5 minutos
Secretaría Ejecutiva 12 Verifica que exista el quórum necesario para el desarrollo
de la Sesión.
5 minutos
¿Hay quórum? 5 minutos
NO
13 Informa a Presidente que no existe el quórum requerido
para iniciar la sesión
5 minutos
Presidente 14 Declara cancelada la sesión por falta de quórum. 5 minutos
15 Solicita elaboración del acta de la sesión cancelada, y la
reprogramación de la sesión
3 minutos
Secretaría Técnica 16 Elabora acta de cancelación, por falta de quórum y recaba
la firma de los miembros del Comité presentes.
2 días
17 Informa reprogramación a los miembros del Comité.
(Conecta con la actividad 11)
2 horas
SI
Secretaría Ejecutiva 18 Notifica al Presidente la existencia de quórum 5 minutos
Presidente 19 Declara la existencia de quórum y el inicio de la sesión 5 minutos
Secretaría Ejecutiva 20 Formula el orden del día y cede la palabra a la Secretaría
Técnica
10 minutos
Secretaría Técnica 21 Da lectura y expone los asuntos a tratar, conforme al Orden
del Día.
20 minutos
22 Somete a consideración de los miembros del Comité cada
uno de los asuntos para su deliberación.
25 minutos
Integrantes del
Comité
23 Deliberan y opinan sobre cada uno de los asuntos sometidos
a su consideración, exponiendo los argumentos que
correspondan.
30 minutos
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
Actor No. Actividad Tiempo
Secretaría Técnica 24 Da lectura a cada uno de los asuntos del proyecto y los
somete a votación a los miembros del Comité.
15 minutos
Integrantes del
Comité
25 Votan el proyecto de acuerdo. 5 minutos
26 Valida el conteo de votos y registra la resolución adoptada 10 minutos
Secretaría Ejecutiva 27 Declara agotado el Orden del Día vistos todos los asuntos 5 minutos
Presidente. 28 Clausura formalmente la sesión. 5 minutos
Secretaría Técnica 29 Elabora acta de la sesión 1 día
30 Recaba la firma de los miembros del Comité en el acta y los
acuerdos emitidos en la sesión.
2 días
31 Integra el acta y acuerdos en el expediente de la Sesión
Ordinaria o en su caso Extraordinaria que corresponda.
1 hora
Fin de Procedimiento
Tiempo total de ejecución:25 días, 6 horas y21 minutos
Aspectos a Considerar:
Para ser presentados los Casos se tendrán que componer de lo siguiente:
*.-Inclusión del Anteproyecto en el Programa Operativo Anual (POA).
*.-Autorización del Programa Operativo Anual en el techo presupuestal del año fiscal en curso de la Unidad
Administrativa para su realización.
*.-En su caso Visto Bueno y Autorización del Secretario de Movilidad para la realización de un Anteproyecto Especial.
*.-Realizar un análisis del proceso actual y determinar las ventajas del Anteproyecto propuesto.
*.-Razonamiento lógico del Proceso propuesto.
*.-Fundamento administrativo y legal.
*.-Análisis de equipo o maquinaria propuesta para la innovación.
*.-Realizar una propuesta de proveedores.
*.-En su caso un Cuadro comparativo.
*.-Análisis de ventajas y desventajas de las propuestas entre proveedores.
*.-Prever la modificación a la estructura del personal requerido.
*.-Proponer un calendario de instalación y puesta en marcha del anteproyecto
GLOSARIO
Para efectos del presente Manual, se entenderá por:
Acta: Documento que plasma los hechos que se desarrollan durante la sesión del Comité y que asienta las resoluciones
tomadas en una sesión determinada.
Acuerdos: Las determinaciones del Comité se basan en resoluciones formales y obligatorias, respecto de los asuntos de su
competencia.
Asesor: Su propósito es el de dar opinión y realizar observaciones sobre los anteproyectos sugeridos por las áreas
administrativas ante el Comité de Mejoras.
Asunto: Planteamiento de un caso o tema relacionado con la calidad para su análisis, seguimiento y en su caso la resolución
del Comité.
Calendario: La autorización documentada de las fechas cuando se celebran sesiones ordinarias del Comité.
Carpeta: Cuaderno de trabajo que contiene los casos y sus documentos soporte para sustanciarlos.
Caso: Presentación documentada de casos o Proyectos para su análisis, seguimiento y dictaminación del Comité.
Comité: Comité de Mejora en la Secretaría de Movilidad.
Convocatoria: Documento oficial girado para reunir a los miembros y asesores del Comité en día, hora y fecha
determinada a una sesión que puede ser Ordinaria o extraordinaria.
Delegación: Órgano político -administrativo de cada demarcación territorial en que se divide la Ciudad de México.
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Dictamen: Resolución formal y obligatoria que expresa las características, los motivos y los fundamentos con que el
Comité autoriza los proyectos y procedimientos aprobados para la mejora en la gestión documental, servicios y procesos
que innoven en la Secretaría.
Entidades: Las empresas de participación estatal mayoritaria, Organismos desconcentrados y Fideicomisos públicos del
Distrito Federal.
Estudios de Calidad: Todas aquellas investigaciones que permitan llegar a realizar una innovación constante en la
Secretaría De Movilidad y que esté basado en procesos y procedimientos que permitan su valoración y eficiencia.
Estudio Técnico: Es conocido también como estudio de factibilidad, con el cual se describe las características técnicas,
capacidad financiera e infraestructura necesarias para cubrir las necesidades del Anteproyecto.
Gaceta Oficial de la Ciudad de México: Órgano de difusión del Gobierno de la Ciudad de México donde se dan a conocer
Avisos, Estados Financieros, Edictos y todos aquellos documentos que por disposición legal expresa deban publicarse.
Fundamento: La ordenanza por ley y sus reglamentos que garantizan un determinado acto.
Formatos: Documento con formato específico que requiere se llene de acuerdo a su instructivo.
Justificación: El Establecimiento de criterios sólidos y concretos y suficientes para motivar la presentación de proyectos.
La Secretaria: Secretaría de Movilidad
Ley: La Ley de Movilidad.
Mayoría: El 50% más uno del quórum, que asiste a una sesión
Oficialía Mayor: La Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México
Quórum: Los asistentes que concurren a una sesión con derecho de voz y voto y que para darle validez tiene que haber el
50% más uno.
PIM: Programa Integral de Movilidad 2013-2018.
Servicio: La actividad organizada que tiene el objetivo de cumplir con determinadas necesidades en la Dependencia.
Suplente: Designados por los Vocales Propietarios quienes sólo participarán en ausencia de los titulares.
Voto: Método por el cual se determina la autorización o negación de un caso o proyecto, presentado dentro de las sesiones
del Comité
VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
PRESIDENTE SECRETARIA EJECUTIVA
(Firma) (Firma)
_____________________________________ ____________________________________
LIC. HÉCTOR SERRANO CORTÉS
SECRETARIO DE MOVILIDAD
LIC. MARÍA EUGENIA GUARNEROS BAÑUELOS
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
EN LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD
SECRETARIO TÉCNICO VOCAL
(Firma) (Firma)
_____________________________________ __________________________________
ERIK MARTÍN GONZÁLEZ PRADO
SUBDIRECTOR DE CALIDAD Y ORGANIZACIÓN
LIC. JOSÉ NICOLÁS ALBARRÁN GARCÍA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
PARTICULAR
VOCAL VOCAL
(Firma) (Firma)
_____________________________________ __________________________________
C. JESÚS ALBERTO ROMERO CÁRDENAS
DIRECTOR GENERAL DE SERVICIO DE
TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL
LIC. MOISÉS ISRAEL BUSSEY GARCÍA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE DE
RUTA Y ESPECIALIZADO
VOCAL VOCAL
(Firma) (Firma)
____________________________________ __________________________________
ARQ. LUIS ENRIQUE FUENTES CORTIZO
DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y
EVALUACIÓN
LIC. ADOLFO ALBERTO SAVIN CRAVIOTO
DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO PÚBLICO
DE TRANSPORTE
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
VOCAL VOCAL
(Firma) (Firma)
__________________________________ ___________________________________
MTRO.- ABEL RODRÍGUEZ ZAMORA
DIRECTOR GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO DE LA MOVILIDAD
DR. VÍCTOR MANUEL MORA ECHEVERRÍA
DIRECTOR GENERAL DE INTELIGENCIA Y
CULTURA DE LA MOVILIDAD
VOCAL INVITADO PERMANENTE
(Firma) (Firma)
________________________________ __________________________________
LIC. VALENTÍN GUILLERMO OÑATE
CASTAÑEDA
DIRECTOR GENERAL DEL ÓRGANO
REGULADOR DE TRANSPORTE
E. FILIBERTO CUELLAR LARA
DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE
REGULACIÓN
INVITADO PERMANENTE INVITADO PERMANENTE
(Firma) (Firma)
________________________________ __________________________________
LIC. HORACIO SÁNCHEZ TINOCO
DIRECTOR EJECUTIVO DE SISTEMAS DE
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
LIC. DANIEL ALEJANDRO MAGAÑA JIMÉNEZ
CONTRALOR INTERNO EN LA SECRETARÍA DE
MOVILIDAD
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ISRAEL DE ROSAS GAZANO, Director General de la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal de la Ciudad
de México, con fundamento en los artículos 1, 12 fracciones I, IV y VI, 87, 115 fracción III y 116 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones I y II, 7, 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
1,2,3,5 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción IV, 4, 5 fracción I, 7 fracción
IX, último párrafo, 216 TER fracción X, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y
numeral Tercero, fracción XX del Decreto por el que se crea la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del
Distrito Federal relacionado con el Decreto reformado, emite el siguiente:
CONSIDERANDO
1. Que la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal (COCETRAM), es un Órgano Desconcentrado, adscrito a la
Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, creado por Decreto del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México de fecha
10 de noviembre de 2010, publicado el 14 de diciembre del mismo año, y modificado el 31 de marzo del 2016, ambos
publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
2. Que con oficio SFCDMX/TCDMX/-----------1526------------/2017, se autorizó el pago por concepto de aprovechamiento,
lo anterior con fundamento en las Reglas Quinta y Séptima de las Reglas para la autorización, control y manejo de ingresos
de aplicación automática que se recuden por concepto de aprovechamiento y productos que se asignen a las Dependencias,
Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generan median el mecanismo de aplicación automática de recursos,
publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 20 de enero de 2017.
3. Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en la regla 23 de las Reglas para autorización, control y manejo de ingresos de
aplicación automática, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de enero de 2017, así como lo establecido
en los artículos 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, las cuotas que se refiere las fracciones I y II de las citadas
reglas.
De conformidad con los objetivos de la transparencia en la gobernabilidad, se emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER CLAVES, CONCEPTOS, UNIDADES DE MEDIDA Y CUOTAS
PARA EL PAGO INICIAL POR CONCEPTO DE OCUPACIÓN DE MEXIBUS DENTRO DEL CETRAM
PANTITLÁN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017.
CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE
MEDIDA CUOTA
1. AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER CLAVES, CONCEPTOS, UNIDADES DE MEDIDA Y CUOTAS
PARA EL PAGO INICIAL POR CONCEPTO DE OCUPACIÓN DE MEXIBUS DENTRO DEL CETRAM
PANTITLÁN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017
1.5.2.1 PAGO INICIAL POR CONCEPTO DE OCUPACIÓN DE
MEXIBUS DENTRO DEL CETRAM PANTITLÁN
PAGO
INICIAL/CETRAM
PANTITLÁN
$7,000,000.00
TRANSITORIOS
ÚNICO.-: Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.
Ciudad de México a los 19 de julio de 2017
(Firma)
ISRAEL DE ROSAS GAZANO
DIRECTOR GENERAL DE LA COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ISRAEL DE ROSAS GAZANO, Director General de la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal de la Ciudad
de México, con fundamento en los artículos 1, 12 fracciones I, IV y VI, 87, 115 fracción III y 116 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones I y II, 7, 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
1,2,3,5 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción IV, 4, 5 fracción I, 7 fracción
IX, último párrafo, 216 TER fracción X, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y
numeral Tercero, fracción XX del Decreto por el que se crea la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal del
Distrito Federal relacionado con el Decreto reformado, emite el siguiente:
CONSIDERANDO
1. Que la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal (COCETRAM), es un Órgano Desconcentrado, adscrito a la
Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, creado por Decreto del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México de fecha
10 de noviembre de 2010, publicado el 14 de diciembre del mismo año, y modificado el 31 de marzo del 2016, ambos
publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
2. Que con oficio SFCDMX/TCDMX/-----------1559------------/2017, se autorizó el pago por concepto de aprovechamiento,
lo anterior con fundamento en las Reglas Quinta y Séptima de las Reglas para la autorización, control y manejo de ingresos
de aplicación automática que se recuden por concepto de aprovechamiento y productos que se asignen a las Dependencias,
Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los generan median el mecanismo de aplicación automática de recursos,
publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 20 de enero de 2017.
3. Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en la regla 23 de las Reglas para autorización, control y manejo de ingresos de
aplicación automática, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de enero de 2017, así como lo establecido
en los artículos 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, las cuotas que se refiere las fracciones I y II de las citadas
reglas.
De conformidad con los objetivos de la transparencia en la gobernabilidad, se emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER CLAVES, CONCEPTOS, UNIDADES DE MEDIDA Y CUOTAS
PARA EL PAGO DE OFICINAS PÚLICAS/TERMINALES (RENTA MENSUAL) CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO FISCAL 2017.
CLAVE CONCEPTO UNIDAD DE
MEDIDA CUOTA
1. AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER CLAVES, CONCEPTOS, UNIDADES DE MEDIDA Y CUOTAS
PARA EL PAGO DE OFICINAS PÚBLICAS/TERMINALES (RENTA MENSUAL) CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO FISCAL 2017
1.5.2.2 Oficinas Públicas/Terminales (renta mensual)
Espacio:
Oficina/Terminal
(renta mensual)
$202,217.00
TRANSITORIOS
ÚNICO.-: Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.
Ciudad de México a los 19 de julio de 2017
(Firma)
ISRAEL DE ROSAS GAZANO
DIRECTOR GENERAL DE LA COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO
DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN, en mi carácter de titular del Órgano Político Administrativo, en la
demarcación territorial en Azcapotzalco y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 101 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículo 21 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública
y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; artículos 1, 3 Fracción III, 120, 121, 122 Fracción V y Último Párrafo, 128
Fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; tengo a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE OPERACIÓN DE LA
ACTIVIDAD INSTITUCIONAL TALLERES DE CAPACITACIÓN, ASESORIA JURÍDICA, PSICOLÓGICA Y
CULTURAL “TEJIENDO NUEVAS RELACIONES DE GÉNERO”, EJERCICIO 2017.
En nuestro país la violencia de género ha constituido un problema que, a través de la historia, se ha agravado. La violencia
dirigida hacia las mujeres en la Ciudad de México es un asunto que presenta un panorama general preocupante, ya que, de
acuerdo al Diagnóstico sobre violencia contra las mujeres en la Ciudad de México (Estudios y Estrategias para el Desarrollo
y la Equidad S.C, 2013), la violencia de género es o ha sido ejercida en una amplia mayoría de las habitantes de la Entidad,
lo que pone en peligro la estabilidad, seguridad, patrimonio y calidad de vida de las mujeres víctimas de violencia, sus hijas
e hijos.
La masculinidad como categoría social está constituida por presupuestos socioculturales sobre ideales y estereotipos de
género y de relacionamiento intergenérico que contribuyen a la construcción del imaginario subjetivo, la representación
social, la manera de ser y la manera de relacionarse de hombres y de mujeres; la ideología hegemónica de la masculinidad
es una visión construida por los hombres, mediante el curso de la historia, que plantea como supuestos fundamentales para
sí, la heterosexualidad, la racionalidad y el privilegio de poder infligir violencia1. El poder ligado a la hegemonía dominante
de la masculinidad se expresa en el monologismo que otorga la universalidad y la verdad a un discurso social, el cual busca
imponerse2.
Las investigaciones realizadas sobre la violencia de género son de origen multidisciplinario, han documentado los factores
de riesgo individuales y culturales y han dado algunas pistas sobre la prevención así como sobre los costos en salud pública,
pero la mayor parte de estos estudios han abordado el fenómeno dicotomizando a víctimas y victimarios3, partiendo del acto
violento catalogado como delito y priorizando cuestiones estadísticas, lo que es limitativo ya que la violencia va más allá
del delito o del acto violento y es más que una cifra.
La violencia de género es multifactorial, atraviesa y particulariza cada ámbito de la vida, lo económico, social, cultural,
ambiental, etc. se da en todas las expresiones de la vida, la infancia, juventud, adultez, vejez; esta violencia de género,
aunada a otros factores, desintegran el tejido social, causando distintas problemáticas sociales de discriminación, falta de
acceso a derechos, inequidad. Ante esto, es importante visibilizar y abonar en la construcción de otras formas de relaciones
de género equitativas, justas, de igualdad y no discriminación.
La política social de nuestro gobierno delegacional, planteando su eje desde la perspectiva de equidad de género y pleno
respeto a los derechos humanos, ha tratado los temas de prevención y atención de la violencia de género, sobre todo la
violencia hacia las mujeres.
B) ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA
El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Objetivos, Metas y Líneas de Acción del Programa de
Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018:
EJE ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN
Eje 1. Equidad e
Inclusión Social,
para el desarrollo
Humano.
5. Violencia 2. Atender de
manera expedita,
diligente y con
calidad y calidez a
las víctimas de
cualquier tipo o
modalidad de
1. Fortalecer modelos
integrales para la
atención específica de
mujeres, personas
mayores, niñas y
niños, indígenas,
jóvenes, personas en
1. Establecer protocolos
integrales para la atención a
víctimas de violencia en
todas las instancias con
atribuciones en la materia.
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
violencia. situación de calle y la
población LGBTTTI
que sean víctimas de
violencia.
2. Fortalecer la coordinación
interinstitucional para
optimizar la atención a las
víctimas de la violencia.
Asimismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:
ÁREA DE
OPORTUNIDAD
OBJETIVO META SECTORIAL POLÍTICA PÚBLICA
Violencia 2. Atender de manera expedita,
diligente y con calidad y calidez a
las víctimas de cualquier tipo o
modalidad de violencia.
1. Fortalecer modelos
integrales para la
atención específica de
mujeres, personas
mayores, niñas y niños,
indígenas, jóvenes,
personas en situación
de calle y la población
LGBTTTI que sean
víctimas de violencia.
Implementar los diferentes
modelos de atención
especializados a víctimas de
violencia, en todos los entes
públicos del Gobierno de la
Ciudad de México, para
brindar un servicio integral y
demás acciones para su
atención oportuna y eficaz
en 2018.
I. ENTIDAD RESPONSABLE DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL
1.1. Delegación Azcapotzalco.
1.2. Unidades Administrativas:
a) Dirección General de Desarrollo Social.
b) Subdirección de Servicios Sociales.
1.3. Unidades Técnico Operativas:
a) Subdirección de Servicios Sociales.
II. OBJETIVOS Y ALCANCES
1.Objetivo general: Visibilizar y abonar en la construcción de otras formas de relaciones de género equitativas, justas, de
igualdad y no discriminación, a través de talleres, pláticas, cursos, a la población de Azcapotzalco.
2. Objetivos específicos:
* Realizar talleres en colonias, pueblos y barrios de Azcapotzalco, donde se visibilice y se generen reflexiones para abonar
en la construcción de otras formas de relaciones de género equitativas, justas, de igualdad y no discriminación.
* Realizar un curso en derechos humanos enfocado en la violencia de género, no discriminación e igualdad para la
población de Azcapotzalco.
* Realizar conferencias con diversos temas: derechos humanos, violencia de género, discriminación e igualdad, equidad,
etc.
Alcances:
Se estima beneficiar a 400 personas que asistan a los talleres, cursos y conferencias, que podrán reflexionar, visibilizar y
construir relaciones de género equitativas, justas, de igualdad y no discriminación, en su vida cotidiana, en sus espacios
familiares, laborales, de convivencia las y los asistentes a los talleres, cursos y conferencias adquirirán herramientas y
conocimientos para mejorar su entorno social así como su calidad de vida.
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
III. METAS FÍSICAS
Para el ejercicio fiscal 2017, se ha programado una meta de * 20 talleres en colonias, pueblos y barrios de Azcapotzalco,
donde se visibilice y se generen reflexiones para abonar en la construcción de otras formas de relaciones de género
equitativas, justas, de igualdad y no discriminación.
* 1 curso en derechos humanos enfocado en la violencia de género, no discriminación e igualdad para la población de
Azcapotzalco.
* 3 conferencias con diversos temas: derechos humanos, violencia de género, discriminación e igualdad, equidad.
IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Para esta Acción se tienen destinados $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.) en la partida presupuestal 4419
“Otras Ayudas Sociales”, con un pago único para una Organización no Gubernamental o Institución que tenga una
trayectoria trabajando temas de diversidad y género, derechos humanos, igualdad y no discriminación, para que realice
acciones contra la violencia de género, la discriminación en el marco de los derechos humanos.
V. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO
5.1. Requisitos.
5.1.1. Ser una ONG o Institución dada de alta como proveedora ante la Delegación Azcapotzalco.
5.1.2. Estar dada de alta en hacienda.
5.1.3. Ser una ONG o Institución de trayectoria que trabaje temas de diversidad y género, derechos humanos, igualdad y no
discriminación.
5.1.4. Entregar propuesta para realizar la actividad institucional.
5.1.5. Entregar carta de presentación de la ONG o Institución.
VI. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN
6.1. Difusión La acción institucional se dará a conocer mediante la publicación de los presentes Lineamientos en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, así como en la página de la Delegación.
6.2. Ejecución
La ejecución, aplicación, interpretación y modificación de la presente Acción Institucional, estará a cargo de la Dirección
General de Desarrollo Social, a través de la Subdirección de Servicios Sociales, la cual supervisará y acompañará a la ONG
o institución en los talleres, pláticas, conferencias, a la población de Azcapotzalco.
6.3. Procedimiento de instrumentación.
-Se realizarán 20 talleres en pueblos, colonias y barrios de Azcapotzalco, los cuales serán designados por la Subdirección
de Servicios Sociales, teniendo como propósito el abarcar las diferentes zonas de la delegación Azcapotzalco para que
pueda asistir la población.
-Se realizará un curso en derechos humanos enfocado en la violencia de género, no discriminación e igualdad para la
población de Azcapotzalco, en algún inmueble de la delegación.
-Se realizarán 3 conferencias con diversos temas: derechos humanos, violencia de género, discriminación e igualdad,
equidad en algún inmueble de la delegación.
6.4. Publicación de la Convocatoria
La convocatoria se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad México, en la página oficial de la Delegación Azcapotzalco
www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx y en las redes sociales. Las personas interesadas también podrán recibir información sobre
cualquier aspecto relacionado con la implementación del programa, acudiendo de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a
16:00 horas, a la Subdirección de Servicios Sociales, ubicada en Av. Camarones 494, colonia El Recreo, o llamar a los
teléfonos 53-96-22-72, 53-96-92-47.
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
6.5. Registro de aspirantes.
a).El registro de los aspirantes a la actividad institucional “Tejiendo nuevas relaciones de género” se realizarán en Av.
Camarones, número 494, colonia El Recreo en un horario de 9:00 a 16:00hrs.
b). Se realizará por parte de la Subdirección de Servicios Sociales, un análisis de documentos probatorios.
c). Las propuestas deberán ser entregadas en versión impresa (copia).
d). Al cierre de la convocatoria y una vez concluido el plazo, la Subdirección de Servicios Sociales realizará una revisión y
evaluación de los aspirantes, así como de los documentos requeridos en la Convocatoria, para determinar la selección de
quien realizará la actividad institucional.
e). Selección y publicación de resultados.
La convocatoria queda abierta a partir del día de su publicación y hasta 3 días después de la misma. Los aspirantes deberán
entregar la documentación señalada en el lugar y horario que establece la presente convocatoria. No habrá prórroga en la
fecha ni horario límite de entrega. La Subdirección de Servicios Sociales, en caso de necesitar aclarar datos de la
información aportada por el aspirante, podrá requerirle a éste una entrevista para valorar la acreditación de su
documentación. Los criterios de selección de la ONG o Institución que desarrollará la acción institucional, son los
siguientes: 1) Se seleccionará como candidatas a las ONG o Instituciones que hayan cumplido los requisitos y presentado la
documentación completa; 2) Se seleccionará, por parte de la Subdirección de Servicios Sociales, a la ONG o Institución que
desarrollará la acción institucional tomando en cuenta su propuesta y su trayectoria.
f) Resultados.
Los resultados de la presente convocatoria serán publicados en el Sitio de Internet Oficial de la Delegación Azcapotzalco
www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx, después del cierre de la convocatoria. El padrón será publicado en la página oficial de
Internet de la Delegación, de acuerdo a lo establecido en los artículos 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito
Federal.
VII. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
Si alguna persona considera que ha sido perjudicada en la aplicación de la actividad institucional, ya sea por una acción u
omisión de una o un servidor público o participante, podrá, en primera instancia, presentar una queja o inconformidad, ya
sea de manera verbal o por escrito, ante la Dirección General de Desarrollo Social, sita en Avenida 22 de Febrero esquina
Calle Castilla Oriente Colonia Azcapotzalco, de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 18:00 horas, donde será atendida
personalmente y de ser necesario, se emitirá respuesta por escrito en un plazo máximo de diez días hábiles.
En caso de que la Dirección General de Desarrollo Social, no resuelva con base en las pretensiones del quejoso, la persona
interesada podrá presentar una queja ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, sita en Calle Vallarta, Número 13,
Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc; y/o ante el Órgano de Control Interno de la Delegación Azcapotzalco sito en
Avenida 22 de Febrero esquina Calle Castilla Oriente, Planta Baja, Colonia Azcapotzalco. También podrá registrar su queja
a través del Servicio Público de Localización Telefónica “LOCATEL”, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social de la
Ciudad de México y en su caso a la instancia correspondiente, para su debida investigación.
VIII. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
De conformidad con el Artículo 70 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, se tendrán a la
vista del público y en la página electrónica de la Delegación www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx los requisitos, derechos,
obligaciones y procedimientos para que la población pueda acceder.
La Contraloría General de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e
incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.
IX. MECANISMOS DE EVALUACIÓN Y SUS INDICADORES
La Acción Institucional denominada “Tejiendo nuevas relaciones de género”, en cumplimiento a lo señalado en el artículo
35 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, podrá hacer pública la información relativa al presupuesto
ejercido para determinar el grado de cobertura del programa. Los indicadores cuantitativos del programa serán el número
de acciones realizadas.
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
X. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Con base en lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar
activamente en la actividad institucional. Podrán participar en la modalidad de información, consulta y evaluación, ya sea de
manera individual y/o colectiva; a través de algún órgano de representación ciudadana.
La participación se hará efectiva en cualquier momento, a petición de la persona interesada; las propuestas realizadas, serán
tomadas en cuenta por la Dirección General de Desarrollo Social, quien determinará la forma en la que han de aplicarse en
la implementación de la actividad institucional, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en las reglas de operación.
XI. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Y ACCIONES SOCIALES
Esta Acción Institucional podrá articularse con los siguientes Programas Sociales:
- Programa Reinserción Social para Mujeres y Mujeres Trans Víctimas de Violencia Familiar, Secretaría de Desarrollo
Social de la Ciudad de México 2017.
- Programa Seguro Contra la Violencia Familiar, Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México 2017.
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen
de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos”.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la Ley
aplicable y ante la autoridad competente”.
1
Kaufman M. La construcción de la masculinidad y la tríada de violencia masculina. En: Kaufman M, ed. Hombres,
placeres, poder y cambio. Santo Domingo: CIPAF, 1989:19-64.
2 Mann RP, Borowsky I, Stolz A, Latts L, Cart C, Brindis C. Youthviolence: Lesssonsfromtheexperts. Washington, D.C.
U.S Departament of Health Human Services, PublicHealthService, HealthResources&ServicesAdministration, Maternal
ChildHealthh Bureau, 1998.
3 MacAilister A. La violencia juvenil de las Américas: estudios innovadores de investigación, diagnóstico y prevención.
Molinari S, trad. Washington, D.C.: Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, 1998.
TRANSITORIOS
Primero. Publíquese en la Gaceta Oficial de La Ciudad de México.
Segundo. La presente Acción Institucional entrará en vigor el día de su publicación.
Azcapotzalco Ciudad de México a 06 de Julio de 2017.
EL JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO
(Firma)
DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87
tercer párrafo, 104, 105, 117 fracciones I, II y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 3 fracción III,
7, 10 fracción IX, 36, 37, 38 y 39 fracción LIV y LXXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
1, 120, 121, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6,7 fracciones I y II, 8, 21 fracción I y 22
de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y los numerales 6, 7 y 8 de los lineamientos para la
Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, así como también los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde
determinar al titular del ente público, la creación, modificación o supresión de Sistemas de Datos Personales, en el ámbito de
competencia.
II. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se
establece que la integración, tratamiento y tutela de los Sistemas de Datos Personales está a cargo de los entes públicos, y su
creación, modificación o supresión deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
III. Que, de manera adicional, el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal,
establece como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de Sistemas de Datos
Personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
IV. Que de conformidad con el numeral 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal,
establece que el acuerdo mediante el cual se determine la modificación de un Sistema de Datos personales deberá indicar las
modificaciones producidas en cualquiera de las fracciones a que se hace referencia en el numeral 7 de los Lineamientos y
cualquier modificación que afecte la integración y tratamiento de un Sistema de Datos Personales deberá publicarse en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México.
V. Que con el fin de brindar seguridad y certeza jurídica a todas las personas físicas interesadas con el tratamiento, integración y
tutela de sus datos personales en uso de la Coordinación de Recursos Humanos de la Dirección General de Administración en la
Delegación Iztapalapa, resulta necesario modificar, adicionar y eliminar algunos conceptos que integran los apartados del Sistema
de Datos Personales denominado “Administración de Recursos Humanos”.
VI. El Sistema de Datos Personales que se modifica mediante el presente acuerdo fue inscrito en el Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal en los términos siguientes: el Sistema de Datos Personales “Administración de Recursos Humanos”
con número de folio 0409010850989100513 inscrito el trece de mayo de dos mil diez en cumplimiento al artículo Transitorio
Tercero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal con relación al acuerdo 0182/SO/10-
03/2010 aprobado por el pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito
Federal el diez de marzo de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil
diez.
VII. Que el Sistema de Datos Personales referido, fue considerado preexistente a la entrada en vigor de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito Federal, por lo cual en atención al principio de no retroactividad de las leyes establecido en el
artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no fue necesario publicar en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal su Acuerdo de Creación.
VIII. Que por todo lo anterior, resulta necesaria la actualización del Sistema de Datos Personales “Administración de Recursos
Humanos”, para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo
que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO
“ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS”
PRIMERO. Que el Sistema de Datos Personales denominado “Administración de Recursos Humanos” se modifica en la
Identificación del Sistema en los siguientes apartados parara quedar como sigue:
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Finalidad o uso
previsto.
INTEGRAR LOS EXPEDIENTES DE CADA UNO DE LOS EMPLEADOS DE BASE,
CONFIANZA, ESTABILIDAD LABORAL TIPO DE NÓMINA 8, AUTOGENERADOS Y
HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS QUE LABORAN O HAYAN LABORADO EN LA
DELEGACIÓN IZTAPALAPA Y SUS BENEFICIARIOS, ASÍ COMO LA ELABORACIÓN DE LA
NÓMINA, PRESTACIONES AL PERSONAL, CAPACITACIÓN, MOVIMIENTOS
ESCALAFONARIOS Y EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES, A FIN DE DAR
EL TRATAMIENTO CORRECTO A LOS DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LA
COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
Normatividad
aplicable
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
CIRCULAR UNO BIS DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE
MÉXICO.
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE
CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
LEY DE ARCHIVOS DEL DISTRITO FEDERAL.
LINEAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL DISTRITO
FEDERAL.
MANUAL ADMINISTRATIVO EN SU PARTE ORGANIZACIONAL DE LA DELEGACIÓN
IZTAPALAPA MA-03/240217-OP A-IZP-190816.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES
DEL ESTADO.
LINEAMIENTOS PARA EL PROGRAMA DE ESTABILIDAD LABORAL, MEDIANTE
NOMBRAMIENTO POR TIEMPO FIJO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS U OBRA
DETERMINADOS".
MODIFICACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROGRAMA DE ESTABILIDAD
LABORAL, MEDIANTE NOMBRAMIENTO POR TIEMPO FIJO Y PRESTACIÓN DE
SERVICIOS U OBRA DETERMINADOS.
LINEAMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS DE CONTRATACIÓN DE
PRESTADORES DE SERVICIO CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTAL ESPECÍFICA
1211 "HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIO" VIGENTES
SEGUNDO. Se modifican las cesiones del sistema de datos personales en los siguientes apartados:
Destinatarios
Se modifica para quedar como sigue:
ENTE FINALIDAD GENÉRICA FUNDAMENTO LEGAL
Comisión de Derechos
Humanos del Distrito
Federal
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas violaciones
a los derechos humanos.
Artículos 3, 17 Fracción II y 36 de la Ley de la
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Instituto de Acceso a la
Información Pública y
Protección de Datos
Personales del Distrito
Federal
Para la sustanciación de Recursos de
revisión, recursos de inconformidad,
denuncias y el procedimiento para
determinar el presunto
incumplimiento de la Ley de
Protección de Datos Personales para
el Distrito Federal.
Artículos 53 fracción II, 243 fracciones II y III, 247,
254, 255 fracciones I y II, 256 y 259fracciones I, II y
III de la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad De México. Artículos 38, 39, 40 y 42 de la
Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales
Locales y Federales
Para la substanciación de los
procedimientos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Artículos, 3, 15, 75, 121, 143, 144, 147 y 149 de la
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103
Y 107 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Artículos 96, 109, 278, 288, 326
y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal. Artículo 191 fracción XIX de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
Artículos 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 323 del Código Civil del Distrito Federal.
Artículo 3 del Código de Procedimientos Penales del
Distrito Federal. Artículo 55 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Órganos de Control Para la realización de auditorías o
realización de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Artículos 34 fracciones II y III y 74 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Auditoría Superior de la
Ciudad de México
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Artículos 8, fracciones VIII y XIX, artículo 9 y 14
fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México.
Usuarios
Se modifica para quedar como sigue:
Nombre Usuario Denominación Acto Jurídico Finalidad Permitida Vigencia del
Acto Jurídico
BANORTE BAJO EL CONTRATO DE SERVICIOS
BANCARIOS
PARA LA DISPERSIÓN DE
LA NÓMINA INDEFINIDO
BBV BANCOMER
S.A. DE C.V.
BAJO EL CONTRATO DE PAGOS
ELECTRÓNICOS DE NÓMINA, GASTOS
DE PREVISIÓN SOCIAL Y TERCEROS.
PARA LA DISPERSIÓN DE
LA NÓMINA INDEFINIDO
AFIRME
BAJO EL CONTRATO DE PAGOS
ELECTRÓNICOS DE NÓMINA, GASTOS
DE PREVISIÓN SOCIAL Y TERCEROS.
PARA LA DISPERSIÓN DE
LA NÓMINA INDEFINIDO
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el presente acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el
Artículo 7°, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
TERCERO. Notifíquese el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CUARTO. Una vez publicado el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el responsable del Sistema de
Datos Personales denominado “Administración de Recursos Humanos”, realizará las acciones necesarias en el Registro
Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación.
Dado en la Ciudad de México a 14 de Julio de 2017.
(Firma)
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES
JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
DELEGACIÓN XOCHIMILCO
ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS
ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES
UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL BARRIO SANTA CRUCITA DE LA
DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.
Avelino Méndez Rangel, Jefe Delegacional en Xochimilco, en ejercicio de la facultad que me confiere el “Acuerdo por el
que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales,
la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles
ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México, el día 23 de junio de 2016, el artículo 5º, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito
Federal, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción III, 87 párrafo primero y tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 párrafo tercero y 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36,
37, 38, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 párrafo segundo, 3
fracción III, y 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos desconcentrados en
cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.
Que los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos
al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia,
delegados por el Jefe de Gobierno.
Que es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que
realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones
y obligaciones que le corresponden.
Que con fecha 23 de junio de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Acuerdo por el que se
delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la
suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles
ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.”
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y el Acuerdo
Delegatorio antes citado, el Jefe Delegacional en Xochimilco tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la
suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles, que operen alguno de los giros que requieran Aviso o
Permiso para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no
se altere el orden y la seguridad pública.
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal queda
estrictamente prohibida la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, así como de bebidas en general en envase de vidrio,
o en envases similares en la feria a las que se refiere este artículo.
Que las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles al ser de alto
impacto social, podrían traer consecuencias negativas para la seguridad pública, si se desarrollan en días en los que con
motivo de festividades populares tradicionales existen grandes concentraciones de personas.
Que mediante oficio XOCH13/203/1365/2017, firmado por el Director de Gobierno, se informa que se llevará a cabo la
celebración de la Fiesta Patronal del Barrio Santa Crucita , los días 29 y 30 de julio de 2017, en el Barrio Santa Crucita de
la Delegación Xochimilco, por lo que en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dicho evento y con el fin de
salvaguardar la seguridad e integridad física de participantes y público en general, he tenido a bien expedir el siguiente:
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
ACUERDO
PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00
horas a las 24:00 horas durante los días 29 y 30 de julio de 2017, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del
perímetro que comprende el Barrio Santa Crucita en la Delegación Xochimilco, que operen como vinaterías, tiendas de
abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, y en
cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que
se instalen temporalmente con motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública; así como en los
establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y III, de la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, siendo restaurantes y establecimientos de hospedaje, así como cantinas,
pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de
bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar, en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de cualquier
graduación, o que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.
SEGUNDO.- Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Barrio Santa Crucita en la Delegación Xochimilco,
en las fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses,
festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.
TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Xochimilco, en un diario
de circulación nacional.
Ciudad de México a los doce días del mes de julio de 2017.
ATENTAMENTE
JEFE DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO
Con fundamento en el artículo 25 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal por ausencia del Jefe Delegacional en
Xochimilco firma el Director General Jurídico y de
Gobierno.
AVELINO MÉNDEZ RANGEL
(Firma)
LIC. GUSTAVO ALONSO CABRERA
RODRÍGUEZ
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México mediante el cual se
aprueba la delimitación de las Circunscripciones de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para la
elección de Concejales en el Proceso Electoral 2017-2018 (IECM/ACU-CG-011/2017) del 5 de julio de 2017.
Acuerdos:
PRIMERO. Se aprueba la delimitación de las Circunscripciones de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México
para la elección de Concejales en el Proceso Electoral 2017-2018, en los términos en los que se encuentran determinadas en
el Dictamen que, como Anexo Único, forma parte integral del presente Acuerdo.
SEGUNDO. Se ordena al Secretario Ejecutivo comunicar el presente Acuerdo a la Dirección Ejecutiva de Organización
Electoral y Geoestadística, para que, en el ámbito de sus atribuciones, genere los productos cartográficos con el ámbito
territorial de las Circunscripciones que se utilizarán para el Proceso Electoral 2017-2018, en los términos y plazos señalados
en el Plan de Trabajo aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante el Acuerdo ACU-35-17 del 7 de
junio de 2017.
TERCERO. Se ordena al Secretario Ejecutivo remitir el presente Acuerdo y su Dictamen Anexo a la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal, a través de la persona Titular de la Presidencia de la Mesa Directiva de dicho órgano, a efecto de hacer
de su conocimiento el cumplimiento a lo ordenado por el Artículo Transitorio Vigésimo del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales de la Ciudad de México para los efectos procedentes.
CUARTO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que, a través de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y
Geoestadística y con el apoyo de la Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión, la Unidad Técnica de Archivo,
Logística y Apoyo a Órganos Desconcentrados, y los 40 órganos desconcentrados, dé a conocer el presente Acuerdo y su
Dictamen anexo a los Pueblos y Barrios Originarios, así como a las Comunidades Indígenas residentes de la Ciudad de
México, de conformidad con la suficiencia presupuestal con que cuente el Instituto Electoral.
QUINTO. Publíquese de inmediato el presente Acuerdo y su Anexo Único, en los estrados del Instituto Electoral, tanto en
oficinas centrales como en cada uno de sus cuarenta órganos desconcentrados y en su página de Internet.
SEXTO. Realícense las adecuaciones procedentes en virtud de la determinación asumida por el Consejo General en el
apartado de Transparencia de la página de Internet del Instituto Electoral, y publíquese un extracto del mismo en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, así como en las redes sociales en las que el Instituto participa.
SÉPTIMO. El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su publicación en los estrados de las oficinas centrales de
este Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Parte resolutiva del Dictamen:
PRIMERO. Las secciones electorales que, a partir del análisis y recomendaciones efectuadas al
“Primer Escenario” de Circunscripciones, integran el “Escenario Final” de Circunscripciones son
las siguientes:
Álvaro Obregón
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
3398, 3516, 3529, 3530, 3531, 3532, 3533, 3535, 3536, 3537, 3538,
3539, 3540, 3541, 3542, 3543, 3554, 3555, 3556, 3557, 3558, 3559,
3560, 3561, 3562, 3563, 3564, 3565, 3566, 3567, 3568, 3569, 3570,
3571, 3572, 3573, 3574, 3575, 3579, 3580, 3581, 3582, 3583, 3584,
3585, 3586, 3587, 3588, 3589, 3590, 3591, 3592, 3593, 3594, 3595,
3596, 3597, 3598, 3599, 3600, 3601, 3602, 3603, 3606, 3607.
134,323 10.21% Poblacional
0.792883
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
2
3303, 3312, 3313, 3314, 3315, 3321, 3322, 3323, 3341, 3348, 3349,
3350, 3351, 3352, 3353, 3354, 3355, 3357, 3365, 3366, 3367, 3368,
3369, 3370, 3371, 3383, 3384, 3385, 3386, 3387, 3388, 3389, 3390,
3396, 3484, 3491, 3492, 3493, 3494, 3495, 3496, 3497, 3498, 3507,
3508, 3509, 3510, 3511, 3512, 3513, 3514, 3515, 3517, 3518, 3519,
3520, 3521, 3522, 3523, 3534, 3604, 3605.
121,280 -0.49%
Compacidad
1.646764
3
3172, 3173, 3174, 3175, 3176, 3178, 3235, 3236, 3237, 3238, 3239,
3240, 3241, 3242, 3243, 3271, 3272, 3273, 3274, 3275, 3276, 3277,
3278, 3279, 3280, 3281, 3282, 3316, 3317, 3318, 3319, 3320, 3356,
3358, 3359, 3360, 3361, 3362, 3363, 3364, 3372, 3373, 3374, 3375,
3377, 3378, 3379, 3380, 3381, 3382, 3391, 3392, 3393, 3394, 3395,
3397, 3401, 3402, 5546
120,455 -1.16%
4
3244, 3245, 3246, 3247, 3248, 3249, 3250, 3251, 3252, 3264, 3265,
3266, 3267, 3268, 3269, 3270, 3283, 3284, 3285, 3286, 3287, 3288,
3289, 3290, 3291, 3292, 3296, 3297, 3298, 3299, 3300, 3301, 3302,
3304, 3305, 3306, 3307, 3308, 3309, 3310, 3311, 3324, 3325, 3326,
3327, 3328, 3329, 3330, 3331, 3332, 3333, 3334, 3335, 3336, 3337,
3338, 3339, 3340, 3342, 3343, 3344, 3345, 3346, 3347, 3399, 3400,
3412, 3478, 3479, 3480, 3481, 3482.
122,430 0.46%
5
3217, 3218, 3219, 3220, 3221, 3222, 3223, 3224, 3225, 3226, 3227,
3228, 3229, 3230, 3231, 3232, 3233, 3234, 3420, 3422, 3424, 3426,
3427, 3428, 3429, 3430, 3431, 3432, 3433, 3434, 3435, 3436, 3437,
3438, 3439, 3440, 3441, 3442, 3443, 3444, 3445, 3446, 3447, 3448,
3449, 3450, 3451, 3452, 3453, 3454, 3455, 3456, 3457, 3458, 3459,
3460, 3461, 3462, 3463, 3464, 3465, 3466, 3467, 3468, 3469, 3470,
3471, 3472, 3474, 3475, 3476, 3483, 3486, 3487, 3488, 3489, 3490,
3499, 3500, 3501, 3502, 3503, 3504, 3505, 3506, 3524, 3525, 3526,
3527, 3528, 3544, 3545, 3546, 3547, 3548, 3549, 3550, 3551, 3552,
3553, 3576, 3577, 3578, 3608.
111,535 -8.48%
Total
2.439647
6
3163, 3164, 3165, 3166, 3167, 3168, 3169, 3170, 3171, 3177, 3179,
3180, 3181, 3182, 3183, 3184, 3185, 3186, 3187, 3188, 3189, 3190,
3191, 3192, 3193, 3194, 3195, 3196, 3197, 3198, 3199, 3200, 3201,
3202, 3203, 3204, 3205, 3206, 3207, 3208, 3209, 3210, 3211, 3212,
3213, 3214, 3215, 3216, 3253, 3254, 3255, 3256, 3257, 3258, 3259,
3260, 3261, 3262, 3263, 3293, 3294, 3295, 3403, 3404, 3405, 3406,
3407, 3408, 3409, 3410, 3411, 3413, 3414, 3415, 3416, 3417, 3418,
3419, 3421, 3423, 3425, 3473, 3477.
121,218 -0.54%
Azcapotzalco
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
38, 39, 40, 41, 42, 43, 54, 68, 69, 80, 81, 82, 83, 90, 91, 92, 93, 94,
95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109,
110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127,
128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141,
142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 151, 288.
77,489 12.11
Poblacio
nal
1.375271
2
60, 61, 62, 63, 74, 75, 89, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159,
160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 173,
174, 175, 176, 177, 178, 179, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 198, 199,
223, 224, 225, 289, 291, 292, 293, 294, 295, 296, 297, 298, 299, 301,
302, 303, 304, 305, 306, 307, 5512, 5513, 5514.
72,135 4.36
Compaci
dad
1.019057
38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
3
1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21,
22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 44, 45,
46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 55, 317, 321, 322, 323, 328, 329, 330,
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343.
68,388 -1.06
4
150, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253,
254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267,
268, 269, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281,
282, 283, 284, 285, 286, 287, 290, 300.
68,940 -0.26
Total=
2.394328 5
56, 57, 58, 59, 64, 65, 66, 67, 70, 71, 72, 73, 76, 77, 78, 79, 84, 85,
86, 87, 88, 117, 118, 119, 120, 308, 309, 310, 311, 312, 313, 314,
315, 316, 318, 319, 320, 324, 325, 326, 327, 344.
61,310 -11.3
6
180, 181, 182, 183, 184, 185, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 200, 201,
202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215,
216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232,
233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240.
66,449 -3.86
Benito Juárez
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
4361, 4373, 4375, 4376, 4383, 4384, 4385, 4386, 4387, 4388, 4389,
4390, 4397, 4398, 4399, 4460, 4461, 4462, 4463, 4464, 4465, 4466,
4475, 4476, 4477, 4493, 4494, 4495, 4496, 4506, 4507, 4508, 4509,
4517, 4519, 4522.
62,467 -2.76%
Poblacional
0.995217
2
4269, 4283, 4284, 4285, 4286, 4287, 4288, 4289, 4299, 4300, 4301,
4302, 4303, 4304, 4316, 4317, 4318, 4319, 4327, 4328, 4329, 4358,
4359, 4360, 4378, 4430, 4431, 4432, 4433, 4434, 4435, 4436, 4437,
4438, 4439, 4440, 4441, 4442, 4443, 4444, 4445.
64,713 0.74%
3
4351, 4364, 4365, 4366, 4367, 4368, 4369, 4370, 4371, 4372, 4391,
4392, 4393, 4394, 4395, 4396, 4426, 4427, 4428, 4446, 4447, 4448,
4449, 4450, 4451, 4452, 4453, 4454, 4455, 4456, 4457, 4458, 4459,
4467, 4468, 4469, 4470, 4471, 4472, 4473, 4474, 4478, 4479, 4480,
4481.
64,691 0.70%
Compacidad
0.949463
4
4270, 4271, 4272, 4273, 4274, 4275, 4276, 4277, 4278, 4279, 4280,
4281, 4282, 4290, 4291, 4292, 4293, 4294, 4295, 4296, 4297, 4298,
4305, 4306, 4307, 4308, 4309, 4310, 4311, 4312, 4313, 4314, 4315,
4320, 4321, 4322, 4323, 4324, 4325, 4326, 4330, 4331, 4332, 4333,
4334, 4355, 4356, 4357, 4362, 4363, 4374.
71,089 10.66%
5
4377, 4379, 4380, 4381, 4382, 4400, 4401, 4402, 4403, 4404, 4405,
4406, 4407, 4482, 4483, 4484, 4485, 4486, 4487, 4488, 4489, 4490,
4491, 4492, 4497, 4498, 4499, 4500, 4501, 4502, 4503, 4504, 4505,
4510, 4511, 4512, 4513, 4514, 4515, 4516, 4518, 4520, 4521.
64,698 0.71%
Total
1.944680
6
4335, 4336, 4337, 4338, 4339, 4340, 4341, 4342, 4343, 4344, 4345,
4346, 4347, 4348, 4349, 4350, 4352, 4353, 4354, 4408, 4409, 4410,
4411, 4412, 4413, 4414, 4415, 4416, 4417, 4418, 4419, 4420, 4421,
4422, 4423, 4424, 4425, 4429.
57,781 -10.05%
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39
Coyoacán
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
345, 346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357,
358, 360, 361, 362, 363, 364, 365, 366, 367, 368, 369, 370, 371,
372, 373, 374, 375, 396, 397, 398, 399, 400, 401, 402, 403, 427,
428, 479, 481, 482, 483, 484, 485, 490, 491, 492, 715, 716, 719,
720, 721, 722, 732, 745, 746, 5515.
98,393 -4.85%
Poblacional
0.660954
2
359, 380, 381, 382, 383, 384, 385, 386, 387, 388, 389, 390, 391,
392, 393, 394, 408, 409, 410, 411, 412, 413, 414, 415, 416, 417,
439, 440, 441, 442, 443, 457, 458, 459, 460, 461, 462, 463, 464,
465, 466, 467, 468, 469, 470, 474, 475, 476, 477, 478, 480, 486,
487, 488, 489, 494, 495, 496, 497, 503, 504, 512, 514.
100,366 -2.94%
3
376, 377, 378, 379, 395, 404, 405, 406, 407, 418, 419, 420, 421,
422, 423, 424, 425, 426, 429, 430, 431, 432, 433, 434, 435, 436,
437, 438, 444, 445, 446, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453, 454,
455, 456, 471, 472, 473, 493, 498, 499, 500, 501, 502, 505, 506,
507, 508, 509, 510, 511, 513, 515.
101,012 -2.31%
Compacidad
1.093734
4
516, 517, 518, 519, 520, 521, 522, 523, 524, 525, 526, 527, 528,
529, 530, 531, 532, 533, 534, 535, 536, 537, 542, 543, 544, 545,
546, 547, 548, 549, 550, 551, 552, 554, 555, 689, 693, 694, 695,
696, 697, 698, 699, 700, 701, 702, 703, 704, 705, 706, 707, 708,
709, 710, 711, 712, 713, 714, 717, 718, 723, 724, 725, 726, 727,
728, 729, 730, 731, 733, 734, 735, 736, 737, 738, 739, 740, 741,
742, 743, 744.
100,797 -2.52%
5
538, 539, 540, 541, 553, 556, 557, 558, 559, 560, 561, 562, 563,
564, 565, 566, 567, 568, 569, 570, 571, 572, 573, 574, 575, 576,
577, 578, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589,
590, 591, 592, 593, 594, 595, 596, 597, 598, 599, 600, 601, 602,
603, 604, 607, 608, 609, 610, 611, 612, 613, 680, 681, 682, 683,
684, 692.
106,241 2.74%
Total=
1.754689
6
605, 606, 614, 615, 616, 617, 618, 619, 620, 621, 622, 623, 624,
625, 626, 627, 628, 629, 630, 631, 632, 633, 634, 635, 636, 637,
638, 639, 640, 641, 642, 643, 644, 645, 646, 647, 648, 649, 650,
651, 652, 653, 654, 655, 656, 657, 658, 659, 660, 661, 662, 663,
664, 665, 666, 667, 668, 669, 670, 671, 672, 673, 674, 675, 676,
677, 678, 679, 685, 686, 687, 688, 690, 691.
113,607 9.87%
Cuauhtémoc
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
4760, 4761, 4762, 4763, 4764, 4765, 4766, 4767, 4768, 4769, 4770,
4771, 4772, 4773, 4774, 4775, 4776, 4777, 4778, 4779, 4780, 4781,
4782, 4783, 4784, 4785, 4786, 4787, 4788, 4789, 4790, 4791, 4792,
4793, 4794, 4795, 4796, 4797, 4798, 4799, 4800, 4801, 4802, 4803,
4804, 4805, 4806, 4807, 4808, 4809, 4810, 4811, 4812, 4813, 4814,
4815, 4816, 4817, 4818, 4819, 4820.
91,255 2.95%
Poblaciona
l 0.766969
2
4607, 4608, 4609, 4610, 4611, 4612, 4613, 4614, 4615, 4623, 4624,
4625, 4626, 4627, 4628, 4629, 4630, 4631, 4632, 4633, 4635, 4636,
4637, 4638, 4639, 4640, 4641, 4642, 4643, 4644, 4645, 4648, 4652,
4653, 4831, 4832, 4833, 4834, 4835, 4836, 4853, 4854, 4855, 4856,
4857, 4858, 4859, 4860, 4861, 4862, 4863, 4864, 4874, 4875, 4876,
4877, 4878, 4879, 4880, 4881, 4885, 4889.
82,878 -6.50%
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
3
4704, 4705, 4707, 4713, 4715, 4732, 4735, 4736, 4737, 4738, 4739,
4740, 4741, 4742, 4743, 4744, 4745, 4746, 4747, 4748, 4749, 4750,
4751, 4752, 4753, 4754, 4755, 4756, 4757, 4758, 4837, 4838, 4839,
4840, 4841, 4842, 4843, 4844, 4845, 4846, 4847, 4848, 4849, 4850,
4851, 4866, 4867, 4868, 4869, 4887, 4888, 4890, 4891, 4892, 4893,
4894, 4895, 4896, 4897, 4898, 4899, 4900, 4901, 4902, 4903, 4904,
4905, 4906, 4907, 4908, 4909, 4910, 4911.
91,363 3.07%
Compacida
d 0.967116
4
4523, 4524, 4525, 4526, 4527, 4528, 4529, 4530, 4531, 4532, 4533,
4534, 4535, 4536, 4537, 4538, 4539, 4540, 4541, 4542, 4543, 4544,
4545, 4546, 4547, 4548, 4549, 4550, 4551, 4552, 4553, 4554, 4555,
4556, 4557, 4558, 4559, 4560, 4561, 4562, 4563, 4564, 4565, 4566,
4567, 4568, 4569, 4570, 4571, 4572, 4573, 4574, 4575, 4576, 4577,
4578, 4579, 4580, 4581, 4582, 4583, 4584, 4585, 4852, 4865, 4870,
4871, 4872, 4873, 4882, 4883, 4884, 4886.
81,116 -8.49%
5
4588, 4589, 4590, 4591, 4592, 4593, 4647, 4651, 4654, 4655, 4656,
4657, 4658, 4659, 4660, 4661, 4662, 4663, 4664, 4665, 4666, 4667,
4668, 4669, 4679, 4680, 4681, 4682, 4683, 4690, 4691, 4692, 4693,
4694, 4695, 4706, 4716, 4718, 4719, 4721, 4724, 4725, 4726, 4727,
4728, 4729, 4730, 4731, 4733, 4734, 4759, 4821, 4822, 4823, 4824,
4825, 4826, 4827, 4828, 4829, 4830.
92,560 4.42%
Total=
1.734085
6
4586, 4587, 4594, 4595, 4596, 4597, 4598, 4599, 4600, 4601, 4602,
4603, 4604, 4605, 4606, 4616, 4617, 4618, 4619, 4620, 4621, 4622,
4634, 4646, 4649, 4650, 4670, 4671, 4672, 4673, 4674, 4675, 4676,
4677, 4678, 4684, 4685, 4686, 4687, 4688, 4689, 4696, 4697, 4698,
4699, 4700, 4701, 4702, 4703, 4708, 4709, 4710, 4711, 4712, 4714,
4717, 4720, 4722, 4723.
92,659 4.54%
Cuajimalpa de Morelos
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1 754, 755, 756, 757, 762, 763, 765, 766, 767, 768, 769, 770, 776,
778, 779, 817, 818, 819. 31,468 3.35%
Poblaciona
l
42.386988 2 774, 786, 787, 806, 807, 808, 809, 810. 26,417 -13.24%
3 780, 781, 782, 783, 784, 790, 791, 792, 793, 794, 795, 796, 797,
799, 800, 801. 40,220 32.09% Compacida
d 2.881870 4 747, 798, 805, 812, 813, 814, 815, 816, 820, 5536. 28,116 -7.66%
5 748, 749, 750, 751, 752, 753, 759, 760, 761. 30,430 -0.06% Total=
45.268859 6 758, 764, 771, 772, 773, 775, 777, 785, 788, 789, 802, 803, 804,
811. 26,034 -14.50%
Gustavo A. Madero
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
821, 822, 823, 824, 825, 826, 827, 828, 829, 830, 831, 832, 833,
834, 835, 836, 837, 838, 839, 840, 841, 842, 843, 844, 845, 846,
847, 848, 849, 850, 851, 852, 853, 854, 855, 856, 857, 858, 859,
860, 861, 862, 863, 864, 865, 866, 867, 868, 869, 870, 871, 872,
873, 874, 875, 876, 877, 878, 879, 880, 881, 882, 883, 884, 885,
886, 887, 888, 889, 890, 891, 892, 893, 894, 895, 898, 899, 900,
901, 902, 903, 904, 905, 906, 907, 908, 911, 913, 1077.
208,345 5.42% Poblacional
0.188726
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
2
1079, 1080, 1081, 1082, 1083, 1084, 1085, 1086, 1087, 1088, 1089,
1090, 1091, 1092, 1093, 1094, 1095, 1096, 1097, 1098, 1099, 1100,
1101, 1102, 1103, 1104, 1105, 1106, 1107, 1108, 1109, 1110, 1111,
1112, 1113, 1114, 1115, 1116, 1117, 1118, 1119, 1120, 1121, 1122,
1123, 1124, 1125, 1126, 1127, 1128, 1129, 1130, 1131, 1132, 1133,
1134, 1135, 1136, 1137, 1138, 1139, 1140, 1141, 1142, 1143, 1144,
1145, 1146, 1147, 1148, 1149, 1150, 1151, 1152, 1153, 1154, 1155,
1156, 1157, 1158, 1159, 1160, 1161, 1162, 1163, 1164, 1165, 1166,
1167, 1169, 1170, 1171, 1172, 1173, 1174, 1175, 1176, 1177, 1178,
1179, 1180, 1181, 1182, 1183, 1184, 1185, 1186, 1187, 1188, 1189,
1190, 1191, 1192, 1193, 1194, 1195, 1196, 1197, 1198, 1199, 1200,
1201, 1202, 1203, 1204, 1205, 1206, 1207, 1208, 1209, 1210, 1211,
1212, 1213, 1298, 1299, 1300, 1301, 1303, 1304, 1313, 1314, 1315,
1316, 1317, 1318, 1319, 1320, 1321, 1322, 1323, 1324, 1326, 1548,
1549, 1550, 1551, 1552, 1553, 1554, 1555, 1556, 1559, 1560, 1561,
1562, 1563, 1564, 1565, 1566, 1567, 1568, 1641, 1642, 1658, 1659,
1660, 1661, 1662.
197,090 -0.27%
3
1231, 1232, 1233, 1234, 1235, 1236, 1237, 1327, 1328, 1329, 1330,
1331, 1332, 1333, 1334, 1335, 1336, 1337, 1338, 1339, 1340, 1341,
1342, 1343, 1344, 1345, 1346, 1347, 1348, 1350, 1351, 1352, 1353,
1354, 1355, 1356, 1357, 1358, 1359, 1360, 1361, 1362, 1378, 1379,
1380, 1381, 1382, 1383, 1384, 1385, 1386, 1387, 1388, 1389, 1390,
1391, 1392, 1393, 1394, 1395, 1409, 1410, 1411, 1412, 1413, 1414,
1415, 1416, 1417, 1418, 1419, 1420, 1421, 1422, 1423, 1424, 1425,
1426, 1427, 1428, 1447, 1448, 1496, 1497, 1498, 1499, 1500, 1501,
1502, 1503, 1504, 1505, 1506, 1507, 1508, 1509, 1510, 1511, 1512,
1516, 1517, 1518, 1519, 1520, 1521, 1522, 1523, 1524, 1525, 1526,
1527, 1528, 1529, 1530, 1531, 1532, 1535, 1536, 1537, 1538, 1539,
1540, 1541, 1542, 1543, 1544, 1545, 1546, 1547, 1557, 1558, 1585,
1586, 5537, 5538, 5539, 5540, 5541, 5542, 5543.
193,138 -2.27%
Compacida
d 0.987803
4
1168, 1349, 1363, 1364, 1365, 1366, 1367, 1368, 1369, 1370, 1371,
1372, 1373, 1374, 1375, 1376, 1377, 1396, 1397, 1398, 1399, 1400,
1401, 1402, 1403, 1404, 1405, 1406, 1407, 1408, 1429, 1430, 1431,
1432, 1433, 1434, 1435, 1436, 1437, 1438, 1439, 1440, 1441, 1442,
1443, 1444, 1445, 1446, 1449, 1450, 1569, 1570, 1571, 1572, 1573,
1574, 1575, 1576, 1577, 1578, 1579, 1580, 1581, 1582, 1583, 1584,
1588, 1589, 1590, 1591, 1592, 1593, 1594, 1595, 1596, 1597, 1598,
1599, 1600, 1601, 1602, 1603, 1604, 1605, 1606, 1607, 1608, 1609,
1610, 1611, 1612, 1613, 1614, 1615, 1616, 1617, 1618, 1619, 1620,
1621, 1622, 1623, 1624, 1625, 1626, 1627, 1628, 1629, 1630, 1631,
1632, 1633, 1634, 1635, 1636, 1637, 1638, 1639, 1640, 1643, 1644,
1645, 1646, 1647, 1648, 1649, 1650, 1651, 1652, 1653, 1654, 1655,
1656, 1657, 1663, 1664, 1665, 1666, 1667, 1668, 1669, 1670, 1671.
193,822 -1.93%
5
896, 897, 909, 910, 912, 914, 915, 916, 917, 918, 919, 920, 921,
922, 923, 924, 925, 926, 927, 928, 929, 930, 931, 932, 933, 934,
935, 936, 937, 938, 939, 940, 941, 942, 943, 944, 945, 946, 947,
948, 949, 950, 951, 952, 953, 954, 955, 956, 957, 958, 959, 960,
961, 962, 963, 964, 965, 966, 967, 968, 969, 970, 971, 972, 973,
974, 975, 976, 977, 978, 979, 980, 981, 982, 983, 984, 985, 986,
987, 988, 989, 990, 991, 992, 993, 994, 995, 996, 997, 998, 999,
1000, 1001, 1002, 1003, 1004, 1005, 1006, 1007, 1008, 1009, 1010,
1011, 1012, 1013, 1014, 1015, 1016, 1017, 1018, 1019, 1020, 1021,
1022, 1023, 1024, 1025, 1026, 1027, 1037, 1038, 1039, 1040, 1041,
199,362 0.88% Total=
1.176529
42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1042, 1043, 1044, 1045, 1046, 1047, 1048, 1049, 1050, 1051,
1054,.1055, 1056, 1057, 1070, 1071, 1072, 1073, 1074, 1075, 1076,
1078
6
1028, 1029, 1030, 1031, 1032, 1033, 1034, 1035, 1036, 1052, 1053,
1058, 1059, 1060, 1061, 1062, 1063, 1064, 1065, 1066, 1067, 1068,
1069, 1214, 1215, 1216, 1217, 1218, 1219, 1220, 1221, 1222, 1223,
1224, 1225, 1226, 1227, 1228, 1229, 1230, 1238, 1239, 1240, 1241,
1242, 1243, 1244, 1245, 1246, 1247, 1248, 1249, 1250, 1251, 1252,
1253, 1254, 1255, 1256, 1257, 1258, 1259, 1260, 1261, 1262, 1263,
1264, 1265, 1266, 1267, 1268, 1269, 1270, 1271, 1272, 1273, 1274,
1275, 1276, 1277, 1278, 1279, 1280, 1281, 1282, 1283, 1284, 1285,
1286, 1287, 1288, 1289, 1290, 1291, 1292, 1293, 1294, 1295, 1296,
1297, 1302, 1305, 1306, 1307, 1308, 1309, 1310, 1311, 1312, 1325,
1451, 1452, 1453, 1454, 1455, 1456, 1457, 1458, 1459, 1460, 1461,
1462, 1463, 1464, 1465, 1466, 1467, 1468, 1469, 1470, 1471, 1472,
1473, 1474, 1475, 1476, 1477, 1478, 1479, 1480, 1481, 1482, 1483,
1484, 1485, 1486, 1487, 1488, 1489, 1490, 1491, 1492, 1493, 1494,
1495, 1513, 1514, 1515, 1533, 1534, 1587.
194,015 -1.83%
Iztacalco
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
1701, 1702, 1703, 1704, 1705, 1706, 1707, 1715, 1716, 1717, 1718,
1719, 1720, 1721, 1722, 1723, 1724, 1725, 1726, 1727, 1728, 1739,
1740, 1741, 1742, 1743, 1744, 1745, 1746, 1747, 1748, 1749, 1750,
1753, 1754, 1755, 1756, 1757, 1758, 1759, 1760, 1761, 1762, 1763,
1764, 1765, 1766, 1767, 1768, 1827.
64,503 0.71%
Poblaciona
l 0.527696
2
1904, 1905, 1906, 1907, 1908, 1909, 1910, 1911, 1912, 1913, 1914,
1915, 1916, 1917, 1918, 1919, 1920, 1921, 1922, 1923, 1924, 1925,
1926, 1927, 1928, 1929, 1930, 1931, 1932, 1933, 1934, 1935, 1936,
1937, 1938, 1939, 1940, 1941, 1942, 1943, 1944.
60,708 -5.21%
3
1773, 1774, 1775, 1783, 1784, 1785, 1786, 1787, 1788, 1789, 1790,
1791, 1792, 1793, 1794, 1795, 1796, 1797, 1798, 1799, 1800, 1801,
1802, 1803, 1804, 1805, 1806, 1807, 1808, 1809, 1810, 1811, 1812,
1813, 1814, 1815, 1816, 1817, 1818, 1819, 1820, 1821, 1822, 1823,
1824, 1825, 1826, 1830.
61,510 -3.96%
Compacida
d
0.843109
4
1833, 1834, 1835, 1836, 1837, 1838, 1839, 1840, 1841, 1842, 1843,
1844, 1854, 1855, 1856, 1857, 1858, 1859, 1860, 1861, 1862, 1863,
1864, 1865, 1866, 1867, 1868, 1877, 1878, 1879, 1880, 1881, 1882,
1883, 1884, 1885, 1886, 1887, 1888, 1889, 1890, 1891, 1892, 1893,
1894, 1895, 1896, 1897, 1898, 1899, 1900, 1901, 1902, 1903.
63,913 -0.21%
5
1696, 1697, 1698, 1699, 1700, 1729, 1730, 1731, 1732, 1733, 1734,
1735, 1736, 1737, 1738, 1769, 1770, 1771, 1772, 1776, 1777, 1778,
1779, 1780, 1781, 1782, 1828, 1829, 1945, 1946, 1947, 1948, 1949,
1950, 1951, 1952, 1953, 1954, 1955, 1956, 1957, 1958, 1959, 1960,
1961, 1962, 1963, 1964, 1965, 1966, 1967, 1968, 1969, 1970.
69,605 8.68%
Total=
1.370805
6
1672, 1673, 1674, 1675, 1676, 1677, 1678, 1679, 1680, 1681, 1682,
1683, 1684, 1685, 1686, 1687, 1688, 1689, 1690, 1691, 1692, 1693,
1694, 1695, 1708, 1709, 1710, 1711, 1712, 1713, 1714, 1751, 1752,
1831, 1832, 1845, 1846, 1847, 1848, 1849, 1850, 1851, 1852, 1853,
1869, 1870, 1871, 1872, 1873, 1874, 1875, 1876.
64,038 -0.01%
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43
Iztapalapa
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
2640, 2641, 2642, 2643, 2644, 2645, 2646, 2647, 2648, 2663,
2664, 2665, 2666, 2667, 2668, 2669, 2733, 2734, 2735, 2736,
2737, 2738, 2739, 2740, 2741, 2752, 2753, 2754, 2755, 2756,
2757, 2758, 2835, 2836, 2837, 2838, 2839, 2840, 2842, 2843,
2844, 2845, 2846, 2847, 2848, 2849, 2850, 2851, 2852, 2853,
2870, 2871, 2872, 2873, 2874, 2875, 2876, 2877, 2878, 2879,
2880, 2881, 2882, 2883, 2884, 2885, 2886, 2887, 2888, 2889,
2890, 2891, 2892, 2893, 2894, 2895, 2896, 2897, 2900, 2901,
2902, 2903, 2904, 2905, 2906, 2907, 2908, 2909, 2910, 2911,
2912, 2913, 2914, 2915, 2916, 2917, 2918, 2919, 2920, 2921,
2922, 2923, 2924, 2925, 2926, 2927, 2928, 2929, 2930, 2931,
2932, 2933, 2934, 2935, 2936, 2937, 2938, 2939, 2940, 2941,
2942, 2943, 2944, 2945, 2946, 2947, 2948, 2949, 2950, 2951,
2952, 2953, 2954, 2955, 2956, 2957, 2958, 2959, 2960, 2961,
2962, 2966, 2967.
284,336 -6.16%
Poblacional
13.729842
2
2521, 2522, 2523, 2524, 2550, 2551, 2552, 2553, 2554, 2555,
2556, 2557, 2558, 2559, 2560, 2561, 2619, 2620, 2621, 2622,
2623, 2624, 2625, 2626, 2627, 2628, 2629, 2630, 2631, 2632,
2633, 2634, 2635, 2636, 2637, 2638, 2639, 2670, 2671, 2672,
2673, 2674, 2675, 2676, 2677, 2678, 2679, 2680, 2681, 2682,
2683, 2720, 2721, 2722, 2723, 2724, 2725, 2726, 2727, 2728,
2729, 2730, 2731, 2732, 2759, 2760, 2761, 2762, 2763, 2764,
2765, 2766, 2767, 2768, 2769, 2770, 2771, 2772, 2773, 2774,
2775, 2776, 2777, 2778, 2779, 2780, 2819, 2820, 2821, 2822,
2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2830, 2831, 2832,
2833, 2834, 2854, 2855, 2856, 2857, 2858, 2859, 2860, 2861,
2862, 2863, 2864, 2865, 2866, 2867, 2868, 2869, 2898, 2899.
282,526 -6.76%
3
1971, 2007, 2022, 2023, 2024, 2025, 2026, 2027, 2028, 2029,
2030, 2031, 2032, 2033, 2034, 2035, 2043, 2044, 2045, 2046,
2047, 2048, 2049, 2050, 2051, 2052, 2053, 2054, 2055, 2056,
2057, 2058, 2062, 2063, 2064, 2340, 2341, 2342, 2343, 2344,
2345, 2346, 2347, 2348, 2349, 2350, 2351, 2352, 2353, 2354,
2355, 2356, 2357, 2358, 2359, 2360, 2361, 2362, 2363, 2364,
2365, 2366, 2367, 2368, 2369, 2370, 2371, 2372, 2373, 2374,
2375, 2376, 2377, 2378, 2379, 2380, 2381, 2382, 2383, 2384,
2385, 2386, 2387, 2388, 2389, 2390, 2391, 2392, 2393, 2394,
2395, 2396, 2397, 2398, 2399, 2400, 2401, 2402, 2403, 2404,
2405, 2406, 2407, 2408, 2409, 2410, 2411, 2412, 2413, 2414,
2415, 2416, 2417, 2418, 2419, 2420, 2421, 2422, 2423, 2424,
2425, 2426, 2427, 2428, 2429, 2430, 2431, 2432, 2433, 2434,
2435, 2436, 2437, 2438, 2439, 2440, 2441, 2442, 2443, 2444,
2445, 2446, 2447, 2448, 2449, 2450, 2451, 2452, 2453, 2454,
2455, 2456, 2457, 2458, 2459, 2460, 2461, 2462, 2463, 2464,
2465, 2466, 2467, 2468, 2469, 2470, 2471, 2472, 2473, 2474,
2475, 2476, 2477, 2478, 2479, 2480, 2481, 2482, 2483, 2484,
2485, 2486, 2487, 2488, 2489, 2490, 2491, 2492, 2493, 2494,
2495, 2496, 2497, 2498, 2499, 2500, 2501, 2502, 2503, 2504,
2505, 2506, 2507, 2508, 2509, 2510, 2511, 2512, 2513, 2514,
2515, 2516, 2517, 2536, 2537, 2538, 2539, 2540, 2541,
25422543, 2544, 2649, 2650, 2651, 2652, 2653, 2654, 2655,
368,928 21.76% Compacidad
1.450384
44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
2656, 2657, 2658, 2659, 2660, 2661, 2662, 2742, 2743, 2744,
2745, 2746, 2747, 2748, 2749, 2750, 2751, 2841, 2968, 2969,
2970, 2971, 5516.
4
2077, 2100, 2101, 2102, 2103, 2104, 2105, 2106, 2107, 2108,
2109, 2110, 2111, 2112, 2113, 2114, 2115, 2116, 2117, 2118,
2119, 2120, 2121, 2122, 2123, 2124, 2125, 2126, 2127, 2130,
2131, 2145, 2146, 2147, 2148, 2149, 2150, 2151, 2152, 2153,
2154, 2155, 2156, 2157, 2158, 2159, 2160, 2161, 2162, 2163,
2164, 2165, 2166, 2167, 2168, 2169, 2170, 2171, 2172, 2173,
2174, 2175, 2176, 2177, 2178, 2179, 2180, 2181, 2182, 2183,
2184, 2185, 2186, 2187, 2188, 2189, 2190, 2191, 2192, 2193,
2194, 2195, 2196, 2197, 2198, 2223, 2224, 2225, 2226, 2227,
2228, 2229, 2230, 2231, 2232, 2233, 2234, 2235, 2236, 2237,
2238, 2256, 2257, 2258, 2273, 2274, 2275, 2276, 2277, 2278,
2279, 2280, 2281, 2282, 2283, 2284, 2285, 2286, 2287, 2288,
2289, 2290, 2291, 2292, 2293, 2294, 2295, 2296, 2297, 2298,
2299, 2300, 2301, 2307, 2308, 2309, 2310, 2311, 2313, 2314,
2315, 2316, 2317, 2318, 2319, 2320, 2321, 2322, 2323, 2324,
2325, 2326, 2333, 2335, 2338, 2339, 2562, 2563, 2564, 2565,
2615, 2616, 2617, 2684, 2687, 5517.
300,655 -0.77%
5
2128, 2129, 2132, 2133, 2134, 2135, 2136, 2137, 2138, 2139,
2140, 2141, 2142, 2143, 2144, 2566, 2567, 2568, 2569, 2570,
2571, 2572, 2573, 2574, 2575, 2576, 2577, 2578, 2579, 2580,
2581, 2582, 2583, 2584, 2585, 2586, 2587, 2588, 2589, 2590,
2591, 2592, 2593, 2594, 2595, 2596, 2597, 2598, 2599, 2600,
2601, 2602, 2603, 2604, 2605, 2606, 2607, 2608, 2609, 2610,
2611, 2612, 2613, 2614, 2618, 2685, 2686, 2688, 2689, 2690,
2691, 2692, 2693, 2694, 2695, 2696, 2697, 2698, 2699, 2700,
2701, 2702, 2703, 2704, 2705, 2706, 2707, 2708, 2709, 2710,
2711, 2712, 2713, 2714, 2715, 2716, 2717, 2718, 2719, 2781,
2782, 2783, 2784, 2785, 2786, 2787, 2788, 2789, 2790, 2791,
2792, 2793, 2794, 2795, 2796, 2797, 2798, 2799, 2800, 2801,
2802, 2803, 2804, 2805, 2806, 2807, 2808, 2809, 2810, 2811,
2812, 2813, 2814, 2815, 2816, 2817, 2818, 2964, 2965.
298,902 -1.35%
Total
15.180226
6
1972, 1973, 1974, 1975, 1976, 1977, 1978, 1979, 1980, 1981,
1982, 1983, 1984, 1985, 1986, 1987, 1988, 1989, 1990, 1991,
1992, 1993, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001,
2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012,
2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2036,
2037, 2038, 2039, 2040, 2041, 2042, 2059, 2060, 2061, 2065,
2066, 2067, 2068, 2069, 2070, 2071, 2072, 2073, 2074, 2075,
2076, 2078, 2079, 2080, 2081, 2082, 2083, 2084, 2085, 2086,
2087, 2088, 2089, 2090, 2091, 2092, 2093, 2094, 2095, 2096,
2097, 2098, 2099, 2199, 2200, 2201, 2202, 2203, 2204, 2205,
2206, 2207, 2208, 2209, 2210, 2211, 2212, 2213, 2214, 2215,
2216, 2217, 2218, 2219, 2220, 2221, 2222, 2239, 2240, 2241,
2242, 2243, 2244, 2245, 2246, 2247, 2248, 2249, 2250, 2251,
2252, 2253, 2254, 2255, 2259, 2260, 2261, 2262, 2263, 2264,
2265, 2266, 2267, 2268, 2269, 2270, 2271, 2272, 2302, 2303,
2304, 2305, 2306, 2312, 2327, 2328, 2329, 2330, 2331, 2332,
2334, 2336, 2337, 2518, 2519, 2520, 2525, 2526, 2527, 2528,
2529, 2530, 2531, 2532, 2533, 2534, 2535, 2545, 2546, 2547,
2548, 2549, 2963.
282,642 -6.72%
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45
La Magdalena Contreras,
No. Secciones Población Desviación Poblacional
Costo
1 2984, 2985, 2986, 2987, 2988, 2989, 2990, 2991, 2992, 2993, 2994, 2996, 2997, 3008, 3009, 3010, 3011, 3012, 3013, 3014, 3021, 3022, 3024, 3025, 3100, 3103, 3108, 3112, 3117.
39,638 -0.49% Poblacional 0.292935
2 3023, 3027, 3033, 3034, 3035, 3043, 3044, 3045, 3046, 3047, 3049, 3050, 3051, 3052, 3056, 3057, 3058, 3059, 3060, 3064, 3065, 3066, 3067, 3105, 3113.
38,255 -3.96%
3 3048, 3063, 3072, 3074, 3075, 3076, 3077, 3078, 3086, 3087, 3088, 3089, 3099, 3109, 3110, 3115, 3118.
40,446 1.54% Compacidad
1.719508 4
3061, 3062, 3079, 3080, 3081, 3082, 3083, 3084, 3085, 3090, 3091, 3092, 3093, 3094, 3095, 3096, 3097, 3098, 3104, 3111, 3116.
42,286 6.16%
5
2972, 2973, 2974, 2975, 2976, 2977, 2978, 2979, 2980, 2981, 2982, 2983, 2998, 2999, 3000, 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006, 3007, 3026, 3028, 3029, 3030, 3031, 3032, 3053, 3054, 3055, 3101.
38,594 -3.11% Total
2.012443
6 2995, 3015, 3016, 3017, 3018, 3019, 3020, 3036, 3037, 3038, 3039, 3040, 3041, 3042, 3068, 3069, 3070, 3071, 3073, 3102, 3106, 3107, 3114.
39,786 -0.12%
Miguel Hidalgo
No. Secciones Población Desviación Poblacional
Costo
1
4995, 4996, 4997, 4998, 4999, 5000, 5001, 5002, 5003, 5004, 5005, 5006, 5007, 5008, 5009, 5010, 5011, 5012, 5040, 5041, 5042, 5059, 5106, 5120, 5121, 5122, 5123, 5124, 5125, 5137, 5138, 5139, 5140, 5141, 5142, 5151, 5152, 5153, 5154, 5182.
64,000 2.99%
Poblacional 1.415415
2
5037, 5038, 5039, 5043, 5044, 5045, 5046, 5047, 5048, 5049, 5050, 5051, 5052, 5053, 5054, 5055, 5058, 5063, 5064, 5065, 5100, 5101, 5103, 5104, 5105, 5107, 5108, 5109, 5110, 5111, 5112, 5113, 5114, 5115, 5116.
60,840 -2.09%
3
4920, 4921, 4922, 4923, 4924, 4931, 4932, 4933, 4934, 4935, 4936, 4937, 4938, 4939, 4940, 4941, 4942, 4943, 4962, 4963, 4964, 4965, 4966, 4967, 4968, 4969, 4970, 4971, 4981, 4982, 4983, 4984, 4987, 4989, 4990, 4992, 4993, 5155, 5164, 5165, 5166, 5167, 5175, 5176, 5177, 5178.
59,643 -4.02%
Compacidad 1.377690
4
5056, 5057, 5060, 5061, 5062, 5068, 5069, 5070, 5071, 5072, 5073, 5074, 5075, 5076, 5077, 5078, 5098, 5099, 5117, 5118, 5119, 5126, 5127, 5128, 5129, 5130, 5131, 5132, 5133, 5134, 5135, 5136, 5143, 5144, 5145, 5146, 5147, 5148, 5149, 5150.
63,358 1.96%
5
4913, 4914, 4915, 4916, 4917, 4918, 4919, 4925, 4926, 4927, 4928, 4929, 4930, 4980, 5066, 5067, 5079, 5080, 5081, 5082, 5083, 5084, 5085, 5086, 5087, 5088, 5089, 5090, 5095, 5097, 5102, 5156, 5157, 5158, 5159, 5160, 5161, 5162, 5163, 5168, 5169, 5170, 5171, 5172, 5173, 5174, 5179, 5180, 5181.
55,091 -11.35%
Total 2.793106
6
4944, 4945, 4946, 4947, 4948, 4949, 4950, 4951, 4952, 4953, 4954, 4955, 4956, 4957, 4958, 4959, 4960, 4961, 4972, 4973, 4974, 4975, 4976, 4977, 4978, 4979, 4985, 4986, 4994, 5013, 5014, 5015, 5016, 5017, 5018, 5019, 5020, 5021, 5022, 5023, 5024, 5025, 5026, 5027, 5028, 5029, 5030, 5031, 5032, 5033, 5034, 5035, 5036.
69,913 12.51%
46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Milpa Alta
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1 3127, 3128, 3129, 3130, 3131, 3132, 3134, 3135, 3136, 3137,
3138. 24,534 19.32% Poblacional
115.651540 2 3159, 3160, 3161. 13,724 -33.26%
3 3119, 3120, 3121, 3122, 3123, 3124, 3125, 3162. 27,540 33.94% Compacidad
1.148940 4 3146, 3147, 3148, 3149, 3150, 3151, 3152. 16,164 -21.39%
5 3126, 3133, 3139, 3140, 3141, 3142, 3143, 3144, 3145. 23,968 16.56% Total
116.800480 6 3153, 3154, 3155, 3156, 3157, 3158. 17,442 -15.17%
Tláhuac
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
3616, 3617, 3618, 3619, 3620, 3621, 3622, 3623, 3638, 3639,
3640, 3641, 3642, 3643, 3664, 3665, 3666, 3667, 3668, 3669,
3670, 3671, 3672.
55,570 -7.78%
Poblacional
0.555508
2
3611, 3612, 3613, 3614, 3615, 3624, 3625, 3636, 3637, 3644,
3645, 3646, 3647, 3648, 3660, 3661, 3662, 3673, 3674, 3675,
3692, 3740.
62,181 3.19%
3
3663, 3693, 3694, 3695, 3696, 3697, 3698, 3699, 3700, 3701,
3702, 3703, 3704, 3705, 3706, 3707, 3708, 3709, 3710, 3711,
4153, 4154, 4155, 4156, 5548, 5549, 5550, 5551, 5552, 5553.
61,931 2.78% Compacidad
1.061536
4 3609, 3610, 3626, 3627, 3628, 3629, 3630, 3631, 3632, 3633,
3634, 3651, 3652, 3653, 3654, 3655, 3656, 3741. 58,406 -3.07%
5
3635, 3649, 3650, 3657, 3658, 3659, 3676, 3677, 3678, 3679,
3680, 3681, 3682, 3683, 3684, 3685, 3686, 3687, 3688, 3689,
3690, 3691, 3733, 3734, 3735, 3736, 3737, 3738, 3739.
63,867 5.99%
Total
1.617043
6
3712, 3713, 3714, 3715, 3716, 3717, 3718, 3719, 3720, 3721,
3722, 3723, 3724, 3725, 3726, 3727, 3728, 3729, 3730, 3731,
3732, 5554, 5555, 5556.
59,585 -1.12%
Tlalpan
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
3742, 3743, 3744, 3745, 3746, 3747, 3748, 3749, 3750, 3751,
3752, 3753, 3754, 3755, 3756, 3757, 3758, 3759, 3760, 3761,
3762, 3763, 3764, 3765, 3766, 3767, 3838, 3839, 3842, 3843,
3844, 3845, 3846, 3847, 3848, 3849, 3850, 3851, 3852, 3853,
3889, 3890, 3891, 3892, 3893, 3894, 3895, 3896, 3897, 3898,
3899, 3900, 3901, 3902, 3903, 3904, 3905, 3906, 3907, 3908,
3909, 3910, 3912, 3913, 3914, 3915, 3916, 3917, 3918, 3919,
3920, 3939, 3940, 3941, 3996, 3997, 3998, 4001, 4081, 4082,
4086.
110,896 2.35%
Poblacional
0.057647
2
3769, 3770, 3771, 3772, 3773, 3774, 3775, 3776, 3777, 3778,
3779, 3780, 3781, 3782, 3783, 3784, 3785, 3786, 3787, 3788,
3789, 3793, 3807, 3808, 3824, 3825, 3826, 3827, 3828, 3829,
3830, 3831, 3832, 3833, 3834, 3835, 3836, 3837, 3840, 3841,
3854, 3855, 3856, 3857, 3858, 3859, 3860, 3861, 3862, 3863,
3864, 3865, 3866, 3881, 3882, 3883, 3884, 3885, 3886, 3887,
3888, 3921, 3922.
106,660 -1.56%
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
3
3879, 3923, 3924, 3931, 3932, 3933, 3934, 3972, 3973, 3974,
3975, 3976, 3977, 3978, 3979, 3980, 3981, 3982, 3983, 3984,
3985, 3986, 3987, 3988, 3989, 3990, 3991, 3992, 3993, 3994.
107,385 -0.89%
Compacidad
1.323381
4
3911, 3935, 3936, 3937, 3938, 3942, 3943, 3944, 3945, 3946,
3947, 3948, 3951, 3952, 3953, 3954, 3955, 3956, 3957, 3958,
3959, 3960, 3961, 3962, 3963, 3964, 3965, 3966, 3967, 3968,
3969, 3970, 3971, 3995, 3999, 4000, 4002, 4087, 4088, 4090,
4091, 5544.
107,069 -1.19%
5
3790, 3791, 3792, 3794, 3795, 3796, 3797, 3798, 3799, 3800,
3801, 3802, 3803, 3804, 3805, 3806, 3809, 3810, 3811, 3812,
3813, 3814, 3815, 3816, 3817, 3818, 3819, 3820, 3821, 3822,
3823, 3867, 3868, 3869, 3870, 3871, 3872, 3873, 3874, 3875,
3876, 3877, 3878, 3880, 3925, 3926, 3927, 3928, 3929, 3930.
110,134 1.64%
Total
1.381029
6
3949, 3950, 4003, 4004, 4005, 4006, 4007, 4008, 4009, 4010,
4011, 4012, 4013, 4014, 4015, 4016, 4017, 4018, 4019, 4020,
4021, 4022, 4023, 4024, 4025, 4026, 4027, 4028, 4029, 4030,
4031, 4032, 4033, 4034, 4035, 4036, 4037, 4038, 4039, 4040,
4041, 4042, 4043, 4044, 4045, 4046, 4047, 4048, 4049, 4050,
4051, 4052, 4053, 4054, 4055, 4056, 4057, 4058, 4059, 4060,
4061, 4062, 4063, 4064, 4065, 4066, 4067, 4068, 4069, 4070,
4071, 4072, 4073, 4074, 4075, 4076, 4077, 4078, 4079, 4080,
4083, 4084, 4085, 4089, 4092, 4093, 4094, 5518, 5519.
107,982 -0.34%
Venustiano Carranza
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
5183, 5184, 5185, 5186, 5187, 5188, 5189, 5190, 5191, 5192,
5193, 5194, 5195, 5196, 5197, 5198, 5203, 5204, 5205, 5206,
5207, 5208, 5209, 5210, 5211, 5212, 5213, 5214, 5223, 5224,
5225, 5226, 5227, 5228, 5229, 5230, 5232, 5233, 5244, 5246,
5247, 5248, 5249, 5250, 5251, 5252, 5253, 5254, 5270, 5271,
5272, 5273.
72,397 0.79%
Poblacional
0.987121
2
5199, 5200, 5201, 5202, 5215, 5216, 5217, 5218, 5219, 5220,
5221, 5222, 5235, 5236, 5237, 5238, 5274, 5275, 5276, 5277,
5278, 5279, 5280, 5281, 5283, 5284, 5331, 5332, 5336, 5400,
5401, 5402, 5403, 5404, 5405, 5406, 5407, 5408, 5409, 5410,
5411, 5412, 5413, 5414, 5415, 5416, 5417, 5418, 5419, 5420,
5421, 5422, 5423, 5424, 5425, 5426, 5427, 5494.
73,471 2.28%
3
5231, 5234, 5239, 5240, 5241, 5242, 5243, 5245, 5255, 5256,
5257, 5258, 5259, 5260, 5261, 5262, 5263, 5264, 5265, 5266,
5267, 5268, 5269, 5338, 5340, 5341, 5342, 5356, 5357, 5358,
5359, 5370, 5372, 5373, 5374, 5375, 5376, 5377, 5381, 5382,
5383, 5384, 5385, 5386, 5387, 5388, 5389, 5390, 5391, 5395,
5396, 5503, 5504, 5505, 5506, 5507, 5508, 5509, 5510, 5511.
77,926 8.49%
Compacidad
1.166562
4
5282, 5285, 5286, 5287, 5288, 5289, 5290, 5291, 5292, 5293,
5294, 5295, 5296, 5297, 5298, 5299, 5300, 5301, 5302, 5303,
5304, 5305, 5306, 5307, 5308, 5309, 5310, 5311, 5312, 5313,
5314, 5315, 5316, 5317, 5318, 5319, 5320, 5321, 5322, 5323,
5324, 5325, 5326, 5327, 5328, 5329, 5330, 5333, 5334, 5335,
5337, 5465, 5466, 5467, 5468, 5469, 5470, 5471.
71,763 -0.09%
48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
5
5339, 5343, 5344, 5345, 5346, 5347, 5348, 5349, 5350, 5351,
5352, 5353, 5354, 5355, 5360, 5361, 5362, 5363, 5364, 5365,
5366, 5367, 5368, 5369, 5371, 5378, 5379, 5380, 5392, 5393,
5394, 5397, 5398, 5399, 5476, 5477, 5478, 5479, 5480, 5481,
5482, 5483, 5484, 5485, 5486, 5487, 5488, 5489, 5490, 5491,
5492, 5493, 5496.
63,212 -12.00%
Total
2.153683
6
5428, 5429, 5430, 5431, 5432, 5433, 5434, 5435, 5436, 5437,
5438, 5439, 5440, 5441, 5442, 5443, 5444, 5445, 5446, 5447,
5448, 5449, 5450, 5451, 5452, 5453, 5454, 5455, 5456, 5457,
5458, 5459, 5460, 5461, 5462, 5463, 5464, 5472, 5473, 5474,
5475, 5495, 5497, 5498, 5499, 5500, 5502, 5520, 5521, 5522,
5523, 5524, 5525, 5526, 5527.
72,209 0.53%
Xochimilco
No. Secciones Población Desviación
Poblacional Costo
1
4228, 4229, 4237, 4240, 4241, 4244, 4245, 4247, 4248, 4249,
4251, 4252, 4253, 4254, 4255, 4256, 4257, 4258, 4262, 4263,
4264, 4268, 5545.
69,967 0.23%
Poblacional
17.322278
2
4095, 4096, 4097, 4124, 4125, 4126, 4127, 4128, 4129, 4191,
4192, 4193, 4194, 4195, 4196, 4197, 4198, 4199, 4200, 4201,
4202, 4203, 4204, 4205, 4206, 4207, 4211, 4232, 4233, 4234,
4235, 4236, 4238, 4239, 4250, 4267, 5547.
69,036 -1.11%
3
4107, 4108, 4109, 4110, 4111, 4112, 4139, 4140, 4141, 4142,
4143, 4144, 4183, 4184, 4185, 4186, 4187, 4212, 4213, 4214,
4215, 4216, 4217, 4218, 4219, 4226, 4227, 4230, 4231, 4242,
4243.
65,652 -5.95%
Compacidad
2.010010
4
4098, 4099, 4100, 4101, 4102, 4103, 4104, 4105, 4106, 4113,
4114, 4115, 4116, 4117, 4118, 4119, 4120, 4121, 4122, 4123,
4130, 4131, 4132, 4133, 4134, 4135, 4136, 4137, 4138, 4188,
4189, 4190, 4208, 4209, 4210.
67,354 -3.52%
5
4145, 4146, 4147, 4148, 4149, 4150, 4151, 4152, 4157, 4158,
4159, 4160, 4161, 4162, 4163, 4164, 4165, 4166, 4167, 4168,
4169, 4170, 4171, 4172, 4173, 4174, 4175, 4176, 4177, 4178,
4224.
86,021 23.22% Total
19.332287
6 4179, 4180, 4181, 4182, 4220, 4221, 4222, 4223, 4225, 4246,
4259, 4260, 4261, 4265, 4266. 60,823 -12.87%
SEGUNDO. La desviación poblacional de la Circunscripción 3 de Cuajimalpa de Morelos; de la Circunscripción 3 de
Iztapalapa; de las Circunscripciones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de Milpa Alta y de la Circunscripción 5 de Xochimilco, respecto
de su media, se encuentran fuera del +- 15%:
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49
Demarcación
territorial
Número de
Circunscripción % D Media
Cuajimalpa de Morelos 3 32.09%
Iztapalapa 3 21.76%
Milpa Alta
1 19.32%
2 -33.26%
3 33.94%
4 -21.39%
5 16.56%
6 -15.17%
Xochimilco 5 23.22%
Lo anterior, a efecto de a) mantener el criterio fundamental de
conciencia de la identidad indígena de los Pueblos que se encuentran
comprendidos dentro de dichas Circunscripciones, b) reconocer que
dichos pueblos forman una unidad social, económica y cultural, asentada
en un territorio que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus
usos y costumbres, y c) tomar en cuenta la libre determinación con que
sus autoridades representativas e integrantes propusieron mantenerse
integrados en una Circunscripción en particular para preservar todos los
elementos que constituyan su cultura e identidad.
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Convocatoria: 45
C.P. Martha Leticia Cortés Genesta, Directora Ejecutiva de Administración, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su
artículo 134 y de conformidad con los artículos 27 a), 28, 30 fracción I y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículos 7 fracción VIII, inciso
H) y 92 Duodécimus del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la licitación para el
suministro e instalación de biodigestores como fuente de energía en comunidades rurales, de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública Nacional
No. de licitación Costo de las
bases
Fecha límite para
adquirir bases
Junta de aclaraciones Presentación de propuestas Fallo
LPN-43-2017 $1,100.00 26/07/2017 27/07/2017 01/08/2017 02/08/2017
18:00 horas 16:00 horas 17:30 horas
Partida Descripción Cantidad Unidad de
Medida
1 Suministro e instalación de biodigestores como fuente de energía en comunidades rurales. 25 Pieza
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en www.sedema.cdmx.gob.mx y venta en: Chimalpopoca No. 1, Colonia Obrera, Código
Postal 06800, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono: 57 72 40 22 ext. 118, los días 24, 25 y 26 de julio de 2017; con el siguiente horario:
09:00 a 15:00 horas. La forma de pago es: Cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
Los actos de junta de aclaración, acto de presentación de las propuestas y acto de Fallo se efectuarán en la fecha y horario arriba indicados en las
instalaciones de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Chimalpopoca No. 1, Colonia Obrera, Código Postal 06800,
Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.
La moneda en que deberá cotizarse la proposición será: Peso mexicano.
No se otorgará anticipo.
Lugar de entrega de los bienes: Según anexo técnico.
Plazo de entrega de los bienes: Según anexo técnico.
El pago se realizará: 20 días hábiles a la presentación de la factura debidamente validada.
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
Los servidores públicos responsables del procedimiento de manera conjunta o separada serán los CC. Oswaldo Jacobo Ramírez, Director de Recursos
Materiales y Servicios Generales y Roberto Carlos Guzmán Olvera, Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones y Almacenes.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
CIUDAD DE MÉXICO, A 18 DE JULIO DE 2017.
(Firma)
C.P. MARTHA LETICIA CORTÉS GENESTA
DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
Administración Pública de la Ciudad de México
Delegación Azcapotzalco
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
CONVOCATORIA No. DAZCA/DGODU/007-2017
Licitación Pública Nacional (Local)
Ing. Eduardo Alfonso Esquivel Herrera Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Azcapotzalco en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 3º apartado “a” fracción I y IV, 5, 23, 24 inciso A), 25 apartado “a” fracción I, 26, 28, 44
fracción I inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 26 de su Reglamento, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la
licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Obra Pública a Base de Precios Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo
siguiente:
No. de Licitación Descripción y Ubicación de las Obras Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Plazo de
Ejecución
Capital Contable
mínimo requerido
30001058-014-17
MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN DEL
SISTEMA DE DRENAJE EN COLONIAS DENTRO DEL PERIMETRO
DELEGACIONAL.
08/08/17 31/12/17 146 D.N. $4’850,000.00
Costo de las Bases Fecha límite para
adquirir las bases
Visita al Lugar
de la Obra
Junta de
Aclaraciones Acto de Presentación y Apertura del Sobre Único
Fecha y Hora Fecha y Hora Fecha y Hora
$1,000.00 26/07/17 28/07/17
11:00
01/08/17
11:00
03/08/17
11:00
Los recursos fueron autorizados con Oficio de Inversión de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México Número SFCDMX/SE/0072/2017 de
fecha 05 de enero de 2017.
Las bases de licitación se encuentran disponibles para su adquisición en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750,
2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México., a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas, en días
hábiles.
Requisitos para adquirir las bases:
Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar:
1.- El comprobante de pago de bases de la adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, así mismo deberá de elaborar en papel
membretado de la empresa, escrito de interés en participar en la licitación (es) elegida (s).
1.1.- Constancia de registro de concursantes emitido por la Secretaría de Obras y Servicios, vigente.
1.2.- En caso de estar en trámite el registro:
Constancia de registro en trámite acompañado de:
Documentos comprobantes para el capital contable mínimo (mediante declaración fiscal del ejercicio del año inmediato anterior), donde se compruebe el capital contable
mínimo requerido y los estados financieros (6 meses de antigüedad máxima), firmados por contador público, anexando copia de la cédula profesional del contador. Cabe
señalar, que este documento únicamente servirá como comprobante para venta de bases. La constancia de registro de concursante deberá presentarse en la propuesta técnica
del sobre único, de no presentarlo será motivo de descalificación de la propuesta.
2.- En caso de adquisición:
2.1.- El comprobante de pago de bases, así como el documento indicado en el punto 1.1 y 1.2, se anexarán en el sobre único dentro de la propuesta técnica como se indica en las
bases de concurso, el no presentar estos documentos será motivo de descalificación.
2.2.- Los planos, especificaciones y otros documentos, se entregarán a los interesados en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones de esta Delegación,
previa presentación del recibo de pago a más tardar en la Junta de Aclaraciones, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.
3.- La forma de pago de bases se hará:
3.1.- En el caso de adquisición directa en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, Mediante Cheque Certificado ó de Caja, Expedido a favor de LA
SECRETARIA DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO con cargo a una institución de crédito autorizado para operar en la Ciudad de México.
4.- El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col.
Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicada anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la empresa, escrito de
presentación de la persona que asistirá a la visita de obra. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en construcción), se acreditará tal
calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para cotejar), la asistencia a la visita de obra es obligatoria.
5.- La(s) junta(s) de aclaraciones se llevará(n) a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo
C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicada anteriormente, asimismo deberá de elaborar en papel membretado de la empresa, escrito de presentación de la
persona que asistirá a la(s) junta(s) de aclaraciones. Es obligatoria la asistencia de personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en construcción), se acreditará tal
calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (presentar copia y original para cotejar), la asistencia a la junta de aclaraciones es obligatoria.
6.- El acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas del sobre único se llevará a cabo en la J.U.D. de Concursos, Contratos y Estimaciones, sita
Ferrocarriles Nacionales No.750, 2do. Piso, Col. Santo Domingo C.P. 02160, Ciudad de México, en el día y hora indicados anteriormente.
7.- No se otorgarán anticipos del 0 % (cero por ciento) para inicio de obra y 0 % (cero por ciento) para compra de materiales y/o equipos de instalación permanente.
8.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
9.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: unidades de moneda nacional.
10.- La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la licitación o previa autorización por escrito de la
convocante de acuerdo al Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
11.- Los interesados en la licitación deberán comprobar experiencia técnica, mediante la relación de contratos de obras relacionados con las mismas vigentes que tengan o hayan
celebrado con la Administración Pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados, comprobando documentalmente su cumplimiento a
satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como también currículum de la empresa y del personal técnico a su servicio
relativo a las obras similares a las descritas en la licitación y capacidad financiera, administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la
Licitación Pública Nacional.
12.- Los criterios generales para la adjudicación serán con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, efectuándose el análisis comparativo de
las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante, que reuniendo las condiciones establecidas
en la Ley y su Reglamento y solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta legal, técnica, económica financiera y administrativa que resulte ser la más
conveniente y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.
13.- El pago se hará mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las cuales se presentarán por periodos máximos mensuales, acompañadas de la documentación que acredite la
procedencia del pago.
14.- La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, incluye IVA, a favor de: Secretaría de Finanzas de la Ciudad
de México; mediante Póliza de Fianza expedida por Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno.
Ciudad de México a 18 de Julio de 2017.
(Firma)
ING. EDUARDO ALFONSO ESQUIVEL HERRERA
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS
Y DESARROLLO URBANO
RESPONSABLE DE LA LICITACIÓN
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA 007-2017
El Ing. Humberto Chavarría Echartéa, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado A,
25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la
licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente:
No. de licitación Descripción y Ubicación de la obra Fecha de
inicio
Fecha de
terminación
Capital contable
mínimo requerido
DC-LPN-010-2017 Rehabilitación del Mercado Melchor Ocampo, en la Delegación Cuauhtémoc
de la Ciudad de México.
14-agosto-
2017 23-dic-17 $9,081,366.00
No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para
adquirir bases
Visita de Obra
Obligatoria
Junta de
aclaraciones
Obligatoria
Presentación y Entrega de
Propuestas y Apertura del
Sobre Único
Fecha de Fallo
DC-LPN-010-2017 $2,200 26-julio-2017 27-julio- 2017
10:00 hrs.
2-agosto-2017
13:00 hrs. 8-agosto-2017 10:00 hrs.
10-agosto-2017
18:00 hrs.
Los recursos para la realización de esta obra fueron autorizados por la Secretaria de Finanzas a través de la Subsecretaria de Egresos con el oficio No.
SFDF/SE/0076/2017, de fecha 05 de Enero de 2017
Requisitos para adquirir las bases:
La adquisición de las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Dirección de Obras, sita en calle Aldama y Mina S/N Col.
Buenavista, Delegación Cuauhtémoc C.P. 06350, Ciudad de México, los días 24, 25 y 26 de julio de 2017 del presente año de 10:00 a 14:00 horas y se deberá
presentar lo siguiente:
a) Escrito de solicitud del interesado manifestando su interés en participar en la licitación correspondiente indicando el numero de licitación y descripción de la
misma, objeto social, nombre o razón social, domicilio completo para recibir notificaciones ubicado dentro de la Ciudad de México y teléfono(s) en papel
membretado de la persona o razón social firmado por el representante o apoderado legal, señalando claramente el cargo que ostenta (según Acta Constitutiva o
Poder Notarial), dirigido al Ing. Humberto Chavarría Echartéa, Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Cuauhtémoc.
b) Constancia actualizada del Registro de Concursante emitido por la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, misma que deberá indicar el capital
contable requerido para la licitación correspondiente, así como las especialidades solicitadas, presentando original para su cotejo.
c) Documentos comprobantes para el capital contable mínimo mediante declaración fiscal del ejercicio 2016, donde se compruebe el capital contable mínimo
requerido, declaraciones parciales al mes de Enero - Mayo de 2017, balance general y los estados financieros al 31 de Diciembre de 2016, auditados y firmados
por Contador Público Externo a la empresa, autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público anexando copia (legible) del Registro vigente, de la
Cédula Profesional del Contador.
d) Acta de Nacimiento (persona física).
e) Escritura Constitutiva y sus modificaciones en su caso (persona moral).
f) Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en algunos de los supuestos que establecen los artículos 37 de la Ley de Obras Públicas
del Distrito Federal y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos debiendo transcribir en esta cada uno de sus supuestos establecidos en
ordenamiento de referencia.
g) Escrito en el que manifiestan bajo protesta de decir verdad que ha cumplido en tiempo y forma con las obligaciones fiscales tal como lo establecen los
Artículos 58 y 69 del Código Fiscal del Distrito Federal y Artículo 51 último párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del distrito Federal. El
concursante que resulte ganador deberá presentar previo a la firma del contrato la constancia de no adeudos de las contribuciones antes señaladas conforme a la
circular de la Secretaria de Finanzas No. SF/CG/141111/2007 publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 6 de agosto de 2007.
h) Comprobante de domicilio fiscal actual.
i) La forma de pago de las bases de concurso se hará en las oficinas de la Dirección de Obras, mediante cheque certificado o de caja, expedido a favor de la
Secretaria de Finanzas de la Ciudad de México, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en la Ciudad de México.
1.- A la presentación del pago de las bases de licitación se entregarán las bases de concurso de la Licitación Pública Nacional con sus anexos y Catálogo de
Conceptos, de ésta manera el interesado quedará inscrito y registrado, teniendo derecho a presentar su proposición.
El concursante es el único responsable de obtener en tiempo y forma la información documental necesaria para la elaboración y presentación de sus
propuestas, por lo que el incumplimiento de este requisito será motivo para no participar en la licitación correspondiente.
2.- El lugar de reunión para la Visita de Obra será en las oficinas de la Dirección de Obras, sita en calle Aldama y Mina S/N Col. Buenavista, Delegación
Cuauhtémoc C.P. 06350, Ciudad de México, la empresa concursante manifestará mediante escrito en papel membretado la persona que asistirá a la visita de obra,
anexando copia y original para su cotejo de la cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante de personal técnico certificado. La asistencia a la visita de
obra será obligatoria.
3.- El lugar de reunión para la sesión de Junta de Aclaraciones será en las oficinas de la Dirección de Obras sita en calle Aldama y Mina S/N Col. Buenavista,
Delegación Cuauhtémoc C.P. 06350, Ciudad de México, la empresa concursante manifestará mediante escrito en papel membretado la persona que asistirá a la
junta de aclaraciones, anexando copia y original para su cotejo de la cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante de personal técnico certificado. La
asistencia a la junta de aclaraciones será obligatoria.
4.- La sesión pública de presentación y apertura del sobre único se llevará a cabo en las oficinas de la Dirección de Obras, sita en calle Aldama y Mina S/N Col.
Buenavista, Delegación Cuauhtémoc C.P. 06350, Ciudad de México, el día y hora indicado.
5.- No se otorgará anticipo.
6.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
7.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
8.-Ninguna de las partes de los trabajos de ésta licitación podrán ser objeto de asociación o subcontratación, salvo previa autorización de la contratante por escrito
de acuerdo al artículo 47 párrafo quinto de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
9.- Ninguna de las condiciones contenidas en la bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
10.- Los interesados en la(s) licitación(es) deben comprobar experiencia técnica en obras similares y capacidad financiera, administrativa y de control, durante el
proceso de evaluación, según la información que se solicita en las bases de esta licitación Pública.
11.- Las condiciones de pago serán verificativas mediante estimaciones de los trabajos ejecutados por periodos máximos mensuales. El contratista presentará a la
residencia de obra dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que hubiere fijado la Delegación en el contrato,
acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; la supervisión de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones
contará con un plazo no mayor de cinco días hábiles siguientes a su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser
autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.
12.- La selección de un participante. Los criterios generales para la selección de un participante serán con base en los artículos 40, 41 y 43 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, una vez realizado el análisis comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual
se adjudicará el contrato al concursante que reuniendo las condiciones solicitadas en las bases de concurso de la licitación, reúnan las condiciones legales,
técnicas, económicas, financieras y administrativas requeridas y además garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de todas las obligaciones y que presente la
propuesta cuyo precio sea el más conveniente para la Dependencia.
13.- En caso de encontrar inconveniente en el resultado de las propuestas por estar demasiado altas en sus precios respecto a los del mercado, se declarará desierto
el concurso.
14.- La garantía de cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato incluido el I.V.A. a favor de la Secretaria de Finanzas de
la Ciudad de México, mediante póliza de fianza expedida por institución legalmente autorizada.
15.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, pero los concursantes podrán si a su derecho conviene ejercer lo establecido en el
artículo 72 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
Transitorio
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
CIUDAD DE MÉXICO. A 18 DE JULIO DE 2017
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
(Firma)
ING. HUMBERTO CHAVARRÍA ECHARTÉA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
Licitación Pública Nacional
Convocatoria No. 02/2017
José Mariano Plascencia Barrios, Director General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación La Magdalena Contreras, con fundamento en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134, los Artículos 24 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y el Artículo 38 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación de carácter nacional
para diversas Obras Públicas, mediante la contratación de obra pública a base de precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado, con cargo a la
inversión autorizada según oficio de la Secretaría de Finanzas No. SFCDMX/SE/0080/2017 de fecha 05 de enero de 2017, conforme a lo siguiente:
Periodo de
Ejecución Descripción y ubicación de los Trabajos Fecha de inicio Fecha terminación
Capital Contable
Requerido
90 días naturales
Rehabilitación de la Carpeta Asfáltica en las Colonias El Gavillero, El
Toro, La Carbonera, La Magdalena Atlitic (Pblo.), Lomas de San
Bernabé (Ampl.), San Francisco y Plazuela del Pedregal, Ubicadas
dentro del Perímetro Delegacional
15-agosto-2017 12-noviembre-2017 $2´600,000.00
No. de licitación Costo de las
bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la obra o
los trabajos
Junta de
Aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
Apertura Única
Fallo
30001144-04-17 $ 2,800.00 26-julio-2017 27-julio-2017 02-agosto-2017 08-agosto-2017 14-agosto-2017
10:00 hrs. 10:00 hrs. 10:00 hrs. 12:00 hrs.
Periodo de
Ejecución Descripción y ubicación de los Trabajos Fecha de inicio Fecha terminación
Capital Contable
Requerido
90 días naturales
Construcción de Muros de Contención en las Colonias Potrerillo
(Ampl.), Santa Teresa, Subestación y Tierra Colorada, Ubicadas
dentro del Perímetro Delegacional
15-agosto-2017 12-noviembre-2017 $2´150,000.00
No. de licitación Costo de las
bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la obra o
los trabajos
Junta de
Aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
Apertura Única
Fallo
30001144-05-17 $ 2,800.00 26-julio-2017 27-julio-2017 02-agosto-2017 08-agosto-2017 14-agosto-2017
12:00 hrs. 12:00 hrs. 12:00 hrs. 13:00 hrs.
Periodo de
Ejecución Descripción y ubicación de los Trabajos Fecha de inicio Fecha terminación
Capital Contable
Requerido
60 días naturales
Suministro y Colocación de Gimnasio al aire libre, en las Colonias
Barros Sierra, El Ermitaño y San Bernabé Ocotepec, ubicadas dentro
del Perímetro Delegacional
15-agosto-2017 13-octubre-2017 $1´550,000.00
No. de licitación Costo de las
bases Fecha límite para
adquirir bases Visita al lugar de la obra o
los trabajos Junta de
Aclaraciones
Presentación de proposiciones y Apertura Única
Fallo
30001144-06-17 $ 2,800.00 26-julio-2017 27-julio-2017 02-agosto-2017 08-agosto-2017 14-agosto-2017 14:00 hrs. 14:00 hrs. 14:00 hrs. 14:00 hrs.
Periodo de Ejecución
Descripción y ubicación de los Trabajos Fecha de inicio Fecha terminación Capital Contable
Requerido
60 días naturales Sustitución de Luminarias en las Colonias Lomas Quebradas,
Potrerillo y Puente Sierra, Ubicadas dentro del Perímetro Delegacional 15-agosto-2017 13-octubre-2017 $1´550,000.00
No. de licitación Costo de las
bases Fecha límite para
adquirir bases Visita al lugar de la obra o
los trabajos Junta de
Aclaraciones
Presentación de proposiciones y Apertura Única
Fallo
30001144-07-17 $ 2,800.00 26-julio-2017 27-julio-2017 02-agosto-2017 08-agosto-2017 14-agosto-2017 18:00 hrs. 18:00 hrs. 18:00 hrs. 18:00 hrs.
Periodo de Ejecución
Descripción y ubicación de los Trabajos Fecha de inicio Fecha terminación Capital Contable
Requerido 130 días naturales
Rehabilitación de la Ciclopista 3a. Etapa, ubicada dentro del Perímetro Delegacional
16-agosto-2017 23-diciembre-2017 $5´000,000.00
No. de licitación Costo de las
bases Fecha límite para
adquirir bases Visita al lugar de la obra o
los trabajos Junta de
Aclaraciones
Presentación de proposiciones y Apertura Única
Fallo
30001144-08-17 $ 2,800.00 26-julio-2017 28-julio-2017 03-agosto-2017 09-agosto-2017 15-agosto-2017 10:00 hrs. 10:00 hrs. 10:00 hrs. 12:00 hrs.
Periodo de Ejecución
Descripción y ubicación de los Trabajos Fecha de inicio Fecha terminación Capital Contable
Requerido
130 días naturales
Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación del Deportivo 1o. de Mayo, Ubicado en Calle Nogales S/N, Col. San Nicolás Totolapan,
dentro del Perímetro Delegacional 16-agosto-2017 23-diciembre-2017 $3´800,000.00
No. de licitación Costo de las
bases Fecha límite para
adquirir bases Visita al lugar de la obra o
los trabajos Junta de
Aclaraciones
Presentación de proposiciones y Apertura Única
Fallo
30001144-09-17 $ 2,800.00 26-julio-2017 28-julio-2017 03-agosto-2017 09-agosto-2017 15-agosto-2017 12:00 hrs. 12:00 hrs. 12:00 hrs. 13:00 hrs.
Periodo de Ejecución
Descripción y ubicación de los Trabajos Fecha de inicio Fecha terminación Capital Contable
Requerido
90 días naturales Conservación y Mantenimiento a 4 Centros de Atención Social Infantil (C.A.S.I.), ubicados en diferentes Colonias, dentro del Perímetro Delegacional
16-agosto-2017 13-noviembre-2017 $3´200,000.00
No. de licitación Costo de las
bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la obra o
los trabajos
Junta de
Aclaraciones
Presentación de
proposiciones y
Apertura Única
Fallo
30001144-10-17 $ 2,800.00 26-julio-2017 28-julio-2017 03-agosto-2017 09-agosto-2017 15-agosto-2017
14:00 hrs. 14:00 hrs. 14:00 hrs. 14:00 hrs.
REQUISITOS PARA ADQUIRIR LAS BASES
1.- Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta directa, en la Jefatura de Unidad Departamental de Concursos y Contratos de la
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en Calle Río Blanco No. 9, esquina con José Moreno Salido, Planta Alta, Col. Barranca Seca,
Código Postal 10580, Delegación La Magdalena Contreras, a partir de la fecha de publicación de la presente y hasta la fecha límite para adquirir las bases, en
días hábiles de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas. (Fuera de este horario no se atenderá a ningún interesado).
1.1.- Presentar solicitud por escrito del interesado, manifestando su interés en participar en la licitación correspondiente, indicando el número de licitación y
descripción de la misma, firmado por el representante o apoderado legal, señalando exactamente el cargo que ostenta (según acta constitutiva o poder
notarial), dirigido al C. José Mariano Plascencia Barrios, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, así como copia de la constancia de registro de
concursante del Gobierno del Distrito Federal debidamente actualizado mismo que deberá expresar el capital contable requerido. (Presentar original para
cotejo).
1.2.- Acreditar el capital contable mínimo requerido en el cuadro de referencia de la licitación para personas morales y/o físicas con copia de la declaración
anual 2016 y parciales del ejercicio 2017 y/o estados financieros (Presentar original para cotejo) no mayores a 6 meses de elaborados con respecto a la fecha
de presentación y apertura del sobre único, mismos que deberán estar auditados por contador público autorizado por la Administración General de Auditoría
Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, anexando copias legibles del registro vigente, de la cédula profesional y de la constancia de
cumplimiento de la norma de educación continua 2016, ante el colegio o asociación a la que pertenezca.
1.3.- La forma de pago será mediante cheque certificado o de caja a nombre de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, con cargo a una institución de
crédito autorizada para operar en el Ciudad de México.
2.- Previa revisión de los documentos antes descritos y el pago correspondiente, se entregarán las bases y documentos de la licitación (Catálogo de Conceptos y
planos en su caso) para lo cual el solicitante deberá presentar disco compacto nuevo.
3.- Esta convocante se abstendrá de recibir propuestas de los interesados que se encuentren en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del
Distrito Federal, por lo que será bajo su responsabilidad el inscribirse a cualquier licitación, ya que se verificará dicho precepto normativo previo a la
presentación de las propuestas, rechazándose en el acto de presentación y apertura de propuestas las que incurran en ese ordenamiento.
4.- En caso de que el interesado esté sancionado por cualquier Órgano de Control, no tendrá derecho a ser inscrito si no ha cumplido la totalidad del período de la
sanción.
5.- El punto de reunión para realizar la visita al lugar de la obra será en la Jefatura de Unidad Departamental de Concursos y Contratos, sita en Calle Río Blanco
No. 9, esquina con José Moreno Salido, Planta Alta, Col. Barranca Seca, Código Postal 10580, Delegación La Magdalena Contreras, en los días y horarios
indicados en la presente convocatoria.
6.- La asistencia a la junta de aclaraciones será obligatoria y se llevará a cabo en el día y horario indicado en la presente convocatoria, en la Sala de Juntas de la
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, Calle Río Blanco No. 9, esquina con José Moreno Salido, Planta Alta, Col. Barranca Seca, Código Postal
10580, Delegación La Magdalena Contreras.
7.- Es obligatoria la asistencia de personal calificado a la junta de aclaraciones. Se acreditará tal calidad con cédula profesional, certificado técnico o carta de
pasante (original y copia).
8.- La apertura de la propuesta Única se efectuará en los días y horarios indicados en la presente convocatoria, en la Sala de Juntas de la Dirección General de
Obras y Desarrollo Urbano, Calle Río Blanco No. 9, esquina con José Moreno Salido, Planta Alta, Col. Barranca Seca, Código Postal 10580, Delegación La
Magdalena Contreras.
9.- El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
10.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
11.- Para la presente licitación no se otorgarán anticipos.
12.- Para la licitación de esta convocatoria, no se podrá subcontratar ninguna parte de los trabajos, de no ser indicado en las bases de la licitación o previa
autorización en apego a lo dispuesto por el artículo 47 párrafo quinto de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
13.- Los criterios generales para llevar a cabo la adjudicación por El Órgano Político-Administrativo, serán con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal, para lo cual efectuará el análisis comparativo de las proposiciones admitidas, formulará el dictamen y emitirá el fallo mediante el
cual se adjudicará el contrato al concursante que reuniendo las condiciones necesarias, haya presentado la postura solvente más baja y garantice el
cumplimiento del contrato.
14.- Los pagos de los trabajos ejecutados, se realizarán a través de la presentación de estimaciones, con periodos máximos mensuales.
15.- Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
16.- De acuerdo a los establecido en la circular SF/CG/141111/2007, Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 06 de agosto del 2007, se prevé a
los Interesados que dentro de las bases de la licitación les será solicitada la constancia de no adeudos de las contribuciones a las que se refieren los Artículos
56, 57, 58, 71, 126, 156, 162, 172, y 265 del Código Fiscal del Distrito Federal, expedida por la Administración Tributaria, o en su caso, por el Sistema de
Aguas de la Ciudad de México, por lo que se deberán realizar los trámites que correspondan.
CDMX, A 18 DE JULIO DE 2017
A T E N T A M E N T E
(Firma)
EL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
JOSÉ MARIANO PLASCENCIA BARRIOS
SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE DE LA LICITACIÓN.
60 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
Delegación Miguel Hidalgo
Licitación Pública Nacional
CONVOCATORIA Nº 32
Esteban Fernández Valadéz, Director Ejecutivo de Servicios Internos de la Delegación Miguel Hidalgo, de conformidad con
lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, con fundamento en los
artículos 26, 27 inciso A), 28, 30 fracción I, 32 y 63 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y
artículos 125 y 172 BIS del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, convoca a los
interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. 30001026-032-17 relativa a la contratación del “Servicio de
Mantenimiento y Recarga de Extintores (Segunda Convocatoria)” con la finalidad de conseguir los mejores precios y
condiciones para la prestación del servicio por parte de los licitantes, de conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública
Nacional No. Costo de las bases:
Aclaración de
bases
Acto de
Presentación y
Apertura de
Propuestas
Acto de Fallo Vigencia del
Contrato
30001026-032-17
“SERVICIO DE
MANTENIMIENTO Y
RECARGA DE
EXTINTORES
(SEGUNDA
CONVOCATORIA)”
CONVOCANTE
27 de julio de
2017
01 de agosto de
2017
03 de agosto de
2017
A partir del día
hábil posterior a la
emisión del Fallo y
hasta el 31 de
diciembre de 2017
$ 1,500.00 11:00 hrs. 11:00 hrs. 11:00 hrs.
Partida CABMS Descripción del Servicio Cantidad Unidad de medida
1 3571000004
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y RECARGA DE
EXTINTORES, EN LOS INMUEBLES DE LA
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO.
1 CONTRATO
ABIERTO
1.- Las Bases de esta Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Unidad Departamental de Licitaciones
y Concursos, ubicada en General Pedro J. Méndez No. 47, entre General Rincón Gallardo y General José Morán, Colonia
Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Ciudad de México, teléfono 5273-7515.
2.- La venta de Bases en “La Convocante”, será los días: 24, 25 y 26 de julio de 2017, de 9:00 a 14:00 hrs.
3.- La forma de pago en “La Convocante” es mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del
Distrito Federal, expedido por institución bancaria establecida en la Ciudad de México o área metropolitana (Tlalnepantla,
Ecatepec, Naucalpan o Nezahualcóyotl), en la Unidad Departamental de Tesorería de la Delegación Miguel Hidalgo, de
9:00 a 14:00 horas, ubicada en Cerrada de las Huertas, esq. Sostenes Rocha S/N, Col. Observatorio, cabe señalar que en el
caso de proporcionar cheque certificado, el mismo deberá coincidir con la razón social de la empresa o persona física
licitante.
4.- La Junta de Aclaración de Bases, la Presentación y Apertura de Propuestas y el Fallo, se llevarán a cabo en los horarios y
fechas señaladas en las bases de la licitación, en la Sala de Juntas de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios,
ubicada en calle General Pedro J. Méndez No. 47, entre General Rincón Gallardo y General José Morán, Colonia
Ampliación Daniel Garza, C.P. 11840, Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
5.- El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: en español.
6.- La moneda en que deberán cotizarse las propuestas será: en pesos mexicanos.
7.- El lugar para la prestación del servicio es: el indicado en las Bases de la Licitación.
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 61
8.- Las condiciones de pago están sujetas a la aceptación formal y satisfactoria del servicio, y a la liberación por parte de la
Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
9.- No podrán participar, los prestadores de servicio que se encuentren en algunos de los supuestos de los Artículos 39 y 39
BIS de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal ni del Artículo 47 fracción XXIII de la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos.
10.- En esta Licitación no se otorgarán anticipos.
11.- Esta Licitación no se realizará bajo la cobertura de ningún tratado.
12.- Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
13.- Los interesados podrán remitir sus cuestionamientos a las siguientes direcciones de correo electrónico
[email protected] y/o [email protected].
14.- Los responsables de la Licitación: Esteban Fernández Valadéz, Director Ejecutivo de Servicios Internos, Rodolfo
Flores Luna, Subdirector de Recursos Materiales y Servicios y Luis Ubaldo Garay Ríos, Jefe de la Unidad Departamental de
Licitaciones y Concursos.
(Firma)
Ciudad de México, a 18 de Julio de 2017
Director Ejecutivo de Servicios Internos
Esteban Fernández Valadéz
62 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
E D I C T O S
EDICTO
PROCURADURÍA FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SUBPROCURADURÍA DE ASUNTOS PENALES
EDICTO PARA EMPLAZAR A
RAFAEL CASTRO TORAN.
En los autos del procedimiento resarcitorio número 11-19-016/229/001-16 seguido en contra de RAFAEL CASTRO
TORAN y otros, se dictó el siguiente auto:
Ciudad de México, a treinta de junio de dos mil diecisiete.
Vistos los autos del expediente en el que se actúa y tomando en consideración que de los mismos se advierte que se han
agotado todos los medios para localizar el domicilio de RAFAEL CASTRO TORAN, toda vez que no fue posible la
notificación del acuerdo de veintinueve de agosto de dos mil dieciséis en el domicilio proporcionado por la Contraloría
Interna en la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México autoridad solicitante del inicio del procedimiento
resarcitorio número 11-19-016/229/001-16, toda vez que el Servicio Postal Mexicano devolvió la pieza postal número
MA072214629MX el veinticinco de octubre de dos mil dieciséis sin haber podido efectuar la notificación en la que se
específica “Devuelto por Termino de Ley”; razón por la cual se giraron oficios números SFCDMX/PF/SAP/4584-17,
SFCDMX/PF/SAP/4582-17, SFCDMX/PF/SAP/4590-17, SFCDMX/PF/SAP/4583-17, SFCDMX/PF/SAP/4595-17,
SFCDMX/PF/SAP/4585-17, SFCDMX/PF/SAP/4586-17, SFCDMX/PF/SAP/4587-17, SFCDMX/PF/SAP/4588-17,
SFCDMX/PF/SAP/4589-17 y SFCDMX/PF/SAP/4591-17, dirigidos a la Contraloría Interna de la Secretaría de Obras y
Servicios, a las Subtesorerías de Fiscalización, de Catastro y Padrón Territorial y de Administración Tributaria, a la
Dirección General de Informática, todas estas dependientes de la Secretaría de Finanzas; a la Contraloría General, a la
Secretaría de Movilidad y a la Procuraduría General de Justicia, todas éstas del Gobierno de la Ciudad de México; al
Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y a la
Procuraduría General de la República, con el propósito de localizar el domicilio de RAFAEL CASTRO TORAN sin que
se haya obtenido un resultado favorable, toda vez que la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, la
Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, el Instituto Mexicano del Seguro Social informaron que no contaban con
registro de domicilio del probable responsable de mérito, siendo que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado, Contraloría General de la Ciudad de México, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Procuraduría
General de la República, Contraloría Interna en la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México informaron de
posible domicilio, el cual se trataba del mismo en el cual no fue posible localizar al probable responsable, asimismo la
Subtesorería de Administración Tributaria, la Dirección General de Informática, la Subtesorería de Catastro y Padrón
Territorial y Subtesorería de Fiscalización, todos de la Secretaría de Finanzas informaron dos domicilios diversos, por lo
que se giraron los oficios de notificación respectivos, de los que se desprenden dos informes de notificación de veintisiete
de enero de dos mil diecisiete, en los cuales se precisa que al preguntar por la persona buscada, le comentaron que no lo
conocen, con lo que esta autoridad agotó todos los medios que estuvieron a su alcance para localizar a la citada persona por
lo que con fundamento en los artículos 434, fracción III y 439 párrafo segundo del Código Fiscal de la Ciudad de México,
se ordena notificar a RAFAEL CASTRO TORAN por edictos, los cuales deberán publicarse por dos días consecutivos en
la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en uno de los periódicos de mayor circulación, el inicio del procedimiento
resarcitorio al C. RAFAEL CASTRO TORAN, para que en el plazo de quince días conteste lo que a su derecho convenga
en relación a los hechos que le fueron imputados por la Contraloría Interna en la Secretaría de Obras y Servicios de la
Ciudad de México y ofrezca pruebas para desvirtuar dichas imputaciones; quedando a su disposición en el local que ocupa
esta Subprocuraduría de Asuntos Penales sita en Doctor Lavista número 144, Acceso 1, Tercer Piso, Colonia Doctores,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México, los oficios CG/CISOBSE/437/2016 y CG/CISOBSE/1490/2016
de fechas veintidós de febrero y veintisiete de junio, ambos de dos mil dieciséis, así como del Dictamen Técnico de trece de
julio de dos mil quince, con el apercibimiento que de no hacerlo en el plazo indicado, se tendrá por perdido su derecho para
contestar las imputaciones, así como para ofrecer pruebas, en términos del primer párrafo del artículo 458 del Código Fiscal
de la Ciudad de México. Sus promociones se recibirán en las oficinas de la Subprocuraduría de Asuntos Penales, en un
horario de las 9:00 horas A.M. a las 19:00 horas P.M., de lunes a viernes.
24 de Julio de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 63
En su contestación debe señalar domicilio dentro de la circunscripción territorial de la Ciudad de México, conforme al
artículo 459, fracción III del Código Fiscal de la Ciudad de México, con el apercibimiento de que en caso de no atender este
requerimiento las siguientes notificaciones se harán por estrados, con fundamento en la fracción IV del artículo 434 del
Código Fiscal de esta Ciudad.
Podrá nombrar representante y autorizar a personas para que a su nombre reciban notificaciones en términos de la fracción
IV del artículo 459, del Código Fiscal de esta Ciudad; por otra parte en términos del tercer párrafo del numeral 458 del
Código de la materia, se le pone a la vista el expediente en el que se actúa para consulta, lo que podrá realizar en el área de
la Subprocuraduría de Asuntos Penales, destinada para tal fin, en un horario de las 9:00 horas A.M. a las 14:00 horas P.M.,
de lunes a viernes y, en su caso, para la expedición de copias certificadas de los documentos que en él obren, previo pago de
derechos correspondiente.
Conforme a los artículos 186 y 191 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de
la Ciudad de México, se le requiere para que en el término de tres días contados a partir del siguiente a aquel en que surta
efectos la notificación de este acuerdo, otorgue su consentimiento por escrito para restringir el acceso público a su
información confidencial, en el entendido de que su omisión a desahogar dicho requerimiento, establecerá su negativa para
que dicha información sea pública.
Notifíquese el presente acuerdo al C. RAFAEL CASTRO TORAN conforme a lo dispuesto en el artículo 434 fracción III,
del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Así lo proveyó y firma la Licenciada Norma Carolina Magaña López, Subprocuradora de Asuntos Penales de la
Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México.”
LA SUBPROCURADORA DE ASUNTOS PENALES.
(Firma)
LIC. NORMA CAROLINA MAGAÑA LÓPEZ.
Publíquese por dos días consecutivos en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en uno de los periódicos de mayor
circulación, conforme el artículo 439, segundo párrafo del Código Fiscal de la Ciudad de México.
64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de Julio de 2017
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
JUAN ULISES NIETO MENDOZA
INSERCIONES
Plana entera ................................................................................................... $ 1,824.00
Media plana ......................................................................................................... 981.00
Un cuarto de plana .............................................................................................. 610.70
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290,
Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $42.00)
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.