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••••• JI RYUIIIRMIEHTO DE ~ PARLA ti !l R~U"lAMIW(l DI PARLA Registro de Edictos 11111I1111111111111111111111111111111111 Número 2015000331 Fecho: 07-04.2015 14:47 Ó 1-ri1-Z0)~- 30-06-201 - Tipo. Edicto Destino: SAC DECRETO 2015002702 DECRETO DEL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO, CONTRATACiÓN, RÉGIMEN INTERIOR Y RECURSOS HUMANOS DEL AYUNTAMIENTO DE PARLA, D. Fernando Jiménez Diaz. En la Villa de Parla, a"fde abril de 2015 En relación con el informe del Director del Área Social en el que solicita que se proceda a la sustitución de una trabajadora social, con motivo de la situación de incapacidad temporal, permiso por maternidad y el de lactancia, en el caso de que éste último se acumule en jornadas completas de la persona que la ocupa en la actualidad, ya que las funciones desarrolladas por la citada trabajadora son de atención directa a los ciudadanos, teniendo asignada un volumen de expedientes cercano a los 300 y que la no cobertura de las bajas de profesionales de atención directa (especialmente trabajadores sociales por ser el profesional referente en la atención), genera graves disfunciones en los servicios (reorganización de las citas de .Ios ciudadanos) y en las dinámicas de trabajo en los centros y entre los profesionales. Visto el informe del Técnico de Recursos Humanos en el que se concluye: ,.::,\,,:.:.,i 11 "Que la necesidad de sustituir a una Trabajadora Social municipal durante la situación lí!)'.... ,_ diJ"ii}capacidad temporal, permiso por maternidad y lactancia, en el caso de que éste 1':;" Cr ; , ¡iltimo se acumule en jornadas completas, puede encontrarse comprendida dentro de ( '~j ~ .. \.~\Ios súpuestos excepcionales a la prolJibición general prevista en el artIculo 23.2 de la ~ (>i t '~P~E 2015, si bien responde en última instancia a un criterio polltico dete:minar que el , . A'. J; p¡¡esto a cubrir pertenece a Ufl sector, funCión y categorla profeSIonal que el " ',}-', ,~;"Ari~Ayuntamiento considere prioritarios, o que afectan al funcionamiento de los servicios ':'t,,',~, \ públicos esenciales, '. ' En cuanto al procedimiento para la selección correspondiente, de llevarse a cabo y dada la urgencia requerida, se propone aplicarse como referencia y adaptándola a este caso, la Orden APU/146112002, de 6 de junio, por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino en la Administración General del Estado aplicando como método de selección el concurso. El aspirante seleccionado será contratado mediante la modalidad de interinidad por 'sustitución de la persona con dereclJo a reserva de puesto extinguiéndose el mismo en el momento en el que finalice. la situación de incapacidad temporal, permiso por maternidad y el de lactancia, en el caso de que éste último se disfrute acumulado en jornadas completas. En caso de que la empleada municipal opte por disfrutar las vacaciones de forma ininteiíumpida a los permisos citados y se mantengan las necesidades expüestas en el presente informe, el candidato seleccionado podrá suscribir un nuevo contrato, en esta ocasión, eventual por circunstancias de la producción". Visto el informe favorable de Intervención de fecha 23 de enero de 2015. Visto el Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 1 de abril de 2015 por el que se acuerdan los Sectores Prioritarios y Servicios Esenciales de esta Administración. Pagina 1 de 8

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Registro de Edictos

11111I1111111111111111111111111111111111Número 2015000331Fecho: 07-04.2015 14:47

Ó 1-ri1-Z0)~-30-06-201 -

Tipo. EdictoDestino: SACDECRETO 2015002702

DECRETO DEL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO,CONTRATACiÓN, RÉGIMEN INTERIOR Y RECURSOS HUMANOS DEL AYUNTAMIENTODE PARLA, D. Fernando Jiménez Diaz.

En la Villa de Parla, a"fde abril de 2015

En relación con el informe del Director del Área Social en el que solicita que se procedaa la sustitución de una trabajadora social, con motivo de la situación de incapacidad temporal,permiso por maternidad y el de lactancia, en el caso de que éste último se acumule en jornadascompletas de la persona que la ocupa en la actualidad, ya que las funciones desarrolladas porla citada trabajadora son de atención directa a los ciudadanos, teniendo asignada un volumende expedientes cercano a los 300 y que la no cobertura de las bajas de profesionales deatención directa (especialmente trabajadores sociales por ser el profesional referente en laatención), genera graves disfunciones en los servicios (reorganización de las citas de .Iosciudadanos) y en las dinámicas de trabajo en los centros y entre los profesionales.

Visto el informe del Técnico de Recursos Humanos en el que se concluye:

,.::,\,,:.:.,i11"Que la necesidad de sustituir a una Trabajadora Social municipal durante la situaciónlí!)'.... ,_ diJ"ii}capacidad temporal, permiso por maternidad y lactancia, en el caso de que éste

1':;" Cr ; , ¡iltimo se acumule en jornadas completas, puede encontrarse comprendida dentro de

('~j ~.. \.~\Ios súpuestos excepcionales a la prolJibición general prevista en el artIculo 23.2 de la~ (>i t '~P~E 2015, si bien responde en última instancia a un criterio polltico dete:minar que el, . A'. J;p¡¡esto a cubrir pertenece a Ufl sector, funCión y categorla profeSIonal que el

" ',}-', ,~;"Ari~Ayuntamiento considere prioritarios, o que afectan al funcionamiento de los servicios': 't,,',~,\ públicos esenciales,'. '

• En cuanto al procedimiento para la selección correspondiente, de llevarse a cabo ydada la urgencia requerida, se propone aplicarse como referencia y adaptándola a estecaso, la Orden APU/146112002, de 6 de junio, por la que se establecen las normaspara la selección y nombramiento de personal funcionario interino en la AdministraciónGeneral del Estado aplicando como método de selección el concurso.

• El aspirante seleccionado será contratado mediante la modalidad de interinidad por'sustitución de la persona con dereclJo a reserva de puesto extinguiéndose el mismo enel momento en el que finalice. la situación de incapacidad temporal, permiso pormaternidad y el de lactancia, en el caso de que éste último se disfrute acumulado enjornadas completas.

• En caso de que la empleada municipal opte por disfrutar las vacaciones de formaininteiíumpida a los permisos citados y se mantengan las necesidades expüestas en elpresente informe, el candidato seleccionado podrá suscribir un nuevo contrato, en estaocasión, eventual por circunstancias de la producción".

Visto el informe favorable de Intervención de fecha 23 de enero de 2015.

Visto el Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 1 de abril de 2015 por el que seacuerdan los Sectores Prioritarios y Servicios Esenciales de esta Administración.

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" RVUHIAI41ENIO OE::: PARLAPor todo lo expuesto y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por la legislaciónvigente:

HE RESUELTO

PRIMERO.- Aprobar las bases para cobertura de forma interina de una plaza de Trabajador/aSocial (puesto 1558 de la RPT, grupo A2) durante la situación de incapacidad temporal,permiso por maternidad y el de lactancia, en el caso de que éste último se acumule en jornadascompletas de la persona que la ocupa en la actualidad.

SEGUNDO.- Publicar las referidas Bases en el Tablón Electrónico de Anuncios de la SedeElectrónica del Ayuntamiento de Parla.

BASES PARA LA COBERTURA URGENTE DE FORMA INTERINA DE UNA PLAZA DETRABAJADOR SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DE PARLA

1. PUESTO CONVOCADO:

~:;- NORMATIVA APLICABLE:fi I \\1' ••' -~: ,;., Eiproceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes

" bases, alderecho básico contenido en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por. 'ef,quErse aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia deRégínien Local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y la Orden APU/1461/2002,de 6 de junio, sobre Normas para selección y nombramiento de personal funcionario interino.

,

El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de forma interina de una plaza deTrabajador Social (Puesto n° 1558 de la RPT, Personal Laboral, Grupo profesional A2) durantela situación de incapacidad temporal, permiso por maternidad y el de lactancia, en el caso de"g~!l,¡¡st~ último se acumule en jornadas completas de la persona que la ocupa en la actualidad.

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b\:.¿

3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reuniren el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante elproceso selectivo, los siguientes requisitos:

a) Teneí la nacionalidad española o encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

i. Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea oencontrarse en el ámbito de aplicación de Tratados Internacionalescelebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en losque sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

ii. Ser cónyuge de españolo de nacional de otros Estados miembros dela Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.

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Las personas con discapacidad acreditarán su compatibilidad por certificación delInstituto Nacional de Servicios Sociales u Organismo Autónomo correspondiente,pudiéndose exigir valoración por el Servicio Médico de la Entidad.

No haber siao separado, mediante expediente disciplinario, del servicIo decualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales oestatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absolutao especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso alcuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, nohallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sancióndisciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos elacceso al empleo público.

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HL. Ser descendiente de españolo de nacional de otros Estados miembrosde la Unión Europea o de su cónyuge siempre que no estén separadosde derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edaddependientes.

iv. Ser extranjero con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad.

c) Estar en posesión del Titulo de Grado en Trabajo social o de Diplomado en Trabajosocial.

d) Contar con al menos dos años de experiencia profesional como Trabajador/a socialen Centros de servicios sociales (Unidades de Información y orientación, Atencióna la Dependencia, Programas de Familia y convivencia, Programas de inclusiónsocial) mediante certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, enel caso de experiencia adquirida en la Administración y en los demás casosmediante fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboralexpedida por la Tesorerla General de la Seguridad Social. Cuando la experienciaprofesional se derive de la realización de un trabajo por 'cuenta propia, la copia delcontrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá porcopia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experienciaalegada.

.-"é)_.;,"No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación fisica o psiquica que sea/". " incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.! / (h){,' q.,.,I~"' ~. \ '~ ~... , "\..;. 'l.

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4. SISTEMA SELECTIVO:

El sistema seiectivo será el oe concurso. 1::1 oaremo de ia fase de concurso sedeterminará en función del perfil del puesto a proveer y de los conocimientos y "aptitudesdeseados parar el mismo.

4.1.BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO:

a) Se valorará con un máximo de 100 puntos la experiencia profesional que exceda dela exigida como requisito en el apartado d) de la Base Tercera, conforme a lossiguientes criterios:

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• Se valorará con un máximo de 80 puntos la experiencia profesional en puestos detrabajo de Trabajador/a social en Centros de Servicios sociales, de acuerdo a lasiguiente fórmula:

Puntuación (máx 80 puntos)= n' meses completos de experiencia x1,5

• Se valorará con un máximo de 20 puntos la experiencia profesional en puestos detrabajo de trabajador/a social no valorada en el punto anterior, de acuerdo a lasiguiente fórmula:

• Puntuación (máx 20 puntos)= n' meses completos de experiencia x0,5

b) Se valorará con un máximo de 50 puntos los conocimientos, cursos de formación yformación académica de acuerdo con los siguientes criterios:

• Se valorará con un máximo de 30 puntos las titulaciones o especialidadesacadémicas que estén relacionadas con las funciones propias del puesto objeto deprovisión (excluida la que se establece como requisito en la Base Tercera) deacuerdo a la siguiente fórmula:

Puntuación (máximo 30 puntos)= nO de titulaciones oespecialidades académicas que estén relacionadas con lasfunciones propias del puesto objeto de cobertura x 10 puntos

Puntuación (máx 10 puntos por cada curso)= n° horas lectivas delcurso x 0,01

Se valorará con un máximo de 15 puntos los cursos de formación con un mlnimo_ de 15 horas relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por centros legalmente.. autorizados y reconocidos de acuerdo a la siguiente fórmula:

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-. - • Se valorará con un máximo de 5 puntos las jornadas, seminarios de capacitaciónprofesional relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por centros legalmenteautorizados y reconocidos de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntuación (máx 5 puntos por cada curso)= n° horas lectivas delcurso x 0,01

En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente.

4.2.FORMA DE ACREDITACiÓN

La experiencia profesional se acreditará mediante certificado expedido por lacorrespondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración yen los demás casos mediante fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación devida laboral expedida por la Tesorerla General de la Seguridad Social. Cuando la experienciaprofesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato ode los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se sustituirá por copia del contrato ocontratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.

La realización de los cursos se acreditará a través de certificados o diplomas con indicaciónde las horas de duración, debiendo aportar copia compulsada de los mismos. Sólo se valorarán

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los cursos si fueran convocados u organizados por Universidades, Escuelas Oficiales,Institutos, Ayuntamientos o Comunidades Aut6nomas u otras entidades siempre en este últimocaso estuvieran homologados.

5. TRIBUNAL CALIFICADOR

El 6rgano de selección estara formado por los miembros que siguen:

Presidente: ANTONIO GALLEGO GALLEGODirector Servicios Sociales del Ayuntamiento de Parla

Suplente: FRANCISCO JIMÉNEZ TORONJOSoci610go del Ayuntamiento de Parla.

Vocal/Secretario: M' DEL CARMEN DURO LOMBARDO.Secretaria General del Ayuntamiento de Parla

Suplente: VICTOR BERÁSTEGUI AFONSOLetrado-Asesor del Ayuntamiento de Parla

Vocal: MONTSERRAT ARJONA ARJONATrabajadora social

SUSANALEÓNLEDESMATrabajadora social

Suplente:

.' .~\~]" I . ',-.\. ,

~.í) Los miembros del 6rga~0 de selección debera que abstenerse y podran ser recus~dos. ~ ~~; e acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.~.~ ~.£;L 1" ....'; .

J. ',~\ ~ - -':'.•...{ ..•\.;..~. ti;;' 6~. PRESENTACiÓN DE INSTANCIAS Y ADMISiÓN DE ASPIRANTES

..'....:il,r ..t-~y'-:6.1.PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

• Modelo de solicitudImpreso normalizado del Ayuntamiento de Parla: Presenciál o Registro Electr6nico.

• Lugar de Presentación

La solicitud se podra presentar de las siguientes maneras:

Presencialmente. en las Oficinas del Servicio de Atenci6n al Ciudadano delAyuntamiento de Parla.Presencialmente por cualquiera de los medios previstos en el articulo 38.4 dela Ley 30/1992, teniendo la obligaci6n de comunicarlo el mismo dla de lapresentaci6n en la Entidad Administrativa enviando una copia del Registro deEntrada al Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Parla através de fax al número 916982971.Con Registro Electr6nico y con Certificado Digital en la Sede Electr6nica delAyuntamiento de Parla (htlps:/Isede.ayuntamientoparla.es/portal/sede).

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• Plazos de Presentación

Será de 10 dlas naturales contados a partir del dla siguiente a la publicación de estaconvocatoria en el Tablón de Anuncios asl como en la Sede Electrónica del Ayuntamientode Parla.

• Documentación a presentar junto con la solicitud

o Impreso normalizado del Ayuntamiento de Parla: Presencial o Registro Electrónico.o Fotocopia compulsada/cotejada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte

en vigor.o Declaración del interesado en la que manifieste expresamente que reúne todas y

cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base Tercera, referidossiempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y queacepta en todos sus extremos las presentes bases.

o Documentación original o fotocopia compulsada/cotejada acreditativa de losméritos que el candidato posee para que se valoren conforme a lo previsto en elpunto 4 de las presentes Bases.

o Justificante de pago Tasas de Derecho de Examen, que asciende a 25,83 €, Yquese ingresará con la Autoliquidación que figura en la impreso normalizado en lassucursales de Bankia o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en la SedeElectrónica del Ayuntamiento de Parla.

Las fotocopias de los documentos originales deberán ser cotejadas o compulsadas•• (presentando también los originales) en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana en

, ,,;. e~,~mento de la presentación de la documentación o ante un Notario.

).J~' .,,,":'¡ "E~pirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente aprobará la.; (" 'f Iista.de admitidos/as y excluidos/as, la cual se adoptará en atención a lo declarado por'; \} :t':los~~faspirantes. Dicha resolución, que se publicará en el Tablón Electrónico de Anuncios\ ~'de.,la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla (www.sede.ayuntamrentoparla.es).,. ~Il.'" ,.~~e~'t¡jbleciendo el plazo de 2 días hábiles para subsanación de defectos por los/as

: .~).,' -;~,.'a'spirantes excluidos/as.o "',,' 1," •

Serán subsanables los errores de hecho, como son los datos personales del/ainteresado/a, lugar señalado a efectos de notificaciones, fecha, firma u órgano al que sedirige.

No será subsanable, por afectar al contenido esencial de la propia solicitud del sistemaselectivo, al plazo de caducidad o a la carencia de actuaciones esenciales:

No hacer constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos decapacidad exigidos en las bases,Presentar la solicitud de forma extemporánea, ya sea antes o después..J_I _, ..J: __ ._

Ut::1 ""ldL,U L.UII t::~""VIIUIt::lllC,

• La falta de pago de los derechos de examen o-el pago parcial de losmismos.

2°) Resultado del proceso

Una vez baremados los méritos, el resultado se publicará en el Tablón Electrónico deAnuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla, ordenando los candidatos demayor a menor según la puntuación obtenida.

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El Tribunal expondrá al público la lista .de aspirantes con la puntuación obtenida en lafase de concurso, concediéndoles un plazo de 2 dlas hábiles para que formulen lasreclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

7. FORMALlZACION DEL CONTRATO LABORAL Y LISTA DE ESPERA:

7.1.Formalización del contrato

El candidato seleccionado será contratado mediante la modalidad de interinidad porsustitución de la persona con derecho a reserva de puesto extinguiéndose el mismo en elmomento en el que finalice la situación de Incapacidad temporal. permiso por maternidad y elde lactancia, en el caso de que éste último se disfrute acumulado en jornadas completas.

En el caso de que la trabajadola municipal a la que se sustituye, opte por disfrutar lasvacaciones de forma ininterrumpida a los permisos citados y se mantengan las necesidadesexpuestas, el candidato seleccioñado podrá suscribir un nuevo contrato, en esta ocasión,eventual por circunstancias de la producción. .

La formalización'del contrato laboral estará supeditada a que se mantenga la situaciónde incapacidad temporal, maternidad o el permiso de lactancia en los términos expuestos aslcomo a la previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en laconvocatoria.

El periodo de prueba será de dos meses.

7.2.lista de Espera

••' ~. "1 •• : -'o., 7.2.1.Funcionamiento de la lista de Espera

'.~ ') , Los aspirantes que superen el proceso selectivo, incluyendo al candidato que resulte. \ seleccionado, quedarán en una lista de espera con una vigencia de tres años, ante la

, \-:. ' ~ POSib,i1idadde que surjan nuevas necesidades de carácter temporal y en los términos previstos~ \::. "'-J en la ~Aormativa vigente para estos supuestos. El puesto asignado en la lista de espera se

'\; %uu'-:--'" ~sigriárá por riguroso orden de puntuación obtenido por los aspirantes en este proceso'f\ .:.~A',')•selectivo., &:T~t.nU'-\"""

Eliniegrante de la lista que sea contratado por el Ayuntamiento mantendrá el mismonúmero de orden en la misma en tanto en cuanto no se supere un periodo acumulado decontratación de cuatro meses. Una vez consumido este periodo seguirá formando parte de labolsa si bien pasará a ocupar el último lugar de la misma.

Los iiamamientos se realizarán por vid Leieiollicd y/o POf e~l1lé:llL M léii e:íecio íosinteresados deberán facilitar un número de teléfono de contacto preferiblemente móvil y unadirección de correo electrónico y mantenerlos actualizados durante toda la vigencia de la listade espera.

En el supuesto de que, efectuado el llamamiento, el aspirante renuncie al mismo, seprocederá a convocar al siguiente en la lista.

En todos los casos, el aspirante deberá mantener todos los requisitos establecidos enlas presentes bases y a otros que aún no habiendo sido contemplados en las presentes basesvengan impuestos por el Ordenamiento Jurldico.

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7.2.2.Causas de exclusión de la Lista de Espera

Serán causas de exclusión de lista de espera:

Renunciar a un contrato durante el periodo de su vigencia, salvo causa defuerza mayor que será asi apreciada por el Ayuntamiento.

No superar el periodo de prueba.

No haber obtenido respuesta el Ayuntamiento por parte del aspirante una veztranscurridas 24 horas después del llamamiento.

7.2.3.Causas justificadas de renuncia

Se considerarán causas justificadas de renuncia a un llamamiento las siguientes:

a) Estar trabajando mediante contrato o nombramiento en el momento de la notificación.

b) Estar en situación de permiso por maternidad, paternidad o de adopción.

c) Estar en situación de incapacidad temporal.

Los aspirantes cuya renuncia se base en los motivos b) y c) mantendrán el puestocorrespondiente en la lista de espera quedando en situación de "no disponible" en la lista, hastaque finalice la situación que motivó el rechazo de la oferta.

El aspirante que renuncie y justifique la causa a) pasará al último lugar de la lista deespera.

Los aspirantes deberán renunciar por escrito, mediante instancia general dirigida alDepartamento de Recursos Humanos aportando la causa justificada y comunicarposteriormente y del mismo modo la fecha en la que vuelven a estar disponibles.

8. IMPUGNACION:

La convocatoria y sus bases, asl como cuantos actos administrativos se deriven deaquella y de las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnadas en 'el plazo yforma establecidos en la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurld co de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. /.

Asi lo manda y firma el Concejal Delegado del Área de Hacien, a, Patrimonio,Contratación, Régimen Interior y Recursos Humanos del Ayuntamiento de PariaA,enei lugar ylecna arnoa InOlcadOS. 1I

ANTE MILA ECRETARI¡ GENERAL

Fdo: Fernan~o Jir::¡énezDiazCo cejalpelegado

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