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SaLud familiar... CONTRATO DE CONVENIO DE ATf,,NCIÓN ODONTOLÓGICA En Santiago de Chile, a 20 de Octubre del 2008, entre ORTODONCIA& ESTÉTICA LTDA., sociedad del giro de Servicios Odontológicos, rol únicotributario N" 76.956.820-4, representada por doñaVarinia CamilaBecenaOsorio, chilen4 casad4factor de comercio, cédulanacionalde identidad N' 14.143.497-7, ambosdomiciliados en Avda. Vicuña Mackenna N" 9354, de la comunade La Florida, por una parte y en adelante también e indistintamente " O&8" o "LA CLÍNICA" y por la otra Asociación de Empleados de Sond4 sociedad del giro de su denominaciór¡ representada por don Ca¡los Jiménez AzÍn" chileno,casado, cédulanacionalde identidad N" 9.479.396-3, todos domiciliados en Teatinos N' 500, de la comunade Santiago, en adelante también e indistintamente "LA ASOCIACIÓN", se ha convenido en la celebración del presente contrato de prestación de servicios, que consta de las cláusulas siguientes: TITULO PRIMERO DE LOS BENEFICIOS ODONTOLÓGICOS Y LOS BENEFICIARIOS. PRIMERA: Clínica O&E cuentacon la infiaestructuray profesionales acreditados para prestar a los beneficiarios servicios odontológicos. En virtud del presente convenio,los beneficiarios, entendiendo por tales lo definido en la ckíusulacuart4 tendnín derechoa an 65Yo de descuento, en relación al arancel establecido por Colegio de Cirujanos Denúistas de Chile A.G, el que será reajustado de acuerdo a la unidad clínica odontológica (u.c.o) del mismo colegio. El benehcio del convenio de atención odontológicacontemplado en el presente contrato entrará en vigencia el día subsiguiente a la fecha que sea suscrito por ambas partes. Avda Isabel l¡ Caktlica 4185l,as Cordes SaDriago Tel: (56-2)2454191¡'¡\: (56 -2) 4't521,72 Avda. Vicuña N.lackerm¿ 9354 La F'lo¡idá Sanliaeo Te¡ : l5ó,2) 7552679

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SaLud fami l iar . . .

CONTRATO DE CONVENIO DE ATf,,NCIÓN ODONTOLÓGICA

En Santiago de Chile, a 20 de Octubre del 2008, entre ORTODONCIA & ESTÉTICA

LTDA., sociedad del giro de Servicios Odontológicos, rol único tributario N" 76.956.820-4,

representada por doña Varinia Camila Becena Osorio, chilen4 casad4 factor de comercio,

cédula nacional de identidad N' 14.143.497-7, ambos domiciliados en Avda. Vicuña

Mackenna N" 9354, de la comuna de La Florida, por una parte y en adelante también e

indistintamente " O&8" o "LA CLÍNICA" y por la otra Asociación de Empleados de

Sond4 sociedad del giro de su denominaciór¡ representada por don Ca¡los Jiménez AzÍn"

chileno, casado, cédula nacional de identidad N" 9.479.396-3, todos domiciliados en

Teatinos N' 500, de la comuna de Santiago, en adelante también e indistintamente "LA

ASOCIACIÓN", se ha convenido en la celebración del presente contrato de prestación de

servicios, que consta de las cláusulas siguientes:

TITULO PRIMERODE LOS BENEFICIOS ODONTOLÓGICOS Y LOS BENEFICIARIOS.

PRIMERA: Clínica O&E cuenta con la infiaestructura y profesionales acreditados paraprestar a los beneficiarios servicios odontológicos.En virtud del presente convenio, los beneficiarios, entendiendo por tales lo definido en lackíusula cuart4 tendnín derecho a an 65Yo de descuento, en relación al arancelestablecido por Colegio de Cirujanos Denúistas de Chile A.G, el que será reajustado deacuerdo a la unidad clínica odontológica (u.c.o) del mismo colegio. El benehcio delconvenio de atención odontológica contemplado en el presente contrato entrará en vigenciael día subsiguiente a la fecha que sea suscrito por ambas partes.

Avda Isabel l¡ Caktlica 4185l,as Cordes SaDriago Tel: (56-2)2454191 ¡'¡\: (56 -2) 4't521,72Avda. Vicuña N.lackerm¿ 9354 La F'lo¡idá Sanliaeo Te¡ : l5ó,2) 7552679

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SaTud fami f íar . . .

SEGIJNDA: El descuento considerado en la cláusula primera se entenderá extendido a suvez a todo tipo de prestaciones odontológicas que preste Clínica O&E. El presenteconvenio contempla atenciones de Ortodoncia y Ortopedia Dento Maxilar, así comooperatoria, endodoncias, exodoncias, y Periodoncia, entre otras.

TERCERA: La Clínica se compromete a realizar el diagnóstico y plan de tratamiento enforma absolutamente gratuita para los beneficiarios. Este diagnóstico contempla la tomade Radiografias Bite-Wing, sin costo adicional.

CUARTA: Se considera¡ián beneficiarios de este convenio todos los trabaiadores concontrato de trabajo indefinido, o Par-time y su familia.

TITULO SEGUNDODE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAEMPRESA.

QUINTA: La Asociación no avala ni asume responsabilidad alguna respecto de lasdeudas de los asociados que decidan financiar su tratamiento directamente con laclínica.La Asociación no se obliga a pago alguno por este servicio. Los beneficios se¡¡ínotorgados directamente por la Clínica y los pagos de los tratamientos serián efectuados porlos beneficiarios directaiaente en la Clínica Dental donde se atenderiin.

SEXTA: La Asociación suscriptora se compromete a facilitar la distribución deinformación necesa¡ia para el conocimiento de la existencia de este convenio. Lainformación deberá ser distribuida de la manera más propicia para la Asociación y sin queella interfiera en el normal funcionamiento de la jomada laboral y de sus espacios.

.q.vda Isabel l ¡Catól iü4185 t ¡s Condes S¿nt iago -Tel : (56-2)2454191|ar : (56-2)41321'72A!da. vicuña Vackenna 9354I¡ Flo.iü Sanliago fcl , (56-2) 7552679

Safud famí7íar...

SEPTIMA: La Asociación en este acto nombra un encargado o apoderado del "Conveniode atención Odontológica", con el cual la clínica mantendrá contacto para todas lassituaciones derivadas de este convenio a don Carlos Jiménez Az6a.

OCTAVA: El convenio NO es excluyente con otros que ya se tengan o que en futuropueda llegar a tener La Asociaciór¡ de tal forma que NO se exige exclusividad alguna en lasuscripción del presente acuerdo

TITULO TERCERODE LAS RESPONSABILIDADES DE LA CLÍNICA O&8.

NOVENA: La Clínica O&E se compromete a otorgar las prestaciones odontológicas, enforma' cuantía y condiciones estipuladas en el presente contrato.

DECIMA: Los tratamientos efectuados a los beneficiarios del presente Convenio tendr¿índoce meses de garantía. Se excluyen de esta garantía anual los tratamientos dePeriodoncia en que es determinante la mantención por parte del paciente, éstos tienen seismeses de garuúia. Tampoco tienen garantía los tratamientos altemativos al tratamientoinicialmente planteado. Es decir, si por razones económicas un paciente no realiza eltratamiento indicado como primera opción por la Clínica y decide por un tratamientoalternativo de menor costo, así como tampoco tratamientos realizados por otra Clínica.

UNDECIMA: Será obügación de la Clínica O&E enviar a La Asociación sualquierinformación que ésta requier4 como certiñcados, hformes de salud de los pacientes,informe de pagos o informes de contralori4 etc.

Avd¡ Isabel l-aCatólica4185l¿s Condes Sa¡tingo Icl | (56-2)2454t9t tsa\: (s6-2) 4752172Avda. \¡icuña i!.lackenna 9354 J-a Florida . Sa¡¡iaqo Tel : 156-2) 7552679

S,#,m.Sa¿uáft,ru:l¿ar.

SEPTIMA: La Asociación de Empleados de Sonda, a través de su Directorio ma¡tendrácontacto con todas las situaciones derivadas de este convenio con La Clínica en formadirecta, quien nombrará a un ejecutivo que resuelva todo hecho acaecido de este convenio.

OCTAVA: El convenio NO es excluyente con oÍos que ya se tengan o que en futuropueda llegar a tener La Asociación de Empleados de Sonda, de tal forma que NO se exigeexclusividad alguna en la suscripción del presente acuerdo

TITULO TERCERODE LAS RESPONSABILIDADES DE LA CLÍNICA O&E.

NOYENA: La Clínica O&E se compromete a otorgar las prestaciones odontológicas, enforma, cuantía y condiciones estipuladas en el presente contrato.

DECIMA: Los tratamientos efectuados a los beneficiarios del presente Convenio tendr¡índoce meses de garantía. Se excluyen de esta garantía anual los tratamientos dePeriodoncia en que es determinante la mantención por parte del paciente, éstos tienen seismeses de gamntía. Tampoco tienen garantía los tratamientos altemativos al tratamientoinicialmente planteado. Es decir, si por razones económicas un paciente no realiza elüatamiento indicado como primera opción por la Clínica y decide por un tratamientoaltemativo de menor costo, así como t¿rmpoco tratamientos realizados por otra Clínica.

UNDECIMA: Será obligación de la Clínica O&E enviar a La Asociación de Empleados deSonda cualquier información que ésta requiera, como certificados, informes de salud de lospacientes, informe de pagos o informes de contraloría, etc.

Avda Isabel La Católica 4185 Las Condes - Santiago - "l"el i (56-2)245419t F^x: (56-2) 47 52172Avda. Vicuña Mackenna 9354 l,a Florida, Santiago-Tcl | (56-2) 7552679

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TITULO CUARTODE LA Rf,,NovAcróx v rÉnun*o DEL coNTRATo

DUODECIMA: El presente convenio tendrá una duración de tm año (doce meses), acontar del día subsiguiente a la fecha de su suscripción y se renovará autonlíticamente porperiodos iguales y sucesivos de un año, salvo aviso en contrario de una de las partes, el quedeberá comunicarse siempre por escrito mediante carta certificada enviada con treinta diasde anticipación al término del período anual. Las prestaciones en curso mantend¡¡ín losbeneñcios establecidos en el oresente contrato.

DECIMA TERCERA: Podrá ponerse término anticipado al presente contrato:a.- De común acuerdo por las partes.b.- Por incumplimiento de las obligaciones emanadas del presente convenio.c.- Por decisión unilateral de una de las partes mediante aviso a la otra" por escrito,especificando las razones que lo llevan a tomar tal decisióg con a lo menos treinta dias deanticipación a la fecha que se pondrá término.

TITULO QUINTODE LAS DISPOSICIONES GENERALES

DECIMA CUARTA: Las atenciones a los beneficiarios se realizaran en las sisuientessedes:- Avda. Isabel La Católica No 4185 Las Condes.- Avda. Vicuña Mackenna No 9354 La Florida

Ademís de las futuras sedes que se pudiesen generar.

.{vda Isabel l-a Católica 4185I¡s Condes- Santiago Tel: (s6-2)2454191 taj(: (56-2) 41s2t72Avda. !'iü¡ña Nlacke¡r¡a 9354 l-a llorida San¿iago - l el : (56-2) 7j52679

0&H,Salud famílíar...

DECIMA QUINTA: Se firma el presente contrato en dos ejemplares del mismo tenor yfecha, quedando cada parte con uno de ellos.

DECIMO SEXTO: Para todos los efectos derivados del presente contralo, las partes fijandomicilio en la Ciudad de Santiaso.

La personería de doña Varinia Camila Becena Osorio y para comparecer a nombre y enrepresentación de ORTODONCIA & ESTETICA LTDA., consta en la escritura públicadel 7 de Septiembre de 2007, otorgada ante el Notario de Santiago don Humberto QuezadaMoreno.

Asociación de Empleados Sonda

Avda Isabel l¡ Ca.ólica 4185 L:r.s Cordes Santiago -Tel: (56-2)2454191 FaL: (56-2) 4752t t2Avda. Vicuña Lfack.¡na 9354 I_a Florida - Sanria Eo

'tet : (56-2) 75526.t9