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NúM. 3386 ayuntamientO de mOta del CuervO ANUNCIO BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO, DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS PARA LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MOTA DEL CUERVO (CUENCA). PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución, por el procedimiento de concurso, de una Bolsa de Trabajo de MONITORES/AS para la Universidad Popular de Mota del Cuervo, para atender los servicios y programación de la misma. Los/as Monitores/es seleccionados/as se contratarán a tiempo parcial para cubrir las necesidades del servicio según la Pro- gramación de la Universidad Popular de Mota del Cuervo. La distribución de la jornada, turnos u horarios se realizarán así mismo, en función de las necesidades del servicio y en atención a dicha programación. La duración de los contratos se extenderá hasta la finalización de los correspondientes cursos, siendo la contratación de carácter laboral temporal, acogida a los artículos 2, 3 y 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que regulan las modalidades de contrato de trabajo para obra o servicio determinado, eventual por circunstancia de la producción y de inte- rinidad por sustitución de trabajadores con reserva del puesto de trabajo, con la finalidad de atender la realización de aque- llos servicios y, en su caso, tareas, que puntualmente determinase este Ayuntamiento, así como cubrir las bajas tempora- les que se produzcan en la plantilla del personal de esta Corporación. Los contratos de los/as aspirantes incluidos/as en la Bolsa de Trabajo se producirán por riguroso orden establecido en la misma, en función de las necesidades del servicio, estando vinculados el tiempo, la jornada y el horario de los mismos a dichas necesidades. Tanto el número de horas así como su distribución podrán ser modificadas en función del número de alumnos/as existen- tes en cada momento de vigencia del respectivo contrato, así como por la necesidad de adecuar las diferentes clases o actividades, según los niveles o grupos de alumnos/as para la obtención de un mejor rendimiento académico. Estarán dotados/as con las retribuciones básicas correspondientes al grupo D, pagas extraordinarias, trienios y demás emo- lumentos que correspondan a dichos puestos, con arreglo a la legislación vigente, proporcionales a la jornada efectivamente realizada en función de las necesidades del servicio. Los/as Monitores/as que resulten contratados/as, asumirán las funciones de impartir las clases en el horario establecido por la Universidad Popular, de acuerdo al programa que se oferta en la misma, y serán responsables del diseño, ejecución y evaluación de la formación en la especialidad para la que sean contratados/as, desarrollando, entre otras, las siguientes funciones: • Impartir adecuada y puntualmente los cursos asignados, así como preparar y administrar los mismos. • Comprobar la asistencia de los alumnos/as a los cursos y talleres e informar de cualquier tipo de ausencia o incidencia a la Coordinadora de la Universidad Popular, así como de la intención o voluntad de los alumnos/as de causar baja o modi- ficación de cualquier aspecto de la matrícula. • Desarrollar la Programación de los correspondientes cursos de acuerdo con los criterios establecidos por el Área a la que pertenezca, teniendo siempre en cuenta su adaptación a las peculiares características de cada clase o alumno/a. • Elaborar, al final de cada curso, un informe memoria conforme sea solicitado por el/ la Coordinador/a de la Universidad Popular, así como cualquier otro informe que pudiera ser requerido por la Concejalía de Cultura. • Observar todas aquellas disposiciones reguladoras del funcionamiento de la Universidad Popular. Las especialidades o cursos a ofertar en la programación de la Universidad Popular, y a las que pueden optar los aspiran- tes serán las siguientes: - Restauración de muebles. - Pintura al óleo. - Manualidades. - Labores tradicionales con tejido. - Yoga. - Bailes de Salón. B Oletín O fiCial de la P rOvinCia de C uenCa Pág. 32 Miércoles 23 de septiembre de 2015 Núm. 111

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NúM. 3386

ayuntamientO de mOta del CuervO

ANUNCIO

BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONSTITUCIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO, DE UNABOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS PARA LA UNIVERSIDAD POPULAR DE MOTA DEL CUERVO (CUENCA).

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de la presente convocatoria la constitución, por el procedimiento de concurso, de una Bolsa de Trabajo deMONITORES/AS para la Universidad Popular de Mota del Cuervo, para atender los servicios y programación de la misma.Los/as Monitores/es seleccionados/as se contratarán a tiempo parcial para cubrir las necesidades del servicio según la Pro-gramación de la Universidad Popular de Mota del Cuervo. La distribución de la jornada, turnos u horarios se realizarán asímismo, en función de las necesidades del servicio y en atención a dicha programación.

La duración de los contratos se extenderá hasta la finalización de los correspondientes cursos, siendo la contratación decarácter laboral temporal, acogida a los artículos 2, 3 y 4 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que regulan lasmodalidades de contrato de trabajo para obra o servicio determinado, eventual por circunstancia de la producción y de inte-rinidad por sustitución de trabajadores con reserva del puesto de trabajo, con la finalidad de atender la realización de aque-llos servicios y, en su caso, tareas, que puntualmente determinase este Ayuntamiento, así como cubrir las bajas tempora-les que se produzcan en la plantilla del personal de esta Corporación.

Los contratos de los/as aspirantes incluidos/as en la Bolsa de Trabajo se producirán por riguroso orden establecido en lamisma, en función de las necesidades del servicio, estando vinculados el tiempo, la jornada y el horario de los mismos adichas necesidades.

Tanto el número de horas así como su distribución podrán ser modificadas en función del número de alumnos/as existen-tes en cada momento de vigencia del respectivo contrato, así como por la necesidad de adecuar las diferentes clases oactividades, según los niveles o grupos de alumnos/as para la obtención de un mejor rendimiento académico.

Estarán dotados/as con las retribuciones básicas correspondientes al grupo D, pagas extraordinarias, trienios y demás emo-lumentos que correspondan a dichos puestos, con arreglo a la legislación vigente, proporcionales a la jornada efectivamenterealizada en función de las necesidades del servicio.

Los/as Monitores/as que resulten contratados/as, asumirán las funciones de impartir las clases en el horario establecido porla Universidad Popular, de acuerdo al programa que se oferta en la misma, y serán responsables del diseño, ejecución yevaluación de la formación en la especialidad para la que sean contratados/as, desarrollando, entre otras, las siguientesfunciones:

• Impartir adecuada y puntualmente los cursos asignados, así como preparar y administrar los mismos.

• Comprobar la asistencia de los alumnos/as a los cursos y talleres e informar de cualquier tipo de ausencia o incidencia ala Coordinadora de la Universidad Popular, así como de la intención o voluntad de los alumnos/as de causar baja o modi-ficación de cualquier aspecto de la matrícula.

• Desarrollar la Programación de los correspondientes cursos de acuerdo con los criterios establecidos por el Área a la quepertenezca, teniendo siempre en cuenta su adaptación a las peculiares características de cada clase o alumno/a.

• Elaborar, al final de cada curso, un informe memoria conforme sea solicitado por el/ la Coordinador/a de la UniversidadPopular, así como cualquier otro informe que pudiera ser requerido por la Concejalía de Cultura.

• Observar todas aquellas disposiciones reguladoras del funcionamiento de la Universidad Popular.

Las especialidades o cursos a ofertar en la programación de la Universidad Popular, y a las que pueden optar los aspiran-tes serán las siguientes:

- Restauración de muebles.

- Pintura al óleo.

- Manualidades.

- Labores tradicionales con tejido.

- Yoga.

- Bailes de Salón.

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- Costura.

- Nutrición y cocina.

- Baile Español.

- Alfarería.

- Esparto.

SEGUNDA. PUBLICIDAD DE ESTA CONVOCATORIA Y SUS BASES.

La presente convocatoria y sus Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, en el Tablón de Anun-cios del Ayuntamiento de Mota del Cuervo así como en la página web. Los sucesivos anuncios relativos a la convocatoriase publicarán en el Tablón de Anuncios y en la página Web del Ayuntamiento (www.motadelcuervo.es).

No será necesario efectuar notificaciones o avisos individuales a los/as concursantes sobre el desarrollo de las pruebas.

TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitosreferidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos hasta la finalización del proceso selectivo:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los espa-ñoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún añoso mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de apli-cación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea deaplicación la libre circulación de los trabajadores. Así mismo podrán participar los ciudadanos extranjeros de cualquier otroEstado, siempre que cumplan los requisitos establecidos para ello en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero, reguladorade los derechos y libertades de los extranjeros en España y de su integración social.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicaso de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta oespecial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o paraejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inha-bilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido some-tido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.No estar en causa de incompatibilidad en el marco de lo establecido en la Ley 53/84 de 26 de Diciembre y demás disposi-ciones concordantes.

e) Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los/as demás aspirantes, sin que se esta-blezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeñode las tareas o funciones correspondientes. Los/as aspirantes con minusvalía deberán aportar certificación de discapaci-dad expedida por la Administración competente, con indicación de que la misma no incapacita para el desempeño del puestode trabajo objeto de la convocatoria.

f) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad y acreditar formación específica en la especialidad a la que se opta oal menos una experiencia profesional en puesto análogo de al menos 3 meses. Para los talleres de Alfarería, Esparto y Encajede Bolillos se permitirá la participación en el proceso sin estar en posesión del certificado de escolaridad, aunque deben detener una experiencia en la actividad tradicional acreditada.

g) Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice la presentación de instancias y gozar de los mis-mos durante el procedimiento de selección y mientras se permanezca en la lista de espera.

CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y ADMISIÓN.

Las instancias para participar en la presente convocatoria irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Motadel Cuervo según modelo que figura en el anexo, pudiéndose presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento en elplazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficialde la Provincia de Cuenca. Se acompañarán las mismas con copia del DNI y copia de los documentos que prueben reunirlos requisitos marcados en la base tercera, así como copia de aquellos documentos que acrediten los méritos valorablesen la fase de concurso del procedimiento de selección.

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Los documentos presentados deberán ser originales o en su defecto copias compulsadas.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspiran-tes admitidos/as y excluidos/as, con expresa indicación de las causas de exclusión, que se hará pública en el Tablón deAnuncios y en la página web del Ayuntamiento de Mota del Cuervo, concediéndose un plazo de 3 días naturales para recla-maciones y subsanación de defectos, a tenor del artículo 71 de la Ley 30/1.992 para el caso de que exista algún excluido.Dichas reclamaciones, si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista defi-nitiva, que será hecha pública con la relación definitiva de admitidos y excluidos, asimismo, en la forma indicada.

Si no hubiera reclamaciones la resolución provisional se elevará automáticamente a definitiva.

QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR

Según la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiadosy su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asi-mismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar partede los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta representación porcuenta de nadie

Los órganos de selección pueden disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunasde las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias.

Dichos asesores colaboran con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

Los órganos de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus miembros sonpersonalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas ydel estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selec-tivo.

El tribunal será designado por Resolución de Alcaldía y está formado por cinco personas:

Un/a Presidente/a

Un/a Secretario/a

Tres vocales.

La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, de26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

SEXTA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.

El sistema de selección será el concurso, consistiendo éste en la comprobación y calificación, por parte del Tribunal, de losméritos aportados por los/as aspirantes en su solicitud de participación. Se puntuará con un máximo de 10 puntos con elsiguiente desglose:

A) FORMACIÓN ACADÉMICA:

- Por licenciaturas o diplomaturas en las especialidades a las que se opta: 2 puntos.

- Por módulos formativos superiores en las especialidades a las que se opta: 1,50 puntos.

- Por curso de Director de Ocio y tiempo libre (Actividades Juveniles) homologado por la JCCM: 1 punto.

- Por curso de Monitor de Ocio y tiempo libre (Actividades Juveniles) homologado por la JCCM: 0’75 puntos.

- Por estar en posesión del carné de artesanía o título equivalente en las especialidades a las que se opta: 1 punto.

- Por premios otorgados por organismos públicos relacionados con la especialidad a la que se opta: 0,5 puntos.

- Por cada Título distinto del requerido en la especialidad en la que se participa, y que guarde relación con la misma: 0,5puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 4 puntos.

B) CURSOS DE FORMACIÓN:

- Por cada curso, cursillos o seminarios de formación específica relacionado con la especialidad a la que se opta, de hasta20 horas de duración: 0,25 puntos.

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- Por cada curso, cursillo o seminarios de formación específica relacionado con la especialidad a la que se opta, de 21 hasta40 horas de duración: 0,50 puntos.

- Por cada curso, cursillo o seminario de formación específica relacionado con la especialidad a la que se opta, de 41 o máshoras lectivas: 0,75 puntos.

Se valorarán los cursos de formación para formadores relacionados con la enseñanza reglada y no reglada, como es el CAT,Curso de Formador Ocupacional o Curso de Formador de Formadores.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado será de 2 puntos.

La acreditación de estos cursos se realizará mediante la presentación del correspondiente título o diploma, o certificado delorganismo competente, que serán aportados junto con la solicitud. No se valorarán aquellos certificados de cursos, cursi-llos o seminarios en donde no coste la duración de horas.

C) EXPERIENCIA PROFESIONAL:

c.1.En Universidades Populares de titularidad municipal o en otras Administraciones Públicas impartiendo clases en la espe-cialidad en la que se opta: 0,20 puntos por mes (fracción inferior se valorará proporcionalmente).

c.2. Por cada mes de servicios prestados en el sector privado, ocupando puesto idéntico a la especialidad a la que se opta:0,15 puntos por mes (fracción inferior se valorará proporcionalmente).

c.3. Por cada mes de servicios prestados en el sector público o privado, ocupando puesto de desarrollo de actividades extraes-colares o extracurriculares en la especialidad a la que se opta: 0,12 puntos por mes (fracción inferior se valorará proporcio-nalmente).

La puntuación máxima en este apartado será de 3 puntos.

La experiencia en la Administración deberá justificarse mediante la aportación obligatoria de informe de vida laboral corres-pondiente acompañada de certificación del órgano competente de la Administración Pública o certificación de la empresao fotocopia compulsada de los contratos de trabajo, que serán aportados junto con la solicitud. A estos efectos no se com-putarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcio-nalmente los prestados a tiempo parcial.

La experiencia profesional de los trabajadores laborales se acreditará mediante la presentación junto con la solicitud delinforme de vida laboral y los correspondientes contratos de trabajo o cualquier otra documentación que certifique su expe-riencia, al objeto de demostrar la vinculación entre la experiencia aportada y el puesto de trabajo ofertado.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegadosy se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Sin embargo, en los casos de reducción de jornada por motivos familiares, establecidos en el art. 48.1.h) del Estatuto Básicodel Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril, y Estatuto de los Trabajadores para promover la conciliación de la vidafamiliar y laboral de las personas trabajadoras (lactancia de un hijo menor de nueve meses, quien por razones de guardalegal tenga a su cuidado directo algún menor de 12 años o un minusválido o cuidado directo de un familiar), se computaráen todo caso como jornada completa.

A los efectos de acreditación de méritos valorables (formación y experiencia), no se admitirá la aportación de nuevos docu-mentos acreditativos de los mismos una vez finalizado el plazo de presentación de instancias o, en su caso, de subsana-ción de documentación establecido en la base cuarta.

Los casos de empate, se resolverán a favor de quienes hayan obtenido mayor puntuación en el apartado de la experienciaprofesional. De persistir el empate, se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el apartado de formación acadé-mica, si aún así persiste el empate el tribunal decidirá la forma de desempate.

SÉPTIMA. RELACIÓN DE APROBADOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.

Una vez finalizado el concurso, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web larelación de los/as aspirantes que hubiesen obtenido mejor calificación, por orden de puntuación total obtenida, en la queconstará el resultado de la fase de concurso, y que determinará el llamamiento de los/as aspirantes para su contrataciónen función de las necesidades de la Universidad Popular.

El Tribunal, hará igualmente pública, una relación complementaria en la que figuren el resto de los/las aspirantes noseleccionados/as, priorizados en orden a la puntuación obtenida que constituirá la lista de reserva.

A los efectos de contrataciones interinas o eventuales necesidades del servicio, los candidatos que no fuesen contratadosconstituirán lista de reserva. Dicha lista tendrá una vigencia máxima de DOS AÑOS a contar desde la fecha de su publica-ción, y podrá ser prorrogada por necesidades del servicio.

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Los/as aspirantes propuestos/as, podrán ser requeridos/as en el momento de su contratación para presentar los documen-tos que acrediten el cumplimiento de los requisitos y méritos alegados, que habrán de mantener hasta el momento de serllamados/as para su incorporación al servicio. Si los/as aspirantes propuestos/as no presentaran su documentación o noreunieran los requisitos, no podrán ser contratados/as, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrirpor falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

OCTAVA. CONTRATACIÓN.

Los contratos se producirán por riguroso orden establecido en lista definitiva de puntuaciones, en función de las necesida-des de la Universidad Popular, y atendiendo a las necesidades de contratación para el correspondiente curso y según lademanda de usuarios/as en cada una de las especialidades ofertadas. Se podrá establecer en ellos un periodo de pruebade DOS MESES, con las consecuencias que establece la normativa laboral sobre la no superación del mismo.

La modalidad de contrato prevista será “POR OBRA O SERVICIO”. El tipo de contrato será de duración determinada y porhoras. La aceptación del puesto de trabajo llevará aparejada la flexibilidad horaria en función de las necesidades del servi-cio.

El tiempo, la jornada, y el horario de los contratos, estarán vinculados a las necesidades de personal del servicio de Uni-versidad Popular. Tanto el número de horas así como su distribución, podrán ser modificadas en función del número de alum-nos existentes en cada momento de vigencia del respectivo contrato, así como por la necesidad de adecuar las diferentesclases o actividades, según los niveles o grupos de alumnos/as.

Los integrantes de la lista de reserva podrán ser llamados para posibles sustituciones o bajas en régimen de interinidad.Las bajas temporales serán cubiertas por el tiempo necesario, que como máximo será la duración del contrato al que sesustituye. Las bajas definitivas, por renuncia, serán cubiertas como máximo hasta la finalización del contrato al que se sus-tituye.

Los integrantes de la lista de reserva que al momento de ser llamados para su incorporación al Servicio renuncien al puestode trabajo, deberán presentar por escrito en un plazo no superior a 24 horas, independientemente de ser justificado o no,su renuncia. Igualmente deberán presentar por escrito su renuncia al puesto de trabajo, producida por cualquier motivo, enel caso de haber sido contratados.

En el caso de producirse su renuncia por causa justificada, deberán acreditarlo documentalmente. Esto les permitirá per-manecer en la lista de reserva en el último lugar y poder ser llamados para futuras contrataciones. La renuncia sin causajustificada supondrá la pérdida de la opción a ser llamado de nuevo.

NOVENA. INCIDENCIAS.

El Tribunal Calificador quedará facultado para resolver las dudas que se presente y tomar cuantos acuerdos sean necesa-rios para el buen orden del desarrollo de la selección, en todo lo no previsto en estas bases.

DÉCIMA. IMPUGNACIONES.

La convocatoria y sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación del tribunal, podránser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992 de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Mota del Cuervo, a 14 de septiembre de 2015.

EL ALCALDE,

Fdo.- Alfonso Escudero Ortega

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ANEXO I

SOLICITUD DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA FORMACIÓN, POR EL PROCEDI-

MIENTO DE CONCURSO, DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE MONITORES/AS PARA LA UNIVERSIDAD

POPULAR DE MOTA DEL CUERVO (CUENCA).

Apellidos …………………………………………………………………………..………………………...

Nombre ...............................................................................................................................................

Domicilio ..............................................................................................................................................

DNI ......................................................................................................................................................

Teléfono ..............................................................................................................................................

Correo Electrónico: ………………………………………………………………………………………..

-Documentación correspondiente a los méritos alegados.

- Señalar con una X la especialidad correspondiente al curso al que se opta:

Restauración de muebles.

Pintura al óleo.

Manualidades.

Labores tradicionales de tejidos: pactwork, ganchillo, punto de lana, …..

Bailes de Salón.

Costura.

Cocina y Nutrición.

Baile Español.

Alfarería Tradicional Moteña.

Esparto.

Yoga.

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, acompaña fotocopias,del Documento Nacional de Identidad, de la titulación exigida y de los méritos alegados, y DECLARA que son ciertos losdatos consignados en la presente instancia, y que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, comprometiéndose aprobar documentalmente los datos que figuran en la solicitud y los especialmente señalados en la convocatoria.

En Mota del Cuervo a ….. de ……………………. de 2015.

Firmado. D/Dª

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO. DE MOTA DEL CUERVO.

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