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| República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 00857 ( 12 de junio de 2018 ) “Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental” LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, el Decreto-Ley 3573 de 27 de septiembre de 2011, en la Resolución Nº. 0182 de 20 de febrero de 2017 de la ANLA, en la Resolución No. 0843 de 08 de mayo de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en las competencias establecidas en el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 810 del 3 de septiembre de 2001, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, estableció un Plan de Manejo Ambiental a la Empresa MINEROS DE ANTIOQUIA S.A., para el proyecto denominado “Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí”. Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Resolución 139 del 11 de febrero de 2002, resolvió un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 810 del 3 de septiembre de 2001, en el sentido de modificar los literales c), k) del numeral 1 y los literales e), f) del numeral 3 del Artículo 4 y revocar el literal c) del numeral 3 del Artículo 4 del acto administrativo. Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Resolución 805 del 23 de julio de 2003, modificó las Resoluciones 810 del 3 de septiembre de 2001 y 139 del 11 de febrero de 2002, en el sentido de establecer un Plan de Manejo Ambiental para el montaje y operación de la draga 4 en los bloques BJ1, BJ2, BJ3, minas Santa Paula 2 y 3, en jurisdicción del municipio de El Bagre, departamento de Antioquia. Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Resolución No. 1885 del 1 de diciembre de 2005 levantó una restricción ambiental impuesta con anterioridad a la sociedad minera, autorizó unos bloques de explotación y adoptó otras determinaciones. Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la Resolución No. 0126 de enero 24 de 2008, modificó el Plan de Manejo Ambiental establecido a la sociedad Mineros de Antioquia S.A., hoy Mineros S.A., mediante la Resolución No. 810 de septiembre 3 de 2001 y las Resoluciones 805 del 23 de julio

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República de ColombiaMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA –

RESOLUCIÓN N° 00857( 12 de junio de 2018 )

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

LA DIRECTORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA

En uso de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, el Decreto-Ley 3573 de 27 de septiembre de 2011, en la Resolución Nº. 0182 de 20 de febrero de 2017 de

la ANLA, en la Resolución No. 0843 de 08 de mayo de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en las competencias establecidas en el Decreto

1076 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 810 del 3 de septiembre de 2001, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, estableció un Plan de Manejo Ambiental a la Empresa MINEROS DE ANTIOQUIA S.A., para el proyecto denominado “Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí”.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Resolución 139 del 11 de febrero de 2002, resolvió un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 810 del 3 de septiembre de 2001, en el sentido de modificar los literales c), k) del numeral 1 y los literales e), f) del numeral 3 del Artículo 4 y revocar el literal c) del numeral 3 del Artículo 4 del acto administrativo.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Resolución 805 del 23 de julio de 2003, modificó las Resoluciones 810 del 3 de septiembre de 2001 y 139 del 11 de febrero de 2002, en el sentido de establecer un Plan de Manejo Ambiental para el montaje y operación de la draga 4 en los bloques BJ1, BJ2, BJ3, minas Santa Paula 2 y 3, en jurisdicción del municipio de El Bagre, departamento de Antioquia.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Resolución No. 1885 del 1 de diciembre de 2005 levantó una restricción ambiental impuesta con anterioridad a la sociedad minera, autorizó unos bloques de explotación y adoptó otras determinaciones.

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la Resolución No. 0126 de enero 24 de 2008, modificó el Plan de Manejo Ambiental establecido a la sociedad Mineros de Antioquia S.A., hoy Mineros S.A., mediante la Resolución No. 810 de septiembre 3 de 2001 y las Resoluciones 805 del 23 de julio

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de 2003, y 1885 del 1 de diciembre de 2005; para el desarrollo del proyecto denominado "Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí".

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la Resolución No. 1674 de septiembre 24 de 2008, aclaró el numeral 5° del artículo segundo de la Resolución 0126 de enero 24 de 2008.

Que mediante Resolución No. 833 del 22 de agosto de 2013, esta Autoridad Nacional estableció medidas de manejo adicionales en ejercicio de sus funciones de control y seguimiento ambiental, en el sentido de aprobar y adicionar al Plan de Manejo Ambiental del proyecto, unas Fichas de manejo ambiental para la hidroeléctrica "Providencia 1".

Que mediante Resolución No. 135 del 13 de febrero de 2014, esta Autoridad Nacional estableció medidas de manejo adicionales en ejercicio de sus funciones de control y seguimiento ambiental, relacionadas con el Programa de Seguimiento y Monitoreo al PGS y Programa -MMB10 - Reubicación de la fauna silvestre durante el desmonte o remoción de la cobertura vegetal.

Que mediante Resolución No. 125 del 5 de febrero de 2015, esta Autoridad Nacional modificó la Resolución No. 0810 del 3 de septiembre de 2001, en el sentido de aprobar la construcción y operación de la Central Hidroeléctrica Providencia III y su línea de distribución, la explotación de los Bloques CAS, RMCA5 y ampliación de los bloques BLI y BJ3, desarrollo del proyecto Bloques Marginales (Llanuras) y la eliminación de mercurio de la etapa de beneficio y actualización de las fichas de manejo ambiental del proyecto.

Que mediante la Resolución No. 0728 del 19 de junio de 2015, esta Autoridad resolvió recurso de reposición en contra de lo dispuesto en la Resolución N°0125 del 05 de febrero de 2015.

Que por medio del Auto 678 del 1 de marzo d 2016, esta Autoridad Nacional realizó control y seguimiento ambiental al proyecto minero, efectuando unos requerimientos.

Que por medio del Auto 1072 del 31 de marzo de 2017, esta Autoridad Nacional realizó control y seguimiento ambiental al proyecto minero, efectuando unos requerimientos.

Que mediante escrito con radicación 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017, la sociedad Mineros S.A. solicitó a esta Autoridad Nacional pronunciamiento en relación con la solicitud de trámite de modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada para la implementación del sistema de sedimentación denominado “poza controlada”.

Que mediante escrito con radicación 2017044839-1-000 del 20 de junio de 2017, la sociedad Mineros S.A., remitió el ICA 15 del proyecto “Explotación aurífera en la cuenca del río Nechí”, correspondiente al año 2016.

Que mediante oficio con radicación ANLA 2017061379-2-000 del 8 de agosto de 2017, esta Autoridad señaló que la solicitud de pronunciamiento para la implementación del sistema de sedimentación denominado “poza controlada”, en las condiciones señalas, no podría aplicarse como una modificación menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada considerando que

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para la ejecución de la actividad propuesta se va a requerir de la modificación del uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales, de acuerdo con lo informado por la sociedad.

Que mediante oficio con radicación ANLA 2017094499-1-000 del 3 de noviembre de 2017, CORANTIOQUIA - Oficina Territorial Panzenú-Caucasia, remitió a esta Autoridad Nacional para conocimiento la Resolución 160PZ-17010550-03 del 9 de octubre de 2017, por medio de la cual legaliza una medida preventiva de suspensión de actividades y obras impuesta en situación de flagrancia, mediante Acta No. 160 PZ-ACT1710-3989 del 5 de octubre de 2017, por su presunta responsabilidad en la comisión de infracción ambiental causada por la construcción de un jarillón sobre la ciénaga Sabalito y en el cauce de caño Guamo, ubicados en el corregimiento de Puerto Claver, vereda El Guamo, municipio el Bagre, departamento de Antioquia, actividad evidenciada durante la visita realizada a las unidades de producción entre los días 03 y 04 de octubre de 2017.

Que por medio de mediante escrito con radicación ANLA 2017100173-1-00 del 20 de noviembre de 2017, la sociedad Mineros S.A., remitió aclaración a lo solicitado en la petición formulada bajo radicación ANLA 2017043791-1-000 del 15 de junio de 2017, en relación a lo comunicado por esta Autoridad en el oficio bajo radicación ANLA 2017061379-2-000 del 8 de agosto de 2017.

Que a través del oficio con radicación ANLA 2017100720-2-000 del 21 de noviembre de 2017, esta Autoridad Nacional informó a la sociedad Mineros S.A. que, una vez verificada la información presentada mediante oficio con radicación ANLA 2017044839- 1-000 del 20 de junio de 2017 (correspondiente a la presentación del ICA 15), se identificó que los Anexos B, C, D y E, correspondientes a los soportes de cumplimiento de los formatos ICA, presentan errores y no fue posible abrirlos para ser evaluados durante el seguimiento y control ambiental.

Que mediante escrito con radicación ANLA 2017103920-1-000 del 28 de noviembre de 2017, la sociedad Mineros S.A., remitió la información solicitada por esta Autoridad a través del oficio con radicación 2017100720-2-000 del 21 de noviembre de 2017.

Que mediante oficio con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018, esta Autoridad dio respuesta a la sociedad Mineros S.A., indicando que no se requiere modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”, y que en el próximo informe ICA se deberá presentar los soportes de las actividades realizadas incluyendo copia de los soportes de los actos administrativos que otorguen los permisos para uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales que se requieran en el desarrollo de las actividades informadas mediante comunicación 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017.

Que por medio de escrito con radicación ANLA 2018063312-1-000 (VITAL 4100089091452518001) del 21 de mayo de 2018 (fecha de traslado), la sociedad Mineros S.A., remitió a esta Autoridad el Formato Informe Inicial Contingencia, donde se refiere que el día 13 de mayo de 2018 a las 4:00 am, se verificó una contingencia técnica local, consistente en una ruptura del Jarillón de la Zona de Explotación de Mineros S.A., a la altura de la Ciénaga Madre Vieja, donde la falla tiene una medida aproximada de 500 metros lineales.

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Que mediante escrito con radicación 2018065355-1-000 del 25 de mayo de 2018, la sociedad Mineros S.A., remitió información complementaria sobre la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018.

Que esta Autoridad Nacional realizó visita de seguimiento y control ambiental al proyecto Explotación Aurífera sobre el río Nechí, durante los días 24 y 25 de mayo de la presente anualidad, con el fin de verificar de las medidas implementadas para atender la contingencia presentada desde el 13 de mayo de 2018, por parte de la empresa Mineros S.A., de los programas del PMA y de las obligaciones contenidas en los actos administrativos vigentes en el expediente ambiental LAM0806, tales como soportes e información documental presentada por la sociedad, para lo cual emitió el Concepto Técnico 2870 del 1 de junio de 2018, en el que se estableció lo siguiente:

“(…)

ESTADO DEL PROYECTO

DESCRIPCIÓN GENERAL

Objetivo del proyecto

El proyecto “Explotación aurífera en la cuenca del río Nechí”, que desarrolla la sociedad Mineros S.A., tiene como objetivo explotar yacimientos auríferos mediante la operación de dragas y beneficio primario en las minas por medio de amalgamación, y secundario, en laboratorio; en el valle aluvial del río Nechí, departamento de Antioquia. La extracción de oro en cinco unidades de operación distribuidas en dos sistemas de la siguiente forma: el sistema Sur conformado por las unidades de producción UP2, UP5, U3 y sus canales de entrada y salida, y el sistema Norte conformado por las unidades UP4, UP1 con sus canales de entrada y salida, las cuales ocupan un área estimada de 2125,76 ha.

Localización

El proyecto explotación aurífera por dragado sobre el río Nechí se encuentra ubicado en el departamento de Antioquia, municipios de: El Bagre, Zaragoza, Caucasia y Nechí a nivel de la planicie de inundación del río Nechí, entre las localidades de El Bagre en la parte Sur y cerca de la confluencia de la quebrada San Pedro en el extremo Norte.

El Proyecto Hidroeléctrico Providencia III se encuentra en jurisdicción del departamento de Antioquia, entre las cabeceras de los municipios de El Bagre y Anorí. Específicamente, la Central Hidroeléctrica Providencia III, se ubica cerca de la Central Hidroeléctrica Providencia I en la vereda Providencia del municipio de Anorí (Ver Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo).

Infraestructura, obras y actividades

A continuación, se lista la infraestructura, obras y actividades que hacen parte del proyecto “Explotación aurífera en la cuenca del río Nechí” por dragado sobre el río Nechí, con la generación y distribución de energía (hidroeléctrica Providencia III) en la fase de operación:

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Tabla 1 Infraestructura y/u obras que hacen parte del proyecto.

Fuente: Anexo GDB Informe de Cumplimiento Ambiental-ICA 15, junio de 2017

A continuación, se realiza la descripción de la infraestructura, obras y actividades del proyecto:

Zona industrial de la operación

Para los bloques CA5, BL1, BJ3 y RMCA5, se está utilizando el sistema de explotación a “cielo abierto” (en aluviones profundos) empleando el método de corte y relleno, mediante dragas de succión para el descapote y dragas de cucharas para extraer las gravas del aluvión. Estos equipos son especialmente diseñados para trabajar aluviones profundos, características típicas del valle del río Nechí.

La sociedad dispone actualmente de 5 unidades de producción para la operación, cada unidad de producción consta de una draga de cucharas, una draga de succión y equipos complementarios como retroexcavadora, buldócer y una lancha. Se cuenta además con dos dragas de succión adicionales, las cuales están disponibles para apoyar las actividades de cualquiera de los frentes producción de acuerdo con las características del depósito aluvial, de esta manera es posible que se encuentren varias dragas de succión en una misma unidad de producción en un momento dado.

Los procesos generales que se llevan a cabo en la zona industrial de la operación aluvial son los siguientes:

Proceso de remoción de sobrecarga y restitución con dragas de succión. Proceso de dragado y retrollenado con dragas de cucharas. Proceso de control de sólidos suspendidos totales. Proceso de beneficio a bordo de la draga.

Centrales hidroeléctricas Providencia

Central hidroeléctrica Providencia I: se ubica en la vereda Providencia del municipio de Anorí, esta hidroeléctrica fue construida en el año 1938 y capta las aguas del río Anorí y actualmente alimenta la central hidroeléctrica Providencia lll para aumentar su capacidad de generación.

Central Hidroeléctrica Providencia III, se ubica cerca de la Central Hidroeléctrica Providencia I en la vereda Providencia del municipio de Anorí. Cuenta con una línea de distribución de 42,5 km de longitud y se extiende a lo largo de los municipios de

No. Infraestructura y/u obras Coordenadas planas(Datum magna sirgas Origen Bogotá)

Este NorteZona industrial de operación aluvial

1 Sistema Norte UP1 a UP5 922206 13624772 Oficinas 918.810 1.331.9053 Taller mecánico, eléctrico y diésel 918.785 1.331.8004 Astillero 919.012 1.362.0115 Laboratorio Metalúrgico 918.800 1331.9006 Tanque de ACPM, tanque de gasolina 918.765 1.331.7247 Planta de tratamiento agua potable 920.245 1.330.6588 Puerto 919.052 1.331.5909 Complejo sanitario 892.008 1.300.93610 Astillero 919.205 1.361.72311 Hidroeléctrica Providencia I 892.009 1.300.96812 Hidroeléctrica Providencia III 894.691 1.302.706

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Anorí, Zaragoza y El Bagre, pasando por la vereda Providencia y el corregimiento Liberia, ubicados en Anorí; por las veredas del municipio de Zaragoza: Pueblo Nuevo, Limón, Limón Adentro, La Doce, Río Viejo, Quebradona Uno, Caño La Tres, y Naranjal; y por la cabecera municipal de El Bagre.

Áreas auxiliares mineras

A continuación, se presenta una relación de las áreas auxiliares para la operación del proyecto explotación aurífera por dragado sobre el río Nechí: Helipuerto, Bodega general zona industrial El Bagre, Plataformas y lugares de almacenamiento, Talleres, Campamento Y Oficinas.

Cambios menores autorizados y/o realizados:

Las siguientes actividades fueron autorizadas mediante modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada:

Tabla 2 Actividades autorizadas mediante giro ordinario

Actividad autorizada Radicado/Entidad

Implementación de una poza controlada 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018

Fuente: Grupo de seguimiento ANLA

ESTADO DE AVANCE

A continuación, se presenta el estado de avance de la infraestructura, obras y actividades relacionadas anteriormente, referenciando los aspectos generales de avance de la totalidad del proyecto:

Actividades de operación aluvial

- En el sistema Norte, la operación aluvial por la sociedad Mineros S.A. se realiza mediante cinco unidades de producción, las cuales está constituidas cada una por: una draga de succión (utilizada para el descapote), una draga de cucharas (utilizada para el arranque) y equipos de maquinaria pesada.

Las dragas funcionan de la siguiente manera:

Draga de cucharas: Extrae gravas, arcillas y arenas con contenidos de oro, desde los 18 hasta los 27 m, aproximadamente, las cuales son beneficiadas al interior de la draga a través de procesos gravimétricos de peso y tamaño, sin la utilización de mercurio ni ningún agente químico contaminante. El material no aprovechable es utilizado para la elaboración de cargueros y rellenos hidráulicos sobre los cuales se dará el restablecimiento de nuevos ecosistemas.

Draga de succión: Extrae el suelo (capa vegetal) hasta los primeros 18 m de profundidad aproximadamente, y lo bombea hacia la superficie para formar rellenos hidráulicos. Normalmente esta primera extracción no contiene oro.

Las dragas de cucharas se componen por una grúa la cual es giratoria y que va montada encima de un pontón, esta grúa lleva un número preciso de cucharas (bivalvas) y la función de estas es la de arrancar el material con gran precisión en sitios reducidos.

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Cuenta además un sistema de anclaje o fijación conocido como los spuds, que son unos pilares que se hincan en el fondo o se anclan, para evitar que se pueda virar y/o naufragar. Para el manejo de esta plataforma, es necesario contar con un operador, que es la persona encargada de ejecutar los movimientos que hacen estas dragas, hacia adelante o hacia uno de los lados; gracias a una wincha. Luego está el aceitero, que es la persona que se encarga de revisar el sistema de recuperación del material, que funcione en las mejores condiciones, además verifica que las bombas, los motores y los malacates trabajen de manera óptima y que los cables de apoyo se encuentren en buen estado y en caso de alguna anormalidad su deber es el de reportarlos al operador de turno.

Además de lo anterior, tiene al frente la rutina de engrasar de manera diaria cada uno de los elementos de la draga que así lo requieran. Le sigue el colero, quien se encarga de supervisar la parte trasera de la draga, es decir, la popa; así como verificar que los descargues del material se hagan dentro de los planes, lo que equivale a que no se presenten raíces ni fallas mecánicas. Para asegurar el buen funcionamiento de cada una de las cinco dragas de la sociedad Mineros S.A. es necesario que cada 15 días las visite el personal de reparación, que se aseguran de que todo funcione correctamente.

Disposición de colas de la draga de cucharas: cuando las cucharas están excavando para formar una buena base, el material mayor de 9,5 mm que sale de la criba giratoria se desvía de la cola por un canalón de descargue lateral, que deposita las gravas detrás del casco, cerca de las anclas. Igualmente, las arenas (menores de 9,5 mm) producto del sistema de beneficio se descargan varios metros detrás de la popa, el resto del material grueso es depositado por la banda transportadora, a una distancia que depende de la longitud de esta y del ángulo de reposo del material, formando los cargueros de gravas.

La topografía, después de dragar, inmediatamente atrás de la draga, es la de pequeñas colinas para el trabajo conjunto de las dragas, se conduce la explotación de la draga de cucharas de tal manera que queden dos filas de cargueros como mínimo, que servirán de jarillón o dique de contención para confinar los descargues de la draga de succión.

La zona industrial de operación aluvial comprende el área en la que una o varias unidades de producción realizan el proceso de explotación minera; dicha zona está conformada básicamente por una poza artificial que se llena de agua una sola vez; la cual es un socavón profundo variable espacial y temporalmente, en la que al interior se lleva a cabo la labor de explotación y producción minera.

Desde el año 2017, tal como se evidenció en el seguimiento realizado entre el 19 al 23 de noviembre de 2017 y el seguimiento efectuado entre el 24 y 25 de mayo de 2018, los canales de entrada y salida del sistema Norte actualmente se encuentran cerrados pasando de una operación de poza abierta (consta de un canal artificial de entrada de agua y otro canal artificial de salida) a una poza controlada o cerrada. (Ver Error! Reference source not found. y Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo).

- En los escritos presentados por Mineros S.A. mediante radicaciones en ANLA 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017 y 2017100173-1-000 del 20 de noviembre de 2017, Mineros S.A. solicitó que esta Autoridad considere el sistema teórico de sedimentación denominada "poza controlada" como una modificación

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al PMA, propiamente establecida en el artículo 2.2.2.3.7.1 del Decreto 1076 de 2015, presentando como principales argumentos los siguiente:

“La concepción de la operación industrial de operación minera de Mineros S.A., tiene como base la hipótesis del funcionamiento de la poza como un sistema de sedimentación primario dentro del cual quedan atrapados los sólidos suspendidos totales — SST que se generan durante la operación, impidiendo su paso a las corrientes de agua y drenajes finales”

(…)

“La conceptualización general se basa en un sistema controlado que se convierte en un volumen de control en las que el déficit o excedente de aguas a escala diaria se hace a través de un balance hídrico entre las entradas y las salidas; como producto de este balance se determina el caudal que cada uno de los sistemas requiere para mantener un flujo de agua adecuado que garantice la funcionalidad de la operación; este caudal requerido será solicitado en concesión a partir del bombeo directo desde el río Nechí. De esta forma se controla que no ingresen a los sistemas de operación caudales en exceso a los requeridos.

En consecuencia, el caudal vertido será el mismo solicitado en concesión y este caudal será el que se tratará en el sedimentador final de las pozas, en la zona de tratamiento secundario, concebida como un sistema de alta eficiencia.”

Considerando que la poza en la zona industrial de operación aluvial, funciona como un sistema de tratamiento, el establecimiento de una poza controlada, optimizará el control de la cantidad del agua a captar y de los vertimientos industriales generados en la explotación minera, al tener pleno control de los flujos de agua con las estructuras hidráulicas propuestas; por lo que se establece como una mejora en el programa de manejo MMF3 del PMA aprobado, relacionado con el control de la producción de sólidos suspendidos totales en la zona industrial de operación aluvial.

La medida de manejo descrita en la ficha MMF3 hace referencia al manejo de sólidos suspendidos totales SST y a su vez a la calidad del agua que se entrega al cuerpo de agua, la implementación de las pozas controladas es, en sí, un sistema de tratamiento primario del agua utilizada. Al implementar esta mejora denominada "poza controlada" se disminuyen o mitigan los impactos ambientales generados por la operación minera, como se referencia en la siguiente tabla en donde la columna de "impactos ambientales" hace referencia a los impactos identificados y evaluados en el estudio que reposa en su despacho y aprobado por la resolución 125 de 2015 y la columna de "Descripción de la disminución o mitigación con la poza controlada” explicamos los beneficios obtenidos en dicho impacto ambiental al implementar la mejora de poza controlada

Impacto ambiental Descripción de la disminución o mitigación con la poza controlada

Alteración de los servicios bases del agua

Con la implementación de la poza controlada se estima una reducción del 99% del consumo de agua, pues con el sistema de poza abierta se consumen aproximadamente 64.000 l/s de agua en el sistema norte y 67.0000 l/s en el sistema sur; en contraste con el sistema de poza controlada que se estima un consumo de 110 l/s en el sistema norte y 230 l/s en el sistema sur.

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Alteración de la calidad del agua superficial

Alteración de la dinámica de sedimentos

Con las pozas controladas se disminuye la alteración de la calidad del agua, toda vez que se reduce el aporte de carga de SST al cuerpo de agua natural porque la poza controlada, en sí, es un sistema de tratamiento primario de retención de SST

Alteración de las comunidades hidrobiológicasModificación de hábitats acuáticos

Los hábitats acuáticos y las comunidades hidrobiológicas se verán también beneficiadas con la implementación de las pozas controladas ya que no habrá aporte de SST

De acuerdo con lo descrito en los documentos precitados, esta Autoridad mediante oficio con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018, indicó que no se requería modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”.

Adicionalmente expresó: “Así las cosas, si bien la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”, es una acción de mejora en el control de solidos suspendidos, que no genera nuevos ni mayores impactos ambientales, es claro que previo a su implementación se deben obtener los permisos por uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales ante CORANTIOQUIA., copia de los cuales deben ser allegados a esta Autoridad para efectos del seguimiento ambiental a las obligaciones establecidas en la resolución 810 de septiembre de 2001 y sus modificaciones”

Sin embargo, y teniendo en cuenta lo observado en la visita al área del proyecto, los jarillones perimetrales en proceso de construcción que tienen como fin la contención y control de las aguas en el PIT minero, no fueron indicados en los radicados de la solicitud presentada por Mineros S.A. y no se encuentran identificados en el complemento del Plan de Manejo Ambiental presentado a esta Autoridad para la modificación del Plan de Manejo Ambiental del proyecto y que fue autorizado en la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015. En consecuencia, no se identificaron ni valoraron los posibles impactos ocasionados por construcción, operación y mantenimiento de esta estructura, como tampoco las medidas ambientales para su manejo, seguimiento y monitoreo.

Adicionalmente, durante la visita efectuada, también se observó que el sistema de poza controlada implementado en el sistema sur no corresponde a lo indicado en la solicitud de cambio menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario, el cual proponía un sistema secundario controlado, posterior a las pozas previo a la entrega al río (Fotografía 1 a Fotografía 3 del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo).

Por otra parte, es preciso señalar que las actividades para el establecimiento de la poza controlada o cerrada se efectuaron previamente al pronunciamiento emitido por esta Autoridad bajo radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018, en donde se indicó que no se requiere modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”, en consecuencia la misma no se encontraba autorizada por esta Autoridad al momento de su inicio y se realizaron sin contar con los permisos de uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales emitidos por CORANTIOQUIA, tal como se evidencia en la medida preventiva emitida por dicha Corporación mediante Resolución 160PZ-17010550-03 del 9 de octubre de 2017, en contra de Mineros S.A. por construcción indebida de jarillones en el caño Guamo generando la desconexión hidráulica y ecosistémica entre Ciénaga de Sabalito y Caño Guamo, de conformidad como se pone en conocimiento a esta Autoridad mediante comunicación con radicación 2017094499-1-000 del 3 de noviembre de 2017.

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Medio Abiótico

El domingo 13 de mayo del 2018, de acuerdo con lo reportado por Mineros S.A. (por medio de los escritos con radicados 2018063312-1-000 del 21 de mayo de 2018 y 2018065355-1-000 del 25 de mayo de 2018), por motivo de la temporada invernal y al aumento de niveles en el rio Cauca, se impidió la normal desembocadura del río Nechí provocando un represamiento y aumento en los niveles de del rio Nechí, lo cual generó que entraran aguas del caño Sabalito y el rio Nechí hacía el pit de explotación de la zona industrial de la operación aluvial de la sociedad Mineros S.A., por esta razón el nivel de agua en el pit de explotación superó hasta en 1,5 m el jarillón perimetral de contención provocando un desbordamiento de agua desde el pit de explotación hacía las fuentes superficiales cercanas. (Ver Error! Reference source not found. a la Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo)

Durante el evento ocurrido la estructura falló en su parte norte y permitió el rebose de agua hacía el bajo inundable del valle aluvial del Río Nechí de la mezcla del agua procedente de la poza, con las aguas provenientes del río Nechí y el caño Sabalito; ocasionando, un cambio en las condiciones fisicoquímicas de las fuentes naturales aguas abajo, aumentando principalmente la cantidad de sólidos suspendidos totales y disminuyendo los niveles de oxígeno disuelto, causando con ello condiciones anóxicas que afectaron la población de peces en cantidades no determinadas. Ver. Error! Reference source not found. y Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo).

A continuación, se relacionan los monitoreos fisicoquímicos (Oxígeno Disuelto, % Saturación de O2, pH, Temperatura, Conductividad y caudal) realizados durante la emergencia presentada. A este respecto es pertinente señalar que fue información recibida en campo, pero la sociedad no indicó cuál laboratorio realizó dichos monitoreos, ni la metodología de la toma de datos, ni de la cadena de custodia, ni el reporte del laboratorio, como tampoco los resultados y análisis de los citados monitoreos:

Tabla 3 – Monitoreos realizados durante la contingenciaSitio Días de monitoreo en mayo de 2018

Poza Sistema Sur Sin monitoreo reportadoSalida Norte Ciénaga sabalito 21 Hondonado frente Puerto Arena 21Aguas arriba Caño Sabalito 21Aguas abajo Caño Sabalito 21Caño Guamo aguas Arriba del Jarillón Sin monitoreo reportadoCaño Guamo aguas Abajo del Jarillón Sin monitoreo reportadoAguas arriba Guamo 21Aguas abajo Guamo 21Q. San Pedro 1 17, 20, 21 y 22Q San Pedro 2 17, 20, 21 y 22Aguas Arriba Caño El Pital 21Aguas Abajo Caño El Pital 21Rio Nechí Aguas arriba del sistema Sur y Norte 17, 20, 21 y 22Rio Nechí Aguas abajo del sistema Sur y Norte 17, 20, 21 y 22 Caño Oscuro 17, 20, 21 y 22

Fuente: Información suministrada en campo por MNEROS S.A.

De acuerdo a lo indicado por Mineros S.A. durante la visita de campo y la información que reposa en el expediente, no se había alcanzado estos niveles en los cuerpos de agua, sin embargo, es de indicar que desde diciembre de 2016 (información obtenida en campo por parte de la empresa) el sistema de poza abierta

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fue modificado por el de poza cerrada y se construyeron tramos del jarillón perimetral; en consecuencia no se ha tenido un registro suficientemente amplio de datos después de su construcción que sustente que las estructuras de contención construidas no inciden en la alteración de la dinámica fluvial del área ni potenciaron la inundación de las áreas al interior y zonas aledañas del Pit minero.

Durante la visita de campo realizada entre el 24 y 25 de mayo se comprobó que se realizaron, repararon y construyeron tramos del jarillón perimetral desde el 14 de mayo hasta el 21 de mayo que permitieron que las aguas del Pit minero no se dirigieran hacia El caño Guamo y el bajo inundable del río Nechí. Ver Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo.

Adicionalmente, se observó que un tramo del jarillón afectado por la inundación, tiene mediante la Resolución 160PZ-17010550-03 del 09 de octubre de 2017 medida preventiva impuesta por CORANTIOQUIA por no contar con el respectivo permiso de ocupación de cauce, que el mismo, se reparó y completo su construcción con el fin de impedir la salida de las aguas del Pit minero. Ver Fotografía 6 y Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo.

Medio Biótico

En lo relacionado con la contingencia reportada, se indicó que en el evento se dio por la ruptura del Jarillón de la Zona de explotación de Mineros S.A., a la altura de la Ciénaga Madre Vieja, donde la falla tuvo una medida aproximada de 500 metros lineales.

Desde este punto de ruptura, la descarga de aguas de la poza de explotación se distribuyó por sistemas de bajos inundables y ecosistemas cenagosos, las cuales tienen alteraciones a los ciclos de aporte de sedimentos, estacionales con los periodos lluviosos asociados con las crecientes, en el caso de la contingencia aportó aguas con una muy alta carga de sedimentos (Error! Reference source not found. y Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo.), los cuales pudieron afectar la biota (peces) al obstruir, branquias, agallas y/o sistemas de difusión celular de oxígeno, estos cambios revisten mayor importancia en grupos de peces migratorios, los cuales tienden a aprovechar los pulsos de crecientes, para movilizarse desde corrientes principales a las ciénagas y áreas inundadas como parte de su ciclo reproductivo.

En la visita de campo se evidenció que en algunos sectores de la vereda San Pedro, existen acumulaciones de esta agua, de color blanquecino, con un fuerte olor a materia en descomposición como se observa en la Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo, la cual llegó a estos puntos a partir de la contingencia, dada la dinámica propia de los ríos, caños y las ciénagas en donde las zonas del flujo o de los pulsos de inundación solo llegan en momentos de mayores niveles hídricos de inundación.

Posteriormente en revisión de las ciénagas de Piojos (Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo) y de Remedia Pobre (Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo), las cuales recibieron el flujo principal del pit, el día de la contingencia, según relatos del presidente de junta de acción comunal de la vereda San pedro, en el momento de la visita efectuada por esta

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Autoridad el color y el olor (el cual no se percibía), correspondía al comportamiento normal, en época de inundaciones para esta ciénaga.

Al preguntar a las comunidades de pescadores los eventos ocurridos, estos mencionan que, aunque existieron peces muertos, estos no fueron perceptivamente abundantes, ni se acumularon en áreas específicas, reportan que se observaban “boquiando” o tomando agua de la superficie además reportan disminuciones en la cantidad de peces encontrados en las ciénagas directamente desde que se presentó la contingencia. Según los monitoreos realizados por la sociedad preliminarmente, en áreas de las ciénagas, no arrojan capturas a partir de un esfuerzo de muestreo de 30 lances por vez, en el día siguiente a la contingencia, presentándose en los muestreos valores de abundancias nulos, lo que podría reforzar que existió una alteración en la distribución de los peces, sin que esto signifique específicamente su muerte, ya que los peces por su alta capacidad de movilidad, pueden cambiar su distribución como estrategia de supervivencia.

La sociedad reportó que de las medidas de manejo ambiental presentes, se realizaron las siguientes actividades: desde el 15 de mayo a la fecha se han recorrido 10 ciénagas y 2 quebradas, entre ellas la Quebrada San Pedro, y las Ciénagas Hojarascal, Zarzal, Los Moncholos y Sampumoso por ser las cinco zonas de importancia pesquera para la comunidad de acuerdo con la encuesta de ordenamiento pesquero que realiza la sociedad como parte de sus medidas ambientales, tal como se presenta a continuación:

Tabla 4 – Sitios de monitoreo hidrobiológicoNúmero Nombre Este Norte

1 El Socorro 00920980 013738572 El Fangal 00921176 013751133 El Piojo 00920980 013738574 El Zarzal 00921330 013725725 Los Moncholos 00921240 013736236 Los Patos 00920766 013717157 Hojarascal 00920503 013710008 El Almendro 00920446 013702319 Ciénaga Sampumoso 00920880 0136783510 Ciénaga el Pital 00921544 01368900

Fuente: Información entregada por MINEROS S.A. durante la visita de campo realizada entre el 24 y 25 de mayo de 2018

En dicha información, se mencionó que se realizaron recorridos durante 5 días desde la contingencia para buscar, rescatar y trasladar fauna silvestre vulnerable que pudiera verse afectada por los cambios en la calidad del agua, o de alguna forma lastimada; la sociedad a su vez reportó que no encontró especímenes a los cuales pudiesen aplicar las medidas pertinentes, excepto los peces muertos en la tienda La Esperanza, según lo indicado por la comunidad a Mineros S.A., aunque durante la visita de campo, miembros de la comunidad de la vereda San Pedro, señalaron que fue en menor número, no siendo necesario el conteo de los mismos. En campo esta Autoridad no observó la presencia de peces o de otros animales muertos en la zona de afectación.

La sociedad realizó un esfuerzo de muestreo total de 288 horas/hombre para la búsqueda de reptiles, anfibios o mamíferos siguiendo las técnicas de búsquedas activas y sin restricciones, de manera que aumentaran la probabilidad de encuentro. Para ello se realizaron caminatas diurnas y recorridos inspeccionando todos los micros hábitats posibles:

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Para el muestreo de peces, la sociedad empleó un trabajo utilizando 4 Chiles (atarrayas) con medidas de 3 pulgadas y atarrayas con medidas de 1 pulgadas; las cuales se lanzan al voleo, desde la canoa, manteniendo un esfuerzo de 30 lances por aparejo alrededor de todo el sistema acuático

La sociedad reportó que desde el martes 16 de mayo de 2018 se hizo levantamiento de la encuesta de ordenamiento pesquero de los pescadores asociados en la zona afectada, lo mismo que la exposición del presupuesto destinado al proyecto de encerramiento piscícola para la siembra de bocachicos, acordándose que las obras civiles requeridas para el proyecto se harán en verano y que la Asociación de La Esperanza y San Pedro participarán activamente con todos los pescadores de la asociación.

Se encuentra que la posible afectación de la fauna acuática debe ser monitoreada, para conocer el comportamiento de estas en relación a la evolución de la contingencia ya que no se puede determinar si pudo tener una mayor repercusión, en caso de que implicara afectación a los ciclos reproductivos de los peces y otros organismos, por lo tanto es necesario que se realice monitoreo hidrobiológico en dos periodos climáticos con el fin de realizar el seguimiento a las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton y zooplancton, peces y correlacionar con los parámetros fisicoquímicos, de oxígeno disuelto, pH, Turbiedad, Conductividad, temperatura, Solidos suspendidos totales, nitrógeno total, fosforo total, contenido de materia orgánica, como mínimo. También se deben adelantar acciones de repoblamiento de especies nativas de peces propios de la región, con el fin de disminuir la tasa de afectación a los peces.

(…)

Medio Socioeconómico

En lo relacionado con la contingencia reportada, la sociedad Mineros S.A. indicó: “Se recibió comunicación de los líderes de la vereda, donde se informaba de una situación de inundación en su territorio, agravada según ellos, por una carga de sedimentos suspendida en el agua; disponiéndose entonces una comisión conformada por delegados de las divisiones Ambiental, operativa y de RSE”.

Una vez en el sitio se hizo reunión con representantes de la comunidad y de los pescadores, quienes expusieron sus impresiones y manifestaron su preocupación relacionada con el cambio de las características del agua que usan habitualmente para las labores del hogar. Lo mismo que alertan sobre la presencia de peces muertos en los puntos donde pescan regularmente. Ante lo descrito, se dieron las explicaciones técnicas del suceso, incluyendo las consecuencias que la misma operación de la empresa ha tenido que afrontar.

Se reiteró el compromiso de fortalecer el acompañamiento que la empresa ha venido haciendo a la comunidad. En compañía de la comunidad se hizo recorrido por un tramo en el sector conocido como “La boca de San Pedro”, en este se hallaron 4 peces dispersos flotando en el agua, las condiciones observadas en el agua eran una coloración gris y con olor a lodo revuelto.”

Se describe a continuación una serie de actividades de carácter social en orden cronológico que se realizaron entre los días 15 y 24 de mayo de 2018, de acuerdo con la información suministrada por MINEROS S.A. durante la visita de campo realizada por esta Autoridad.

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Tabla 5 - Actividades de carácter social que se realizaron entre los días 15 y 24 de mayo de 2018

FECHA ACTIVIDAD SERVICIO DE RESPUESTA

Recorrido por las veredas La Esperanza y San Pedro con el fin de monitorear la situación de los habitantes y el Comportamiento de la quebrada San Pedro y del río Nechí.

Se logra entrevistar a 30 Familias del Sector La Esperanza y 16 en San Pedro

Transporte fluvialMayo 15 de 2018

Conversación telefónica jefe de RSE y Gerente de Operaciones Colombia con el alcalde de Nechí, informando sobre el evento.

Llamadas Telefónicas

Acompañamiento permanente a la comunidad, inspección diaria en la zona más afectada, en las veredas San Pedro y La Esperanza, recorrido diario por toda la ribera, a fin de advertir en qué condiciones se encuentran las comunidades a lo largo del río.

Transporte fluvial

Reunión permanente con las comunidades y juntas de acción comunal (JAC) para conocer sus requerimientos y necesidades a raíz de la contingencia.

5 coordinadores Sociales

Gestión de permiso con propietario de un predio alto, el señor Domingo Mesa, para trasladar el ganado afectado por la inundación.

Arriendo de 140 hectáreas por los días que sean necesarios para el pastoreo de

animales de las comunidades afectadas.

Del 16 al 19 de mayo 2018

Distribución de agua a los pobladores de San Pedro y La Esperanza para el consumo.

1920 unidades de Agua (Pacas de 80) Entregadas

Reunión permanente con las comunidades y JACs.Recorrido por las veredas La Esperanza y San Pedro.

Transporte fluvial

Entrega de 50 costales para mejorar captación del único nacedero de agua en el sector la capilla de la vereda La Esperanza. 50 costales

Distribución de agua a los pobladores de San Pedro y La Esperanza para el consumo

100 bolsas de agua de 6 litros C/u.

Mayo 20 de 2018

Reunión con secretario de Minas y presidente del concejo de Nechí en las áreas afectadas

Reporte Ejecutivo

Realizar recorrido verificando cambios y entregando mercados y agua a las familias de La Esperanza.

84 mercados y agua de 6 litros.

Mayo 21 de 2018

Gestión, transporte y acompañamiento a funcionarios del concejo municipal de gestión del riesgo del municipio de El Bagre, para visitar y entregar mercados y agua a las familias de las veredas Sabalito, El Pital de la zona afectada por las inundaciones.

34 mercados -Transporte fluvial

Recorrido por la vereda La Esperanza, revisando los nacimientos de agua en los sectores.

Transporte fluvialAlimentación y

refrigerios.Gestión ante la alcaldía de Nechí para agilizar la instalación de mangueras del proyecto en construcción del acueducto veredal financiado por el municipio y Mineros.

Transporte fluvial22 y 23 de mayo 2018

Revisión de unidades piscícolas en El Pital y San Pedro y unidades Apícolas en la vereda La Esperanza.

Horas de Maquinaria para reforma de un

estaque El Pital

Mayo 24 de 2018

Se realizó Jornada de atención médica y salud oral, gestionada con el hospital La Misericordia de Nechí para atender los casos de niños y adultos afectados por la inundación.

88 kits de salud oralMedicamentos

Enfermera Comunitaria de la ESE Hospital Nuestra Señora del

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“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

FECHA ACTIVIDAD SERVICIO DE RESPUESTA

Carmen, de El Bagre, pagada por Mineros.

A pesar de no tener afectaciones en acueductos veredales, se Inician trabajos para la instalación de mangueras que sirva como red de distribución hacia la comunidad de la Esperanza, esto se hace con personal de la comunidad y con personal contratado por Mineros.

Salario de 7 Obreros de Mineros por 2 días.Pago por día a los 6 trabajadores de La

Esperanza.

Topografía al acueducto, planeado para construcción en el 2018, en la vereda San Pedro.

Valor día de Topógrafo

Visita a la vereda La Esperanza con el alcalde de Nechí, para revisión el tema piscícola con los líderes.

Fuente: Visita de campo de la ANLA realizada entre los días 24 y 25 de mayo de 2018.

La sociedad Mineros S.A., sostiene que el suministro de agua y víveres continuará hasta verificar mejoras en las condiciones de las zonas afectadas, mientras tanto se agilizan las obras y apoyos orientados a los acueductos veredales, que, aunque no fueron afectados, garantizan acceso a fuente hídricas altas para cubrir las necesidades de agua en las familias más alejadas.

Durante la visita se observó las áreas de mayor afectación por la contingencia incluyendo las comunidades aledañas, se tuvo contacto con el presidente de la Junta de Acción Comunal - JAC de la vereda San Pedro, quien informó que no había existido afectación a la infraestructura social y narró los eventos de la contingencia y de manera paralela se le preguntó sobre el comportamiento normal del pulso de inundaciones y si habían existido incidentes anteriores, mencionando que no tenía conocimiento de eventos de este tipo anteriormente.

Se revisaron casas y estanques piscícolas de la comunidad y la escuela de la vereda San Pedro para observar posibles afectaciones. A este respecto se reportó que solamente se afectó temporalmente el estanque El Pital, pero a la fecha de la visita efectuada por esta Autoridad, el mismo se encontraba en condiciones normales de funcionamiento, así como los demás estanques piscícolas de la vereda que se visitaron. La comunidad no hizo mención sobre mortandad de peces en los estanques piscícolas.

El presidente de la JAC de la citada vereda cuenta que el día del evento se observaron algunos peces muertos, pero principalmente se observaban “boquiando” o respirando en la superficie, pero estos no eran numerosos, ni se agruparon en sectores en su vereda. A su vez en el recorrido por la quebrada San Pedro, se observó que del flujo de un caño se tenían sedimentos que drenaban de las áreas cenagosas (Fotografía 9 del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo) y en cercanías de las coordenadas N:7°58´18.5” – W:74°47´07.5” (Fotografía 10 del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo), se drenaba de unos potreros aguas con un olor a materia en descomposición de color blanquecino, que la comunidad reportó como remanente del flujo de aguas del día de la contingencia.

Se realizó un recorrido por las ciénagas El Piojo (Fotografía 11 del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo) y de Remedia Pobre (Fotografía 12 del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo), las cuales recibieron el flujo principal del pit, el día de la contingencia, según relatos del presidente de la JAC vereda San pedro, en el momento de la visita el color y el olor (el cual no se percibía), correspondía al comportamiento normal, en época de

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inundaciones para esta ciénaga, conforme a las observaciones del presidente de junta.

Durante la visita se llevó a cabo una reunión con el alcalde de Nechí (Error! Reference source not found. del concepto técnico que se acoge en el presente acto administrativo), durante la misma se consultó lo siguiente: ¿el conocimiento de la contingencia?, ¿qué medidas de manejo ambiental realizó la sociedad?, ¿qué programa de contingencia se empleó, si los conocía?, ¿existieron reportes de quejas de la comunidad y el comportamiento general frente a otras contingencias?. Ante dichos interrogantes el alcalde respondió: que la Alcaldía no había recibido quejas o solicitudes referentes a la contingencia por parte de los pobladores de las veredas de San Pedro y La Esperanza, ni aguas abajo del río Nechí; que tenía conocimiento del evento al tiempo de haberse presentado, y que se han estado realizando actividades relacionadas con el manejo de contingencias para lo cual se ha articulado funcionarios de la alcaldía con personal de la sociedad Mineros S.A., pero que la situación presentada por el rompimiento del jarillón no llegó a considerase en categoría de amenaza. También informó que se tenían listos los grupos de atención para apoyar en el manejo de la emergencia, pero no fue necesario su accionar. La alcaldía reconoce que la sociedad participó con ayudas a algunas familias de pescadores en relación a mercados y la alcaldía aportó agua potable a través de pacas o bolsas, a su vez la Alcaldía reconoció que la información acerca de la emergencia presentada por los medios no correspondía a la contingencia y que empleaban registros fotográficos de otros eventos en Córdoba no relacionados con la operación de la sociedad Mineros S.A.

Posteriormente, se realizó una reunión con el presidente de la junta de Acción Comunal de la vereda La Esperanza, en cercanías de la parroquia, donde también participaron algunos pescadores de la vereda, quienes expresaron que las ciénagas se habían visto afectadas, sobre todo las que se encuentran en las partes más distantes de la quebrada San Pedro, ya que ellos mencionan que el agua no tiene la suficiente fuerza para salir del área por efecto de las crecientes propias de la temporada climática. También comentaron sobre la afectación al recurso pesquero en algunas de las ciénagas y que la distribución de las zonas de pesca entre pescadores estaba alterada, sobre todo de aquellos que realizan sus faenas en áreas más lejanas, pero aquellas cercanas al núcleo poblado de la vereda donde habita la mayoría de la población no presentan una afectación evidente y en estas se podía pescar con normalidad. También mencionaron que la sociedad estaba brindando apoyo en mercados y agua en bolsas.

PERMISOS, CONCESIONES Y/O AUTORIZACIONES

Permiso(s) Captación (es)

Tabla 6 Permisos de captación otorgados (definitivos)IDENTIFICADOR DE LA CAPTACIÓN

COORDENADAS

N Ú M F E C C A U

PERÍODO AUTORIZADO USO

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1,111 l/s

23/11/ 2010

23/11/2020

Todo el

año

Continuo 0 0 1,11

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1331020

130PZ-

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1985

20/09/2011

14,04 l/s

20/09/2011

20/09/2021

Todo el

año

Continuo 0 14,0

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Providencia I -1

7506366 729028

160PZ-

1603-

4177

30/03/2016

6.250 l/s

en tramite

en tramite

Todo el

año

Continuo 0 0 6.25

0 l/s

Providencia I -2

7505858 731720

160PZ-

1603-

4177

30/03/2016

0,093 l/s

en tramite

en tramite

Todo el

año

Continuo 0 0,09

3 l/s 0

Providencia I-3

731720 731720

160PZ-

1603-

4177

30/03/2016

0,165 l/s

en tramite

en tramite

Todo el

año

Continuo 0 0,16

5 l/s 0

Providencia III

892037

1300998

130PZ-

1302-

2389

08/02/2013

14300 l/s

08/02/2013

08/02/2023

Todo el

año

Continuo 0 0

14300 l/s

Campamento Astilleros

919146

1361689

160PZ-

1610-

3823

05/10/2016

0,3028 L/s

28/04/2015

28/04/2020

Invierno

Continuo 0

0,3028 L/s

0

Campamento

Providencia

Magna

origen

Bogotá

894749

1302749,2

160PZ-

1612-

3968

06/12/2016

0,0108 l/s

06/12/2016

06/12/2021 0 0 0

0,0108 l/s

0

Permiso (s) Vertimiento (s)

Tabla 7 Permisos de vertimiento otorgados (definitivos)COORDENADAS PERÍODO AUTORIZADO

IDENTIFICADOR DEL

VERTIMIENTO

SIS

TEM

A D

E R

EFE

RE

NC

IA

ES

TE

NO

RTE

MER

O D

E R

ESO

LUC

IÓN

QU

E A

PRU

EBA

EL

VER

TIM

IEN

TO

FEC

HA

EXP

EDIC

ION

DE

LA

RES

OLU

CIÓ

N

CA

UD

AL

AU

TOR

IZA

DO

(l/s

)

TIE

MP

O D

E D

ES

CA

RG

A

AU

TOR

IZA

DO

(hor

as/d

ía)

FRE

CU

EN

CIA

AU

TOR

IZA

DA

(d

ías/

mes

)

FEC

HA

INIC

IAL

DE

L P

ER

MIS

O

FEC

HA

FIN

AL

DE

L P

ER

MIS

O

TIPO

DE

VER

TIM

IEN

TO

PZ7-10-4-250

Magna

origen

Bogotá

91.954.45

9

1.331.26

2

130P

Z-1108-1962

08/08/2011

3,590 l/s

permanente 30 23/08/2

01123/08/2021

Residual doméstico

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 18 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

IDENTIFICADOR DEL

VERTIMIENTO

COORDENADAS

MER

O D

E R

ESO

LUC

IÓN

QU

E A

PRU

EBA

EL

VER

TIM

IEN

TO

FEC

HA

EXP

EDIC

ION

DE

LA

RES

OLU

CIÓ

N

CA

UD

AL

AU

TOR

IZA

DO

(l/s

)

PERÍODO AUTORIZADO

TIPO

DE

VER

TIM

IEN

TOPZ7-10-4-250 918688,96

1331936,93

130PZ-

1108-1962

08/08/2011

0,807 l/s

permanente 30 23/08/2

01123/08/2021

Residual no

doméstico

complejo sanitario 919872,4 1330222,

3

130PZ-

1402-2696

05/03/2014

0,17 l/s

permanente 30 5/03/20

145/03/2019

Residual no

doméstico

Astillero 919012 1362011

130PZ-

1410-2960

29/10/2014

0,17 l/s

permanente 30 6/11/20

146/11/2019

Residual doméstico

Providencia III casa de

maquinas

75°0.1´50.5” 7°19´57.7

130PZ-

1202-2033

08/02/2012

0,007 l/s

permanente 30 8/02/20

128/02/2017

Residual doméstico

Providencia I campamento 0 0

160PZ-

1607-3759

01/07/2016

1,72 l/s

permanente 30 8/07/20

168/02/2027

Residual doméstico

Permiso Aprovechamiento Forestal

Tabla 8 Permisos de Aprovechamiento Forestal otorgados (definitivos)CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO PERÍODO

AUTORIZADONÚMERO O

IDENTIFICADOR DE POLÍGON

O

NÚMERO DE RESOLUCIÓN

QUE APRUEBA EL APROVECHA

MIENTO

FECHA EXPEDICION DE

LA RESOLU

CIÓN

COBERTURA SOBRE LA CUAL SE

AUTORIZA EL APROVECHA

MIENTO

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (m3)

FECHA INICIAL DE LA

APROBACIÓN

FECHA FINAL DE

LA APROBA

CIÓN

0Res.130PZ-13062525 j

junio de 2013.

Junio de 2013 Sin información 153,17 6094,28

Sin informació

n

Sin informació

n

Otros Permisos, Concesiones y/o autorizaciones otorgados

Tabla 9 Permisos, concesiones y/o autorizaciones otorgados (definitivos)

Permiso y/o autorización Acto administrativo Descripción Ocupaciones de cauces Resolución

130PZ1107 de julio de 201, CORANTIOQUIA

Permiso de ocupación de cauce permanente sobre la margen derecha del río Tiguí casco urbano municipio del Bagre, en la desembocadura con el río Nechí, coordenadas 919052 E – 1331590 N, para el puerto de embarcaciones de Mineros S.A.

Emisiones atmosféricas Resolución 130PZ -1380 de julio de 2007 y prorrogado por la Resolución 130PZ1207-2171 de julio de 2012 CORANTIOQUIA

Permiso de emisiones fijas coordenadas 1331900 N - 918800 E. laboratorio metalúrgico por fundición de oro, por un término de 5 años

Levantamiento de veda/sustracción de áreas de manejo especial

De acuerdo con lo manifestado por la Empresa, por parte de la Corporación CORANTIOQUIA, no se ha pronunciado sobre el levantamiento de veda de la especie Cativo (Prioria copeifera)

Aprovechamiento Forestal Res.130PZ-13062525 junio de 2013

Aprovechamiento forestal único de bosque natural, sobre un área de 153,172 ha y un volumen total de 6.094,28 n3

Captación agua superficial 130PZ-1781 23/112010

Caudal 1,111 L/s vigente hasta 23/11/2020, de forma continua durante todo el año, de aguas no domesticas para el PZ1-10-3-250

Captación agua superficial 130PZ-1109-1985 20/09/2011

Caudal 14.04 L/s vigente hasta 20/09/2020, de forma continua durante todo el año, de aguas no domesticas para el PZ1-10-4-250

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 19 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

Permiso y/o autorización Acto administrativo Descripción Vertimientos 130PZ-1108-1962

08/08/2011Caudal autorizado3.59L/s, de forma permanente vigente hasta el 23/08/2021, para el PZ7-10-4-250 residual domestica

Vertimientos 130PZ-1108-1962 08/08/2011

Caudal autorizado 0,807 l/s, de forma permanente vigente hasta el 23/08/2021, para el PZ7-10-4-250 residual no doméstica.

PLAN DE MANEJO

Plan de manejo ambiental

A continuación, se presenta la ficha MMF3 que hace referencia al manejo de sólidos suspendidos totales SST y a su vez a la calidad del agua que se entrega al cuerpo de agua, establecida mediante la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015 en lo relacionado a las actividades de operación aluvial:

PROGRAMA DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN DE SÓLIDOS SUSPENDIDOS TOTALES EN LA ZONA INDUSTRIAL DE OPERACIÓN ALUVIAL

OBJETIVO IMAGENPrevenir el aporte de sólidos suspendidos totales al río Nechí desde la zona industrial de operación aluvial, mediante la definición y verificación de la poza como zona de tratamiento primario y/o la aplicación de medidas de control en la zona de tratamiento secundario en el caso de requerirse.

META INDICADOR RESPONSABLE REGISTROGarantizar que el valor de sólidos suspendidos totales en el sitio de medición del canal artificial de salida, después de la zona de tratamiento secundario, sea menor al valor de sólidos suspendidos totales en el punto de medición del canal de entrada para pozas abiertas.

SST en el sitio de medición del canal de entrada > SST en el sitio de medición del canal de salida para pozas abiertas

División AmbientalDivisión

Unidades de Producción

División Ambiental

Garantizar que cuando las pozas sean semi- abiertas no se genere un aumento de SST en la conexión del canal de entrada con la poza.

SST en el sitio de conexión del canal de entrada con la poza < SST en el sitio de conexión del canal de entrada con el río Nechí o cualquiera de sus afluentes para pozas semi-abiertas

División AmbientalDivisión

Unidades de Producción

División Ambiental

- Informes de laboratorio monitoreo

de sólidos suspendidos totales

(frecuencia de medición 4 veces al año).

- Informe de seguimiento de sólidos suspendidos totales.

ETAPA

PLANEACIÓN X OPERACIÓN X RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN

IMPACTOS A CONTROLAR

- Alteración de la calidad del agua superficial.- Alteración de los servicios base del agua.- Modificación de hábitats acuáticos.- Alteración de la dinámica de las comunidades hidrobiológicas.- Alteración de la dinámica de sedimentos.

TIPO DE MEDIDA

PREVENCIÓN X MITIGACIÓN X CONTROL X COMPENSACIÓN

ACCIONES A DESARROLLAR

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 20 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

1. Sistema de tratamiento secundario de sólidos suspendidos totales a la salida de la zona industrial de operación aluvial:Se llevarán a cabo las acciones de control de sólidos suspendidos totales requeridas en la zona de tratamiento secundario a la salida del área industrial de operación, para garantizar que la operación minera no genere sólidos suspendidos totales adicionales en el canal artificial de salida hacia la corriente del río Nechí, río Amacerí o de cualquier drenaje permanente cuando se trate de pozas abiertas. Así mismo, si se requiere, se llevarán a cabo las acciones de control de sólidos suspendidos totales en la zona de conexión del canal artificial de entrada con la poza, cuando se trate de pozas semi-abiertas. Se debe aclarar que al tratarse de pozas semi-abiertas no se generan aportes desde la poza hacia el canal, pero en todos los casos los monitoreos establecerán si se requieren tratamientos secundarios adicionales.

La zona de tratamiento estará conformada por uno o varios sistemas que garanticen un proceso de sedimentación eficiente antes de la entrega al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes, entre los sistemas disponibles y aplicables se podrán emplear pozas de aquietamiento, cortinas para control de turbiedad, trinchos o cualquier tipo de mecanismo que garantice la decantación de sólidos suspendidos totales antes de la entrega del flujo al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes.

El monitoreo para verificar la eficiencia de los sistemas de tratamiento relaciona en la ficha de monitoreo y seguimiento PMS3.

2. Uso de dragas de succión para descapote:El objetivo de las dragas de succión es retirar las capas de materiales arcillosos relativamente compactas, con algún contenido de arenas y gravas finas, que se ubican en la parte superior del aluvión, previamente al inicio de la operación con la draga de cucharas.

La presencia de la tubería de succión directamente detrás de la cabeza cortadora permite remover y transportar instantáneamente el material una vez generado, impidiendo que parte de éste pueda pasar en suspensión al canal artificial de salida. En la operación, el material se dispone en zonas aisladas del cauce, ya sea en áreas bajas o en zonas confinadas por diques o encima de los cargueros a medida que estos se van formando.

Esta metodología permite disminuir la generación de material en suspensión en el agua y la conformación de rellenos hidráulicos, hasta niveles por encima del de inundación, para conformar zonas que pueden ser aprovechadas agrícolamente por gente de la región y permitir una rápida revegetalización del área dragada.

3. Confinamiento de zonas de depósito de materiales finos:3.1 Disposición de materiales finos entre los cargueros:La draga de succión en la explotación minera posibilita la separación de los materiales finos de los materiales gruesos del aluvión, permitiendo reconstituir el perfil del terreno en forma muy similar a como estaba originalmente, con el aluvión abajo y el material fino en la capa superficial, siempre y cuando las características del depósito así lo permitan.

3.2. Disposición de materiales finos en zonas inundables:Los materiales dragados no siempre se pueden disponer sobre los cargueros, un caso como este ocurre cuando se inicia la explotación de un bloque, y no existen aún cargueros o material suficiente para su formación; en estas condiciones, cuando se está realizando la operación de inicio de la poza, los materiales finos deben ser colocados sobre tierra firme en zonas donde no se va a realizar procesamiento del aluvión; en estos casos se escogen zonas bajas inundables, que no presenten suelos agrícolas de importancia.

CUANTIFICACIÓN DE LA MEDIDA- Informes de laboratorio monitoreo de sólidos suspendidos totales. - Informes de seguimiento de sólidos suspendidos totales. ALCANCE DE APLICACIÓN Operación aluvial.COBERTURA ESPACIAL Poza de trabajo, canales artificiales de entrada y salida.

PERSONAL REQUERIDO Aforadores / Asesoría externa / Ingeniero de Minas / Ingeniero Ambiental / Trabajadores dragas

POBLACIÓN BENEFICIADA Población del área de influencia del proyecto aguas abajo de las áreas de producción.

MECANISMOS Y ESTRATEGIAS PARTICIPATIVAS

Se realizará una reunión anual de planeación minera, así como reuniones decadales de plan producción.

Fuente: Complemento al Plan de Manejo ambiental presentado con radicación 4120-E1-21753 del 30 de mayo de 2014

Tal como se observa en la ficha, aun cuando se establece que la zona de tratamiento estará conformada por uno o varios sistemas que garanticen un proceso de sedimentación eficiente antes de la entrega al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes, entre los sistemas disponibles y aplicables, se podrán emplear pozas de aquietamiento, cortinas para control de turbiedad, trinchos o cualquier tipo de mecanismo que garantice la decantación de sólidos suspendidos totales antes de la entrega del flujo al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes.

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 21 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

La construcción de un jarillón perimetral no puede ser asimilado como uno de los mecanismos de decantación de solidos suspendidos totales, pensados para el proceso de sedimentación inicialmente concebidos en la licencia ambiental y que hacían referencia únicamente a sistemas de decantación y no a control y contención de aguas.

El análisis de los posibles impactos ocasionados por tener una poza controlada o cerrada no fueron valorados, específicamente los atribuidos a la construcción de un jarillón preliminar que tuviera como objetivo la contención de aguas al interior del Pit minero, análisis de impactos como la alteración de la dinámica fluvial y la desconexión hidráulica al impedir la continuidad de los flujos de agua de la ciénaga Sabalito, el caño Sabalito, el rio Nechí y sus bajos inundables

Ni en el complemento al plan de manejo ni en la solicitud de cambio menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad relacionada con la poza controlada, la sociedad Mineros S.A., presentó información relacionada a la construcción de un jarillón perimetral, por lo cual no es posible verificar que los diseños tuvieron en cuenta la influencia del flujo en la estructura y el análisis de estabilidad de un jarillón construido con material procedente del dragado; en consecuencia, las medidas actuales no son suficientes para asegurar el adecuado manejo ambiental del proyecto.

Adicionalmente, se carece de medidas o actividades de mantenimiento que garanticen la estabilidad del jarillón perimetral y protejan las características estructurales y funcionales del mismo por efecto de la erosión al estar conformado por material procedente del dragado; lo cual podría manifestarse en impactos adicionales por filtraciones de agua no tratada procedente del Pit a los cuerpos de agua y contingencias por la ruptura del jarillón.

Es de indicar que el sistema de poza controlada implementado en el sistema sur no corresponde a lo indicado en la solicitud de modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada ordinario con radicaciones en la ANLA 2017043794-1-000 del 15 de junio y 2017100173-1-00 del 20 de noviembre de 2017, la cual proponía: “Sin embargo, para asegurar que la reducción de SST es total, se va a implementar un sistema teórico de sedimentación antes del vertimiento al río, este sistema responde a las teorías tradicionales de la sedimentación y se propone como un sistema secundario controlado, posterior a las pozas y, previo a la entrega al río”

Por lo anterior, se puede determinar que el sistema de poza controlada o cerrada implica impactos adicionales a los señalados inicialmente por la sociedad y por lo tanto, el mismo no puede ser contemplado como una modificación menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada y, por lo tanto, la sociedad Mineros S.A., debería iniciar el trámite correspondiente a la modificación del instrumento de manejo ambiental en el caso de considerar que requiere mantener dicha estructura.

Plan de seguimiento y monitoreo

El Plan seguimiento y monitoreo del Proyecto, establecido mediante la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015 en lo relacionado a las actividades de operación aluvial no cuenta con medidas de seguimiento y monitoreo que permitan garantizar

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 22 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

la estabilidad y mantenimiento de las características estructurales de un jarillón perimetral cuyo material de composición es el material de dragado.

Plan de Contingencia.

A continuación se presentan las acciones desarrolladas por Mineros S.A., entre el 13 y el 21 de mayo de 2018 para la atención de la contingencia presentada por la ruptura del jarillón perimetral de la poza controlada del sistema Norte Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí, de acuerdo con el reporte inicial de la contingencia en el por medio del radicado 2018063312-1-000 del 21 de mayo de 2018:

Tabla 10 - Resumen de las acciones realizadas por Mineros S.A. para atender la emergencia) – mayo 13 al 21 de 2018

RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

HORA DIA 1 - Domingo 13 de Mayo

04:00 Se reporta una posible ruptura del jarillón de contención perimetral por parte de un operador de lancha.

06:00 Se confirma la ruptura del Jarillón de Contención Perimetral al jefe de Operación de Maquinaria Pesada y al Director de Planeación Mineros Ambiental de Mineros S.A

06:11 El ingeniero de turno (420) reporta al Jefe de Maquinaria Pesada el desbordamiento del Pit Minero, y una ruptura del Jarillón Perimetral de la Zona Norte hacia el bajo inundable.

07:00Se desplaza el personal técnico de la operación, Jefe de Maquinaria Pesada, Director de Planeación Minero Ambiental y el topógrafo de la División Ambiental para evaluar la magnitud del daño.

08:30

El grupo identifica que Puerto Arenas se encuentra a 50 cm de ser inundado totalmente por las aguas del Rio Nechí. Frente a la situación el Jefe de Maquinaria Pesada inicia obras para realzar el Jarillón perimetral en Puerto Arenas (Que asila el pit minero de las aguas de la Caño Sabalito y Rio Nechí).

09:00 El grupo de jefatura inician recorrido por todas las áreas para calcular la magnitud de la emergencia

15:00

Se termina el recorrido que realizó el grupo interdisciplinario de Mineros a la zona afectada para evaluar los efectos de la ruptura del Jarillón. El recorrido que duro 6 horas aproximadamente, evaluó las área de El Sabalito, los albardones de la margen derecha del Rio Nechí, boca de la Quebrada El Guamo, Jarillón perimetral en Puerto Arena y el interior del pit minero.

16:00El equipo que verifica la situación en campo, informa a la Gerencia de Operaciones sobre el rebose de las aguas del Rio Nechí sobre el pit minero, y las afectaciones que esto trajo a las operaciones mineras con la Ruptura del Jarillón perimetral de contingencia.

23:59La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

HORA DIA 2 - Lunes 14 de Mayo

00:00La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 23 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

23:59

Todos los esfuerzos del lunes 14 de mayo se enfocaron en realzar el jarillón de Puerto Arenas, dado que el nivel de inundación no permitía que la maquinaria pesada avanzara hacia la zona norte, para atender los daños del Jarillón Perimetral de la Zona Norte del Pit Minero.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

HORA DIA 3 - Martes 15 de Mayo

00:00La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

08:00 De la Comunidad la Esperanza se comunica el presidente de la Asociación de Pescadores de la Esperanza, Nicolas Lopez, con Nayibe Cala, Alirio Castro y Katia Bello.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

10:00Se conforma un equipo interdisciplinario entre Medio Ambiente y RSE para visitar las áreas afectadas. Se reúnen con los líderes de la Esperanza para escuchar necesidades y afectaciones.

14:00El equipo de Medio Ambiente y RSE se reúnen en zona industrial e informan a la gerencia sobre el estado de las áreas afectadas y de las necesidades de las comunidades. Y se toma un plan de acción para intervenir a las comunidades y rescatar a la fauna afectada.

23:59

Todos los esfuerzos del lunes 14 de mayo se enfocaron en realzar el jarillón de Puerto Arenas, dado que el nivel de inundación no permitía que la maquinaria pesada avanzara hacia la zona norte, para atender los daños del Jarillón Perimetral de la Zona Norte del Pit Minero.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Para este día ya se tienen 2 metros de realce del Jarillón de Puerto Arenas en ciertos puntos de la estructura.

HORA DIA 3 - Miércoles 16 de Mayo

00:00La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

08:00

El equipo de Medio Ambiente y RSE se reúnen con 22 pescadores de la Esperanza y se realizan recorridos por 8 ciénagas y 4 quebradas con rescatistas de fauna silvestre.

Se inician con la ayuda a la comunidad con agua potable.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

23:59

Todos los esfuerzos del lunes 14 de mayo se enfocaron en realzar el jarillón de Puerto Arenas, dado que el nivel de inundación no permitía que la maquinaria pesada avanzara hacia la zona norte, para atender los daños del Jarillón Perimetral de la Zona Norte del Pit Minero.

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 24 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Para este día ya se tienen 3 metros de realce del Jarillón de Puerto Arenas en ciertos puntos de la estructura.

HORA DIA 4- Jueves 17 de Mayo

06:00Se toma la decisión de movilizar la Draga de Succión número 18, para el frente del Jarillón de Puerto Arenas con la intención de realzar de forma más rápido el jarillón. A las 6:00am inicia la flotación de la Draga de Succión 18 a punto de interés.

08:00

El equipo de Medio Ambiente y RSE realizan el recorrido por Vereda la Esperanza, Sector Pueblo Nuevo, Vereda San Pedro. Reuniendo necesidades de la comunidad y dimensionando las afectaciones desde la Vereda San Pedro a La Esperanza.

Se da la directriz de monitorear las condiciones fisicoquímicas al interior de la poza y de los canales. Todo el día.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

13:00 Se ubica la Draga de Succión 18 frente al Jarillón de Puerto Arena. Se inician maniobras para ubicar tubería de descarga hacia el jarillón principal de Puerto Arenas.

16:00 Inicia la descarga de material de La Draga de Succión 18 sobre el Jarillón de Puerto Arenas para agilizar las operaciones.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

HORA DIA 5- Viernes 18 de Mayo

06:00Se toma la decisión de movilizar la Draga de Succión número 18, para el frente del Jarillón de Puerto Arenas con la intención de realzar de forma más rápido el jarillón. A las 6:00am inicia la flotación de la Draga de Succión 18 a punto de interés.

08:00 El equipo de rescate de fauna y equipo piscícola sigue con el recorrido del área, retomando evidencias y evaluando la zona.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

13:00 Se ubica la Draga de Succión 18 frente al Jarillón de Puerto Arena. Se inician maniobras para ubicar tubería de descarga hacia el jarillón principal de Puerto Arenas.

16:00 Inicia el bombeo de material con la Draga de Succión 18 sobre el Jarillón de Puerto Arenas para agilizar las operaciones.

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 25 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

HORA DIA 6- Sábado 19 de Mayo

00:00Continúan trabajos con Draga de Succión 18 y Maquinaria pesada en el Jarillón de Puerto Arena. Para este día el Jarillón de Puerto Arenas, toda la estructura, ya tenía un nivel de 3 metros a filo de agua.

08:00 Se realizó un recorrido con las comunidades en las zonas afectadas y verificaron condiciones fisicoquímicas.

18:00

Se notifica que algunos puntos de la Zona Norte, lado derecho_ frente de explotación Draga de Cucharas 10 y Draga de Succión 18, reúnen condiciones para realizar los cierres en puntos del lado derecho del Jarillón de la Zona Norte.

Se da la orden de proceder con los cierres del Jarillón en los puntos de la estructura de la zona norte donde hay condiciones.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Se inicia con las actividades de realce el Jarillón perimetral del Jarillón Perimetral de Zona Norte.

HORA DIA 7- Domingo 20 de Mayo

00:00 Continúan trabajos con Draga de Succión 18 y Maquinaria pesada en el Jarillón de Puerto Arena. Y se continúan con actividades de realce del jarillón de la Zona Norte

08:00 Se realizó un recorrido con las comunidades en las zonas afectadas y verificaron condiciones fisicoquímicas.

18:00

Se notifica que algunos puntos de la Zona Norte, lado derecho_ frente de explotación Draga de Cucharas 10 y Draga de Succión 18, reúnen condiciones para realizar los cierres en puntos del lado derecho del Jarillón de la Zona Norte.

Se da la orden de proceder con los cierres del Jarillón en los puntos de la estructura de la zona norte donde hay condiciones.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Se continúan con las actividades de realce el Jarillón perimetral del Jarillón Perimetral de Zona Norte.

HORA DIA 10- Lunes 21 de Mayo

00:00

La operación hasta el momento ha logrado cerrar un tramo del jarillón de aproximadamente 700 metros lado derecho frente de explotación de la draga 10. Zona Norte.

El jarillón de Puerto Arenas se encuentra totalmente controlado, aislando las aguas provenientes de Caño Sabalito y de las aguas del Rio Nechí.

Se dará continuidad a las obras de cierre del lado izquierdo del Jarillón Perimetral la Zona Norte.

Fuente: Reporte inicial de la contingencia escrito con radicación 2018063312-1-000 del 21 de mayo de 2018

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 26 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

De acuerdo con la tabla anterior, lo observado y verificado en campo, Mineros S.A. atendió la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018, de manera oportuna realizando las actividades pertinentes relacionadas con la identificación de la situación presentada, ejecutar las acciones contención, corrección, control y mitigación de la emergencia, contando con el equipo, maquinaria y personal necesario para atender la misma.

Desde el 15 de mayo de 2018, se iniciaron los contactos y actividades con las comunidades de la zona para escuchar y atender las necesidades y grado de afectación generado por la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018. Se apoyó a la comunidad con agua potable y mercados para atender las necesidades básicas sobre seguridad alimentaria.

Los representantes de las comunidades del área de afectación (veredas San Pedro y La Esperanza), así como el alcalde del municipio de Nechí, no manifestaron quejas relacionadas con la oportunidad en la atención de la emergencia por parte de Mineros S.A., e incluso indicaron los días de la visita de esta Autoridad (mayo 24 y 25 de 2018), que la mayoría del área afectada ya se encontraba recuperada, a excepción de algunos sitios donde había remanentes del material desplazado (agua, sedimentos y material orgánico) y algunas dificultades para las labores de pesca en algunas de las ciénagas. También señalaron que la sociedad atendió sus necesidades y reclamos.

Asimismo, el alcalde del municipio de Nechi, manifestó que no había quejas ni en la alcaldía ni en la Personería debido a la contingencia ocurrida el 13 de mayo de 2018, y que la misma le fue informada por Mineros S.A. de manera oportuna y no fue necesario apoyar a la misma con los organismos de socorro que hacen parte del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres.

Revisado el Plan de contingencia presentado en el complemento del Estudio de Impacto Ambiental entregado para la modificación del Plan de Manejo Ambiental no contiene el análisis y valoración de los riesgo, la identificación, caracterización, análisis y evaluación de la vulnerabilidad de elementos expuestos, Identificación, caracterización, análisis y evaluación de escenarios de riesgo, la estimación de áreas de afectación, el Análisis y valoración del riesgo, las medidas que contemplen acciones de prevención y mitigación que se deben adoptar para disminuir las amenazas, la exposición y/o la vulnerabilidad de los elementos expuestos al riesgo, con el fin de evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de que el riesgo llegue a materializarse ni la formulación de un plan de contingencia, que contenga las medidas de prevención, control y atención ante potenciales situaciones de emergencia derivadas de la materialización del riesgo a inundaciones. A continuación se presenta la información contenida en el plan de contingencias en relación a las inundaciones:

“9.2.2.7 InundacionesLa respuesta de la Brigada de Emergencia, tan pronto lo permitan las circunstancias meteorológicas, será acorde con las consecuencias de mayor impacto. Parte de la respuesta efectiva en medio de este tipo de desastre consiste en eliminar las causas potenciales de peores consecuencias, tales como corregir escapes, recolectar recipientes con líquidos o gases peligrosos, evacuar el personal y acordonar la zona más afectada con el fin de restringir el acceso.En el caso de la central hidroeléctrica Providencia, un punto de control será la

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 27 de 35

“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

captación (Aljibes), zona en la cual, al evidenciar una alza en los niveles del río Anorí, se procederá a comunicar en casa de máquinas con el fin de ejecutar el plan de preparación ante la emergencia por parte de todos los empleados”.

En la Error! Reference source not found. se relacionan los aspectos más relevantes del cumplimiento al plan de contingencia.

Tabla 10 Estado de cumplimiento de Plan de Contingencia relacionado con el evento ocurrido el 13 de mayo de 2018

Tipo de Incidente Fuente Generadora / causa del incidente Tipo de Afectación Acciones ejecutadas

Rompimiento de jarillones perimetrales construidos con el fin de generar la Poza controlada o cerrada, ingreso de aguas procedentes del rio Nechí y el caño Sabalito al sistema Norte y posterior desborde de las aguas hacia el caño Guamo y el bajo inundable del valle aluvial del Río Nechí

Operativa y desastre Natural.

Afectación a recursos naturales (suelo, agua y fauna) y comunidad.

Las acciones ejecutadas, aun cuando permitieron dar respectan a la emergencia presentada y corresponden a acciones de control, contención de la inundación, monitoreos fisicoquímicos e hidrobiológicos en las áreas afectadas y asistencia social a las comunidades, no se encuentran contenidas en el Plan de contingencia de Mineros S.A para el proyecto

ObservacionesPor último en lo referente al plan de contingencia presentado a esta Autoridad en el complemento del Estudio de Impacto Ambiental para la modificación del plan de manejo ambiental, el mismo carece de las medidas de prevención, control y atención ante potenciales situaciones de emergencia derivadas de la materialización del riesgo a inundaciones; por lo cual las actividades realizadas por la sociedad no se enmarcaron en el Plan de contingencias y en consecuencia Mineros S.A. debe actualizar el plan de contingencia de acuerdo a lo establecido en el Decreto 2157 de diciembre de 2017.

ANÁLISIS DE IMPACTOS NO PREVISTOS

Tal y como se ha venido indicando en numerales anteriores relacionados a la poza controlada o cerrada, solicitada por la sociedad Mineros S.A., como una modificación menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad que cuenta con PMA establecido y que fue autorizado por esta Autoridad mediante oficio con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018, donde se indicó que no se requería la modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada” y que previo a su implementación se debían obtener los permisos por uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales ante CORANTIOQUIA.

La conformación de una poza controlada o cerrada requiere la construcción de un jarillón perimetral, el cual no puede ser asimilado como uno de los mecanismos de decantación de solidos suspendidos totales indicados en la ficha de manejo MMF3, al tratarse de una estructura concebida para el control y contención de aguas.

Teniendo en cuenta el análisis de la información reportada por Corantioquia, la revisión de la información que reposa en el expediente y lo observado en la visita de seguimiento a la contingencia, se pudo evidenciar que se presentan impactos no previstos inicialmente en el Plan de Manejo Ambiental autorizado mediante la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015, ocasionados por tener una poza

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Resolución No. 00857 Del 12 de junio de 2018 Hoja No. 28 de 35

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controlada o cerrada que impide que las aguas del caño, Sabalito, La ciénaga de Sabalito y el rio Nechí fluyan de manera natural en época de altas precipitaciones y caudales, por los bajos indudables y las ciénagas del complejo cenagoso del rio Nechí.

Se carece de medidas que garanticen la estabilidad del jarillón perimetral y protejan las características estructurales y funcionales del mismo por efecto de la erosión al estar conformado por material procedente del dragado; lo cual podría manifestarse en impactos adicionales por filtraciones de agua no tratada procedente del Pit a los cuerpos de agua y contingencias por la ruptura del jarillón.

Teniendo en cuenta los materiales con los cuales se conforma el jarillón y que consiste únicamente en material proveniente del dragado y la situación reportada por CORANTIOQUIA durante los días 3 y 4 de octubre de 2017 y expresada en la Resolución 160PZ-17010550-03 del 09 de octubre de 2017 , así: “se evidencia que desde el jarillón se filtran aguas desde la ciénaga Sabalito, aguas que han sido afectadas por los vertimientos de agua residual no doméstica (industrial) provenientes del sistema norte, hacia el cauce del caño el Guamo, vertimientos que no se encuentran amparados con permiso de vertimiento, toda vez que, no fueron contemplados en el trámite que se encuentra en curso ante la oficina territorial Panzenú, en el expediente PZ7-2017-665, generando sedimentación y turbidez EN dicho caño y en la ciénaga Sabalito,…”; la información presentada por Mineros S.A no garantiza que el jarillón impida que haya infiltración de aguas no tratadas del sistema norte al caño Guamo a la ciénaga Sabalito y el rio Guamo.

Es de resaltar que ya se presentó una contingencia por el rompimiento del jarillón durante épocas de altas precipitaciones y caudales que alteraron el recurso hídrico superficial y los ecosistemas asociados a los mismos por el contacto con aguas no tratadas provenientes del Sistema Norte.

En ese orden de ideas, se presentó un riesgo de afectación a los ecosistemas (lóticos y lénticos), así como a los terrenos circundantes y a los pobladores del área de influencia del proyecto, considerando que se depositó en los mismos agua (no tratada del PIT), sedimentos, material vegetal, provenientes de la poza controlada y de las áreas circundantes que fueron intervenidas por el paso no controlado de las aguas durante la emergencia, generando posible disminución del oxígeno, disminución de la calidad físico-química e hidrobiológica de los cuerpos de agua, alta carga mineral y de sedimentos, disminución de las poblaciones de peces (mortandad o ahuyentamiento) con la consecuente disminución del recurso pesquero para la población (habitantes) de la zona que tiene alta dependencia a este tipo recurso tanto para el sustento diario como para la comercialización del mismo.

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones técnicas y para tener un mayor control, seguimiento y monitoreo en lo relacionado con la contingencia presentada y los impactos en los medios biótico, abiótico y socioeconómico, de tal forma que se pueda prevenir las posibles afectaciones, se hace necesario imponer a la sociedad Mineros S.A., las medidas adicionales que se establecerán en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA.

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“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

Mediante el Decreto-ley 3570 de 27 de septiembre de 2011, el Gobierno Nacional, en uso de las facultades extraordinarias conferidas mediante la Ley 1444 de 2011, creó el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de conformidad con lo preceptuado en su artículo 38, todas las referencias que hagan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia ambiental al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial deben entenderse referidas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, si se relacionan con las funciones asignadas en dicho Decreto al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS.

Por medio del Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Gobierno Nacional, en uso de las facultades extraordinarias conferidas mediante la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA., como entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País.

El citado Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, en su artículo tercero, numeral 2 prevé como una de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales la de realizar el seguimiento a las licencias, permisos y trámites ambientales de su competencia.

Que en virtud de lo establecido en la Resolución 182 del 20 de febrero de 2017, "Por la cual se ajusta el Manual Especificó de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA", la Directora General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, es la funcionaria competente para suscribir el presente Acto Administrativo.

Que mediante Resolución 0843 del 8 de mayo de 2017, el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS., nombró en el empleo de Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA a la funcionaria CLAUDIA VICTORIA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ.

FUNDAMENTOS LEGALES

Que la Constitución Política de Colombia en el Capítulo Tercero del Título Segundo denominado "De los derechos, las garantías y los deberes", incluyó los derechos colectivos y del ambiente, o también llamados derechos de tercera generación, con el fin de regular la preservación del ambiente y de sus recursos naturales, comprendiendo el deber que tienen el Estado y sus ciudadanos de realizar todas las acciones para protegerlo, e implementar aquellas que sean necesarias para mitigar el impacto que genera la actividad antrópica sobre el entorno natural.

Que el artículo 79 de la Constitución Política establece que "todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano" y así mismo, que "es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines".

Que por mandato constitucional “El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados".

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“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

Que la Ley 99 de 1993, dispuso la creación del Ministerio del Medio Ambiente, hoy MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, como el "organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de impulsar una relación de respeto y armonía del hombre con la naturaleza y definir las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible".

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, en su Artículo 3°. dispuso “Principios. Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales”.

Así las cosas la Autoridad Nacional de Licencias Ambiental – ANLA, bajo la observancia de los principios de responsabilidad, eficacia y debido proceso, adelanta acciones de seguimiento y control ambiental en orden a verificar periódicamente el avance de las actividades que han sido objeto de licenciamiento ambiental y el cumplimiento de medidas de manejo ambiental y obligaciones impuestas a los titulares de dichos instrumentos, a fin de identificar la necesidad de establecer e imponer obligaciones o medidas de manejo adicionales.

Por tanto, la forma jurídica de instrumentalizar dichos objetivos, se evidencian mediante el presente Acto Administrativo, el cual se desarrolla sobre la base de lo establecido en el Decreto 1076 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible", el cual establece en el artículo 2.2.2.3.9.1 el deber de la Autoridad Ambiental de realizar el control y seguimiento a los proyectos, obras o actividades sujetos a Licencia Ambiental o Plan de Manejo Ambiental, durante su construcción, operación, desmantelamiento o abandono, indicando los propósitos de dichas acciones de la siguiente manera:

“Artículo 2.2.2.3.9.1. Control y seguimiento. Los proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental o plan de manejo ambiental, serán objeto de control y seguimiento por parte de las autoridades ambientales, con el propósito de:

1. Verificar la eficiencia y eficacia de las medidas de manejo implementadas en relación con el plan de manejo ambiental, el programa de seguimiento y monitoreo, el plan de contingencia, así como el plan de desmantelamiento y abandono y el plan de inversión del 1%, si aplican.

2. Constatar y exigir el cumplimiento de todos los términos, obligaciones y condiciones que se deriven de la licencia ambiental o plan de manejo ambiental.

3. Corroborar el comportamiento de los medios bióticos, abióticos y socioeconómicos y de los recursos naturales frente al desarrollo del proyecto.

4. Revisar los impactos acumulativos generados por los proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental y localizados en una misma área de acuerdo con los estudios que para el efecto exija de sus titulares e imponer a cada uno de los proyectos las restricciones ambientales que considere pertinentes con el fin de disminuir el impacto ambiental en el área.

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“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

5. Verificar el cumplimiento de los permisos, concesiones o autorizaciones ambientales por el uso y/o utilización de los recursos naturales renovables, autorizados en la licencia ambiental.

6. Verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental aplicable al proyecto, obra o actividad.

7. Verificar los hechos y las medidas ambientales implementadas para corregir las contingencias ambientales ocurridas.

8. Imponer medidas ambientales adicionales para prevenir, mitigar o corregir impactos ambientales no previstos en los estudios ambientales del proyecto.

En el desarrollo de dicha gestión, la autoridad ambiental podrá realizar entre otras actividades, visitas al lugar donde se desarrolla el proyecto, hacer requerimientos, imponer obligaciones ambientales, corroborar técnicamente o a través de pruebas los resultados de los monitoreos realizados por el beneficiario de la licencia ambiental o plan de manejo ambiental. (Subrayado y Negrilla fuera de texto)

Frente a los proyectos que pretendan iniciar su fase de construcción, de acuerdo con su naturaleza, la autoridad ambiental deberá realizar una primera visita de seguimiento al proyecto en un tiempo no mayor a dos (2) meses después del inicio de actividades de construcción.

9. Allegados los Informes de Cumplimiento Ambiental (ICAs) la autoridad ambiental competente deberá pronunciarse sobre los mismos en un término no mayor a tres (3) meses.

Parágrafo 1º. La autoridad ambiental que otorgó la licencia ambiental o estableció el plan de manejo ambiental respectivo, será la encargada de efectuar el control y seguimiento a los proyectos, obras o actividades autorizadas”.

El artículo mencionado dispone que “En el desarrollo de dicha gestión, la autoridad ambiental podrá realizar entre otras actividades, visitas al lugar donde se desarrolla el proyecto, hacer requerimientos, imponer obligaciones ambientales corroborar técnicamente o a través de pruebas los resultados de los monitoreos realizados por el beneficiario de la Licencia Ambiental o Plan de Manejo Ambiental".

Por último, es importante resaltar que, como aspecto general el acto administrativo es toda manifestación unilateral de voluntad de quienes ejercen funciones administrativas, tendientes a la producción de efectos jurídicos y este produce ante todo un efecto común a todos los actos jurídicos, es decir, crea, modifica o extingue una situación jurídica.

Ha señalado la doctrina, que por expresa debe entenderse cuando la obligación aparece manifiesta en la redacción misma del acto administrativo, es decir que en el documento que contiene la obligación debe constar en forma clara sin que para ello haya que acudir a elucubraciones o suposiciones; por ello, como lo ha dicho la doctrina procesal colombiana, "Faltará este requisito cuando se pretenda deducir la obligación por razonamientos lógico jurídicos, considerándola una consecuencia implícita o una interpretación personal indirecta".

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Otra de las cualidades necesarias para que una obligación sea ejecutable es la claridad, lo que significa que debe ser fácilmente inteligible y entenderse en un solo sentido, como lo expresa la doctrina:

“La última cualidad para que la obligación sea ejecutable es la de que sea exigible, lo que se traduce en que puede demandarse su cumplimiento por no estar pendiente de un plazo o una condición. Dicho de otra forma, la exigibilidad de la obligación se debe, a la que debía cumplirse dentro de cierto término ya vencido, o cuando ocurriera una condición ya acontecida, o para la cual no se señaló término, pero cuyo cumplimiento sólo podía hacerse dentro de cierto tiempo que ya transcurrió, y la que es pura y simple por no haberse sometido a plazo ni condición, previo requerimiento.

Para el caso que nos ocupa, por tratarse de un acto administrativo particular, sus efectos se traducen en crear, modificar o extinguir derechos u obligaciones de carácter particular, personal y concreto, con el fin de establecer una obligación tendiente a crear situaciones específicas.”

Que así mismo, la Administración fundamenta su decisión en los principios orientadores consagrados en el Artículo 209 de la Carta Política, en concordancia con lo establecido en el Artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual señala:

"Las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.

11. En virtud del principio de eficacia, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa.

12. En virtud del principio de economía, las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas.

13. En virtud del principio de celeridad, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos, e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, a efectos de que los procedimientos se adelanten con diligencia, dentro de los términos legales y sin dilaciones injustificadas." Es de recordar que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente acto administrativo y en las normas ambientales, conlleva a la imposición de sanciones, previo trámite sancionatorio previsto en la Ley 1333 del 21 de julio de 2009.

Que de acuerdo a lo verificado en el Concepto Técnico No. 2870 del 1 de junio de 2018, esta Autoridad Nacional considera necesario imponer la sociedad Mineros S.A., las medidas ambientales adicionales que se relacionarán en la parte resolutiva del presente Acto Administrativo a fin de que las mismas, garanticen un adecuado

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manejo ambiental del proyecto "Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí", en jurisdicción de municipios del El Bagre, Zaragoza, Caucasia, Nechí y Anorí, en el departamento de Antioquia”, relacionada con la contingencia presentada desde el 13 de mayo de 2018, en el área del proyecto.

Que, en mérito de lo antes expuesto, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Imponer a la sociedad MINEROS S.A., las siguientes medidas adicionales, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo, para que de cumplimiento a las mismas en los tiempos establecidos para cada una de ellas:

1. Implementar y/o continuar los monitoreos hidrobiológicos para los grupos de las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton, zooplancton y peces en los sitios de la siguiente tabla, cada 30 días hasta la mitad del segundo pico de lluvias del 2018, y correlacionar con los parámetros fisicoquímicos, de oxígeno disuelto, pH, turbiedad, conductividad, temperatura, solidos suspendidos totales, nitrógeno total, fosforo total, contenido de materia orgánica, como mínimo; esta metodología buscará medir la diversidad de las comunidades hidrobiológicas y se solicita que se empleen métodos para medir abundancias y densidades con respecto al área, de las meta-poblaciones de peces.

- Poza Sistema Sur.- Salida Norte Ciénaga sabalito.- Hondonada frente Puerto Arena.- Aguas arriba y abajo del Caño Sabalito.- Caño Guamo aguas Arriba del Jarillón.- Caño Guamo aguas Abajo del Jarillón.- Quebrada. San Pedro. - Caño oscuro.- Caño El Pital- Rio Nechí - Aguas arriba y abajo del sistema Sur y Norte.- Ciénaga El Socorro.- Ciénaga El Fangal.- Ciénaga El Piojo.- Ciénaga El Zarzal.- Ciénaga Los Moncholos.- Ciénaga Los Patos.- Ciénaga Hojarascal.- Ciénaga El Almendro.- Ciénaga Sampumoso.- Ciénaga El Pital.- Ciénaga El Fangal

a. Los resultados y análisis se deben presentar en un documento a esta Autoridad Nacional en un término de siete (7) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de ejecutoria de este acto administrativo, donde se incluya los monitoreos realizados entre los meses de junio y noviembre de 2018.

De acuerdo con los resultados y análisis obtenidos, la sociedad deberá tomar medidas pertinentes con el objeto de mejorar el índice de diversidad de los grupos

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de las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton y zooplancton, peces (p.e. mejoramiento de ecosistemas por medio de revegetalización, manejo de la sedimentación generada por la contingencia, entre otros).

b. Iniciar de manera inmediata actividades de repoblamiento de especies nativas de peces; los resultados se deben presentar en un documento a esta Autoridad Nacional en un término de siete (7) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de ejecutoria de este acto administrativo, en el cual se establezcan indicadores de eficiencia de las acciones realizadas.

3.Implementar medidas tendientes a mitigar o controlar olores ofensivos y generación de vectores por efecto de las aguas, sedimentos y materia orgánica en descomposición acumuladas, provenientes de la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018, en aquellas zonas cercanas a sitios de habitación de la comunidad en la vereda San Pedro en el municipio de Nechí. Presentar los soportes documentales de estas medidas en un término de cuatro (4) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de ejecutoria de este acto administrativo.

4. Realizar el inventario de las familias y personas del área afectada por la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018, en donde se indique cuáles han sido afectadas por la disminución de la oferta íctica y en cuáles se ha presentado dificultades para el aprovechamiento de recurso hídrico para el consumo doméstico. Presentar los soportes documentales en un término de cuatro (4) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de ejecutoria de este acto administrativo.

5. Implementar y/o continuar acciones hacia las comunidades afectadas por la emergencia presentada por el rompimiento del jarillón perimetral, que garanticen soporte básico de alimentación y del recurso hídrico (según los resultados del inventario solicitados en el inventario requerido en el anterior numeral), hasta que se dé por finalizada la contingencia, considerando la recuperación a condiciones normales de las zonas de pesca de los habitantes del sector que fueron afectadas y de los cuerpos de agua del área de afectación que sean utilizados para consumo doméstico (en caso de presentarse dicha situación). Los soportes de las acciones y actividades realizadas se deben presentar en un término de cuatro (4) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de ejecutoria de este acto administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO. - El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente acto administrativo y en la normativa ambiental vigente dará lugar a la imposición y ejecución de las medidas preventivas y sanciones que sean aplicables según el caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1333 del 21 de julio de 2009, o cuando quiera que las condiciones y exigencias establecidas en el Plan de Manejo Ambiental no se estén cumpliendo conforme a los términos definidos en el acto de su expedición, se dará aplicación del artículo 62 de la Ley 99 de 1993.

ARTÍCULO TERCERO.- Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, notificar personalmente o por aviso, cuando a ello hubiere lugar, el contenido del presente acto administrativo al representante legal, o apoderado debidamente constituido y/o a la persona debidamente autorizada por la sociedad MINEROS S.A., de conformidad con los artículos 67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

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“Por la cual se imponen medidas adicionales en desarrollo de un control y seguimiento ambiental”

ARTÍCULO CUARTO.- Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, comunicar a la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, el presente acto administrativo para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO.- Disponer la publicación del presente acto administrativo en la gaceta ambiental de esta entidad.

ARTICULO SEXTO. – En contra del presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer por escrito ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, según el caso, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 12 de junio de 2018

CLAUDIA VICTORIA GONZÁLEZ HERNÁNDEZDirectora General

EjecutoresANGELICA MARIA DE LA CRUZ TORRESAbogada Revisor / L�derANGELA JUDITH GAMEZ VALEROProfesional Jurídico/Contratista

Expediente No. LAM0806Concepto Técnico N° 2870 del 1 de junio de 2018Fecha: 8 de junio de 2018

Proceso No.: 2018074005

Archívese en: LAM0806 Plantilla_Resolución_SILA_v3_42852

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad.

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2018070937-3-000

CONCEPTO TÉCNICO No. 02870 del 01 de junio de 2018

FECHA: EXPEDIENTE: LAM0806PROYECTO: Explotación Aurífera en la Cuenca del Río NechíINTERESADO: MINEROS S.A.SECTOR: Minería NIT: 890914525-7TELEFONO: 094–2665757JURISDICCIÓN: Municipios del El Bagre, Zaragoza, Caucasia, Nechí y Anorí,

en el departamento de Antioquia.AUTORIDAD AMBIENTAL: Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia –

CORANTIOQUIAASUNTO: Seguimiento ambiental FECHA DE VISITA: 24 y 25 de mayo de 2018

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CONTENIDO

1 ANTECEDENTES..........................................................................................................3

2 OBJETIVO Y ALCANCE DEL SEGUIMIENTO.............................................................5

3 ESTADO DEL PROYECTO...........................................................................................6

3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL.....................................................................................63.1.1 Objetivo del proyecto ..........................................................................................63.1.2 Localización ........................................................................................................63.1.3 Infraestructura, obras y actividades....................................................................7

3.2 ESTADO DE AVANCE ...........................................................................................93.3 PERMISOS, CONCESIONES Y/O AUTORIZACIONES ......................................27

3.3.1 Permiso(s) Captación (es) ................................................................................273.3.2 Permiso (s) Vertimiento (s) ...............................................................................283.3.3 Permiso Aprovechamiento Forestal..................................................................293.3.4 Otros Permisos, Concesiones y/o autorizaciones otorgados ...........................29

4 PLAN DE MANEJO .....................................................................................................30

4.1 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ..................................................................................304.2 PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO .....................................................................334.3 PLAN DE CONTINGENCIA.........................................................................................33

5 ANÁLISIS DE IMPACTOS NO PREVISTOS...............................................................40

6 OTRAS CONSIDERACIONES ....................................................................................41

7 RESULTADOS DEL SEGUIMIENTO ..........................................................................43

7.1 REQUERIMIENTOS.............................................................................................437.1.1 Requerimientos producto de este seguimiento:................................................431.1.1 CONOCIMIENTO DEL RIESGO.......................................................................451.1.2 REDUCCIÓN DEL RIESGO .............................................................................481.1.3 MANEJO DEL DESASTRE...............................................................................48

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1 ANTECEDENTES

1.1. Mediante Resolución 0810 del 3 de septiembre de 2001, el entonces Ministerio del Medio Ambiente estableció un Plan de Manejo Ambiental a la Empresa MINEROS DE ANTIOQUIA S.A. para el proyecto denominado “Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí”.

1.2. El entonces Ministerio del Medio Ambientes mediante Resolución 139 del 11 de febrero de 2002, resuelve un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 810 del 3 de septiembre de 2001, en el sentido de modificar los literales c), k) del numeral 1 y los literales e), f) del numeral 3 del Artículo 4 y revocar el literal c) del numeral 3 del Artículo 4 del acto administrativo.

1.3. El entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) hoy MADS, mediante Resolución 805 del 23 de julio de 2003, modificó las Resoluciones 810 del 3 de septiembre de 2001 y 139 del 11 de febrero de 2002, en el sentido de establecer un Plan de Manejo Ambiental para el montaje y operación de la draga No 4 en los bloques BJ1, BJ2, BJ3, minas Santa Paula 2 y 3, en jurisdicción del municipio El Bagre, departamento de Antioquia.

1.4. Mediante Resolución 1885 del 1 de diciembre de 2005 el entonces MAVDT levanta una restricción ambiental establecida por el Artículo 3 de la Resolución 810 del 3 de septiembre de 2001, autorizando la explotación de los bloques RV1, RV2, RV4, NI y BL1; adicionalmente autoriza la explotación de los bloques A1, A2, A3, RV2-A y RV3.

1.5. Mediante la Resolución 0126 del 24 de enero de 2008, aclarada por la Resolución 1674 del 24 de septiembre de 2008, el entonces MAVDT modifica la Resolución 810 de septiembre 3 de 2001 y las Resoluciones 805 del 23 de julio de 2003 y 1885 del 1 de diciembre de 2005, con el fin de autorizar la explotación de los bloques BJ3, BJ5, MBJ4, CA1, CA2, CA3, CA4, las minas Santa Paula 3, 4, 5, 6 y 7 entre los corregimientos de Bijagua y Cargueros.

1.6. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Resolución 833 del 22 de agosto de 2013 estableció medidas de manejo adicionales en el sentido de aprobar y adicionar al Plan de Manejo Ambiental del proyecto unas fichas de manejo para la hidroeléctrica Providencia I.

1.7. Mediante la Resolución 135 del 13 de febrero de 2014, la ANLA estableció medidas de manejo adicionales relacionadas con el Programa de Seguimiento y Monitoreo al Plan de Gestión Social y Programa MMB10 Reubicación de la fauna silvestre durante el desmonte o remoción de la cobertura vegetal.

1.8. La ANLA por medio de la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015, modifica el Plan de Manejo Ambiental, en el sentido de autorizar la explotación de los bloques CA5 y RMCA5, la ampliación de los bloques BJ3 y BL1, la explotación de los bloques

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marginales M27, M29, M30, M31, M505, MPA5, PV1, MA2, la eliminación del mercurio en la etapa de beneficio y la inclusión de la central Hidroeléctrica Providencia III y su línea de distribución.

1.9. Mediante documento con radicación 2016029545-1-000 del 10 de junio de 2016, la empresa Mineros S.A. remitió el ICA 14 del proyecto “Explotación aurífera en la cuenca del río Nechí”, correspondiente al año 2015.

1.10. Mediante Auto 1072 del 31 de marzo de 2017 esta Autoridad efectúa seguimiento y control ambiental.

1.11. Mediante radicación 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017, la empresa Mineros S.A. solicitó a la ANLA pronunciamiento en relación con la solicitud de trámite de modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada para la implementación del sistema de sedimentación denominado “poza controlada”.

1.12. Mediante documento con radicación 2017044839-1-000 del 20 de junio de 2017, la empresa Mineros S.A. remitió el ICA 15 del proyecto “Explotación aurífera en la cuenca del río Nechí”, correspondiente al año 2016.

1.13. Mediante documento con radicación 2017061379-2-000 del 08 de agosto de 2017, la ANLA dio respuesta a la empresa Mineros S.A., señalando que la solicitud de pronunciamiento para la implementación del sistema de sedimentación denominado “poza controlada no aplica como una modificación menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada considerando que para la ejecución de la actividad propuesta se va a requerir de la modificación del uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales, de acuerdo con lo informado por la empresa.

1.14. Mediante oficio con radicación 2017094499-1-000 del 03 de noviembre de 2017, CORANTIOQUIA - Oficina Territorial Panzenú-Caucasia, remitió a la ANLA para conocimiento la Resolución 160PZ-17010550-03 del 09 de octubre de 2017, por medio de la cual legaliza una medida preventiva de suspensión de actividades y obras impuesta en situación de flagrancia, mediante Acta No. 160 PZ-ACT1710-3989 del 5 de octubre de 2017, por su presunta responsabilidad en la comisión de infracción ambiental causada por la construcción de un jarillón sobre la ciénaga Sabalito y en el cauce de caño Guamo, ubicados en el corregimiento de Puerto Claver, vereda El Guamo, municipio El Bagre, departamento de Antioquia, actividad evidenciada durante la visita realizada a las unidades de producción entre los días 03 y 04 de octubre de 2017.

1.15. Mediante documento con radicación 2017100173-1-00 del 20 de noviembre de 2017, la empresa Mineros S.A. envió aclaración sobre el comunicado 2017061379-2-000 del 08 de agosto de 2017 de la ANLA, en respuesta a lo solicitado por la empresa Mineros S.A. en el radicado 2017043791-1-000 del 15 de junio de 2017,

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en relación con la solicitud de trámite de modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada para la implementación del sistema de sedimentación denominado “poza controlada”

1.16. Mediante oficio con radicación 2017100720 del 21 de noviembre de 2017, la ANLA informó a la empresa Mineros S.A. que, una vez verificada la información allegada mediante oficio con radicación 2017044839- 1-000 del 20 de junio de 2017, se identifica que los Anexos B, C, D y E, correspondientes a los soportes de cumplimiento de los formatos ICA, presentan errores y no fue posible abrirlos para ser evaluados durante el seguimiento y control ambiental.

1.17. Mediante documento con radicación 2017103920-1-000 del 28 de noviembre de 2017, la empresa Mineros S.A. remitió la información solicitada por la ANLA en respuesta al radicado 2017100720-2-000 del 21 de noviembre de 2017.

1.18. Mediante oficio con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018, la ANLA da respuesta a la empresa Mineros S.A., indicando que no se requiere modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”, y que en el próximo informe ICA se deberá presentar los soportes de las actividades realizadas incluyendo copia de los soportes de los actos administrativos que otorguen los permisos para uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales que se requieran en el desarrollo de las actividades informadas mediante comunicación 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017.

1.19. Mediante escrito con radicación NUR 2018063312-1-000 (VITAL 4100089091452518001) del 21 de mayo de 2018 (fecha de traslado), Mineros S.A. remite a la ANLA el Formato Informe Inicial Contingencia, donde se refiere que el día 13 de mayo de 2018 a las 4:00 am, se verificó una contingencia técnica local, consistente en una ruptura del Jarillón de la Zona de Explotación de Mineros S.A a la altura de la Ciénaga Madre Vieja, donde la falla tiene una medida aproximada de 500 metros lineales.

1.20. Mediante radicado 2018065355-1-000 del 25 de mayo de 2018, la empresa Mineros S.A. remite información complementaria sobre la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018.

2 OBJETIVO Y ALCANCE DEL SEGUIMIENTO

El objetivo del presente concepto técnico de seguimiento ambiental consiste en la verificación de las medidas implementadas para atender la contingencia presentada desde el 13 de mayo de 2018 en el proyecto Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí a través de visita técnica efectuada entre los días 24 y 25 de mayo de 2018 y el análisis de la información que reposa en el expediente.

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Durante la visita de seguimiento se sostuvieron reuniones con el alcalde del municipio de Nechí, Esven Cortez y los presidentes de las juntas de acción comunal de las veredas San Pedro, Francisco Díaz y La Esperanza, Franco de Hoyos

3 ESTADO DEL PROYECTO

3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL

3.1.1 Objetivo del proyecto

El proyecto “Explotación aurífera en la cuenca del río Nechí”, que desarrolla la empresa Mineros S.A., tiene como objetivo explotar yacimientos auríferos mediante la operación de dragas y beneficio primario en las minas por medio de amalgamación, y secundario, en laboratorio; en el valle aluvial del río Nechí, departamento de Antioquia. La extracción de oro en cinco unidades de operación distribuidas en dos sistemas de la siguiente forma: el sistema Sur conformado por las unidades de producción UP2, UP5, U3 y sus canales de entrada y salida, y el sistema Norte conformado por las unidades UP4, UP1 con sus canales de entrada y salida, las cuales ocupan un área estimada de 2125,76 ha.

3.1.2 Localización

El proyecto explotación aurífera por dragado sobre el río Nechí se encuentra ubicado en el departamento de Antioquia, municipios de: El Bagre, Zaragoza, Caucasia y Nechí a nivel de la planicie de inundación del río Nechí, entre las localidades de El Bagre en la parte Sur y cerca de la confluencia de la quebrada San Pedro en el extremo Norte.

Figura 1 Localización del proyecto Explotación aurífera en la cuenca del río NechíFuente: SIG Web, ANLA. Consultado el 29/05/2018/.

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El Proyecto Hidroeléctrico Providencia III se encuentra en jurisdicción del departamento de Antioquia, entre las cabeceras de los municipios de El Bagre y Anorí. Específicamente, la Central Hidroeléctrica Providencia III, se ubica cerca de la Central Hidroeléctrica Providencia I en la vereda Providencia del municipio de Anorí (Ver Error! Reference source not found.).

Figura 2 Localización Hidroeléctricas Providencia I y IIIFuente: SIG Web, ANLA. Consultado el 30/05/2018

3.1.3 Infraestructura, obras y actividades

A continuación, se lista la infraestructura, obras y actividades que hacen parte del proyecto “Explotación aurífera en la cuenca del río Nechí” por dragado sobre el río Nechí, con la generación y distribución de energía (hidroeléctrica Providencia III) en la fase de operación:

Tabla 1 Infraestructura y/u obras que hacen parte del proyecto.No. Infraestructura y/u obras Coordenadas planas

(Datum magna sirgas Origen Bogotá)Este Norte

Zona industrial de operación aluvial1 Sistema Norte UP1 a UP5 922206 13624772 Oficinas 918.810 1.331.9053 Taller mecánico, eléctrico y diésel 918.785 1.331.8004 Astillero 919.012 1.362.0115 Laboratorio Metalúrgico 918.800 1331.9006 Tanque de ACPM, tanque de

gasolina918.765 1.331.724

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Fuente: Anexo GDB Informe de Cumplimiento Ambiental-ICA 15, junio de 2017

A continuación, se realiza la descripción de la infraestructura, obras y actividades del proyecto:

Zona industrial de la operaciónPara los bloques CA5, BL1, BJ3 y RMCA5, se está utilizando el sistema de explotación a “cielo abierto” (en aluviones profundos) empleando el método de corte y relleno, mediante dragas de succión para el descapote y dragas de cucharas para extraer las gravas del aluvión. Estos equipos son especialmente diseñados para trabajar aluviones profundos, características típicas del valle del río Nechí.

La Empresa dispone actualmente de 5 unidades de producción para la operación, cada unidad de producción consta de una draga de cucharas, una draga de succión y equipos complementarios como retroexcavadora, buldócer y una lancha. Se cuenta además con dos dragas de succión adicionales, las cuales están disponibles para apoyar las actividades de cualquiera de los frentes producción de acuerdo con las características del depósito aluvial, de esta manera es posible que se encuentren varias dragas de succión en una misma unidad de producción en un momento dado.

Los procesos generales que se llevan a cabo en la zona industrial de la operación aluvial son los siguientes:

Proceso de remoción de sobrecarga y restitución con dragas de succión. Proceso de dragado y retrollenado con dragas de cucharas. Proceso de control de sólidos suspendidos totales. Proceso de beneficio a bordo de la draga.

Centrales hidroeléctricas ProvidenciaCentral hidroeléctrica Providencia I: se ubica en la vereda Providencia del municipio de Anorí, esta hidroeléctrica fue construida en el año 1938 y capta las aguas del río Anorí y actualmente alimenta la central hidroeléctrica Providencia lll para aumentar su capacidad de generación.

Central Hidroeléctrica Providencia III, se ubica cerca de la Central Hidroeléctrica Providencia I en la vereda Providencia del municipio de Anorí. Cuenta con una línea de distribución de 42,5 km de longitud y se extiende a lo largo de los municipios de Anorí, Zaragoza y El Bagre, pasando por la vereda Providencia y el corregimiento Liberia, ubicados en Anorí; por las veredas del municipio de Zaragoza: Pueblo Nuevo, Limón, Limón

7 Planta de tratamiento agua potable 920.245 1.330.6588 Puerto 919.052 1.331.5909 Complejo sanitario 892.008 1.300.93610 Astillero 919.205 1.361.72311 Hidroeléctrica Providencia I 892.009 1.300.96812 Hidroeléctrica Providencia III 894.691 1.302.706

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Adentro, La Doce, Río Viejo, Quebradona Uno, Caño La Tres, y Naranjal; y por la cabecera municipal de El Bagre.

Áreas auxiliares minerasA continuación, se presenta una relación de las áreas auxiliares para la operación del proyecto explotación aurífera por dragado sobre el río Nechí: Helipuerto, Bodega general zona industrial El Bagre, Plataformas y lugares de almacenamiento, Talleres, Campamento Y Oficinas

Cambios menores autorizados y/o realizados:

Las siguientes actividades fueron autorizadas mediante modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada:

Tabla 2 Actividades autorizadas mediante giro ordinarioActividad autorizada Radicado/Entidad

Implementación de una poza controlada 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018

Fuente: Grupo de seguimiento ANLA

3.2 ESTADO DE AVANCE

A continuación, se presenta el estado de avance de la infraestructura, obras y actividades relacionadas en el numeral Error! Reference source not found., referenciando los aspectos generales de avance de la totalidad del proyecto:

3.2.1.1 Actividades de operación aluvial

- En el sistema Norte, la operación aluvial por la empresa Mineros S.A. se realiza mediante cinco unidades de producción, las cuales está constituidas cada una por: una draga de succión (utilizada para el descapote), una draga de cucharas (utilizada para el arranque) y equipos de maquinaria pesada.

Las dragas funcionan de la siguiente manera:

Draga de cucharas: Extrae gravas, arcillas y arenas con contenidos de oro, desde los 18 hasta los 27 m, aproximadamente, las cuales son beneficiadas al interior de la draga a través de procesos gravimétricos de peso y tamaño, sin la utilización de mercurio ni ningún agente químico contaminante. El material no aprovechable es utilizado para la elaboración de cargueros y rellenos hidráulicos sobre los cuales se dará el restablecimiento de nuevos ecosistemas.

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Draga de succión: Extrae el suelo (capa vegetal) hasta los primeros 18 m de profundidad aproximadamente, y lo bombea hacia la superficie para formar rellenos hidráulicos. Normalmente esta primera extracción no contiene oro.

Las dragas de cucharas se componen por una grúa la cual es giratoria y que va montada encima de un pontón, esta grúa lleva un número preciso de cucharas (bivalvas) y la función de estas es la de arrancar el material con gran precisión en sitios reducidos.

Cuenta además un sistema de anclaje o fijación conocido como los spuds, que son unos pilares que se hincan en el fondo o se anclan, para evitar que se pueda virar y/o naufragar. Para el manejo de esta plataforma, es necesario contar con un operador, que es la persona encargada de ejecutar los movimientos que hacen estas dragas, hacia adelante o hacia uno de los lados; gracias a una wincha. Luego está el aceitero, que es la persona que se encarga de revisar el sistema de recuperación del material, que funcione en las mejores condiciones, además verifica que las bombas, los motores y los malacates trabajen de manera óptima y que los cables de apoyo se encuentren en buen estado y en caso de alguna anormalidad su deber es el de reportarlos al operador de turno.

Además de lo anterior, tiene al frente la rutina de engrasar de manera diaria cada uno de los elementos de la draga que así lo requieran. Le sigue el colero, quien se encarga de supervisar la parte trasera de la draga, es decir, la popa; así como verificar que los descargues del material se hagan dentro de los planes, lo que equivale a que no se presenten raíces ni fallas mecánicas. Para asegurar el buen funcionamiento de cada una de las cinco dragas de la empresa Mineros S.A. es necesario que cada 15 días las visite el personal de reparación, que se aseguran de que todo funcione correctamente.

Disposición de colas de la draga de cucharas: cuando las cucharas están excavando para formar una buena base, el material mayor de 9,5 mm que sale de la criba giratoria se desvía de la cola por un canalón de descargue lateral, que deposita las gravas detrás del casco, cerca de las anclas. Igualmente, las arenas (menores de 9,5 mm) producto del sistema de beneficio se descargan varios metros detrás de la popa, el resto del material grueso es depositado por la banda transportadora, a una distancia que depende de la longitud de esta y del ángulo de reposo del material, formando los cargueros de gravas.

La topografía, después de dragar, inmediatamente atrás de la draga, es la de pequeñas colinas para el trabajo conjunto de las dragas, se conduce la explotación de la draga de cucharas de tal manera que queden dos filas de cargueros como mínimo, que servirán de jarillón o dique de contención para confinar los descargues de la draga de succión.

La zona industrial de operación aluvial comprende el área en la que una o varias unidades de producción realizan el proceso de explotación minera; dicha zona está conformada básicamente por una poza artificial que se llena de agua una sola vez; la cual es un socavón profundo variable espacial y temporalmente, en la que al interior se lleva a cabo la labor de explotación y producción minera.

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Desde el año 2017, tal como se evidencio en el seguimiento realizado entre el 19 al 23 de noviembre de 2017 y el seguimiento efectuado entre el 24 y 25 de mayo de 2018, los canales de entrada y salida del sistema Norte actualmente se encuentran cerrados pasando de una operación de poza abierta (consta de un canal artificial de entrada de agua y otro canal artificial de salida) a una poza controlada o cerrada. (Ver Error! Reference source not found. y Error! Reference source not found.).

Figura 3 Esquema zona industrial operación aluvial Autorizada en la

resolución 0125 de 2015

Figura 4 Esquema zona industrial operación aluvial Autoriza como

modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la

actividad licenciada

Fuente: Documento con radicación 4120-E1-21753 del 30 de mayo de 2014

Fuente: Documento con radicación 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017

- En los radicados presentados por Mineros S.A. mediante radicaciones en ANLA 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017 y 2017100173-1-000 del 20 de noviembre de 2017, Mineros S.A. solicita se considere el sistema teórico de sedimentación denominada "poza controlada" como una modificación al PMA, propiamente establecida en el artículo 2.2.2.3.7.1 del Decreto 1076 de 2015, presentando como principales argumentos los siguiente:

“La concepción de la operación industrial de operación minera de Mineros S.A., tiene como base la hipótesis del funcionamiento de la poza como un sistema de sedimentación primario dentro del cual quedan atrapados los sólidos suspendidos totales — SST que se generan durante la operación, impidiendo su paso a las corrientes de agua y drenajes finales”

(…)

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“La conceptualización general se basa en un sistema controlado que se convierte en un volumen de control en las que el déficit o excedente de aguas a escala diaria se hace a través de un balance hídrico entre las entradas y las salidas; como producto de este balance se determina el caudal que cada uno de los sistemas requiere para mantener un flujo de agua adecuado que garantice la funcionalidad de la operación; este caudal requerido será solicitado en concesión a partir del bombeo directo desde el río Nechí. De esta forma se controla que no ingresen a los sistemas de operación caudales en exceso a los requeridos.

En consecuencia, el caudal vertido será el mismo solicitado en concesión y este caudal será el que se tratará en el sedimentador final de las pozas, en la zona de tratamiento secundario, concebida como un sistema de alta eficiencia.”

Considerando que la poza en la zona industrial de operación aluvial, funciona como un sistema de tratamiento, el establecimiento de una poza controlada, optimizará el control de la cantidad del agua a captar y de los vertimientos industriales generados en la explotación minera, al tener pleno control de los flujos de agua con las estructuras hidráulicas propuestas; por lo que se establece como una mejora en el programa de manejo MMF3 del PMA aprobado, relacionado con el control de la producción de sólidos suspendidos totales en la zona industrial de operación aluvial.

La medida de manejo descrita en la ficha MMF3 hace referencia al manejo de sólidos suspendidos totales SST y a su vez a la calidad del agua que se entrega al cuerpo de agua, la implementación de las pozas controladas es, en sí, un sistema de tratamiento primario del agua utilizada. Al implementar esta mejora denominada "poza controlada" se disminuyen o mitigan los impactos ambientales generados por la operación minera, como se referencia en la siguiente tabla en donde la columna de "impactos ambientales" hace referencia a los impactos identificados y evaluados en el estudio que reposa en su despacho y aprobado por la resolución 125 de 2015 y la columna de "Descripción de la disminución o mitigación con la poza controlada” explicamos los beneficios obtenidos en dicho impacto ambiental al implementar la mejora de poza controlada

Impacto ambiental Descripción de la disminución o mitigación con la poza controlada

Alteración de los servicios bases del agua

Con la implementación de la poza controlada se estima una reducción del 99% del consumo de agua, pues con el sistema de poza abierta se consumen aproximadamente 64.000 l/s de agua en el sistema norte y 67.0000 l/s en el sistema sur; en contraste con el sistema de poza controlada que se estima un consumo de 110 l/s en el sistema norte y 230 l/s en el sistema sur.

Alteración de la calidad del agua superficial

Con las pozas controladas se disminuye la alteración de la calidad del agua, toda vez que se reduce el aporte de carga de SST al

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Alteración de la dinámica de sedimentos

cuerpo de agua natural porque la poza controlada, en sí, es un sistema de tratamiento primario de retención de SST

Alteración de las comunidades hidrobiológicasModificación de hábitats acuáticos

Los hábitats acuáticos y las comunidades hidrobiológicas se verán también beneficiadas con la implementación de las pozas controladas ya que no habrá aporte de SST

De acuerdo con lo descrito en los documentos precitados, la ANLA mediante oficio con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018 indica que no se requiere modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”.

Adicionalmente expresa: “Así las cosas, si bien la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”, es una acción de mejora en el control de solidos suspendidos, que no genera nuevos ni mayores impactos ambientales, es claro que previo a su implementación se deben obtener los permisos por uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales ante CORANTIOQUIA., copia de los cuales deben ser allegados a esta Autoridad para efectos del seguimiento ambiental a las obligaciones establecidas en la resolución 810 de septiembre de 2001 y sus modificaciones”

Sin embargo, los jarillones perimetrales en proceso de construcción que tienen como fin la contención y control de las aguas en el PIT minero, no fueron indicados en los radicados de la solicitud presentada por Mineros S.A. y no se encuentran identificados en el complemento del Plan de Manejo Ambiental presentado a esta Autoridad para la modificación del Plan de Manejo Ambiental del proyecto y que fue autorizado en la resolución 0125 del 5 de febrero de 2015; en consecuencia no se identificaron ni valoraron los posibles impactos ocasionados por construcción, operación y mantenimiento de esta estructura, como tampoco las medidas ambientales para su manejo, seguimiento y monitoreo (el análisis del plan de manejo ambiental se realizará en el numeral 4 del presente concepto técnico).

Adicionalmente, el sistema de poza controlada implementado en el sistema sur no corresponde a lo indicado en la solicitud de cambio menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario, el cual proponía un sistema secundario controlado, posterior a las pozas previo a la entrega al río (Fotografía 1 a Fotografía 3).

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Fotografía 1 (Vista del jarillón original, en la parte inferior, vs el levantado después de la contingencia, en el sector de Puerto

Arena. N:7° 52´37.8” – W:74°47´20.2”

N:921543 – E:1362902Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fotografía 2 Vista del jarillón y obras de realce en el sector sur occidental.

N:7°52´37.4” – W:74°47´30.1”N:921240 – E:1362890

Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

24/05/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

24/05/2018

Fotografía 3 Vista del estado actual del jarillón reconformado después de la contingencia, a la izquierda se encuentra el Río sabalito, a la derecha el Pit de operación minera

N:7°52´34.7” – W:74°47´ 26.5”N.921469 – E:1362912

Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía 24/05/2018

Por otra parte, es de indicar que las actividades para el establecimiento de la poza controlada o cerrada se efectuaron previamente al oficio de la ANLA con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018 en donde se indicó que no se requiere modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada”, en consecuencia la misma no se encontraba autorizada por esta Autoridad al momento de su inicio y se realizaron sin contar con los permisos de uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales emitidos por CORANTIOQUIA, tal como se evidencia en la medida preventiva emitida por CORANTIOQUIA mediante Resolución 160PZ-17010550-03 del 9 de octubre de 2017, en contra de Mineros S.A. por construcción indebida de jarillones en el caño Guamo generando la desconexión hidráulica y ecosistémica entre Ciénaga de Sabalito y Caño

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Guamo, tal como lo pone en conocimiento a esta Autoridad mediante radicación 2017094499-1-000 del 3 de noviembre de 2017.

3.2.1.2 Medio Abiótico

El domingo 13 de mayo del 2018, de acuerdo con lo reportado por Mineros S.A. (radicados 2018063312-1-000 del 21 de mayo de 2018 y 2018065355-1-000 del 25 de mayo de 2018), por motivo de la temporada invernal y al aumento de niveles en el rio Cauca, se impidió la normal desembocadura del río Nechí provocando un represamiento y aumento en los niveles de del rio Nechí, lo cual generó que entraran aguas del caño Sabalito y el rio Nechí hacía el pit de explotación de la zona industrial de la operación aluvial de la empresa Mineros S.A., por esta razón el nivel de agua en el pit de explotación superó hasta en 1,5 m el jarillón perimetral de contención provocando un desbordamiento de agua desde el pit de explotación hacía las fuentes superficiales cercanas. (Ver Error! Reference source not found. a la Error! Reference source not found.)

Fotografía 4 Reconformación y realce del jarillón en el sector sur oriental, por un

brazo del Río Sabalito, entrada inicial de la corriente de agua, de la contingencia

N:7°52´38.8” – W:74°47´02.8”N:922077 – E:1362930

Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fotografía 5 material en suspensión al interior del Pit minero, espuma orgánica,

cargada de sedimentos floculadosN:7°52´42.5” – W:74°47´19.3”

N:921569 – E:1363046Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

24/05/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

24/05/2018

Durante el evento ocurrido la estructura falló en su parte norte y permitió el rebose de agua hacía el bajo inundable del valle aluvial del Río Nechí de la mezcla del agua procedente de la poza, con las aguas provenientes del río Nechí y el caño Sabalito; ocasionando, un cambio en las condiciones fisicoquímicas de las fuentes naturales aguas abajo, aumentando principalmente la cantidad de sólidos suspendidos totales y disminuyendo los niveles de oxígeno disuelto, causando con ello condiciones anóxicas que afectaron la población de peces en cantidades no determinadas. Ver. Error! Reference source not found. y Error! Reference source not found.)

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A continuación, se relacionan los monitoreos fisicoquímicos (Oxígeno Disuelto, % Saturación de O2, pH, Temperatura, Conductividad y caudal) realizados durante la emergencia presentada. A este respecto es pertinente señalar que fue información recibida en campo, pero la empresa no indica cuál laboratorio realizó dichos monitoreos, ni la metodología de la toma de datos, ni de la cadena de custodia, ni el reporte del laboratorio, así como tampoco los resultados y análisis de los citados monitoreos:

Tabla 3 – Monitoreos realizados durante la contingenciaSitio Días de monitoreo en mayo

de 2018Poza Sistema Sur Sin monitoreo reportadoSalida Norte Ciénaga sabalito 21 Hondonado frente Puerto Arena 21Aguas arriba Caño Sabalito 21Aguas abajo Caño Sabalito 21Caño Guamo aguas Arriba del Jarillón Sin monitoreo reportadoCaño Guamo aguas Abajo del Jarillón Sin monitoreo reportadoAguas arriba Guamo 21Aguas abajo Guamo 21Q. San Pedro 1 17, 20, 21 y 22Q San Pedro 2 17, 20, 21 y 22Aguas Arriba Caño El Pital 21Aguas Abajo Caño El Pital 21Rio Nechí Aguas arriba del sistema Sur y Norte

17, 20, 21 y 22

Rio Nechí Aguas abajo del sistema Sur y Norte

17, 20, 21 y 22

Caño Oscuro 17, 20, 21 y 22Fuente: Información suministrada en campo por MNEROS S.A.

De acuerdo a lo indicado por Mineros S.A. durante la visita de campo y la información que reposa en el expediente no se había alcanzado estos niveles en los cuerpos de agua, sin embargo, es de indicar que desde diciembre de 2016 (información obtenida en campo por parte de la empresa) el sistema de poza abierta fue modificado por el de poza cerrada y se construyeron tramos del jarillón perimetral; en consecuencia no se ha tenido un registro suficientemente amplio de datos después de su construcción que sustente que las estructuras de contención construidas no inciden en la alteración de la dinámica fluvial del área ni potenciaron la inundación de las áreas al interior y zonas aledañas del Pit minero.

Durante la visita de campo realizada entre el 24 y 25 de mayo se comprobó que se realzaron, repararon y construyeron tramos del jarillón perimetral desde el 14 de mayo hasta el 21 de mayo que permitieron que las aguas del Pit minero no se dirigieran hacia El caño Guamo y el bajo inundable del río Nechí. Ver Error! Reference source not found.

Adicionalmente, se observó que un tramo del jarillón afectado por la inundación, tiene mediante la Resolución 160PZ-17010550-03 del 09 de octubre de 2017 medida preventiva

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impuesta por CORANTIOQUIA por no contar con el respectivo permiso de ocupación de cauce, que el mismo, se reparó y completo su construcción con el fin de impedir la salida de las aguas del Pit minero. 6 Error! Reference source not found.

Fotografía 6 Vista del jarillón reconformado en el extremo norte

N:7°54´41.2” – W:74°47´05.6”N:921998 – E:1366693

Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fotografía 7 Vista del Jarillón reconformado y realzado en el costado

Norte, correspondiente al que CORANTIOQUIA impuso medida

preventivaN:7°54´42.0” – W:74°47´31.9”

N:921191 – E:1366718Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

24/05/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

24/05/2018

3.2.1.3 Medio Biótico

En lo relacionado con la contingencia reportada Mineros S.A indica que en el evento se dio por la ruptura del Jarillón de la Zona de explotación de Mineros S.A a la altura de la Ciénaga Madre Vieja, donde la falla tuvo una medida aproximada de 500 metros lineales.

Desde este punto de ruptura, la descarga de aguas de la poza de explotación se distribuyó por sistemas de bajos inundables y ecosistemas cenagosos, las cuales tienen alteraciones a los ciclos de aporte de sedimentos, estacionales con los periodos lluviosos asociados con las crecientes, en el caso de la contingencia aportó aguas con una muy alta carga de sedimentos (Error! Reference source not found. y Error! Reference source not found.), los cuales pudieron afectar la biota (peces) al obstruir, branquias, agallas y/o sistemas de difusión celular de oxígeno, estos cambios revisten mayor importancia en grupos de peces migratorios, los cuales tienden a aprovechar los pulsos de crecientes, para movilizarse desde corrientes principales a las ciénagas y áreas inundadas como parte de su ciclo reproductivo.

Fotografía 8 Entrada de la quebrada El guamo desde el Río Nechí, esta corriente

Fotografía 9 Vista de la quebrada San Pedro, en el que se observa todavía la

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alimenta las ciénagas al norte del jarillón del Pit minero

N:7°55´07.2” – W:74°48´21.6”N:919671 – E:1367495

Origen central, Magna Sirgas Bogotá

salida de sedimentos de la creciente asociada con la contingencia.N:7°5´59.2” – W:74°46´43.4”

N:922686 – E:1372774Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

24/05/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

25/05/2018

En la visita de campo se evidenció que en algunos sectores de la vereda San Pedro, existen acumulaciones de esta agua, de color blanquecino, con un fuerte olor a materia en descomposición como se observa en la Error! Reference source not found., la cual llegó a estos puntos a partir de la contingencia, dada la dinámica propia de los ríos, caños y las ciénagas en donde las zonas del flujo o de los pulsos de inundación solo llegan en momentos de mayores niveles hídricos de inundación.

Fotografía 10 Aguas anegando potreros en la Vereda San pedro, que drenan lentamente aguas sobrantes de la

creciente asociada a la contingenciaN:7°58´18.5” – W:74°47´07.5

N:921773 – E:1373373Origen central, Magna Sirgas Bogotá”

Fotografía 11Vista de la ciénaga Los Piojos, que se encuentra al norte del

jarillón del Pit minero, que tuvo descargas de la creciente asociada a la contingencia, que según los pobladores ya recupero los

colores propios de esta en periodos normales de crecientes

N:7°59´01.3” – W:74°47´43.0”N:920864 – E:1374685

Origen central, Magna Sirgas Bogotá

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Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

25/05/2018

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía

25/05/2018

Posteriormente en revisión de las ciénagas de Piojos (Error! Reference source not found.) y de Remedia Pobre (Error! Reference source not found.), las cuales recibieron el flujo principal del pit, el día de la contingencia, según relatos del presidente de junta de acción comunal de la vereda San pedro, en el momento de la visita de la ANLA el color y el olor (el cual no se percibía), correspondía al comportamiento normal, en época de inundaciones para esta ciénaga.

Fotografía 12 Vista de la ciénaga Remedia pobre, que se encuentra al norte del jarillón del pit minero, que tuvo descargas de la creciente

asociada a la contingencia, que según los pobladores ya recupero los colores propios de

esta en periodos normales de crecientesN:7°58´34.6” – W:74°47´39.9”

N:920957 – E:1373864Origen central, Magna Sirgas Bogotá

Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía 25/05/2018

Al preguntar a las comunidades de pescadores los eventos ocurridos, estos mencionan que, aunque existieron peces muertos, estos no fueron perceptivamente abundantes, ni se acumularon en áreas específicas, reportan que se observaban “boquiando” o tomando agua de la superficie además reportan disminuciones en la cantidad de peces encontrados en las ciénagas directamente desde que se presentó la contingencia. Según los monitoreos realizados por la empresa preliminarmente, en áreas de las ciénagas, no arrojan capturas a partir de un esfuerzo de muestreo de 30 lances por vez, en el día siguiente a la contingencia, presentándose en los muestreos valores de abundancias nulos, lo que podría reforzar que existió una alteración en la distribución de los peces, sin que esto signifique específicamente su muerte, ya que los peces por su alta capacidad de movilidad, pueden cambiar su distribución como estrategia de supervivencia.

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La empresa reporta que de las medidas de manejo ambiental presentes, se realizaron las siguientes actividades: desde el 15 de mayo a la fecha se han recorrido 10 ciénagas y 2 quebradas, entre ellas la Quebrada San Pedro, y las Ciénagas Hojarascal, Zarzal, Los Moncholos y Sampumoso por ser las cinco zonas de importancia pesquera para la comunidad de acuerdo con la encuesta de ordenamiento pesquero que realiza la empresa como parte de sus medidas ambientales, tal como se presenta a continuación:

Tabla 4 – Sitios de monitoreo hidrobiológicoNúmero Nombre Este Norte1 El Socorro 00920980 013738572 El Fangal 00921176 013751133 El Piojo 00920980 013738574 El Zarzal 00921330 013725725 Los Moncholos 00921240 013736236 Los Patos 00920766 013717157 Hojarascal 00920503 013710008 El Almendro 00920446 013702319 Ciénaga Sampumoso 00920880 0136783510 Ciénaga el Pital 00921544 01368900

Fuente: Información entregada por MINEROS S.A. durante la visita de campo realizada entre el 24 y 25 de mayo de 2018

En ella menciona que se realizaron recorridos durante 5 días desde la contingencia para buscar, rescatar y trasladar fauna silvestre vulnerable que pudiera verse afectada por los cambios en la calidad del agua, o de alguna forma lastimada, la empresa a su vez reporta que no encontró especímenes a los cuales pudiesen aplicar las medidas pertinentes, excepto los peces muertos en la tienda La Esperanza, según lo indicado por la comunidad a Mineros S.A, aunque durante la visita de campo, miembros de la comunidad de la vereda San Pedro, señalaron que fue en menor número, no siendo necesario el conteo de los mismos. En campo esta Autoridad no observó la presencia de peces o de otros animales muertos en la zona de afectación.

La empresa realizó un esfuerzo de muestreo total de 288 horas/hombre para la búsqueda de reptiles, anfibios o mamíferos siguiendo las técnicas de búsquedas activas y sin restricciones, de manera que aumentaran la probabilidad de encuentro. Para ello se realizaron caminatas diurnas y recorridos inspeccionando todos los micros hábitats posibles:

Para el muestreo de peces, la empresa empleó un trabajo utilizando 4 Chiles (atarrayas) con medidas de 3 pulgadas y atarrayas con medidas de 1 pulgadas; las cuales se lanzan al voleo, desde la canoa, manteniendo un esfuerzo de 30 lances por aparejo alrededor de todo el sistema acuático

La empresa reporta que desde el martes 16 de mayo de 2018 se hizo levantamiento de la encuesta de ordenamiento pesquero de los pescadores asociados en la zona afectada, lo mismo que la exposición del presupuesto destinado al proyecto de encerramiento piscícola

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para la siembra de bocachicos, acordándose que las obras civiles requeridas para el proyecto se harán en verano y que la Asociación de La Esperanza y San Pedro participarán activamente con todos los pescadores de la asociación.

Se encuentra que la posible afectación de la fauna acuática debe ser monitoreada, para conocer el comportamiento de estas en relación a la evolución de la contingencia ya que no se puede determinar si pudo tener una mayor repercusión, en caso de que implicara afectación a los ciclos reproductivos de los peces y otros organismos, por lo tanto es necesario que se realice monitoreo hidrobiológico en dos periodos climáticos con el fin de realizar el seguimiento a las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton y zooplancton, peces y correlacionar con los parámetros fisicoquímicos, de oxígeno disuelto, pH, Turbiedad, Conductividad, temperatura, Solidos suspendidos totales, nitrógeno total, fosforo total, contenido de materia orgánica, como mínimo. También se deben adelantar acciones de repoblamiento de especies nativas de peces propios de la región, con el fin de disminuir la tasa de afectación a los peces.

Mineros S.A de manera inmediata deberá implementar y/o continuar los monitoreos hidrobiológicos para los grupos de las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton, zooplancton y peces en los sitios de la siguiente tabla cada 30 días hasta la mitad del segundo pico de lluvias del 2018, y correlacionar con los parámetros fisicoquímicos, de oxígeno disuelto, pH, Turbiedad, Conductividad, temperatura, Solidos suspendidos totales, nitrógeno total, fosforo total, contenido de materia orgánica, como mínimo; esta metodología buscará medir la diversidad de las comunidades hidrobiológicas y se solicita que se empleen métodos para medir abundancias y densidades con respecto al área, de las meta-poblaciones de peces.

- Poza Sistema Sur.- Salida Norte Ciénaga sabalito.- Hondonada frente Puerto Arena.- Aguas arriba y abajo del Caño Sabalito.- Caño Guamo aguas Arriba del Jarillón.- Caño Guamo aguas Abajo del Jarillón.- Quebrada. San Pedro. - Caño oscuro.- Caño El Pital- Rio Nechí - Aguas arriba y abajo del sistema Sur y Norte.- Ciénaga El Socorro.- Ciénaga El Fangal.- Ciénaga El Piojo.- Ciénaga El Zarzal.- Ciénaga Los Moncholos.- Ciénaga Los Patos.- Ciénaga Hojarascal.- Ciénaga El Almendro.- Ciénaga Sampumoso.- Ciénaga El Pital.- Ciénaga El Fangal

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Los resultados y análisis se deben presentar en un documento en un término de siete meses (donde se incluya los monitoreos realizados entre los meses de junio y noviembre de 2018). De acuerdo con los resultados y análisis obtenidos, la empresa deberá tomar medidas pertinentes con el objeto de mejorar el índice de diversidad de los grupos de las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton y zooplancton, peces (p.e. mejoramiento de ecosistemas por medio de revegetalización, manejo de la sedimentación generada por la contingencia, entre otros).

3.2.1.4 Medio Socioeconómico

En lo relacionado con la contingencia reportada Mineros S.A. (radicado 2018065355-1-000 del 25 de mayo de 2018) indica: “Se recibió comunicación de los líderes de la vereda, donde se informaba de una situación de inundación en su territorio, agravada según ellos, por una carga de sedimentos suspendida en el agua; disponiéndose entonces una comisión conformada por delegados de las divisiones Ambiental, operativa y de RSE”.

Una vez en el sitio se hizo reunión con representantes de la comunidad y de los pescadores, quienes expusieron sus impresiones y manifestaron su preocupación relacionada con el cambio de las características del agua que usan habitualmente para las labores del hogar. Lo mismo que alertan sobre la presencia de peces muertos en los puntos donde pescan regularmente. Ante lo descrito, se dieron las explicaciones técnicas del suceso, incluyendo las consecuencias que la misma operación de la empresa ha tenido que afrontar.

Se reiteró el compromiso de fortalecer el acompañamiento que la empresa ha venido haciendo a la comunidad. En compañía de la comunidad se hizo recorrido por un tramo en el sector conocido como “La boca de San Pedro”, en este se hallaron 4 peces dispersos flotando en el agua, las condiciones observadas en el agua eran una coloración gris y con olor a lodo revuelto.”

Se describe a continuación una serie de actividades de carácter social en orden cronológico que se realizaron entre los días 15 y 24 de mayo de 2018, de acuerdo con información suministrada por MINEROS S.A. durante la visita de campo realizada por esta Autoridad Nacional Ambiental.

Tabla 5 - Actividades de carácter social que se realizaron entre los días 15 y 24 de mayo de 2018

FECHA ACTIVIDAD SERVICIO DE RESPUESTA

Mayo 15 de 2018

Recorrido por las veredas La Esperanza y San Pedro con el fin de monitorear la situación de los habitantes y el Comportamiento de la quebrada San Pedro y del río Nechí.

Se logra entrevistar a 30 Familias del Sector La Esperanza y 16 en San Pedro

Transporte fluvial

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FECHA ACTIVIDAD SERVICIO DE RESPUESTA

Conversación telefónica jefe de RSE y Gerente de Operaciones Colombia con el alcalde de Nechí, informando sobre el evento.

Llamadas Telefónicas

Acompañamiento permanente a la comunidad, inspección diaria en la zona más afectada, en las veredas San Pedro y La Esperanza, recorrido diario por toda la ribera, a fin de advertir en qué condiciones se encuentran las comunidades a lo largo del río.

Transporte fluvial

Reunión permanente con las comunidades y juntas de acción comunal (JAC) para conocer sus requerimientos y necesidades a raíz de la contingencia.

5 coordinadores Sociales

Gestión de permiso con propietario de un predio alto, el señor Domingo Mesa, para trasladar el ganado afectado por la inundación.

Arriendo de 140 hectáreas por los días que sean necesarios para el pastoreo de

animales de las comunidades

afectadas.

Del 16 al 19 de mayo 2018

Distribución de agua a los pobladores de San Pedro y La Esperanza para el consumo.

1920 unidades de Agua (Pacas de 80)

EntregadasReunión permanente con las comunidades y JACs.Recorrido por las veredas La Esperanza y San Pedro.

Transporte fluvial

Entrega de 50 costales para mejorar captación del único nacedero de agua en el sector la capilla de la vereda La Esperanza.

50 costales

Distribución de agua a los pobladores de San Pedro y La Esperanza para el consumo

100 bolsas de agua de 6 litros C/u.

Mayo 20 de 2018

Reunión con secretario de Minas y presidente del concejo de Nechí en las áreas afectadas Reporte Ejecutivo

Realizar recorrido verificando cambios y entregando mercados y agua a las familias de La Esperanza.

84 mercados y agua de 6 litros.

Mayo 21 de 2018

Gestión, transporte y acompañamiento a funcionarios del consejo municipal de gestión del riesgo del municipio de El Bagre, para visitar y entregar mercados y agua a las familias de las veredas Sabalito, El Pital de la zona afectada por las inundaciones.

34 mercados -Transporte fluvial

22 y 23 de mayo 2018

Recorrido por la vereda La Esperanza, revisando los nacimientos de agua en los sectores.

Transporte fluvialAlimentación y

refrigerios.

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FECHA ACTIVIDAD SERVICIO DE RESPUESTA

Gestión ante la alcaldía de Nechí para agilizar la instalación de mangueras del proyecto en construcción del acueducto veredal financiado por el municipio y Mineros.

Transporte fluvial

Revisión de unidades piscícolas en El Pital y San Pedro y unidades Apícolas en la vereda La Esperanza.

Horas de Maquinaria para reforma de un

estaque El Pital

Se realizó Jornada de atención médica y salud oral, gestionada con el hospital La Misericordia de Nechí para atender los casos de niños y adultos afectados por la inundación.

88 kits de salud oralMedicamentos

Enfermera Comunitaria de la

ESE Hospital Nuestra Señora del Carmen, de El Bagre, pagada

por Mineros.A pesar de no tener afectaciones en acueductos veredales, se Inician trabajos para la instalación de mangueras que sirva como red de distribución hacia la comunidad de la Esperanza, esto se hace con personal de la comunidad y con personal contratado por Mineros.

Salario de 7 Obreros de Mineros por 2 días.Pago por día a los 6 trabajadores de La

Esperanza.Topografía al acueducto, planeado para construcción en el 2018, en la vereda San Pedro.

Valor día de Topógrafo

Mayo 24 de 2018

Visita a la vereda La Esperanza con el alcalde de Nechí, para revisión el tema piscícola con los líderes.

Fuente: Visita de campo de la ANLA realizada entre los días 24 y 25 de mayo de 2018..Mineros S.A. sostiene que el suministro de agua y víveres continuará hasta verificar mejoras en las condiciones de las zonas afectadas, mientras tanto se agilizan las obras y apoyos orientados a los acueductos veredales, que, aunque no fueron afectados, garantizan acceso a fuente hídricas altas para cubrir las necesidades de agua en las familias más alejadas.

Durante la visita se observó las áreas de mayor afectación por la contingencia incluyendo las comunidades aledañas, se tuvo contacto con el señor Francisco Díaz, presidente de la Junta de Acción Comunal - JAC de la vereda San Pedro, quien informó que no había existido afectación a la infraestructura social y narró los eventos de la contingencia y de manera paralela se le preguntó sobre el comportamiento normal del pulso de inundaciones y si habían existido incidentes anteriores, mencionando que no tenía conocimiento de eventos de este tipo anteriormente.

Se revisaron casas y estanques piscícolas de la comunidad y la escuela de la vereda San Pedro para observar posibles afectaciones. A este respecto se reporta que solamente se afectó temporalmente el estanque El Pital, pero a la fecha de la vista de la ANLA el mismo se encontraba en condiciones normales de funcionamiento, así como los demás estanques

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piscícolas de la vereda que se visitaron. La comunidad no hizo mención sobre mortandad de peces en los estanques piscícolas.

El presidente de la JAC de la citada vereda cuenta que el día del evento se observaron algunos peces muertos, pero principalmente se observaban “boquiando” o respirando en la superficie, pero estos no eran numerosos, ni se agruparon en sectores en su vereda. A su vez en el recorrido por la quebrada San Pedro, se observó que del flujo de un caño se tenían sedimentos que drenaban de las áreas cenagosas (Fotografía 9) y en cercanías de las coordenadas N:7°58´18.5” – W:74°47´07.5” (Fotografía 10), se drenaba de unos potreros aguas con un olor a materia en descomposición de color blanquecino, que la comunidad reporta como remanente del flujo de aguas del día de la contingencia.

Se realizó un recorrido por las ciénagas El Piojo (Fotografía 11) y de Remedia Pobre (Fotografía 12), las cuales recibieron el flujo principal del pit, el día de la contingencia, según relatos del presidente de la JAC vereda San pedro, en el momento de la visita el color y el olor (el cual no se percibía), correspondía al comportamiento normal, en época de inundaciones para esta ciénaga, conforme a las observaciones del presidente de junta.

Durante la visita se llevó a cabo una reunión con el Dr. Esven Cortés, alcalde de Nechí (Error! Reference source not found.), durante la misma se consultó lo siguiente: ¿el conocimiento de la contingencia?, ¿qué medidas de manejo ambiental realizó la empresa?, ¿qué programa de contingencia se empleó, si los conocía?, ¿existieron reportes de quejas de la comunidad y el comportamiento general frente a otras contingencias?. Ante dichos interrogantes el alcalde respondió: que la Alcaldía no había recibido quejas o solicitudes referentes a la contingencia por parte de los pobladores de las veredas de San Pedro y La Esperanza, ni aguas abajo del río Nechí; que tenía conocimiento del evento al tiempo de haberse presentado, y que se han estado realizando actividades relacionadas con el manejo de contingencias para lo cual se ha articulado funcionarios de la alcaldía con personal de Mineros S.A., pero que la situación presentada por el rompimiento del jarillón no llegó a considerase en categoría de amenaza. También informó que se tenían listos los grupos de atención para apoyar en el manejo de la emergencia, pero no fue necesario su accionar. La alcaldía reconoce que la empresa participó con ayudas a algunas familias de pescadores en relación a mercados y la alcaldía aportó agua potable a través de pacas o bolsas, a su vez la alcaldía reconoció que la información acerca de la emergencia presentada por los medios no correspondía a la contingencia y que empleaban registros fotográficos de otros eventos en Córdoba no relacionados con la operación de Mineros S.A.

Fotografía 13 Reunión con el alcalde de Nechí, Antioquia, en el despacho del consejo municipal

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Fuente: Equipo de Seguimiento Ambiental ANLA, fecha de toma de la fotografía 25/05/2018

Posteriormente, se realizó una reunión con el señor Franco de Hoyos, presidente de la junta de Acción Comunal de la vereda La Esperanza, en cercanías de la parroquia, donde también participaron algunos pescadores de la vereda, entre los que se encontraban los señores Joismer Carlos Pérez, Nicolás Alberto López y Eberto Gamarra, quienes expresaron que las ciénagas se habían visto afectadas, sobre todo las que se encuentran en las partes más distantes de la quebrada San Pedro, ya que ellos mencionan que el agua no tiene la suficiente fuerza para salir del área por efecto de las crecientes propias de la temporada climática. También comentaron sobre la afectación al recurso pesquero en algunas de las ciénagas y que la distribución de las zonas de pesca entre pescadores estaba alterada, sobre todo de aquellos que realizan sus faenas en áreas más lejanas, pero aquellas cercanas al núcleo poblado de la vereda donde habita la mayoría de la población no presentan una afectación evidente y en éstas se podía pescar con normalidad. También mencionaron que la empresa estaba brindando apoyo en mercados y agua en bolsas.

De acuerdo con lo observado durante la visita de campo, Mineros S.A. deberá de manera inmediata implementar y/o continuar acciones hacia las comunidades afectadas por la emergencia presentada por el rompimiento del jarillón perimetral, que garanticen soporte básico de alimentación y del recurso hídrico (según los resultados del inventario solicitados en el inventario requerido en el anterior numeral), hasta que se dé por finalizada la contingencia, considerando la recuperación a condiciones normales de las zonas de pesca de los habitantes del sector que fueron afectadas y de los cuerpos de agua del área de afectación que sean utilizados para consumo doméstico (en caso de presentarse dicha situación).

Mineros S.A. deberá realizar de manera inmediata el inventario de las familias y personas del área afectada por la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018, en donde se indique cuáles han sido afectadas por la disminución de la oferta íctica y en cuáles se ha presentado dificultades para el aprovechamiento de recurso hídrico para el consumo doméstico.

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3.3 PERMISOS, CONCESIONES Y/O AUTORIZACIONES

3.3.1 Permiso(s) Captación (es)

Tabla 6 Permisos de captación otorgados (definitivos)COORDENADAS PERÍODO AUTORIZADO USO

IDENTIFICADOR DE LA CAPTACIÓN

SIST

EMA

DE

REF

EREN

CIA

EST

E

NO

RTE

MER

O D

E R

ESO

LUC

IÓN

QU

E A

PRU

EBA

LA

CA

PTA

CIÓ

N

FEC

HA

EXP

EDIC

ION

DE

LA

RES

OLU

CIÓ

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CA

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AL

CO

NC

EDID

O (l

/s)

FEC

HA

INIC

IAL

DE

LA

CO

NC

ESIÓ

N (A

ños)

FEC

HA

FIN

AL

DE

LA

CO

NC

ESIÓ

N (A

ños)

ESTA

CIO

NA

LID

AD

C

ON

CED

IDA

RÉG

IMEN

DE

CA

PTA

CIÓ

N

CO

NC

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O

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IMEN

DE

CA

PTA

CIÓ

N

CO

NC

EDID

O (A

gua

subt

errá

nea

hora

s/dí

a)C

AU

DA

L D

OM

ÉSTI

CO

C

ON

CED

IDO

(l/s

)

CA

UD

AL

NO

DO

MÉS

TIC

O

CO

NC

EDID

O (l

/s)

PZ1-10-3-250

918.2

96

1.302.2

82

130P

Z-1781

23/112010

1,111 l/s

23/11/ 2010

23/11/2020

Todo el

año

Continuo 0 0 1,11

1 l/s

PZ1-10-4-250

921840

1331020

130PZ-

1109-

1985

20/09/2011

14,04 l/s

20/09/2011

20/09/2021

Todo el

año

Continuo 0 14,0

4 l/s 0

Providencia I -1

7506366 729028

160PZ-

1603-

4177

30/03/2016

6.250 l/s

en tramite

en tramite

Todo el

año

Continuo 0 0 6.25

0 l/s

Providencia I -2

Magna

origen

Bogotá

7505858 731720

160PZ-

1603-

4177

30/03/2016

0,093 l/s

en tramite

en tramite

Todo el

año

Continuo 0 0,09

3 l/s 0

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IDENTIFICADOR DE LA CAPTACIÓN

COORDENADAS

MER

O D

E R

ESO

LUC

IÓN

QU

E A

PRU

EBA

LA

CA

PTA

CIÓ

N

FEC

HA

EXP

EDIC

ION

DE

LA

RES

OLU

CIÓ

N

CA

UD

AL

CO

NC

EDID

O (l

/s)

PERÍODO AUTORIZADO USO

SIST

EMA

DE

REF

EREN

CIA

EST

E

NO

RTE

FEC

HA

INIC

IAL

DE

LA

CO

NC

ESIÓ

N (A

ños)

FEC

HA

FIN

AL

DE

LA

CO

NC

ESIÓ

N (A

ños)

ESTA

CIO

NA

LID

AD

C

ON

CED

IDA

RÉG

IMEN

DE

CA

PTA

CIÓ

N

CO

NC

EDID

O

RÉG

IMEN

DE

CA

PTA

CIÓ

N

CO

NC

EDID

O (A

gua

subt

errá

nea

hora

s/dí

a)C

AU

DA

L D

OM

ÉSTI

CO

C

ON

CED

IDO

(l/s

)

CA

UD

AL

NO

DO

MÉS

TIC

O

CO

NC

EDID

O (l

/s)

Providencia I-3

731720 731720

160PZ-

1603-

4177

30/03/2016

0,165 l/s

en tramite

en tramite

Todo el

año

Continuo 0 0,16

5 l/s 0

Providencia III

892037

1300998

130PZ-

1302-

2389

08/02/2013

14300 l/s

08/02/2013

08/02/2023

Todo el

año

Continuo 0 0

14300 l/s

Campamento Astilleros

919146

1361689

160PZ-

1610-

3823

05/10/2016

0,3028 L/s

28/04/2015

28/04/2020

Invierno

Continuo 0

0,3028 L/s

0

Campamento

Providencia

894749

1302749,2

160PZ-

1612-

3968

06/12/2016

0,0108 l/s

06/12/2016

06/12/2021 0 0 0

0,0108 l/s

0

3.3.2 Permiso (s) Vertimiento (s)

Tabla 7 Permisos de vertimiento otorgados (definitivos)COORDENADAS PERÍODO AUTORIZADO

IDENTIFICADOR DEL

VERTIMIENTO

SIST

EMA

DE

REF

EREN

CIA

EST

E

NO

RTE

MER

O D

E R

ESO

LUC

IÓN

QU

E A

PRU

EBA

EL

VER

TIM

IEN

TO

FEC

HA

EXP

EDIC

ION

DE

LA

RES

OLU

CIÓ

N

CA

UD

AL

AU

TOR

IZA

DO

(l/s

)

TIEM

PO D

E D

ESC

ARG

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TOR

IZAD

O (h

oras

/día

)

FREC

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CIA

AU

TOR

IZAD

A (d

ías/

mes

)

FEC

HA

INIC

IAL

DEL

PER

MIS

O

FEC

HA

FIN

AL D

EL P

ERM

ISO

TIPO

DE

VER

TIM

IEN

TO

PZ7-10-4-250

Magna

origen

Bogotá

91.954.45

9

1.331.26

2

130P

Z-1108-1962

08/08/2011

3,590 l/s

permanente 30 23/08/2

01123/08/2021

Residual doméstico

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IDENTIFICADOR DEL

VERTIMIENTO

COORDENADAS

MER

O D

E R

ESO

LUC

IÓN

QU

E A

PRU

EBA

EL

VER

TIM

IEN

TO

FEC

HA

EXP

EDIC

ION

DE

LA

RES

OLU

CIÓ

N

CA

UD

AL

AU

TOR

IZA

DO

(l/s

)

PERÍODO AUTORIZADO

TIPO

DE

VER

TIM

IEN

TOPZ7-10-4-250 918688,96

1331936,93

130PZ-

1108-1962

08/08/2011

0,807 l/s

permanente 30 23/08/2

01123/08/2021

Residual no

doméstico

complejo sanitario 919872,4 1330222,

3

130PZ-

1402-2696

05/03/2014

0,17 l/s

permanente 30 5/03/20

145/03/2019

Residual no

doméstico

Astillero 919012 1362011

130PZ-

1410-2960

29/10/2014

0,17 l/s

permanente 30 6/11/20

146/11/2019

Residual doméstico

Providencia III casa de

maquinas

75°0.1´50.5” 7°19´57.7

130PZ-

1202-2033

08/02/2012

0,007 l/s

permanente 30 8/02/20

128/02/2017

Residual doméstico

Providencia I campamento 0 0

160PZ-

1607-3759

01/07/2016

1,72 l/s

permanente 30 8/07/20

168/02/2027

Residual doméstico

3.3.3 Permiso Aprovechamiento Forestal

Tabla 8 Permisos de Aprovechamiento Forestal otorgados (definitivos)CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO PERÍODO

AUTORIZADONÚMERO

O IDENTIFICADOR DE

POLÍGONO

NÚMERO DE RESOLUCIÓN

QUE APRUEBA EL APROVECHA

MIENTO

FECHA EXPEDICION DE

LA RESOLU

CIÓN

COBERTURA SOBRE LA CUAL SE

AUTORIZA EL APROVECHA

MIENTO

ÁREA TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (ha)

VOLÚMEN TOTAL DEL

APROVECHAMIENTO (m3)

FECHA INICIAL DE LA

APROBACIÓN

FECHA FINAL DE

LA APROBA

CIÓN

0Res.130PZ-13062525 j

junio de 2013.

Junio de 2013 Sin información 153,17 6094,28

Sin informació

n

Sin informació

n

3.3.4 Otros Permisos, Concesiones y/o autorizaciones otorgados

Tabla 9 Permisos, concesiones y/o autorizaciones otorgados (definitivos)Permiso y/o autorización Acto

administrativoDescripción

Ocupaciones de cauces Resolución 130PZ1107 de

Permiso de ocupación de cauce permanente sobre la margen derecha del río Tiguí casco urbano municipio del Bagre, en la desembocadura con el río Nechí,

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Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Permiso y/o autorización Acto administrativo

Descripción

julio de 201, CORANTIOQUIA

coordenadas 919052 E – 1331590 N, para el puerto de embarcaciones de Mineros S.A.

Emisiones atmosféricas Resolución 130PZ -1380 de julio de 2007 y prorrogado por la Resolución 130PZ1207-2171 de julio de 2012 CORANTIOQUIA

Permiso de emisiones fijas coordenadas 1331900 N - 918800 E. laboratorio metalúrgico por fundición de oro, por un término de 5 años

Levantamiento de veda/sustracción de áreas de manejo especial

De acuerdo con lo manifestado por la Empresa, por parte de la Corporación CORANTIOQUIA, no se ha pronunciado sobre el levantamiento de veda de la especie Cativo (Prioria copeifera)

Aprovechamiento Forestal Res.130PZ-13062525 junio de 2013

Aprovechamiento forestal único de bosque natural, sobre un área de 153,172 ha y un volumen total de 6.094,28 n3

Captación agua superficial 130PZ-1781

23/112010

Caudal 1,111 L/s vigente hasta 23/11/2020, de forma continua durante todo el año, de aguas no domesticas para el PZ1-10-3-250

Captación agua superficial

130PZ-1109-1985 20/09/2011

Caudal 14.04 L/s vigente hasta 20/09/2020, de forma continua durante todo el año, de aguas no domesticas para el PZ1-10-4-250

Vertimientos 130PZ-1108-1962 08/08/2011

Caudal autorizado3.59L/s, de forma permanente vigente hasta el 23/08/2021, para el PZ7-10-4-250 residual domestica

Vertimientos 130PZ-1108-1962 08/08/2011

Caudal autorizado 0,807 l/s, de forma permanente vigente hasta el 23/08/2021, para el PZ7-10-4-250 residual no doméstica.

4 PLAN DE MANEJO

4.1 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

A continuación, se presenta la ficha MMF3 que hace referencia al manejo de sólidos suspendidos totales SST y a su vez a la calidad del agua que se entrega al cuerpo de agua, establecida mediante la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015 en lo relacionado a las actividades de operación aluvial:

PROGRAMA DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN DE SÓLIDOS SUSPENDIDOS TOTALES EN LA ZONA INDUSTRIAL DE OPERACIÓN ALUVIAL

OBJETIVO IMAGEN

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Prevenir el aporte de sólidos suspendidos totales al río Nechí desde la zona industrial de operación aluvial, mediante la definición y verificación de la poza como zona de tratamiento primario y/o la aplicación de medidas de control en la zona de tratamiento secundario en el caso de requerirse.

META INDICADOR RESPONSABLE REGISTRO

Garantizar que el valor de sólidos suspendidos totales en el sitio de medición del canal artificial de salida, después de la zona de tratamiento secundario, sea menor al valor de sólidos suspendidos totales en el punto de medición del canal de entrada para pozas abiertas.

SST en el sitio de medición del canal de entrada > SST en el sitio de medición del canal de salida para pozas abiertas

División AmbientalDivisión

Unidades de Producción

División Ambiental

Garantizar que cuando las pozas sean semi- abiertas no se genere un aumento de SST en la conexión del canal de entrada con la poza.

SST en el sitio de conexión del canal de entrada con la poza < SST en el sitio de conexión del canal de entrada con el río Nechí o cualquiera de sus afluentes para pozas semi-abiertas

División AmbientalDivisión

Unidades de Producción

División Ambiental

- Informes de laboratorio monitoreo de sólidos suspendidos totales

(frecuencia de medición 4 veces al año).

- Informe de seguimiento de sólidos suspendidos

totales.

ETAPA

PLANEACIÓN X OPERACIÓN X RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN

IMPACTOS A CONTROLAR

- Alteración de la calidad del agua superficial.- Alteración de los servicios base del agua.- Modificación de hábitats acuáticos.- Alteración de la dinámica de las comunidades hidrobiológicas.- Alteración de la dinámica de sedimentos.

TIPO DE MEDIDA

PREVENCIÓN X MITIGACIÓN X CONTROL X COMPENSACIÓN

ACCIONES A DESARROLLAR

1. Sistema de tratamiento secundario de sólidos suspendidos totales a la salida de la zona industrial de operación aluvial:Se llevarán a cabo las acciones de control de sólidos suspendidos totales requeridas en la zona de tratamiento secundario a la salida del área industrial de operación, para garantizar que la operación minera no genere sólidos suspendidos totales adicionales en el canal artificial de salida hacia la corriente del río Nechí, río Amacerí o de cualquier drenaje permanente cuando se trate de pozas abiertas. Así mismo, si se requiere, se llevarán a cabo las acciones de control de sólidos suspendidos totales en la zona de conexión del canal artificial de entrada con la poza, cuando se trate de pozas semi-abiertas. Se debe aclarar que al tratarse de pozas semi-abiertas no se generan aportes desde la poza hacia el canal, pero en todos los casos los monitoreos establecerán si se requieren tratamientos secundarios adicionales.

La zona de tratamiento estará conformada por uno o varios sistemas que garanticen un proceso de sedimentación eficiente antes de la entrega al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes, entre los sistemas disponibles y aplicables se podrán emplear pozas de aquietamiento, cortinas para control de turbiedad, trinchos o cualquier tipo de mecanismo que garantice la decantación de sólidos suspendidos totales antes de la entrega del flujo al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes.

El monitoreo para verificar la eficiencia de los sistemas de tratamiento relaciona en la ficha de monitoreo y seguimiento PMS3.

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2. Uso de dragas de succión para descapote:El objetivo de las dragas de succión es retirar las capas de materiales arcillosos relativamente compactas, con algún contenido de arenas y gravas finas, que se ubican en la parte superior del aluvión, previamente al inicio de la operación con la draga de cucharas.

La presencia de la tubería de succión directamente detrás de la cabeza cortadora permite remover y transportar instantáneamente el material una vez generado, impidiendo que parte de éste pueda pasar en suspensión al canal artificial de salida. En la operación, el material se dispone en zonas aisladas del cauce, ya sea en áreas bajas o en zonas confinadas por diques o encima de los cargueros a medida que estos se van formando.

Esta metodología permite disminuir la generación de material en suspensión en el agua y la conformación de rellenos hidráulicos, hasta niveles por encima del de inundación, para conformar zonas que pueden ser aprovechadas agrícolamente por gente de la región y permitir una rápida revegetalización del área dragada.

3. Confinamiento de zonas de depósito de materiales finos:3.1 Disposición de materiales finos entre los cargueros:La draga de succión en la explotación minera posibilita la separación de los materiales finos de los materiales gruesos del aluvión, permitiendo reconstituir el perfil del terreno en forma muy similar a como estaba originalmente, con el aluvión abajo y el material fino en la capa superficial, siempre y cuando las características del depósito así lo permitan.

3.2. Disposición de materiales finos en zonas inundables:Los materiales dragados no siempre se pueden disponer sobre los cargueros, un caso como este ocurre cuando se inicia la explotación de un bloque, y no existen aún cargueros o material suficiente para su formación; en estas condiciones, cuando se está realizando la operación de inicio de la poza, los materiales finos deben ser colocados sobre tierra firme en zonas donde no se va a realizar procesamiento del aluvión; en estos casos se escogen zonas bajas inundables, que no presenten suelos agrícolas de importancia.

CUANTIFICACIÓN DE LA MEDIDA- Informes de laboratorio monitoreo de sólidos suspendidos totales. - Informes de seguimiento de sólidos suspendidos totales. ALCANCE DE APLICACIÓN Operación aluvial.COBERTURA ESPACIAL Poza de trabajo, canales artificiales de entrada y salida.

PERSONAL REQUERIDO Aforadores / Asesoría externa / Ingeniero de Minas / Ingeniero Ambiental / Trabajadores dragas

POBLACIÓN BENEFICIADA Población del área de influencia del proyecto aguas abajo de las áreas de producción.

MECANISMOS Y ESTRATEGIAS PARTICIPATIVAS

Se realizará una reunión anual de planeación minera, así como reuniones decadales de plan producción.

Fuente: Complemento al Plan de Manejo ambiental presentado con radicación 4120-E1-21753 del 30 de mayo de 2014

Tal como se observa en la ficha aun cuando se establece que la zona de tratamiento estará conformada por uno o varios sistemas que garanticen un proceso de sedimentación eficiente antes de la entrega al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes, entre los sistemas disponibles y aplicables se podrán emplear pozas de aquietamiento, cortinas para control de turbiedad, trinchos o cualquier tipo de mecanismo que garantice la decantación de sólidos suspendidos totales antes de la entrega del flujo al río Nechí, río Amacerí o corrientes permanentes.

La construcción de un jarillón perimetral no puede ser asimilado como uno de los mecanismos de decantación de solidos suspendidos totales, pensados para el proceso de sedimentación inicialmente concebidos en la licencia ambiental y que hacían referencia únicamente a sistemas de decantación y no a control y contención de aguas.

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El análisis de los posibles impactos ocasionados por tener una poza controlada o cerrada no fueron valorados, específicamente los atribuidos a la construcción de un jarillón preliminar que tuviera como objetivo la contención de aguas al interior del Pit minero, análisis de impactos como la alteración de la dinámica fluvial y la desconexión hidráulica al impedir la continuidad de los flujos de agua de la ciénaga Sabalito, el caño Sabalito, el rio Nechí y sus bajos inundables

NI en el complemento al plan de manejo ni en la solicitud de cambio menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad relacionada con la el poza controlada, Mineros S.A. presentó información relacionada a la construcción de un jarillón perimetral, por lo cual no es posible verificar que los diseños tuvieron en cuenta la influencia del flujo en la estructura y el análisis de estabilidad de un jarillón construido con material procedente del dragado; en consecuencia, las medias actuales no son suficientes para asegurar el adecuado manejo ambiental del proyecto.

Adicionalmente, se carece de medidas o actividades de mantenimiento que garanticen la estabilidad del jarillón perimetral y protejan las características estructurales y funcionales del mismo por efecto de la erosión al estar conformado por material procedente del dragado; lo cual podría manifestarse en impactos adicionales por filtraciones de agua no tratada procedente del Pit a los cuerpos de agua y contingencias por la ruptura del jarillón.

Es de indicar que el sistema de poza controlada implementado en el sistema sur no corresponde a lo indicado en la solicitud de modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada ordinario con radicación en la ANLA 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017, la cual proponía: “Sin embargo, para asegurar que la reducción de SST es total, se va a implementar un sistema teórico de sedimentación antes del vertimiento al río, este sistema responde a las teorías tradicionales de la sedimentación y se propone como un sistema secundario controlado, posterior a las pozas y, previo a la entrega al río”

Por lo anterior, se puede determinar que el sistema de poza controlada o cerrada implica impactos adicionales a los señalados inicialmente por la empresa y por lo tanto el mismo no puede ser contemplado como una modificación menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada y, por lo tanto, Mineros S.A. debería iniciar el trámite correspondiente a la modificación del instrumento de manejo ambiental en el caso de considerar que requiere mantener dicha estructura.

4.2 PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO

El Plan seguimiento y monitoreo del Proyecto, establecido mediante la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015 en lo relacionado a las actividades de operación aluvial no cuenta con medidas de seguimiento y monitoreo que permitan garantizar la estabilidad y mantenimiento de las características estructurales de un jarillón perimetral cuyo material de composición es el material de dragado.

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4.3 PLAN DE CONTINGENCIA.

A continuación se presentan las acciones desarrolladas por Mineros S.A. entre el 13 y el 21 de mayo de 2018 para la atención de la contingencia presentada por la ruptura del jarillón perimetral de la poza controlada del sistema Norte Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí, de acuerdo con el reporte inicial de la contingencia en el por medio del radicado 2018063312-1-000 del 21 de mayo de 2018:

Tabla 10 - Resumen de las acciones realizadas por Mineros S.A. para atender la emergencia) – mayo 13 al 21 de 2018

RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

HORA DIA 1 - Domingo 13 de Mayo

04:00 Se reporta una posible ruptura del jarillón de contención perimetral por parte de un operador de lancha.

06:00 Se confirma la ruptura del Jarillón de Contención Perimetral al jefe de Operación de Maquinaria Pesada y al Director de Planeación Mineros Ambiental de Mineros S.A

06:11 El ingeniero de turno (420) reporta al Jefe de Maquinaria Pesada el desbordamiento del Pit Minero, y una ruptura del Jarillón Perimetral de la Zona Norte hacia el bajo inundable.

07:00Se desplaza el personal técnico de la operación, Jefe de Maquinaria Pesada, Director de Planeación Minero Ambiental y el topógrafo de la División Ambiental para evaluar la magnitud del daño.

08:30

El grupo identifica que Puerto Arenas se encuentra a 50 cm de ser inundado totalmente por las aguas del Rio Nechí. Frente a la situación el Jefe de Maquinaria Pesada inicia obras para realzar el Jarillón perimetral en Puerto Arenas (Que asila el pit minero de las aguas de la Caño Sabalito y Rio Nechí).

09:00 El grupo de jefatura inician recorrido por todas las áreas para calcular la magnitud de la emergencia

15:00

Se termina el recorrido que realizo el grupo interdisciplinario de Mineros a la zona afectada para evaluar los efectos de la ruptura del Jarillón. El recorrido que duro 6 horas aproximadamente, evaluó las área de El Sabalito, los albardones de la margen derecha del Rio Nechí, boca de la Quebrada El Guamo, Jarillón perimetral en Puerto Arena y el interior del pit minero.

16:00El equipo que verifica la situación en campo, informa a la Gerencia de Operaciones sobre el rebose de las aguas del Rio Nechí sobre el pit minero, y las afectaciones que esto trajo a las operaciones mineras con la Ruptura del Jarillón perimetral de contingencia.

23:59La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

HORA DIA 2 - Lunes 14 de Mayo

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RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

00:00La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

23:59

Todos los esfuerzos del lunes 14 de mayo se enfocaron en realzar el jarillón de Puerto Arenas, dado que el nivel de inundación no permitía que la maquinaria pesada avanzara hacia la zona norte, para atender los daños del Jarillón Perimetral de la Zona Norte del Pit Minero.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

HORA DIA 3 - Martes 15 de Mayo

00:00La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

08:00 De la Comunidad la Esperanza se comunica el presidente de la Asociación de Pescadores de la Esperanza, Nicolas Lopez, con Nayibe Cala, Alirio Castro y Katia Bello.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

10:00Se conforma un equipo interdisciplinario entre Medio Ambiente y RSE para visitar las áreas afectadas. Se reúnen con los líderes de la Esperanza para escuchar necesidades y afectaciones.

14:00El equipo de Medio Ambiente y RSE se reúnen en zona industrial e informan a la gerencia sobre el estado de las áreas afectadas y de las necesidades de las comunidades. Y se toma un plan de acción para intervenir a las comunidades y rescatar a la fauna afectada.

23:59

Todos los esfuerzos del lunes 14 de mayo se enfocaron en realzar el jarillón de Puerto Arenas, dado que el nivel de inundación no permitía que la maquinaria pesada avanzara hacia la zona norte, para atender los daños del Jarillón Perimetral de la Zona Norte del Pit Minero.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Para este día ya se tienen 2 metros de realce del Jarillón de Puerto Arenas en ciertos puntos de la estructura.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

HORA DIA 3 - Miércoles 16 de Mayo

00:00La operación de Maquinaria Pesada trabaja 24 horas para realzar el jarillón de puerto Arenas para proteger el pit minero del ingreso de agua proveniente del Caño Sabalito y del Rio Nechí.

08:00

El equipo de Medio Ambiente y RSE se reúnen con 22 pescadores de la Esperanza y se realizan recorridos por 8 ciénagas y 4 quebradas con rescatistas de fauna silvestre.

Se inician con la ayuda a la comunidad con agua potable.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

23:59

Todos los esfuerzos del lunes 14 de mayo se enfocaron en realzar el jarillón de Puerto Arenas, dado que el nivel de inundación no permitía que la maquinaria pesada avanzara hacia la zona norte, para atender los daños del Jarillón Perimetral de la Zona Norte del Pit Minero.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Para este día ya se tienen 3 metros de realce del Jarillón de Puerto Arenas en ciertos puntos de la estructura.

HORA DIA 4- Jueves 17 de Mayo

06:00Se toma la decisión de movilizar la Draga de Succión número 18, para el frente del Jarillón de Puerto Arenas con la intención de realzar de forma más rápido el jarillón. A las 6:00am inicia la flotación de la Draga de Succión 18 a punto de interés.

08:00

El equipo de Medio Ambiente y RSE realizan el recorrido por Vereda la Esperanza, Sector Pueblo Nuevo, Vereda San Pedro. Reuniendo necesidades de la comunidad y dimensionando las afectaciones desde la Vereda San Pedro a La Esperanza.

Se da la directriz de monitorear las condiciones fisicoquímicas al interior de la poza y de los canales. Todo el día.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

13:00 Se ubica la Draga de Succión 18 frente al Jarillón de Puerto Arena. Se inician maniobras para ubicar tubería de descarga hacia el jarillón principal de Puerto Arenas.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

16:00 Inicia la descarga de material de La Draga de Succión 18 sobre el Jarillón de Puerto Arenas para agilizar las operaciones.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

HORA DIA 5- Viernes 18 de Mayo

06:00Se toma la decisión de movilizar la Draga de Succión número 18, para el frente del Jarillón de Puerto Arenas con la intención de realzar de forma más rápido el jarillón. A las 6:00am inicia la flotación de la Draga de Succión 18 a punto de interés.

08:00 El equipo de rescate de fauna y equipo piscícola sigue con el recorrido del área, retomando evidencias y evaluando la zona.

09:00Se envía una excavadora anfibia al Jarillón Perimetral de la Zona Norte, para identificar condiciones de trabajo. Los operadores reportaban al Jefe de Maquinaria Pesada que no había condiciones para la operación por la flotación de los equipos.

13:00 Se ubica la Draga de Succión 18 frente al Jarillón de Puerto Arena. Se inician maniobras para ubicar tubería de descarga hacia el jarillón principal de Puerto Arenas.

16:00 Inicia el bombeo de material con la Draga de Succión 18 sobre el Jarillón de Puerto Arenas para agilizar las operaciones.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

HORA DIA 6- Sábado 19 de Mayo

00:00Continúan trabajos con Draga de Succión 18 y Maquinaria pesada en el Jarillón de Puerto Arena. Para este día el Jarillón de Puerto Arenas, toda la estructura, ya tenía un nivel de 3 metros a filo de agua.

08:00 Se realizó un recorrido con las comunidades en las zonas afectadas y verificaron condiciones fisicoquímicas.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR MINEROS PARA ATENDER LA EMERGENCIA) – MAYO 13 AL 21 DE 2018

18:00

Se notifica que algunos puntos de la Zona Norte, lado derecho_ frente de explotación Draga de Cucharas 10 y Draga de Succión 18, reúnen condiciones para realizar los cierres en puntos del lado derecho del Jarillón de la Zona Norte.

Se da la orden de proceder con los cierres del Jarillón en los puntos de la estructura de la zona norte donde hay condiciones.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Se inicia con las actividades de realce el Jarillón perimetral del Jarillón Perimetral de Zona Norte.

HORA DIA 7- Domingo 20 de Mayo

00:00 Continúan trabajos con Draga de Succión 18 y Maquinaria pesada en el Jarillón de Puerto Arena. Y se continúan con actividades de realce del jarillón de la Zona Norte

08:00 Se realizó un recorrido con las comunidades en las zonas afectadas y verificaron condiciones fisicoquímicas.

18:00

Se notifica que algunos puntos de la Zona Norte, lado derecho_ frente de explotación Draga de Cucharas 10 y Draga de Succión 18, reúnen condiciones para realizar los cierres en puntos del lado derecho del Jarillón de la Zona Norte.

Se da la orden de proceder con los cierres del Jarillón en los puntos de la estructura de la zona norte donde hay condiciones.

Debido a los niveles del pit minero, se toma la decisión de priorizar el Jarillón Perimetral de Puerto Arenas, y seguir monitoreando los niveles del Jarillón Perimetral de la zona norte para tomar decisiones que no afectaran a los cuerpos hídricos y por ende a las comunidades.

Se continúan con las actividades de realce el Jarillón perimetral del Jarillón Perimetral de Zona Norte.

HORA DIA 10- Lunes 21 de Mayo

00:00

La operación hasta el momento ha logrado cerrar un tramo del jarillón de aproximadamente 700 metros lado derecho frente de explotación de la draga 10. Zona Norte.

El jarillón de Puerto Arenas se encuentra totalmente controlado, aislando las aguas provenientes de Caño Sabalito y de las aguas del Rio Nechí.

Se dará continuidad a las obras de cierre del lado izquierdo del Jarillón Perimetral la Zona Norte.

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Fuente: Reporte inicial de la contingencia radicado 2018063312-1-000 del 21 de mayo de 2018

De acuerdo con la tabla anterior, lo observado y verificado en campo, Mineros S.A. atendió la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018 de manera oportuna, realizando las actividades pertinentes relacionadas con la identificación de la situación presentada, ejecutar las acciones contención, corrección, control y mitigación de la emergencia, contando con el equipo, maquinaria y personal necesario para atender la misma.

Desde el 15 de mayo de 2018 se iniciaron los contactos y actividades con las comunidades de la zona para escuchar y atender las necesidades y grado de afectación generado por la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018. Se apoyó a la comunidad con agua potable y mercados para atender las necesidades básicas sobre seguridad alimentaria.

Los representantes de las comunidades del área de afectación (veredas San Pedro y La Esperanza), así como el alcalde del municipio de Nechí, no manifestaron quejas relacionadas con la oportunidad en la atención de la emergencia por parte de Mineros S.A., e incluso indicaron los días de la visita de la ANLA (mayo 24 y 25 de 20189, que la mayoría del área afectada ya se encontraba recuperada, a excepción de algunos sitios donde había remanentes del material desplazado (agua, sedimentos y material orgánico) y algunas dificultades para las labores de pesca en algunas de las ciénagas. También señalaron que la empresa atendió sus necesidades y reclamos.

Así mismo, el alcalde del municipio de Nechi, manifestó que no había quejas ni en la alcaldía ni en la Personería debido a la contingencia ocurrida el 13 de mayo de 2018, y que la misma le fue informada por Mineros S.A. de manera oportuna y no fue necesario apoyar a la misma con los organismos de socorro que hacen parte del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres.

Revisado el Plan de contingencia presentado en el complemento del estudio de impacto ambiental entregado para la modificación del Plan de Manejo Ambiental no contiene el análisis y valoración de los riesgo, la Identificación, caracterización, análisis y evaluación de la vulnerabilidad de elementos expuestos, Identificación, caracterización, análisis y evaluación de escenarios de riesgo, la estimación de áreas de afectación, el Análisis y valoración del riesgo, las medidas que contemplen acciones de prevención y mitigación que se deben adoptar para disminuir las amenazas, la exposición y/o la vulnerabilidad de los elementos expuestos al riesgo, con el fin de evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de que el riesgo llegue a materializarse ni la formulación de un plan de contingencia, que contenga las medidas de prevención, control y atención ante potenciales situaciones de emergencia derivadas de la materialización del riesgo a inundaciones. A continuación se presenta la información contenida en el plan de contingencias en relación a las inundaciones:

“9.2.2.7 InundacionesLa respuesta de la Brigada de Emergencia, tan pronto lo permitan las circunstancias meteorológicas, será acorde con las consecuencias de mayor impacto. Parte de la respuesta efectiva en medio de este tipo de desastre consiste en eliminar las causas

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potenciales de peores consecuencias, tales como corregir escapes, recolectar recipientes con líquidos o gases peligrosos, evacuar el personal y acordonar la zona más afectada con el fin de restringir el acceso.En el caso de la central hidroeléctrica Providencia, un punto de control será la captación (Aljibes), zona en la cual, al evidenciar una alza en los niveles del río Anorí, se procederá a comunicar en casa de máquinas con el fin de ejecutar el plan de preparación ante la emergencia por parte de todos los empleados”.

En la Error! Reference source not found. se relacionan los aspectos más relevantes del cumplimiento al plan de contingencia.

Tabla 10 Estado de cumplimiento de Plan de Contingencia relacionado con el evento ocurrido el 13 de mayo de 2018 objeto del presente concepto técnico

Tipo de IncidenteFuente

Generadora / causa del incidente

Tipo de Afectación Acciones ejecutadas

Rompimiento de jarillones perimetrales construidos con el fin de generar la Poza controlada o cerrada, ingreso de aguas procedentes del rio Nechí y el caño Sabalito al sistema Norte y posterior desborde de las aguas hacia el caño Guamo y el bajo inundable del valle aluvial del Río Nechí

Operativa y desastre Natural.

Afectación a recursos naturales (suelo, agua y fauna) y comunidad.

Las acciones ejecutadas aun cuando permitieron dar respectan a la emergencia presentada y corresponden a acciones de control, contención de la inundación, monitoreos fisicoquímicos e hidrobiológicos en las áreas afectadas y asistencia social a las comunidades; las mismas no se encuentran contenidas en el Plan de contingencia de Mineros S.A para el proyecto

ObservacionesPor último en lo referente al plan de contingencia presentado a esta autoridad en el complemento del estudio de impacto ambiental para la modificación del plan de manejo ambiental, el mismo carece de las medidas de prevención, control y atención ante potenciales situaciones de emergencia derivadas de la materialización del riesgo a inundaciones; por lo cual las actividades realizadas por la empresa no se enmarcaron en el Plan de contingencias y en consecuencia Mineros S.A. debe actualizar el plan de contingencia de acuerdo a lo establecido en el Decreto 2157 de diciembre de 2017.

5 ANÁLISIS DE IMPACTOS NO PREVISTOS

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Teniendo en cuenta lo indicado en numerales anteriores relacionados a la poza controlada o cerrada, solicitada como una modificación menor o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad que cuenta con PMA establecido y que fue autorizada mediante oficio con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018, donde se indicó que no se requería la modificación al Plan de Manejo Ambiental, para la implementación de un sistema de sedimentación teórico denominado “poza controlada” y que previo a su implementación se debían obtener los permisos por uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales ante CORANTIOQUIA.

La conformación de una poza controlada o cerrada requiere la construcción de un jarillón perimetral, el cual no puede ser asimilado como uno de los mecanismos de decantación de solidos suspendidos totales indicados en la ficha de manejo MMF3, al tratarse de una estructura concebida para el control y contención de aguas.

Teniendo en cuenta el análisis de la información reportada por Corantioquia, la revisión de la información que reposa en el expediente y lo observado en la visita de seguimiento a la contingencia, permitió evidenciar que se presentan impactos no previstos inicialmente en el Plan de Manejo Ambiental autorizado mediante la resolución 0125 del 5 de febrero de 2015, ocasionados por tener una poza controlada o cerrada que impide que las aguas del caño, Sabalito, La ciénaga de Sabalito y el rio Nechí fluyan de manera natural en época de altas precipitaciones y caudales, por los bajos indudables y las ciénagas del complejo cenagoso del rio Nechí.

Se carece de medidas que garanticen la estabilidad del jarillón perimetral y protejan las características estructurales y funcionales del mismo por efecto de la erosión al estar conformado por material procedente del dragado; lo cual podría manifestarse en impactos adicionales por filtraciones de agua no tratada procedente del Pit a los cuerpos de agua y contingencias por la ruptura del jarillón.

Teniendo en cuenta los materiales con los cuales se conforma el jarillón y que consiste únicamente en material proveniente del dragado y la situación reportada por CORANTIOQUIA durante los días 3 y 4 de octubre de 2017 y expresada en la Resolución 160PZ-17010550-03 del 09 de octubre de 2017 , así: “se evidencia que desde el jarillón se filtran aguas desde la ciénaga Sabalito, aguas que han sido afectadas por los vertimientos de agua residual no doméstica (industrial) provenientes del sistema norte, hacia el cauce del caño el Guamo, vertimientos que no se encuentran amparados con permiso de vertimiento, toda vez que, no fueron contemplados en el trámite que se encuentra en curso ante la oficina territorial Panzenú, en el expediente PZ7-2017-665, generando sedimentación y turbidez EN dicho caño y en la ciénaga Sabalito,…”; la información presentada por Mineros S.A no garantiza que el jarillón impida que haya infiltración de aguas no tratadas del sistema norte al caño Guamo a la ciénaga Sabalito y el rio Guamo.

Es de resaltar que ya se presentó una contingencia por el rompimiento del jarillón durante épocas de altas precipitaciones y caudales que alteraron el recurso hídrico superficial y los ecosistemas asociados a los mismos por el contacto con aguas no tratadas provenientes del Sistema Norte.

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En ese orden de ideas, se presentó un riesgo de afectación a los ecosistemas (lóticos y lénticos), así como a los terrenos circundantes y a los pobladores del área de influencia del proyecto, considerando que se depositó en los mismos agua (no tratada del PIT), sedimentos, material vegetal, provenientes de la poza controlada y de las áreas circundantes que fueron intervenidas por el paso no controlado de las aguas durante la emergencia, generando posible disminución del oxígeno, disminución de la calidad físico-química e hidrobiológica de los cuerpos de agua, alta carga mineral y de sedimentos, disminución de las poblaciones de peces (mortandad o ahuyentamiento) con la consecuente disminución del recurso pesquero para la población (habitantes) de la zona que tiene alta dependencia a este tipo recurso tanto para el sustento diario como para la comercialización del mismo.

6 OTRAS CONSIDERACIONES

Una vez revisada la documentación y material probatorio obrante dentro del expediente LAM0806, el Sistema de Información de Licencias Ambientales y la documentación correspondiente al seguimiento ambiental, el equipo técnico recomienda evaluar la procedencia de ordenar el inicio del procedimiento sancionatorio ambiental en contra de Mineros S.A. con Nit 890914525-7 por los siguientes hechos:

- Por establecer desde al menos el 2017 un sistema de poza controlada en la zona industrial de la operación del proyecto Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí sin contar previamente con la Autorización de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales incurriendo con ello en presunta infracción de lo establecido en la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015.

- Por haber iniciado las actividades autorizadas como modificaciones menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada sin contar de forma previa con los permisos de uso y aprovechamiento de los recursos naturales de Corantioquia incurriendo con ello en presunta infracción de lo determinado el numeral 1.13 del artículo tercero de la Resolución 0125 del 5 de febrero de 2015 y lo indicado en el oficio con radicación 2018000549-2-000 del 3 de enero de 2018.

- Por no informar de la contingencia sucedida desde el lunes 14 de mayo del 2018 en zona industrial de la operación del proyecto Explotación Aurífera en la Cuenca del Río Nechí dentro de las primeras 24 horas al inicio del evento tal como lo determina el artículo segundo de la Resolución 1767 de 2016 así como el artículo 2.2.2.3.9.3. del Decreto 1076 de 2015.

- Por haber ejecutado la construcción de un jarillón perimetral sin que dicha actividad fuera informada en la solicitud de pronunciamiento de esta Autoridad Nacional Ambiental (respecto de una modificación menor o de ajustes normal dentro del giro ordinario de la actividad licenciada para la instalación de la poza controlada, de acuerdo con lo incluido

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en los radicados 2017043794-1-000 del 15 de junio de 2017 y 2017100173-1-00 del 20 de noviembre de 2017.

- Por generar riesgo de afectación a los ecosistemas (lóticos y lénticos), así como a los terrenos circundantes y a los pobladores del área de influencia del proyecto, considerando que se depositó en los mismos agua (no tratada del PIT), sedimentos, material vegetal, provenientes de la poza controlada y de las áreas circundantes que fueron intervenidas por el paso no controlado de las aguas durante la emergencia, provocando posible disminución del oxígeno, disminución de la calidad físico-química e hidrobiológica de los cuerpos de agua, alta carga mineral y de sedimentos, disminución de las poblaciones de peces (mortandad o ahuyentamiento) con la consecuente disminución del recurso pesquero para la población (habitantes) de la zona que tiene alta dependencia a este tipo recurso tanto para el sustento diario como para la comercialización del mismo.

7 RESULTADOS DEL SEGUIMIENTO

7.1 REQUERIMIENTOS

La empresa Mineros S.A. deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:

7.1.1 Requerimientos producto de este seguimiento:

7.1.1.1 Una vez sea notificado el acto administrativo que acoja el presente concepto técnico, Mineros S.A de manera inmediata deberá implementar y/o continuar los monitoreos hidrobiológicos para los grupos de las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton, zooplancton y peces en los sitios de la siguiente tabla cada 30 días hasta la mitad del segundo pico de lluvias del 2018, y correlacionar con los parámetros fisicoquímicos, de oxígeno disuelto, pH, Turbiedad, Conductividad, temperatura, Solidos suspendidos totales, nitrógeno total, fosforo total, contenido de materia orgánica, como mínimo; esta metodología buscará medir la diversidad de las comunidades hidrobiológicas y se solicita que se empleen métodos para medir abundancias y densidades con respecto al área, de las meta-poblaciones de peces. - Poza Sistema Sur.- Salida Norte Ciénaga sabalito.- Hondonada frente Puerto Arena.- Aguas arriba y abajo del Caño Sabalito.

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- Caño Guamo aguas Arriba del Jarillón.- Caño Guamo aguas Abajo del Jarillón.- Quebrada. San Pedro. - Caño oscuro.- Caño El Pital- Rio Nechí - Aguas arriba y abajo del sistema Sur y Norte.- Ciénaga El Socorro.- Ciénaga El Fangal.- Ciénaga El Piojo.- Ciénaga El Zarzal.- Ciénaga Los Moncholos.- Ciénaga Los Patos.- Ciénaga Hojarascal.- Ciénaga El Almendro.- Ciénaga Sampumoso.- Ciénaga El Pital.- Ciénaga El Fangal

Los resultados y análisis se deben presentar en un documento en un término de siete meses (donde se incluya los monitoreos realizados entre los meses de junio y noviembre de 2018). De acuerdo con los resultados y análisis obtenidos, la empresa deberá tomar medidas pertinentes con el objeto de mejorar el índice de diversidad de los grupos de las comunidades de macroinvertebrados, fitoplancton y zooplancton, peces (p.e. mejoramiento de ecosistemas por medio de revegetalización, manejo de la sedimentación generada por la contingencia, entre otros).

7.1.1.2 Una vez sea notificado el acto administrativo que acoja el presente concepto técnico, Mineros S.A de manera inmediata deberá iniciar actividades de repoblamiento de especies nativas de peces; los resultados se deben presentar en un documento en un término de siete meses contados a partir de la notificación del acto administrativo que acoja el presente concepto técnico, en el cual se establezcan indicadores de eficiencia de las acciones realizadas.

7.1.1.3 Mineros S.A. deberá implementar de manera inmediata medidas tendientes a mitigar o controlar olores ofensivos y generación de vectores por efecto de las aguas, sedimentos y materia orgánica en descomposición acumuladas, provenientes de la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018, en aquellas zonas cercanas a sitios de habitación de la comunidad en la vereda San Pedro en el municipio de Nechí. Presentar soportes en un término de cuatro meses.

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7.1.1.4 Mineros S.A. deberá realizar de manera inmediata el inventario de las familias y personas del área afectada por la contingencia presentada el 13 de mayo de 2018, en donde se indique cuáles han sido afectadas por la disminución de la oferta íctica y en cuáles se ha presentado dificultades para el aprovechamiento de recurso hídrico para el consumo doméstico. Presentar soportes en un término de cuatro meses.

7.1.1.5 Una vez sea notificado el acto administrativo que acoja el presente concepto técnico, Mineros S.A deberá de manera inmediata implementar y/o continuar acciones hacia las comunidades afectadas por la emergencia presentada por el rompimiento del jarillón perimetral, que garanticen soporte básico de alimentación y del recurso hídrico (según los resultados del inventario solicitados en el inventario requerido en el anterior numeral), hasta que se dé por finalizada la contingencia, considerando la recuperación a condiciones normales de las zonas de pesca de los habitantes del sector que fueron afectadas y de los cuerpos de agua del área de afectación que sean utilizados para consumo doméstico (en caso de presentarse dicha situación).

Las acciones y actividades realizadas se deben presentar en un término de cuatro meses.

7.1.1.6 Mineros S.A. deberá actualizar el plan de contingencia y presentarlo en un término de cuatros meses a partir de la notificación del acto administrativo que acoja el presente concepto técnico, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Decreto 2157 de 2017, en la Sección 2 Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las Entidades Públicas y Privadas. Artículo 2.3.1.5.2.1.-Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las Entidades Públicas y Privadas (PGRDEPP), Subsección 1 Formulación del Plan. Artículo 2.3.1.5.2.1.1.-Formulación del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las Entidades Públicas y Privadas (PGRDEPP).- (numerales 1 y 2), Subsección 5. Socialización y comunicación. Artículo 2.3.1.5.2.5.1.-Socialización y comunicación del PGRDEPP, Subsección 8 Revisión y ajuste. Artículo 2.3.1.5.2.8.1.-Revisión y ajuste del Plan, en el cual se debe contemplar lo siguiente:

1. El análisis y valoración de los riesgos.

La gestión del riesgo que deberá abordar los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riego y manejo de desastres. En este contexto, se deberán identificar:

i) Hechos, acciones y/o actividades generadoras de riesgo, que pueden conducir a la ocurrencia de efectos no previstos dentro del normal funcionamiento y desarrollo del proyecto, ii) medidas dirigidas a la reducción de la exposición a las amenazas y a la disminución de la vulnerabilidad de las personas, el ambiente y la infraestructura, y iii) acciones de manejo de desastres.

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El análisis y valoración de los riesgos deberá realizarse para cada una de las fases del proyecto (construcción, operación, mantenimiento, desmantelamiento y abandono); deberá ser cuantitativo para actividades que involucren el uso y manejo de sustancias peligrosas, explosivas, químicas y contaminantes, e hidrocarburos y sus derivados (combustibles, lubricantes y demás); y semicuantitativo para las demás actividades. En todos los casos se deben presentar los métodos utilizados y los resultados de los cálculos realizados para la valoración de los riesgos.

1.1 El PGRDEPP, deberá contemplar como mínimo lo siguiente:

1.1.1 CONOCIMIENTO DEL RIESGO

Como parte de la gestión del riesgo es necesario que exista un proceso de conocimiento del mismo, el cual debe incluir el análisis de las amenazas y de la vulnerabilidad de elementos expuestos, la identificación de escenarios de riesgo, la estimación de áreas de afectación, y el análisis y valoración del riesgo.

a. Identificación, caracterización, análisis y evaluación de amenazas

Se deberán identificar las amenazas (endógenas y exógenas), en cada una de las fases del proyecto (construcción, operación, mantenimiento, desmantelamiento y abandono), que puedan generar consecuencias sobre los elementos expuestos.

Las amenazas se deberán clasificar de la siguiente manera:

i. Amenazas de origen natural que puedan desencadenar riesgos directos e indirectos no previstos, que afecten al proyecto y que puedan generar consecuencias sobre el ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico).ii. Amenazas de origen antrópico (intencionales y no intencionales), que puedan afectar al proyecto y generar consecuencias sobre el ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico).iii. Amenazas de origen socio-natural que puedan afectar al proyecto y generar consecuencias sobre el ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico).iv. Amenazas operacionales que puedan afectar al ambiente (medios abiótico, biótico y socioeconómico).

Para el análisis se deben tener en cuenta:

i. Los equipos y/o actividades involucradas en cada una de las fases del proyecto.ii. El tipo de amenaza involucrada (natural, antrópica, socio-natural u operacional).iii. Los sucesos finales (p. e. sismos, incendios, derrames de sustancias nocivas o peligrosas, inundaciones).

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iv. Las posibles causas y frecuencias de falla; identificadas con base en experiencias a nivel nacional (o internacional en caso de no contar con información nacional).v. El análisis de la probabilidad de ocurrencia para cada amenaza identificada.

b. Identificación, caracterización, análisis y evaluación de la vulnerabilidad de elementos expuestos

Se deberán realizar análisis de la vulnerabilidad de elementos expuestos. La línea base ambiental del Plan de Manejo Ambiental será el punto de partida para la identificación de elementos expuestos y para la cuantificación de eventuales pérdidas o daños ambientales asociados a la materialización del riesgo. Este análisis debe tener en cuenta adicionalmente otros elementos expuestos que puedan verse afectados por un evento amenazante y/o que ya se vieron expuestos.

El análisis de vulnerabilidad deberá realizarse como mínimo sobre los siguientes elementos:

i. Asentamientos humanos.ii. Infraestructura pública.iii. Infraestructura productiva.iv. Bienes de interés cultural.v. Empresas e infraestructura que manejen sustancias peligrosas.vi. Áreas ambientalmente sensibles.

Se deberá presentar un mapa con la identificación de los elementos expuestos, a la escala más detallada posible en función del tipo de evento amenazante, y en el que se puedan visualizar los elementos afectados.

c. Identificación, caracterización, análisis y evaluación de escenarios de riesgo

Teniendo en cuenta las actividades del proyecto, la caracterización de su área de influencia y la evaluación de impactos ambientales, así como las contingencias ocurridas, se deberán identificar y caracterizar los escenarios bajo los cuales pueden materializarse riesgos derivados de amenazas de origen natural, incluyendo aquellas debidas a eventos extremos generados por la variabilidad climática; de amenazas de origen antrópico, ya sean intencionales o no intencionales; de amenazas socio-naturales que siendo de origen antrópico su detonante es un evento natural, o de amenazas operacionales producto de las actividades del proyecto, que desencadenen efectos no previstos, sobre las personas, la infraestructura y el ambiente.

d. Estimación de áreas de afectación

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i. Se deberán determinar las áreas de posible afectación, tanto directas como indirectas, para cada uno de los eventos amenazantes identificados en cada una de las fases del proyecto, definiendo y georreferenciando dichas áreas para los diferentes escenarios de riesgo identificados, con base en la vulnerabilidad de los medios abiótico, biótico y socioeconómico.ii. Se deberán presentar mapas de las áreas de afectación, a la escala más detallada posible, en función de su extensión.iii. Se deberán identificar áreas de alta consecuencia[1], las cuales se deben clasificar según su relación espacial con el proyecto en áreas de afectación directa y áreas de afectación indirecta (estas involucran rutas de derrame y/o de dispersión). Son ejemplos de áreas de alta consecuencia: áreas pobladas, vías fluviales, fuentes de agua para consumo humano, doméstico, áreas de actividades agrícolas y pecuarias, recreativas, industriales y de transporte; carreteras principales, vías férreas, acuíferos, ecosistemas sensibles y áreas protegidas (fauna y flora), entre otras.

e. Análisis y valoración del riesgo

Una vez identificadas las amenazas, endógenas y exógenas, y la vulnerabilidad de los elementos expuestos, se deberán realizar análisis que permitan a esta Autoridad conocer los riesgos que puedan afectar el proyecto, o que puedan generarse a causa de la operación del mismo. Se deben analizar el Riesgo individual y el Riesgo ambiental.

i. Se deberá describir detalladamente la metodología y los criterios utilizados para efectuar el análisis solicitado, así como justificar la selección de dicha metodología y criterios.ii. Se deberán presentar mapas de riesgos en los que la representación cartográfica de niveles de riesgo uniformes se debe realizar con el uso de curvas denominadas isocontornos de riesgo. La escala debe coincidir con la utilizada en los mapas de los análisis de amenazas y elementos expuestos vulnerables. iii. Se deberá indicar el nivel de aceptabilidad del riesgo; para ello se deberán realizar comparaciones con países que tengan definidas políticas en el tema de aceptabilidad del nivel de riesgo identificando en especial aquellos que tengan condiciones similares a las de Colombia.

1.1.2 REDUCCIÓN DEL RIESGO

Para la reducción del riesgo se deberán formular medidas que contemplen acciones de prevención y mitigación que se deben adoptar para disminuir las

[1] Las áreas de alta consecuencia deben ser definidas para el caso de proyectos que involucren sustancias químicas, contaminantes, residuos peligrosos, hidrocarburos y sus derivados; explosivos, entre otros, en los procesos de extracción, producción, transformación, almacenamiento, transporte, comercialización y disposición final. Para la identificación de las áreas de alta consecuencia densamente pobladas, deben tenerse en cuenta los lineamientos dados en la norma estadounidense CFR 195.45 y en la Norma Técnica Colombiana 5747, así como los datos del censo del DANE. Para la identificación de las demás áreas de alta consecuencia se deben tener en cuenta los lineamientos del Estándar API 1160.

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amenazas, la exposición y/o la vulnerabilidad de los elementos expuestos al riesgo, con el fin de evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de que el riesgo llegue a materializarse. Estas medidas deben ser formuladas en función de las diferentes fases y actividades del proyecto.

Se deberán establecer las políticas, estrategias y prácticas orientadas a prevenir y reducir los riesgos identificados, y a minimizar los efectos negativos. Las medidas de reducción del riesgo deben estar contempladas para las siguientes instancias:

a. Correctiva: para reducir el nivel de riesgo existente a través de acciones de mitigación, en el sentido de disminuir las condiciones de amenaza cuando sea posible y la vulnerabilidad de los elementos expuestos.b. Prospectiva: para garantizar que no surjan nuevas situaciones de riesgo y que se evite la implementación de intervenciones correctivas.

1.1.3 MANEJO DEL DESASTRE

Para el manejo del desastre se deberá formular un plan de contingencia, que contenga las medidas de prevención, control y atención ante potenciales situaciones de emergencia derivadas de la materialización de riesgos previamente identificados.

El plan de contingencia deberá incluir los siguientes planes:

a. Plan estratégico: debe contener los resultados del análisis del riesgo y las diferentes medidas de reducción y mitigación, e involucrar la definición de los diferentes niveles de respuesta ante la materialización de un riesgo.b. Plan operativo: debe establecer los procedimientos básicos de la atención o plan de respuesta a una contingencia, y definir los mecanismos de notificación, organización y funcionamiento para la eventual activación del plan de contingencia.c. Plan informático: debe establecer los protocolos relacionados con los sistemas de manejo de información y de logística, incluyendo datos como: i) teléfonos del personal involucrado en la respuesta ante una emergencia, tanto interno como externo, perteneciente a los diferentes consejos municipales y departamentales de gestión del riesgo, ii) planes de ayuda mutua, iii) listado de equipos disponibles para la atención de la emergencia, entre otros, requeridos a fin de que los planes estratégico y operativo sean eficientes.

2. El Plan de contingencia, también deberá contener:

i. Designación de las funciones.ii. Determinación de las prioridades de protección.iii. Definición de los sitios estratégicos para el control de contingencias, teniendo en cuenta las características de las áreas sensibles.iv. Establecer los procedimientos de respuesta a emergencias que permitan la rápida movilización de los recursos humanos y técnicos para poner en marcha las acciones inmediatas de la respuesta.

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v. Elaborar una guía de procedimientos que asegure una efectiva comunicación entre el personal que conforma las brigadas, las entidades de apoyo externo y la comunidad afectada.vi. Presentar el programa de entrenamiento y capacitación para el personal responsable de la aplicación del plan de contingencia.vii. Reportar los equipos específicos que son requeridos para atender las contingencias según los eventos de posible ocurrencia identificados.viii. Cartografiar las áreas de riesgo identificadas y la localización de los equipos necesarios para dar respuesta a las contingencias. En el caso de proyectos puntuales, las vías de evacuación de plantas, estaciones y otras instalaciones.ix. Presentar un programa de capacitación y divulgación sobre el plan de contingencia para el personal del proyecto, las comunidades identificadas como vulnerables y las entidades del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo que sea pertinente convocar, de acuerdo con la magnitud del riesgo identificado.

El plan de contingencia deberá estar articulado con los planes de contingencia municipal, departamental y regional, e incluir información reciente sobre la capacidad de respuesta, propia y de las entidades de atención de emergencias en la región.

En cumplimiento del presente artículo se deberá socializar y comunicar el PGRDEPP, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.1.5.2.5.1, permitiendo el desarrollo de los siguientes aspectos:

a. Incorporar los saberes locales para establecer el contexto.b. Formular una estrategia de comunicación efectiva del PGRDEPP.c. Establecer equipos multidisciplinarios para desarrollar e implementar estrategias de comunicación a la comunidad del área de influencia, entes territoriales, personal de la empresa, entre otros.d. Comunicar a la población de la empresa (interna) y del área de influencia (externa) los resultados del Plan y mecanismos de participación del mismo, en lo pertinente.

7.1.1.7 Mineros S.A. deberá adelantar el trámite de modificación del respectivo instrumento de manejo y control ambiental, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.2.3.7.1. y siguientes del Decreto 1076 de 2015, respecto a la instalación de la poza controlada, en el caso de considerar que requiere mantener dicha estructura.

7.1.1.8 Mineros S.A. deberá dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 2 de la Resolución 2767 del 27 de octubre de 2016, relacionado con los reportes de la atención de la contingencia hasta su finalización.

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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Fecha: 01/11/2016

Versión: 1

Código: SL-F-13CONCEPTO TÉCNICO

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Expediente: LAM0806

Concepto Técnico de seguimiento ambiental

Firmas:

GIOVANNI GARNICA BURGOSRevisor - Físico Biótico/Contratista

YANNETH MARCELA MELO MIRANDAProfesional Técnico/Contratista

MARIO ANDRES GARCIA MORABiólogo

EjecutoresMARIO ANDRES GARCIA MORABiólogo YANNETH MARCELA MELO MIRANDAProfesional Técnico/Contratista Revisor / L�derGIOVANNI GARNICA BURGOSRevisor - Físico Biótico/Contratista

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