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DCP-2500 MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACIÓN NÚMERO ° 7 5 5 • • - 21 NOV 2019 DE "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 de 28 de agosto de 2018, y Acta de Posesión de 28 de agosto de 2018 y, CONSIDERANDO: Que el Decreto 2893 de 2011, "Por el cual se modifican los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior", estableció la competencia de ésta Dirección así: "Artículo 16. Funciones de la Dirección de Consulta Previa. Son funciones de la Dirección de Consulta Previa las siguientes: 1. Dirigir en coordinación con las entidades y dependencias correspondientes, los procesos de Consulta Previa que se requieran de conformidad con la Ley. 2 Asesorar y dirigir, así como coordinar con las direcciones de asuntos indígenas, rom y minorías y asuntos para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas del Gobierno Nacional en materia de consulta previa y determinar su procedencia y oportunidad. Establecer directrices, metodologlas, protocolos y herramientas diferenciadas para realizar los procesos de consulta previa, de conformidad con lo establecido en la legalización sobre la materia. Realizar las visitas de verificación en las áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, a fin de determinar la presencia de grupos étnicos, cuando así se requiera. Expedir certificaciones desde el punto de vista cartogr - áfico, geográfico o espacial, acerca de la presencia de grupos étnicos en áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, obras o actividades que tengan influencia directa sobre estos grupos". í•J" Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 07 de octubre de 2019, el oficio con radicado externo EXTMI19-42159, complementado por el radicado externo EXTMI19- 43957 del 17 de octubre de 2019, por medio del cual la señora GIOVANNA ALEXANDRA ROMERO CRISTANCHO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.555.639, en calidad de apoderada general de la empresa FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP., SUCURSAL COLOMBIA, con NIT. 830126302-2, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en jurisdicción de los municipios REPÚBLICA DE COLOMBIA Página 1 de 6

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DCP-2500

MINISTERIO DEL INTERIOR

CERTIFICACIÓN NÚMERO ° 7 5 5 • • - 21 NOV 2019 DE

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 de 28 de agosto

de 2018, y Acta de Posesión de 28 de agosto de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 2893 de 2011, "Por el cual se modifican los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior", estableció la competencia de ésta Dirección así:

"Artículo 16. Funciones de la Dirección de Consulta Previa. Son funciones de la Dirección de Consulta Previa las siguientes:

1. Dirigir en coordinación con las entidades y dependencias correspondientes, los procesos de Consulta Previa que se requieran de conformidad con la Ley.

2 Asesorar y dirigir, así como coordinar con las direcciones de asuntos indígenas, rom y minorías y asuntos para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas del Gobierno Nacional en materia de consulta previa y determinar su procedencia y oportunidad.

Establecer directrices, metodologlas, protocolos y herramientas diferenciadas para realizar los procesos de consulta previa, de conformidad con lo establecido en la legalización sobre la materia.

Realizar las visitas de verificación en las áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, a fin de determinar la presencia de grupos étnicos, cuando así se requiera.

Expedir certificaciones desde el punto de vista cartogr-áfico, geográfico o espacial, acerca de la presencia de grupos étnicos en áreas donde se pretenda desarrollar proyectos, obras o actividades que tengan influencia directa sobre estos grupos".

í•J"

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 07 de octubre de 2019, el oficio con radicado externo EXTMI19-42159, complementado por el radicado externo EXTMI19-43957 del 17 de octubre de 2019, por medio del cual la señora GIOVANNA ALEXANDRA ROMERO CRISTANCHO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.555.639, en calidad de apoderada general de la empresa FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP., SUCURSAL COLOMBIA, con NIT. 830126302-2, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en jurisdicción de los municipios

REPÚBLICA DE COLOMBIA

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de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastian de Buenavista, San Zenón y Santa Ana, en el departamento del Magdalena, identificado con las siguientes coordenadas:

Magna Sirgas origen Central Ve alce Descripción Este Norte

1 Adquisicion Sísmica 3D 983697,8400 1559836,9800 2 Adquisicion Sísmica 3D 994282,5000 1552991,4600 3 Adquisicion Sísmica 3D 994325,2500 1536110,5500 4 Adquisicion Sísmica 30 988357,3900 1528485,6800 5 Adquisicion Sísmica 3D 971059,3000 1542461,5600 6 Adquisicion Sísmica 3D 971450,8200 1543989,1300

Fuente Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI19-42159 de 07 de octubre de 2019.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, ii) cuadro y archivo digital de las coordenadas donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en jurisdicción de los municipios de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastian de Buenavista, San Zenón y Santa Ana, en el departamento del Magdalena, iii) fotocopia de la cedula de ciudadanía de la solicitante, y, iv) fotocopia del certificado de existencia y representación legal de la empresa FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP., SUCURSAL COLOMBIA.

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en jurisdicción de los municipios de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastián de Buenavista, San Zenón y Santa Ana, en el departamento del Magdalena. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Agencia Nacional de Tierras 2019), ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Agencia Nacional de Tierras 2019), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías (Minlnterior 2019), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (MinInterior 2019), y) Base de datos de Consulta Previa (MinInterior 2019), vi) Fuentes de información secundaria (Alcaldías Municipales, MinCultura, ICANH, IGAC, DANE 2019).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 07 de noviembre de 2019, en el cual se estableció lo siguiente:

"ANTECEDENTES

En respuesta a la solicitud de presencia de comunidades étnicas mediante radicado EXTMI19-42159 del 07 de octubre de 2019 para el "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en los municipios de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pifiño del Carmen, San Sebastián de Buenavista, San Zenón y Santa Ana en el Departamento de Magdalena, solicitado por la señora Giovanna Alexandre Romero Cristancho, Gerente Senior de Responsabilidad Social Corporativa — FRONTERA ENERGY COLOMBIA CORP., SUCURSAL COLOMBIA, la Dirección de Consulta Previa del Ministerio de Interior hizo contacto telefónico para solicitar el detalle de las actividades que componen el proyecto.

Dado lo anterior y según EXTMI19-43957 del 17 de octubre de 2109 con el alcance de la información étnicas para el "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D" se emite el siguiente concepto:

Concepto técnico 1:

Se digitalizo en la base de datos de la Dirección de Consulta Previa las coordenadas del área aportada por el solicitante en coordenadas planas, origen Bogotá, Datum Magna — Sirgas, para el "BLOQUE VIM 22- ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D".

CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN "5 5 DE 21 NOV 2019

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 015 5 • • - DE 21 NOV 2019

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2019, lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción de los municipios de Ariguanl, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastián de Buenavista, San Zenón y Santa Ana, en el departamento de Magdalena, por lo tanto, es posible continuar con el trámite de la solicitud.

ACTIVIDADES (Aportadas mediante radicado EXTMI19-43957 del 17 de octubre de 2019)

La adquisición de datos sIsmico 3D del Bloque VIM 22 contemple las siguientes actividades:

Ene Pre-o • recio nal: Elaboración de las medidas de manejo ambiental (MMA). Inicia con etapa de socialización de la actividad con las comunidades y autoridades. Posteriormente se desarrolla la etapa de recolección de datos en campo para la apropiada caracterización del área de estudio. Finalizado el estudio se radica en la Corporación Autónoma regional Socialización del Preyecto de adquisición: después de haber radicado el MMA se inicia la etapa de socialización de la actividad de adquisidón con las autoridades y comunidades del área para divulgar los trabajos a realizar, identificar proveedores locales, surtir el trámite de selección de personal do acuerdo a la nerrnatividad vigente y acordar la inversión social Negociación de derechos de paso en paralelo con la socialización se inicia el acuerdo de derechos de paso con los propietarios de los terrenos donde se adquiere la sIsmica para poder realizar la actividad Campo base. dependiendo cla la estrategia operacional se define la ubicación del campo base dentro del area de operaciones en alguna finca, para lo cual se deben tener acuerdos tOrl el propietario.

EneS2Peracio n al; Movilización de equipos y personal. se movilizan los equipos y el personal "siafr requerido para el desarrollo de las actividades Topografía: corresponde ala localización de los caminos de paso donde se localizarán los puntos de fuentes do energia (puede ser sismigel o fuente con \libros) y los puntos do receptoras Perforación: en caso do adquirir la sísmica con fuente sismigel se perforan los pozos para introducir las cargas en los puntos inidalmente definidos. Si es fuente con Vibros esta etapa no aplica Registro: corresponde a la liase de registro de ha sísmica durante la cual se registra la Información da cada uno de lespumas fuentes Restauración; terminado el registro se procede a retirar del terreno todo tipo de material que se hubiera llevado a campo para la actividad operacional Fase p_ost-Operaclonali

Actas de vecindad con cada uno de los propietarios para certificar el cumplimiento de los acuerdos y de lo estipulado en el MMA 'Pago de proveedores Información a autoridades y comunidades sobre el cierre del proyecto

"Concepto técnico 2:

La certificación de presencia de comunidades étnicas, se genera a partir del análisis cartográfico y geográficol de dos escenarios2: el primero, es el contexto geográfico en el cual se desarrollan las actividades del Proyecto, Obra o Actividad (ROA), y el segundo, es el contexto geográfico en el cual una determinada comunidad étnica desarrolla sus prácticas sociales, económicas, ambientales y/o culturales que constituyen la base de su cohesión social. Es así que cuando los dos escenarios coinciden en un mismo espacio llámese cartográfico y/o geográfico, se determina presencia de una comunidad étnica, en razón a que puede ser susceptible de posibles afectaciones directas derivadas de la ejecución de las actividades del proyecto.

Para determinar la presencia de comunidades étnicas en el POA, la Dirección de Consulta Previa realiza el procedimiento descrito a continuación:

Verifica que la información aportada por el solicitante cumpla con los requisitos para adelantar el trámite correspondiente;

Identifica las actividades a desarrollar para el Proyecto, Obra o Actividad objeto de análisis que han sido señaladas por el peticionario;

Identifica el área específica objeto de intervención aportada por el solicitante; Consulta las siguientes bases de datos institucionales de comunidades étnicas para

identificar aquellas que posiblemente sean susceptibles de ser afectadas por el desarrollo del Proyecto, Obra o Actividad.

j'Entendido el análisis geográfico como el estudio de las relaciones que se tejen entre individuos, naturaleza y sociedad en un espacio y tiempo determinado, haciendo uso de técnicas asociadas a la ubicación y distribución de fenómenos geográficos. Estas relaciones pueden ser de orden político, social, económico, cultural y pueden crear, modificar y transformar el espacio donde se desarrollan.

2 Decreto 2893 de 2011, articulo 16, numeral 5.

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Nombre Detalle de la Información Consultada Fuente Año Base cartográfica de Resguardos Indígenas constituidos.

-Información cartográfica -Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de constitución de Resguardos -Estudios socioeconómicos

AGENCIA NACIONAL DE2019 TIERRAS

Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos.

-Información cartográfica -Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de constitución de Consejos Comunitarios -Estudios socioeconómicos

AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS 2019

Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías

-Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de Inscripción en el registro de la Dirección de Comunidades Indígenas -Estudios etnológicos

MININTERIOR ( id Servor NAS-02-Mijnascen 02) 2019

Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras.

-Bases de datos alfanuméricas -Resoluciones de Inscripción en las bases de datos de la Dirección de Comunidades Negras

http://sidacn.mininterior.go v.co/DACN/Consultas/Con sultaResolucionesOrgCons ejoPublic

2019

Base de datos de Consulta Previa

-Bases de datos alfanuméricas de Actos Administrativos emitidos -Bases de datos cartográfica de Actos Administrativos emitidos -Informes de verificación -Información cartográfica de visitas de verificación -Archivo institucional

MININTERIOR 2019

Fuentes de información secundaria

Registro local de comunidades Localización de comunidades Población Caracterización socioeconómica Estudios etnológicos Caracterización Cartográfica Caracterización Geográfica

Alcaldías Municipales, Ministerio de Cultura, Instituto Colombiano de Antropología e Historia ICANH, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Departamento de Estadística DANE

2019

Realiza el análisis cartográfico, correspondiente al análisis de topografía, hidrografía,

vías de acceso, división político administrativa e infraestructura social, entre otros, existentes en el contexto territorial del Proyecto, Obra o Actividad y de las comunidades étnicas que sudan del análisis anterior (paso 4);

En caso de identificar comunidades étnicas susceptibles de ser afectadas por el

desarrollo del Proyecto, Obra o Actividad, se realiza el análisis geográfico consistente en identificar las zonas de asentamientos, usos y costumbres, tránsito y movilidad; el contexto territorial y las relaciones que se dan en ese entorno;

Realiza el análisis geográfico del proyecto, consistente en el estudio de las relaciones que se tejen entre individuos, naturaleza y sociedad en un espacio y tiempo determinado, haciendo uso de técnicas asociadas a la ubicación y distribución de fenómenos geográficos. Estas relaciones pueden ser de orden político, social, económico, cultural y pueden crear, modificar y transformar el espacio donde se desarrollan;

Realiza el análisis geográfico y establece si hay coincidencia entre los contextos

geográficos del proyecto y la comunidad étnica. Como resultado surgen tres eventos, así: i) si existe coincidencia se emite un concepto que concluirá que se registra presencia de

comunidades étnicas; ii) si no existe coincidencia se emite un concepto que concluirá que no se registra presencia de comunidades étnicas; fii) si la información no permite determinar la coincidencia, se deberá realizar visita de verificación en campo 3.

Para el caso concreto se determinó lo siguiente:

Que el "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D" se localiza en jurisdicción de los municipios de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastián de Buenavista, San Zenón y Santa Ana en el Departamento de Magdalena.

3 Decreto 2893 de 2011, articulo 16, numeral 4.

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Que el desarrollo del proyecto de adquisición sísmica referido por el ejecutor esta referenciado en tres etapas: (1) Pre-operacional (2) Operacional y (3) Post operacional, a ser desarrollado con personal del staff de la empresa y dentro del polígono referenciado, es decir que las actividades del proyecto son consideradas técnicas, locales, temporales y de uso controlado - no invasivo con el medio ambiente.

Que consultadas las bases de datos de comunidades étnicas, tanto geográficas como alfanuméricas, no se identificaron comunidades sobre las cuales deba adelantarse el análisis del contexto geográfico respecto al desarrollo de las actividades del Proyecto BLOQUE VIM 22- ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D.

Por consiguiente, se determina que no se registra presencia de comunidades étnicas en el área del "BLOQUE VIM 22- ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D".

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no se registra presencia de Comunidades Indígenas, en el área del proyecto: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en jurisdicción de los municipios de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastián de Buenavista, San Zenón y Santa Ana, en el departamento del Magdalena, identificado con las siguientes coordenadas:

Magnasirgas origen Central,

Vertice Descrpci6n Este Nórte 1 Adquisicion Sísmica 3D 983697,8400 1559836,9800 2 Adquisicion Sísmica 3D 994282,5000 1552991,4600 3 Adquisicion Sísmica 3D 994325,2500 1536110,5500 4 Adquisicion Sísmica 3D 988357,3900 1528485,6800 5 Adquisicion Sísmica 3D 971059,3000 1542461,5600

6 Adquisicion Sísmica 3D 971450,8200 1543989,1300

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI19-42159 de 07 de octubre de 2019.

SEGUNDO. Que no se registra presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en jurisdicción de los municipios de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastián de Buenavista, San Zenón y Santa Ana, en el departamento del Magdalena, identificado con las siguientes coordenadas:

MagnaSirgasorlgçn Centra

gVertke:.! piejié2olá .2!!!!: Este Norte 1 Adquisicion Sísmica 3D 983697,8400 1559836,9800 2 Adquisicion Sísmica 3D 994282,5000 1552991,4600 3 Adquisicion Sísmica 3D 994325,2500 1536110,5500 4 Adquisicion Sísmica 3D 988357,3900 1528485,6800 5 Adquisicion Sísmica 3D 971059,3000 1542461,5600 6 Adquisicion Sísmica 3D 971450,8200 1543989,1300

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI19-42159 de 07 de octubre de 2019.

TERCERO. Que no se registra presencia de Comun'dades Rom, en el área del proyecto: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN DE DATOS SÍSMICOS 3D", localizado en jurisdicción de los municipios de Ariguaní, Astrea, Nueva Granada, Pijiño del Carmen, San Sebastian de Buenavista, San Zenón y Santa Ana, en el departamento del Magdalena, identificado con las siguientes coordenadas:

PgnASitiát>:.áriáélehniéáLl, Vertíca - e'iclip

. Es

1 Adquisicion Sísmica 3D 983697,8400 1559836,9800 2 Adquisicion Sísmica 3D 994282,5000 1552991,4600 3 Adquisicion Sísmica 3D 994325,2500 1536110,5500 4 Adquisicion Sísmica 3D 988357,3900 1528485,6800 5 Adquisicion Sísmica 3D 971059,3000 1542461,5600 6 Adquisicion Sísmica 3D 971450,8200 1543989,1300

Fuente: Sum

2,1 NOV 2019 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 7 55 • • -

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0 755 . _ 21 NOV 2019 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE

CUARTO. Que específicamente entregadas por 07 de octubre de octubre de 2019, SÍSMICOS 3D", Granada, Puiño departamento del

QUINTO. Los efectos derecho fundamental presente certificación SISMICOS 3D", Granada, Pijiño departamento del confiere potestades funciones de la Asuntos para materia de registro

SEXTO. Contra deberá interponerse diez (10) días conformidad con Procedimiento

la información sobre la cual se expide la presente certificación para las coordenadas y las características técnicas

el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI19-42159, 2019, complementado por el radicado externo EXTMI19-43957

para el proyecto: "BLOQUE VIM 22 - ADQUISICIÓN localizado en jurisdicción de los municipios de Ariguaní,

del Carmen, San Sebastián de Buenavista, San Zenón y Santa Magdalena, identificado con las siguientes coordenadas:

aplica relacionadas y

del del 17 de

DE DATOS Astrea, Nueva

Ana, en el

de 2019.

al ejercicio del objeto de la DE DATOS

Astrea, Nueva Ana, en el alguno, ni

ni sustituye las la Dirección de

Palenqueras en

el cual dentro de los Dirección, de

(Código de

Magna Sirgas origen Central Vertice Descripción Este Norte

1 Adquisicion Sísmica 3D 983697,8400 1559836,9800 2 Adquisicion Sísmica 30 994282,5000 1552991,4600 3 Adquisicion Sísmica 3D 994325,2500 1536110,5500 4 Adquisicion Sísmica 3D 988357,3900 1528485,6800 5 Adquisicion Sísmica 3D 971059,3000 1542461,5600 6 Adquisicion Sísmica 3D 971450,8200 1543989,1300

Fuente: Suministrada por el solicitante;

del presente a la consulta para el proyecto:

localizado en jurisdicción del Carmen, San

Magdalena. En prerrogativas

Dirección de asuntos Comunidades Negras,

de comunidades

el presente acto por escrito

siguientes a ella, lo establecido

Administrativo y de

COM

LUIS F Di

radicado

acto

Sebastián tal sentido,

distintas

étnicas.

en la diligencia a la

en el articulo

, o

'-

RNANDO -ctor de

previa

Indígenas,

administrativo

lo Contencioso

externo

de "BLOQUE

de los de

a

Raizales,

notificación

:h. Y

administrativo las

Buenavista, no reconoce las que

Rom

procede

76 de

.. BASTID

EXTMI19-42159

VIM municipios

Afrodescendientes

de notificación

Administrativo).

NO FIQUESE

de 07 de octubre

se circunscriben comunidades étnicas

22 - ADQUISICIÓN de Ariguaní,

San Zenón y Santa derecho adicional

aquí se enuncian; Minorías ni de

y

el recurso de reposición, personal,

por aviso, ante esta la Ley 1437 de 2011

S REYES revia Consulta

. FIRMA n 1 FIRMA --2

Elaboró: Robe o Armando Castañeda Lozan Elaboró concepto técn o: Maribel Rincón García.

FIRMA FIRMA

Revisión Técnica: Alfonso Jiménez. L ificaciones Revisión Juridica: Angélica María Esquivel. Área de Certificaciones

EXTMI19- 42159 EXTMI19- 43957 T.R.D. 2500.225.44

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