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2014/25M1 58 MODIFICAT Nº3 A LA URBANITZACIÓ DEL SECTOR DE CAN MONTMANY DE MAS PASSOLES: DIVISIÓ DE LA URBANITZACIÓ EN DUES FASES AL MUNICIPI DE CORBERA DE LLOBREGAT DOCUMENT N 4.- PLEG DE CONDICIONS

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  • 2014/25M1 58 MODIFICAT Nº3 A LA URBANITZACIÓ DEL SECTOR DE CAN MONTMANY

    DE MAS PASSOLES: DIVISIÓ DE LA URBANITZACIÓ EN DUES FASES AL MUNICIPI DE CORBERA DE LLOBREGAT

    DOCUMENT N 4.- PLEG DE CONDICIONS

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    DE MAS PASSOLES: DIVISIÓ DE LA URBANITZACIÓ EN DUES FASES AL MUNICIPI DE CORBERA DE LLOBREGAT

    ÍNDICE 1. ASPECTOS GENERALES 1.1 OBJETO, ALCANCE Y DISPOSICIONES GENERALES

    1.1.1 Objeto 1.1.2 Ámbito de aplicación 1.1.3 Instrucciones, normas y disposiciones aplicables

    1.2 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS 1.2.1 Descripción general de la obra

    1.2.1.1 Explanación y obras preparatorias 1.2.1.2 Drenaje 1.2.1.3 Muro de escollera 1.2.1.4 Alumbrado público 1.2.1.5 Firmes y pavimentos

    2. MATERIALES BÁSICOS 2.1 TUBOS 2.2 TUBOS DESTINADOS A DRENAJE

    2.2.1 Tubos de polietileno (PE), de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U), y de polipropileno 2.2.1.1 Definiciones 2.2.1.2 Materiales 2.2.1.3 Características 2.2.1.4 Clasificación y dimensiones 2.2.1.5 Marcaje 2.2.1.6 Recepción y control de calidad

    2.3 TUBOS PARA LA CONDUCCIÓN DE CABLES 2.3.1 Definición 2.3.2 Materiales 2.3.3 Clasificaciones físicas y mecánicas 2.3.4 Dimensiones 2.3.5 Suministro y almacenamiento 2.3.6 Marcaje 2.3.7 Recepción y control de calidad 2.3.8 Medición y abono

    2.4 GEOTEXTILES 2.4.1 Definición 2.4.2 Características generales

    2.4.2.1 Naturaleza del geotextil 2.4.2.1.1 Masa por unidad de superficie 2.4.2.1.2 Grosor 2.4.2.1.3 Durabilidad 2.4.2.1.4 Propiedades mecánicas

    2.4.3 Transporte y almacenamiento 2.4.4 Recepción y control de calidad 2.4.5 Medición y abono 2.4.6 Especificaciones técnicas y distintivos de calidad

    3. EXPLANACIÓN Y OBRAS PREPARATORIAS 3.1.-SUELOS ESTABILIZADOS IN SITU 4. DRENAJE 4.1 ZANJAS DRENANTES

    4.1.1 Definición 4.1.2 Materiales 4.1.3 Ejecución de las obras 4.1.4 Medición y abono

    4.2 RELLENOS LOCALIZADOS DE MATERIAL DRENANTE 4.2.1 Definición 4.2.2 Materiales 4.2.3 Ejecución de las obras

    4.3 GEOTÈXTILS COMO ELEMENTOS DE SEPARACIÓN Y DE FILTRO 4.3.1 Definición y campo de aplicación 4.3.2 Materiales

    4.3.2.1 Criterios mecánicos 4.3.2.2 Criterio de retención 4.3.2.3 Criterio hidráulico 4.3.2.4 Criterio de durabilidad

    4.3.3 Ejecución de las obras 4.3.3.1 Colocación como filtro en sistema de drenaje

    4.3.4 Limitaciones de la ejecución 4.3.5 Control de calidad 4.3.6 Medición y abono

    5. MUROS DE ESCOLLERA 5.1 DEFINICIÓN 5.2 MATERIALES 5.3 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 5.4 CONTROL DE CALIDAD 5.5 MEDICIÓN Y ABONO 6. ALUMBRADO PÚBLICO 7. FIRMES Y PAVIMENTOS

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    1. ASPECTOS GENERALES

    1.1 OBJETO, ALCANCE Y DISPOSICIONES GENERALES 1.1.1 Objeto El presente pliego de prescripciones técnicas particulares tiene por objeto en primer lugar estructurar la organización general de la obra; en segundo lugar, fijar las características de los materiales a utilizar; igualmente, establecer las condiciones que se han de cumplir en el proceso de ejecución de la obra; y por último, organizar el modo y manera en que se han de realizar las mediciones y abonos de las obras. 1.1.2 Ámbito de aplicación El presente pliego se aplicará a todas las obras necesarias para la construcción del proyecto de “PATOLOGIES I PROPOSTA DE REPARACIÓ DE LA FASE Nº 1 A LA URBANITZACIÓ DEL SECTOR DE CAN MONTMANY DE MAS PASSOLES AL MUNICIPI DE CORBERA DE LLOBREGAT Cabe destacar que continúa siendo válido el Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto inicial (Modificado parcial del texto refundido del Proyecto de Urbanización de la unidad de actuación de Can Montmany de Mas Passoles en Corbera de Llobregat), ampliándose a los materiales y procesos constructivos no incluidos en aquel. 1.1.3 Instrucciones, normas y disposiciones aplicables. a) GENERAL Serán de aplicación, en su caso, como supletorias y complementarias, las normas contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto inicial (MODIFICADO PARCIAL DEL TEXTO REFUNDIDO DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE CAN MONTMANY DE MAS PASSOLES EN CORBERA DE LLOBREGAT), las contenidas en este Pliego, las Disposiciones y sus anejos, siempre y cuando no modifiquen a lo que en él se especifica. Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes PG. 3/75, aprobado por O.M. de 6 de febrero de 1976, con las modificaciones y ampliaciones aprobadas, introducidas en su artículo por: O.M. de 31 de julio de 1986 (B.O.E. del 5 de septiembre): - 516 “Hormigón compactado” O.C. 297/88T, de 29 de marzo de 1988: - 533 “Tratamientos superficiales mediante riegos con gravilla” O.M. de 28 de septiembre de 1989 (B.O.E. del 9 de octubre): - 104 “Desarrollo y control de las obras” O.M. de 27 de diciembre de 1999 - 200 “Cal por estabilización de tierras” (sustituye 200 “Cal aérea” y 201 “Cal hidráulica”) - 202 “Cementos” - 210 “Alquitranes” (se deroga) - 211 “Betunes asfálticos” - 212 “Betunes fluidificados por riegos de imprimación” (ampliación de “Betunes asfálticos fluidificados”) - 213 “Emulsiones bituminosas” (antes “Emulsiones asfálticas”) - 214 “Betunes fluxados” (nuevo) - 215 “Betunes asfálticos modificados con polímeros” (nuevo) - 216 “Emulsiones bituminosas modificadas con polímeros” (nuevo) O.C. 5/2001 de 24 de mayo de 2001, Riegos auxiliaste, mezclas bituminosas y pavimentos de hormigón. - 530 “Riegos de imprimación - 531 “Riegos de adherencia”

    - 532 “Riegos de curado” - 540 “Lechadas bituminosas” - 542 “Mezclas bituminosas en caliente” - “Mezclas bituminosas discontinuas en caliente para capas de rodadura” - “Pavimentos de hormigón vibrado” O.M. de 13-2-02 (BOE 6-3-02): Derogado: - 240 “Barras lisas para hormigón armado” - 241 “Barras corrugadas para hormigón armado” - 242 “Mallas electro soldadas” - 244 “Torzales para hormigón pretensado” - 245 “Cordones para hormigón pretensado” - 246 “Cables para hormigón pretensado” - 247 “Barras para hormigón pretensado” - 250 “Acero laminado para estructuras metálicas” - 251 “Acero laminado resistente a la corrosión para estructuras metálicas” - 252 “Acero forjado” - 253 “Acero moldeado” - 254 “Aceros inoxidables para aparatos de apoyo” - 260 “Bronce a emplear en apoyos” - 261 “Desplumo a utilizar en juntas y apoyos” - 281 “Aireantes a utilizar en hormigones” - 283 “Plastificantes a utilizar en hormigones” - 287 “Poliestireno expandido” - 620 “Productos laminados para estructuras metálicas” Revisado: - 243 “Alambres para hormigón pretensado” - 248 “Accesorios para hormigón pretensado” - 280 “Agua a utilizar en morteros y hormigones” - 285 “Productos filmógenos de curado” - 610 “Hormigones” Nuevo: - 240 “Barras corrugadas para hormigón estructural” - 241 “Mallas electro soldadas” - 242 “Armaduras básicas electro soldadas en celosía” - 244 “Cordones de dos “2” o tres “3” alambres para hormigón pretensado” - 245 “Cordones de siete “7” alambres para hormigón pretensado” - 246 “Tendones para hormigón pretensado” - 247 “Barras de pretensado” - 281 “Aditivos a utilizar en morteros y hormigones” - 283 “Adiciones a utilizar en hormigones” - 287 “Poliestireno expandido para empleo en estructuras” - 610A “Hormigones de alta resistencia” - 620 “Perfilas y chapas de acero laminado en caliente, para estructuras metálicas” Orden FOM 1382/02, de 16 de mayo de 2002. Modifica: - 300 "Desbroce del terreno" - 301 "Demoliciones"

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    - 302 "Escarificación y compactación" - 303 "Escarificación y compactación del firme existente" - 304 "Prueba cono supercompactador" - 320 "Excavación de la explanación y préstamos" - 321 "Excavación en zanjas y pozos" - 322 "Excavación especial de taludes en roca" - 330 "Terraplenes" - 331 "Pedraplenes" - 332 "Rellenos localizados" - 340 "Terminación y refino de la explanada" - 341 "Refino de taludes" - 410 "Arquetas y pozos de registro" - 411 "Imbornales y sumideros" - 412 "Tubos de acero corrugado y galvanizado" - 658 "Escollera de piedras sueltas" - 659 "Fábrica de gaviones" - 670 "Cimentaciones por pilotes hincados a percusión" - 671 "Cimentaciones por pilotes de hormigón armado moldeados "in situ" - 672 "Pantallas continuas de hormigón armado moldeadas "in situ" - 673 "Tablestacados metálicos" Nuevos artículos: - 290 "Geotextiles" - 333 "Rellenos todo-uno" - 400 "Cunetas de hormigón ejecutadas en obra" - 401 "Cunetas prefabricadas" - 420 "Zanjas drenantes" - 421 "Rellenos localizados de material drenante" - 422 "Geotextiles como elemento de separación y filtro" - 675 "Anclajes" - 676 "Inyecciones" - 677 "Jet grouting" Deroga: - 400 "Cunetas y acequias de hormigón ejecutadas en obra" - 401 "Cunetas y acequias prefabricadas de hormigón" - 420 "Drenas subterráneos" - 421 "Rellenos localizados de material filtrante" - 674 "Cimentaciones por cajones indios de hormigón armado O.C. 10/2002 de 30 de septiembre de 2002, sobre secciones y capas estructurales de firme: - 510 “Zahorras” - 512 “Suelos estabilizados in situ” - 513 “Materiales tratados con cemento (suelo cemento y grava cemento)” - 551 “Hormigón magro vibrado” b) FIRMES - Normativa 6.1-I.C. “Secciones de firme de la Instrucción de Carreteras” aprobada el 28 de Noviembre de 2003. - Normativa 6.3-I.C. “Rehabilitación de firmes” aprobada por orden ministerial el 28 de Noviembre de 2003.

    - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales por Obras de Conservación de Carreteras (PG-4), aprobado por la orden circular 8/2001 de 18 de enero de 2002. - Nota de servicio sobre la dosificación de cemento en capas de firme y pavimento, de 12 de junio de 1989. - Nota de servicio sobre capas tratadas con cemento (suelo-cemento y graba-cemento), de 13 de mayo de 1992. - Orden circular 308/89 CyE “Sobre recepción definitiva de obras”, de 8 de septiembre de 1989. - Nota de servicio complementaria de la O.C. 308/89 CyE “Sobre recepción definitiva de obras”, de 9 de octubre de 1991. - Instrucción para la recepción de calas en obras de estabilización de suelos RCA/92, aprobado por la orden circular de 18 de diciembre de 1992. - Orden circular 24/2008 sobre el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de carreteras y puentes (PG-3). Artículos: 542 –Mezclas bituminosas en caliente tipo hormigón bituminoso y 543 –Mezclas bituminosas para capas de rodadura. Mezclas drenantes y discontinuas. c) ESCOLLERAS - Recomendaciones para el diseño y construcción de muros de escollera en obras de carreteras”, editada por el Ministerio de Fomento. (1998) - “Guía para el proyecto y ejecución de muros de escollera en obras de carretera”, editada por el Ministerio de Fomento. (Junio de 2006) - “Guía de cimentaciones en obras de carretera”, editada por el Ministerio de Fomento. (Junio de 2009) d) DRENAJE - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones. Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (1986). - Guía Técnica sobre Redes de Saneamiento y Drenaje Urbano. Cedex / Mº de Fomento /Mº Medio Ambiente (Junio 2007). - CPD 89/106/CEE: Directiva Europea de Productos de Construcción. - Real Decreto 1630/1992 por el que se dictan las disposiciones para la libre circulación de productos de construcción en aplicación de la directiva 89/106/CEE. - Marcado CE. Los tubos y accesorios plásticos para la conducción de agua están sujetos a las disposiciones de la Directiva Europea de Productos de Construcción (CPD 89/106/CEE). Las normas armonizadas donde deben recogerse todos los aspectos relativos al cumplimiento de estos productos con las exigencias de dicha directiva aún no han sido implementadas. Por lo tanto, actualmente los tubos y accesorios plásticos para la conducción de agua no pueden ni deben llevar el Marcado CE. Una vez sean publicadas estas normas y referenciadas en el Diario Oficial de la Unión Europea se iniciará un periodo de coexistencia de 2 años donde convivirán tubos y accesorios con Marcado CE y sin Marcado CE. Solamente concluido este periodo de tiempo, todos los tubos y accesorios plásticos comercializados en la Unión Europea deberán llevar el Marcado CE.

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    1.2 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS 1.2.1 Descripción general de la obra La reparacion de las siguientes patologias GRUP Nº1-PREVIS-NETEJA D’OBRA I MARGES DE PARCEL·LES PATOLOGIA Nº1: VEGETACIÓ DE LES PARCEL·LES QUE INVADEIX LES VORERES PATOLOGIA Nº2: BRUTÍCIA A VORERES I CALÇADES PATOLOGIA Nº3: BRUTÍCIA A EMBORNALS I INTERCEPTADORS GRUP Nº2-REPARACIÓ DE PAVIMENTS DE VORERES PATOLOGIA Nº4: PAVIMENT DE PANOT SENSE BEURADA PATOLOGIA Nº5: PAVIMENT DE PANOT EN MAL ESTAT ,TRENCATS O MANCA DE PANOT PATOLOGIA Nº6: VORADES EN MAL ESTAT O TRENCADES GRUP Nº3-REPARACIÓ DE SENYALITZACIÓ VERTICAL PATOLOGIA Nº7A: SENYAL COMPLETA COL·LOCADA INCORRECTAMENT PATOLOGIA Nº7B: PAL DE SENYAL COL·LOCAT INCORRECTAMENT PATOLOGIA Nº7C: PLACA DE SENYAL EN MAL ESTAT PATOLOGIA Nº7D: FALTA PLACA DE SENYAL A PAL EXISTENT GRUP Nº4-REPARACIÓ DE PAVIMENTS DE CALÇADES PATOLOGIA Nº8A: REPARACIÓ D’ESQUERDES A LES CALÇADES PATOLOGIA Nº8B: REPARACIÓ DE FLONJALLS A LES CALÇADES PATOLOGIA Nº8C: REPOSICIÓ DE PAVIMENTS A LES CALÇADES GRUP Nº5-CANVI DE TAPES DE PERICÓ PATOLOGIA Nº9: PERICÓ D’INSTAL·LACIÓ DE TELÈFON AMB TAPA D’ENLLUMENAT GRUP Nº6-REALITZACIÓ DE MURS D’ESCOLLERA PER EVITAR LLISCAMENTS PATOLOGIA Nº10A: MURS DE CONTENCIÓ TIPUS ESCULLERA GRUP Nº7-COMPACTAR EL TERRENY AMB TERRA + CAL PER EVITAR LLISCAMENTS PATOLOGIA Nº10B: COMPACTACIÓ DEL TERRERY AMB TERRA + CAL PER EVITAR LLISCAMENTS GRUP Nº8-SUBSTITUCIÓ DE FANALS D’ENLLUMENAT PÚBLIC PATOLOGIA Nº11: SUBSTITUCIÓ DE PAL DE FANALS GRUP Nº9-CANVI D’ALÇADES ALS POUS DE SANEJAMENT PATOLOGIA Nº12: PUJAR POUS PER ANIVELLAR-LOS AMB EL NOU FERM GRUP Nº10-RETIRAR APLEC DE MATERIAL PATOLOGIA Nº13A: RETIRADA DE TUBS SITUATS DINS D’UNA PARCEL·LA Ø2,00m x 3,00m PATOLOGIA Nº13A: RETIRADA DE TUBS SITUATS DINS D’UNA PARCEL·LA Ø2,00m x 0,60m GRUP Nº11-REALITZACIÓ DE PAVIMENTS DE CALÇADES (FALTA LA CAPA DE BASE) PATOLOGIA Nº14: AFEGIR NOVA CAPA DE RODAMENT A LA CALÇADA GRUP Nº12-RETALLAR TALUDS PER EVITAR DESPRENIMENTS PATOLOGIA Nº15: DESPRENIMENTS DE PEDRES EN LES VORES DELS CARRERS GRUP Nº13-REPARACIÓ DE PAVIMENT DEL CARRIL BICI PATOLOGIA Nº16: REPARACIÓ DE CARRIL BICI 1.2.1.1 Explanación y obras preparatorias. Todas las obras vienen definidas en el documento núm. 2: Planos, y se ejecutarán de acuerdo con aquello que en ellos se indica, conforme a las especificaciones de estas Prescripciones Técnicas y a las órdenes e instrucciones que dicte el Director de las Obras. Las obras de explanación comprenden: - Replanteo de todas las operaciones y materialización de referencias topográficas.

    - El desbroce de toda la zona comprendida dentro de los límites de la explanación, incluso la tala de árboles y lo extracción de troncos. - La demolición de los elementos de urbanización dentro del ámbito de la obra. - La eliminación de todos los materiales inservibles dentro de los límites de explanación. - Todos los accesos y caminos de servicio interior, necesarios para la ejecución de las obras. - El movimiento de tierras necesario para conformar la explanada de las calles. Estas obras incluyen todos los desmontes en la traza o préstamos autorizados, transporte de los materiales utilizables a su lugar de utilización y de aquellos que no lo son, a vertedero, preparación de la superficie de asentamiento, formación de rellenos, acabados y perfilado de taludes y construcción de la explanada mejorada. - Cuántas operaciones sean necesarias para acabar la obra en las condiciones de calidad y con las tolerancias definidas a los documentes del Proyecto. - Limpieza y retirada de elementos auxiliares y restos de obra. 1.2.1.2 Drenaje. En el presente proyecto el drenaje proyectado es de tipo subterráneo, formado por capas de gravas filtro y canalizaciones de drenaje. Estos recogen las aguas de infiltración procedentes del terreno y las conducen a la red de saneamiento o los cauces naturales. La ejecución de estas obras comprende: - Replanteo y materialización de referencias topográficas. - Los caminos de accesos necesarios para la ejecución de las obras. - Excavación y acondicionamiento de las obras de entrada y salida y retirada de los productos excavados. - Ejecución de las obras de conexión a las redes existentes e interconexión entre los sistemas de drenaje. - Excavación, en todo caso, de la zanja para la colocación de los tubos y retirada de los productos excavados. - Suministro, transporte y colocación de los tubos según la tipología de proyecto y el posterior relleno de la zanja con los materiales prescritos. - Cuántas operaciones se necesiten para acabar las obras en las condiciones de calidad y con las tolerancias definidas a los documentos del proyecto. - Retirada y limpieza de todos los elementos auxiliares y restos de obra. - Acondicionamiento del terreno. - Conservación de la obra ejecutada hasta su recepción provisional. - Todas las obras necesarias para asegurar el correcto drenaje provisional de las aguas interceptadas mientras se realiza la obra definitiva. 1.2.1.3 Muro de escollera Su ejecución comprende las siguientes operaciones: - Replanteo y materialización de referencias topográficas. - Los caminos de accesos necesarios para la ejecución de las obras. - Preparación de la superficie de soporte de la escollera - Colocación de una capa de filtro (geotextil) - Excavación, carga y transporte del material pétreo que constituye la escollera - Hormigonado de la cimentación del muro - Vertido y colocación del material - La limpieza y retirada de elementos auxiliares y restos de obra.

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    1.2.1.4 Alumbrado público - Cuántas operaciones sean necesarias para acabar la obra en las condiciones de calidad y con las tolerancias definidas a los documentos del Proyecto. - La limpieza y retirada de elementos auxiliares y restos de obra. Comprende la retirada de los puntos de luz y el cableado afectados por la reparación de las calles y la reposición de los mismos (suministro y la instalación de luminarias y sus soportes, con sus equipos eléctricos necesarios, incluyendo lámparas, reactancias, condensadores, y el resto de accesorios que sean necesarios para su perfecto funcionamiento, así como las obras de fábrica y hormigón necesario para su sostén). En las redes de distribución, se incluye el extendido de los cables de suministro en zanjas o tubulares preparadas al efecto en los casos de alimentación subterránea y el extendido y colocación de aquellas partes que tengan que situarse en el exterior y de forma aérea, incluyendo los dispositivos y accesorios necesarios para garantizar un perfecto aislamiento, así como las conexiones y soportes correspondientes. Comprenden todas las cajas o armarios que se prevean para garantizar una fácil maniobra de encendida y apagón, así como la necesaria protección de los elementos eléctricos de la red y seguridad en caso de averías y contactos a elementos conductores de luminarias o soportes de equipos contadores y medidas. Comprende el conjunto de pruebas que se juzgan necesarias para la comprobación de las instalaciones en su aspecto fotométrico, eléctrico, mecánico, químico, para asegurar la puesta a punto del sistema de alumbrado. El Contratista está obligado a cumplir cuántas leyes, disposiciones, estatutos, etc. rijan las relaciones laborales, en vigor, o que de ahora en adelante se dicten. 1.2.1.5 Firmes y pavimentos. Calzada. El pavimento de calzada se corresponde con la tipología de firme flexible. El firme es de tipo flexible y constituido por las capas siguientes:

    NOTA.-EL HORMIGON SERA HM-20 La ejecución de estas obras comprende: - Replanteo y materialización de referencias topográficas. - Preparación de la superficie existente. - Fabricación, tendido y compactación de las capas granulares y bituminosas. - Riegos de curado, adherencia e imprimación. - Hormigonado de la base de acera - Colocación de loseta hidráulica y rejuntado de las piezas con mortero. - Cuántas operaciones se necesiten para acabar las obras en las condiciones de calidad y con las tolerancias definidas en los documentos del Proyecto. - Limpieza y retirada de elementos auxiliares y restos de obra.

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    2. MATERIALES BÁSICOS

    En este capítulo se especifican las propiedades y características que han de tener los materiales que se utilizarán en la obra. En el caso que algún material o característica no hayan quedado suficientemente definidos, tendrá que suponerse que es el de mayor calidad que exista en el mercado dentro de su clase, y que tendrá que cumplir la normativa técnica vigente. 2.1 TUBOS 2.2 TUBOS DESTINADOS A DRENAJE Se incluyen en este artículo los tubos que tienen la finalidad de transportar agua a lámina libre por gravedad o de drenar el agua de un terreno, y que generalmente se utilizan en conducciones soterradas. 2.2.1 Tubos de polietileno (PE), de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U), y de Polipropileno 2.2.1.1 Definiciones Se incluyen en este apartado los tubos de pared compacta y los de pared estructurada de polietileno (PE), de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) y de polipropileno (PP). Se entiende por tubo de pared compacta aquel elemento que tiene la misma composición/formulación en toda la pared. El tubo de pared estructurada es aquel que tiene una estructura basada en una capa interna y otra externa compactas entre las cuales se introduce material en forma de espuma o con nervios. Se define como diámetro nominal (DN) el número redondeado convenientemente para utilizarse como referencia y es equivalente, en el caso de tubos de pared compacta, al diámetro exterior (OD) de fabricación cuando este se expresa en milímetros. En el caso de tubos de pared estructurada, el DN puede referirse al diámetro exterior (OD) o en el interior (ID) según fabricante. Por lo tanto, cuando se utilice tubos de pared estructura, en el Proyecto tendrá que quedar indicado si el diámetro nominal hace referencia al diámetro exterior (OD) o en el interior (ID). 2.2.1.2 Materiales Los materiales considerados en este Artículo son el polietileno (PE) y el policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) para tubos de pared compacta, y el polietileno (PE), el policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) y el polipropileno (PP) para tubos de pared estructurada. El polietileno (PE) es un polímero termoplástico conformado por unidades repetitivas de etileno. El material de base cumplirá las especificaciones establecidas a la UNE-EN 12666 en el caso tubos de pared compacta para función de colector, a la UNE-EN 13476 en el caso de tubos de pared estructurada para función de colector, y a la UNE 53994 en el caso de función de dren. El policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) es un polímero elaborado por adición junto con una resina que resulta de la polimerización del cloruro de vinilo. El material de base cumplirá las especificaciones establecidas en la UNE-EN 1401 en el caso tubos de pared compacta para función de colector, a la UNE-EN 13476 en el caso de tubos de pared estructurada para función de colector, y a la UNE 53994 en el caso de función de dren. El polipropileno (PP) se un polímero termoplástico, parcialmente cristalino que se obtiene de la polimerización del propileno. Tiene una gran resistencia a varios disolventes químicos, así como a álcalis y ácidos. El material de base cumplirá las especificaciones establecidas a la UNE-EN 13476. Todo aquello que se dispone en este apartado se entenderá sin perjuicio del establecido al Real decreto 1630/1992 (modificado por el Real decreto 1328/1995), por el cual se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo

    referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se seguirá aquello establecido en su artículo 9. 2.2.1.3 Características A) Características generales aplicables a tubos con función de dren o de colector Para todo tipo de tubos, ya sean drenes o colectores, las superficies interna y externa de los tubos y de los accesorios observadas a simple vista tendrán que estar limpias y sin defectos que perjudiquen su funcionamiento (no tienen que presentar estrías, burbujas, impurezas, poros visibles u otras irregularidades). Los extremos de los tubos, tendrán que tener un acabado limpio y perpendicular al eje longitudinal dentro de la zona de corte indicada por el fabricante. En el caso de tubos en forma helicoidal que cuando se cortan los bordes se vuelven afiladas, estas tendrán que estar redondeadas. Los tubos descritos en este apartado 2.2.1.1 se clasifican según su rigidez anular, definida como la resistencia a la deformación por aplastamiento transversal a corto plazo bajo cargas externas, determinada de acuerdo con la UNE-EN ISO 9969. La expresión SN-ɸ indica una rigidez anular igual o superior a ɸ kN/m2, tal como lo establece esta Norma. Así se prevén tubos de clase SN-2, SN-4, SN-8 y SN-16. B) Características generales aplicables a tubos con función de colector Los tubos de pared compacta de PE tendrán que cumplir todas las prescripciones indicadas a la UNEEN 12666 y, en particular, en cuanto al índice de fluidez en masa, su resistencia a la presión interna, estabilidad térmica y retracción longitudinal. Los tubos de pared compacta de PVC-U tendrán que cumplir todas las prescripciones indicadas en la UNE-EN 1401 y, en particular, en cuanto a la resistencia al diclorometano, la temperatura de reblandecimiento Vicat, la retracción longitudinal, y la resistencia al impacto. Los tubos de pared estructurada de PVC-U, PP y PE tendrán que cumplir todas las prescripciones indicadas a la UNE-EN 13476 y, en particular, en cuanto a la resistencia a la presión interna, el índice de fluidez en masa, la estabilidad térmica, la retracción longitudinal, la resistencia al impacto, la flexibilidad anular y la fluencia. Por último, las embocaduras, las uniones y los accesorios de estos tubos serán según la UNE-EN 12666 para los tubos de pared compacta de PE, según la UNE-EN 1401 para los tubos de pared compacto de PVC-U y según la UNE-EN 13476 para los tubos de pared estructurada. C) Características particulares aplicables a tubos con función de dren Los tubos utilizados como drenes tendrán que cumplir todas las prescripciones de la UNE 53994. Del mismo modo, estos tubos pueden ser perforados o acanalados. Los perforados podrán ser totalmente perforados (sistema TP), semiperforados (sistema SP) o mixtos (sistema MP). Las perforaciones para la entrada de agua tendrán que tener forma de ranura. Las ranuras tendrán que ser perpendiculares al eje longitudinal. La anchura de las ranuras tendrá que estar comprendida entre 0,8 mm y 1,4 mm. Para los tubos con un diámetro nominal superior a los 355 mm, se permite una anchura de hasta 3,5 mm, siempre que se tenga en cuenta en la elección del filtro. Las mediciones se realizarán con un calibre o instrumento apropiado. Los tubos del sistema TP tendrán que tener perforaciones en todo su perímetro, con un mínimo de 4 hileras de ranuras o perforaciones. Los tubos de sistema SP tendrán que tener las perforaciones distribuidas en la zona de los riñones y la llave de la sección transversal, con un ángulo comprendido entre 205º y 270º. Los tubos del sistema MP tendrán que tener las perforaciones distribuidas únicamente en la zona de llave de la sección transversal, con un ángulo comprendido entre 105º y 135º en la zona de la generatriz superior del tubo. Para los tubos que no sean circulares no es válido el sistema TP. Para facilitar la correcta colocación de los tubos de los sistemas SP y MP, estos tubos tendrán que tener una marca indeleble a la generatriz superior de los mismos, salvo que por su forma o aspecto se pueda identificar claramente.

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    La superficie de perforaciones de los tubos de los sistemas MP, TP y SP, establecida de acuerdo con la UNE 53994, habrá de ser como mínimo de 18 cm2/m. En caso de tubos acanalados (AP), los canales tendrán que ser tres, adyacentes, y ocupar, en conjunto, aproximadamente la mitad de la circunferencia del tubo. El plan de simetría del canal central coincidirá con la llave del tubo. Según la UNE 53994, los tubos para drenaje también son clasificados en dos series, drenaje normal (ND) y drenaje especial (ED), en función de su rigidez anular y de su resistencia al impacto. Esta misma norma, recomienda la elección de la serie a utilizar según el siguiente criterio: • Uso de la serie ND solamente para profundidades de soterramiento comprendidas entre 0,80 m y 2,50 m (medidos desde la superficie del terreno hasta la llave del tubo) sin carga de tránsito. • Uso de la serie ED en caso de cargas que superen los requisitos de drenaje normal. 2.2.1.4 Clasificación y dimensiones A) Tubos con función de colector En la Tabla 2.2.1 se especifican las dimensiones nominales relativas al diámetro exterior (DN/OD) para los tubos de PE de pared compacta.

    En la Tabla 2.2.2 se especifican las dimensiones nominales relativas al diámetro exterior (DN/OD) para los tubos de PVC-U de pared compacta.

    Los tubos de pared estructurada se podrán clasificar de la siguiente manera: • Tubos de tipos A, cuando tienen la superficie interna y externa lisas. Existen dos subgrupos: - Tipo A1, cuando la capa externa e interna están conectadas por nervios axiales o por una capa de material termoplástico (espuma o no). - Tupis A2, cuando la capa externa e interna están conectadas por nervios en forma radial o helicoidal. • Tubos de tipos B, cuando tienen la superficie interna lisa y la superficie externa anular perfilada o helicoidal vacía o sólida. Además, las dimensiones nominales relativas a los tubos de pared estructurada son las especificadas en la Tabla 2.2.3.

    B) Tubos con función de dren De acuerdo con la UNE 53994, los tubos para drenaje se clasifican, según su sección transversal, en: • Tubos circulares (identificados con el símbolo C). • Tubos con bóveda (identificados con el símbolo A). Para los tubos circulares se definen 4 tipos: • Tipo C1: tubos circulares con pared exterior e interior corrugada (Tabla 2.2.4).

    • Tipo C2: tubos circulares con pared exterior corrugada e interior lisa (Tabla 2.2.5). • Tipo C3: tubos circulares con pared exterior e interior lisa (Tabla 2.2.6). • Tipo C4: tubos circulares con pared exterior e interior tramada (Tabla 2.2.7). Para los tubos con bóveda se definen 2 tipos: • Tipo A1: tubos con bóveda con base plana y pared interior corrugada en la zona de las generatrices superior y laterales del tubo (Tabla 2.2.8). • Tipo A2: tubos con bóveda con base plana y pared interior lisa (Tabla 2.2.9). Las combinaciones recogidas en la UNE 53994 son las indicadas en las siguientes tablas.

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    2.2.1.5 Marcaje Los tubos de pared compacta de PE tendrán que estar marcados en intervalos máximos de un metro (1 m), como mínimo una vez por tubo. El marcaje mínimo requerido, de acuerdo con la UNE-EN 12666 contendrá la siguiente información: referencia a la mencionada Norma, código del área de aplicación, nombre del fabricante y/o marca comercial, dimensión nominal, espesor mínimo de pared o serie SDR, material, rigidez anular nominal e información del fabricante. Los tubos de pared compacta de PVC-U tendrán que estar marcados a intervalos máximos de dos metros (2 m), como mínimo una vez por tubo. El marcaje mínimo requerido, de acuerdo con la UNEEN 1401 contendrá la siguiente información: referencia a la mencionada Norma, código del área de aplicación, nombre del fabricante y/o marca comercial, dimensión nominal, espesor mínimo de pared o SDR, material, rigidez anular nominal, información del fabricante y prestaciones en clima frío. Los tubos de pared estructurada tendrán que estar marcados en intervalos máximos de dos metros (2m), como mínimo un golpe por tubo. El marcaje mínimo requerido, de acuerdo con la UNE EN 13476 contendrá la siguiente información: referencia a la mencionada Norma, dimensiones nominales, nombre del fabricante y/o marca comercial, clase de rigidez, flexibilidad anular, material, código de área de aplicación, información del fabricante, resistencia al impacto y clase de tolerancia estrechada. Los tubos con función de dren tendrán que estar marcados en intervalos máximos de seis metros (6m), como mínimo un golpe por tubo. El marcaje mínimo requerido, de acuerdo con la UNE 53994, contendrá la siguiente información: nombre del fabricante y/o marca comercial, material, diámetro nominal, tipo y serie del tubo, año de fabricación y referencia a la mencionada Norma. En cualquier caso, los tubos traerán un marcaje CE en conformidad con el que disponen los Reales decretos 1630/1992 de 29 de diciembre y 1328/1995 de 28 de julio.

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    2.2.1.6 Recepción y control de calidad En la recepción en obra del material, se comprobará que sus dimensiones son las especificadas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Se seguirá, en todo caso, aquello dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción. La garantía de calidad de los tubos empleados en la obra será exigible en cualquier circunstancia al Contratista adjudicatario de las obras. El control de calidad incluye tanto las comprobaciones en la recepción de los elementos como la comprobación de los elementos acopiados. Los productos sólo podrán ser aprobados si los valores exigidos por este Pliego de Prescripciones Técnicas Generales y por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto corregidos por sus tolerancias quedan garantizados. Una vez aprobados por la Dirección de Obra, todos y cada uno de los valores nominales corregidos por sus tolerancias pasarán a ser valores exigibles y su incumplimiento puede dar lugar al rechazo de lotes o partidas sin perjuicio de las responsabilidades legales correspondientes. Los tubos tendrán que disponer de una hoja de ensayos subscrita por un laboratorio acreditado, o por otro laboratorio de ensayos u organismo de control o certificación acreditado de un Estado miembro de la Unión Europea o que sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en base a las prescripciones técnicas correspondientes, se tendrán en cuenta los resultados de los ensayos que se han realizado en el correspondiente Estado miembro y no se repetirán innecesariamente los mismos ensayos. Por eso, los laboratorios en cuestión tendrán que ofrecer unas garantías razonables y satisfactorias en cuanto a su calificación técnica y profesional y a su independencia (por ejemplo, según la EN 45000). Además, el suministro se acompañará de un certificado de garantía del fabricante, firmado por una persona física. Además de las prescripciones anteriores, cuando la Dirección de Obra lo considere conveniente, se llevarán a cabo los ensayos necesarios para la comprobación de las características que estime necesarias, de las especificadas en el presente Artículo. La Dirección de Obra indicará las medidas a adoptar en el supuesto de que los tubos no cumplan alguna de las especificaciones establecidas en el presente Artículo. 2.3 TUBOS PARA LA CONDUCCIÓN DE CABLES 2.3.1 Definición Este apartado hace referencia a los tubos destinados, principalmente, a la función de contener directamente cables de conducciones eléctricas o de comunicaciones. 2.3.2 Materiales Todo aquello que se dispone en este apartado se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Real decreto 1630/1992 (modificado por el Real decreto 1328/1995), por el cual se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se seguirá aquello establecido a su artículo 9. Los tubos utilizados serán de polietileno (PE) o policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U). No obstante, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares podrá establecer otros tipos de material a utilizar. 2.3.3 Clasificaciones físicas y mecánicas Los tubos serán de pared exterior lisa o corrugada y de pared interior lisa para favorecer el deslizamiento de los cables. Tienen que presentar un aspecto homogéneo y estar exentos de irregularidades internas y externas. Según las propiedades mecánicas, la clasificación de los tubos para conducción de cables es la siguiente:

    - Según la resistencia a compresión, se clasifican en: • Tipo 250: con una resistencia a compresión obtenida al ensayo previsto a la UNE 61386-24 superior a 250 N. • Tipo 450: con una resistencia a compresión obtenida en el ensayo previsto a la UNE 61386-24 superior a 450 N. • Tipo 750: con una resistencia a compresión obtenida en el ensayo previsto a la UNE 61386-24 superior a 750 N. Los tubos tipos 250 están previstos para ser instalados con precauciones especiales y los tipos 450 y 750 son previstos para ser instalados sin precauciones adicionales. - Según la resistencia al impacto se clasifican en ligeros (L) y normales (N) según el ensayo de impacto previsto a la UNE 61386-24. Este Pliego sólo prevé el uso de tubos flexibles según la UNE 61386-24 (que pueden ser curvados con la mano con una fuerza razonablemente débil y que está destinado a ser curvado frecuentemente). Aparte de aquello establecido en este apartado, los tubos, las piezas de unión y los otros accesorios cumplirán aquello establecido a la UNE 61386-24. 2.3.4 Dimensiones Los tubos se denominan por su diámetro nominal, que corresponde a su diámetro exterior. En la Tabla 2.2.10 se presentan los diámetros exteriores e interiores y sus tolerancias, para tubos para conducción de cables.

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    2.3.5 Suministro y almacenamiento Los tubos se suministrarán en barras o en bovinas. Las barras tendrán una longitud mínima de 3 m, y las bovinas una longitud mínima de 25 m. El transporte se tiene que realizar en vehículos con el suelo horizontal, de superficie lisa y exenta de elementos punzantes que puedan malograr los tubos. El lugar destinado a su almacenamiento tendrá que estar suficientemente nivelado y enrasado. Cuando se prevean largas duraciones de almacenamiento en zonas de alta radiación solar, se protegerán los tubos del sol cubriéndolos con lonas que permitan el paso del aire. 2.3.6 Marcaje El marcaje mínimo requerido, de acuerdo con la UNE-EN 61386-24, contendrá la siguiente información: nombre del fabricante, marca de identificación del producto, tipo de resistencia a la compresión (tipo 250, 450 o 750) y código de clasificación según la resistencia al impacto (L o N). 2.3.7 Recepción y control de calidad En la recepción en obra del material, se comprobará que sus dimensiones son las especificadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Los tubos para la conducción de cables tendrán que disponer de una hoja de ensayos subscrita por un laboratorio acreditado, o por otro laboratorio de ensayos u organismo de control o certificación acreditado de un Estado miembro de la Unión Europea o que sea parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en base a las prescripciones técnicas correspondientes. Los laboratorios en cuestión tendrán que ofrecer unas garantías razonables y satisfactorias en cuanto a su calificación técnica y profesional y a su independencia (por ejemplo, según la EN 45000). Además, el suministro se acompañará de un certificado de garantía del fabricante, firmado por una persona física.

    Se seguirá, en todo caso, aquello dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción. El control de calidad incluye tanto las comprobaciones en la recepción de los elementos como la comprobación de los elementos acopiados. Además de las prescripciones anteriores, cuando la Dirección de Obra lo considere conveniente, se llevarán a cabo los ensayos necesarios para la comprobación de las características que estime necesarias, de las especificadas al presente Artículo. 2.3.8 Medición y abono La medición y abono de estos materiales se realizarán de acuerdo con lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares para la unidad de obra de la que formen parte. Los acopios, los tubos se abonarán por metros linéales (m) realmente acopiados únicamente en el caso de paralización o resolución de la obra. Normas de referencia • UNE 61386-24. Sistemas de tubos para la conducción de cables. Parte 24: Requisitos particulares. Sistemas de tubos soterrados bajo tierra. • UNE 53994. Tubos y accesorios de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U) y polietileno (PE) para drenaje sepultado en obras de edificación e ingeniería civil. • UNE 127916. Tubos y piezas complementarias de hormigón en masa, cemento armado y hormigón con fibra de acero. • UNE-EN 1401. Sistemas de canalización en materiales plásticos para saneamiento enterrado sin presión. Policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U). • UNE-EN 1916. Tubos y piezas complementarias de hormigón en masa, cemento armado y hormigón con fibra de acero. • UNE-EN 12666. Sistemas de canalización en materiales plásticos para evacuación y saneamiento sepultado sin presión. Polietileno (PE). • UNE-EN 13476. Sistemas de canalización en materiales plásticos para evacuación y saneamiento soterrado sin presión. Sistemas de canalización de pared estructurada de policloruro de vinilo no plastificado (PVC-U), polipropileno (PP) y polietileno (PE). • UNE-EN ISO 9969. Tubos de materiales termoplásticos. Determinación de la rigidez anular. 2.4 GEOTEXTILES 2.4.1 Definición Geotextil Material textil plano, permeable, polimérico (sintético o natural) que puede ser no tejido, tricotado o tejido, y que se emplea en ingeniería civil en contacto, tanto con suelos como con otros materiales para aplicaciones geotécnicas. Geotextil no tejido Geotextil en forma de lámina plana, con fibras, filamentos u otros elementos orientados regular o aleatoriamente, unidos químicamente, mecánicamente o por medio de calor, o combinación de ellos. Pueden ser de fibra cortada o de filamento continuo. Dependiente de la técnica empleada en la unión de sus filamentos, pueden ser: • Ligados mecánicamente. • Ligados térmicamente o termosoldados. Ligados químicamente. Geotextiles no tejidos, ligados mecánicamente La unión es mecánica, y en ella un gran número de agujas provistas de espigas atraviesan la estructura en un movimiento alterno rápido. Geotextiles no tejidos, ligados térmicamente

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    La unión entre los filamentos se consigue por calandrado (acción conjugada de calor y presión). Geotextiles no tejidos, ligados químicamente La unión entre sus filamentos se consigue mediante una resina. Geotextil tricotado Geotextil fabricado por el entrelazado de hilos, fibras, filamentos u otros elementos. Geotextil tejido Geotextil fabricado al entrelazar, generalmente en ángulo recto, dos o más conjuntos de hilos, fibras, filamentos, cintas u otros elementos. Dirección de fabricación (dirección de la máquina) Dirección paralela a la de fabricación de un geotextil. (Por ejemplo, para geotextiles tejidos es la dirección de la urdimbre). Dirección perpendicular a la de fabricación La dirección, en el plano del geo textil perpendicular a la dirección de fabricación. (Por ejemplo en geotextiles tejidos, es la dirección de la trama). Lo que no quede aquí expuesto, relativo a vocabulario y definiciones, se seguirá aquello indicado a la UNE-EN ISO 10318. 2.4.2 Características generales 2.4.2.1 Naturaleza del geotextil 2.4.2.1.1 Masa por unidad de superficie La masa por unidad de superficie se relaciona con la uniformidad del geotextil e indirectamente con el resto de las características del mismo. La masa por unidad de superficie se medirá según la UNE ENISO 9864. 2.4.2.1.2 Grosor El grosor del geotextil está condicionado por la presión aplicada sobre él. El grosor de los geotextiles se medirá según la UNE-EN ISO 9863-1. 2.4.2.1.3 Durabilidad La durabilidad es la propiedad por la cual el geotextil mantiene sus características con el paso del tiempo y se tendrá que evaluar en el caso de usar el geotextil en un ambiente que se pueda considerar agresivo física, química o bacteriológicamente. La durabilidad de los geotextiles se evalúa como la reducción medida en tanto por ciento de los valores de as propiedades iniciales, una vez que el geotextil ha sido sometido, de acuerdo con la UNE-EN 12226, a la acción de los agentes físicos, químicos y bacteriológicos a los cuales previsiblemente tendrá que estar sometido. Excepto indicación en contra del Proyecto, las Normas de aplicación serán: UNE-EN 12224 para la resistencia a la intemperie; UNE-EN 14030 para la resistencia a la degradación química en ambientes agresivos; UNE-EN 12225 para la resistencia a agentes biológicos; UNE-EN 12447 para la resistencia a la hidrólisis y UNE-EN ISO 13438 para la resistencia a la oxidación, mientras que esta norma provisional y experimental no sea sustituida por la correspondiente Norma UNE-EN. 2.4.2.1.4 Propiedades mecánicas La resistencia a la tracción (carga máxima) y el alargamiento (en el punto de carga máxima) de los geotextiles, se evaluarán mediante el ensayo de la UNE-EN ISO 10319. Este parámetro mide la resistencia de un geotextil bajo una carga estática, mediante un ensayo tipo CBR que se realizará según la UNE-EN ISO 12236. Este parámetro mide la resistencia de un geotextil a las cargas dinámicas, mediante un ensayo por caída de cono que se realizará según la UNE-EN ISO 13433.

    Este parámetro mide la deformación de un geotextil al aplicar una carga en tracción constante con el tiempo y se evaluará según la UNE-EN ISO 13431. Per a determinar las propiedades hidráulicas se evaluarán los siguientes parámetros: • Permeabilidad normal al plano (permitividad sin carga), según la UNE-EN ISO 11058. • Permeabilidad al plano (transmisividad), según la UNE-EN ISO 12958. • Diámetro eficaz de poro O90, según la UNE-EN ISO 12956. 2.4.3 Transporte y almacenamiento Los geotextiles se suministrarán, normalmente, en bobinas o rollos. Estos llevarán un embalaje opaco para evitar el deterioro por la luz solar, e irán debidamente identificados y etiquetados según la UNEEN ISO 10320. De acuerdo con esta, cada rollo o unidad vendrá marcado, al menos, con: • Datos del fabricante y/o suministrador. • Nombre del producto. • Tipo del producto. • Identificación del rollo o unidad. • Demasiado sucia nominal del rollo o unidad, en kilogramos (kg). • Dimensiones del rollo o unidad desempaquetado. (Del material, no del paquete) • Masa por unidad de superficie, en gramos por metro cuadrado (g/m2), según la UNE-EN ISO 9864. Principal(s) tipo de polímero(s) empleado(s). El nombre y el tipo del geotextil estarán estampados de manera visible e indeleble en el propio geotextil a intervalos de cinco metros (5 m), tal como indica la referida norma, para que este pueda ser identificado una vez eliminado el embalaje opaco. Es recomendable que queden igualmente estampadas la partida de producción y la identificación del rollo o unidad. De cada rollo o unidad se tendrá que indicar también la fecha de fabricación. En el transporte, carga y descarga se comprobará que no se produzcan daños mecánicos en las capas exteriores de los rollos (punzadas, cortes, etc.). El almacenamiento en obra se realizará en lugares lisos, secos, limpios y exentos de objetos cortantes y punzantes. No se almacenará ningún rollo o fracción que haya resultado dañado o no esté adecuadamente identificado por resultar una fracción demasiado corta o se haya deteriorado el marcaje original. Para almacenamiento del material de duración mayor a quince días (15 d), se respetarán escrupulosamente las indicaciones del fabricante, especialmente en cuanto a la protección frente a la acción directa de los rayos solares, mediante techo o mediante tapado con lonas ancladas o sujetas. En el momento de la colocación, la Dirección de Obra ordenará la eliminación de las capas más exteriores de los rollos, si estas muestran síntomas de deterioro y, al resto, podrá exigir los ensayos necesarios para asegurar su calidad. No se colocará ningún rollo o fracción que, en el momento de su instalación, no resulte identificado por su marcaje original. Se seguirá, en todo caso, aquello dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productos de construcción. 2.4.4 Recepción y control de calidad Todo aquello que se dispone en este Artículo se entenderá sin perjuicio del establecido al Real decreto 1630/1992 (modificado por el Real decreto 1328/1995), por el cual se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, se seguirá aquello establecido a su Artículo 9. La garantía de calidad de los geotextiles empleados en la obra será exigible en cualquier circunstancia al Contratista adjudicatario de las obras.

  • 2014/25M1 71 MODIFICAT Nº3 A LA URBANITZACIÓ DEL SECTOR DE CAN MONTMANY

    DE MAS PASSOLES: DIVISIÓ DE LA URBANITZACIÓ EN DUES FASES AL MUNICIPI DE CORBERA DE LLOBREGAT

    El control de calidad incluye tanto las comprobaciones en la recepción de los elementos como la comprobación de los elementos acopiados y de la unidad acabada o instalada. El Contratista propondrá a la Dirección de Obra el tipo de material a utilizar, así como las características técnicas de este material. En estas características técnicas tendrán que figurar tanto los valores nominales como sus tolerancias. Los productos sólo podrán ser aprobados si los valores exigidos por este Pliego de Prescripciones Técnicas Generales y por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto quedan garantizados por estos valores nominales corregidos por sus tolerancias. Una vez aprobados por la Dirección de Obra, todos y cada uno de los valores nominales corregidos por sus tolerancias pasarán a ser valores exigibles y su incumplimiento puede dar lugar al rechazo de lotes o partidas sin perjuicio de las responsabilidades legales correspondientes. La comunicación anterior tendrá que ir acompañada del certificado acreditativo del cumplimiento de los requisitos reglamentarios y/o del documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad al que se hace referencia en el apartado 290.6 de este Artículo. A la entrega de cada suministro se aportará un albarán con documentación aneja, conteniendo, entre otros, los siguientes datos: nombre y dirección de la empresa suministradora, fecha de suministro, identificación de la fábrica que ha producido el material, identificación del vehículo que lo transporta, cantidad que se suministra y designación de la marca comercial, certificado acreditativo del cumplimiento de los requisitos reglamentarios y/o documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad, si se dispusiera, de cada suministro. Se comprobará la marca o referencia de los elementos acopiados, con objeto de verificar que se corresponden con la clase y calidad comunicada previamente a la Dirección de Obra, según se ha especificado en este apartado. Los criterios que se describen a continuación, para realizar el control de calidad de los acopios no serán de aplicación obligatoria en aquellos elementos a los cuales se aporta el documento acreditativo de la homologación de la marca, sello o distintivo de calidad, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la Dirección de Obra, de exigir la comprobación, en cualquier momento, de las características exigibles del material y de su instalación. Con objeto de garantizar la trazabilidad de las obras, antes de iniciar la instalación de los materiales, se comprobará su calidad, según se especifica en este Artículo, a partir de una muestra representativa de los elementos acopiados. La presa y preparación de muestras se realizará conforme a la UNE-EN ISO 9862. La Dirección de Obra además de disponer de la información de los ensayos anteriores podrá, siempre que lo considere oportuno, identificar y verificar la calidad de los elementos que se encuentren acopiados. Los acopios que hayan sido realizados y no cumplan alguna de las condiciones especificadas, en los Artículos que le sean de aplicación, tanto de este Pliego de Prescripciones Técnicas Generales como del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto, serán rechazados. Podrán presentarse a una nueva inspección, exclusivamente cuando el suministrador, a través del Contratista, acredite que todos los defectos han sido corregidos. Las nuevas unidades, en cualquier caso, serán sometidas de nuevo a los ensayos de control. Las características técnicas que sean exigibles al geotextil según lo especificado en este Pliego de Prescripciones Técnicas Generales o en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto y en todo caso las relativas a masa por unidad de superficie (UNE-EN ISO 9864 ), resistencia a tracción y alargamiento bajo carga máxima (UNE-EN ISO 10319), y perforación dinámica por caída de cono (UNE-EN ISO 13433) y cualquier otra que la Dirección de Obra desee verificar, serán comprobadas según el procedimiento que se describe a continuación. Se definirá un lote de material que se aceptará o rechazará en bloque. El lote corresponderá a elementos de una misma partida, marca, clase y uso, y nunca estará compuesto por más de treinta (30) rollos ni por más de diez mil metros cuadrados (10.000 m2) de material.

    Se elegirán al azar cinco (5) rollos o unidades sobre los cuales, escogidas y preparadas las muestras conforme a la UNE-EN ISO 9862, se harán los ensayos que correspondan a las características a comprobar. Para que el lote sea aceptado se tendrán que cumplir simultáneamente las características siguientes: • El valor medio obtenido es mejor que el exigido. • Hay, como máximo, una muestra con valor peor que la exigida y, en todo caso, la desviación no supera el cinco por ciento (5%) del mismo. En el caso de no cumplirse alguna, o las dos, de estas condiciones el lote completo será rechazado y devuelto. La Dirección de Obra podrá, en todo momento, exigir, por el procedimiento indicado, la comprobación de cualquier de las características técnicas del producto que le fueron comunicadas por el Contratista al inicio de la obra y aceptar o rechazar, consecuentemente, los lotes correspondientes. Se entiende, en este caso, que el valor exigido es aquel que corresponde al valor nominal del producto corregido de la tolerancia, según las características que el Contratista envió para su aprobación mediante la Dirección de Obra. A la recepción del producto se comprobará el peso bruto de cada rollo y se podrá rechazar todo aquel que tenga un peso bruto inferior al nominal del mismo. Se comprobará así mismo, por el procedimiento de lotes antes indicado, al menos, la masa por unidad de superficie según la UNE-EN ISO 9864. El Contratista facilitará a la Dirección de Obra, diariamente, un informe de ejecución de obra en el cual tendrán que figurar, al menos, los siguientes conceptos: • Fecha de instalación. • Localización de la obra. • Clave de la obra. • Cantidad de elementos instalados, por tipos. • Fecha de fabricación de los elementos instalados. • Ubicación de los elementos instalados. • Observaciones e incidencias que pudieran influir en las características y/o durabilidad de los elementos instalados. • Cualquier otra información que la Dirección de Obra haya solicitado. Salvo que el geotextil vaya a ser cubierto el mismo día de la instalación se exigirá una resistencia a la tracción permaneciendo, después de un ensayo de resistencia a la intemperie según la UNE-EN 12224, de como mínimo el sesenta por ciento (60%) de la nominal si el geotextil quedará cubierto antes de dos semanas, y superior al ochenta por ciento (80%) de la nominal si quedará cubierto después de quince (15 d) días y antes de cuatro (4) meses. En los casos que la resistencia a largo plazo no sea importante, siempre según el parecer de la Dirección de Obra, se podrán aceptar, para los valores mencionados una reducción adicional de un veinte por ciento (20%) de la nominal. No se aceptará ninguna aplicación del geotextil en qué este quede a cuerpo descubierto por más de cuatro (4) meses. La Dirección de Obra podrá prohibir la instalación de geotextiles con periodos de tiempos entre su fabricación e instalación inferiores a seis (6) meses, cuando las condiciones de almacenamiento y conservación no hayan sido adecuadas. En cualquier caso no se instalarán geotextiles cuando el periodo de tiempo comprendido entre su fabricación e instalación supere los seis (6) meses, independientemente de las condiciones de almacenamiento.

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    2.4.5 Medición y abono Los geotextiles se medirán por metro cuadrado (m2) de superficie recubierta, quedando incluidos en este precio los solapes necesarios y, en todo caso, los indicados al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Se considerarán incluidas las uniones mecánicas por cosido, soldadura o fijación con grapas que sean necesarias para la correcta instalación del geotextil según determinen el Proyecto y la Dirección de Obra. En cualquier caso, la medición y el abono de este material se realizarán de acuerdo con el indicado al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares para la unidad de obra de la que forme parte. 2.4.6 Especificaciones técnicas y distintivos de calidad El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados al presente Artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando las mencionadas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a las mencionadas normas. El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias establecidas en este Artículo podrá ser otorgado por los Organismos españoles, públicos y privados, autorizados para realizar tareas de certificación en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. La capacidad de certificación, en este caso, estará limitada a los materiales para los que los mencionados Organismos tengan la correspondiente acreditación. Normas de referencia • UNE-EN ISO 13433. Geosintéticos. Ensayo de perforación dinámica (Ensayo por caída de un cono). • UNE-EN ISO 9862. Geosintéticos. Presa de muestras y preparación de las probetas para ensayo. • UNE-EN ISO 9863-1. Geosintéticos. Determinación del espesor a presiones especificadas. Parte 1: capas individuales. • UNE-EN ISO 9864. Geosintéticos. Método de ensayo por la determinación de la demasiada por unidad de superficie de geotextiles y productos relacionados. • UNE-EN 12224. Geotextiles y productos relacionados. Determinación de la resistencia al envejecimiento a la intemperie. • UNE-EN 12225. Geotextiles y productos relacionados. Método para determinar la resistencia microbiológica mediante un ensayo de soterramiento en el suelo. • UNE-EN 12226. Geotextiles y productos relacionados. Ensayos generales para la evaluación después del ensayo de durabilidad. • UNE-EN ISO 10318. Geosintéticos. Termas y definiciones. • UNE-EN ISO 10319. Geosintéticos. Ensayo de tracción de bandas anchas. • UNE-EN ISO 10320. Geotextiles y productos relacionados con geotextiles. Identificación "in situ". • UNE-EN ISO 11058. Geotextiles y productos relacionados con geotextiles. Determinación de las características de permeabilidad al agua perpendicularmente al plano sin carga. • UNE-EN ISO 12236. Geosintéticos. Ensayo de punzonamiento estático (Ensayo CBR). • UNE-EN ISO 12956. Geotextiles y productos relacionados con geotextiles. Determinación de la medida de apertura característica. • UNE-EN ISO 12958. Geotextiles y productos relacionados con geotextiles. Determinación de la capacidad de flujo en su plano. • UNE-EN ISO 13431. Geotextiles y productos relacionados. Determinación del comportamiento a la fluencia en tracción y a la rotura a la fluencia en tracción. • UNE-EN 12447. Geotextiles y productos relacionados con geotextiles. Método para la determinación de la resistencia a la hidrólisis. • UNE-EN 14030. Geotextiles y productos relacionados con geotextiles. Método de ensayo selectivo para determinar la resistencia a los líquidos ácidos y alcalinos.

    • UNE-EN ISO 13438. Geotextiles y productos relacionados con geotextiles. Método de ensayo de protección para la determinación de la resistencia a la oxidación.

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    3. EXPLANACIÓN Y OBRAS PREPARATORIAS.

    Se aplicará el Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto inicial (MODIFICADO PARCIAL DEL TEXTO REFUNDIDO DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN DE CAN MONTMANY DE MAS PASSOLES EN CORBERA DE LLOBREGAT). No obstante se especifica la estabilización de las compactaciones con cal 3.1.-SUELOS ESTABILIZADOS IN SITU 3.1.1 Definición Se define como suelo estabilizado in situ la mezcla homogénea y uniforme de un suelo con un conglomerante, del tipo cal o cemento, y eventualmente agua, con el objetivo de disminuir su plasticidad y susceptibilidad al agua o aumentar su resistencia, y que convenientemente compactada, se utiliza en la formación de explanadas y rellenos tipo terraplén. La ejecución de un suelo estabilizado in situ incluye las siguientes operaciones:

    Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo. Preparación de la superficie existente, cuando proceda. Disgregación del suelo. Humectación o desecación del suelo. Distribución del conglomerante. Ejecución de la mezcla. Compactación. Terminación de la superficie. Curado y protección superficial.

    Según sus características finales se establecen tres tipos de suelos estabilizados in situ, denominados respectivamente S-EST1, S-EST2 y S-EST3. Los dos primeros se podrán conseguir con cal o con cemento, mientras que el tercer tipo se tendrá que obtener con cemento. 3.1.2 Materiales 3.1.2.1 Consideraciones generales Lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento 305/2011 de 9 de marzo de 2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción. Para los productos con marcado CE, el fabricante asumirá la responsabilidad sobre la conformidad de los mismos con las prestaciones declaradas, de acuerdo con el artículo 11 del mencionado Reglamento. Los productos que tengan el marcado CE deberán ir acompañados, además de dicho marcado, de la Declaración de Prestaciones, y de las instrucciones e información de seguridad del producto. Por su parte, el Contratista deberá verificar que los valores declarados en los documentos que acompañan al marcado CE permitan deducir el cumplimiento de las especificaciones contempladas en el Proyecto o, en su defecto, en este Pliego, debiendo adoptar, en el caso de que existan indicios de incumplimiento de las especificaciones declaradas, todas aquellas medidas que considere oportunas para garantizar la idoneidad del producto suministrado a la obra. Independientemente de lo anterior, se estará además en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud, de producción, almacenamiento, gestión y transporte de productos de la construcción, de residuos de construcción y demolición, y de suelos contaminados. 3.1.2.2 Cal Salvo justificación en contrario, para la estabilización de suelos se usarán cales aéreas vivas del tipo CL 90-Q e hidratadas del tipo CL 90-S, conformes a la norma UNE-EN 459-1, que deberán cumplir las

    prescripciones del artículo 200 de este Pliego y las adicionales que establezca, en su caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Excepcionalmente, y con la aprobación del Director de las Obras, en rellenos tipo terraplén se podrá admitir el uso de cales aéreas del tipo CL 80-Q y CL 80-S cuando su aplicación específica sea obtener una reducción de la humedad o posibilitar el tráfico de obra. 3.1.2.3 Cemento El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, fijará la clase resistente y el tipo de cemento, teniendo en cuenta las recomendaciones de uso indicadas en la vigente Instrucción para la recepción de cementos (RC). Éste cumplirá las prescripciones del artículo 202 de este Pliego y las adicionales que establezca, en su caso, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Salvo justificación en contrario, la clase resistente del cemento será la 32,5N para los cementos comunes, y la 22,5N o la 32,5N para los cementos especiales tipo ESP VI- 1. No se emplearán cementos de aluminato de calcio, ni mezclas de cemento con adiciones que no hayan sido realizadas en instalaciones de fabricación específicas. Si el contenido ponderal de sulfatos solubles (SO3) en el suelo que se vaya a estabilizar (norma UNE 103201), fuera superior al cinco por mil (> 5 ‰) en masa, deberá emplearse un cemento resistente a los sulfatos (SR/SRC) y aislar adecuadamente estas capas de las obras de hormigón. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares fijará el principio de fraguado (norma UNE-EN 196-3) que, en todo caso, no podrá tener lugar antes de los cien minutos (100 min). No obstante, si la estabilización se realizase con temperatura ambiente superior a treinta grados Celsius (> 30 ºC), el principio de fraguado no podrá tener lugar antes de una hora (1 h), realizando los ensayos a una temperatura de cuarenta más menos dos grados Celsius (40 ± 2 ºC). 3.1.2.4 Suelo 3.1.2.4.1 Características generales Los materiales que se vayan a estabilizar in situ serán suelos de la traza u otros materiales locales que no contengan materia orgánica, sulfatos u otros compuestos químicos en cantidades perjudiciales (en especial para el fraguado, en el caso de que se emplee cemento). 3.1.2.4.2 Granulometría Los suelos que se vayan a estabilizar in situ con cal cumplirán, lo especificado en la tabla 512.1.a. TABLA 512.1.a – GRANULOMETRÍA DEL SUELO EN LAS ESTABILIZACIONES CON CAL

    TIPO DE SUELO ESTABILIZADO

    CERNIDO ACUMULADO (% en masa)

    ABERTURA DE LOS TAMICES UNE-EN 933-2 (mm)

    80 0,063

    S-EST1 y S-EST2 100 ≥ 15

    Por su parte, los suelos que se vayan a estabilizar in situ con cemento cumplirán, bien en su estado natural o bien tras un tratamiento previo de mejora con cal, lo especificado en la tabla 512.1.b. TABLA 512.1.b – GRANULOMETRÍA DEL SUELO EN LAS ESTABILIZACIONES CON CEMENTO

    TIPO DE SUELO ESTABILIZADO

    CERNIDO ACUMULADO

    ABERTURA DE LOS TAMICES UNE-EN 933-2 (mm)

    80 2 0,063

    S-EST1 y S-EST2 100 < 20

    < 50

    S-EST3 < 35

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    3.1.2.4.3 Composición química Los suelos que se vayan a estabilizar in situ cumplirán lo especificado en la tabla 512.2. TABLA 512.2 – COMPOSICIÓN QUÍMICA DEL SUELO

    CARACTERÍSTICAS NORMA UNIDAD TIPO DE SUELO ESTABILIZADO

    S-EST1 S-EST2 S-EST3

    MATERIA ORGÁNICA (MO) UNE 103204 % en masa < 2 < 1

    SULFATOS SOLUBLES (S3) UNE 103201 (*) % en masa < 0,7 %(**)

    (*) El contenido de sulfatos solubles se podrá determinar también a través de otros ensayos de mayor precisión como el de difracción por rayos X u otros convenientemente justificados. (**) La utilización de suelos con sulfatos solubles puede dar lugar a problemas de hinchamiento por la formación de etringitas y otros compuestos. Por ello, la realización de estabilizaciones de suelos con contenidos de sulfatos solubles iguales o superiores a siete décimas porcentuales (≥ 0,7%) en masa, requerirá la realización de un estudio específico, de aptitud de uso, aprobado por el Director de las Obras, conforme a lo indicado en el epígrafe 512.3.3.3 de este artículo. 3.1.2.4.4 Plasticidad Los suelos que se vayan a estabilizar in situ con cal cumplirán lo especificado en la tabla 512.3.a. TABLA 512.3.a – PLASTICIDAD DEL SUELO EN LAS ESTABILIZACIONES CON CAL

    TIPO DE SUELO ESTABILIZADO ÍNDiCE DE PLASTICIDAD (IP) (normas UNE 103103 y UNE 103104)

    S-EST1 IP ≥ 12

    S-EST2 12 ≤ IP ≤ 40

    Si el índice de plasticidad fuera superior a cuarenta (> 40), el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, podrá disponer que la mezcla del suelo con la cal se realice en dos (2) etapas. Por su parte, los suelos que se vayan a estabilizar in situ con cemento cumplirán lo establecido en la tabla 512.3.b. TABLA 512.3.b – PLASTICIDAD DEL SUELO EN LAS ESTABILIZACIONES CON CEMENTO

    CARACTERÍSTICAS NORMA TIPO DE SUELO ESTABILIZDO

    S-EST1 S-EST2 S-EST3

    LÍMITE LÍQUIDO (LL) UNE 103103 ≤ 40

    ÌNIDICE DE PLASTICIDAD (IP) UNE 103103 UNE 103104 ≤ 15

    Cuando sea necesario utilizar suelos con un índice de plasticidad superior al indicado, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o en su defecto el Director de las Obras, podrá ordenar un tratamiento previo de mejora con cal, con una dotación mínima del uno por ciento (1%) en masa del suelo seco, de manera que el índice de plasticidad satisfaga las exigencias establecidas de la tabla 512.3.b. 3.1.2.4.5 Hinchamiento libre Se deberá determinar el valor de hinchamiento libre del suelo (norma UNE 103601), para muestra remoldeada (ensayo Próctor normal, norma UNE 103500). Si el suelo a estabilizar presentara hinchamiento en este ensayo, deberá evaluarse también esta característica en el suelo estabilizado, que deberá cumplir lo indicado en el apartado 3.1.3 de este artículo. 3.1.2.4.6 Asiento en ensayo de colapso

    Se deberá determinar el potencial porcentual de colapso (Ipc) (norma UNE 103406) para muestra remoldeada (ensayo Próctor normal, norma UNE 103500) y presión de ensayo de dos décimas de megapascal (0,2 MPa). Si el suelo a estabilizar presentara asiento en este ensayo, deberá evaluarse también esta característica en el suelo estabilizado, que deberá cumplir lo indicado en el apartado 512.3 de este artículo. 3.1.2.5 Agua El agua deberá cumplir las prescripciones de la vigente Instrucción de Hormigón Estructural EHE. 3.1.3 Tipo y composición del suelo estabilizado 3.1.3.1 Consideraciones generales El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares definirá el tipo y la composición del suelo estabilizado, cuyo contenido, conglomerante, resistencia o capacidad de soporte y densidad deberán cumplir lo especificado en la tabla 512.4. TABLA 512.4 – TIPOS Y ESPECIFICACIONES DEL SUELO ESTABILIZADO IN SITU

    CARACTERÍSTICA UNIDAD NORMA

    TIPO DE SUELO ESTABILIZADO

    S-EST1 S-EST2 S-EST3

    CONTENIDO DE CONGLOMERANTE % en masa del suelo seco

    ≥ 2 ≥ 3

    ÍNDICE CBR, a 7 días (1) UNE 103502 ≥ 6 ≥ 12

    RESISTENCIA a COMPRESIÓN SIMPLE, a 7 días (1)

    MPa UNE-EN 13286-41

    ≥ 1,5(3)

    DENSIDAD (Próctor modificado) % de la densidad máxima

    UNE> 103501 ≥ 95(2) ≥ 97 ≥ 98

    (1) Para la realización de estos ensayos, las probetas se compactarán y conservarán (norma UNE-EN 13286-51) con la densidad especificada en la fórmula de trabajo. (2) Para la capa superior de la categoría de explanada E1 definida en la Norma 6.1 IC Secciones de firme, este valor será del noventa y siete por ciento (97%). (3) En los casos en los que deba tenerse en cuenta el efecto de las heladas este valor podrá aumentarse a dos megapascales (2 MPa). En el caso de estabilización en rellenos tipo terraplén, el contenido mínimo de conglomerante podrá disminuirse hasta un uno y medio por ciento (1,5%) siempre que se justifique adecuadamente, se compruebe en el tramo de prueba con los medios y equipos que se vayan a emplear en la obra, y se cuente con la autorización del Director de las Obras. De igual forma, en los rellenos tipo terraplén, para obtener una reducción de la humedad o para posibilitar el tráfico de obra se podrá admitir, con la aprobación del Director de las Obras, un contenido mínimo de conglomerante de hasta un uno por ciento (1%) así como el empleo de cales aéreas CL 80-Q y CL 80-S. Los suelos estabilizados no serán susceptibles a ningún tipo de meteorización o alteración físico-química apreciable bajo las condiciones más desfavorables que, presumiblemente, puedan darse en la zona de empleo. Se debe garantizar tanto la durabilidad a largo plazo, como que no pudieran dar origen, con el agua, a disoluciones que causen daños a estructuras u otras capas del firme, o contaminar corrientes de agua. Por ello, en materiales en los que, por su naturaleza, no exista suficiente experiencia sobre su comportamiento, deberá hacerse un estudio especial sobre la aptitud para su empleo y ser aprobado por el Director de las Obras.

  • 2014/25M1 75 MODIFICAT Nº3 A LA URBANITZACIÓ DEL SECTOR DE CAN MONTMANY

    DE MAS PASSOLES: DIVISIÓ DE LA URBANITZACIÓ EN DUES FASES AL MUNICIPI DE CORBERA DE LLOBREGAT

    En el caso de los suelos estabilizados con cal, el tiempo transcurrido entre la mezcla del suelo con cal y la realización del ensayo Próctor Modificado (norma UNE 103501) deberá ser semejante al previsto en obra entre la mezcla del suelo con cal y su compactación. 3.1.3.2 Especificaciones para empleo en explanadas El suelo estabilizado que se vaya a emplear en la formación de explanadas, deberá cumplir las especificaciones de la tabla 512.4 que correspondan, según el tipo de que se trate, y las adicionales establecidas en este epígrafe. El suelo que se vaya a estabilizar no presentará hinchamiento o colapso al efectuar los ensayos indicados en los epígrafes 3.1.2.4.5 y3.1.2.4.6. En caso contrario, se podrá utilizar siempre que se compruebe que dicho hinchamiento o colapso desaparece en el suelo estabilizado en ensayos realizados a las veinticuatro horas (24 h) de su mezcla con el conglomerante, determinados ambos sobre probetas remoldeadas (ensayo Próctor modificado, norma UNE 103501) con las condiciones de humedad y densidad requeridas en la obra. Si a esta edad siguiera teniendo hinchamiento o colapso se repetirán los ensayos tras haber sometido las muestras a un proceso de curado durante siete días (7 d) en bolsas de plástico, dentro de cámara húmeda, para evitar la pérdida de humedad, y en caso de persistir dicho hinchamiento o colapso no se podrá utilizar el material. El espesor de capa estabilizada será el adecuado para que, con los medios disponibles, se obtenga en toda ella las características de la estabilización pretendida y el grado de compactación exigido. En general, y salvo especificación en contra del Proyecto o del Director de las Obras, dicho espesor no será inferior a veinticinco centímetros (< 25 cm). 3.1.3.3 Especificaciones para empleo en rellenos tipo terraplén 3.1.3.3.1 Consideraciones generales Cuando como resultado de la caracterización de los materiales para la formación de rellenos tipo terraplén, efectuada de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 330 de este Pliego, el Proyecto determine la necesidad de su estabilización, el suelo estabilizado deberá cumplir con carácter general las especificaciones de la tabla 512.4 para el tipo S-EST1, salvo que por circunstancias convenientemente justificadas fueran precisas otras más exigentes. El índice de plasticidad (IP) del suelo estabilizado in situ, deberá cumplir los requisitos exigidos al mismo, para cada zona de empleo, según lo especificado en el artículo 330 de este Pliego. Los materiales utilizados serán extendidos en tongadas de espesor uniforme y sensiblemente paralelas a la rasante de la explanada final. El espesor de estabilización será el adecuado para que, con los medios disponibles, se obtenga en toda la capa las características de la estabilización pretendida y el grado de compactación exigido. En general, y salvo especificación en contra del Proyecto o del Director de las Obras, el espesor máximo de la tongada de suelo será conforme a lo especificado en el artículo 330 de este Pliego. 3.1.3.3.2 Análisis de aptitud de suelos que presenten hinchamiento o colapso En el caso de que el suelo original resultara expansivo o colapsable, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 330 de este Pliego, deberán realizarse los ensayos indicados en los epígrafes 3.1.2.4.5 y3.1.2.4.6 sobre el suelo estabilizado, determinados ambos sobre probetas remoldeadas (ensayo Próctor modificado, norma UNE 103501) con las condiciones de humedad y densidad requeridas en la obra y se comprobará que se cumplen los límites establecidos en la tabla 512.5, en función de la zona del relleno de la que vaya a formar parte. Los ensayos se realizarán a las veinticuatro horas (24 h) de su mezcla con el conglomerante. Si a esta edad siguiera teniendo hinchamiento o colapso superior a los valores de la tabla 512.5 se repetirán los ensayos tras haber sometido las muestras a un proceso de curado durante siete días (7 d) en bolsas de plástico, dentro de cámara húmeda, para evitar la pérdida de humedad. En caso de no cumplir los valores de la tabla 512.5 no se podrá utilizar el material. TABLA 512.5 – VALORES ADMISIBLES DE HINCHAMIENTO LIBRE Y COLAPSO DE SUELOS ESTABILIZADOS PARA LA FORMACIÓN DE RELLENOS TIPO TERRAPLÉN

    ZONA DEL RELLENO

    POTENCIAL PORCENTUAL DE COLAPSO (norma UNE 103406) %

    HINCHAMIENTO LIBRE (nomra UNE 103601) %

    CIMIENTO < 0,5 < 1,5

    NÚCLEO < 0,5 < 1,5

    ESPALDONES

    CORONACIÓN

    3.1.3.3.3 Análisis de aptitud de suelos con sulfatos En los casos en los que por las características geológicas de la zona, haya dificultad para disponer de suelos o materiales locales con un contenido de sulfatos solubles (norma UNE 103201) inferior a siete décimas porcentuales (SO3< 0,7 %), se podrá hacer un estudio específico de aptitud de uso, realizando los ensayos y siguiendo los criterios que se indican en este epígrafe. El valor de la expansión volumétrica del suelo estabilizado, después de siete días (7 d) de inmersión en agua (norma UNE-EN 13286-49) deberá ser inferior al cinco por ciento (GV < 5%). Si la estabilización del suelo se fuera a llevar a cabo con cemento, se deberá cumplir además que la resistencia a tracción indirecta (norma UNE-EN 13286-42) sea mayor o igual a dos décimas de megapascal (≥ 0,2 MPa). Este valor de resistencia se deberá determinar sobre una muestra de tres probetas idénticas a las indicadas para el ensayo de hinchamiento acelerado y sometidas a las mismas condiciones de conservación e inmersión en agua a cuarenta grados Celsius (40 ºC) durante siete días (7d), con la única diferencia de que esta inmersión se hará con las probetas dentro de sus moldes. 3.1.3.4 Período de trabajabilidad del suelo estabilizado con cemento El suelo estabilizado in situ con cemento deberá tener un período de trabajabilidad, determinado a la máxima temperatura esperada durante la puesta en obra (norma UNE-EN 13286-45) para permitir completar la compactación de una franja antes de que haya finalizado dicho plazo en la adyacente estabilizada previamente, no pudiendo ser inferior al especificado en la tabla 512.6. TABLA 512.6 – PERIODO MÍNIMO DE TRABAJABILIDAD (Wpc) DEL SUELO ESTABILIZADO IN SITU CON CEMENTO

    TIPO DE OBRA Wpc(horas) (norma UNE-EN 13286-45)

    ANCHURA COMPLETA 2

    POR FRANJAS 3

    Dada la influencia que las condiciones climáticas tienen sobre el periodo de trabajabilidad, éste se determinará de forma periódica a lo largo de la realización de los trabajos, adaptándose a los cambios estacionales que pudieran producirse. 3.1.4 Equipo necesario para la ejecución de las obras 3.1.4.1 Consideraciones generales No se podrá utilizar en la ejecución de los materiales estabilizados ningún equipo que no haya sido previamente empleado en el tramo de prueba y aprobado por el Director de las Obras. Se estará, en todo caso, a lo dispuesto en la legislación vigente en materia ambiental, de seguridad y salud, y de transporte en lo referente a los equipos empleados en la ejecución de las obras. 3.1.4.2 Equipo de ejecución Para la ejecución de los suelos estabilizados in situ se deberán emplear equipos mecánicos. Éstos podrán ser equipos independientes que realicen por separado las operaciones de disgregación, distribución del conglomerante, humectación, mezcla y compactación, o bien equipos que realicen dos o más de estas operaciones, excepto la compactación, de forma simultánea.

  • 2014/25M1 76 MODIFICAT Nº3 A LA URBANITZACIÓ DEL SECTOR DE CAN MONTMANY

    DE MAS PASSOLES: DIVISIÓ DE LA URBANITZACIÓ EN DUES FASES AL MUNICIPI DE CORBERA DE LLOBREGAT

    Salvo justificación en contrario, para carreteras con categoría de tráfico pesado T00 a T2 y cuando la superficie a estabilizar sea superior a los setenta mil metros cuadrados (> 70 000 m2), será preceptivo el empleo de equipos que integren en una sola unidad las operaciones de disgregación, de dosificación y distribución del conglomerante y del agua, y de mezclado. La mezcla in situ del suelo se realizará, en todos los casos, mediante equipos autopropulsados que permitan una suficiente disgregación de aquél hasta la profundidad establecida, si dicha disgregación no hubiera sido previamente obtenida por escarificación, y una mezcla uniforme de ambos materiales en una sola pasada. Por consideraciones de fiabilidad de dosificación y mezclado, ambientales y de seguridad y salud, salvo justificación en contrario, el conglomerante se dosificará como lechada. El equipo de estabilización deberá estar provisto de un mezclador con alimentación volumétrica de agua y dosificación ponderal del conglomerante, y un dosificador-distribuidor volumétrico de lechada, con bomba de caudal variable y dispositivo de rociado, así como de control automático programable de dosificación, que permita adecuar las dosificaciones a la fórmula de trabajo correspondiente, según la profundidad y la anchura de la capa que se vaya a estabilizar, y de acuerdo con el avance de la máquina, con las tolerancias fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Para la formación de explanadas en carreteras con categoría de tráfico pesado T3 y T4, en obras de menos de setenta mil metros cuadrados (< 70.000 m2), cuando sea conveniente una reducción de la humedad natural del suelo a juicio del Director de las Obras, o en la estabilización de suelos en los rellenos tipo terraplén, se podrá dosificar en polvo. En estos casos, y siempre que se cumplan los requisitos de la legislación ambiental de seguridad y salud, se emplearán equipos con dosificación ligada a la velocidad de avance, que podrán consistir en camiones-silo o en tanques remolcados con tolvas acopladas en la parte posterior con compuerta regulable. Si la descarga del conglomerante sobre el suelo a estabilizar se realizase desde una altura superior a diez centímetros (> 10 cm), el dispositivo de descarga estará protegido con faldones cuya parte inferior no deberá distar más de diez centímetros ( 10 cm) de la superficie. Si el conglomerante se dosificara con aire a presión, el dispositivo deberá contar con todas las medidas ambientales y de seguridad y salud necesarias para evitar posibles sobrepresiones y sus efectos. En el caso de que el conglomerante se dosifique en forma de polvo, y especialmente cuanto fuera cal viva, deberán adoptarse las medidas de prevención necesarias para la protección colectiva e individual, que eliminen o reduzcan al máximo los riesgos, tanto