UTPL-DESCENTRALIZACIÓN Y GOBIERNOS AUTÓNOMOS-II BIMESTRE-(abril agosto 2012)

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Universidad Técnica Particular de Loja Carrera: Ciencias Jurídicas Docente: Dr. Antonio José Peña Ciclo: Segundo Bimestre: Segundo

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NOMBRES:

DESCENTRALIZACIÓN Y GOBIERNOS AUTÓNOMOS.

BIMESTRE:

Dr. ANTONIO PEÑA VÁSQUEZ.

Segundo

SEGUNDO BIMESTRE.

UNIDAD 4.

4. EL MUNICIPIO.

4.1. Antecedentes Históricos. - Roma: “sociedad política”.

- Latín: “municipiun” (ciudad que se gobierna por sus propias leyes).

- Etimología: “munere” y “capere” (posesión de función) ligada a “citivas”(escenario en el que actúa).

- Términos: “municipio” (cantón) y “municipalidad” (gobierno municipal).

4.2. Naturaleza Jurídica y Autonomía Municipal. 2

- Naturaleza Jurídica: municipalidad o gobierno municipal (persona jurídica de derecho público con autonomía política, administrativa y financiera).

- Autonomía municipal: no alcanza el verdadero nivel de autonomía.

4.3. Fines.

- Fin primordial: “bien común local”.

- COOTAD: nueve fines comunes para los GAD´s.

4.4. Funciones.

- Limitadas a la circunscripción territorial.

- Se crea la Función de Transparencia y Control Social.

- Pueblo: nuevo mandante y primer fiscalizador del poder público.

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4.5. Órganos del Gobierno Municipal.

Ejercen las facultades legislativa y ejecutiva.

4.5.1. El Concejo Municipal.

- Integrado por concejales y presidido por el Alcalde.

- Facultades: legislativa, fiscalizadora y otras.

4.5.2. Dignidades.

- Concejales (las).

- Alcalde o Alcaldesa.

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4.6. El Gobierno Local.

Instancia cuya función es el promover y facilitar el desarrollo local humano y sustentable.

4.7. Competencias.

Las reconocidas por la Constitución y la ley.

4.8. Ingresos.

- Propios.

- Por transferencias.

- De financiamiento.

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UNIDAD 5.

5. EL SISTEMA TRIBUTARIO MUNICIPAL.

5.1. Instituciones del Sistema Tributario. Tributo: denominación genérica de las cargas impositivas que se impone a los contribuyentes.

- Impuesto.

- Tasas.

- Contribuciones especiales.

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5.2. Principios del Régimen Tributario.

- Generalidad: no hay privilegios.

- Progresividad: aumento de riqueza-aumento de contribución.

- Eficiencia: capacidad recaudatoria.

- Simplicidad: facilidades que se debe otorgar al administrado.

- Irretroactividad: ley rige para el futuro.

- Equidad: contribuir a la redistribución de los recursos.

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- Transparencia: gestión que evite prácticas corruptas y facilite rendición de cuentas.

- Suficiencia recaudatoria: mejoramiento de la gestión tributaria.

5.3. Instrumentos para la Gestión Tributaria Municipal. Impuestos relacionados con la propiedad inmobiliaria:

- Catastros.

- Avalúos (actualizar cada dos años).

- Disminuciones (hasta un 95%).

5.4. Impuestos Municipales. - Impuesto a los predios urbanos (0.25% al 5 por mil – se actualiza cada dos años).

- Impuesto a los predios rurales (0.25% al 3 por mil)

- Impuesto a las alcabalas (1% al valor).

- Impuesto a las utilidades en compraventa de predios y plusvalía (10%).

- Impuesto a los vehículos.

- Impuesto a los activos totales.

- Impuesto a los espectáculos públicos ( 10% EP - 5% ED – 0% EP, artistas nacionales).

5.5. Tasas Municipales.

Prestación en dinero por la provisión de un servicio público.

5.6. Contribuciones Especiales de Mejoras.

Financian las actividades de la administración.

UNIDAD 6.6. EL DERECHO MUNICIPAL.

6.1. Definición.

Rama del derecho público que explica las normas, la institucionalidad y los sujetos de las relaciones jurídico administrativas.

6.2. Características.

6.3. Fuentes.- La Constitución: fuente principal de derecho municipal.

- La Ley: regula la institucionalidad y competencias.

- Las ordenanzas: norma de carácter general con aplicación en el territorio cantonal.

- La jurisprudencia: fuente secundaria del derecho municipal. 10

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- La doctrina: muy escasa, no se han dado las condiciones para promover su desarrollo.

6.3. Derecho Municipal o Derecho Urbano.- Derecho municipal: normas que regulan el accionar del gobierno municipal en todo el territorio cantonal.

- Derecho urbano: la cobertura es a la normativa de la misma institución pero en un espacio más específico.

6.4. Leyes Municipales. Principalmente la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

- Leyes de creación de cantones.

- Los actos decisorios.