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Universidad nacional “José Faustino Sánchez Carrión”

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ECONOMICAS Y FINANCIERAS

ESCUELA ACADEMICA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS

¿CUAL ES LA RESPONSABILIDAD DEL COMNTADOR PÚBLICO DESDE LA

PERSPECTIVA FISCAL?

(Resumen)

Asignatura : Tributación

Docente : Mg. CPCC.Chiroque Sernaqué, Domingo

Alumno : Huapaya Cerna, Carlos Andres

Semestre : 2013

Sección : V “A”

Huacho – Perú

2013

Huacho, 29 de mayo del 2013

Dedicatoria:

Al esfuerzo de mis padres por el

estudio y a dios por el don de la

vida.

INTRODUCCIÓN

El Contador Público en el Perú es un profesional capacitado que presta asesoramiento que

pueda brindar a la empresa para la toma de decisiones eficientes, relacionadas con su

profesión, tiene una participación activa en la vida económica del Perú y, por ende, una

responsabilidad en el desarrollo económico del mismo.

Sin embargo, el Contador Público debe responder civilmente por los daños y perjuicios que

podría causar por incumplimiento de sus obligaciones; o podría cometer delitos tributarios

durante el ejercicio de su función y en consecuencia.

Estar inmerso en un proceso penal; también veremos el delito contable con la finalidad que

el Contador Público pueda tener una visión amplia y clara acerca de las consecuencias

penales que pueda acarrear en el ejercicio de su profesión.

l.- Consideraciones generales

Resulta pertinente tomar conocimiento de las obligaciones como de las funciones del

profesional contable quienes deberíamos ser más rigorosos en ello. Las labores del

contador público colegiado resultan trascendentales a nivel empresarial.

El profesional contable se convierte así en una pieza fundamental para una empresa

ya que da a conocer la realidad financiera de una empresa, en oportunidades es él

quien confiere las pautas a la gerencia o a la alta dirección para una adecuada y

efectiva toma de decisiones.

El presente trabajo da a conocer las responsabilidades del profesional contable,

haciendo énfasis en aquella vinculada al ámbito tributario con preguntas como ¿Cuál

es el alcance de la responsabilidad que asume el profesional contable bajo la

perspectiva fiscal? ¿Qué tan comprometido puede encontrarse el profesional

contable cuando autoriza o presenta documento con relevancia tributaria?

Il.- La función de la contabilidad

Aquí tenemos algunas cuestiones preliminares vinculadas a la profesión contable, la

contabilidad como ya se sabe, se ocupa de la expresión cuantitativa de los

fenómenos económicos. Surgió por la necesidad de contar con un registro exacto,

clasificado de datos económicos.

Las funciones de la contabilidad, según lo establecido en el Accounting Research

Study (ARS), son las que a continuación mencionamos:

1. Medir los recursos que poseen las entidades concretas.

2. Reflejar los créditos contras esas entidades y la participación en las mismas.

3. Medir los cambios producidos en esos recursos, créditos y participaciones.

4. Asignar los cambios a un periodo de tiempo especificable.

5. Expresar lo anterior en términos monetarios como denominador común.

Las funciones del contador se cumplen en dos niveles:

En la funciones del registro que cuantifica en términos monetarios las

transacciones y hechos económicos.

En los métodos, procedimientos, y principios con arreglo a los cuales se

mide y se presentan los datos contables.

IlI.- Obligaciones del contador público

según la resoluciones del consejo normativo de contabilidad N° 008-97-EF/93.01 de

fecha 26 de febrero de 1997, nos dice que las obligaciones de los contadores

públicos en el ejercicio de la presentación de sus servicios profesionales.

El artículo 1° de la norma antes citada señala que el contador debe observar bajo

estricta responsabilidad las correctas aplicaciones de los principios de la

contabilidad, las NIC y toda norma aplicable.

Para efectos tributarios se establece en los numerales 4 y 7 del artículo 87° del

código tributario las obligaciones de los administradores (entre ellos el deudor

tributario) vinculadas a la llevanza de los libros o registros de contabilidad, llevanza

de otros libros y registros exigidos por otras disposiciones normativas, disposiciones

normativas.

El contador público y su vinculación con la llevanza de los libros y registros vinculados a

asuntos tributarios.

3.1 el contador público colegiado y su vinculación con la llevanza de los libros y

registros vinculados a asuntos tributarios.

La llevanza de los libros es obligatorio en donde esto es determinada por la ley

y su responsabilidad del llenado de los libros, es del contador que es el

responsable ante una fiscalización.

3.1.1 La infracción tributaria contenida en el artículo 177 numeral 8 del código

tributario

Autorizar estados financieros, declaraciones, documentos u otras informaciones

exhibidas o presentadas a la Administración Tributaria conteniendo información no

conforme a la realidad, o autorizar balances anuales sin haber cerrado los libros de

contabilidad.

3.1.2 La relevancia de los libros contables:

Los libros de contabilidad son de suma importancia para la vida económica del país. Desde el

punto de vista jurídico permite registrar las operaciones mercantiles empleando

reglas o disposiciones establecidas: en lo económico en base a los datos que

nos proporcionan se podrán realizar proyecciones de acuerdo a una toma de

decisiones coherente.

3.1.3. ¿debe consignarse la firma del profesional contable en la totalidad de los libros

y registros?

El contador deberá firmar solo el libro de inventario y balances al cierre del

ejercicio.

3.2. El contador público colegiado y la presentación de declaraciones juradas.

El contador en la presentación de declaraciones se relaciona con el PDT, en

donde es obligación llevarlo correspondientemente.

IV. infracción tributaria. Criterios jurisprudenciales.

Los contadores si cometen infracciones, en donde si dicha infracción no tuviese

ninguna ley de solución con respecto a ello, se tomaran solución al caso de

hechos anteriores que hayan tenido solución similar a la infracción presentada.

V. Responsabilidad Penal del contador público:

La sanción es la imposición de una pena, la cual es una privación de un bien

jurídico según el delito. Las penas son la prisión (privación de la libertad), las

multas (sanción de naturaleza pecuniaria) o la inhabilitación (privación de ejercer

actividad). Las normas de fondo dependen del delito que se trate: Código penal

de la Nación, las normas penales especiales que no están dentro del código (por

ejemplo: la ley penal tributaria, código aduanero, la ley de lavado, la ley penal

cambiaria, etc.).

5.1 Delito contable:

La figura delictiva considerada en el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 813, es

una modalidad de defraudación tributaria conocida como delito contable. Se trata

de un delito tributario autónomo. Será pasible de sanción por la comisión de este

delito quien estando obligado por las normas tributarias a llevar libros y registros

contables:

1) Incumpla totalmente dicha obligación.

2) No hubiera anotado actos, operaciones, ingresos en los libros y registros contables.

3) Registre anotaciones de cuentas, asientos, cantidades, nombres y datos falsos en

los libros y registros contables.

4) Destruya u oculte total o parcialmente los libros y/o registros contables o los

documentos relacionados con la tributación.