Tipos de Contaminación

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Presentación acerca de los diferentes tipos de contaminación.

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Definición de Contaminación Acumulación de sustancias en el agua, la atmósfera o

el suelo que perjudican su estado y la salud de los seres vivos.

La contaminación es aquella alteración en el medio ambiente que puede provocar daños en un ecosistema, en el medio físico o en los seres vivos.

Palabras Clave Deterioro

Aumento Exagerado

Desequilibrio

Alteración

Tipos De Contaminación Contaminación Natural

Contaminación Artificial

Contaminación Natural Incendios Forestales

Erupciones Volcánicas

Tormentas

Terremotos

Contaminación Artificial Del Suelo

Del Aire

Del Agua

Térmica

Radiactiva

Visual

Acústica

Lumínica

Contaminación Visual

Consecuencias Dolor de Cabeza

Estrés por saturación de colores y elementos

Distracciones peligrosas para el conductor

Desplazamiento de flora y fauna

Contaminación Acústica

Consecuencias Efectos sobre el sistema cardiovascular

Aumento de la secreción de adrenalina

Sordera

• Niveles de deterioro de la capa auditiva:

75-125 dB

• Niveles de ruido normal en la ciudad:

35-85 dB

Contaminación Lumínica

Consecuencias Desperdicio energético

Nos impide observar el cielo con claridad

Nueva York desperdicia energía eléctrica por un valor de cerca de 20 millones de dólares al año.

Principales fuentes de contaminación

Principales fuentes de contaminación Emanaciones industriales

Aguas residuales de origen industrial

Aguas albañales

Productos químicos procedentes de la actividad agropecuaria

Residuos sólidos

Emanaciones gaseosas

Dispersión de hidrocarburos en las vías fluviales y marítimas

Otras fuentes de contaminación

El ruido El calor

Glaciares, nieve, hielo, 69.6 %

Agua subterránea, 30 %

Lagos, ríos, humedad en el

suelo y aire, humedales,

plantas, animales, 0.4 %

Agua salada, 97.5 %

Agua dulce, 2.5

DISTRIBUCIÓN GLOBAL DEL AGUA EN EL MUNDO

HIDROLOGÍA SUPERFICIAL Y SUBTERRÁNEA

Aguas superficiales:

•Ríos

•Lagos

•Lagunas

•Oceanos

•Presas

Aguas subteráneas:

Acuíferos libres

Acuíferos confinados (aguas fósiles)

HIDROLOGÍA

AGUAS SUPERFICIALES

APROVECHAMIENTO DE AGUAS

NACIONALES

•Riego agrícola

•Agricultura

•Industriales

•Termoeléctricas

•Hidroeléctricas

•Urbanos

•Turístico

Fuentes Naturales

Artificiales

Fuentes Naturales Cenizas de volcán

Mercurio de la corteza terrestre

Fuentes Artificiales Industria

Residuos Sólidos

Productos de Limpieza

Carreteras

Granjas

Medios de Trasporte Fluvial y Marítimo

Basuras

Aguas Residuales

Petróleo

Calor

CONSECUENCIAS

Desaparición de vida marina y destrucción de

ecosistemas acuáticos

Generación enfermedades en la población humana,

como hepatitis, cólera y disentería.

Efectos nocivos en el desarrollo de las especies en

base a la debilitación de su sistema inmunológico,

su mal prospecto de supervivencia y las dificultades

en reproducción, además de enfermedades mortales

como cáncer.

Contaminación en agua de dulce de consumo

humano imposibilitando su utilización, por

ende disminución en las actividades de

recreo, la producción de materia prima

alimenticia, etc..

Fuerte repercusión por envenenamiento en

especies pertenecientes a otros ecosistemas,

debido al consumo del agua o por la falta total

de ella.

Plantar arboles a las orillas de los lagos y ríos

Que las industrias tengan un uso adecuado de los desechos de sus productos.

Por los menos dos veces a la semana utilizar la bicicleta, el autobús o andar de pie.

Reducir el uso de químicos (pesticidas, fertilizantes, etc.) en las zonas urbanas y rurales.

Conservación de humedales naturales.

El manejo de los residuos

La reducción de aguas residuales

Reducción de la deforestación.

MARCO LEGAL

SEMARNAT

INSTITUTO

NACIONAL DE

ECOLOGIA

PROCURADURIA

FEDERAL DE

PROTECCION AL

AMBIENTE

COMISION

NACIONAL DEL

AGUA

ORGANOS DESCONCENTRADOS

Política Ambiental.

Normas y Criterios.

Vigilar y Aplicar Cumplimiento de las Normas y

Programas de Protección Ambiental.

Normar el Aprovechamiento de Recursos.

Funciones

COMISION

NACIONAL

FORESTAL

INSTITUTO

MEXICANO DE

TECNOLOGIA

DEL AGUA

MARCO LEGAL

MARCO JURÍDICO PARA EL USO DE LAS AGUAS NACIONALES

La Ley de Aguas Nacional (LAN) Establece quela explotación, uso o

aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante títulos

de concesión o asignación otorgados por el Ejecutivo Federal a través

de CONAGUA por medio de los Organismos de Cuenca ó directamente

por ésta.

ESTADÍSTICAS DEL AGUA, EN MÉXICO EDICIÓN 2010

LEY DE AGUAS NACIONALES

ARTÍCULO 1. La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de

observancia general en todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden

público e interés social y tiene por objeto regular la explotación, uso o

aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la

preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable.

ARTÍCULO 2. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todas las aguas

nacionales, sean superficiales o del subsuelo. Estas disposiciones también son

aplicables a los bienes nacionales que la presente Ley señala. Las disposiciones de

esta Ley son aplicables a las aguas de zonas marinas mexicanas en tanto a la

conservación y control de su calidad, sin menoscabo de la jurisdicción o concesión

que las pudiere regir.

Artículo reformado DOF 29-04-2004

ARTÍCULO 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. "Aguas Nacionales“

II. "Acuífero“

III. "Aguas claras" o "Aguas de primer uso“

IV. "Aguas del subsuelo“

V. "Aguas marinas”

VI. "Aguas Residuales”

VII. "Aprovechamiento”

VIII. "Asignación"

Ley de Aguas Nacionales

Comisión Nacional del Agua

ARTÍCULO 9. "La Comisión" es un órgano administrativo

desconcentrado de "la Secretaría", que se regula conforme a las

disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, de la Ley Orgánica

de la Administración Pública Federal y de su Reglamento Interior.

Derechos de Explotación, Uso o Aprovechamiento de Aguas

Nacionales

Aguas Nacionales

ARTÍCULO 16. La presente Ley establece las reglas y

condiciones para el otorgamiento de las concesiones para

explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, en

cumplimiento a lo dispuesto en el Párrafo Sexto del Artículo 27

Constitucional.

LAS REGIONES HIDROLÓGICO-ADMINISTRATIVAS

PARA LA GESTIÓN DEL AGUA

Para fines de administración y preservación de las aguas

Nacionales, a partir de 1997 el país se ha dividido en 13 regiones

Hidrológico Administrativas.

Las Regiones Hidrológico-Administrativas están formadas por

agrupaciones de cuencas, consideradas las unidades básicas

de gestión de los recursos hídricos

Marco legal

La SEMARNAT formula la Ley General del Equilibrio Ecológico y

Protección al Ambiente (LGEEPA) que es la ley reglamentaria de

las disposiciones de la Constitución Política delos Estados Unidos

Mexicanos (CPEUM) que se refieren a la preservación y

restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al

ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la

nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de

orden público e interés social y tienen por objeto establecer las

bases para realizar un ordenamiento ecológico con la finalidad de

conservar y aprovechar los recursos naturales, así como prevenir,

controlar y mitigar los efectos adversos al ambiente.

• LGEEPA

Art. 120° Para evitar la contaminación del agua, quedan sujetos a regulación federal o local:

VII.- El vertimiento de residuos sólidos en cuerpos y corrientes de agua.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL

Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento

a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se

sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar

desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos

en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y

restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus

efectos negativos sobre el medio ambiente.

Ejemplo de obras que requerirán previamente la autorización:

•Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, etc

•Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, etc

•Instalaciones de tratamiento y confinamiento de residuos peligrosos

Prevención y Control de la Contaminación del Agua y de los Ecosistemas

Acuáticos

Artículo 118.- Los criterios para la prevención y control de la contaminación

del agua serán considerados en:

1. La expedición de normas oficiales mexicanas para el uso, tratamiento y

disposición de aguas residuales para evitar riesgos y daños a la salud

pública.

2. La formulación de las normas oficiales mexicanas deberá satisfacer el

tratamiento del agua para uso y consumo humano, así como la infiltración

y descarga de aguas residuales en cuerpos receptores considerados

aguas nacionales.

Artículo 119.- La Secretaria expedirá las normas oficiales mexicanas que se

requieran para prevenir y controlar la contaminación de las aguas

nacionales.

Artículo 120.- Para evitar la contaminación del agua, quedan sujetos a

regulación federal o local:

1. Las descargas de origen industrial

2. Las descargas de origen municipal y su mezcla incontrolada con otras

descargas

LGEEPA

NORMASNOM.- Normas Oficiales Mexicanas.

Son de aplicación obligatorio en el territorio nacional, su violación es

motivo de sanción por la autoridad responsable de su emisión y

vigilancia

NMX.- Normas Mexicanas

Forman un conjunto de normas de aplicación voluntaria y sólo

expresan una recomendación

www.economia.gob.mx

NORMAS RELACIONADAS CON EL AGUA RESIDUAL

NORMAS OFICIALES MEXICANAS ECOLÓGICAS Y DEL SECTOR AGUA

NORMA FUNCIÓN NOM-001-SEMARNAT-1996 LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES EN LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES EN AGUAS Y

BIENES NACIONALES NOM-002-SEMARNAT-1996 LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES EN LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES A LOS

SISTEMAS DE ALCANTARILLADO URBANO O MUNICIPAL. NOM-003-SEMARNAT-1997 LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES PARA LAS AGUAS RESIDUALES TRATADAS QUE SE

REUSEN EN SERVICIOS PÚBLICOS NOM-004-SEMARNAT-2002 ESPECIFICACIONES Y LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES PARA SU APROVECHAMIENTO Y

DISPOSICIÓN FINAL. NOM-052-SEMARNAT-2005 ESTABLECE LAS CARACTERISTICAS, EL PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN, CLASIFICACIÓN Y LOS LISTADOS DE

LOS RESIDUOS PELIGROSOS. NOM-083-SEMARNAT-2003 PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA LOS SITIOS DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDO URBANOS Y DE

MANEJO ESPECIAL NOM-087-SEMARNAT—SSA1-2002

RESIDUOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS-CLASIFICACIÓN Y ESPECIFICACIONES DE MANEJO

NOM-022-SEMARNAT-2003 PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN, APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE Y RESTAURACIÓN DE LOS HUMEDALES COSTEROS EN ZONAS DE MANGLAR.

NOM-141-SEMARNAT-2003 CARACTERIZACIÓN DE LOS JALES Y PRESAS DE JALES

NORMAS RELACIONADAS CON EL AGUA

NORMAS OFICIALES MEXICANAS ECOLÓGICAS Y DEL SECTOR AGUA

NORMA FUNCIÓN NOM-127-SSA1-1994 modif. 2000

LÍMITES PERMISIBLES DE CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SU POTABILIZACIÓN

NOM-013-SSA1-1993 REQUISITOS SANITARIOS DE LAS CISTERNAS PARA TRANSPORTE DE AGUA POTABLE. NOM-014-SSA1-1993 PROCEDIMIENTOS SANITARIOS PARA MUESTREO DE AGUA POTABLE EN REDES. NOM-179-SSA1-1998 VIGILANCIA Y EVALUACIÓN DEL CONTROL DE LA CALIDAD DEL AGUA POTABLE EN REDES. NOM-201-SSA1-202 AGUA Y HIELOPARA CONSUMO HUMANO, ENVASADOS Y A GRANEL. ESPECIFICACIONES SANITARIAS

Bibliografía http://www.jmarcano.com/recursos/conta.html

http://www.profesorenlinea.cl/ecologiaambiente/Contaminacion.htm

http://twenergy.com/contaminacion

http://es.wikipedia.org/wiki/Contaminaci%C3%B3n_h%C3%ADdrica

http://es.thefreedictionary.com/contaminaci%C3%B3n

http://www.ecologismo.com/contaminacion/consecuencias-de-la-contaminacion-del-agua/