Post on 26-Mar-2020
MINAET
Ministerio de Ambiente,
Energía y Telecomunicaciones
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
Gestión Participativa para la Conservación del Agua y la Biodiversidad
Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones
Sistema Nacional de Áreas de Conservación
Área de Conservación Cordillera Volcánica Central
Plan General de Manejo
para la Zona Protectora
Cerros de La Carpintera Gestión Participativa para la Conservación
del Agua y la Biodiversidad
Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones
Sistema Nacional de Áreas de Conservación
Área de Conservación Cordillera Volcánica Central
Enero 2012, Costa Rica
MINAET
Ministerio de Ambiente,
Energía y Telecomunicaciones
Plan General de Manejo para la Zona
Protectora Cerros de La Carpintera
Gestión Participativa para la Conservación del Agua y
la Biodiversidad
Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
Edición y Coordinación Técnica:
Ligia Quirós Enlace ACCVC-SOR / BMR
Mario Ossenbach Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión
Zayra Ramos BMR – Cooperante CUSO-VSO
Linda Vaillancourt BMR – Cooperante CUSO
Miguel Rodríguez MINAET / SINAC / ACCVC
Colaboradores:
Benoît Larcher BMR - ENSTIB/ENGREF(Francia)
Minor Serrano Mora Guías y Scouts de Costa Rica
Ricardo Redondo ASOPROCA
José Mario Sanabria Municipalidad La Unión
Jacqueline Martínez Ducke BMR – Cooperante CUSO
Milena Torres Municipalidad Cartago
Fotografías de portada: Anny Jalbert BMR – Cooperante CUSO-VSO
Fotografías (anexos):
Benoît Larcher BMR - ENSTIB/ENGREF(Francia)
Jacqueline Martínez Ducke BMR – Cooperante CUSO
Linda Vaillancourt BMR – Cooperante CUSO
Ligia Quirós Enlace ACCVC-SOR / BMR
Anny Jalbert BMR – Cooperante CUSO-VSO
Agradecimientos a:
Museo Nacional de Costa Rica
Instituto Nacional de Biodiversidad (INBio)
Cátedra de Gestión Forestal Territorial, Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE)
Asociación Ornitológica de Costa Rica (AOCR)
Universidad de Costa Rica (UCR)
Fundación Lankester
Planificación Regional y Urbana de la Gran Área Metropolitana (PRUGAM)
Federación de Municipalidades de Cartago
Comisión Interinstitucional para la
Zona Protectora Cerros de La Carpintera
Asociación Movimiento Cívico del
Cantón de La Unión (ASMOCICU)
Asociación Guías y Scouts de Costa Rica
Municipalidad de La Unión
Asociación de Propietarios de la Carpintera
(ASOPROCA)
Bosque Modelo Reventazón (BMR)
MINAET / SINAC / Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central (ACCVC) /
Sub - Región Oriental (SOR)
Municipalidad de Cartago
MINAET
Ministerio de Ambiente,
Energía y Telecomunicaciones
SINAC
Comisión Interinstitucional para la
Zona Protectora Cerros de La Carpintera
Miembros Nombrados vía Decreto Ejecutivo No 34547-MINAE
Mario Ossenbach
ASMOCICU
Minor Serrano
Guías y Scouts de Costa Rica
Miguel Rodríguez
MINAET / SINAC / ACCVC
Ligia Quirós
Enlace ACCVC – SOR / BMR
José Mario Sanabria
Municipalidad de La Unión
Miembros Adjuntos
Ricardo Redondo
ASOPROCA
Zayra Ramos
BMR
Linda Vaillancourt
BMR
Milena Torres
Municipalidad de Cartago
CONTENIDO
PRESENTACIÓN DIRECCIÓN DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN CORDILLERA VOLCÁNICA
CENTRAL ................................................................................................................................................ 11
PRESENTACIÓN COORDINACIÓN COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL .................................... 12
1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................ 14
1.1 PROYECTO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA
CARPINTERA ................................................................................................................................................. 14
1.2 METODOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE MANEJO DE LA ZPCC ........................................ 17
1.2.1 Diagnóstico del estado de la ZPCC ................................................................................................ 17 1.2.2 Fundamento Técnico para el Manejo de la ZPCC y Zonificación ................................................. 18 1.2.3 Propuestas de Estrategias para el Manejo de la ZPCC ................................................................. 19 1.2.4 Validación del Plan de Manejo a nivel local .................................................................................. 19
2. CONTEXTO NACIONAL ................................................................................................................... 22
2.1 ASPECTOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS ................................................................................................ 22
2.2 GEOFISIOGRAFÍA, REGIONES BIOGEOGRÁFICAS Y ZONAS DE VIDA ........................................................ 23
2.3 BIODIVERSIDAD EN COSTA RICA ............................................................................................................. 23
2.4 CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN COSTA RICA ........................................................................ 24
3. CONTEXTO REGIONAL – EL VALLE CENTRAL DE COSTA RICA .......................................... 28
3.1 RASGOS CULTURALES ............................................................................................................................. 28
3.1.1 Antropología e Historia .................................................................................................................. 28 3.1.2 Cultura Contemporánea ................................................................................................................. 28
3.2 TOPOGRAFÍA ........................................................................................................................................... 28
3.3 CARACTERÍSTICAS CLIMÁTICAS .............................................................................................................. 28
3.4 HIDROLOGÍA ........................................................................................................................................... 29
3.5 GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA .............................................................................................................. 29
3.6 EDAFOLOGÍA ........................................................................................................................................... 29
3.7 BIODIVERSIDAD DE LA REGIÓN ............................................................................................................... 30
3.7.1 Flora ............................................................................................................................................... 30 3.7.2 Fauna .............................................................................................................................................. 30
3.8 CONSERVACIÓN DEL VALLE CENTRAL DE COSTA RICA .......................................................................... 30
3.8.1 Área de Conservación Cordillera Volcánica Central ..................................................................... 30 3.8.2 Corredor Biológico Ribereño Interurbano Subcuenca Reventado - Agua Caliente (COBRI
SURAC) ................................................................................................................................................... 31 3.8.3 Corredor Biológico Uniendo Cordilleras (CBUC) ........................................................................ 32
4. CONTEXTO LOCAL DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA CARPINTERA ............... 35
4.1 CONTEXTO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO ................................................................................................. 35
4.2 DESCRIPCIÓN GENERAL ........................................................................................................................... 38
4.2.1 Bosques nublados en Costa Rica .................................................................................................... 38 4.2.2 Los Cerros de La Carpintera .......................................................................................................... 40 4.2.3 Ubicación de la ZPCC .................................................................................................................... 41
4.3 SÍNTESIS DE RASGOS BIOFÍSICOS DE LA ZPCC ........................................................................................ 41
4.3.1 Topografía ...................................................................................................................................... 41 4.3.2 Características climáticas .............................................................................................................. 42
4.3.3 Hidrología ...................................................................................................................................... 46 4.3.4 Geografía, Geología y Geomorfología ........................................................................................... 51 4.3.5 Edafología ...................................................................................................................................... 52 4.3.6 Áreas Críticas ................................................................................................................................. 52
4.4 BIODIVERSIDAD DE LA ZPCC ................................................................................................................. 54
4.4.1 Zonas de vida de la ZPCC .............................................................................................................. 55 4.4.2 Flora ............................................................................................................................................... 56 4.4.3 Fauna .............................................................................................................................................. 60
4.5 SÍNTESIS DE RASGOS SOCIOECONÓMICOS DE LA ZPCC ........................................................................... 63
4.5.1 Tenencia de la tierra ....................................................................................................................... 64 4.5.2 Uso de la tierra ............................................................................................................................... 65 4.5.3 Valores paisajísticos y calidad visual ............................................................................................. 66
4.6. ANÁLISIS DE FORTALEZAS, OPORTUNIDADES, DEBILIDADES Y AMENAZAS (FODA) ............................ 69
4.6.1 Fortalezas ....................................................................................................................................... 69 4.6.2 Oportunidades ................................................................................................................................ 69 4.6.3 Debilidades ..................................................................................................................................... 70 4.6.4 Amenazas ........................................................................................................................................ 70
5. MARCO TÉCNICO Y LEGAL PARA LA GESTIÓN DE LA ZPCC ................................................ 73
5.1 MARCO LEGAL DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS DE COSTA RICA ................................................................. 73
5.2 MARCO LEGAL DE LA ZPCC ................................................................................................................... 74
5.3 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN EN EL MANEJO DE LAS ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS .................... 75
5.4 DEFINICIÓN LEGAL DE CADA CATEGORÍA DE MANEJO ............................................................................. 76
5.5 CATEGORÍAS DE MANEJO DE ÁREAS PROTEGIDAS .................................................................................. 77 5.6 JUSTIFICACIÓN DE LA CATEGORÍA DE MANEJO ZONA PROTECTORA PARA LOS CERROS DE LA
CARPINTERA ................................................................................................................................................. 79
6. VISIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS DE MANEJO DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA
CARPINTERA ......................................................................................................................................... 80
7. ZONAS DE MANEJO .......................................................................................................................... 82
7.1 PROCESO REALIZADO PARA LA ZONIFICACIÓN ........................................................................................ 82
7.2 PLANIFICACIÓN TERRITORIAL POR SITIOS ............................................................................................... 85
7.3 NORMATIVA PARA LAS ZONAS DE MANEJO EN LA ZPCC ........................................................................ 87
7.3.1 Zona de Usos Restringidos ............................................................................................................. 88 7.3.3 Zona de Usos Especiales .............................................................................................................. 102 7.3.4 Zona de Asentamientos Humanos ................................................................................................. 104
8. PROGRAMAS DE MANEJO ............................................................................................................ 109
8.1 PROGRAMA ADMINISTRATIVO FINANCIERO .......................................................................................... 110
8.2 PROGRAMA DE CONTROL Y PROTECCIÓN .............................................................................................. 112 8.3 PROGRAMA DE GESTIÓN PARTICIPATIVA PARA EL MANEJO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES
................................................................................................................................................................... 114
8.4 PROGRAMA DE GESTIÓN COMUNITARIA Y EDUCACIÓN AMBIENTAL .................................................... 117
9. PROPUESTA DE MODELO DE GESTIÓN DE LA ZPCC ............................................................. 119
10. BIBLIOGRAFÍA .............................................................................................................................. 124
11. LISTA DE ANEXOS EN CD ADJUNTO ........................................................................................ 128
ACRÓNIMOS
ACCVC: Área de Conservación Cordillera Volcánica Central
ASADAS: Asociaciones Administradoras de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios
ASMOCICU: Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión
ASOPROCA: Asociación de Propietarios de La Carpintera
ASP: Área Silvestre Protegida
A y A: Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados
BMR: Bosque Modelo Reventazón
CATIE: Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza
CUSO VSO: Canadian University Service Overseas-Voluntary Service Overseas
GAM: Gran Área Metropolitana
INBio: Instituto Nacional de Biodiversidad
MINAE: Ministerio de Ambiente y Energía (nombre anterior)
MINAET: Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (nombre actual)
PGM: plan general de manejo
SINAC: Sistema Nacional de Áreas de Conservación
CONAC: Consejo Nacional de Áreas de Conservación
CORAC: Consejo Regional de Áreas de Conservación
ZPCC: Zona Protectora Cerros de La Carpintera
SIG: sistema de información geográfica
DEFINICIONES
Plan de manejo: documento que en diferentes aproximaciones refleja un proceso continúo de
planificación, donde se identifican misión, visión, objetivos, zonas de manejo,
programas de manejo y modelo de gestión del área protegida. Lo anterior como
resultado del análisis y evaluación de los recursos naturales y culturales
existentes en el área y su concordancia con las disposiciones legales vigentes.
También establece programas y acciones requeridos de administración y
manejo de los recursos, así como los medios y herramientas necesarios para la
implementación del mismo. En su planificación considera el monitoreo y
actualización periódica que permitirá integrar aprendizajes, mejorar y adecuar
su contenido a las necesidades del área silvestre protegida. Los planes de
manejo deben ser revisados y aprobados oficialmente por la autoridad
competente.
Categoría de manejo: nombre genérico que se asigna a cada una de las Áreas Silvestres Protegidas
para clasificarlas según el tipo de gestión, manejo o administración que vayan a
recibir para cumplir con una serie de objetivos generales dentro del sistema y
específicos del área en cuestión. Cada categoría tiene su propia reglamentación
y restricciones en cuanto al uso de sus recursos.
Zona protectora: Área formada por bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el objetivo
principal sea la protección del suelo, la regulación del régimen hidrológico y la
conservación del ambiente y las cuencas hidrográficas (POA 2000).
Zonificar: Dividir el territorio en zonas geográficas continuas o separadas asignándoles diferentes
categorías de uso o zonas de acuerdo al uso actual o potencial de sus recursos naturales y
culturales, que en su conjunto permiten cumplir con los objetivos del ASP (Madriz,
2007).
IFAS: Balance total de carga ambiental de un espacio geográfico dado, que sumariza la condición
de aptitud natural del mismo (…), la condición de carga ambiental inducida, y la capacidad
de absorción de la carga ambiental adicional, vinculada a la demanda de recursos (Decreto
Ejecutivo No. 32967-MINAE).
Área de influencia: Comunidades y territorios inmediatos al límite exterior de la ZPCC en donde,
por su cercanía, las actividades y usos que se desarrollan en ellos tienen un
efecto directo sobre la dinámica interna de la Zona Protectora”.
Plan de sitio: ordenamiento de las actividades productivas y de conservación de las fincas conforme
a su capacidad natural de uso y en respeto de la normativa legal vigente que asegure
el mantenimiento de los servicios ambientales.
Ecoturismo: Viajar en forma responsable hacia áreas naturales, conservando el medio ambiente y
mejorando el bienestar de las poblaciones locales (Reglamento a la Ley Forestal 7575)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[11]
PRESENTACIÓN DIRECCIÓN DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN
CORDILLERA VOLCÁNICA CENTRAL
El Reglamento a la Ley de Biodiversidad define a las zonas protectoras como aquellas “áreas
geográficas formadas por los bosques o terrenos de aptitud forestal, en que el objetivo principal es
la regulación del régimen hidrológico, la protección del suelo y de las cuencas hidrográficas”.
Con este objetivo fueron creadas en el país una serie de áreas protegidas, entre las que se encuentra
la Zona Protectora Cerros de la Carpintera. Sin embargo, debido a que la mayor parte de la tierra
dentro de las Zonas Protectoras es de propiedad privada y a la escasez de recursos tanto humanos
como financieros, tradicionalmente el Estado ha puesto prioridad a la administración de otras
categorías de manejo como los Parques Nacionales y Reservas Biológicas. En las Zonas
Protectoras las labores se han circunscrito a la atención de solicitudes de aprovechamiento del
bosque y la atención de denuncias por delitos ambientales. Ninguna Zona Protectora en el país
cuenta actualmente con personal asignado, sino que se atienden desde las oficinas subregionales u
otras áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Esta situación a lo largo de
los años ha generado cambios en la cobertura del bosque, pérdida de ecosistemas y la fauna
silvestre asociada, irrespeto a las zonas de protección de ríos y nacientes; así como desinformación
e inseguridad entre los propietarios de la tierra.
Por lo anterior, en el Área de Conservación Cordillera Volcánica Central nos enorgullece
enormemente presentar a la sociedad costarricense el Plan General de Manejo de la Zona Protectora
Cerros de la Carpintera, que representa un esfuerzo conjunto realizado por una Comisión Técnica
en la que participaron la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y el Sistema Nacional
de Áreas de Conservación, a través del Área de Conservación Cordillera Volcánica Central. El
presente Plan General de Manejo es la herramienta técnica de gestión para la solución de los
problemas relacionados con el uso de los recursos naturales y la biodiversidad en un área silvestre
protegida cada vez más aislada por el ambiente urbano, igualmente se convierte en un proceso de
vanguardia que esperamos sirva de norte para la planificación de las zonas protectoras en todo el
país y la consolidación del modelo de desarrollo sostenible.
La fase de planificación está concluida. Ahora viene el verdadero reto, su puesta en ejecución.
Rafael Gutiérrez Rojas
Director ACCVC
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[12]
PRESENTACIÓN COORDINACIÓN COMISIÓN
INTERINSTITUCIONAL
Desde setiembre de 2007, antes de su oficialización mediante Decreto Ejecutivo en junio del 2008,
me correspondió, en tanto que representante del Movimiento Cívico del Cantón de La Unión,
coordinar el trabajo de la Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La
Carpintera.
Trabajo que, más que esfuerzo, ha requerido perseverancia. Pero que ha sido tanto enriquecedor
como satisfactorio.
Enriquecedor porque ha requerido coordinar instituciones públicas, instancias políticas,
organizaciones no gubernamentales, organizaciones civiles, grupos de propietarios y empresas
privadas, forma de trabajo a la que, reconozco, no estaba acostumbrado.
Satisfactorio porque me ha tocado trabajar con algunas personas extraordinarias que han compartido
conmigo el objetivo de preparar un Plan de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
no solamente bueno, sino que fuera modelo para el resto de los planes de manejo que se elaborarán
de ahora en adelante en Costa Rica en Áreas Silvestres Protegidas en que las tierras son, sino en su
totalidad, al menos en su mayoría, de propiedad privada. Sin falsas modestias me permito decir que
“hemos hecho camino al andar”.
El presente Plan de Manejo recoge la mayor parte de los conocimientos que se tenían sobre los
Cerros de La Carpintera. Pero la Comisión Interinstitucional promovió también la generación de
información nueva en aquellos campos en que se requería, particularmente en cuanto a
biodiversidad y, sobre todo, en zonificación. Los Cerros de La Carpintera son actualmente una de
las Áreas Silvestres Protegidas mejor estudiadas del país. No menos meritorio es el trabajo de
índole legal: se hizo una recopilación de toda la legislación que afecta una Zona Protectora,
diferenciando entre las diferentes zonas que abarca y proponiendo reglas de manejo para cada una
de ellas. Gracias a esto, el presente Plan de Manejo es una herramienta de gran utilidad para las
autoridades municipales y ambientales, para aquellas personas que tengan interés en la
conservación de La Carpintera y, ante todo, para los propietarios de fincas en dicha Zona
Protectora. Particularmente en este campo, el presente Plan de Manejo deja el trabajo hecho a los
que sigan.
Quisiera agradecer ante todo a las M.Sc. Ligia Quirós, Linda Vaillancourt y Zayra Ramos por su
trabajo, su constancia y su dedicación. Fue un placer colaborar con ellas. El Ing. Minor Serrano,
Gerente del Campo Escuela Iztarú de la Asociación de Guías y Scouts, fue gran colaborador y
siempre un excelente anfitrión. José Mario Sanabria representó debidamente a la Municipalidad de
La Unión. El Ing. Benoît Larcher es responsable en gran parte de la calidad de este Plan de Manejo
gracias a su trabajo en zonificación. El Lic. Ricardo Redondo, en representación de ASOPROCA,
hizo posible la cooperación que se dio entre la Comisión y los propietarios de fincas en La
Carpintera. La Cátedra de Gestión Forestal Territorial del Centro Agronómico Tropical de
Investigación y Enseñanza (CATIE), de forma discreta y efectiva, nos apoyó permanentemente en
la logística. El Ing. Jorge Rodríguez, Ministro del MINAET, siempre se mantuvo atento a nuestro
trabajo, interviniendo cuando hizo falta y siempre que se lo requerimos.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[13]
Finalmente quiero agradecer a mis compañeros de Junta Directiva del Movimiento Cívico del
Cantón de La Unión, en particular a su presidente, Dr. Minor Romero, por su permanente apoyo al
trabajo realizado y por animarnos siempre que lo necesitamos.
Con la entrega de este Plan de Manejo al Consejo Regional del Área de Conservación Cordillera
Volcánica Central considero como cumplida la misión que el Presidente de la República, Dr. Oscar
Arias y el Ministro del MINAET, Ing. Jorge Rodríguez, encomendaron en el Decreto Ejecutivo No.
34547-MINAET, a la Comisión Interinstitucional para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera.
Para aquellos que estamos interesados en la protección de estos hermosos Cerros de La Carpintera,
símbolo del Cantón de La Unión, el trabajo recién empieza.
Dr. Mario Ossenbach S.
Coordinador de la Comisión Interinstitucional
Tres Ríos, 6 de abril de 2010
Foto: Felipe Sanabria R .
“… sería un acto patriótico si este último resto de bella vegetación natural se conservara permanentemente como
monumento nacional, de manera que las futuras generaciones pudieran ver lo bello que era su país en su estado
primitivo…” (Paul C. Standley, 1884-1963)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[14]
1. INTRODUCCIÓN
1.1 Proyecto de Elaboración del Plan de Manejo de la Zona Protectora
Cerros de La Carpintera
A pesar de tener una extensión de solo 51,100 km2, Costa Rica provee refugio a aproximadamente
5% de la biodiversidad mundial. En el territorio nacional, caracterizado por su belleza natural, hay
160 áreas silvestres protegidas, en diferentes categorías de protección, reuniendo en conjunto más
del 26% de la superficie terrestre del país (MINAET-SINAC, 2007). Éstas se encuentran
consolidadas en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas. Además de sus valores
ambientales, espirituales y culturales, las áreas silvestres protegidas tienen una incidencia directa e
importante en la generación de ingresos. Así, del millón de turistas que ingresaron a Costa Rica en
el año 2006, alrededor del 60% visitó alguna de las áreas silvestres protegidas del país (MINAET-
SINAC, 2006).
Por lo tanto, el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) elaboró en 2003
la “Agenda para las Áreas Silvestres Protegidas Administradas por el Sistema Nacional de Áreas
de Conservación (SINAC)”, que se debía implementar en el periodo 2003-2008. Instrumento
orientador, la Agenda Nacional incluye cinco ámbitos de gestión. Entre éstos, en el ámbito
administrativo, se propone “Elaborar y actualizar los Planes de Manejo de las Áreas Silvestres
Protegidas (ASP) aplicando el procedimiento respectivo”. Para tal efecto, se sugiere “Conformar
equipos de trabajo con personal de las ASP, Oficinas Subregionales y Direcciones Regionales que
puedan liderar la elaboración y actualización de los planes de manejo” (SINAC, 2003).
La Zona Protectora Cerros de La Carpintera (ZPCC) fue establecida mediante Decreto Nº 6112-A
MAG del 23 de junio de 1976, al mismo tiempo que las Zonas Protectoras de Caraigres, Tiribí,
Cerros de Escazú, El Rodeo, Río Grande y Cerro Atenas. Por decreto Nº 21837 MIRENEM-S del
22 de diciembre de 1992 se agrega a la ZPCC el área correspondiente al Relleno Sanitario Río Azul,
y en el Decreto Nº 221888 MIRENEM del 20 de mayo de 1993 se dispone que correspondería al
MIRENEM la administración de dicho Relleno. Posteriormente, mediante Decreto Nº 23315-S-
MIRENEM del 12 de mayo de 1994, se anulan los dos decretos anteriores y la ZPCC vuelve a los
límites definidos originalmente en 1976. El 15 de enero de 2001, mediante Decreto Nº 29278-
MINAE, se dispone segregar una parte de la ZPCC y agregarle otra, definiéndose los límites
actualmente vigentes. Esta modificación de los límites de la ZPCC se dio luego de una negociación
entre la empresa Vidriera Centroamericana SA (VICESA) y el Estado, a fin de permitir la
explotación de sílice en terrenos de dicha empresa. A cambio de esta concesión VICESA adquirió
un terreno adyacente y lo donó al MINAE para su incorporación en la ZPCC.
La ZPCC tiene un área de 2391 hectáreas, y entre las razones que se citan para justificar su
constitución predomina el hecho que en ella se encuentran los últimos remanentes de los bosques
húmedos montanos del Valle Central. Los Cerros de La Carpintera se sitúan estratégicamente en el
centro geográfico del país, entre la Cordillera Volcánica Central (al norte del Valle Intermontano
Central) y los Cerros del Tablazo que son estribaciones de la Cordillera de Talamanca (al sureste de
dicho valle), en las provincias de Cartago (80%) y San José (20%). Están unidos a la Cordillera
Volcánica Central por el Alto de Ochomogo. Por esta razón tienen importancia también como
corredor biológico entre ambas cordilleras (Mata, 2005). Además, La Carpintera es fuente de
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[15]
recursos hídricos y su biodiversidad es importante, contando con algunas especies de plantas e
insectos endémicas.
Para los habitantes del Cantón de La Unión, los Cerros de La Carpintera tienen un significado
especial, formando parte de la identidad de sus pobladores y del imaginario colectivo, origen de
leyendas, cuentos y tradiciones. Los Cerros de La Carpintera forman parte esencial del paisaje del
cantón. Así, aunque solamente dos quintas partes de la ZPCC se encuentran dentro de La Unión, es
de los habitantes y representantes de este cantón que han salido las iniciativas para su protección.
En 1994, bajo el Nº 12.055, la diputada Maria Luisa Ortiz Meseguer presentó el proyecto de ley
“Creación del Parque Nacional Cerros de La Carpintera” (La Gaceta Nº 242 del 21 de diciembre
de 1994) que devino, luego de pasar por los laberintos de la Asamblea Legislativa, en un proyecto
para la creación de un Monumento Natural. Aún en esta forma, éste no prosperó por diversas
razones, en particular económicas (en el 2006, el diputado Oscar López Arias reintrodujo en la
corriente legislativa dicho proyecto, sin que la Asamblea se haya pronunciado aún al respecto). Más
tarde, en el periodo 1998-2002, el diputado por La Unión, Álvaro Torres Guerrero, presentó
igualmente un proyecto de ley bajo el nombre de “Proyecto de Ley Reserva Hídrica Cerros de La
Carpintera”, que igualmente fue archivado por la Asamblea Legislativa. En tanto que asesor del
diputado Torres Guerrero, el M.Sc. Víctor Villalobos R. preparó en marzo del año 2000 un
“Programa Ambiental para la Consolidación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera”.
Aunque dicho programa nunca fue ejecutado, es un importante resumen de los conocimientos que
se tenían hasta la fecha sobre la ZPCC en cuanto a ubicación, distribución geográfica, clima, uso de
la tierra, geología, recursos hídricos e importancia biológica.
Haciéndose eco del sentir de la población del cantón, la Asociación Movimiento Cívico del Cantón
de La Unión (ASMOCICU), constituida en el año 2000 y declarada de utilidad pública en el año
2007, ha venido realizando actividades para garantizar e incrementar la protección de los Cerros de
La Carpintera, haciendo también gestiones ante las autoridades gubernamentales para obtener apoyo
en este sentido. Entre las iniciativas de ASMOCICU para la protección de la ZPCC se cuenta la
creación, en el año 2002, del Fideicomiso Nº24-02 ASMOCICU-BCAC, mediante el cual se
pretende recaudar fondos para la compra de tierras en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera.
Dicho Fideicomiso garantiza a los donantes:
1. Que los fondos donados serán utilizados exclusivamente para la compra de tierras en la
ZPCC y su zona de amortiguamiento y, en caso de no ser utilizados para este fin serán
devueltos a los donantes, para lo cual se llevará el debido registro.
2. Que las tierras adquiridas serán sometidas a un régimen forestal voluntario.
3. En caso de disolución del Fideicomiso, las tierras serán traspasadas al Estado, en la figura
del MINAET.
A la fecha, ASMOCICU ha adquirido dos fincas en la ZPCC, una por donación directa de una
empresa privada y la otra comprada con los fondos recaudados. Con un área total aproximada de 32
hectáreas, ambas fincas han sido sometidas al régimen forestal voluntario.
En la Administración 2002-2006, el entonces Ministro de Ambiente y Energía, Lic. Carlos Manuel
Rodríguez Echandi, en un taller organizado por ASMOCICU, prometió que durante su gestión se
emitiría un decreto declarando la intención del Estado de convertir la ZPCC en un Parque Nacional
(Crónicas de La Unión de setiembre de 2005). Dicha promesa no se concretó antes de la
finalización de la Administración Pacheco, de manera que la Asociación buscó apoyo en el
entonces Vice Ministro (actualmente titular) del MINAET, Ing. Jorge Rodríguez Quirós.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[16]
Así, y con un enfoque más pragmático, el 1 de febrero de 2008 se firmó el Decreto Nº 34547-
MINAE, publicado en La Gaceta Nº110 del 9 de junio del mismo año, creando una Comisión
Interinstitucional cuyos fines serian:
1. Estudiar científicamente la situación actual de los Cerros de La Carpintera como Zona
Protectora.
2. Definir una propuesta social y políticamente realista, así como económicamente viable,
para incrementar y mejorar el grado de protección de los Cerros de La Carpintera.
3. Proponer un plan de acción al Estado en el corto, mediano y largo plazo para la
implementación de esta propuesta.
Dicha Comisión estaría constituida por un representante de la Asociación de Guías y Scouts de
Costa Rica, un representante de la Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión, un
representante de la Municipalidad de La Unión y dos representantes del Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central (ACCVC).
Correspondería al ACCVC la conformación y la coordinación de dicha comisión, así como la
responsabilidad de que cumpliera con sus objetivos en el plazo establecido.
Desde un inicio, la Comisión contó además con el apoyo de la iniciativa Bosque Modelo
Reventazón (BMR) y de la Federación de Municipalidades de Cartago.
La Comisión procedió entonces a la elaboración del Plan General de Manejo para la Zona
Protectora Cerros de La Carpintera, siguiendo los lineamientos de la “Agenda para las Áreas
Silvestres Protegidas Administradas por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación”. El
proceso de elaboración del Plan se caracterizó por ser un esfuerzo colectivo, donde ASMOCICU
desempeñó un papel clave asumiendo de manera natural la coordinación de la Comisión
Interinstitucional, y se contó con la participación activa y apoyo constante del resto de las instancias
miembros de la Comisión, como los Guías y Scouts de Costa Rica, La Municipalidad de La Unión,
BMR, ASOPROCA, y ACCVC, estos últimos brindando un apoyo técnico y político substancial.
La incorporación de la Asociación de Propietarios de La Carpintera (ASOPROCA) a la Comisión
Interinstitucional oficialmente en Octubre de 2007, como resultado de un proceso de conciliación de
intereses facilitado por el Señor Ministro, Ing. Jorge Rodríguez, del MINAET, fue uno de los hitos
relevantes para la culminación y validación participativa del Plan General de Manejo, que evidencia
el interés de los propietarios privados en la conservación y manejo sostenible de los recursos
naturales de la ZPCC.
Sin Plan de Manejo hasta el presente, la ZPCC carecía de las condiciones básicas para cumplir con
los objetivos de conservación por los cuales fue declarada área protegida. El presente Plan de
Manejo contiene, entre otros, los elementos más importantes para la gestión de un área protegida,
tales como el ordenamiento del territorio (zonas de manejo con sus respectivas normas de uso), los
objetivos de conservación, así como las estrategias y acciones organizadas en Programas de
Manejo.
Para elaborar el Plan de Manejo de la ZPCC, la Comisión Interinstitucional para la Protección de
los Cerros de La Carpintera ha contado con el apoyo técnico de profesionales del ACCVC y del
SINAC, así como con la colaboración de múltiples organismos como el Museo Nacional, el
Instituto Nacional de Biodiversidad (INBio), la Asociación Ornitológica de Costa Rica, la
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[17]
Universidad de Costa Rica, la Fundación Lankester, el Centro Agronómico Tropical de
Investigación y Enseñanza (CATIE), entre otros. También, propietarios de fincas en la ZPCC y
miembros de las comunidades vecinas han participado de manera activa en la elaboración del Plan
de Manejo mediante talleres participativos y otras actividades.
Como elementos sobresalientes para mejorar la protección de la ZPCC se indica la necesidad y
prioridad de fortalecer la presencia institucional permanente (personal y patrullaje), establecer una
cooperación con los propietarios de fincas en la ZPCC, así como alianzas con organizaciones e
instituciones locales, nacionales e internacionales.
Paralelamente al proceso de elaboración del Plan General de Manejo de la ZPCC, el Área de
Conservación Cordillera Volcánica Central y su Comité Técnico Científico giro la directriz a sus
oficinas de elaborar los planes de manejo de las Zonas Protectoras y Reservas Forestales ubicadas
en el Área de Conservación. Actualmente, esta directriz genera un contexto político y técnico
positivo para el proceso de oficialización del Plan General de Manejo de la ZPCC y su posterior
implementación.
1.2 Metodología para la Elaboración del Plan de Manejo de la ZPCC
Este plan de manejo fue elaborado siguiendo la “Guía para la Formulación y Ejecución de los
Planes de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas” sugerida por el SINAC (Artavia, 2004), que
comprende:
Diagnóstico del estado de la ZPCC
Estudio del fundamento técnico para el manejo de la ZPCC
Propuestas de estrategias para el manejo de la ZPCC
Validación
Para el proceso participativo, en cada etapa se organizaron talleres involucrando tanto funcionarios
como actores locales.
1.2.1 Diagnóstico del estado de la ZPCC
En una primera etapa se recopiló toda la información que se pudo obtener sobre la ZPCC. Muy
importante el anteriormente mencionado trabajo del M.Sc. Víctor Villalobos R., “Programa
Ambiental para la Consolidación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera”, por la
información que contiene en cuanto a ubicación, distribución geográfica, clima, uso de la tierra,
geología, recursos hídricos e importancia biológica. Igualmente, el “Borrador Preliminar de Plan
de Manejo Zona Protectora La Carpintera”, documento para discusión preparado por el Centro
Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE) en 1984. Otras fuentes de
información importantes fueron las estadísticas nacionales, el Plan Regulador Urbano de la Gran
Área Metropolitana (PRUGAM) y los Índices de Fragilidad Ambiental (IFA) preparados para este
efecto, la información suministrada por el Instituto de Acueductos y Alcantarillados, los datos de la
estación meteorológica del Campo Escuela Iztarú (operada bajo convenio con el Instituto
Meteorológico Nacional). En lo que se refiere a biodiversidad, existía poca información rigurosa y
de valor científico sobre los Cerros de La Carpintera, a excepción de los conteos de aves realizados
en conjunto entre la Asociación Ornitológica de Costa Rica (AOCR) y ASMOCICU en los años
2000, 2001 y 2003, así como el “Catálogo Preliminar de Orquídeas de La Carpintera”
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[18]
(Ossenbach, C., Ossenbach, M. y Pupulin, F., Fundación Lankester 2003). Antes de iniciar sus
labores la Comisión Interinstitucional, la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica había
suscrito un convenio con el Museo Nacional para estudiar la biodiversidad de los Cerros de La
Carpintera, trabajo que estaba en curso en ese momento y que fue publicado en julio de 2008. La
Comisión Interinstitucional, con el apoyo de Bosque Modelo Reventazón y ASMOCICU, organizó
además varias giras de investigación en convenio con el Instituto de Biodiversidad (InBio).
En un I Taller: Análisis FODA de la ZPCC organizado por la Comisión Interinstitucional se
realizó un análisis participativo de las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas (FODA)
para complementar la información primaria que ya se tenía a través de visitas y entrevistas a
propietarios y vecinos de la ZPCC sobre la situación socio-económica, ambiental y cultural, así
como las actividades económicas y las oportunidades de proyectos en la zona. En un II Taller:
Resultados del Diagnóstico de la ZPCC, se presentaron los avances del Plan y la situación actual
de la zona protectora.
Gran parte de la información mencionada ha sido puesta a disposición del público a través de las
páginas Web de la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica y la Asociación Movimiento Cívico
del Cantón de La Unión.
1.2.2 Fundamento Técnico para el Manejo de la ZPCC y Zonificación
Esta etapa se inició con el análisis de la categoría de manejo correspondiente al área silvestre
protegida (ASP) según la legislación de Costa Rica – en este caso la categoría de Zona Protectora –
y de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN), haciéndose luego la revisión y definición de los
objetivos de conservación que motivaron la creación de la ZPCC.
Con el apoyo inicial del cooperante francés, Ing. Benoît Larcher – quien vino a realizar prácticas
con el Bosque Modelo Reventazón – se elaboraron varias capas de información en SIG, tanto para
el proceso de diagnóstico de la situación actual como para la zonificación de la ZPCC. El principal
producto fue la clasificación detallada de los usos del suelo al interior de la zona protectora.
Posteriormente, con el apoyo de una cooperante CUSO-VSO para el Bosque Modelo Reventazón,
se prosiguió con el proceso de elaboración de la propuesta de zonificación. Para ello, también se
obtuvo información SIG facilitada por el PRUGAM y del Atlas de Costa Rica (ITCR 2008). Entre
todas las fuentes se obtuvo la siguiente información:
1. Altitud
2. Pendiente
3. Orientación de las pendientes
4. Cobertura boscosa
5. Uso del suelo
6. Recursos hídricos
7. Recarga acuífera
8. Zonas de vida
9. Asentamientos humanos y vías públicas
10. Riesgos geológicos
11. Fragilidad ambiental
Paralelamente, se analizó el marco legal ambiental vigente para poder definir inicialmente criterios
para la zonificación (división de la ZPCC en zonas de manejo) y posteriormente poder desarrollar la
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[19]
normativa para cada zona de manejo determinada. Los criterios de zonificación y la propuesta de
zonificación con su normativa fueron discutidos en los siguientes talleres:
III Taller: Criterios de Zonificación
IV y V Talleres: Zonificación - Propuestas preliminares
VI Taller - parte 1: Zonas de Manejo y Normativas (convocatoria a través de prensa
nacional)
con amplia participación de propietarios de fincas en la ZPCC. Cabe decir que para ese entonces, el
proceso de elaboración del Plan de Manejo dirigido por la Comisión Interinstitucional incitó a un
grupo de propietarios de fincas en la ZPCC a organizarse en una Asociación de Propietarios de La
Carpintera (ASOPROCA) con la finalidad de involucrarse y contar con representación en el
proceso. Con miembros de esta Asociación se realizaron varias reuniones para explicar los objetivos
y alcances del trabajo de la Comisión Interinstitucional, así como para explicar el marco legal
vigente aplicable a las propiedades situadas en una Zona Protectora. En concordancia a lo anterior,
ASOPROCA está desarrollando una propuesta de “Plan ASOPROCA-ACCVC-MINAET”, con
asesoría del Despacho del Ministro de MINAET. Este Plan cubre un área aproximada de 1442 has,
que comprende las propiedades de los miembros de esta asociación y busca orientar la planificación
a nivel de finca, en donde se reflejen tanto los intereses particulares como colectivos de
conservación y usos sostenible de los recursos naturales, en concordancia con las normativas del
Plan General de Manejo (PGM).
1.2.3 Propuestas de Estrategias para el Manejo de la ZPCC
Según la legislación vigente, en las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) es el MINAET el ente
regulador y, en consecuencia, los Planes Reguladores de las Municipalidades no tienen vigencia en
éstas. Por otra parte, el Plan de Manejo de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera es el primero
que se elabora en Costa Rica para este tipo de categoría de protección en donde la tenencia de la
tierra casi en su totalidad está en manos privadas. La legislación ambiental cubre la mayor parte de
los aspectos legales requeridos para el manejo de las diferentes zonas en una Zona Protectora, pero
presenta algunos vacíos que era necesario llenar. En consecuencia, el Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central (ACCVC) reunió a un equipo de expertos para definir en todos los
detalles la parte legal del Plan de Manejo. A ésta se agregaron las estrategias en los temas de
Manejo, Protección y Control de Recursos Naturales, Educación Ambiental, Gestión Comunitaria,
Administración y Uso Público. Estas acciones se complementaron y agruparon por afinidad
(programas y secciones) y se priorizaron en un horizonte no mayor de diez años. También se
determinaron algunos recursos (humanos) necesarios para ejecutar los programas de manejo. En el
VI Taller (parte 2): Propuestas de manejo (realizado el mismo día de la parte 1), la convocatoria
fue a través de un medio de comunicación de cobertura nacional (La Nación – prensa escrita). En
este taller se discutieron con los propietarios de fincas en la ZPCC los programas estratégicos de
manejo, en los cuales se definen las propuestas de manejo.
1.2.4 Validación del Plan de Manejo a nivel local
Para terminar, se realizó un último taller participativo, VII Taller: Validación para presentar el
contenido final y validarlo por los participantes. Este último taller se hizo igualmente tras
convocatoria por un medio de comunicación de cobertura nacional (La Nación – prensa escrita).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[20]
Asimismo, para tener más respaldo en la validación, el Plan de Manejo se presentó ante una sesión
pública de la Municipalidad de La Unión, donde participan vecinos de los diferentes distritos.
El presente Plan de Manejo para la Zona Protectora Cerros de La Carpintera es pues el resultado de
un trabajo participativo, científico, técnico y legal, expuesto abiertamente a la discusión y
proposición de las comunidades aledañas y, ante todo, de los propietarios de fincas en dicha Zona
Protectora. Ofrece un marco legal que servirá a propietarios e instituciones a la hora de tomar
decisiones referentes al desarrollo de actividades productivas o recreativas en los Cerros de La
Carpintera.
Finalmente, este Plan de Manejo, al ser el primero para una Zona Protectora, o sea, un Área
Silvestre Protegida en la que la casi totalidad de las tierras son propiedad privada, servirá de
referencia para la elaboración de los planes de manejo de las otras zonas protectoras del país.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[21]
Figura 1-1. Diagrama resumen de proceso metodológico para la elaboración del Plan de
Manejo de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[22]
2. CONTEXTO NACIONAL
2.1 Aspectos Político-Administrativos
La Ley Orgánica del Ambiente No
7554 del 4 de octubre de 1995, en su capitulo VII ÁREAS
SILVESTRES PROTEGIDAS, artículos 32, 35, 37 y 38 brinda el marco legal general a las zonas
protectoras y otras áreas silvestres protegidas.
El artículo 114 de la Ley de Biodiversidad que reforma los incisos l) y m) del artículo 3 de la Ley
Forestal 7575 y en lo que nos interesa respecto a la categoría de manejo de las zonas protectoras
el artículo 72 del mismo cuerpo legal, que define: articulo 37 Facultades del Poder Ejecutivo: las
fincas particulares afectadas según lo dispuesto por este articulo por encontrarse en Parques
Nacionales, Reservas Biológicas, y Zonas Protectoras, quedarán comprendidas dentro de las
áreas protegidas estatales solo a partir del momento en que se hayan pagado o expropiado
legalmente, salvo cuando en forma voluntaria se someten al régimen forestal. Tratándose de
reservas forestales, zonas protectoras y refugios de vida silvestre y en caso de que el pago o la
expropiación no se haya efectuado y mientras se efectúa, las áreas quedaran sometidas a un plan
de ordenamiento ambiental que incluye la evaluación de impacto ambiental y posteriormente, al
plan de manejo, recuperación y reposición de los recursos.
De conformidad con la legislación costarricense, las únicas categorías de manejo de áreas silvestres
protegidas donde resulta compatible la presencia permanente de poblaciones humanas son:
1. las reservas forestales
2. las zonas protectoras
3. los humedales
4. los refugios nacionales de vida silvestre de tipo mixto
En estas categorías de manejo los regímenes de tenencia de la tierra son frecuentemente mixtos (con
propiedad tanto pública como privada), lo que permite el desarrollo de ciertas actividades humanas
sujetas a determinadas regulaciones de uso.
Existen ejemplos de gestión participativa que han venido funcionando de hecho, mediante decretos
ejecutivos (reglamentos locales) que se respaldan en el espíritu de la Ley Orgánica del Ambiente N°
7554 (artículo 6°), donde se establece que “el Estado y las municipalidades fomentarán la
participación activa y organizada de los habitantes de la República, en la toma de decisiones y
acciones tendientes a proteger y mejorar el ambiente”. Un esquema de gestión conjunta pero con
objetivos diferentes es el de los comités para el manejo de cuencas hidrográficas que se han venido
estableciendo en varios puntos del país, mediante decretos ejecutivos. En ellas participan distintos
tipos de actores: representantes de otras instituciones del gobierno central, de los gobiernos locales,
de las organizaciones, etc.
Por su parte, la Ley de Biodiversidad N° 7788, al definir la estructura orgánica del SINAC
(artículos 23° al 33°), estableció una serie de espacios formales para la participación real de la
sociedad civil en el quehacer de la institución, lo que incluye, desde luego, la toma de decisiones
sobre asuntos relacionados con la gestión de las áreas silvestres protegidas (Araya et al., 2006).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[23]
La elaboración del presente Plan de Manejo se da en un momento en que, bajo la dirección del Ing.
Jorge Rodríguez Quirós como Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, las políticas
estatales de protección de las Áreas Silvestres Protegidas se orientan hacia una mayor colaboración
con los propietarios de fincas en y alrededor de éstas. Este cambio de orientación se ha visto
motivado en parte por la incapacidad económica del estado para comprar todas aquellas tierras que
se considera importante proteger, pero también por la toma de conciencia de que las ASP no pueden
estar aisladas de las zonas que las rodean.
2.2 Geofisiografía, Regiones Biogeográficas y Zonas de Vida
La superficie de Costa Rica alcanzaba 51.200 km2
hasta 1991, cuando en abril del mismo año el
terremoto de Limón produjo un levantamiento de la costa que incrementó la superficie del país a
51.450 km2. Costa Rica muestra en su diversidad fisiográfica islas, litorales, penínsulas, llanuras,
valles y cordilleras. Una de las características más importantes de Costa Rica es su posición
intercontinental e interoceánica, lo cual le da gran particularidad.
Su eje montañoso central de dirección noroeste-sureste, se interpone a la influencia dominante de
uno y otro océano, originando una gran diversidad climatológica y ecológica.
La región central del país está conformada por el Valle Central Intermontano. Este queda partido en
dos secciones por lo que se conoce como divisoria continental de aguas en el Alto de Ochomogo y
los Cerros de la Carpintera: la oriental y la occidental. Debido a la actividad volcánica y a los
materiales depositados por ésta, la mayoría de las tierras del Valle Central presenta gran fertilidad.
El valle oriental está drenado por el río Reventazón que va a desaguar al Caribe con el nombre de
Parismina y en él se encuentra la antigua capital del país, Cartago. El valle occidental es drenado
por el río Virilla que, al unirse con el Grande de San Ramón, forma el río Grande de Tárcoles. En
este valle se localiza la actual capital de la República, San José.
Costa Rica forma parte de dos provincias biogeográficas de la región neotropical y, siguiendo el
sistema Holdridge, se han identificado doce zonas de vida en el país (ver Mapa 2-1). Posee casi
todas las variedades de clima, desde cálido y húmedo en el Caribe, cálido y seco en la vertiente del
Pacífico, a frío en las cimas, semejantes a algunas partes de clima templado del continente
(Jiménez, 2003).
2.3 Biodiversidad en Costa Rica
Costa Rica forma parte de Mezo América que resalta en importancia por su gran cantidad de
especies endémicas y por el rol que juega como corredor para las especies entre las masas
continentales de Norte y Sur América (MINAE-SINAC, 2007). En sus 51.450 km² de superficie
terrestre (0.03% de la superficie mundial) y sus 589.000 km² de mar territorial; se estima que se
encuentra alrededor del 5% de la totalidad de las especies vivientes en el planeta (ver Tabla 2-1).
Sus dos estaciones climáticas, su sistema montañoso que le provee de una gran variación altitudinal
y sus dos costas, son algunos de los factores que inciden para que Costa Rica posea esta gran
diversidad biológica que la caracteriza (MINAE, 2000).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[24]
Grupos
Especies conocidas
en el mundo
Especies conocidas en
C.R. % del total
Aves 9.040 864 9,55
Mamíferos 4.629 229 4,94
Reptiles 6.700 222 3,31
Anfibios 4.500 175 3,88
Plantas 270.000 10.000 3,70
Peces 19.056 835 4,38
Tabla 2-1 Biodiversidad en Costa Rica y el resto del mundo, 2002 (Fuente: Obando, 2002)
2.4 Conservación de la Biodiversidad en Costa Rica
El ambiente y la biodiversidad son ámbitos que —a pesar de los importantes logros del país en las
últimas décadas— siguen estando muy amenazados. El índice de deforestación en la superficie
forestal virgen sigue siendo difícil de controlar, y aunque la tasa total de cubierta forestal empieza a
mostrar signos de recuperación como resultado de los programas comerciales de reforestación, el
Pago de Servicios Ambientales (PSA) y el abandono de las actividades agropecuarias en zonas de
bajo rendimiento o donde se dan actividades económicas más rentables, no se ha detenido la pérdida
de biodiversidad. A la luz de la cada vez más vital contribución del turismo a la economía nacional,
la preservación del patrimonio natural de Costa Rica adquiere mayor significado, pues el valor de
una selva virgen dedicada exclusivamente a fines de ocio, que además es parte de la imagen que
Costa Rica desea proyectar, puede ser considerablemente mayor del inicialmente previsto (Informe
Estratégico Nacional, 2002-2006).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[25]
Mapa 2-1 Distribución geográfica de las zonas de vida en Costa Rica (Comisión
Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[26]
Para conservar muestras representativas de los diferentes ecosistemas, el país inició desde 1955 un
proceso sistemático para establecer Áreas Silvestres Protegidas (ASP), resguardando legalmente en
la actualidad el 26% del territorio terrestre nacional (MINAE-SINAC, 2006).
Supeditado al Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) es la organización cuya responsabilidad consiste en la
administración, regulación y control de las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) del país. Fue creado
mediante la Ley de Biodiversidad No 7788 del 23 de abril de 1998, Artículo No. 22, que dice así:
“Créase el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en adelante denominado Sistema, que
tendrá personería jurídica propia; será un sistema de gestión y coordinación institucional,
desconcentrado y participativo, que integrará las competencias en materia forestal, vida silvestre,
áreas protegidas y el Ministerio del Ambiente y Energía, con el fin de dictar políticas, planificar y
ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de
Costa Rica. Conforme a lo anterior, la Dirección General de Vida Silvestre, la Administración
Forestal del Estado y el Servicio de Parques Nacionales ejercerán sus funciones y competencias
como una sola instancia, mediante la estructura administrativa del Sistema, sin perjuicio de los
objetivos para los que fueron establecidos...” (Asamblea Legislativa, 1998).
El SINAC se estableció como resultado de la integración de tres organizaciones responsables de la
administración de los recursos naturales en ese momento: el Servicio de Parques Nacionales, la
Dirección General Forestal y la Dirección de Vida Silvestre. La integración tenía como propósito la
descentralización y regionalización del manejo de los recursos naturales, involucrando a los
diferentes sectores que lo conforman (Jiménez, 2003). Las categorías de manejo de las áreas
silvestres protegidas incluyen desde usos muy restringidos, como en las Reservas Biológicas (donde
se permite únicamente actividades de investigación y de educación ambiental), hasta Zona
Protectora o Reserva Forestal, donde son posibles usos múltiples como investigación, turismo,
pesca, manejo de bosque, agricultura y ganadería. Según Jiménez (2003), un cambio importante en
la operación del SINAC es que ha pasado de un enfoque meramente funcional (departamentos
técnicos) a un enfoque de procesos, en el cual el concepto de democratización y participación ha
estado presente en todo el establecimiento de la estructura del SINAC, por cuanto existe la
convicción de que la sociedad civil debe incorporarse en la toma de decisiones regionales, a través
de los Consejos Regionales, y que debe participar más activa y responsablemente en las actividades
de conservación. Operativamente, el SINAC está constituido por una unidad de coordinación
central y 11 Áreas de Conservación. Éstas operan en territorios definidos bajo la Dirección de un
gerente que coordina, con un Comité Técnico y un Comité Regional (ver Mapa 2-2).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[27]
Mapa 2-2 Áreas de Conservación en Costa Rica (Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan
General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[28]
3. CONTEXTO REGIONAL – EL VALLE CENTRAL DE COSTA RICA
3.1 Rasgos Culturales
3.1.1 Antropología e Historia
De los grupos indígenas Brunca, Chorotega y Huetar que habitaban Costa Rica, fueron los huetares
los que dejaron mayores rasgos históricos-culturales en el Valle Central. Desde la conquista y
pacificación de los aborígenes, el Valle Central ha sido la región más densamente poblada,
produciendo principalmente artículos básicos para la subsistencia hasta que, con la Independencia,
se inició en el siglo XIX la explotación minera, la era cafetalera y otras transformaciones sociales
que han originado el actual estado de producción, derecho de propiedad privada y libre empresa.
3.1.2 Cultura Contemporánea
Las actividades socioeconómicas y culturales del país se han centralizado históricamente en la
región del Valle Central, que agrupa la mayor concentración de población del país. Sus actuales
pobladores son en su mayoría mestizos. En el transcurso del siglo XX la población del Valle
Central pasó de ser de tipo rural para constituir, hoy en día, un grupo social de cultura
fundamentalmente urbana.
3.2 Topografía
El Valle Central se encuentra rodeado por la cordillera Volcánica Central, al norte, y los Cerros de
Escazú, Candelaria, Tablazo y La Carpintera, así como la Cordillera de Talamanca, en el sur. En
general el valle presenta una topografía medianamente plana. Al pie de las cordilleras, la topografía
es obviamente más accidentada y quebrada. El Valle Central está dividido por el Alto de Ochomogo
en un sector Oriental (Valle de Cartago) y un sector Occidental (San José, Heredia y Alajuela). Por
el Alto de Ochomogo pasa la división continental, o divisoria de las vertientes: el Valle Oriental
desagua en el Atlántico mientras que el Valle Occidental lo hace en el Océano Pacífico.
3.3 Características climáticas
Existe una estación seca que va de diciembre a abril y una lluviosa que va de mayo a noviembre o
principios de diciembre. La precipitación promedio anual varía entre 1.500 a 2.000 mm en la parte
baja del Valle, excepto en la zona de Cartago cuya precipitación no supera los 1.400 mm de
promedio anual. En las faldas de las montañas, la precipitación varía entre 2.000 y 3.000 mm. La
temperatura media anual en el Valle varía de 20o a 23
o C en las partes bajas, y es de
aproximadamente 15o
C en las partes altas de la Cordillera Volcánica Central. La humedad relativa
varía muy poco durante el año y oscila entre 70 y 80% en las partes bajas y entre 80 y 90% en las
montañas. La dirección predominante del viento es noreste (vientos alisios), la velocidad promedio
en Alajuela es de 22 a 27 km/hr, en San José y Cartago de 12 a 14 km/hr (Aguilar et al., 1984).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[29]
3.4 Hidrología
La configuración de la red hidrográfica de Costa Rica está determinada por las cordilleras que
atraviesan longitudinalmente el país de noroeste a sureste, la estrechez del territorio entre los dos
océanos y la intensidad y distribución anual de las lluvias.
El Valle Central se encuentra dividido en dos grandes vertientes: la del Atlántico y la del Pacífico,
divididas por los Cerros de La Carpintera y el Alto de Ochomogo. En la primera de ellas se destaca
la cuenca del Río Reventazón. En el Pacífico sobresale la cuenca del Río Grande de Tárcoles, que
tiene dos componentes principales: el Río Grande y el Virilla; este último tiene un gran número de
afluentes.
3.5 Geología y Geomorfología
Los suelos de la región de estudio son de diferentes orígenes, encontrándose en mayor porcentaje
los edificios volcánicos recientes y actuales, y los piroclásticos asociados con materiales volcánicos:
lavas, tobas y piroclastos. Desde el punto de vista geomorfológico se distinguen una serie de zonas
(Aguilar et al., 1984). En el Valle Central Occidental tenemos ocho:
piedemonte
área de conos discados
área de meseta
cañones fluviales
piedemonte meridional
piedemonte volcánico oeste
depresión de acumulación volcanolacustre
serranía de La Carpintera
En el Valle Central Oriental existen seis, que son:
piedemonte volcánico cuaternario
área de meseta
cuenca de Coris
Valle superior de Orosí
karst volcánico de Poás
Cañón fluvial del Reventazón
3.6 Edafología
Se encuentran cuatro grandes grupos: inceptisoles, alfisoles, ultisoles y vertisoles. El primer grupo
ocupa el 30% de la superficie de la Región, existiendo en la mitad norte y sur del Valle Central,
separado por pequeñas áreas de suelos verticales (Aguilar et al., 1984).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[30]
3.7 Biodiversidad de la región
3.7.1 Flora
La vegetación originaria del Valle Central, correspondiente al bosque húmedo y muy húmedo
premontano, húmedo tropical transicional a premontano, húmedo y muy húmedo montano bajo, ha
sido fuertemente eliminada desde mediados del siglo XIX, para dar paso a la ganadería y la
caficultura y, más recientemente, al desarrollo urbano e industrial. Por ejemplo, del bosque húmedo
premontano tropical no queda ningún área significativa de vegetación primaria en la región y en las
restantes zonas de vida, solo existen algunos relictos en aquellas áreas que, por su abrupta
topografía hacen imposible cualquier uso agrícola o ganadero. A pesar de lo anterior, todavía es
posible encontrar manchas pequeñas de bosque bajo diferentes estado de sucesión (Aguilar et al.,
1984).
3.7.2 Fauna
Del análisis de la cobertura forestal del Valle Central se deduce que no puede ofrecer refugio ni
recursos alimenticios para la gran mayoría de especies faunísticas propias de las zonas de vida que
comprende, particularmente para los mamíferos. Para aves, Stiles & Campos (1981) reportan 204
especies pertenecientes a 40 familias (Aguilar et al., 1984).
3.8 Conservación del Valle Central de Costa Rica
3.8.1 Área de Conservación Cordillera Volcánica Central
A través del SINAC, la responsabilidad por la administración de las áreas silvestres protegidas del
Valle Central y de la supervisión de la protección del medio ambiente le compete específicamente
al Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC), quien está a cargo de 16 Áreas
Protegidas en total (Mapas 3-1 y 3-2). El ACCVC es una unidad territorial que,
administrativamente, ocupa 34 cantones en una superficie total de 5.662 km2 con alrededor de
2,200,000 habitantes, desde la parte central - que incluye la gran área metropolitana de San José con
80% de la población del territorio - hasta la frontera de Nicaragua al norte de Costa Rica. El
ACCVC presenta casi el 23% de su territorio bajo alguna categoría de protección y su cobertura
forestal es una de las más importantes de Costa Rica. Incluye también siete macizos volcánicos
(Platanar, Porvenir, Palmira, Barva, Poás, Irazú y Turrialba), de los cuales algunos presentan
actividad volcánica.
En los últimos años, el uso de la tierra del ACCVC se encuentra bajo una constante presión debido
a varios factores, siendo la densidad de la población del Gran Área Metropolitana (GAM) el mayor
factor de presión.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[31]
Mapa 3-1 ASP del Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central
(Fuente: D. Garita, SIG-ACCVC 2008)
Mapa 3-2 Relieve del Área de Conservación
Cordillera Volcánica Central
(Fuente: D.Garita, SIG-ACCVC 2009)
3.8.2 Corredor Biológico Ribereño Interurbano Subcuenca Reventado - Agua Caliente
(COBRI SURAC)
El COBRI SURAC está localizado en la provincia de Cartago, abarcando los cantones de
Oreamuno, El Guarco y Cartago, y se encuentra dentro del Área de Conservación Cordillera
Volcánica Central (ACCVC). El Corredor inició en el 2006, comprende una superficie de 18.451 ha
y busca mantener y restablecer la conectividad biológica entre siete áreas silvestres protegida: los
parques nacionales Volcán Irazú y Tapantí-Macizo de la Muerte, las reservas forestales Cordillera
Volcánica Central y Río Macho, las zonas protectoras Tiribí, Cerros de La Carpintera y Río
Navarro-Río Sombrero (ver Mapa 3-3).
Una de las grandes potencialidades del COBRI SURAC es su condición de corredor ribereño e
interurbano, donde el bosque ribereño constituye el eje articulador de la conectividad y la
arborización del casco urbano representa un reto: considera el 6% de la provincia de Cartago siendo
está de importancia estratégica como oferente de servicios ambientales, principalmente de agua para
consumo humano y producción de energía, tanto en el ámbito provincial como a nivel nacional.
El COBRI SURAC está conformado por un Comité Gestor, Operativo, una Junta Administrativa
responsable de la toma de decisiones y cuatro comités que se encargan de desarrollar las áreas
temáticas:
1. Protección y rescate de los recursos agua, suelo, aire, biodiversidad y ecología urbana
2. Manejo integral de residuos sólidos municipales y comunales
3. Alternativas de desarrollo sostenible
4. Capacitación y formación.
En poco tiempo de existencia, el COBRI SURAC ha logrado consolidar alianzas estratégicas entre
instituciones gubernamentales, académicas, gobiernos locales, organizaciones ambientalistas,
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[32]
comunidad civil y el sector privado. Estas alianzas han permitido fortalecer las capacidades locales
mediante la formación de recurso humano en temas claves para el corredor y el apoyo técnico, la
facilitación y la promoción de iniciativas productivas en armonía con la naturaleza (COBRI
SURAC, 2008).
3.8.3 Corredor Biológico Uniendo Cordilleras (CBUC)
"Uniendo Cordilleras" pretende la conservación de los últimos remanentes de bosque ubicados en la
periferia sur y sureste del Valle Central, muchos de los cuales no son aún Área Silvestre Protegida y
otros que tienen categorías bajas de protección, como Zonas Protectoras. Las Zonas Protectoras
abarcadas por el corredor son: Tiribí, Cerros de la Carpintera, Cerros de Escazú, Quitirrisí y Rodeo.
También se comprenden zonas boscosas y de gran importancia a nivel de recurso hídrico como la
Loma Salitral, la Fila Ventolera y el Alto Tablazo. Se pretende lograr la interconexión biológica de
estas áreas vulnerables con áreas boscosas mayores de la Cordillera Volcánica Central (PN Volcán
Irazú) y la Cordillera de Talamanca (ZP Río Navarro - Río Sombrero). La propuesta asigna un valor
importante a la protección de los recursos hídricos, a la conservación del bosque y a la
biodiversidad en general. Paralelamente, se busca resaltar el valor de los fragmentos de bosque
existentes como una herramienta para la educación ambiental, como áreas para el esparcimiento de
los habitantes del Valle Central y como posibles fuentes locales de ingresos económicos por medio
del pago por servicios ambientales y el eco turismo rural. Otros beneficios del Corredor Biológico
de igual importancia son la producción de oxígeno y el secuestro de CO2 del aire, que ayudan a
mitigar el efecto invernadero y el calentamiento global; el valor paisajístico; los reservorios de
diversidad genética para la bioprospección; el recurso para estudios científicos, y los servicios
ecológicos para la agricultura de la región, al constituir el hábitat fundamental para el
mantenimiento de poblaciones de organismos benéficos para los cultivos, como los polinizadores y
los controladores naturales de plagas (A. Cascante, P. Mata, A. Estrada, 2008).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[33]
Mapa 3-3 Corredor Biológico Ribereño Interurbano Subcuenca Reventado – Agua Caliente
(Fuente: COBRI SURAC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[34]
Mapa 3-4 Corredor Biológico UNIENDO CORDILLERAS – Prioridades de Conservación
(Fuente: CBUC, información técnica noviembre 2008)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[35]
CantónSuperficie
(ha)Porcentaje Distritos
Río Azul
San Diego
San Rafael
San Nicolas
Guadalupe
Quebradilla
Patarrá
TirassesCurridabat
La Unión 975 41%
Cartago 964 40%
TOTAL
18%
1%
2396 100%
Desamparados 429
28
4. CONTEXTO LOCAL DE LA ZONA PROTECTORA CERROS DE LA
CARPINTERA
4.1 Contexto Político-Administrativo
El territorio de la ZPCC y su zona de influencia se sitúan en cuatro cantones (La Unión, Cartago,
Desamparados y Curridabat) y ocho distritos (Tabla 4-1), compartido entre las provincia de Cartago
y de San José, (Ver Mapa 4-1).
Tabla 4-1 División político-administrativa de la ZPCC (Atlas de Costa Rica, ITCR 2008)
La ZPCC está considerada entre las áreas silvestres protegidas con mayor presión por la expansión
urbana en los años 80. En efecto, como se puede ver en la Tabla 4-2, todos los distritos en que se
encuentra la ZPCC y que conforman su área de influencia, han tenido desde 1970 un crecimiento
superior al de la respectiva provincia y, obviamente, superior al crecimiento demográfico de todo el
país.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[36]
Mapa 4-1 División político-administrativa de la ZPCC (Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan
General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[37]
1970
1980
1990
2000
2010
2015
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(Fuente: Adaptado de Bixby 2002)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[38]
En el año de 1970 los ocho distritos de Patarrá, Tirrases, Río Azul, San Diego, San Rafael, San
Nicolás, Guadalupe y Quebradilla tenían un total de 13.818 habitantes. Para el año 2015 se prevé
que estos mismos ocho distritos tendrán una población estimada en 289.678 habitantes, lo que
significaría un crecimiento anual promedio de un 7,00%, muy por encima de la media nacional
(2,36%) y también provincial (2,32% para San José y 2,42% para Cartago). Destaca en primer lugar
San Diego con un 11,53%, pero también los distritos de Patarrá, Tirrases y San Nicolás. Es decir, el
área de influencia está sufriendo un crecimiento demográfico desproporcionado, con la consiguiente
presión sobre la ZPCC (ver Mapa 4-2). En el estudio “Diagnóstico del Cantón de La Unión”, de
Ixel Quesada Vargas et al, realizado por encargo de la Asociación Movimiento Cívico del Cantón
de La Unión en el año 2005, se encuentra información adicional sobre el crecimiento urbanístico y
demográfico en el Cantón de La Unión en las últimas décadas.
4.2 Descripción general
4.2.1 Bosques nublados en Costa Rica
Según Kappelle (2001), la definición más aceptada actualmente de Bosque Nublado es la que surgió
de un simposio realizado en Puerto Rico en 1993, descrita por Hamilton, Juvik y Scatena (1995) en
los siguientes términos:
“Los Bosques Nublados (Tropical Montane Cloud Forests) constituyen ecosistemas forestales con
una flora y una estructura características. Normalmente ocurren en una franja altitudinal donde el
ambiente se caracteriza por una cobertura de nubes persistente o estacional. Esta persistente
nubosidad reduce la radiación solar y el déficit de vapor, llegando a suprimir los procesos de
evapotranspiración. La precipitación total que llega al interior del bosque se ve significativamente
incrementada por el aporte de la neblina interceptada por la vegetación (“precipitación
horizontal”), que queda así disponible. En comparación con los húmedos sistemas forestales de
tierras bajas (Tropical Rain Forests), los Bosques Nublados presentan árboles de menor tamaño,
incrementándose por consiguiente la densidad de los tallos. Los árboles dominantes del dosel
generalmente exhiben troncos y ramas retorcidos o tortuosos, presentando hojas más pequeñas y
coráceas. También estos bosques nublados se caracterizan por presentar una proporción alta de
epifitas (biófitas, líquenes y helechos) y una correspondiente reducción de las lianas leñosas. Los
suelos en general son húmedos y presentan una gruesa capa de materia orgánica humidificada. Los
valores de biodiversidad de árboles, hierbas, arbustos y epifitas son altos, considerando su
reducida superficie con relación a la selva tropical lluviosa, en la cual la alta riqueza especifica se
concentra en los árboles principalmente. Los valores de endemismos son también muy altos. Los
Bosques Nublados ocurren en un rango muy amplio de precipitaciones (500 – 10.000 mm anuales).
También hay una importante variación en los niveles altitudinales donde ocurren”.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[39]
Mapa 4-2 Infraestructura vial y urbanización en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[40]
Los bosques de montaña de Costa Rica se encuentran entre 500 y 3000 m sobre el nivel del mar
(msnm) y se distribuyen en los pisos premontano, montano bajo, montano alto y subalpino. Están
ubicados en las cordilleras de Guanacaste, Tilarán, Volcánica Central y de Talamanca, así como en
los cerros del sur del Valle Central. El clima de los bosques de montaña tiene un carácter templado
diurno, con temperaturas promedio anuales de 10º C a 20º C. La precipitación anual fluctúa entre
2000 y 5000 mm. Los vientos alisios causan la formación de enormes fajas de nubes, en particular
en la vertiente Atlántica de las cordilleras, originando la presencia diaria de neblina en estos
bosques, razón por la cual la mayoría de ellos se puede llamar bosques nublados o nubosos. Los
bosques de las cordilleras tienen de 10 a 35 m de altura y áreas básales de 25 a 60 m2. Son
sumamente diversos en epifitas como bromelias, orquídeas, helechos, musgos y hepáticas. Estos
bosques se encuentran en buen estado de conservación dentro de varias áreas protegidas y son
utilizados principalmente para la generación de agua potable y electricidad mediante plantas
hidroeléctricas. El ecoturismo, por otro lado, cada vez adquiere más importancia como fuente
principal de ingresos para los habitantes de estos bosques (Kappelle, 2001).
4.2.2 Los Cerros de La Carpintera
En los Cerros de La Carpintera se encuentran algunos de los pocos remanentes del bosque propio
del Valle Central, lo que le da un valor particular para fines de conservación a pesar de su reducida
extensión (2.391 ha) y las alteraciones que presenta. Hay informes de antiguas colectas de insectos
realizadas en este lugar por el British Museum, que dan cuenta de especies no colectadas en ningún
otro sitio del país (SINAC-GRUAS I, 1996).
De topografía bastante irregular, en sus faldas está la ciudad de Tres Ríos así como otros pueblos
del cantón de La Unión. Se extiende en un área situada entre el Valle de Cartago y el collado de
Ochomogo al este, el Valle de San José y Quebrada Honda al oeste, Tres Ríos y Curridabat al
norte, y Coris al sur. En sus partes más altas aún hay algunos bosques primarios, mientras que en su
parte media predominan los bosques secundarios, pastos, algunas lecherías y cultivos de café.
Si bien es cierto que la protección de los Cerros de La Carpintera es una preocupación de las
comunidades aledañas, también lo es el hecho de que, al menos en su flanco norte, la cobertura
boscosa ha tenido una franca recuperación en los últimos ochenta años. Fotografías de los años
treinta del siglo XIX muestran unos Cerros de La Carpintera cubiertos de pastos en las zonas altas y
de cafetales en las medias y bajas, contrastando con la imagen que se percibe hoy en día (ver Foto
4-1).
Bajo protección desde 1976 como Zona Protectora Cerros de La Carpintera, es un referente
geográfico de toda la región. Junto con el Alto de Ochomogo divide a dos de las grandes urbes de la
Gran Área Metropolitana: San José y Cartago. Esta área es el sector de naturaleza verde y natural de
más fácil acceso desde cualquiera de sus flancos este y oeste. Su comunicación con otras tierras que
todavía tienen restos de bosques naturales y corredores fluviales intactos de la cordillera Volcánica
Central, en el flanco suroeste del Volcán Irazú, y con la cordillera de Talamanca, en el sur, le da una
importancia que se puede medir por sus valores y potencialidades (Mata, 2005), tales como:
a) Patrimonio ecológico
b) Recurso científico
c) Medio para el embellecimiento y el ordenamiento urbano
d) Agente para la protección de la salud
e) Variedad de servicios ambientales
f) Conexión ecológica entre las Cordilleras de Talamanca y Central
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[41]
g) Contribución al corredor Biológico Mesoamericano (CBM) y al Corredor Biológico
Pan- Americano (CBP)
h) Potencial educacional y cultural
i) Proyección ecoturística
j) Valor económico
k) Acervo histórico
Foto 4-1 Los Cerros de La Carpintera alrededor de 1930 (Álbum de La Unión, fotografía
cedidas a ASMOCICU para su publicación)
4.2.3 Ubicación de la ZPCC
La ZPCC se ubica en la hoja cartográfica del Instituto Geográfico Nacional 1:50.000 IZTARÚ 3445
IV o bien, en escala 1:10.000, en las hojas cartográficas PATARRA 3345-I-20, CARPINTERA
3445 IV-16 y OCHOMOGO 3445 IV-17. Estas hojas no indican la modificación introducida a los
límites por el Decreto Nº 29278-MINAE del 15 de enero de 2001. La descripción exacta de los
límites actuales de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera se encuentra en este decreto (ver
Introducción, Sección 1.1).
4.3 Síntesis de Rasgos biofísicos de la ZPCC
4.3.1 Topografía
En general, se encuentran tres estratos o niveles: estrato bajo, con pendientes que oscilan entre 0 y
5%; estrato intermedio, que corresponde a la zona a los pies de los cerros, con una pendiente entre 5
y 15 % y una altitud de 1.300 a 1.500 msnm; estrato superior que oscila entre 30% y más de
pendiente y con una altitud que varía entre 1.500 y 1.800 msnm (ver Mapas 4-3 y 4-4).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[42]
Los Cerros de La Carpintera son una serie de picos entre 1600 y casi 1900 msnm. Entre el Cerro
Quirazú (1794 msnm) y el Alto Lima (1651 msnm), al este, y el Alto Coris (1608 msnm) y el Alto
Lajas (1611 msnm) al oeste, se encuentran seis cimas de más de 1800 msnm. Los dos cerros más
altos tienen 1877 msnm y 1872 msnm. En las hojas cartográficas no se indican los nombres de estos
cerros ni en la cultura popular se les tiene denominación particular, pero Carpio (1983) cita el
Atalaya y el Aguacate como los dos de más altura.
El Mapa 4-5 nos muestra la orientación de las pendientes. Tomando en cuenta la latitud norte de
Costa Rica (aproximadamente 10º), y las pendientes que en algunos casos superan los 40º, es de
esperar que, sobre todo durante el invierno boreal, las pendientes del lado norte de los Cerros de La
Carpintera tengan una muy baja insolación.
Las pendientes del flanco sur de La Carpintera son más suaves y más expuestas al sol. Esto tal vez
explique por qué la agricultura y ganadería han sido abandonadas en su mayoría desde hace
bastante tiempo en el lado noreste de la ZPCC, mientras que persisten en el lado sur.
4.3.2 Características climáticas
En el Campo Escuela Iztarú está ubicada una estación meteorológica operada por el Instituto
Meteorológico Nacional. A una altura de unos 1700 msnm, los datos recopilados por esta estación,
si bien no son representativos del clima en general de los Cerros de La Carpintera, nos dan una idea
de las condiciones climatológicas de las partes altas de la ZPCC (ver Tabla 4-3 y los
correspondientes Gráficos 4-1 a 4-4). Desafortunadamente la estación carece de mediciones de
radiación, lo que sería interesante para tener una idea de la nubosidad en esas alturas.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[43]
Mapa 4-3 Elevaciones topográficas en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
(Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[44]
Mapa 4-4 Pendientes en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
(Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[45]
Mapa 4-5 Orientación de las pendientes en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
(Comisión Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[46]
De los datos se desprende que hay dos estaciones bien marcadas:
estación seca, de mediados de diciembre a principios de mayo
lluviosa, de mediados de mayo a mediados de diciembre
Esta última presenta dos máximos de precipitación, uno a finales de mayo y otro en octubre. La
precipitación anual promedio de 1764 mm está dentro del rango para el Valle Central, que es de
1500 a 2500 mm.
Las temperaturas son bastante constantes a través de todo el año, siguiendo patrones propios del
hemisferio boreal (más frío entre noviembre y febrero – un poco más caliente el resto del año).
La humedad relativa baja solamente entre febrero y mayo, estando el resto del año alrededor del
96%.
Los vientos, generalmente alisios provenientes del noreste, son más fuertes en la estación seca.
En las partes bajas de los Cerros de La Carpintera predominan características climáticas propias de
las dos secciones del Valle Central Intermontano.
4.3.3 Hidrología
4.3.3.1 Cuencas y Red de Drenaje
La división continental o divisoria de aguas entre las vertientes Atlántica y Pacífica llega a los
Cerros de La Carpintera desde el sur, de la Cordillera de Talamanca, pasa por la cima de sus picos y
desciende hacia el Alto de Ochomogo, continuando hacia Llano Grande y el Volcán Irazú, al norte.
En consecuencia, los Cerros de La Carpintera son tributarios de ambas vertientes, existiendo una
gran cantidad de ríos y quebradas que conforman diversas subcuencas.
En la parte suroeste del Macizo de la Carpintera encontramos la subcuenca de Quebrada Honda que
nace en los Altos de Coris y en la que confluyen, entre otras, la Quebrada Mesas y la Quebrada
Lajas. Desembocando en el Río Damas, que a su vez fluye en el Río Tiribí, esta subcuenca
pertenece a la vertiente Pacífica.
El sector noroeste es desaguado por la Quebrada Quebradas, alimentada por la Quebrada Chorro, la
Quebrada Alta y la Quebrada Palmira. Tributaria del Río Damas, esta subcuenca pertenece también
a la vertiente Pacífica.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[47]
ESTACION METEOROLÓGICA IZTARÚ
Promedios mensuales 2003 – 2009
Variable ene Feb Mar abr may jun jul ago sep oct nov dic
Precipitación Mm 29,4 10,8 20,3 28,6 236,0 156,3 177,4 162,1 327,6 384,6 174,2 56,4
Temp. Promedio ºC 14,7 15,2 15,6 16,5 16,9 17,0 16,7 16,7 16,9 16,7 16,0 15,1
- máxima ºC 19,4 20,7 21,5 22,6 22,6 22,9 22,1 22,4 23,1 22,1 20,8 20,0
- mínima ºC 12,0 11,9 12,3 13,2 14,2 14,5 14,2 14,2 14,2 14,3 13,7 12,4
Humedad relativa % 94,0 91,0 91,0 90,0 92,0 94,0 95,0 96,0 96,0 95,0 96,0 96,0
Velocidad del viento m/s 8,9 10,6 11,1 9,0 7,1 6,3 7,2 6,6 5,4 4,4 5,8 9,0
Tabla 4-3 Datos meteorológicos para las partes altas de la ZPCC
Gráfico 4-1 Gráfico 4-2
Gráfico 4-3 Gráfico 4-4
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[48]
Más hacia el este, siempre en la vertiente norte, la Quebrada Monte desemboca directamente en el
Río Tiribí, mientras que la Quebrada Bosque, la Quebrada San Vicente y la Quebrada Carpintera lo
hacen por intermediación del Río Chiquito. Más al este, la Quebrada Quirazú confluye con la del
Fierro para terminar, igualmente, en el Río Tiribí.
En el sureste, las quebradas Barahona, Luisa, Atalaya, Negra y Alajuela, junto con otras fuentes
menores, conforman el Río Coris que desemboca en el Río Purires para desaguar, a través del
Reventazón, en la vertiente Atlántica.
En el citado trabajo del M.Sc. Víctor Villalobos R., preparado para el diputado Álvaro Torres
Guerrero, en el 2000, se puede leer:
“La Zona Protectora los Cerros de la Carpintera, se ha dividido en dos patrones con diferentes
procesos fluviales, a saber:
Sector Norte:
Este Sector está regado principalmente por el Río Tiribí, el cuál precisamente recoge la mayoría de
las nacientes de agua que tienen su origen en el flanco norte de los Cerros de la Carpintera, y por
el Río Damas que recoge las nacientes de la Quebrada Quebradas para depositarlas luego aguas
abajo al Río Tiribí.
Entre los ríos tributarios más importantes tenemos:
Quebrada Carpintera
Río Bosque
Quebrada Monte
Quebrada Quebradas
Las aguas de los ríos presentan colores turbios debido al material de suspensión transportado y a
las consecuencias de la erosión de los suelos.
Sector Sur:
Debido a condiciones topográficas propias del lugar, este Sector está drenado por dos ríos:
El colector Quebrada Honda al extremo oeste de los Cerros de la Carpintera cuyas aguas nacen en
el Alto de Coris que luego de unirse a la Quebrada Quebradas son llevadas al Río Damas.
Presenta un patrón dendrítico en sus nacientes con problema de taludes fácilmente erosionables.
En este sector, las quebradas presentan como característica el atravesar por una zona
eminentemente sedimentaria (areniscas y arcilla) la que se ve erosionada y degradada
rápidamente, manifestándose en una serie de terrazas aluviales a la orilla de los ríos.
El colector Río Purires que recogen las aguas de las nacientes de la Quebrada Barahona, la Luisa
y las Quebradas Atalaya 1, 2 y 3. Sus nacientes presentan un patrón dendrítico. Este sector de los
Cerros de la Carpintera se encuentra seriamente deforestado. La Quebrada Barahona y la Luisa
son las únicas que poseen caudal regular durante todo el año.”
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[49]
4.3.3.2 Aprovechamiento del recurso hídrico
De conformidad con información suministrada por la Dirección de Aguas del MINAET, existen en
la ZPCC un total de 78 caudales asignados para un total de 42 concesionarios de aprovechamiento
de agua para diferentes usos, tales como doméstico, industrial y agropecuario. Existen
concesionarios con una sola concesión y otros de hasta 18 concesiones. Las 78 concesiones dadas
representan una extracción de agua de 85.64 lts/s, equivalente a una extracción de agua de 7.400 m3
/ día.
El uso más común dado al agua lo representa el uso doméstico, seguido luego del riego de frutales,
hortalizas, pastos y café. Igualmente es utilizada en otras actividades productivas como porquerizas,
lecherías, abrevaderos, granjas y para el sector industrial.
Las comunidades de Rincón Mesén, San Diego, Santiago, San Vicente, Coris, Bermejo y otras
vecindades utilizan el recurso hídrico generado en la ZPCC para llenar sus necesidades básicas de
consumo doméstico. Asimismo, el Campo Escuela Nacional Iztarú, perteneciente a la Asociación
de Guías y Scouts de Costa Rica usa el agua de la ZPCC (Villalobos, 2000).
Además de ello, prácticamente todas las propiedades existentes en su interior captan y utilizan el
agua de ella. Este hecho determina la importancia de mantener los flujos en cantidad y calidad
(Aguilar et al., 1984).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[50]
Mapa 4-6 Ríos y nacientes en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión
Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[51]
DISTRITO ADMINISTRACION No.
1 Quebradilla ASADA 3
2 Damas AyA 1
ASADA 3
AyA 1
Comité 1
Por Definir 1
ASADA 4
AyA 1
1
5 Río Azul ASADA 1
6 San Diego Municipalidad 1
7 San Juan Municipalidad 1
8 San Rafael ASADA 2
TOTAL 21
Patarrá
San Miguel
3
4
Tabla 4-4 Captación del recurso hídrico de la ZPCC (Fuente: AyA 2008)
4.3.4 Geografía, Geología y Geomorfología
El Complejo de la ZPCC se sitúa en el centro geográfico del país, entre la Cordillera Volcánica
Central al norte y los Cerros del Tablazo (que son estribaciones de la Cordillera de Talamanca) al
sureste. Constituyen cerros centinelas que, junto con una planicie en el collado de 1500 m de largo
por 300 m de ancho, conocido como Alto de Ochomogo, separan al Valle del Guarco del Valle de
San José (Mata, 2005).
El área comprende dos grandes sectores geológicos que son el macizo de La Carpintera
propiamente y las zonas adyacentes a él. En la constitución del macizo participan dos formaciones:
ígnea y sedimentaria. Las zonas adyacentes están conformadas por el Cerro Blanco, Cerro de
Patarrá y las zonas de Quebrada Honda, Coris y el Río Tiribí. Las formaciones estructurales son las
de Térraba, San Miguel y Coris, así como los aluviones (valle fluvio lacustre de Cartago) (Aguilar
et al., 1984).
En las formaciones calcáreas arenáceas que se encuentran en algunos lugares, se presentan fallados
y plegados lo que permite, según Strahler (citado por Meza en 1979), “la fácil salida de las aguas
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[52]
subterráneas a lo largo de los planos de fallas. Estos manantiales sean calientes o fríos, suelen
estar situados a lo largo de las líneas de falla. Este hecho suele tener lugar en las bases de las
montañas jóvenes por bloques fallados”. Esta condición, demuestra la existencia de un foco
volcánico subyacente activo, probablemente del Volcán Irazú, que permite el surgimiento de aguas
termales como las de Coris, Orosí, Aguacaliente de Cartago, San Antonio de Desamparados, entre
otros (Villalobos, 2000) (ver Mapa 4-7).
4.3.5 Edafología
Existen cinco subgrupos principales de suelos que son: typic distrandept, typic humitropt,
andicustic, humitropept y typic distropept. De ellos, el más representado es este último con un 65%
(Aguilar et al., 1984). Los suelos typic distrandept se caracterizan por ser rojos, profundos y bajos
en bases. Están asociados con suelos con muy poco desarrollo y delgados, además con suelos un
poco más desarrollados, pero poco profundos en relieves de colinas y montaña (latosoles y
litosoles) (Pérez, 1978 en Murillo et al., 1999).
4.3.6 Áreas Críticas
El Plan Regulador Urbano de la Gran Área Metropolitana (PRUGAM) define Zona Potencial de
Conservación y Protección aquellas zonas de muy alta fragilidad ambiental y que constituyen un
valor patrimonial regional y nacional en función de los recursos naturales, el valor escénico y la
biodiversidad. La zonificación territorial del PRUGAM 2008-2030 considera, con fundamento en
los requerimientos ambientales propios del marco jurídico nacional, establecer como Zona Potencial
de Conservación y Protección en la Cordillera Volcánica Central, del lado sur, el área que
comprende el sector de los cerros de Escazú hasta colindar con la ZPCC (Tomo IV: Atlas
Cartográfico, Plan PRUGAM 2008-2030 – Mapa SUAD 29 y Anexo 1: Zonificación IFAS para la
GAM).
“(La ZPCC…) tiene características y funciones de conservación principalmente, permitiéndose
usos de conservación, investigación, turismo y residencial de acuerdo al marco jurídico vigente. Es
el área comprendida por todas las zonas donde el Índice de Fragilidad Ambiental integrado tiene
la valoración de ser muy alto” (PRUGAM, 2008). Ver también Mapa 4-7.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[53]
Mapa 4-7 Fallas sísmicas y riesgos de inundación en la Zona Protectora Cerros de La
Carpintera (PRUGAM, 2008)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[54]
En 1984, es decir hace ya 26 años, Aguilar et al. habían establecido cuatro tipos de áreas críticas en
la ZPCC y sus alrededores:
Zonas con problemas de deslizamientos - Río Bosque, Quebrada Honda, Río Reventado
Subcuencas - Virilla, Tiribí, Torres y María Aguilar
Ecosistemas únicos o importantes - Bosque Nuboso de la Carpintera, Zona Pantanosa de
Coris. Respecto a éste último, cabe resaltar que ha sido en los últimos años fuertemente
diezmado como consecuencia del drenado para el establecimiento de industrias diversas
Lugares con fuertes pendientes (Cerros de La Carpintera, Cerro Tablazo, la zona al oeste de
Patarrá y la zona al noreste de San Antonio): todos ellos con una pendiente que oscila entre
el 45 y 60%
4.4 Biodiversidad de la ZPCC
Ya desde finales del siglo XIX, los biólogos y botánicos que visitaron Costa Rica en busca de
especies nuevas reconocieron en La Carpintera un ecosistema de características particulares. El
primero de ellos de quien tenemos noticias es Augustus Endrés. Alsaciano enigmático y uno de los
más importantes colectores de la flora de nuestro país en el siglo XIX, residió en San Ramón de
Alajuela entre 1866 y 1873 aproximadamente, desde donde realizó giras de investigación por todo
el valle central y las zonas aledañas. Algunas de sus colectas, hoy en día en el Museo de Historia
Natural de Viena, indican como lugar de recolección los cerros de La Carpintaria (sic) y Tablazo.
En el Herbario del Museo Nacional, el primer ejemplar colectado en los cerros data de 1887.
También Henri Pittier colectó en La Carpintera alrededor del 1900. En la década de 1920, Paul C.
Standley, autor de la primera Flora de Costa Rica, visitó varias veces los cerros, que describió así:
“Único entre los sitios de colecta de la región central es el Cerro de La Carpintera, cercano a Tres
Ríos y Cartago, una montaña aislada y elevada que surge sobre los campos de Ochomogo. Siento
una atracción especial por La Carpintera, porque puede alcanzarse fácilmente a pie desde Cartago
o Tres Ríos y por su flora, extraordinariamente variada, que nos ha ofrecido docenas de nuevas
especies.
Las laderas altas de la montaña se han limpiado para potreros y hay senderos fáciles hasta el
límite del bosque que cubre las partes altas, alrededor de la cima. Se corta madera en los bordes
del bosque, de manera que cada año el número de árboles se reduce.
El bosque alto de La Carpintera es denso y húmedo, y difícil de penetrar. En ninguna parte de
costa Rica he visto una vegetación tan variada y exuberante. Hay profusión de árboles raros,
muchos helechos arborescentes, un crecimiento exuberante de innumerables tipos de epifitas,
numerosos helechos y gran variedad de bellas flores.
Lo más memorable de un ascenso a La Carpintera es el hecho que todo el día se entretiene uno con
los aullidos de unos cuantos “nausingos” que de alguna manera han sobrevivido en su restringido
y aislado hábitat. En ningún otro lugar tan cercano a las ciudades de Costa Rica es posible oír las
magníficas voces de estos grandes, negros, monos aulladores, los más grandes simios de
Centroamérica.”
Finalmente, vale la pena resaltar que la parte alta de la ZPCC constituye una asociación atmosférica
muy húmeda, determinada por el contacto frecuente de la niebla y las nubes con la vegetación,
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[55]
denominada Bosque Nublado (Aguilar et al., 1984). Esta asociación es importante porque intercepta
agua, aumentando así la captación de este recurso en la zona: gran parte de esta vegetación captura
agua en abundancia de las nubes que pasan por su frondosidad y la lleva al suelo, sin necesidad de
que llueva, fenómeno conocido como precipitación horizontal (Mata, 2005). Las contribuciones de
la precipitación horizontal han sido documentadas en los últimos años reportándose casos donde
esta significa el 50% de los aportes totales de agua. A pesar de que pocos Bosques Nublados han
sido explorados sistemáticamente, lo cierto es que se trata de almacenes de biodiversidad y su papel
vital como fuentes y proveedores de agua dulce para millones de personas está siendo
desenmarañado y reconocido (WWF/UICN, 2000). Así, acumulando todas estas propiedades casi
mágicas, no es sorprendente que - al igual que los Bosques Naturales de muchas partes del mundo,
la ZPCC posea fuertes valores espirituales y culturales.
4.4.1 Zonas de vida de la ZPCC
Según la clasificación de Holdridge (1978), se identifican cuatro zonas distintas de vida en la ZPCC
(ver Mapa 4-8), que son el Bosque muy Húmedo Premontano (bmh-P), Bosque muy Húmedo
Montano Bajo (bmh-MB), Bosque Húmedo Montano Bajo (bh-MB), Bosque Húmedo Premontano
(bh-P).
BOSQUE MUY HÚMEDO PREMONTANO (bmh-P)
La zona de vida Bosque muy Húmedo Premontano (bmh-P) posee un rango de precipitación amplio
entre 2000 y 4000 mm como promedio anual. Se extiende a lo largo de las cordilleras, en ambas
vertientes y contiene una gran variedad de condiciones edáficas. La vegetación del bosque original
está constituida por especies como: Scheffera morototoni (fosforillo), Vochysia allenii (botarrama),
Ruopala montana (carne asada), Cedrela odorata (cedro amargo), Turpinia occidentalis (falso
cristóbal), Ulmus mexicana (tirrá) (Quesada, 2007).
BOSQUE MUY HÚMEDO MONTANO BAJO (bmh-MB)
El rango de precipitación oscila entre 1850 y 4000 como promedio anual, es muy característico de
esta zona de vida la presencia de neblina durante largos periodos durante el día y en el transcurso
del año (Bolaños et al, 2005). Por esta característica se le llama bosque nuboso o de neblina. Los
terrenos de esta zona de vida son en su mayoría de topografía accidentada, con laderas expuestas a
vientos que traen mucha humedad. Esta formación se ubica en la Cordillera de Talamanca, donde
domina el género Quercus (robles y encinos, con más de 10 especies), Alnus acuminata (jaúl),
Cornus disciflora (lloró), Magnolia poasana (magnolia). Un buen ejemplo son los bosques del
Cerro de la Muerte. El bosque presenta una estructura compuesta por individuos emergentes de
Quercus que sobrepasan los 40 m de altura, un dosel medio denso de hasta 25 m y un sotobosque
denso dominado por varias especies de cañuelas y carrizos. Los troncos de los árboles están
cubiertos por abundantes epifitas.
BOSQUE HÚMEDO MONTANO BAJO (bh-MB)
El rango de precipitación oscila entre 1400 y 2000 mm como promedio anual. Presenta un periodo
efectivamente seco moderado de 2 a 4 meses (Bolaños et al, 2005). En Costa Rica lo encontramos
en las cercanías de Zarcero, en Ochomogo, y en todas las localidades ubicadas entre los 1400 y
2100 msnm dentro de la zona de clima tipo Pacífico seco. En su condición natural el bosque de esta
zona de vida es de baja altura, con dos estratos, poco denso, con abundancia de epifitas.
BOSQUE HÚMEDO PREMONTANO (bh-P)
El ámbito de precipitación para esta zona de vida varía entre 1200 y 2200 mm, como promedio
anual, se presenta un periodo efectivo seco de 3,5 a 5 meses (Bolaños et al, 2005). En el Valle
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[56]
Central este tipo de bosque se encontraba generalmente en áreas de suelos volcánicos y fértiles,
pero ha desaparecido casi totalmente (Fournier, 1980). Entre las especies características de esta
zona de vida están los géneros Nectandra, Persea y Cinnamomun (familia Lauraceae), Cupania
(familia Sapindaceae), Eugenia (familia Myrtaceae), Cedrela salvadorensis (cedro), Cedrela
tonduzii (cedro dulce), Albizia adinocephala (carboncillo), Dendropanax arboreus (fosforillo), etc.
4.4.2 Flora
La ZPCC incluye prácticamente la única muestra existente del bosque que antiguamente cubría el
Valle Central. Esto, a pesar de las alteraciones que presenta, le da un valor particular para fines de
conservación (García, 1996). Hay áreas de bosque primario (aproximadamente 618 ha), cuya altura
promedio es de 20 metros y con diámetros variables, alcanzando algunos hasta un metro. En este
tipo de bosque hay un alto grado de epifitismo y gran cantidad de orquídeas, bromelias y helechos
arborescentes (Aspitia, 2007). Los bosques nativos de la Zona Protectora se extienden en pequeños
parches entre áreas dedicadas a la ganadería y la agricultura y se caracterizan por la vegetación
exuberante, con árboles que alcanzan 40-50 m. de altura (Villalobos, 2000).
A pesar de su poca extensión, la ZPCC constituye un lugar predilecto para botánicos debido a su
gran diversidad florística. En la literatura botánica se citan numerosos ejemplares colectados en el
área. Además, hay varias especies cuyos nombres le hacen referencia, tales como Piper
carpinteranum, Peperomia carpinterana, Itel carpinterae y Pleurothalis carpinterae, entre otros
(Aguilar et al., 1984).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[57]
Mapa 4-8. Zonas de Vida presentes en la ZPCC (Comisión Interinstitucional, Plan General de
Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[58]
La flora arborescente de la región está formada por un gran número de especies nativas, como
Quercus sp (Robles y Encinos), Bursera simarouba (Indio Desnudo), varias Lauraceas como
Nectandra salifolia (Quizarrá Amarillo), Persea schiedeana (sus frutos son una importante fuente
de alimento para los Quetzales), Inga sp. (Guaba) y meliáceas del tipo Cedrela sp (Cedros), entre
otros (Carpio, 1983). Además, Aguilar (1984) menciona que el Quercus se encuentra asociado con
euforbiáceas (Sapium sp., Pittieri sp.), rutáceas (Zanthoxylum elephantiasis, Zanthoxylum
monophyllum y Zanthoxylum microcarpum Croton sp.), taráceas, podocarpáceas (Podocarpus sp.),
juglandáceas (Engelhardtia sp. y Alfaroa sp.), representantes de verbenáceas (Citharexylum sp.),
varias compuestas (Montanoa sp.), mirtáceas (Myrcia sp., Calyptranthes sp., Eugenia valeria,
Psidium guajava y Eugenia jambos), urticáceas (Urena sp., Myrlocarpa sp.), clorantáceas
(Hedyosmum sp.), varias especies de palmas (Malvaviscos sp. y Robinsonella sp.) (Aguilar et al.,
1984; y Tenorio, 1998 en Murillo et al., 1999). El sotobosque está constituido también por una
enorme cantidad de especies de helechos, lianas, bambúes, hierbas, epifitas (incluyendo orquídeas y
bromelias), enredaderas, heliconias, etc. (Villalobos, 2000).
De las colecciones realizadas por los hermanos Curt y Alfred Brade y provenientes de La
Carpintera, Rudolf Schlechter (1872-1925) enumera en su “Bibliografía orquideológica de Costa
Rica” un total de 15 especies en 10 géneros diferentes. Oakes Ames (1874-1950), describió en su
obra “Schedulae Orchidianae” numerosas especies nuevas, entre ellas 8 especies en 5 géneros
colectadas en La Carpintera (en adición a las ya mencionadas por Schletchter). Paul Standley
resume los conocimientos en la “Flora of Costa Rica” (1937), enumerando 16 especies y 11
géneros suplementarias. Tomando las especies citadas por Schlechter, Ames y Standley, así como
las depositadas en los herbarios y colecciones nacionales, el “Catalogo Preliminar anotado de las
Orchidacea de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera, Costa Rica” (Ossenbach et al. 2003),
señala para la ZPCC un total de 44 géneros con un total de 82 especies de orquidáceas, de las
cuales:
10 especies descritas por primera vez en base a colectas en La Carpintera
7 especies endémicas de Costa Rica
1 especie endémica de los Cerros de La Carpintera (Malaxis carpinterae)
La Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica firmó un convenio con el Museo Nacional para
realizar un inventario preliminar de plantas, mamíferos y mariposas en su propiedad, el Campo
Escuela Iztarú, en la ZPCC. , para determinar en forma general las condiciones en que se encuentra
el bosque.
El informe del Museo Nacional, publicado en julio de 2008, en lo referente a plantas, dice así:
“DIVERSIDAD DE ESPECIES. En total se han recolectado 663 especies de plantas, distribuidas
en 131 familias botánicas. Entre estas especies se encuentran 93 de helechos y 570 de plantas con
flores, lo cual corresponde al 60% de especies esperadas para el área (1109), según el estimador
de Chao 2 (Colwell 1994). La familia que contiene mayor número de especies es Orchidaceae
(orquídeas) que, como se verá más adelante, es una familia en su mayoría compuesta por hierbas
epifitas, seguido por las Asteráceas que son principalmente hierbas y arbustos frecuentes en sitios
abiertos. Rubiaceae, una familia representada principalmente por arbustos de sotobosque de los
géneros Palicourea y Psychotria, géneros típicos de bosques premontanos y montanos. Las
Bromelias (Bromeliaceae) es otra familia de hierbas epifitas, con géneros abundantes como
Tillandsia y Werauhia. Las piperáceas es la siguiente familia, representada principalmente por
especies epifitas del género Peperomia y algunas terrestres del género Piper. La familia de las
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[59]
Poaceae se encuentra representada por 23 especies principalmente de pastos nativos e
introducidos. Es destacable la presencia de Chusquea longifolia, especie típica del sotobosque de
los bosques montanos. La familia Polypodiaceae está representada por especies de helechos
principalmente epifitos. Finalmente las aráceas conforman un importante grupo también de epifitas
y hemiepifitas, plantas que definitivamente necesitan del ambiente boscoso para vivir”.
“DIVERSIDAD DE FORMAS DE CRECIMIENTO. En la composición de la vegetación de La
Carpintera las plantas herbáceas son la forma de vida dominante representando el 43% de las
especies. Las hierbas terrestres (21%) están mayormente representadas por asteráceas, gramíneas
y piperáceas de vegetación secundaria y bordes de bosques. Un segundo grupo importante de
hierbas (22%) lo componen las orquídeas, bromelias, aráceas y helechos que adicionalmente son
de hábito epifito o hemiepifito en el caso de las aráceas. En general, las especies de vida epifita son
de gran importancia en la flora del sitio porque representan más de la cuarta parte del total de
especies, muchas de ellas restringidas a los fragmentos de bosque poco alterado o secundarios
avanzados. Las especies arbustivas representan un 16% del total, principalmente plantas de
sotobosque de las familias Asteraceae, Rubiaceae y Solanaceae. Cerca de una cuarta parte de los
arbustos presentan formas de vida epifita, entre ellos especies de ericáceas, rubiáceas,
gesneriáceas y las especies hemi-parásitas de la familia loranthaceae que crecen sobre sus árboles
hospederos. Existe un grupo de especies que pueden desarrollarse como arbustos o tomar la forma
de árboles de porte pequeño (14%), básicamente plantas de sotobosque o de vegetación secundaria
de las familias Euphorbiaceae, Melastomaceae, Fabaceae y Myrsinaceae, entre otras” (J. Sánchez
González, F. Durán Alvarado, G. Vega Araya, julio 2008).
En un esfuerzo conjunto de la Comisión Interinstitucional para la ZPCC, la Asociación Movimiento
Cívico del Cantón de La Unión, la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica y el Bosque Modelo
Reventazón, se organizaron y financiaron dos giras de una semana cada una de investigadores del
Instituto Nacional de Biodiversidad (InBio) para estudiar la flora y fauna de la ZPCC.
En lo que se refiere a hongos, el resultado de la investigación indica:
“Se recolectaron 75 especimenes de macrohongos, de los cuales 2 fueron identificados a nivel de
familia, 46 a nivel de género y 27 a nivel de especie.
Del género Schizophyllum se recolectó un espécimen que posiblemente constituya una
especie nueva para el país o incluso para el mundo. Este material es necesario someterlo a
un estudio morfológico y microscópico detallado y en caso necesario, contactar a algún
investigador a nivel internacional para enviar el material y así completar dicho estudio.
Se recolectaron algunas especies con usos como: Auricularia delicata (comestible),
Ganoderma applanatum (medicinal), Geastrum triplex (medicinal), Pseudohydnum
gelatinosum (comestible) y Schizophyllum commune (medicinal)”.
Concluye el informe indicando que el presente reporte se basa en las recolectas obtenidas en una
única visita en el mes de agosto, por lo que cabe esperar una cantidad mucho mayor de hongos en la
ZPCC, y que la información que se pueda obtener relacionada con los hongos de esta área sería de
gran relevancia, principalmente porque los bosques como éstos han sido eliminados casi en su
totalidad del Valle Central. Los datos recopilados servirán de base para comparar los rangos de
distribución de las especies ya conocidas. Sobre todo, se espera el descubrimiento de nuevas
especies para el mundo.
En cuanto a líquenes, el estudio concluye:
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[60]
“Durante la gira se recolectaron un total de 139 especimenes de líquenes, 37 fueron identificados a
nivel de género y 102 a nivel de especie.
La especie Ramalina celastri es un nuevo taxón para la colección de líquenes del
INBio.
Del género crustáceo Phaeographis, se recolectó posiblemente una especie aún no
descrita para la ciencia; para su descripción es necesario realizar un estudio
microscópico más detallado y comparar con especimenes depositados en el Museo de
Historia Natural de Chicago (USA).
Se recolectaron algunas especies con usos y/o importancia ecológica tales como:
Coccocarpia pellita (indicador de contaminación), Coccocarpia palmicola (indicador
de contaminación), Cryptothecia rubrocincta (tinte para telas), Heterodermia
diademata (medicinal), Pseudocyphellaria aurata (medicinal), Ramalina complanata
(producción de cosméticos), Usnea mexicana y Usnea ramillosa (medicinales).
Las especies del género Phyllopsora y Coenogonium son características de micrositios
de áreas con sombra, por lo que su presencia nos indica que dentro del área
muestreada existen bosques en un avanzado estado de regeneración.
Heterodermia presentó la mayor cantidad de especies, principalmente por ser un
género característico de micrositios abiertos a semiabiertos (vegetación secundaria,
orillas de caminos, áreas de pastoreo), en elevaciones medias.
El inventario en los diferentes micrositios refleja una diferencia significativa entre las diferentes
especies de líquenes, enfatizando el potencial de estos como bioindicadores de continuidad
ecológica (colonización de diferentes sitios). Existen especies típicas de bosque primario, otras de
áreas semiabiertas y otras de sitios totalmente expuestos a la intensidad de la luz” (J.L. Chaves
Chaves, E. Navarro Valverde, E. Alvarado Picado, octubre 2008).
4.4.3 Fauna
4.4.3.1 Mamíferos
Según el estudio del Museo Nacional:
“… se registraron 31 especies de mamíferos, que representan aproximadamente el 13 % de las
especies del país. Aunque el porcentaje es bajo, esta comunidad de mamíferos es interesante debido
a su presencia en un bosque del Valle Central, con un notable grado de alteración, ubicado muy
cerca de núcleos urbanos y carreteras. Esta característica convierte los cerros de La Carpintera en
uno de los últimos refugios de fauna de mamíferos en esta parte del país. Como es usual en
evaluaciones de mastofauna en el país, el grupo con mayor representación son los murciélagos,
con un total de 16 especies (52 %), que corresponde al 14 % de las especies de este orden de
mamíferos (Chiroptera) en el país. La especie que presentó más frecuencia de captura fue el
murciélago esturnira de Ludovico (Sturnira hondurensis), la cual es abundante en elevaciones
medias y de hábitats alterados. Por su parte el carolia de cola corta (Carollia sowelli), aunque se
registró en menor cantidad, es de común a abundante en casi todos los hábitat; similar al caso del
artibeo tolteco (Artibeus toltecus) (La Val & Rodríguez-H. 2002). Dentro del género Artibeus la
especie A. toltecus es el principal representante en este sitio, donde la captura del común artibeo
jamaiquino (A. jamaicensis) ha sido escasa, con solo 3 individuos registrados. Con estos resultados
se deduce que la comunidad de murciélagos de La Carpintera muestra una tendencia a estar
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[61]
conformada por una o dos especies dominantes, en este caso Sturnira hondurensis y Carollia
sowelli. Los roedores son el segundo grupo en importancia con seis especies (19 % de registros y
13 % de las especies del orden Rodentia en Costa Rica). Este grupo de mamíferos es el más diverso
en el país después de los murciélagos. Varias razones contribuyen a su diversidad y extensa
distribución geográfica que van desde una alimentación muy variada, que la mayoría son de
pequeño tamaño, de que ocupan diversos nichos (acuáticos, arbóreos, terrestres, habitaciones
humanas, altas montañas) y hasta el hecho de que la mayoría de las especies se reproducen
rápidamente (Reid 1997, Mora 2000). Entre los roedores más frecuentes de observar están sin
duda dos especies de ardillas Sciurus granatensis y S. variegatoides. Al igual que con los
murciélagos, es notable el predominio en los registros de una sola especie, en este caso el ratón
cantor Scotinomys teguina. Ha sido notable y sorpresiva la ausencia hasta el momento de una
especie por lo general común o abundante en varios tipos de hábitat, como es el ratón de pata
blanca Peromyscus mexicanus (Reid 1997). El tercer grupo en importancia es el orden Carnivora
(carnívoros) con cinco especies (16 % de las registradas y 17 % de las especies del orden en Costa
Rica), que a pesar de ser pocas, se caracterizan por ser sumamente adaptables. Los coyotes (Canis
latrans) se han extendido en gran parte del país, incluyendo algunos remanentes boscosos del Valle
Central, pues aparte de su variada dieta, se han visto favorecidos con la deforestación (Monge-
Nájera 1987). La martilla (Potos flavus) y el mapache (Procyon lotor) son de la familia
Procyonidae, grupo que se caracteriza por su gran adaptabilidad, debido a que son omnívoros y
que se pueden encontrar también en áreas alteradas (Mora 2000). Es notable y de interés el
avistamiento de una especie de gato silvestre, el caucel o tigrillo (Leopardos wiedii), especie muy
difícil de ver. Con menor representación se encuentran los grupos Xenarthra (perezosos y
armadillos) con 2 especies. La más fácil de observar son el perezoso de dos dedos Choloepus
hoffmanni, que aunque es mayormente de costumbres nocturnas, se observa con cierta facilidad de
día mientras reposa, o incluso come algunas hojas. El armadillo (Dasypus novemcinctus) a menudo
se detecta por la presencia de tierra removida o huellas. Por último y con una sola especie se
encuentran el orden Didelphimorphia con la especie Didelphis marsupialis (zorro pelón), la cual a
pesar de que no fue observada en este muestreo es muy posible que esté presente ya que es muy
adaptable a condiciones tanto de bosque alterado como cultivos, y Lagomorpha (conejos), con el
conejo de monte (Sylvilagus brasiliensis) quienes se observan principalmente durante las noches
por los caminos de lastre”. (J. Sánchez González, F. Durán Alvarado, G. Vega Araya, julio 2008).
4.4.3.2 Aves
Para documentar la riqueza de la avifauna en los Cerros de La Carpintera, la Asociación
Ornitológica de Costa Rica y la Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión realizaron
censos de aves en el mes de marzo de los años 2000, 2001 y 2003. Se pudo documentar la presencia
de 187 especies diferentes de aves.
Llama la atención la cantidad de aves acuáticas, debido a la presencia de lagunas y humedales,
particularmente en el Alto de Ochomogo y en los sectores de La Lima y Coris.
La avifauna es rica y es la que cabe esperar para la zona. Es interesante que a unos veinte minutos
del centro de Tres Ríos se puedan ver aves como toledos (Chiroxiphia linearis), tucancillos verdes
(Aulacorhynchus prasinus), trogones collarejos (Trogon collares), rualdos (Chlorophonia
callophrys) y hasta 16 especies de colibríes, entre ellos el espectacular alas de sable (Campylopterus
hemileucurus).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[62]
Es probable que censos posteriores revelen la presencia de más especies de aves, particularmente
gavilanes y halcones, pero también migratorias. Igualmente sería de esperar que se encuentren
algunas especies de lechuzas que no se avistaron.
Recientemente se ha reportado la presencia de quetzales (Pharomachrus mocinno) en los Cerros de
La Carpintera, concretamente en el Campo Escuela Iztarú y en las partes altas de Coris. Esto
indicaría que la calidad de los bosques de La Carpintera y su conectividad con las cordilleras
Volcánica Central y de Talamanca están mejorando.
4.4.3.3 Mariposas
El estudio realizado en convenio entre el Museo Nacional y la Asociación de Guías y Scouts de
Costa Rica concluye, en lo que se refiere a mariposas, lo siguiente:
“DIVERSIDAD DE ESPECIES. En este trabajo se obtuvo un total de 146 especies de mariposas
diurnas distribuidas en 105 géneros, 6 familias y 17 subfamilias. El total de especies encontradas
representa el 11% de las especies de mariposas diurnas registradas para Costa Rica (Haber y
Stevenson 2004). Las familias mejor representadas fueron Nymphalidae con 80 especies (54%)
seguida por Hesperiidae con 36 (24%) y Pieridae con 17 especies (11%). Este patrón respecto a la
diversidad por familia se presenta en otros inventarios de mariposas a nivel neotropical, lo cual es
de esperar si consideramos que las dos primeras familias son las más diversas en esta área
geográfica (Tobar 2002, Luna y Llorente 2004). La familia Nymphalidae tiene la particularidad de
ser la familia que más se ha diversificado en la explotación de hábitat, aportando el mayor número
de especies específicas de hábitat de bosque. Hesperiidae aun cuando es la segunda familia más
diversa a nivel neotropical, ha sido poco estudiada a nivel taxonómico, biológico y biogeográfico,
aportando la mayor cantidad de especies raras en los inventarios y colecciones. En este estudio por
ejemplo, esta familia aportó 8 nuevas especies a la lista de mariposas del Valle Central, ampliando
por lo tanto el ámbito de distribución de las mismas; además mostró 17 especies compartidas con
los cerros de Escazú y 14 especies con El Rodeo (Ciudad Colón). En mariposas nocturnas se
encontró 32 especies distribuidas en 17 géneros, 3 subfamilias y 2 familias. La familia más diversa
fue Sphingidae con 24 especies respecto a Saturnidae con 8 especies. Estos resultados representan
un 24 % de las especies reportadas para Costa Rica en la familia Sphingidae y un 8% en el caso de
Saturnidae. La alta diversidad de esfíngidos encontrada en la carpintera tiene importancia
ecológica, puesto que las mariposas de esta familia son importantes polinizadores de árboles y
orquídeas (Haber & Frankie 1989). En este sentido, los cerros de la Carpintera, por su
accesibilidad y seguridad, son un sitio ideal para realizar estudios de polinización y de otras
relaciones ecológicas, fundamentales en la dinámica y conservación de este ecosistema. Es
importante mencionar la recolecta del esfíngido Manduca opima, puesto que es una especie muy
rara en colecciones en Costa Rica. Existen solo 4 ejemplares en la colección del INBIO,
recolectados en Grano de Oro en Turrialba, y en Monteverde. Esto implica que la Carpintera es la
tercera localidad registrada para esta especie en Costa Rica.
DIVERSIDAD DE ESPECIES POR HÁBITAT. Para las mariposas diurnas se encontró 72 especies
relacionadas con hábitat de bosque (49 %), respecto a 74 especies típicas de hábitat de crecimiento
secundario (51%). Las subfamilias Ithomiinae (21 especies) y Charaxinae (11 especies) aportaron
el mayor número de especies propias de hábitat de bosque. Del total de especies registradas para
Costa Rica en estas subfamilias, los charaxinos encontrados representan el 11%, y los itómidos el
32% (Fig 13). Los Charaxinae habitan en el dosel y son frugívoros, aprovechando en la zona los
frutos podridos de las familias Moraceae, Icacinaceae, Sabiaceae, Lauraceae y Malphigiaceae,
entre otras. Además disponen de plantas hospederas como Casearia sp. que sirve a Zaretis
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[63]
silvestres, las especies de Ocotea a Memphis moruus, Croton a Memphis perenna, y algunas
especies de Piper a Consul electra, entre otras. Horner (2003) encontró que las mariposas
frugívoras pueden ser indicadoras del estatus de toda la comunidad de mariposas en una región.
Los itómidos por su parte habitan en el sotobosque, y son nectarívoros, haciendo uso del néctar de
Asteráceas (Senecio spp.), Rubiaceae (Hamelia sp. ) y Heliconiaceae (Heliconia sp.), entre otras.
También utilizan variedad de plantas como hospederas, de las familias Solanaceae y Apocynaceae
que crecen dentro del bosque y en los bordes. Los itómidos han sido vistos como buenos
indicadores de calidad de hábitat de bosque (Brown 1991). Por lo tanto, la alta diversidad
encontrada tanto de itomidos como de charaxinos, muestra que los diferentes estratos del bosque
de La Carpintera (sotobosque, dosel), conservan elementos bióticos (néctar, plantas hospederas) y
abióticos (luz, humedad, temperatura, refugio) adecuados para especies específicas de hábitat de
bosque, y por lo tanto, frágiles a la pérdida del mismo.
ENDEMISMO. Se encontró 23 especies y 8 subespecies endémicas regionales (Costa Rica –
Panamá) y 1 subespecie (Memphis perenna lankesteri) endémica de Costa Rica. El 80% de las
subespecies y el 85 % de las especies endémicas regionales son propias de hábitat de bosque, y
pertenecen en su mayoría a las subfamilias Ithomiinae y Dismorphinae. Entre estas especies y
subespecies se encuentran Dismporhia crisia lubina, D. zathoe pallidula y Oleria vicina. Este
resultado sugiere que los fragmentos de bosque relativamente grandes son importantes porque
mantienen especies raras y endémicas. No obstante, la especialización de mariposas endémicas a
vivir en hábitat de bosque, implica que la deforestación puede con mayor posibilidad perjudicar
estas especies, y que las faunas de mariposas de las distintas zonas van a ser más similares en la
medida que las especies endémicas locales desaparezcan (Thomas 1991)” (J. Sánchez González, F.
Durán Alvarado, G. Vega Araya, julio 2008).
En cuanto a mariposas, los resultados de los estudios realizados por el InBio, aún por publicarse,
podrían incrementar el número de especies observadas.
4.4.3.4 Otros
Quedan por publicarse los resultados de las investigaciones del InBio en herpetología y
entomología, que incrementarían nuestros conocimientos sobre la biodiversidad de los Cerros de La
Carpintera.
4.5 Síntesis de Rasgos socioeconómicos de la ZPCC
Las características de la población del cantón de La Unión se establecen a partir de los datos
generados por el último censo realizado en el país en el año 2000 y publicados en setiembre del
2001. Según éstos, La Unión es el noveno cantón con mayor crecimiento relativo de población en el
periodo 1984 – 2000, al presentar una tasa de crecimiento exponencial media anual del 4.2%. Así,
mientras en el año 1984 La Unión tenía una densidad de 915 hab./km2, ya para el año 2000 alcanzó
una densidad de 1791 hab/km2. Por otra parte, la densidad de población del cantón Desamparados
es de 1636 hab/km2 (I.Quesada et al, 2005).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[64]
La Zona Protectora Cerros de La Carpintera está enclavada en el Valle Central, región que
comprende zonas altamente productivas y donde se da la mayor parte de la producción nacional de
café, hortalizas y caña de azúcar. Además, en esta área se lleva a cabo una importante actividad
ganadera, concentrándose aquí el 55% de la producción nacional de leche y el 52% de producción
de carne de aves. Para 1984 la destrucción del bosque y de los recursos forestales en la región
central era dramática pues, según el uso potencial, se indicaba que existían 2.956 km² aptos para uso
forestal y 2.288 km² como áreas de protección. En realidad quedaban solamente 900 km2 de
cobertura boscosa (Aguilar et al., 1984). Para el 2004 la situación ha mejorado, ya que desde hace
varios años se ha revertido la tendencia a la deforestación y se ha conseguido elevar la cobertura
forestal a más de 40% del territorio nacional (García et al., 2006).
De acuerdo con los resultados de un estudio realizado por el Centro Científico Tropical y el
Laboratorio de Sistemas de Observación Terrestre de la Universidad de Alberta en Canadá para
determinar la situación de la cobertura forestal, Costa Rica tenía en el 2002 aproximadamente
45,4% de cobertura forestal y se llegaba a 46,3% sumando los manglares y plantaciones (Jiménez,
2003).
La recuperación de los Cerros de La Carpintera, al menos en el sector noreste, es de más larga data.
Si observamos las fotos de los años treinta del siglo pasado, al menos desde la perspectiva de Tres
Ríos o de las faldas del Volcán Irazú, vemos que hasta media altura los cerros estaban cubiertos de
cafetales, las partes altas de repastos para ganado lechero. Solamente una mínima parte era bosque.
Cafetales y potreros fueron abandonados por ser poco rentables y el bosque empezó a recuperar
terreno. Quedan de recuerdo de la ganadería el potrero de Los Pinos y el de Los Novillos, del café
las filas de cipreses y alguno que otro poró extranjero que despunta entre el bosque secundario.
Ahora bien, si los flancos norte y este están en franca recuperación, el costado sur, por el lado de
Coris, todavía está cubierto casi hasta la cima de potreros de relativa calidad.
A pesar de estos signos alentadores, la función de conectividad biológica de los Cerros sigue
estando amenazada, ya que la autopista a Cartago y la urbanización de ambos lados de la misma
constituyen un corte cada vez más profundo que los separa de las faldas del Irazú. Por los lados de
San Vicente, Santiago del Monte, San Diego, Río Azul, y Linda Vista las casas van escalando poco
a poco la montaña.
Por otra parte, el área tan reducida de bosque denso hace difícil que este ecosistema sea viable a
largo plazo, por lo que es necesario no solamente garantizar su protección sino que también es
indispensable fortalecer su conexión con las dos cordilleras a las que sirve de puente.
4.5.1 Tenencia de la tierra
Desde el punto de vista de tenencia de la tierra, la zona comprende en su casi totalidad terrenos
privados, con la existencia de predios de diversas extensiones.
Al 23 de noviembre de 1999, existían un total de 928 propiedades registradas, con áreas desde muy
pequeñas (escasos 100 m2) hasta fincas del orden de 60, 80, 100 has y más, según datos de la
Oficina de Atención al Usuario del MINAE.
El progreso en la digitalización de los catastros municipales mejorará la información en este campo.
La Municipalidad de La Unión tiene ya completamente digitalizado su catastro, con lo que se
dispone de información muy exacta sobre la tenencia de la tierra en al menos un 41% del área de la
ZPCC. Las municipalidades de Cartago, Desamparados y Curridabat aún no han empezado a
trabajar en la digitalización del catastro en la ZPCC, dedicándose sobre todo a las áreas urbanas.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[65]
4.5.2 Uso de la tierra
El uso de la tierra según información suministrada por el Sistema Nacional de Áreas de
Conservación (SINAC) - Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC) se presenta
en la Tabla 4-5.
Uso actual Área %
Bosque primario o muy denso 618 has 26
Bosque secundario 194 has 8
Charral 57 has 2
Cultivos y pasto 769 has 32
Suelo desnudo y ciudades 256 has 11
Reforestación/Recuperación 502 has 21
Total 2396 has 100
Tabla 4-5 Uso del suelo en la ZPCC
Desde el punto de vista agronómico-forestal y según el mapa de capacidad de uso de la tierra escala
1:50.000, usando la metodología oficial según Decreto Ejecutivo 232114 MAG-MIRENEM, de
junio de 1994, la ZPCC presentan las clases de capacidad de uso de la tierra que indica la Tabla 4-6.
La clase VI debe ser dedicada a la reforestación o la siembra de cultivos permanentes. La clase VII
debe ser para el manejo del bosque nativo o manejar su regeneración forestal. La clase VIII debe
ser dedicada exclusivamente a labores de protección de áreas de recarga acuífera (Villalobos, 2000).
Capacidad de uso Tipo de uso Área
VI Cultivos
permanentes
850 has
VII Manejo del bosque 700 has
VIII Protección 750 has
Tabla 4-6 Uso del suelo en la ZPCC
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[66]
Como una forma de incentivar la protección forestal por parte de los propietarios privados, el
Estado ha optado por el pago por servicios ambientales, conocidos como PSA, bajo sus diferentes
modalidades (protección de bosque, regeneración natural, reforestación y sistemas agroforestales) a
través del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). En el caso de la ZPCC, para
el año 2007 cinco propiedades totalizando 147,5 has recibían pagos por PSA.
Beneficiario Período Área en PSA
Villas Río Vista Tres S.A. 2004 - 2009 14,5 has
Jae De Escazu S.A. 2004 - 2009 14,7 has
Movimiento Cívico del Cantón de
La Unión
2005 - 2010 19,6 has
Guías y Scouts de Costa Rica 2004 - 2009 63,7 has
Inversiones Vista Tres Ríos S.A. 2002 - 2007 35 has
TOTAL 147,5 has
Fuente: FONAFIFO 2007
Tabla 4-7 Pago de servicios ambientales (PSA) en la ZPCC
4.5.3 Valores paisajísticos y calidad visual
Por la vista panorámica, los sitios más sobresalientes son Quirazú, Los Pinos, Altos de Atalaya y
Alto Coris. En general, se caracterizan por poseer un alto valor panorámico antes que cualidades
escénicas propias, correspondiendo a potreros ubicados en cimas con pendientes fuertes en algunos
casos.
Los bosques primarios en las partes altas de los Cerros de La Carpintera, en que sobresalen los
robles, higuerones y cedros amargos gigantes, son de una belleza natural inigualable. Su valor es
mayor considerando su cercanía a poblaciones como Tres Ríos, Cartago y San José.
Como se mencionó en la introducción, para los habitantes del Cantón de La Unión, los Cerros de La
Carpintera tienen un significado especial, formando parte de la identidad de sus pobladores y del
imaginario colectivo, origen de leyendas, cuentos y tradiciones. Los Cerros de La Carpintera
forman parte esencial del paisaje y de las vivencias de los habitantes del cantón, en particular la
Piedra del Encanto, el Hoyo Negro y el Potrero de Los Pinos.
Los fines de semana los senderos de los Cerros de La Carpintera reciben la visita de numerosos
caminantes y deportistas amantes del ciclismo de montaña, frecuentemente ignorando las
prohibiciones de paso en los senderos, la mayoría de ellos de propiedad privada.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[67]
Mapa 4-9 Cobertura boscosa de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión Interinstitucional ZPPC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[68]
Mapa 4-10 Uso del suelo en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera
(Comisión Interinstitucional ZPPC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[69]
Complejos comerciales como Terramall, de construcción reciente, han apostado a la vista sobre los
Cerros de La Carpintera, utilizando la belleza del paisaje como un atractivo más.
La recreación y el turismo no constituyen todavía una actividad masiva ni estructurada, aunque ya
hay un centro de actividades turísticas (restaurante, canopy, turismo de aventura, etc.) y se pretende
la construcción de un hotel cinco estrellas en el límite de la ZPCC, hacia la ciudad de Tres Ríos.
4.6. Análisis de Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas
(FODA)
El análisis de fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas (FODA) de la ZPCC se hizo
mediante un taller participativo el 7 de junio del 2008. Las principales conclusiones están resumidas
en la Tabla 4-8.
4.6.1 Fortalezas
Las fortalezas sociopolíticas radican fundamentalmente en que el Área Silvestre Protegida ya
dispone de una declaratoria legal de protección, el de Zona Protectora. A esto se agrega el que
existe, al menos en el Cantón de La Unión, un grupo (ASMOCICU) de la sociedad civil organizada,
con un fuerte apoyo político local y nacional, que está luchando por la protección del ASP.
Recientemente, una parte de los propietarios, los de fincas más grandes, se han organizado en una
asociación comprometida con la protección de la ZPCC, denominada Asociación de Propietarios de
La Carpintera (ASOPROCA). Las organizaciones involucradas cuentan con capital humano
calificado. La población del Cantón tiene un alto nivel de conciencia ambiental y se siente
comprometido con la protección de los Cerros de La Carpintera.
Económicamente, las organizaciones civiles que apoyan la protección de la ZPCC tienen capacidad
de gestión y de convocatoria. Empresarios e industriales de la zona también se sienten
comprometidos con la protección de los Cerros de La Carpintera. Finalmente, la ZPCC tiene una
belleza escénica de mucho valor. En lo ecológico, los Cerros de La Carpintera tienen una alta
biodiversidad, reducto de los ecosistemas que han ido desapareciendo en el Valle Central por la
expansión urbana. Su ubicación como un espacio de conectividad entre corredores biológicos y
cordilleras le confiere una gran importancia estratégica dentro de los planes de conservación
nacionales. La cobertura boscosa, al menos de la parte noroeste de la ZPCC, está en franca
recuperación desde ya hace casi ochenta años. La cada vez mayor importancia del recurso hídrico
hace que la población esté tomando conciencia sobre la necesidad de proteger esta zona.
4.6.2 Oportunidades
La toma de conciencia a nivel local, nacional e internacional sobre la necesidad de proteger el
medio ambiente tiene que ser vista como una gran oportunidad. El compromiso ambiental de las
empresas privadas (ISO 14001, captación de CO2, compensación de emisiones) debe ser
aprovechado en beneficio de la ZPCC. La presencia de numerosos centros educativos públicos y
privados en el Cantón de La Unión es también una oportunidad que debe ser aprovechada.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[70]
Las organizaciones civiles involucradas en la protección de la ZPCC tienen excelentes relaciones
con instituciones públicas que pueden colaborar en muchos aspectos (UCR, Museo Nacional,
INBio, etc.). El ecoturismo es, finalmente, una de las grandes oportunidades de la ZPCC.
4.6.3 Debilidades
Una de las principales debilidades de la ZPCC es la división político-administrativa en cuatro
cantones, de los cuales solamente el de La Unión se siente plenamente identificado con su
protección.
Por otra parte, el sector occidental, en los distritos Río Azul, Tirrases y Patarrá, el precarismo y la
urbanización incontrolada han invadido la zona y su erradicación parece, al menos en el corto plazo,
imposible.
Otra de las debilidades es la poca presencia institucional en lo que se refiere e la vigilancia de los
recursos naturales.
Finalmente, con solamente 2396 has, la Zona Protectora Cerros de La Carpintera es un ecosistema
frágil que requiere mayor conectividad con otras zonas para mantener la viabilidad de muchas
especies.
4.6.4 Amenazas
La principal amenaza parece ser la expansión del Gran Área Metropolitana (GAM), ante todo en el
área de influencia de la ZPCC. El crecimiento urbano alrededor de las principales vías de
comunicación alrededor de la zona, en particular la autopista San José – Cartago (ver Mapa 4-2),
puede conducir a un aislamiento ecológico particularmente grave debido a la reducida dimensión de
la ZPCC.
La explotación ilegal e incontrolada de los recursos es otra de las amenazas graves para la flora y la
fauna. La minería a nivel artesanal, en la medida que no está controlada, es también una amenaza.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[71]
Tabla 4-8 Fortalezas y Oportunidades
FORTALEZAS OPORTUNIDADES
SOCIO – POLÍTICO
Declaración de Zona Protectora vía decreto Designación internacional como Reserva de Biosfera
Sociedad civil y propietarios comprometidos Plan Regulador para el área de influencia
Apoyo político local y nacional
Ciudadanía con conciencia ambiental Identificación de la población del cantón con la ZPCC
Capital humano calificado en los grupos organizados Socios institucionales (UCR, INBio, Museo Nacional)
Desarrollo de actividades educativas y de conservación Centros educativos públicos y privados en La Unión
Riqueza histórica, parte del imaginario colectivo Recurso arqueológico como valor agregado
Atractivo turístico por belleza escénica, biodiversidad
Buenas vías de acceso y cercanía geográfica
ECONÓMICO
Capacidad de gestión de recursos financieros Compromiso ambiental empresarial: ISO 14001, Captación
– C02
Empresarios y propietarios comprometidos Incremento de la conciencia ambiental nacional e
internacional
Riqueza biológica y escénica Ecoturismo
Apoyo de empresas e instituciones de la zona
Cambio de gobierno en USA
ECOLÓGICO
Interconexión con otros corredores del Valle Central Ecosistemas diezmados, atracción de instituciones
Parcialmente ubicada dentro de COBRISURAC Interacción con otros corredores biológicos
Cobertura boscosa en recuperación en zona norte Identificación de la población del cantón con la ZPCC
Cobertura boscosa se mantiene en la zona sur Integrar población de Curridabat, Desamparados y Cartago
“Pulmón” del Área Metropolitana Presencia de parches de bosque en zonas aledañas
Fuente de recursos hídricos Evolución de la conciencia ciudadana sobre recursos hídrico
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[72]
Tabla 4-9 Debilidades y Amenazas (FODA)
DEBILIDADES AMENAZAS
SOCIO – POLÍTICO
Precarismo y urbanización incontrolada del sector oeste Expansión urbana en área de influencia
Falta de Plan de Manejo Precarismo dentro de la ZPCC
Falta de experiencia en ASP de propiedad privada Explotación minera sin control ni estudios adecuados
División político-administrativa del territorio en varios
municipios Politización del proceso
Falta de comunicación con propietarios y empresarios Fragmentación de la propiedad
Falta de organización entre propietarios Turismo no planificado y sin control
ECONÓMICO
Falta de recursos para reubicación de precaristas Minería no planificada – corrupción
Falta de recursos para compra de tierras en la ZPCC Presiones politícas por intereses particulares
ECOLÓGICO
Falta de vigilancia de los recursos naturales Aislamiento ecológico cada vez mayor
Poca consciencia del valor de los servicios ambientales Extracción de recursos naturales: flora y fauna
Falta de información Disminución del nivel hídrico
Falta de compromiso institucional y personal Cambio ilegal de uso de la tierra
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[73]
5. MARCO TÉCNICO Y LEGAL PARA LA GESTIÓN DE LA ZPCC
5.1 Marco Legal de las Áreas Protegidas de Costa Rica
Costa Rica cuenta con varias leyes relacionadas con las áreas silvestres protegidas:
1969: Ley Forestal 7575 y su Reglamento, publicada en el Alcance No. 21 de la Gaceta N
o. 72 del
16 de abril de 1996, en su artículo 2.
La declaratoria de área silvestre protegida puede producirse mediante Ley de la República o
mediante Decreto Ejecutivo. No obstante, existe reserva de ley para reducir los límites físicos de
aquellas categorías que integran el Patrimonio Natural del Estado, según lo dispone el artículo 38 de
la Ley Orgánica del Ambiente. Al SINAC le corresponde administrar las áreas silvestres protegidas
de acuerdo al artículo 32 de la Ley Orgánica del Ambiente.
Desde el punto de vista jurídico, se puede entender que el área silvestre protegida, es una zona
geográfica previamente determinada y declarada como tal mediante una norma de rango legal o
reglamentaria , en la que existen recursos naturales y elementos de biodiversidad, cuya presencia
actual y futura amerita la creación de un régimen especial de protección jurídica y funcional por
parte del Estado, ya que sin tales medidas el destino de los recursos se torna incierto, sobre todo, la
grave amenaza que representa la constante presión que ejerce la actividad humana sobre las demás
especies.
Lo frágil de algunos de estos recursos, o lo vulnerable de las condiciones en las cuales su existencia
es posible u óptima, así como, su escasez o las pautas de consumo o aprovechamiento que ha
empleado el ser humano, son las razones que motivan la declaratoria de las distintas categorías de
manejo de las áreas silvestres protegidas en el territorio nacional.
Conforme se ha ido produciendo avances el pensamiento científico y en el seguimiento de las
especies que integran la totalidad de recursos naturales presentes en el territorio nacional, así se ha
modificado la cantidad de áreas silvestres protegidas bajo las distintas categorías de manejo que la
legislación ha permitido declarar y una de ellas son las zonas protectoras, áreas formadas por
bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el principal objetivo es la protección del suelo, la
regulación del régimen hidrológico, la conservación del ambiente y las cuencas hidrográficas.
El artículo 2, faculta al Poder Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Ambiente y Energía
(MINAE), en terrenos de dominio privado, establezca áreas silvestres protegidas, cualquiera que
sea su categoría de manejo, en virtud de los recursos naturales existentes en el área que se desea
proteger, los cuales quedan sometidos en forma obligatoria al régimen forestal.
Estos terrenos podrán ser integrados voluntariamente a las áreas silvestres protegidas o bien
comprados directamente cuando haya acuerdo de las partes. En caso, contrario, serán expropiados
de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley de Expropiaciones No 7495, del 3 de mayo
de 1995 y sus reformas. Cuando, previa justificación científica y técnica del interés público, se
determine mediante ley que el terreno es imprescindible para conservar la diversidad biológica o
los recursos hídricos, quedará constituida una limitación a la propiedad que impedirá cortar
árboles y cambiar el uso del suelo. Esta restricción deberá inscribirse como afectación en el
Registro Público. El Estado dará prioridad a la expropiación de los terrenos.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[74]
1977: Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales No 6084 del 24 de agosto de 1977.
1995: Ley Orgánica del Ambiente No 7554 del 4 de octubre de 1995, CAPITULO VII ÁREAS
SILVESTRES PROTEGIDAS, artículos 32, 35, 37 y 38.
1998: Ley de Biodiversidad No 7788 del 30 de abril de 1998 y su reglamento en donde se establecen
mecanismos ágiles para el manejo y protección de las áreas silvestres protegidas
Existen en la legislación otras leyes y reglamentos conexos que norman diferentes aspectos del
aprovechamiento y protección de los recursos contenidos en las áreas silvestres protegidas, entre
otras: Ley de suelos, Ley de Aguas, Código de Minería. Aunque se promulgó la Ley Orgánica del
Ambiente en 1996, ya existía legislación de carácter o con implicaciones ambientales, tales la Ley
de Salud, Ley de Conservación de la Vida Silvestre, la Ley de Uso, Conservación y Manejo de
Suelos, el Reglamento de Vertido y Re-uso de Aguas Residuales, Reglamento de Basuras, Decretos
Ejecutivos de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), el canon por vertidos, y otras
normas específicas (Chaves, 2006).
El SINAC tiene la responsabilidad de elaborar las políticas y lineamientos institucionales para la
debida gestión en las áreas protegidas. En 1997 se publicaron las primeras políticas referidas a la
administración de las áreas silvestres protegidas del SINAC. Dichas políticas se presentan según las
siguientes áreas temáticas:
- Consolidación y Desarrollo Institucional
- Incentivos
- Permisos y otras Formas de Uso
- Manejo de Recursos
- Protección y Control
- Planificación
- Ordenamiento territorial
- Investigación
- Turismo
- Educación Ambiental
- Extensión Comunal
En 2001, dichas políticas fueron revisadas, actualizadas por el personal del SINAC y consideradas
en la elaboración de la Agenda Institucional para las Áreas Silvestres Protegidas de Costa Rica
(SINAC, 2003).
5.2 Marco legal de la ZPCC
1. La Zona Protectora Cerros de La Carpintera (ZPCC) fue establecida mediante Decreto Nº 6112-A
MAG del 23 de junio de 1976, al mismo tiempo que las Zonas Protectoras de Caraigres, Tiribí,
Cerros de Escazú, El Rodeo, Río Grande y Cerro Atenas.
2. Por decreto Nº 21837 MIRENEM-S del 22 de diciembre de 1992 se agrega a la ZPCC el área
correspondiente al Relleno Sanitario Río Azul
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[75]
3. En el Decreto Nº 221888 MIRENEM del 20 de mayo de 1993 se dispone que correspondiera al
MIRENEM la administración de dicho Relleno.
4. Posteriormente, mediante Decreto Nº 23315-S-MIRENEM del 12 de mayo de 1994, se anulan los
dos decretos anteriores y la ZPCC vuelve a los límites definidos originalmente en 1976.
5. El 15 de enero de 2001, mediante Decreto Nº 29278-MINAE, se dispone segregar una parte de la
ZPCC y agregarle otra, definiéndose los límites actualmente vigentes. Esta modificación de los
límites de la ZPCC se dio luego de una negociación entre la empresa Vidriera Centroamericana SA
(VICESA) y el Estado, a fin de permitir la explotación de sílice en terrenos de dicha empresa. A
cambio de esta concesión VICESA adquirió un terreno adyacente y lo donó al MINAE para su
incorporación en la ZPCC.
Varias iniciativas se han propuesto para mejorar y elevar la protección de los Cerros de La
Carpintera, sin que tuvieran efectos prácticos:
a) “Borrador Preliminar de Plan de Manejo Zona Protectora La Carpintera” preparado
por Aguilar et al., del Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza
(CATIE) en 1984.
b) Proyecto de ley “Creación del Parque Nacional Cerros de La Carpintera” presentado
a la Asamblea Legislativa en 1994, bajo el Nº 12.055, por la diputada Maria Luisa Ortiz
Meseguer (La Gaceta Nº 242 del 21 de diciembre de 1994).
c) Proyecto de ley “Reserva Hídrica Cerros de La Carpintera” presentado a la Asamblea
Legislativa por el Diputado Álvaro Torres Guerrero en marzo del 2000.
d) “Programa Ambiental Consolidación de la ZPCC” preparado por el M.Sc. Víctor
Villalobos a iniciativa del diputado Álvaro Torres Guerrero en el 2000.
e) Proyecto de ley “Ley de Monumentos Naturales y Creación del Monumento Natural
Cerros de La Carpintera” presentado a la Asamblea Legislativa por el Diputado Oscar
López Arias en el 2006.
5.3 Mecanismos de participación en el manejo de las Áreas Silvestres
Protegidas
Dentro de la legislación ambiental costarricense hay ejemplos de clara apertura a la participación
civil en la administración de las áreas silvestres protegidas, que se remontan más de tres décadas
atrás. Uno de ellos se halla en la Ley Forestal N°4465 (1969), que autorizaba al Ministerio de
Agricultura y Ganadería, a través de la Dirección General Forestal, para delegar en otras
instituciones del Estado la administración de parte de su patrimonio forestal, siempre que dichas
instituciones se comprometieran a manejarlos de acuerdo con los principios estipulados en dicha ley
(Artículo 29). Fue al amparo de esta norma que se promulgó el decreto ejecutivo de creación de la
entonces Reserva Forestal de San Ramón (Decreto Ejecutivo N°4960-A, 1975), donde se establecía
que la administración de dicha área estaría a cargo de un comité integrado por tres representantes de
la municipalidad local y otros tres de un centro universitario regional de carácter público (Artículo
8).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[76]
En 1991 se le cambió su categoría original por la de Zona Protectora y, en 1993, la Ley de Creación
de la Reserva Biológica Alberto Manuel Brenes N°7354, le cambió una vez más el nombre y la
categoría de manejo, otorgándole a la Universidad de Costa Rica la posibilidad de compartir la
administración de esta área protegida (Artículos 4° y 5°).
Con el ánimo de regular las iniciativas locales de gestión participativa de las áreas silvestres
protegidas y en busca de promover una participación más ordenada y efectiva de la sociedad civil
en la administración de las áreas silvestres protegidas declaradas por el Estado, el SINAC ha
promovido la formulación participativa de una Política de Manejo Compartido de las Áreas
Silvestres Protegidas de Costa Rica. Con relación a la Política de Manejo Compartido de las Áreas
Silvestres Protegidas de Costa Rica, un informe de la Contraloría dice:
“…, existen elementos concretos en la legislación costarricense que permiten la participación
ciudadana en la gestión ambiental y aunque estos elementos no admiten ser parte directa de la
gestión de un área silvestre protegida, como para poder implementar procesos de co-manejo, si
han establecido un grado cada vez mayor para que la ciudadanía sea coadyuvante de la
administración del Estado en las áreas silvestres protegidas. De hecho la participación de las
comunidades locales y los habitantes en general, en la conservación y uso racional de los recursos
naturales protegidos por el Estado han constituido desde hace varios años un requisito
fundamental para un efectivo y posible desarrollo sostenible. (...) esta Contraloría General (...)
advierte que dicha política no podría aún contener aspectos que no son factibles de llevar a la
práctica por no existir fundamento en la normativa vigente en materia de participación ciudadana
(...) En el tanto las leyes vigentes no hayan sido modificadas podrían presentarse actuaciones
amparadas en la política emitida, pero no por el ordenamiento jurídico, lo que eventualmente
podría generar responsabilidades a funcionarios del MINAE.”
Actualmente, el SINAC trabaja en la formulación de un plan específico para la implementación de
esta política.
5.4 Definición legal de cada categoría de manejo
El texto que sigue en este punto es un extracto del Informe Final del Decimosegundo Informe sobre
el Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible, intitulado “Los 10 Años de la Ley
Orgánica del Ambiente: Logros y Perspectivas” (Chaves, 2007).
“En cuanto a la protección de la biodiversidad en áreas protegidas, la Ley Orgánica del Ambiente
(LOA), en su artículo 32, otorga la atribución al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de
Ambiente y Energía, de establecer y administrar áreas silvestres protegidas. Además las clasifica y
establece sus objetivos de creación, conservación, administración y desarrollo.
La Ley presenta un listado, pero no define cada categoría de manejo, y la legislación actual
forestal tampoco lo hace. Se señalan objetivos comunes para todas las áreas, pero no específicos
para cada una de ellas. En el Plan de Ordenamiento Territorial (POA 2000) se presenta la
definición, descripción y objetivos primarios para las Zonas Protectoras, Reservas Forestales y
Refugios de Vida Silvestres.
La misma LOA también establece puntualmente los requisitos de creación de las áreas protegidas,
requisitos recalcados también en la Ley de Biodiversidad posteriormente. Pero, en la realidad, en
la gran mayoría de los casos, ni siquiera hay estudios de tenencia de la tierra claros, que
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[77]
especifiquen las tierras a pagar o pendientes de expropiación. También la ley define que la
superficie de las áreas silvestres protegidas, patrimonio natural del Estado sólo podrá reducirse
por Ley de la República, después de realizar los estudios técnicos que justifiquen esta medida. (Art.
38 LOA).
Asimismo, de acuerdo con el párrafo tercero del artículo 37 de la LOA:
Las fincas particulares afectadas según lo dispuesto en este artículo, por encontrarse en parques
nacionales, reservas biológicas, refugios de vida silvestre, reservas forestales y zonas protectoras,
quedarán comprendidas dentro de las áreas silvestres protegidas estatales, solo a partir del
momento en que se haya efectuado legalmente su pago o expropiación, salvo cuando en forma
voluntaria se sometan al régimen forestal.
Respecto a este párrafo y su contenido es necesario comentar que la política estatal no siempre fue
la establecida en el artículo 37 de la LOA. Anteriormente, una vez declarada un área protegida el
Estado limitaba el derecho de propiedad de quienes poseyeran terrenos ubicados dentro de los
límites del área, a tal punto que no podían continuar sembrando, construyendo, en fin, no podía
realizar ningún tipo de actividad. Ante esta situación, se interpone un recurso de amparo, ante el
cual la Sala Constitucional se pronunció mediante el Voto No. 796-91, mejor conocido como Voto
Arenal. Como consecuencia de este recurso el Estado ha tenido que permitir que los propietarios
y/o poseedores de terrenos ubicados dentro de áreas protegidas continúen con ciertas actividades
en dichos inmuebles, siempre que no se cambie el uso del suelo. La Ley Orgánica del Ambiente
reconoce y define esta situación jurídica.”
5.5 Categorías de Manejo de Áreas Protegidas
Los miembros de la UICN han trabajado conjuntamente para redactar una nueva definición de área
protegida. El primer borrador de esta nueva definición se preparó en una reunión sobre categorías
celebrada en Almería, España en mayo de 2007 y desde entonces ésta ha sido depurada y revisada
por muchas personas de UICN-CMAP (para explicación de los términos empleados en la definición
de “Área Protegida” de la UICN véase el CD de anexos). De acuerdo a esto, un área protegida es:
“Un espacio geográfico claramente definido, reconocido, dedicado y gestionado, mediante medios
legales u otros tipos de medios eficaces para conseguir la conservación a largo plazo de la
naturaleza y de sus servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados” (Dudley, 2008).
La definición previa es muy parecida a la de Bermúdez (2007) en Costa Rica, para quien un área
protegida es la:
“…designación técnica y legal que se le asigna a un espacio geográfico terrestre y/o marino
legalmente establecido, según sus características intrínsecas, capacidades y posibilidades de
aprovechamiento de sus recursos; en un determinado contexto político, económico, sociocultural y
ambiental de un país”.
La clasificación o categorización de las áreas protegidas (AP) en el ámbito internacional - aprobada
en el Congreso Mundial de Parques Nacionales y otras Áreas Protegidas, realizado en Caracas-
Venezuela en el año 1992, y publicada por la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) en el año
1994 -, establece seis categorías de manejo. Estas Categorías de Manejo se fundamentan en
objetivos que cada una de las áreas protegidas debe cumplir, según sus características intrínsecas y
sus posibilidades de aprovechamiento de los recursos (aprovechamientos indirectos y directos).
Aunque los nombres de las categorías de manejo difieren de un país al otro, la clasificación de la
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[78]
UICN permite reconocer las categorías que tienen los mismos objetivos. El cuadro 5-1 compara las
categorías de manejo de AP según UICN y Costa Rica.
También, la UICN (1994), establece una matriz que relaciona los objetivos de manejo, con las
categorías de manejo, dándole una importancia al objetivo desde primario, hasta la no aplicación del
mismo (ver Cuadro 5-2).
La UICN (1994) da la siguiente definición de un área protegida de la categoría VI Área Protegida
con recursos manejados:
“Área que contiene predominantemente sistemas naturales no modificados, que es objeto de
actividades de manejo para garantizar la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica
a largo plazo, y proporcionar al mismo tiempo un flujo sostenible de productos naturales y
servicios para satisfacer las necesidades de la comunidad” (UICN, 1994).
El Plan de Ordenamiento Territorial (POA 2000) define Zonas Protectoras como “área formada
por bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el objetivo principal sea la protección del suelo,
la regulación del régimen hidrológico y la conservación del ambiente y las cuencas hidrográficas”.
Cuadro 5-1 Nombre y Objetivos de Categorías de Manejo de ASP, UICN y Costa Rica
(Fuente: Adaptación de UICN, 1994, y SINAC 2006)
CAT NOMBRE
UICN
NOMBRE
COSTA RICA
OBJETIVOS
TOTAL
COSTA
RICA
I Reserva Natural Estricta/
Área Natural Silvestre
Reserva Biológica Protección integral 8
Reserva Natural
Absoluta Protección integral 2
II Parque Nacional Parque Nacional Conservación de ecosistemas y
turismo
27
Monumento Nacional 1
III Monumento Natural Monumento Natural Conservación de características
naturales 1
IV
Área de Manejo de
Hábitat/Especies
Refugio Nacional de
Vida Silvestre
Conservación a través del manejo
activo 67
IV
Área de Manejo de
Hábitat/Especies Humedal
Conservación a través del manejo
activo 13
V
Paisajes Terrestres y Marinos
Protegidos
Conservación de paisajes terrestres
y/o marinos, y recreo
0
VI
Área Protegida con Recursos
Manejados Zona Protectora
Utilización sostenible de ecosistemas
naturales
31
VI
Área Protegida con Recursos
Manejados Reserva Forestal
Utilización sostenible de ecosistemas
naturales
9
TOTAL............ 160
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[79]
Cuadro 5-2 Matriz de objetivos y categorías de manejo de áreas protegidas UICN
(Fuente: UICN, 1994)
OBJETIVO DE MANEJO Ia Ib II III IV V VI
Investigación científica 3 2 2 2 2 3
Protección de zonas silvestres 1 2 3 3 - 2
Preservación de especies y diversidad genética 1 2 1 1 1 2 1
Mantenimiento de los servicios ambientales 2 1 1 - 1 2 1
Protección de características naturales y culturales
específicas - - 2 1 3 1 3
Turismo y recreación - 2 1 1 3 1 3
Educación - - 2 2 2 2 3
Utilización sostenible de los recursos derivados de
ecosistemas naturales - 3 3 - 2 2 1
Mantenimiento de los atributos culturales y
tradicionales - - - - - 1 2
Clave:
1 – Objetivo Principal, 2 – Objetivo Secundario, 3 – Objetivo potencialmente aplicable, – No aplica
5.6 Justificación de la Categoría de Manejo Zona Protectora para los Cerros
de La Carpintera
Según indica el POA (2000), una Zona Protectora reúne una serie de características que se
mencionan a continuación y que coinciden con la realidad técnica de la Zona Protectora Cerros de
La Carpintera.
Definición: Área formada por bosques y terrenos de aptitud forestal, donde el objetivo principal
sea la protección del suelo, la regulación del régimen hidrológico y la conservación del ambiente y
las cuencas hidrográficas.
Características: Área generalmente boscosa, escarpada y quebrada. De valor primordialmente
para la producción de agua. Ningún valor especial reconocido de tipo ecológico o científico. Poco
potencial recreativo.
Objetivos primarios: Mantener o manejar la calidad y cantidad de producción de agua. Conservar
otros valores naturales”. (POA 2000)
Adicionalmente, debe agregarse que es un área protegida con una superficie muy reducida y un
nivel de alteración fuerte, razones por las cuales no calificaría en la categoría de Parque Nacional.
Económicamente tiene un régimen de tenencia de la tierra mixto, donde más del 90% de la
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[80]
superficie es propiedad privada. Por esta razón, no se puede declarar superficies de protección
absoluta, a excepción de aquellos casos donde se expropie y posteriormente se adquiera la tierra por
parte del Estado. En este caso, dada la cercanía de la ZPCC a la GAM, el costo de adquisición de
estas tierras se saldría totalmente de las posibilidades económicas del Estado. Considerando que el
Estado aún debe tierras declaradas Parque Nacional hace varias décadas, la política de gobierno
actual es dar prioridad a las categorías de conservación absoluta y de uso muy restringido (como,
turismo e investigación) como es el caso de los Parques Nacionales.
No obstante, la iniciativa de la Asociación Movimiento Cívico del Cantón de La Unión, de crear un
Fideicomiso para la compra de tierras en la Zona Protectora Cerros de La Carpintera,
principalmente en las partes más amenazadas, tiene particular importancia dentro del presente Plan
de Manejo.
6. VISIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS DE MANEJO DE LA ZONA
PROTECTORA CERROS DE LA CARPINTERA
VISIÓN Propietarios privados, organizaciones civiles e instituciones del Estado organizados para la gestión
territorial conjunta de la ZPCC, garantizando la conservación de los suelos, los bosques, la
biodiversidad y el recurso hídrico.
MISIÓN
La ZPCC constituida en un modelo de conservación y producción sostenible donde la conciliación
de intereses entre el Estado, propietarios privados y sociedad civil prevalece, garantizándose la
continuidad de la producción de bienes y servicios ecosistémicos, entre ellos la recarga acuífera y
la producción de agua en cantidad y calidad.
OBJETIVO GENERAL
Conservar para las generaciones presentes y futuras los suelos, el ambiente, la belleza paisajística y
la biodiversidad silvestre de los Cerros La Carpintera, así como, la producción de agua en cantidad
y calidad.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Conservar la provisión de servicios ambientales, tales como:
a. protección del agua para uso humano
b. mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero: fijación, reducción,
secuestro, almacenamiento y absorción
c. conservación de la biodiversidad para su uso sostenible, para la investigación
científica y el estudio de sus aplicaciones farmacéuticas
d. protección de ecosistemas, formas de vida y belleza escénica natural para fines
turísticos y educativos.
2. Brindar conectividad ecológica y biológica entre áreas silvestres protegidas y las
cordilleras, al representar por su ubicación un elemento clave para el funcionamiento de
los corredores biológicos circundantes (COBRI SURAC y CBUC), contribuyendo así a la
conservación de las especies, los ecosistemas y la diversidad genética.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[81]
3. Propiciar la conciliación de intereses entre la conservación y el desarrollo sostenible, a
través de la promoción del uso sostenible de los recursos naturales, el ecoturismo y
actividades de recreación y educación amigables con el ambiente.
4. Evitar el avance urbanístico hacia el interior de la Zona Protectora Cerros de La
Carpintera, para conservar una de las últimas áreas naturales presentes en la Gran Área
Metropolitana.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[82]
7. ZONAS DE MANEJO
Para la zonificación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera se utilizaron las orientaciones
generales dadas por el ACCVC, la Guía para la formulación y ejecución de Planes de Manejo de
ASP (Artavia, 2004), y el Manual de Procedimientos para la formulación de Planes de Manejo de
ASP (Madriz, 2007).
7.1 Proceso realizado para la zonificación
Zonificar en su definición más simple es “dividir un terreno en zonas”. Sin embargo, la
zonificación de un Área Silvestre Protegida tiene un carácter especial debido a los objetivos de
conservación que éstas persiguen. Por ello, la Guía define zonificación como “la organización del
territorio de un ASP en función del valor de sus recursos y de su capacidad de acogida para los
distintos usos, en la que se establecen objetivos muy claros y precisos y con la normativa
correspondiente con el fin de minimizar los impactos negativos y de asegurar un uso del espacio
compatible con la conservación de los recursos naturales y culturales presentes en el área y su
relación con la dinámica socio ambiental de su entorno inmediato” (Artavia, 2004).
Figura 7-1 Esquema para la gestión territorial de una ASP
Para las ASP, Artavia propone 7 diferentes Zonas de Manejo. El Cuadro 7-1 muestra qué Zonas de
Manejo se permiten en cada Categoría de Área Silvestre Protegida.
La zonificación de un ASP busca organizar el territorio en Zonas de Manejo de tal forma que la
gestión territorial de estas zonas se oriente hacia la consolidación del área protegida para cumplir
sus objetivos de creación. Este tipo de zonificación por Zonas de Manejo, según la “aptitud de uso
de recursos naturales y culturales” (Madriz, 2007) consiste en “dividir el territorio en zonas
geográficas continuas o separadas asignándoles diferentes categorías de uso o zonas de acuerdo al
uso actual o potencial de sus recursos naturales y culturales, que en su conjunto permiten cumplir
con los objetivos del ASP”.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[83]
Cuadro 7-1. Categorías de Zonificación para la formulación y ejecución de planes de manejo
de ASP (Fuente: Artavia, 2004)
Siguiendo el método propuesto por Madriz, la zonificación se obtuvo por superposición de mapas
temáticos, en cuatro pasos:
1. Inventario de los recursos naturales y culturales – la información SIG necesaria se
compiló en las etapas de Diagnóstico y Fundamento Técnico.
2. Identificación de restricciones o vocaciones del territorio – determinado con el análisis
de la legislación ambiental vigente, la información SIG y los Índices de Fragilidad
Ambiental del PRUGAM (IFAs).
3. Zonificación del territorio.
4. Presentación de resultados y elaboración de la memoria cartográfica.
Los Índices de Fragilidad Ambiental son un instrumento para la introducción de la variable
ambiental en el ordenamiento territorial dentro de Planes Reguladores u otra planificación de uso
del suelo. Un IFA es definido como “el balance total de carga ambiental de un espacio geográfico
dado, que sumariza la condición de aptitud natural del mismo (…), la condición de carga
ambiental inducida, y la capacidad de absorción de la carga ambiental adicional, vinculada a la
demanda de recursos” (Decreto Ejecutivo No. 32967-MINAE). El conjunto de IFAs desarrollados
para la Gran Área Metropolitana (GAM) se basó en aspectos geológicos (geoaptitud), biológicos
(bioaptitud), edáficos (edafoaptitud) y antrópicos (antropoaptitud). De la integración de estos IFAs,
la GAM es dividida en Zonas de Fragilidad Ambiental para las cuales se definen limitantes técnicas
y recomendaciones sobre las posibles actividades y usos (PRUGAM 2008). Dado que la ZPCC se
encuentra dentro del territorio de la GAM, y que los IFAs cuentan con la viabilidad ambiental de
ZONAS DE MANEJO ÁREA PROTEGIDA
PN RB RVS ZP RF Mnac Mnat H AM
Protección Absoluta X X X X X X X X
Uso Restringido X X X X X X X X X
Uso Público: X X X X X X X X
Intensivo X X X X X X
Extensivo X X X X X X
Uso Sostenible de Recursos X X X X X
Asentamientos Humanos X X X X X
Uso Especial X X X X X X X X X
Amortiguamiento X X X X X X X X X
PN Parque Nacional, RB Reserva Biológica, RVS Refugio de Vida Silvestre, ZP Zona Protectora
RF Reserva Forestal, MNac Monumento Nacional, Mnat Monumento Natural, H Humedal
AM Área Marina de Uso Múltiple
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[84]
SETENA (Resoluciones No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-2009-
SETENA), se consideró de importancia que aquellas limitantes técnicas y recomendaciones
pertinentes fueran incorporadas dentro de la presente normativa.
La información SIG empleada en el proceso de zonificación de la ZPCC fue de dos tipos diferentes:
a. Diagnóstico y situación actual del territorio: aquellos mapas que reflejan el estado actual de
la ZPCC: usos actuales del suelo, ríos, nacientes, pendientes, acueductos, caminos, líneas de
transmisión eléctrica de alta tensión, entre otros.
b. Restricciones o vocación del territorio: aquellas que definen áreas que están bajo alguna
regulación o limitación de uso por ley, o áreas que tienen consideraciones especiales de uso
debido a su vocación o aptitud. Para este caso específico se utilizaron mapas (o capas
digitales) de:
cobertura de bosque
áreas de protección de nacientes, ríos y quebradas
capacidad de uso del suelo
índices de fragilidad ambiental
Con esta información, y considerando las expectativas de los propietarios privados en cuanto a
oportunidades de actividades económicas, se determinó la normativa a regir en cada zona.
De acuerdo a los tipos de zonas básicas sugeridas en la Guía (Cuadro 7-1), se dividió la ZPCC en
cuatro zonas de manejo:
Zona de Usos Restringidos (ZUR)
Zona de Usos Sostenibles de Recursos (ZUS)
Zona de Usos Especiales (ZUE)
Zona de Asentamientos Humanos (ZAH)
Para cada zona de manejo se indica la normativa que guía la gestión, es decir las actividades
permitidas y no permitidas y las acciones orientadoras.
Además de la zonificación interna de la ZPCC se considera un área de influencia, que no es una
zona de manejo en sí, pero que comprende aquellos actores y territorios fuera de la ZPCC que
tienen una influencia directa o indirecta en la integridad de la Zona Protectora y que tienen ser
considerados en los programas de gestión. Para cada programa, el área de influencia puede ser
diferente.
Definimos un área de influencia inmediata como “las comunidades y territorios inmediatos
alrededor del límite exterior de la ZPCC en donde, por su cercanía, las actividades y usos que se
desarrollan en ellos tienen un efecto directo sobre la dinámica interna de la Zona Protectora”. En
esta área se deben buscar alianzas estratégicas con gobiernos locales, entidades estatales,
comunidades y propietarios privados, para coordinar acciones conjuntas que coadyuven a la
conservación de la Zona Protectora. Por ejemplo, el programa de gestión comunitaria y educación
ambiental debe enfocar esfuerzos de educación ambiental en esta área para desarrollar
conocimientos, valores, capacidades y cultura ambiental de los actores locales.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[85]
7.2 Planificación Territorial por Sitios
La planificación territorial por sitios es la planificación individual de las propiedades privadas, es
decir, el ordenamiento de las actividades productivas y de conservación de las fincas conforme a su
capacidad natural de uso y en respeto de la normativa legal vigente que asegure el mantenimiento
de los servicios ambientales. En este sentido, la finca es la unidad mínima de territorio para el
manejo (Figura 7-1). Si bien es cierto el Plan General de Manejo (PGM) y su Zonificación
establecen directrices, tal como lo hemos mencionado anteriormente, éstas son de carácter general.
Por lo que, para un efectivo cumplimiento de los objetivos de la ZPCC, se requiere un manejo al
nivel de la finca, en donde cada propietario toma las decisiones de uso de su territorio y puede
incorporar las normativas aquí establecidas.
En concordancia a lo anterior, ASOPROCA está desarrollando una propuesta de “Plan
ASOPROCA-ACCVC-MINAET”, con asesoría del Despacho del Ministro de MINAET. Este Plan
cubre un área aproximada de 1442 has, que comprende las propiedades de los miembros de esta
asociación y busca orientar la planificación a nivel de finca, en donde se reflejen tanto los intereses
particulares como colectivos de conservación y uso sostenible de los recursos naturales, y acorde a
las normativas del PGM.
La administración de la ZPCC debe de considerar la planificación de sitios como un punto clave
para lograr una efectiva gestión territorial participativa, en donde los propietarios se identifican con
el presente PGM, aplicando sus directrices a la planificación y manejo de sus fincas de manera
individual, pero además donde éstos, de manera colectiva, también velan por la conservación y uso
sostenibles de los recursos naturales de toda la zona protectora. En este sentido, la administración
de la ZPCC debe de promover la planificación de sitios, así como apoyar e incentivar a aquellos
propietarios que voluntariamente son participes del desarrollo e implementación de este PGM.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[86]
Mapa 7-1. Zonificación de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera (Comisión
Interinstitucional ZPCC, Plan General de Manejo ZPCC)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[87]
7.3 Normativa para las Zonas de Manejo en la ZPCC
Esta sección se organiza por Zonas de Manejo, presentándose la normativa que regirá el uso del
suelo en cada una de ellas.
Cada Zona de Manejo se presenta en un cuadro conteniendo la siguiente información:
NOMBRE DE LA ZONA DE MANEJO
Descripción de la zona de manejo:
ACTIVIDADES
PERMITIDAS
ACTIVIDADES NO
PERMITIDAS
ACCIONES
ORIENTADORAS
LEGISLACIÓN
VIGENTE QUE
APLICA
Las actividades permitidas y no permitidas se derivan del análisis de la legislación ambiental
vigente. Por ello, como referencia y respaldo, se especifican las Leyes y Decretos Ejecutivos que
aplican en cada zona. Las acciones orientadoras son recomendaciones estratégicas para dar una guía
inicial para la gestión de cada zona de manejo.
A continuación se presentan las cuatro zonas de manejo en que se dividió la ZPCC:
1. Zona de Usos Restringidos (ZUR):
Subzona 1
Subzona 2
2. Zona de Usos Sostenibles de Recursos (ZUS)
3. Zona de Usos Especiales (ZUE)
4. Zona de Asentamientos Humanos (ZAH)
Las descripciones generales empleadas para cada zona de manejo son las indicadas por el ACCVC,
algunas de ellas fueron levemente modificadas para mejorar su entendimiento y su aplicabilidad a la
Zona Protectora Cerros de La Carpintera.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[88]
7.3.1 Zona de Usos Restringidos
ZONA DE USOS RESTRINGIDOS (ZUR)
Descripción: Se incluyen aquí aquellas áreas de bosque ya sea primario o secundario, en las que aplican las
regulaciones que establecen los Artículos 18, 19 y 20 de la Ley Forestal y el Decreto Ejecutivo No. 34559-
MINAE, las áreas de protección de nacientes y ríos de acuerdo a los Artículos 33 y 34 de la Ley Forestal y el
Artículo 31 de la Ley de Aguas, y las zonas de recarga acuífera (Ley de Biodiversidad, articulo 114). Se
incluyen además aquellas áreas vulnerables desde el punto de vista geológico (zonas de riesgo) más suelos
clases VII y VIII (Ley de Suelos, Decreto Ejecutivo No 23214-MAG-MIRENEM). En el caso de las zonas de
recarga acuífera (que son de prioridad para la protección absoluta) se incluirán en la Zona de Uso Restringido
con limitantes al uso del suelo. Solo pasarán a protección absoluta en caso de que se expropien o compren a
favor del Estado
La ZUR se divide en dos subzonas de acuerdo al uso actual del suelo y la legislación que aplica (Ver Anexo:
Legislación aplicable a la ZPCC).
ZONA DE USOS RESTRINGIDOS (ZUR): SUB-ZONA 1
En la Sub-Zona 1 se incluyen todas aquellas áreas de bosque primario o secundario, las áreas de protección
de nacientes captadas (200 m de radio) y no captadas (100 m de radio), y de márgenes de ríos en terrenos
planos (15 m a cada lado) y quebrados (50 m a cada lado), según lo que la Ley estipula para cada caso. Esta
subzona se identifica como zona de recarga acuífera y suelos clases VII y VIII de capacidad de uso. Aquellas
áreas comprendidas en esta subzona que se encuentren desprovistas de cobertura forestal deberán ser
dedicadas a la recuperación o restauración del bosque. Se incluyen las áreas de alta vulnerabilidad a sismos
que están cubiertas de bosques.
Objetivo: Garantizar el cumplimiento de los objetivos de creación de la ZPCC, a través de la
conservación de la cobertura boscosa existente y su biodiversidad, así como la recuperación y
conservación de la cobertura boscosa en las áreas de protección de nacientes y ríos.
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: ACTIVIDADES PERMITIDAS
ACTIVIDADES
1. La investigación y educación de manera controlada, de forma que no causen deterioro en la
biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y subterráneas, cumpliendo con los requisitos
establecidos por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley de Biodiversidad (como permiso de
investigación, colecta, otros).
2. La Recreación y el ecoturismo (canopy, senderismo, observación de aves, y similares), que se realicen en
una intensidad que no conlleve al deterioro de la biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y
subterráneas. Estas actividades requieren de monitoreo periódico del impacto que estas pueden ejercer
sobre la biodiversidad (por ejemplo, en ecosistemas y poblaciones de especies) y los recursos naturales.
3. El aprovechamiento maderable del bosque en propiedad privada, sólo si cuenta con un plan de manejo
que contenga el impacto que pueda ocasionar sobre el ambiente. Los planes de manejo requerirán cumplir
con los requisitos de la Administración Forestal del Estado, de acuerdo con el artículo 20 de La Ley
Forestal y el Decreto Ejecutivo No. 34559-MINAE referente al Manejo Forestal Sostenible, y deben
contar con la viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) (Reglamento
sobre procedimientos de la SETENA No 25705-MINAE).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[89]
4. La reforestación con especies nativas y pioneras para recuperar la cobertura boscosa con fines de
conservación.
CONSTRUCCIONES E INFRAESTRUCTURA
5. Una vivienda por finca para el uso del propietario o los propietarios y otras construcciones necesarias
para el uso o servicio de la finca (Artículo 19 de la Ley Forestal, Decreto No. 25902-MIVAH-MP-
MINAE).
6. Construcciones no permanentes1 vinculadas a actividades de recreación o ecoturismo en fincas de
dominio privado no menores a cinco hectáreas.
7. El desarrollo de infraestructura de servicios básicos (sanitarios, tomas de agua) para la atención del
turismo, siempre que cuenten con una evaluación técnica del terreno y de su impacto ambiental. Los
servicios básicos, en especial servicios sanitarios, deben estar ubicados de tal forma que no representen
un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, ni de los suelos, y deben de contar
con sistemas de tratamientos de las aguas negras o servidas y un plan de manejo de los residuos sólidos
previo aval del Ministerio de salud. Estos servicios deben de contar con un plan de monitoreo de su
funcionamiento.
8. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen la responsabilidad de manejarlos en
forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.
9. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean
ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA2, biodepuradores (separación
de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas,
superficiales y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques
sépticos no convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen
funcionamiento de este sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de
microorganismos eficientes, sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar
sustancias químicas como cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el
país contemplan el uso de filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar
con una evaluación técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el
Ministerio de Salud. El diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no
represente un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos. También
tienen competencia en el tema otras instancias como: A y A, SENARA y las municipalidades.
10. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los
desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.
DE APLICACIÓN GENERAL:
El desarrollo de infraestructura debe ser en una cobertura no mayor de un 10% del área efectiva
apta para la construcción en la finca (área resultante después de considerar las limitantes
establecidas por la legislación ambiental vigente y las restricciones técnicas del terreno), de muy
baja intensidad, de tipo disperso, aprovechando claros, con huellas no mayores de 150 metros
cuadrados, no más de dos pisos de altura y comunicadas por caminos de no más de 3 metros de
ancho. Dichas construcciones deben ser con diseños y materiales amigables al ambiente
circundante. El desarrollo de construcciones deberá considerarse en principio en las áreas
desprovistas de bosques dentro de la ZUR-subzona 2, u otra zona de manejo, a menos que la
1 Construcciones no permanentes se refiere a infraestructura que pueda ser fácilmente removida una vez la actividad sea finalizada,
que no conlleven la compactación del suelo y que se inserten adecuadamente en el paisaje, por ejemplo construcciones de madera o
bambú.
2 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[90]
propiedad sólo cuente con territorios en la ZUR-subzona 1, debiéndose cumplir con los
procedimientos y requisitos establecidos por la Administración Forestal del Estado según lo
contemplado en el artículo 19 de la Ley Forestal. Se deben realizar los estudios técnicos
ambientales para determinar las limitantes técnicas, y permitir solamente aquellas construcciones
con diseños que superen dichas limitantes (algunas consideraciones técnicas tomadas de PRUGAM
2008).
El desarrollo de toda infraestructura y actividad económica deberá contar con previa Evaluación
de Impacto Ambiental (Artículo 114 de la Ley de Biodiversidad, que modifica el Artículo 37 de la
Ley Forestal). Deberá contar con el aval del ACCVC, que corresponde a una resolución razonada,
y deberá informársele al Consejo Local de la ZPCC.
En el tratamiento de aguas negras o servidas, así como en el manejo de los desechos sólidos, se
deben de considerar las competencias y regulaciones establecidas por instituciones como AyA,
Municipalidades, SENARA y Ministerio de Salud (Ley Orgánica del Ambiente No 7554, Decreto No
8689 Modificación de la Ley de Conservación de Vida Silvestre No 7317, Decreto No 34431-MINAE-S
Reglamento del Canon Ambiental por Vertidos, Ley General de Salud No 5395, Ley para la Gestión
Integral de Residuos N° 8839, Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos
ordinarios).
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS
1. La corta o el aprovechamiento del bosque en propiedad del Estado.
2. La corta o eliminación de árboles en áreas de protección de ríos y nacientes .
3. El establecimiento de plantaciones forestales con fines económicos, debido a la capacidad de uso del
suelo, en estos terrenos debe prevalecer el uso de bosques naturales
4. El cambio de uso del bosque, ni la corta de árboles, con las excepciones establecidas en el artículo 19 de
la Ley Forestal y previo evaluación de impacto ambiental. En estos casos, la corta del bosque será
limitada, proporcional y razonable.
5. El desarrollo de nuevos caminos públicos u otros tipos de proyectos de infraestructura, estatales o
privadas, a excepción de casos de declaración de interés público y conveniencia nacional según artículo
19 de la Ley Forestal, y con viabilidad ambiental aprobada. En dichos casos pasarían a constituir parte de
la Zona de Usos Especiales.
6. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.
7. Fraccionamientos en parcelas resultantes menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento
incluye los márgenes de caminos públicos existentes antes o posterior a la declaratoria de área silvestre
protegida.
8. La quema de todo tipo de residuos.
9. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el
Ministerio de Salud.
10. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de
Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y propiedades
públicas y privadas no autorizadas para tal fin.
11. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas.
12. El uso de agroquímicos ni otras sustancias que sean contaminantes.
13. La cacería y extracción de fauna silvestre.
14. La extracción de flora silvestre.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[91]
15. La minería de ningún tipo (metálica y no metálica).
16. La apertura de nuevas vías públicas.
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: ACCIONES ORIENTADORAS
1. Promover el sometimiento a pago por servicios ambientales (PSA)
2. Promover la recuperación o restauración del bosque, por ejemplo a través de proyectos de reforestación
de especies nativas y pioneras, con la finalidad de incrementar las áreas para la conservación de la
biodiversidad y mejorar la capacidad de recarga acuífera.
3. Realizar estudios de capacidad de carga de los ecosistemas para las actividades de recreación y
ecoturismo (por ejemplo, número de visitantes por día).
4. El desarrollo de infraestructura no debería contemplar la tala de árboles. Por el contrario, de forma
paralela al desarrollo de infraestructura de baja densidad deberán ejecutarse intensos programas de
reforestación y mejoramiento ambiental y paisajístico (PRUGAM).
5. Dadas las condiciones de relieve, el desarrollo de construcciones de cualquier tipo, debe considerar
siempre una adecuada inserción paisajística a fin de evitar el deterioro del paisaje y la contaminación
visual (PRUGAM 2008).
6. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el Ministerio
del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades o cualquier
otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental
Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho Tribunal.
No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,
podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias
judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.
7. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros
necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción a la
Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.
8. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones
contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,
serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la
salud de las personas, y deberán restaurar el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el
estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde
se causen los daños responderán solidariamente.
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 1: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA
(VER ANEXO LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)
1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66, 67, 68,
69, 71 y 73.
2. Ley Forestal No. 7575 [reformada por Leyes No. 7609, 7761, 7788], Artículos 1, 2, 3, 19, 20, 28, 29, 33
y 34.
3. Ley de Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.
4. Ley de Aguas, Artículo 31, 148, 149 y 150.
5. Ley de Biodiversidad No. 7788, y su reglamento, Artículos 14, 60, 100 y 114 (que modifica el Artículo
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[92]
37 de la Ley Forestal).
6. Ley de uso, manejo y conservación de suelos, Artículo 44.
7. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.
8. Reglamento a la Ley Forestal. Capítulo I. Definiciones. Terrenos quebrados.
9. Decreto Ejecutivo No. 34599-MINAE [publicado en La Gaceta No. 115, lunes 16-06-2008], Principio No
3 y Artículo No 5.
10. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.
11. Decreto Ejecutivo No. 23214-MAG-MIRENEM del 13-04-1994. Capacidad de Uso de la Tierra. [y
modificaciones en Decreto Ejecutivo No. 33957-MINAE-MAG].
12. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo
No 1.
13. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No
22.
14. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/
resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-2009-
SETENA
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer
SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO,
PARAISO Y OREAMUNO
15. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.
16. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículo 45, 51, 54, 56, 57.
17. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 62, 64, 67
18. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por
Vertidos.
19. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento
General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
20. Decreto Ejecutivo No 33957 –MINAE-MAG, Articulo No 2.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[93]
ZONA DE USOS RESTRINGIDOS (ZUR): SUB-ZONA 2
En la Sub-Zona 2 se incluyen aquellas áreas en donde aplican regulaciones por Ley, pero que actualmente se
encuentran desprovistas de bosque. Estas áreas se consideran dentro de la ZUR por ser identificadas como
zonas de recarga acuífera y por la predominancia de relieves de altos a muy pronunciados, encontrándose en
las categorías VII y VIII de capacidad de uso, correspondientes a terrenos de aptitud forestal y a zonas de
preservación de flora y fauna, protección de áreas de recarga acuífera, reserva genética y belleza escénica
respectivamente.
Objetivo: Incrementar la capacidad de la ZPCC para cumplir sus objetivos de creación, a través del
aumento de la cobertura arbórea en los sistemas productivos, la recuperación del bosque y la
implementación de prácticas productivas que promuevan la conservación de los suelos y las aguas
superficiales y subterráneas, así como mejorar la capacidad de recarga acuífera.
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: ACTIVIDADES PERMITIDAS
ACTIVIDADES
1. A corto plazo se mantienen los usos del suelo actuales, pero debido a su importancia como zona de
recarga acuífera, la capacidad del uso del suelo (VII y VIII) y la alta vulnerabilidad a procesos de erosión
severa, se debe promover en el mediano plazo la transición hacia mejores prácticas productivas
(ambientalmente amigables) que coadyuven a la conservación de la biodiversidad, los suelos y las aguas
superficiales y subterráneas.
2. La agricultura ecológica diversificada para autoconsumo en áreas pequeñas dentro de la finca que se
identifiquen aptos para esta práctica y no comprometan la conservación de los suelos y las aguas.
3. Los cultivos permanentes de frutales y café, combinados con prácticas intensivas de conservación de
suelos y aguas superficiales y subterráneas.
4. La investigación y educación de manera controlada, de forma que no causen deterioro en la
biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y subterráneas, cumpliendo con los requisitos
establecidos por la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley de Biodiversidad (como permiso
de investigación, colecta, otros).
5. La Recreación y el ecoturismo (canopy, senderismo, observación de aves, y similares), que se realicen en
una intensidad que no conlleve al deterioro de la biodiversidad, los suelos y las aguas superficiales y
subterráneas. Estas actividades requieren de monitoreo periódico del impacto que estas pueden ejercer
sobre la biodiversidad (por ejemplo, en ecosistemas y poblaciones de especies) y los recursos naturales.
6. La reforestación con especies nativas y pioneras para recuperar la cobertura boscosa con fines de
conservación.
7. Plantaciones forestales con fines comerciales y su aprovechamiento en terrenos no quebrados, con
pendientes menores al 40%, previa evaluación de impacto ambiental y con intensivas prácticas de
conservación de suelos y aguas.
8. El aprovechamiento maderable del bosque en propiedad privada, sólo si cuenta con un plan de manejo
que contenga el impacto que pueda ocasionar sobre el ambiente. Los planes de manejo requerirán
cumplir con los requisitos de la Administración Forestal del Estado, de acuerdo con el artículo 20 de La
Ley Forestal y el Decreto Ejecutivo No. 34559-MINAE referente al Manejo Forestal Sostenible, y deben
contar con la viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) (Reglamento
sobre procedimientos de la SETENA No 25705-MINAE). Este punto se considera para las áreas que se
destinen a la recuperación del bosque, que en el futuro puedan ser de interés para la producción de
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[94]
madera.
CONSTRUCIONES E INFRAESTRUCTURA
1. Una vivienda por finca para el uso del propietario o los propietarios y otras construcciones necesarias
para el uso o servicio de la finca (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).
2. Construcciones relacionadas con la actividad agrícola local (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).
3. Construcciones no permanentes3 vinculadas a actividades de recreación o ecoturismo en fincas de
dominio privado no menores a cinco hectáreas. Construcciones permanentes podrán considerarse si se
justifica su importancia para la actividad y previa evaluación del impacto ambiental, permitiéndose
solamente si el diseño supera las limitantes técnicas del terreno, que no conlleve a la contaminación
visual ni al deterioro del paisaje y no consideré la tala de árboles.
4. El desarrollo de infraestructura de servicios básicos (sanitarios, tomas de agua) para la atención del
turismo, siempre que cuenten con una evaluación técnica del terreno y de su impacto ambiental. Los
servicios básicos, en especial servicios sanitarios, deben estar ubicados de tal forma que no representen
un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, ni de los suelos, y deben de contar
con sistemas de tratamientos de las aguas negras o servidas y un plan de manejo de los residuos sólidos.
Estos servicios deben de contar con un plan de monitoreo de su funcionamiento.
5. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen la responsabilidad de manejarlos en
forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.
6. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean
ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA4, biodepuradores (separación
de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas
superficiales y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques
sépticos no convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen
funcionamiento de este sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de
microorganismos eficientes, sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar
sustancias químicas como cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el
país contemplan el uso de filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar
con una evaluación técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el
Ministerio de Salud. El diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no
represente un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos.
7. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los
desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.
DE APLICACIÓN GENERAL:
El desarrollo de infraestructuras debe ser en una cobertura no mayor de un 10% del área efectiva
apta para la construcción en la finca (área resultante después de considerar las limitantes
establecidas por la legislación ambiental vigente y las restricciones técnicas del terreno), de muy
baja intensidad, de tipo disperso, aprovechando claros, con huellas no mayores de 150 metros
cuadrados, no más de dos pisos de altura y comunicadas por caminos de no más de 3 metros de
ancho. Dichas construcciones deben ser con diseños y materiales amigables al ambiente
3 Construcciones no permanentes, se refiere a infraestructura que pueda ser fácilmente removida una vez la actividad sea finalizada,
que no conlleven la compactación del suelo y que se inserten adecuadamente en el paisaje, por ejemplo construcciones de madera,
bambú.
4 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[95]
circundante. Se deben realizar los estudios técnicos ambientales para determinar las limitantes
técnicas, y permitir solamente aquellas construcciones con diseños que superen dichas limitantes
(PRUGAM 2008).
El desarrollo de toda infraestructura y actividad económica deberá contar con previa Evaluación
de Impacto Ambiental (Artículo 114 de la Ley de Biodiversidad, que modifica el Artículo 37 de la
Ley Forestal). Deberá contar con el aval del ACCVC, que corresponde a una resolución razonada,
y deberá informársele al Consejo Local de la ZPCC.
En el tratamiento de aguas negras o servidas, así como en el manejo de los residuos sólidos, se
deben de considerar las competencias y regulaciones establecidas por instituciones como AyA,
Municipalidades, SENARA y Ministerio de Salud.
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS
1. El cambio de uso del bosque, ni la corta de árboles, con las excepciones establecidas en el artículo 19 de
la Ley Forestal y previa evaluación de impacto ambiental. En estos casos, la corta del bosque será
limitada, proporcional y razonable. [Este punto se incorpora considerando aquellas áreas donde se
recupere el bosque a futuro, y donde podrán aplicarse todos los incentivos relacionados a este uso del
suelo].
2. Los cultivos anuales, ni aquellas prácticas agrícolas que conlleven periodos de desnudez del suelo y/o
que propicien la erosión de los suelos.
3. Las plantaciones forestales con fines comerciales en terrenos con pendientes mayores al 40%, ni
aprovechar las existentes.
4. El desarrollo de nuevos caminos públicos, sólo en casos de declaración de interés público y conveniencia
nacional, y con viabilidad ambiental aprobada.
5. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.
6. Fraccionamientos en parcelas resultantes menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento
incluye los márgenes de caminos públicos existentes antes o posterior a la declaratoria de área silvestre
protegida.
7. La quema de todo tipo de residuos.
8. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el
Ministerio de Salud.
9. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de
Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y
propiedades públicas y privadas no autorizadas para tal fin.
10. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas.
11. El uso de agroquímicos ni otras sustancias que sean contaminantes.
12. La cacería y extracción de fauna silvestre.
13. La extracción de flora silvestre.
14. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y
permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de
monitoreo del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el
aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura
pública existente.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[96]
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: ACCIONES ORIENTADORAS
1. Promover la recuperación del bosque, acorde con la capacidad de uso de los suelos (VII y VIII).
2. Promover la incorporación al sistema de pagos por servicios ambientales (PSA).
3. Evitar la plantación de especies forestales que puedan acelerar los procesos de erosión hídrica.
4. Promover la recuperación o restauración del bosque, por ejemplo a través de proyectos de reforestación
de especies nativas y pioneras. Esto con la finalidad de incrementar las áreas para la conservación de la
biodiversidad y mejorar la capacidad de recarga acuífera.
5. Promover el desarrollo de una producción agrícola orgánica, así como la implementación de buenas
prácticas de uso, manejo y conservación de suelos (PRUGAM 2008).
6. Realizar estudios de capacidad de carga de los ecosistemas para las actividades de recreación y
ecoturismo (por ejemplo, número de visitantes por día).
7. Recomendar que el desarrollo de infraestructura no implique la tala de árboles. Por el contrario, de forma
paralela al desarrollo de infraestructura de baja densidad deberán ejecutarse intensos programas de
reforestación y mejoramiento ambiental y paisajístico (PRUGAM 2008).
8. Dada las condiciones de relieve, el desarrollo de construcciones de cualquier tipo, debe considerar
siempre una adecuada inserción paisajística a fin de evitar el deterioro del paisaje y la contaminación
visual (PRUGAM 2008).
9. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el Ministerio
del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades o cualquier
otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental
Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho Tribunal.
No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,
podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias
judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.
10. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros
necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción a la
Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.
11. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones
contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,
serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la
salud de las personas, y deberán restaurar el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el
estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde
se causen los daños responderán solidariamente.
ZONA DE USO RESTRINGIDO (ZUR) – SUBZONA 2: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA
(VER ANEXO LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)
1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66, 67,
68, 69, 71 y 73.
2. Ley Forestal No. 7575 [reformada por Leyes No. 7609, 7761, 7788], Artículos 1, 2, 3, 19, 20, 28, 29, 33
y 34.
3. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[97]
4. Ley de Aguas, Artículos 31, 148, 149 y 150.
5. Ley de Biodiversidad No. 7788, y su reglamento, Artículos 14, 60 ,100 y 114 (que modifica el Artículo
37 de la Ley Forestal).
6. Ley de uso, manejo y conservación de suelos, Artículo 44.
7. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.
8. Reglamento a la Ley Forestal. Capítulo I. Definiciones. Terrenos quebrados.
9. Decreto Ejecutivo No. 34599-MINAE [publicado en La Gaceta No. 115, lunes 16-06-2008], principio
No 3, Articulo 5.
10. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.
11. Decreto Ejecutivo No. 23214-MAG-MIRENEM del 13-04-1994. Capacidad de Uso de la Tierra. [y
modificaciones en Decreto Ejecutivo No. 33957-MINAE-MAG].
12. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo
No 1.
13. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No
22.
14. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/
resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-
2009-SETENA.
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer
SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO,
PARAISO Y OREAMUNO
15. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.
16. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículo 45, 51, 54, 56, 57.
21. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 62, 64.
67.
17. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por
Vertidos.
18. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento
General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
19. Decreto Ejecutivo No 33957 –MINAE-MAG, Articulo No 2.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[98]
7.3.2 Zona de Uso Sostenible de Recursos
ZONA DE USO SOSTENIBLE DE RECURSOS (ZUS)
Descripción: Se incluyen aquellos terrenos actualmente desprovistos de bosque que no tienen las
regulaciones por ley indicadas para la ZUR. Además, se entiende uso sostenible como la utilización de
componentes de la biodiversidad, del suelo y del agua de un modo y a un ritmo que no ocasione su
disminución o deterioro a largo plazo, con lo cual se mantienen sus posibilidades de satisfacer las necesidades
y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras.
ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): ACTIVIDADES PERMITIDAS
ACTIVIDADES
1. Todas las actividades permitidas en la ZUR Subzonas 1 y 2
2. Proyectos de turismo sostenible
3. Agricultura sostenible, con prácticas intensivas de manejo y conservación de suelos.
4. Ganadería y proyectos de industria limpia.
5. Todo generador o poseedor de residuos esta obligado a tomar las medidas para lo siguiente:
[…]
a) Separar los residuos desde la fuente, clasificarlos y entregarlos a un gestor autorizado o a un sistema
municipal, de conformidad con el Reglamento a la Ley N° 8839 y el reglamento municipal que le
corresponda , con el fin de facilitar su valorización.
b) Entregar los residuos sujetos a disposición final y vigilar para que sean gestionados en forma
ambiental y sanitariamente segura por medio de un gestor autorizado.
c) Gestionar los residuos en forma tal que estos no pongan en peligro la salud o el ambiente, o
signifiquen una molestia por malos olores, ruido o impactos visuales, entre otros.
d) Gestionar sus residuos únicamente con gestores autorizados para brindar servicios de gestión de
residuos.
[…]
h) Fomentar el uso de alternativas de producción más limpia y de manejo de residuos en forma integral.
CONSTRUCCIONES
6. Una vivienda por finca para el uso del propietario o los propietarios y otras construcciones necesarias
para el uso o servicio de la finca (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).
7. Construcciones relacionadas con la actividad agrícola local (Decreto No. 25902-MIVAH-MP-MINAE).
8. Construcciones vinculadas a actividades de recreación o ecoturismo.
9. El desarrollo de infraestructura de servicios básicos (sanitarios, tomas de agua) para la atención del
turismo, siempre que cuenten con una evaluación técnica del terreno y de su impacto ambiental. Los
servicios básicos, en especial servicios sanitarios, deben estar ubicados de tal forma que no representen
un riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, ni de los suelos, y deben de contar
con sistemas de tratamientos para las aguas negras o servidas y un plan de manejo para los desechos
sólidos previo aval del Ministerio de Salud. Estos servicios deben de contar con un plan de monitoreo de
su funcionamiento.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[99]
10. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen la responsabilidad de manejarlos en
forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.
11. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean
ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA5, biodepuradores (separación
de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas superficiales
y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques sépticos no
convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen funcionamiento de este
sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de microorganismos eficientes,
sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar sustancias químicas como
cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el país contemplan el uso de
filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar con una evaluación
técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el Ministerio de Salud. El
diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no represente un riesgo de
contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos.
12. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los
desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.
DE APLICACIÓN GENERAL:
El desarrollo de infraestructuras debe ser en una cobertura no mayor de un 10% del área efectiva
apta para la construcción en la finca (área resultante después de considerar las limitantes
establecidas por la legislación ambiental vigente y las restricciones técnicas del terreno), de muy
baja intensidad, de tipo disperso, aprovechando claros, con huellas no mayores de 150 metros
cuadrados, no más de dos pisos de altura y comunicadas por caminos de no más de 3 metros de
ancho. Dichas construcciones deben ser con diseños y materiales amigables al ambiente
circundante. Se deben realizar los estudios técnicos ambientales para determinar las limitantes
técnicas, y permitir solamente aquellas construcciones con diseños que superen dichas limitantes
(PRUGAM 2008).
El desarrollo de toda infraestructura y actividad económica deberá contar con previa Evaluación
de Impacto Ambiental (Artículo 114 de la Ley de Biodiversidad, que modifica el Artículo 37 de la
Ley Forestal). Deberá contar con el aval del ACCVC, que corresponde a una resolución razonada,
y deberá informársele al Consejo Local de la ZPCC.
En el tratamiento de aguas negras o servidas, así como en el manejo de los desechos sólidos, se
deben de considerar las competencias y regulaciones establecidas por instituciones como AyA,
Municipalidades, SENARA y Ministerio de Salud.
ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): ACTIVIDADES NO PERMITIDAS
1. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.
2. Fraccionamientos en parcelas menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento incluye los
márgenes de caminos públicos existentes previo y posterior a la declaratoria de área silvestre protegida.
3. El desarrollo de nuevos caminos públicos, sólo en casos de declaración de interés público y conveniencia
nacional, y con viabilidad ambiental aprobada.
4. La quema de todo tipo de residuos.
5. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el
Ministerio de Salud.
5 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[100]
6. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de
Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y propiedades
públicas y privadas no autorizadas para tal fin.
7. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas. En el caso
de remodelación o nueva construcción de infraestructura se deberá instalar sistemas de tratamientos,
individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean ambientalmente amigables, indicadas
en la sección de actividades permitidas.
8. La cacería y extracción de fauna silvestre.
9. La extracción de flora silvestre.
10. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y
permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de monitoreo
del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el
aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura
pública existente.
ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): ACCIONES ORIENTADORAS
1. Evitar plantaciones en terrenos con pendientes mayores de 40%.
2. Evitar la plantación de especies forestales que puedan acelerar los procesos de erosión hídrica.
3. La aplicación de agroquímicos y plaguicidas debe ser de forma controlada y restringida, se debe
promover el desarrollo de una producción agrícola orgánica o de transición, así como la implementación
de buenas prácticas de uso, manejo y conservación de suelos (PRUGAM, 2008; Ley de Uso, Manejo y
Conservación de Suelos No 7779).
4. Realizar estudios de capacidad de carga de los ecosistemas para las actividades de recreación y
ecoturismo (por ejemplo, número de visitantes por día).
5. El desarrollo de infraestructura no debería contemplar la tala de árboles. Por el contrario, de forma
paralela al desarrollo de baja densidad deberán ejecutarse intensos programas de reforestación, sistemas
agroforestales o silvo pastoriles.
6. Dada las condiciones de relieve, el desarrollo de construcciones de cualquier tipo, debe considerar
siempre una adecuada inserción paisajística a fin de evitar el deterioro del paisaje y la contaminación
visual (PRUGAM 2008, Ley Orgánica del Ambiente No 7554).
9. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el Ministerio
del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades o cualquier
otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal Ambiental
Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho Tribunal.
No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,
podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias
judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.
10. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros
necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción a la
Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.
11. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones
contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,
serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la
salud de las personas, y deberán restauran el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[101]
estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades donde
se causen los daños responderán solidariamente.
ZONA DE USO SOSTENIBLE (ZUS): LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA (VER ANEXO
LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)
1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66, 67, 68,
69, 71 y 73.
2. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.
3. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.
4. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo
No 1.
5. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No
22.
6. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/
resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-2009-
SETENA.
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer
SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL GUARCO,
PARAISO Y OREAMUNO
7. Ley de Biodiversidad No. 7788, y su reglamento, Artículos 14, 60, 100 y 114 (que modifica el Artículo
37 de la Ley Forestal).
8. Ley Forestal No. 7575 [reformada por Leyes No. 7609, 7761, 7788], Artículos 1, 2, 3, 19, 20, 33 y 34.
9. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.
10. Ley de Aguas, Artículo 31, 148, 149 y 150.
11. Ley de uso, manejo y conservación de suelos, Artículo 44.
12. Reglamento a la Ley Forestal. Capítulo I. Definiciones. Terrenos quebrados.
13. Decreto Ejecutivo No. 23214-MAG-MIRENEM del 13-04-1994. Capacidad de Uso de la Tierra. [y
modificaciones en Decreto Ejecutivo No. 33957-MINAE-MAG].
14. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.
15. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículo 31, 38, 45, 51, 54, 56, 57.
16. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 62, 64,
67.
17. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por
Vertidos.
18. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento
General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
19. Decreto Ejecutivo No 33957 –MINAE-MAG, Articulo No 2.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[102]
7.3.3 Zona de Usos Especiales
ZONA DE USOS ESPECIALES (ZUE)
Descripción: Se incluye en esta zona la infraestructura actualmente existente y aquellas obras que no son
acordes a la conservación de los recursos naturales, como: caminos, carreteras, puentes, infraestructura
administrativa estatal, torres de telefonía, subestaciones, líneas de transmisión eléctrica, entre otras. El
desarrollo de nuevos caminos públicos o proyectos de infraestructura, estatal o privada, sólo se permitirá en
caso de que sean declarados de interés público o conveniencia nacional, con previa aprobación de viabilidad
ambiental y contar con la autorización del ACCVC / MINAET, con el aval de la Administración y Consejo
Local de la ZPCC.
En esta zonificación, para la identificación de la ZUE se incluyeron los caminos, acueductos y servidumbres
de líneas eléctricas actualmente presentes en la ZPCC.
ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: ACTIVIDADES PERMITIDAS
1. Únicamente el uso especial indicado.
2. Mantenimiento de los caminos e infraestructura existente, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos
caminos o infraestructuras. Los desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de
la ZPCC.
3. Se permiten las actividades de mantenimiento de las áreas de servidumbre, dichas actividades deben
generar el menor impacto posible al medio ambiente natural. En el caso de las servidumbres de tendido
eléctrico, la poda de la vegetación no debe ser excesiva, sólo lo necesaria para mantener el buen estado
de la infraestructura. Para ello, se deben de aplicar protocolos especiales de mantenimiento, los cuales
deben de ser avalados por el ACCVC / MINAET, la administración y el Consejo Local de la ZPCC.
ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS
1. Utilizar las servidumbres como caminos públicos.
2. El desarrollo de nuevas urbanizaciones (Decreto ejecutivo No 25902-MIVAH-MP-MINAE).
3. Fraccionamientos en parcelas menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento incluye los
márgenes de caminos públicos existentes antes y posterior a la declaratoria de área silvestre protegida.
4. El desarrollo de nuevos caminos públicos u otros tipos de infraestructura, sólo en caso de declaración de
interés público y conveniencia nacional, y con viabilidad ambiental aprobada.
5. Arrojar residuos de cualquier tipo, en vías públicas, parques y áreas de esparcimiento colectivo.
6. El lavado y limpieza de vehículos y cualquier recipiente que haya contenido o transportado residuos en
vías y áreas públicas.
7. La cacería y extracción de fauna silvestre.
8. La extracción de flora silvestre.
9. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y
permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de monitoreo
del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el
aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura
pública existente.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[103]
ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: ACCIONES ORIENTADORAS
1. El mantenimiento de las servidumbres de líneas eléctricas de alta tensión debe ser amigable con el
ambiente, no debe conllevar el deterioro del paisaje ni la contaminación visual. Tampoco debe
representar una pérdida de conectividad para la vida silvestre dentro de la zona protectora.
2. Se debe velar por prevenir la contaminación de las aguas y el suelo, así como la contaminación visual.
3. Se deben realizar obras de conservación de suelos para contribuir con el objetivo de conservación del
recurso hídrico.
ZONA DE USOS ESPECIALES - ZUE: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA (VER ANEXO
LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)
1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 32, 65, 66, 67, 68, 69,
71 y 73.
2. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.
3. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo No
22.
4. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.
5. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo 132.
6. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001), Articulo
No 1.
7. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.
8. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 65 y 66.
9. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por
Vertidos.
10. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento
General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[104]
7.3.4 Zona de Asentamientos Humanos
Dentro de la ZPCC, el desarrollo de asentamientos humanos ilegales representa una de las principales
amenazas para la integridad y consolidación de esta área protegida, fundamentalmente en los sectores
comprendidos en los distritos de Río Azul, Tirrases y Patarrá. Esta amenaza es identificada dentro del Plan de
Ordenamiento Ambiental (2000) y en el análisis FODA realizado en taller participativo dentro del proceso de
formulación de este Plan General de Manejo. El límite entre esta zona y las tierras circundantes deben de ser
prioridad para el programa de control y protección, para definir una estrategia que permita frenar el avance de
caseríos ilegales hacia el interior de la ZPCC. La compra de tierras para la conservación deberá dirigirse
prioritariamente a los límites de esta zona.
ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS (ZAH)
Descripción: Incluye aquellas áreas cubiertas actualmente por asentamientos humanos. Es la zona meta para
la educación ambiental. Se debe de trabajar para incorporar criterios establecidos en planes reguladores,
alineamientos, dimensiones de la zona y tratamiento de los residuos.
ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: ACTIVIDADES PERMITIDAS
1. Se aplicará estrictamente la Legislación Ambiental vigente, así como las orientaciones del Plan GAM o
planes reguladores vigentes.
2. En el caso de remodelación o nueva construcción de infraestructura se deberá instalar sistemas de
tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean ambientalmente
amigables, indicadas en el punto siguiente.
3. Las empresas, organizaciones o instituciones que se dediquen a la valorización de los residuos sólidos
ordinarios deben realizar las acciones necesarias para que los sistemas utilizados sean técnica, financiera,
social y ambientalmente sostenibles.
4. Las actividades tendientes a la valorización de residuos sólidos ordinarios deberán cumplir con lo
establecido en el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento del
Ministerio de Salud vigente.
5. Las estaciones de transferencia para su operación deberán contar con el permiso sanitario de
funcionamiento, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos
Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud.
6. Las estaciones de transferencia deberán contar con sistemas que garanticen los límites máximos
permitidos que les sean aplicables en materia de emisiones a la atmósfera, vertido de aguas residuales,
ruido y vibraciones; de acuerdo con la reglamentación vigente.
7. Los productores, importadores ó distribuidores de bienes y servicios, están obligados a recibir los
materiales de empaque y embalaje de los artículos y serán responsables de su almacenamiento y
transporte al sitio de recuperación o tratamiento.
8. Las estaciones de transferencia deberán guardar una distancia mínima de 20 metros del área de
acopio/manejo de los residuos a transferir al lindero de su propiedad.
9. Todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que se dediquen a la gestión total o parcial de
residuos para poder operar deben registrarse ante el Ministerio de Salud y cumplir los requisitos que
establezca el reglamento respectivo, así como cualquier otra legislación ambiental, de salud y social
pertinente.[…]
10. Todo generador o poseedor de residuos esta obligado a tomar las medidas para lo siguiente:
[…]
e) Separar los residuos desde la fuente , clasificarlos y entregarlos a un gestor autorizado o a un sistema
municipal, de conformidad con el Reglamento a la Ley N° 8839 y el reglamento municipal que le
corresponda , con el fin de facilitar su valorización.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[105]
f) Entregar los residuos sujetos a disposición final y vigilar para que sean gestionados en forma
ambiental y sanitariamente segura por medio de un gestor autorizado.
g) Gestionar los residuos en forma tal que estos no pongan en peligro la salud o el ambiente, o
signifiquen una molestia por malos olores, ruido o impactos visuales, entre otros.
h) Gestionar sus residuos únicamente con gestores autorizados para brindar servicios de gestión de
residuos.
[…]
i) Fomentar el uso de alternativas de producción más limpia y de manejo de residuos en forma integral.
11. Los generadores de residuos ordinarios están obligados a separarlos, clasificarlos y entregarlos a las
municipalidades para su valorización o disposición final, en las condiciones en que determinen los
reglamentos respectivos.
12. Los generadores de residuos de cualquier tipo y los gestores tienen a responsabilidad de manejarlos en
forma tal que no contaminen los suelos, los subsuelos, el agua, el aire y los ecosistemas.
13. Uso de sistemas de tratamientos, individuales o colectivos, para las aguas negras o servidas que sean
ambientalmente amigables, por ejemplo sistemas de tratamiento tipo FAFA6, biodepuradores (separación
de sólidos y líquidos) y similares que prevengan la contaminación de las aguas subterráneas superficiales
y del suelo. En algunos casos de uso doméstico se podrá considerar la utilización de tanques sépticos no
convencionales, llevando a cabo prácticas amigables con el ambiente para el buen funcionamiento de este
sistema, garantizando así una vida útil larga, tales como el empleo de microorganismos eficientes,
sustancias de limpieza ambientalmente amigables u orgánicas (no utilizar sustancias químicas como
cloro, detergentes y desinfectantes). Los tanques modernos disponibles en el país contemplan el uso de
filtros. Los sistemas de tratamiento de las aguas negras o servidas deben contar con una evaluación
técnica del terreno para su ubicación y permiso de funcionamiento dado por el Ministerio de Salud. El
diseño debe superar las limitantes técnicas, de forma que la infraestructura no represente un riesgo de
contaminación de las aguas subterráneas y superficiales, y de los suelos.
14. Mantenimiento de los caminos existentes, sin que esto conlleve a la ampliación de dichos caminos. Los
desechos provenientes del mantenimiento no deben ser dejados dentro de la ZPCC.
ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: ACTIVIDADES NO PERMITIDAS
1. La expansión de los asentamientos humanos existentes.
2. El desarrollo de nuevas urbanizaciones.
3. Fraccionamientos en parcelas menores a cinco hectáreas. Esta prohibición de fraccionamiento incluye los
márgenes de caminos públicos existentes antes y posterior a la declaratoria de área silvestre protegida.
4. El desarrollo de nuevos caminos públicos u otros tipos de proyectos de infraestructura, sólo en casos
probados de conveniencia nacional y aprobación de viabilidad ambiental.
5. La quema de todo tipo de residuos.
6. El tratamiento y la disposición final de residuos sólidos ordinarios en sitios no aprobados por el
Ministerio de Salud.
7. La disposición de residuos sólidos ordinarios en los cuerpos receptores definidos en el Reglamento de
Vertido y Reuso de Aguas Residuales, así como caños, alcantarillas, vías y parajes públicos y propiedades
públicas y privadas no autorizadas para tal fin.
8. La permanencia en vías y sitios públicos bolsas con residuos sólidos ordinarios en días y horarios
diferentes a los establecidos por el servicio de recolección.
6 Filtro Anaeróbico de Flujo Ascendente (FAFA)
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[106]
9. Edificaciones para uso multifamiliar de cualquier tipo, institucional y comercial u otras que la
municipalidad respectiva determine, tendrán un sistema de almacenamiento colectivo de residuos sólidos
ordinarios que deberá considerar la separación de los residuos desde la fuente.
10. Las áreas destinadas para el almacenamiento colectivo de residuos sólidos ordinarios en las edificaciones
a que hace referencia el punto anterior, cumplirán como mínimo, con los siguientes requisitos:
a) Ubicado en un sitio protegido de la lluvia y de fácil acceso para el servicio de recolección.
b) Permitir su fácil limpieza y lavado e impedir la formación de ambientes propicios para el desarrollo
de insectos, roedores y microorganismos en general.
c) Las aguas de lavado deberán ser canalizadas al sistema de recolección de las aguas residuales del
edificio.
d) El aseo y mantenimiento del sistema de almacenamiento colectivo de residuos sólidos será
responsabilidad de los usuarios y de la administración del edificio.
13. La municipalidad establecerá un servicio de recolección de residuos sólidos de tal forma que éstos no
alteren o propicien condiciones adversas en la salud de las personas o contaminen el ambiente.
14. Los vehículos destinados a la recolección y transporte de residuos sólidos ordinarios deberán garantizar la
correcta prestación del servicio y no permitir el vertido de líquidos y lixiviados.
16. El uso de tanques sépticos convencionales para el tratamiento de las aguas negras o servidas. Para las
infraestructuras ya existentes se debe de hacer la transición a sistemas de tratamientos como los indicados en
la sección de actividades permitidas en el momento de remodelaciones o ampliaciones.
11. La cacería y extracción de fauna silvestre.
12. La extracción de flora silvestre.
13. La minería metálica y no metálica. En el caso de la minería no metálica se pueden hacer excepciones y
permitirse siempre que cumplan con los requisitos ambientales establecidos, con un sistema de monitoreo
del impacto que puedan tener sobre la biodiversidad y los recursos naturales. Además, el
aprovechamiento debe ser condicionado a su uso en mantenimiento de la red vial e infraestructura
pública existente.
ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: ACCIONES ORIENTADORAS
1. Desarrollar un diagnóstico de las áreas de asentamientos humanos existentes en la ZPCC, para
orientar a los programas pertinentes en el manejo de esta zona.
2. Desarrollar urgentemente una estrategia para la protección de las tierras circundantes a los
asentamientos humanos, de tal forma que se frene la expansión de caseríos ilegales y las invasiones
en fincas. Fundamentalmente en Río Azul, Tirrases y Patarrá.
3. Promover el trabajo con propietarios en las tierras circundantes para fortalecer el control y la
protección, incrementando la sensibilización ambiental y la capacidad técnica.
4. Promover la compra de tierras a través del Estado o de alguna ONG local que cuente con esta
facilidad y el interés de conservar la ZPCC.
5. El Estado incentivará y apoyará a las pequeñas y medianas empresas nacionales que sean
generadoras de residuos, con el fin de que se adapten a los cambios tecnológicos, los nuevos
requisitos y los plazos que la Ley para la Gestión Integral de Residuos establece, incluida la eventual
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[107]
sustitución de materiales, componentes o equipos.
6. Para la aplicación de las sanciones a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, el
Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Ministerio de Salud, las municipalidades
o cualquier otra autoridad de policía deberán presentar la denuncia respectiva ante el Tribunal
Ambiental Administrativo, el cual deberá conceder previa audiencia al interesado, de conformidad
con lo establecido en la Ley Orgánica del Ambiente y el reglamento de procedimientos de dicho
Tribunal.
No obstante lo anterior, además de los funcionarios antes citados, cualquier persona, física o jurídica,
podrá presentar de igual forma denuncias al Tribunal Ambiental Administrativo y a las instancias
judiciales correspondientes por violaciones a esta Ley.
7. El Ministerio de Salud podrá suspender, revocar o cancelar las licencias, los permisos y los registros
necesarios para la realización de las actividades que hayan dado lugar a la comisión de la infracción
a la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839.
8. Sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas, los infractores a las disposiciones
contenidas en la Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, sean personas físicas o jurídicas,
serán civil y solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados contra el ambiente y la
salud de las personas, y deberán restauran el daño, y, en la medida de lo posible, dejar las cosas en el
estado que se encontraban antes de la acción ilícita. Los titulares de las empresas o las actividades
donde se causen los daños responderán solidariamente.
ZONA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS – ZAH: LEGISLACIÓN VIGENTE QUE APLICA (VER
ANEXO LEGISLACIÓN APLICABLE A LA ZPCC)
1. Ley Orgánica del Ambiente Ley No. 7554 del 28 de Septiembre de 1995. Artículos 17, 32, 65, 66,
67, 68, 69, 71 y 73.
2. Decreto Ejecutivo No. 25902-MIVAH-MP-MINAE, Artículos 2, 5 y 6.
3. Decreto Ejecutivo 29393-MINAE (Plan de Ordenamiento Ambiental, publicado el 15-05-2001),
Articulo No 1.
4. Decreto Ejecutivo No 25705-MINAE (Reglamento sobre procedimientos de la SETENA), Articulo
No 22.
5. Análisis de Alcance Ambiental del Plan GAM (PRUGAM 2008)/ Plan PRUGAM 2008-2030/
resoluciones viabilidad ambiental No. 1308-2009-SETENA, No. 1532-2009-SETENA, y No. 2748-
2009-SETENA.
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. Informe final de Gestión de Clara Zoomer
SETENA otorga la viabilidad ambiental a los cantones de: CARTAGO, ALVARADO, EL
GUARCO,
PARAISO Y OREAMUNO
6. Ley de Conservación de la Vida Silvestre No. 7317, Artículo 132 y otros.
7. Ley No. 8689, Modificación a la Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley No. 7317, Artículo
132.
8. Ley General de Salud No. 5395, artículos 275, 276, 277, 285, 287, 294, 305.
9. Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839, artículos 21, 31, 32, 38, 39, 45, 51, 54, 56, 57.
10. Decreto N° 36093-S Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios, artículos 14,
16, 17, 21, 24, 29, 33, 34, 48, 49, 51, 62, 64, 67.
11. Decreto Ejecutivo No 34431-MINAE-S, artículos 14, 15, 16. Reglamento del Canon Ambiental por
Vertidos.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[108]
12. Decreto Ejecutivo No 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, articulo 4, anexos 1 y 3. Reglamento
General sobre Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[109]
8. PROGRAMAS DE MANEJO
El área protegida presenta características particulares: no cuenta con presencia institucional
permanente; tiene un régimen de tenencia de la tierra mixto, donde más del 90% de su superficie es
propiedad privada; una categoría con un objetivo primario, según el POA de, “mantener o manejar
la calidad y cantidad de producción de agua… (así como) conservar otros valores naturales”;
considerada como un área protegida fuertemente amenazada por la expansión urbana y con riesgos
naturales significativos que podrían acentuarse como consecuencia de un inadecuado manejo del
entorno natural. Por estas razones, el manejo debe ser orientado hacia la consolidación del área
protegida, paralelamente al establecimiento de alianzas estratégicas y conciliación de intereses de
conservación y producción sostenible, como etapa previa al desarrollo del área. Para tal efecto, se
propone organizar el manejo en cuatro programas operativos, para los cuales se establecen los
resultados esperados, las acciones estratégicas y las metas a alcanzar. Las metas se clasifican según
su prioridad en períodos en los cuales se espera deban realizarse, esto con la finalidad de brindar un
cronograma a grandes rasgos que oriente la elaboración de los planes anuales operativos.
En el presente capítulo las prioridades se señalan como:
Período Años (de vigencia del Plan General de Manejo)
1. Corto Plazo Del año 1 al 3
2. Mediano Plazo Del año 4 al 6
3. Largo Plazo Del año 7 al 10
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[110]
8.1 Programa Administrativo Financiero
PROGRAMA ADMINISTRATIVO FINANCIERO
DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Considerado insumo fundamental para la implementación exitosa de
los programas propuestos. Orientado a dar un soporte ágil y efectivo a los programas e incluye la
cooperación entre recursos humanos, administración, gestión financiera, procesamiento y análisis de datos,
control de activos, coordinación interinstitucional y alianzas estratégicas.
OBJETIVO: Asegurar la disponibilidad de los recursos humanos, financieros, técnicos y logísticos
necesarios para operativizar los programas planteados de forma ágil y eficiente garantizando la conservación
de los recursos naturales (hídrico, suelos, biodiversidad), la reducción del riesgo y el desarrollo de
actividades productivas sostenibles para el beneficio de los propietarios, organizaciones comunales y
beneficiarios de los servicios ambientales proveídos.
RESULTADOS ESPERADOS ACCIONES ESTRATEGICAS METAS
Área protegida con presencia
institucional permanente,
equipada y logísticamente
facultada para operativizar los
programas
Asegurar una presencia
institucional permanente y
eficiente en el área protegida
(infraestructura, equipo y recurso
humano idóneo)
Contar con 3 funcionarios
permanentes: Un gestor del
manejo y dos funcionarios de
apoyo. La contratación será
preferiblemente local para facilitar
integración local, incorporación de
conocimiento vivencial y asegurar
un alto grado de identificación con
los recursos a proteger. 1
Establecer la infraestructura
necesaria para garantizar la
presencia institucional permanente
y la operativización de los
programas.
Infraestructura mínima establecida
y con equipo básico para operar. 2
Diseñar e implementar una
estrategia para la gestión de
recursos financieros que apoye la
operativización, el monitoreo de la
ejecución del plan de manejo y la
compra de tierras en sitios
fuertemente amenazados por la
expansión urbana.
En ejecución una estrategia para
la gestión de recursos financieros.
1
Un plan de comunicación en
ejecución. 1
Un inventario de posibles donantes
y empresas con responsabilidad
social corporativa interesadas en la
ZPCC. 2
Un aliado estratégico identificado
(con personería jurídica,
declaratoria de interés público,
fideicomiso activo) que facilite la
recaudación de fondos. 2
Una negociación con SETENA
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[111]
que permita al fideicomiso
referido ser receptor de las
penalidades/ sanciones a
infractores dentro de la ZPCC y su
área de influencia. 2
Área protegida con un plan de
monitoreo y actualización en
ejecución que permite dar
seguimiento a su consolidación
y aplicación de medidas
correctivas para garantizar su
desarrollo
Conformar el Consejo Local de la
Zona Protectora Cerros de La
Carpintera, siguiendo lo dispuesto
por la Ley de Biodiversidad No
7788 y su Reglamento (Decreto No
34433-MINAE).
Un Consejo Local dando
seguimiento al plan de manejo. 1
Planificar y ejecutar el monitoreo
anual y actualización del plan de
manejo cada 10 años.
Un monitoreo anual participativo y
una actualización del plan de
manejo cada diez años. 2
Planificar internamente: compras,
distribución, inventario y control
de suministros, materiales,
insumos y equipo para los
programas apegándose a la
legislación vigente.
Un plan interno para estructurar y
consolidar el área administrativa.
2
Fortalecer las capacidades
integrales del recurso humano,
procurando su desarrollo
profesional-personal y potenciando
la calidad de su gestión para
asegurar la consecución de los
objetivos de los programas
planteados.
Un plan de fortalecimiento del
recurso humano en ejecución. 3
Analizar la viabilidad de
modificación de límites del área
protegida, considerando espacios
territoriales donde los recursos
naturales han sido fuertemente
diezmados, fundamentalmente por
el establecimiento de
asentamientos humanos.
Un estudio técnico de los espacios
urbanizados y su viabilidad de
manejo como parte de la ZPCC. 2
Gestionar las recomendaciones del
estudio técnico ante las instancias
correspondientes. 2
Fortalecer la ZPCC mediante el
posesionamiento del patrimonio
natural del Estado.
Un inventario de propiedades
patrimonio del Estado. Incluye
ubicación, institución tutelar y
contactos institucionales. 1
Gestión e incorporación bajo la
tutela de MINAET de las
propiedades patrimonio del
Estado en aras de la consolidación
de la ZPCC. 1
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[112]
Implementadas diferentes
estrategias para asegurar su
posicionamiento como patrimonio
del Estado, tales como, cogestión
con organizaciones ambientalistas
locales e instituciones académicas
2
8.2 Programa de Control y Protección
PROGRAMA DE CONTROL Y PROTECCION.
DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Incluye medidas para aumentar la eficiencia del control y protección
de los recursos naturales, asegurar el respeto del territorio declarado como zona protectora, mantener el
recurso hídrico en calidad y cantidad mediante el respeto a la normativa legal vigente y acciones
preventivas, aumentar las capacidades de sensibilización, vigilancia y regulación del uso sostenible de los
recursos naturales. El programa integrará acciones de prevención, control, vigilancia, educación y
sensibilización para disminuir o eliminar los delitos ambientales y las amenazas a los recursos naturales en
la ZPCC, en alianza y con la participación activa de gobiernos locales, organizaciones comunales, ONG’s,
voluntariado y de manera particular con los propietarios de tierras ubicados en el área protegida.
OBJETIVO: Asegurar el cumplimiento de la normativa legal vinculada a la protección, manejo y uso
sostenible de los recursos naturales en la ZPCC mediante la integración de acciones de prevención, control,
vigilancia, educación y sensibilización para prevenir delitos ambientales en alianza con actores locales clave.
RESULTADOS
ESPERADOS
ACCIONES ESTRATEGICAS METAS
Recursos naturales conservados
y/o en manejo y uso sostenible
mediante el cumplimiento de la
normativa legal y la ejecución
de acciones de prevención,
control, vigilancia, regulación,
educación y sensibilización.
Elaborar y ejecutar el Plan de
Control y Protección en
coordinación con los actores
estratégicos, con énfasis en la
vigilancia permanente de áreas
con alto riesgo de expansión de
invasiones o precarismo.
Un plan de control y protección
elaborado y en ejecución. 1
Gestionar instrumentos
tecnológicos para fortalecer las
capacidades de vigilancia (GPS,
monitoreo de imágenes satélite
etc.)
Al menos dos instrumentos
tecnológicos en aplicación. 2
Elaborar y divulgar material
impreso en lenguaje amigable,
sobre delitos ambientales,
Al menos dos materiales impresos
disponibles dirigidos a actores
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[113]
alcances legales, penas y
valorización de los bienes y
servicios que provee el área
protegida.
clave. 1
Identificar comunidades con alto
grado de amenaza a los recursos
naturales (dar prioridad a
propietarios ubicados en los
límites de la ZPCC y en las áreas
con fuerte riesgo de expansión de
invasiones de tierras) y potencial
para apoyar acciones de control y
protección.
Comunidades y grupos clave
identificadas y con acciones en
ejecución. Al menos dos acciones
ejecutadas. 1
Fortalecer las alianzas ya
existentes y concretar nuevas con
entidades claves para aumentar la
eficiencia del control y
protección (Fuerza pública,
ministerio público, Ministerios de
Salud y Agricultura,
ASMOCICU, ASOPROCA,
Asociación de Caleros y Canteros
de Patarra y gobiernos locales).
Fortalecer alianza existente con
COBRI SURAC, CBUC y BMR.
Alianzas en ejecución y/o
fortalecidas con entidades claves. Al
menos cuatro alianzas nuevas. 1
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[114]
8.3 Programa de Gestión Participativa para el Manejo Sostenible de los
Recursos Naturales
PROGRAMA DE GESTION PARTICIPATIVA PARA EL MANEJO SOSTENIBLE DE LOS
RECURSOS NATURALES.
DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Incluye acciones dirigidas a conciliar intereses de conservación y
producción sostenible mediante una participación activa de propietarios, instituciones académicas, instancias
con competencia ambiental y otros actores que operan en el área protegida y su zona de influencia y que
tienen incidencia en el área protegida (comunidades, sector privado, organismos técnicos y ONGs). Tiene
implícitos acuerdos para la promoción conjunta de acciones diversas de producción sostenible. Entre ellas,
investigación, uso sostenible de la biodiversidad, ordenamiento territorial, educación, capacitación,
divulgación, etc. dirigidas a la conservación y uso sostenible de los recursos hídricos, biodiversidad y
recursos naturales en general, así como mejoras en la situación socioeconómica y ambiental de los
propietarios, sus familias y grupos locales organizados.
OBJETIVO: Establecer acciones concertadas con los actores locales estratégicos para asegurar la
conservación y mantenimiento del recurso hídrico, la biodiversidad, la reducción del riesgo y el desarrollo
sostenible local en la ZPCC y su área de influencia.
RESULTADOS ESPERADOS ACCIONES ESTRATEGICAS METAS
La conservación de los recursos
naturales y su uso racional esta
fortalecido por medio de la
promoción e implementación de
actividades de manejo sostenible.
Fortalecer o crear alianzas con
actores estratégicos clave (como:
INBio, Museo Nacional,
Universidades, INA, MAG,
MAOCO, CATIE, BMR-CUSO
VSO/KEDLAP, ICT, Dirección de
Geología y Minas, Holcim y
ONGs, otras) para el desarrollo de
una agenda conjunta que facilite
la investigación, sistematización,
capacitación, asistencia técnica y
promoción de actividades
productivas sostenibles:
producción forestal, agroforestal y
silvopastoril; producción orgánica
o de transición, uso sostenible de
productos no maderables, turismo
de naturaleza y aprovechamientos
geológicos artesanales.
Al menos cuatro alianzas
establecidas y con acciones
conjuntas en ejecución. 1
Generar una alianza entre la ZPCC
y las municipalidades de los
cantones de La Unión, Cartago,
Desamparados y Curridabat para
una gestión mancomunada que
permita abordar operativamente la
amenaza de expansión urbana
hacia adentro de la ZPCC y la
Alianza estratégica en operación y
con sesiones regulares de
coordinación. 1
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[115]
regulación de los territorios del
área de influencia inmediata.
Promover entre los propietarios de
la ZPCC la elaboración de estudios
de sitio o planes de manejo
orientados hacia un manejo
sostenible.1
Al menos cinco propietarios
cuentan con plan de manejo para
su finca. 2
Promover el turismo sostenible
como oportunidad para posicionar
la ZPCC nacional e
internacionalmente y la generación
de beneficios socioeconómicos
(diversificación de ingresos,
opciones de empleo).
Alianzas establecidas con
instituciones vinculadas al
turismo, oficinas de gestión
turística municipal y con
propietarios interesados el tema.
2
Integrar la gestión de la ZPCC con
otras iniciativas y grupos
organizados que promueven la
conectividad biológica (Programa
Nacional de CB, Bosque Modelo
Reventazón, COBRI SURAC,
CBUC, otros.)
Contactos establecidos con
grupos organizados vinculados a
iniciativas de fortalecimiento de
la conectividad biológica. 2
Desarrollar un plan de
sensibilización y acción orientado
a: reducción de emisiones de gases
de efecto invernadero, reducción
de la vulnerabilidad y el riesgo a
los impactos del cambio climático,
compensación de emisiones y
finalmente, mostrar las bondades
empresarialmente hablando de ser
“Carbono Neutralidad”.
Al menos cinco empresas con
responsabilidad social corporativa
comprometidas con “carbono
neutralidad” y compensando
emisiones vía pagos por servicios
ambientales en categoría de
certificados de sostenibilidad
ambiental. 2
Promover el manejo integrado de
residuos sólidos y la disposición
adecuada de vertidos en
comunidades, centros educativos y
sectores productivos ubicados en
el área protegida.
Al finalizar la vigencia del plan
de manejo al menos cinco
iniciativas están operando. 2
Promover intercambios de
experiencias entre propietarios y
grupos organizados para el
fortalecimiento de actividades
productivas sostenibles y la
conservación de los recursos
naturales.
Incluir propietarios ubicados en
Al menos cinco intercambios de
experiencias ejecutados durante la
vigencia del plan. 3
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[116]
inmediaciones de áreas de alto
riesgo de invasión de tierras y
próximos a los límites del área
protegida, a quienes dichos
intercambios podría fortalecer en
la protección de sus tierras.
Generar la información técnica y
científica necesaria para la toma de
decisiones, la conservación y uso
sostenible de los recursos naturales
en la ZPCC.
Concluir el mapa de tenencia de la
tierra de la ZPCC, en colaboración
con las municipalidades
competentes, con énfasis en los
territorios de mayor presión por
expansión urbana.
Ejecutadas al menos cinco
investigaciones sobre el tema al
finalizar la vigencia del plan. 3
Un estudio de tenencia de la tierra
completo. 3
Promover la sistematización de
información técnica, científica y
vivencial que contribuya a la
conservación y manejo sostenible
de los recursos naturales del área
protegida.
Al menos tres experiencias han
sido sistematizadas durante la
primera mitad de la vigencia del
plan de manejo. 2
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[117]
8.4 Programa de Gestión Comunitaria y Educación Ambiental
PROGRAMA DE GESTIÓN COMUNITARIA Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
DESCRIPCION DEL PROGRAMA: Incluye acciones para promover y construir conocimiento sobre
conservación del recurso hídrico, la biodiversidad y los otros bienes y servicios que provee la ZPCC a la
sociedad, el fortalecimiento de capacidades locales para la autogestión socio ambiental y financiera, que
contribuyan a la conservación y uso sostenible de los recursos naturales. Involucra acciones conjuntas con
diversos sectores de la población (estudiantes, jóvenes, amas de casa, productores, propietarios,
comerciantes, organizaciones comunales etc.). Además, la coordinación con instancias que apoyen este tipo
de acciones y la caracterización de los sectores según sus intereses y tipo de relación con el área protegida.
OBJETIVO: Generar conocimientos, valores, capacidades y cultura ambiental en conjunto con los sectores
de la población para el posicionamiento social del área protegida, la reducción de amenazas a los recursos
naturales y el fomento del desarrollo sostenible local.
RESULTADOS ESPERADOS ACCIONES ESTRATEGICAS METAS
Área protegida socialmente
posicionada, recursos naturales
conservados y en uso sostenible
mediante la co-gestión de la
ZPCC con actores clave locales
y externos
Ejecutar un plan de
sensibilización, educación y
divulgación ambiental con
centros educativos y grupos
locales organizados ubicados en
el área protegida y su área de
influencia.
Socialización del plan de manejo
oficializado mediante una
exposición itinerante dirigido a
comunidades y actores claves,
como etapa previa a la
conformación del Consejo Local.
Un plan de sensibilización,
educación y divulgación ambiental
en ejecución. 2
Una exposición itinerante ejecutada.
1
Concretar alianzas con entidades
claves para la educación
ambiental (MEP, A y A,
instituciones académicas, ONGs
etc.).
Una lista de entidades claves y
prioridades de contacto. 1
Contactos establecidos y acciones
en ejecución al menos con tres
instancias. 1
Generar acuerdos con los
gobiernos locales para reducir la
presencia de basura domestica,
agropecuaria y clandestina
dentro del área protegida.
Acuerdos establecidos con al menos
dos municipios inicialmente y con
los dos restantes al concluir la
vigencia del plan. 3
Promover prácticas ambientales
mejoradas: manejo de residuos,
viveros, reforestación, huertas
orgánicas, etc., dirigido a centros
educativos y grupos locales
Iniciativas establecidas con al
menos tres grupos meta. 3
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[118]
organizados.
Desarrollar un plan de rotulación
que permita el posicionamiento
del área protegida y la
valorización de sus recursos
naturales.
Plan de rotulación elaborado e
implementado. 2
Desarrollar un plan de
información y educación, para
promover el uso sostenible de los
recursos naturales y su
valorización.
Plan de información y educación
elaborado y en ejecución. 2
Promover y fortalecer la
participación en el Programa
Bandera Azul Ecológica en
centros educativos y grupos
organizados locales.
Contactos con A y A establecidos y
al menos dos grupos meta
comprometidos con el programa. 2
Facilitar la integración de
voluntariado local y externo que
contribuya a concretar las
acciones planteadas.
Contactos establecidos con
voluntariado local y aporte de
voluntariado externo en ejecución.
2
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[119]
9. Propuesta de Modelo de Gestión de la ZPCC
Posterior a la declaratoria de un área silvestre protegida se requiere a la brevedad posible contar con
un plan de manejo que oriente su desarrollo. El plan como instrumento de toma de decisiones y
acciones bien documentadas “no esta escrito en piedra”, en su planificación se considera el
monitoreo y actualización periódica que permitirá ir integrando aprendizajes, mejorando y
adecuando su contenido a las necesidades del área protegida.
Una vez alcanzada esta meta, el paso siguiente es lograr implementar el plan, para ello es
fundamental una capacidad mínima de co-gestión que incluye la asignación de personal y recursos
para la gestión del manejo por parte del MINAET/SINAC/ACCVC y de actores locales clave, así
como, la integración de un Consejo Local conformado por un conjunto de actores relevantes que
apoyen propositivamente la gestión del área protegida.
En particular la ZPCC presenta retos para una co-gestión exitosa que deben ser vistos como
obstáculos a superar que permitirán consolidar aún más el actuar mancomunado:
1. El co-financiamiento y nombramiento de un equipo técnico responsable de implementar el
plan.
2. La creación de un consejo Local de área protegida que contribuya a la gestión del plan y al
monitoreo de la implementación.
3. La zonificación y normativa desarrollada en el plan de manejo debe implementarse hasta el
nivel de finca como área mínima de manejo. En consecuencia, el acompañamiento a los
propietarios en el desarrollo de sus planes de sitio será fundamental para lograr el
ordenamiento del territorio conciliando intereses productivos y de conservación.
4. La concordancia de los planes de sitio, con el plan de manejo y los planes reguladores es
fundamental. Esto requiere un trabajo técnico de acompañamiento a propietarios y
municipios que permita mantener una comunicación fluida entre MINAET, otras
instituciones competentes, municipios y propietarios. De manera que las directrices técnicas
sean claras, así como, las competencias y todo se encuentre en concordancia con lo
establecido en la legislación ambiental vigente.
5. El diseño e implementación de una estrategia conjunta que permita detener el avance de
asentamientos humanos legales e ilegales constituidos en la principal amenaza al área
protegida. Siendo un área protegida estratégica por: encontrarse inmersa dentro de la GAM,
cumplir un rol fundamental como espacio de conectividad entre las cordilleras Volcánica
Central y de Talamanca, catalogada como un pulmón proveedor de servicios ambientales a
las comunidades inmediatas y en general al sector este de la GAM. La presencia de
asentamientos humanos estimados en un 11 % de su superficie y la creciente presión por la
expansión de la frontera urbana amerita una gestión eficiente e inmediata para salvaguardar
el recurso.
6. Lograr un plan de manejo consensuado en condiciones adversas genera sensaciones
positivas, sin embargo debe estar claro que si no se logra la capacidad mínima de gestión
del plan este será un documento de escritorio solamente.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[120]
Organigrama del Modelo de Gestión Propuesto para la Zona Protectora Cerros de La
Carpintera, desde las autoridades estatales a nivel nacional hasta la estructura de gestión a
nivel local
MINAET
CONAC
CORAC
Director ACCVC
ACCVC
Jefatura Oficina de
Cartago
Unidad de Áreas Silvestres
Protegidas
Gestor del Manejo para la
Zona Protectora Cerros de La
Carpintera
Técnico de
Apoyo para la
Gestión 1
Técnico de
Apoyo para la
Gestión 2
Consejo Local de la
Zona Protectora
Aliados Estratégicos (Municipalidades
de La Unión, Cartago, Desamparados y
Curridabat, ASMOCICU y otros),
Patrocinadores y Ministerio de
Seguridad
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[121]
Descripción de componentes del modelo
Jefatura Oficina de Cartago del SINAC
Es la entidad superior que en coordinación con la dirección del ACCVC conduce y ejecuta
decisiones para el manejo de la Zona Protectora Cerros de La Carpintera.
Unidad de Manejo de Áreas Silvestres Protegidas
Unidad a cargo de coordinar el manejo de las áreas protegidas del SINAC-ACCVC-Oficina de
Cartago. En consecuencia, deberá apoyar y facilitar en su gestión al equipo operativo y al Consejo
Local de la ZPCC. Para lo cual, coordinará acciones con el equipo operativo y apoyará al Consejo
Local.
Equipo operativo mínimo
El equipo estará constituido por un gestor del manejo y dos asistentes técnicos, preferiblemente uno
con énfasis en el área social y el otro en el área biológica/ambiental. Este equipo será responsable
de operativizar el Plan de Manejo de la ZPCC. El gestor del manejo será facilitado por el SINAC-
ACCVC mediante contratación o reubicación de personal que actualmente está sobre calificado
para las labores que está realizando en puestos operativos. El asistente o los asistentes dependiendo
de la disponibilidad de los actores clave locales serán asumidos por la comunidad organizada. El
equipo tendrá su sede inicialmente en ACCVC– Oficina de Cartago quiénes le brindarán el apoyo
logístico necesario para realizar el seguimiento de campo correspondiente a los planes generales de
manejo. Este equipo será reforzado mediante la formación de COVIRENAS conformados por
voluntarios de la comunidad, así como personal de las fincas de los propietarios interesados en
reforzar el control y protección de sus propiedades y apoyar en general la conservación de la ZPCC.
El gestor del manejo será parte del Consejo Local de la ZPCC como su secretario ejecutivo.
Gestor del Manejo
Su misión es promover el manejo integrado de los recursos naturales propiciando la conciliación
entre intereses productivos y de conservación para garantizar la provisión de los servicios
ambientales de la ZPCC.
Su objetivo es implementar el Plan de Manejo de la ZPCC mediante la articulación con los actores
relevantes (instituciones, ONG locales, empresa privada) y en particular con los propietarios
privados.
Asistentes Técnicos 1 y 2
Supeditados al gestor del manejo, están orientados a apoyar la gestión del área protegida en
concordancia con lo planificado en los planes de manejo y los planes anuales operativos, así como
apoyar la gestión del Consejo Local del Área Protegida. Se considera este personal como parte de la
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[122]
contrapartida local en virtud de la imposibilidad de contratación de personal por parte de Estado y
por tratarse de un área protegida donde más del 90% de su territorio es de carácter privado. En
consecuencia, existe un interés por parte de los propietarios de proteger y desarrollar el área
protegida en armonía con la naturaleza.
Consejo Local
Se propiciará la conformación del Consejo Local de la ZPCC siguiendo los lineamientos
establecidos en la Ley de Biodiversidad No 7788 y su Reglamento (Decreto No 34433-MINAE).
El Consejo estará conformado por representantes de los sectores público, privado y comunal y para
su elección se realizará una convocatoria en la prensa nacional. Cada sector se reunirá
individualmente y nombrarán su o sus representantes ante el Consejo. Deberá incluir instancias con
competencia ambiental, actores clave comunales y ONG locales, aliados estratégicos,
patrocinadores y se reunirá mensualmente.
El Consejo Local responderá al Consejo Regional de Área de Conservación en lo que a sus
funciones y gestión compete. Por tanto, será éste quien defina sus pautas de actuación y
reglamentación. Este consejo se organizará al amparo de la Ley de Biodiversidad y en concordancia
con las normas que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de la Ley General de la
Administración Pública (Nº 6227). La Convocatoria inicial para la conformación del Consejo Local
se realizará en primera instancia por la Dirección del ACCVC en coordinación con aliados
estratégicos. Una vez constituido el primer Consejo Local, será el mismo quién solicite al Director
del Área de Conservación realizar las convocatorias dirigidas y públicas correspondientes, en
concordancia con el Artículo 29 de la Ley de Biodiversidad #7788.
Entre los actores fundamentales a ser convocados: los municipios de La Unión, Cartago,
Desamparados, Curridabat; Ministerio de Salud; Ministerio de Agricultura; Ministerio de Seguridad
Pública; Instituto Nacional de Acueductos y Alcantarillado; Servicio Nacional de Riego y
Avenamiento (SENARA); Instituto Costarricense de Turismo (ICT); Asociación Movimiento
Cívico del Cantón de La Unión (ASMOCICU); Asociación de Propietarios de La Carpintera
(ASOPROCA); Asociación de Caleros y Canteros de Patarrá; Asociación de Guías y Scouts de
Costa Rica; ASADAS; Asociaciones de Desarrollo Integral; Compañía Nacional de Fuerza y Luz
(CNFL); Ministerio de Seguridad Social; Cámara de Comercio Local, entre otros.
La sede del Consejo Local de la ZPCC será inicialmente el Campo Escuela Iztaru propiedad de la
Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica ubicada en el distrito de San Diego del cantón de La
Unión. El Consejo se reunirá mensualmente y responderá en principio a las siguientes funciones:
a) Conformarse y consolidarse como una instancia de apoyo para el manejo de la ZPCC,
apoyando el accionar del equipo gestor.
b) Velar por la aplicación de las políticas estatales reflejadas en el Plan de Manejo y las
emanadas del Consejo Regional y Nacional.
c) Fomentar la participación de los diferentes sectores en el análisis, la discusión y la búsqueda
de soluciones para los problemas que enfrenta el área protegida.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[123]
d) Proponer al Consejo Regional de Área de Conservación las estrategias, los lineamientos, los
planes y los presupuestos de los programas específicos de manejo de la ZPCC para que
respondan a lo establecido en el Plan de Manejo.
e) Proponer el plan anual operativo, presupuesto anual, informes anuales y los reglamentos de
funcionamiento.
f) Definir asuntos específicos para la gestión del área protegida y presentarlos al Consejo
Regional para su aprobación.
g) Recomendar, al Consejo Regional del Área de Conservación, la modificación de los límites
cuando se dé el caso. h) Coordinar con las diferentes instancias la organización de actividades para la conservación
del patrimonio natural y su desarrollo sostenible.
i) Motivar la organización de las comunidades y promover la participación de grupos
organizados en las acciones que se desarrollan.
j) Canalizar, facilitar información y promover su divulgación en todas las esferas de acción de
la ZPCC.
k) Propiciar el apoyo de recursos humanos, materiales y financieros de otras instancias para la
implementación del plan de manejo.
l) Cualquier otra función que asigne la legislación nacional o el Consejo Regional.
Aliados estratégicos y patrocinadores
Contribuyen a través del aporte de recursos humanos, materiales y financieros para alcanzar el
manejo adecuado de los recursos naturales de la Zona Protectora. Están principalmente constituidos
por instituciones de investigación y enseñanza, ONGs, municipalidades y la empresa privada.
Las instituciones de investigación y enseñanza se visualizan como actores protagónicos en la
generación de información que orienta la toma de decisiones. Las ONG locales pueden contribuir a
la facilitación de contactos y como apoyo directo en la gestión del área protegida, en particular se
menciona ASMOCICU por su trayectoria de compromiso constante con esta área protegida. De
igual forma a los municipios de La Unión y Cartago por su desempeño principalmente en educación
ambiental, control y protección de los recursos de La Carpintera. Las empresas con responsabilidad
social y otros tipos de entes como patrocinadores o posibles donantes que pueden contribuir o
coadyuvar a la gestión financiera de la ZPCC.
Redes, alianzas o plataformas sociales son fundamentales para facilitar procesos y la movilización
de recursos a través de los contactos que por ellos se pueden establecer, tal es el caso del Bosque
Modelo Reventazón y el COBRI SURAC.
Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[124]
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Otras fuentes consultadas
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Plan General de Manejo Zona Protectora Cerros de La Carpintera
[128]
11. Lista de Anexos en CD adjunto
1) Decreto Nº 34547-MINAE y Recurso de Amparo contra el mismo
2) Línea de tiempo y minutas de las reuniones de la Comisión Interinstitucional para la ZPCC
3) Correspondencia de la Comisión Interinstitucional para la ZPCC
4) Talleres - Participantes en los Talleres - Convocatorias en La Nación a los Talleres de
Propuestas de Manejo y Validación
5) Explicación de términos utilizados en la definición de las Categorías de Manejo
6) Publicaciones en la prensa nacional sobre la ZPCC
7) Varios
- Decreto 29278 MINAE con los límites actuales de la ZPCC
- Legislación aplicable a la ZPCC
- Zonas de manejo en la ZPCC, áreas porcentuales
- Otros
8) Fotografías