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REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
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REGLAMENTO TRABAJOS DE GRADO CORUNIAMERICANA
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
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TABLA DE CONTENIDO
ACUERDO NÚMERO 031 DE NOVIEMBRE 28 DE 2012 ......................................................... 3
TÍTULO I. GENERALIDADES .............................................................................................. 5
TÍTULO II. OPCIÓN DE GRADO PROGRAMAS PROFESIONALES ........................................ 11
CAPÍTULO I. DEL PROYECTO DE GRADO MONOGRAFÍA.......................................................... 11
CAPÍTULO II. DEL PROYECTO DE GRADO DE INVESTIGACIÓN Y PROYECTO DE GRADO
APLICADO. .......................................................................................................................... 15
CAPÍTULO III. DIPLOMADO .................................................................................................... 18
CAPÍTULO IV. DE LA OPCIÓN DE GRADO PRÁCTICA EMPRESARIAL/JUDICATURA. ................... 21
CAPÍTULO V. DE LA OPCIÓN DE GRADO PLAN DE NEGOCIO. .................................................. 25
CAPÍTULO VI. DE LA OPCIÓN DE GRADO EXÁMENES PREPARATORIOS. ................................. 28
TÍTULO III. OPCIÓN DE GRADO PROGRAMAS TÉCNICOS PROFESIONALES, TECNOLÓGICOS
Y VIRTUALES. ................................................................................................................ 29
TÍTULO IV. OPCIÓN DE GRADO PROGRAMA DERECHO ................................................... 31
TÍTULO V. COMITÉ DE OPCIÓN DE GRADO. ..................................................................... 40
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
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Personería Jurídica Resolución Nº 6341 de Octubre 17 de 2006 Ministerio de Educación Nacional
NIT. 900.114.439-4
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA CORUNIAMERICANA
CONSEJO DIRECTIVO
ACUERDO NÚMERO 007 DE MARZO 15 DE 2013
“Por el cual se actualiza el Reglamento de Trabajos de grado y sus modalidades para los programas
de pregrado de la Corporación Universitaria Americana”
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA AMERICANA,
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias,
CONSIDERANDO
Que la Corporación Universitaria Americana, CORUNIAMERICANA es una Institución de Educación
Superior del Estado Colombiano, de carácter privado, con personería jurídica otorgada por
Resolución del Ministerio de Educación Nacional, Nº 6341 del 17 de octubre de 2006.
Que la Corporación tiene como misión “La Corporación Universitaria Americana, forma seres
humanos competentes e integrales, mediante procesos académicos e investigativos con proyección
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social y empresarial sostenibles, para que lideren la construcción de una sociedad más incluyente,
justa y equitativa”.
Que el Decreto No. 1295 del 20 de Septiembre de 2010, por el cual se reglamenta el registro
calificado de que trata la Ley 1188 de 2008 y la oferta y desarrollo de programas académicos de
educación superior en lo referente los programas de pregrado y de posgrados, dentro de las cuales
se estipula la obligatoriedad de expresar en créditos académicos la formación, la actualización de los
diseños curriculares y de determinar los lineamientos, estrategias y procesos de aprendizaje para el
desarrollo de competencias en el aprendizaje y la formación de los estudiantes.
Que en el capítulo VII, Artículo 23, ítem 5, del Estatuto General, se determina como función del
Consejo Directivo la expedición y modificación del Reglamento Estudiantil, Reglamento Docente y
Reglamento de Bienestar Universitario, así como los demás que resulten necesarios para el buen
funcionamiento de la Institución.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA
Artículo 1. Hacer los ajustes necesarios en el Reglamento de Trabajo de Grado, los cuales fueron
aprobados según Acuerdo Nº 001 De Diciembre 19 De 2008. El nuevo reglamento debe contemplar
los programas por Ciclos Propedéuticos bajo las modalidades presencial y Virtual.
Artículo 2. Adoptar las disposiciones para la planeación, ejecución y divulgación del Trabajo de
Grado para los Planes de Formación de Pregrado en la Corporación Universitaria Americana.
Artículo 3. Aprobar y adoptar el reglamento de trabajo de grado para los programas de pregrado
ofrecidos por la Corporación Universitaria Americana.
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TÍTULO I. GENERALIDADES
ARTÍCULO 1.- La Opción de grado es uno de los requisitos para la obtención del título en los
programas de pregrado en todos los niveles (Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional), tanto
para la modalidad presencial como virtual de la Corporación Universitaria Americana, este se
caracteriza por ser un proyecto académico donde el estudiante integra la investigación y desarrollo,
aplicando los conocimientos y competencias adquiridas durante su proceso formativo y donde el
futuro profesional demuestra estar capacitado para ejercer su profesión e integrarse a la vida social y
productiva del país
Parágrafo 1: En todo caso la modalidad de opción de grado escogida por un estudiante debe tener
como resultado un producto de investigación y estar enmarcada en las líneas y/o sublíneas de cada
programa académico vinculadas a su respectivo Grupo de Investigación y a los lineamientos de
COLCIENCIAS.
ARTÍCULO 2.- De la justificación: la opción de grado, en cualquiera de sus diferentes modalidades,
es un requisito académico para optar al título de Técnico, Tecnólogo y Profesional, tanto en la
modalidad presencial como virtual, lo cual tributa a la formación integral del estudiante en
competencias relacionadas con la docencia, investigación, y proyección social de los programas.
ARTÍCULO 3.- De los objetivos: son objetivos de la opción de grado:
Promover en el estudiante la apropiación de competencias metodológicas y tecnológicas para el
diseño y ejecución de proyectos de investigación y desarrollo en las áreas de formación.
Incorporar activamente a los futuros profesionales de las Facultades, en proyectos de investigación
aplicada que esta lidera.
Contribuir al análisis y/o solución de problemas que afectan a los sectores educativos, de salud,
industrial, comercial y social de la región del país.
ARTÍCULO 4.- De los requisitos: para inscribir la Opción de Grado, el estudiante deberá cumplir con
los siguientes requisitos:
Tener aprobado mínimo el 80% de créditos académicos del plan de estudio de su respectivo
programa académico.
Haber sometido su propuesta de Opción de Grado ante el comité de opción de grado del respectivo
programa y que esta haya sido aprobada.
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Cumplir con los requisitos específicos establecidos, según la modalidad, señalados en el presente
reglamento.
ARTÍCULO 5.- Del Procedimiento: a continuación se describen de manera general las etapas para el
desarrollo de las opciones de grado, igualmente se indican las disposiciones en cuanto al plazo para
finalización, modificaciones, cambio y cancelación de una opción de grado. En la Figura 1. Se
muestra el proceso a través del cual se desarrollan las opciones de grado.
Figura 1. Etapas para el desarrollo de la Opción de Grado.
OPCIÓN DE GRADO
1. Selección
Monografía Proyecto de Grado de
Investigación y Proyecto de Grado
Aplicado aplicados
Diplomado Practica Empresarial
/Judicatura
Plan de Negocio
2. Aprobación
3. Inscripción
4. Desarrollo de la Opción de Grado
5. Entrega del Informe Final
6. Sustentación/socialización Opción de Grado
Preparatorios
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Selección de la Opción de Grado: la opción de grado podrá ser seleccionada por el estudiante entre
las modalidades propuestas en el figura 1, una vez haya culminado el 80% de los créditos del plan
de estudios del programa respectivo.
Aprobación: la modalidad seleccionada se presenta al comité de Opciones de Grado del respectivo
programa académico para su aprobación, tomando como guía el formato “presentación de la Opción
de Grado”. De igual forma, de acuerdo con la modalidad seleccionada y según en nivel de estudio,
se debe entregar el formato “propuesta opción de grado”. Una vez analizada la solicitud de él o los
estudiante (s), el Comité de Opción de Grado del respectivo programa dará respuesta a la misma
mediante la publicación del Acta de Comité.
Inscripción: Aprobada la Opción de Grado, el Comité de Opción de Grado realizará la
correspondiente inscripción asignándole en la base de datos del respectivo programa, un numero
consecutivo para el control y seguimiento.
Cambio de Opción de Grado: el Comité de Opción de Grado será el único autorizado para aprobar el
cambio de la modalidad de grado, previa solicitud escrita del él o los estudiantes, previo visto bueno
del Director/ Tutor/Investigador-Tutor, justificando el cambio.
Cancelación de la Opción de Grado: la cancelación de la opción de grado aprobada, debe ser
solicitada por escrito ante el Comité de Opciones de Grado del respectivo programa por él o los
estudiantes con el visto bueno del Director/Tutor/Investigador-Tutor y la debida justificación. El
Comité de Opción de Grado evaluará la solicitud y aprueba o no la cancelación. En caso de no ser
aprobada el estudiante debe continuar con el desarrollo de la misma Opción de Grado.
Desarrollo de la Opción de Grado: Una vez aprobada la Opción de Grado, el estudiante se remitirá a
la reglamentación específica de la Opción de Grado escogida y aprobada para proceder al desarrollo
de la misma.
Entrega del Informe Final: una vez terminada la opción de grado el estudiante se remitirá a la
reglamentación específica para hacer entrega del Informe Final
Sustentación o socialización de la Opción de Grado: una vez aprobado el informe final por el Comité
de Opción de Grado, él o los estudiante (s) se dirigirá a la reglamentación específica de la Opción
degrado escogida y aprobada para proceder a la sustentación o socialización de la misma.
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ARTÍCULO 6.- De la dirección de Opción de Grado y sus funciones: Acorde a la modalidad de
Opción de Grado seleccionada por él o los Estudiantes, un docente perteneciente a la Facultad y
debidamente avalado por el Comité de Opción de Grado del respectivo programa, realizará la
dirección o tutoría del trabajo Opción de Grado.
De acuerdo con la modalidad de Opción de Grado, el director tendrá diferentes denominaciones:
Trabajo de Grado (Monografía): se denomina Director.
Diplomado (Trabajo Final del Diplomado): se denomina Director de Trabajo Final.
Practica Empresarial/Judicatura: se denomina Docente-Tutor y un Tutor Externo.
Proyecto de Investigación y Proyecto de Grado Aplicado: Investigador-Tutor.
Plan de Negocio: Docente-Tutor.
Preparatorios: Director de Preparatorios.
ARTÍCULO 7.- De la duración de la Opción de Grado: Conforme a las modalidades de Opción de
Grado él o los estudiantes tendrá como máximo dos semestres académicos para realizarla.
Parágrafo 1: Pasado este tiempo señalado en el artículo séptimo, él o los estudiantes deberá
matricular un semestre académico para terminar su Opción de Grado.
Parágrafo 2: Las solicitudes de prorrogas serán realizadas por el Director/Tutor/Investigador-Tutor
de la opción de grado en carta dirigida al comité quien estudiara las justificaciones dadas y emitirá la
respuesta a dicha solicitud.
ARTÍCULO 8.- De las normas generales para la elaboración del Informe Final: para las Opciones de
Grado es requisito fundamental la presentación de un informe final escrito que cumpla con las
normas metodológicas exigidas por la Facultad y la normatividad específica para cada opción así:
Trabajo de Grado (Monografía): “Trabajo de Grado”
Diplomado: “Trabajo Final del Diplomado”
Practica Empresarial/Judicatura: “Informe Administrativo y técnico”.
Proyecto de Investigación y Proyecto de Grado Aplicado: “Informe de Trabajo de
Investigación y/o Articulo”
Plan de Negocio: “Informe de Plan de Negocio o Proyecto de Desarrollo”
Preparatorios: Resultados de Preparatorios
ARTÍCULO 9.- De las asignaturas relacionadas con la Opción de Grado: Las asignaturas de
Metodología e investigación correspondientes a los planes de estudio de los diferentes programas
deben proporcionar al estudiante las competencias para el desarrollo de las Opciones de Grado,
esta le servirá como calificación de la asignatura. Si del ejercicio de esta asignatura el estudiante
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logra el diseño de una propuesta que se ajuste a una de las opciones de grado, puede presentarla
para aprobación ante el Comité de Opciones de Grado y darle continuidad hasta terminar el proceso
anteriormente descrito.
ARTÍCULO 10.- De la calificación de las Opciones de Grado: la calificación que se otorga a una
Opción de Grado finalizada según el nivel de cumplimiento de la propuesta son:
Reprobado: Cuando el trabajo NO cumple a cabalidad con los objetivos propuestos y los
requisitos mínimos establecidos por la facultad.
Aprobado: cuando el trabajo cumple a cabalidad con los objetivos propuestos y los
requisitos mínimos establecidos por la facultad.
Aprobado con Felicitación: cuando el trabajo cumple a cabalidad con los objetivos
propuestos y los requisitos establecidos en forma sobresaliente.
Meritorio: cuando los resultados obtenidos enriquecen o hacen un aporte notable al
conocimiento en las áreas con que se relaciono.
Laureado: cuando los resultados obtenidos del Trabajo de Grado contribuye directamente a
ensanchar la frontera del conocimiento científico o tecnológico
El rango que determina la calificación depende de cada opción de grado.
ARTÍCULO 11.- De la Sustentación de los resultados de las opciones de grado: Monografía,
Diplomado y Plan de Negocios. Consiste en la exposición de los resultados de la Opción de Grado
desarrollada, ante los jurados o evaluadores, según corresponda, y ante la comunidad académica
que asista. En la sustentación el estudiante argumentará la coherencia entre el problema, los
objetivos, la justificación, la delimitación conceptual, los resultados y las conclusiones obtenidas.
Para realizar la sustentación del Monografía, Proyecto de Investigación, Proyecto de grado Aplicado,
Plan de Negocios. se debe tener el concepto favorable de los Jurados o Evaluadores, del Asesor
Metodológico y del Director. Para efectos de la sustentación los jurados o evaluadores deben
informar al Comité de Opciones de Grado la aprobación del informe final y socializar la designación
del presidente de sustentación con ocho (8) días hábiles de anterioridad a la fecha de sustentación,
la cual debe ser informada a los estudiantes.
La sustentación se debe realizar en el día, hora y lugar acordados, con una duración máxima de 1
hora. Deben asistir obligatoriamente los dos Jurados o evaluadores y el presidente quien hace la
presentación de los estudiantes y del tema. En la sustentación solo intervienen el presidente de la
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sustentación, los Jurados o Evaluadores y los estudiantes. Si el Director y/o codirector de trabajo
desean asistir lo pueden hacer, sin participar en la exposición.
Finalizada la presentación por parte de los estudiantes el Presidente otorga la palabra a los Jurados
o Evaluadores para que hagan las preguntas que consideren necesarias. En caso de incumplimiento
por parte de los estudiantes o de los Jurados o Evaluadores, sin justa causa, el Comité de Opciones
de Grado aplicará la sanción respectiva.
El Presidente de la sustentación quien tiene voz, pero sin voto, estará presente en la deliberación
privada de los Jurados o Evaluadores para la calificación final que será reportada en el Acta de
Sustentación. El presidente informará a los estudiantes en presencia de los Jurados o Evaluadores
la calificación otorgada. Una vez realizada la sustentación, y diligenciada la correspondiente Acta, el
presidente la entrega a la Dirección del Programa para la firma del Decano.
Cuando un Trabajo de Grado es calificado como Meritorio por los Jurados, se entregará una copia
adicional del Acta de Sustentación a los estudiantes donde aparezca la calificación obtenida y se
expide una certificación firmada por el Decano.
ARTÍCULO 12.- De la socialización de los resultados de las Opciones de Grado: Proyecto de Grado
de Investigación y Proyecto de Grado Aplicado y Practica Empresarial. Consiste en la exposición de
las actividades realizadas, de acuerdo con la Opción de Grado desarrollada, ante los Tutores
Internos y Externos, el Director del Centro de Investigaciones o el Director del Programa según
corresponda, y ante la comunidad académica que asista. En la socialización el estudiante presentará
la metodología utilizada en el trabajo, las labores realizadas, los resultados y las conclusiones
obtenidas.
Para estas opciones el estudiante de común acuerdo con su Tutor determinará la fecha, lugar y hora
de la socialización de resultados, la cual será informada al Comité de Opción de Grado y a la
comunidad académica. El Presidente de la Socialización será el Director de Programa o quien el
designe.
La socialización se debe realizar en el día, hora y lugar acordados, con una duración máxima de 1
hora. Deben asistir obligatoriamente los Tutores Internos y Externos, el Director del Centro de
Investigaciones o el Director del programa, según corresponda, y el Presidente quien hace la
presentación de los estudiantes y del trabajo realizado. Finalizada la presentación por parte de los
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estudiantes el Presidente otorga la palabra a la Comunidad Académica en general para que hagan
las preguntas que consideren necesarias.
El Presidente informará a los estudiantes la calificación otorgada por los Tutores y una vez realizada
la sustentación, y diligenciada la correspondiente Acta, el presidente la entrega al Comité de Opción
de Grado para la firma del Decano.
TÍTULO II. OPCIÓN DE GRADO PROGRAMAS PROFESIONALES
Los estudiantes de los programas de pregrado de la corporación Universitaria Americana, podrán
elegir una de las siguientes Modalidades de Opción Trabajo de Grado.
CAPÍTULO I. DEL PROYECTO DE GRADO MONOGRAFÍA.
ARTÍCULO 13.- Del proyecto de Grado Monografía. Es un trabajo de tipo académico-práctico,
relacionado con una o más áreas del programa de pregrado cursado, que debe realizar el aspirante
a obtener su título profesional, bajo la dirección de un profesional experto en el tema, con el objeto
de aplicar los conocimientos adquiridos durante el desarrollo de su carrera u orientados contribuir a
la solución de un problema y/o situación específica, para demostrar su capacidad investigativa, su
creatividad, disciplina de trabajo y para presentar el informe escrito. Comprende las etapas de
presentación, aprobación e inscripción de la propuesta, desarrollo del trabajo, elaboración y
presentación del informe final, evaluación y sustentación.
ARTÍCULO 14.- De la Presentación, Aprobación e inscripción de la propuesta: Para la inscripción y
aprobación de la propuesta el procedimiento es el siguiente:
Solicitar asesoría a los docentes expertos en la temática en la que el estudiante está
interesado en desarrollar su Trabajo de Grado, para concretar la propuesta a presentar. El
tema de Trabajo de Grado debe estar directamente relacionado con las sublíneas de
investigación, definidas en el programa.
Seleccionar si es el caso, el compañero(a) para el desarrollo del trabajo. El Comité de
Opciones de Grado del respectivo programa, determinará previo análisis de la complejidad y
extensión del tema, si el trabajo puede ser ejecutado por dos o tres estudiantes como
máximo que cumplan con los requisitos exigidos
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Seleccionar el Director de Trabajo de Grado, quien debe ser docente disciplinar de tiempo
completo de la facultad preferiblemente. Si este no está vinculado con la Universidad o
Facultad, es necesario anexar su hoja de vida, para estudio y aprobación de su postulación
por parte del respectivo Comité de Opciones de Grado, quien nombrara un codirector
docente del programa para que oriente el trabajo según las exigencias de la Facultad. Si el
Director es externo o profesor de cátedra deberá enviar una carta de aceptación como
Director del Trabajo de Grado.
Si el tema presentado es de interés o patrocinado por alguna entidad pública o privada, se debe
adjuntar la carta correspondiente donde dicha entidad manifiesta la intención y permita la verificación
por parte del director y jurados del respectivo proyecto.
Durante o ya finalizadas las asignaturas de Metodología e Investigación correspondientes al plan de
estudio del programa, el estudiante debe someter su Opción de Grado al Comité, para ello debe
presentar.
Formato “presentación de la opción de grado”
Propuesta de Opción de Grado según lo establecido en el formato “Propuesta de Trabajo de
Grado”, avalada por el Director del Trabajo de Grado.
Certificado Académico de los créditos cursados, expedido por Admisiones, Registro y
Control
El Comité de Opción de Grado verifica que el estudiante cumpla con el requisito de haber aprobado
el 80% de sus créditos académicos, revisa y evalúa la propuesta, Emite el concepto que define si la
propuesta se aprueba o rechaza o devuelve con observaciones y/o sugerencias. Si es aprobado
designa al director si lo requiere.
Si la propuesta se debe corregir, los proponentes deben coordinar este proceso con su Director y
una vez cumplidas todas las exigencias u observaciones, se deberá presentar de nuevo al Comité
Opción de Grado.
ARTÍCULO 15.- La propuesta de Trabajo de Grado debe contener:
Identificación básica del proyecto
Resumen del proyecto
Descripción del proyecto
Planteamiento de la pregunta o problema de investigación y su justificación.
Objetivos
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Metodología propuesta preliminar
Cronograma de actividades
Identificación de resultados y productos esperados
Impactos esperados a partir del uso de los resultados
Bibliografía y Referencias
Presupuesto
Cronograma
ARTÍCULO 16.- Del Desarrollo: una vez aprobada la propuesta se inicia su desarrollo, se deberán
realizar revisiones periódicas del cronograma de actividades por el Director.
ARTÍCULO 17.- De la definición y las Funciones del director de la Opción de Grado: Monografía. Las
funciones del Director es guiar permanentemente a los estudiantes y controlar la calidad del trabajo
durante su elaboración. Para tal efecto, deberá tener informado al Comité de Opción de Grado para
garantizar el seguimiento y control de los trabajos. Si ajuicio del Director de la Opción de Grado,
este ha sido satisfactoriamente terminada, solicitará, por escrito al Comité de Opción de Grado la
asignación de jurados, cuya función primordial será dar factibilidad de acuerdo con los términos de
referencia presentados en la propuesta.
ARTÍCULO 18.- De la Presentación del Informe Final: El estudiante debe elaborar el documento
final de la Opción de Trabajo de Grado, bajo los parámetros definidos en la propuesta de Trabajo de
Trabajo de Grado, supervisado por el Director. El documento final deberá ceñirse a las normas de
trabajos escritos y en especial al manejo apropiado del lenguaje en términos de concisión, claridad,
fluidez, redacción, ortografía y composición gramatical, en general no deberá sobre pasar una
extensión de 80 páginas, excluyendo los anexos y referencias bibliográficas.
El contenido del informe final debe estructurase así:
1. Planteamiento del problema
2. Justificación de la investigación
3. Objetivos de la investigación
4. Marco teórico
5. Delimitación de la investigación
6. Metodología
7. Resultados
8. Análisis de la información
9. Interpretación de la información
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10. Conclusiones
11. Bibliografía
12. Anexos
ARTÍCULO 19.- De la revisión y la evaluación: El estudiante debe presentar formalmente el
documento de la Opción Trabajo de Grado ante el Comité de Opción Trabajo de Grado según
formato “Entrega de Informe Final”. El Comité verificara el Informe Final y asignara jurados al
estudiante mediante el formato “nombramiento de jurado”.
Se remite Informe Final a los jurados nombrados con el formato “Nombramiento de Jurado” y el
formato “Evaluación de la opción de grado”, quienes dispondrán de un tiempo fijado por el Comité de
Opciones de Grado, no mayor a 10 días hábiles, para la evaluación del informe.
Los Jurados revisan y evalúan según lo establecido en el formato “Evaluación de la opción de grado”
el cual se entrega al Comité de Opción de Grado para que se autorice la sustentación.
Paragráfo 1: La evaluación de la opción de Trabajo de Grado Monografía se basará en los
siguientes criterios generales:
Cumplimiento y coherencia entre Problema planteado, Pregunta Problema, Justificación,
Objetivos planteados y conclusiones de la propuesta.
Metodología aplicada.
Presentación del documento
Originalidad y conceptualización científica y/o tecnología en el tratamiento del tema.
Capacidad analítica y creativa.
Conclusiones y recomendaciones.
Parágrafo 2: La evaluación del trabajo consta de dos partes: El trabajo escrito con una evaluación
numérica máxima de 30 puntos y la sustentación ante jurados con una evaluación numérica máxima
de 20 puntos sumando un total de 50 puntos. Para que un estudiante pueda sustentar la evaluación
del trabajo escrito tiene que ser mayor o igual a 20 puntos al promediar las calificaciones de los
jurados, si es menor el trabajo será devuelto por el Comité de Opciones de Grado al Director del
trabajo con las sugerencias de los Jurados, después de realizadas las correcciones se procederá a
enviarlo nuevamente a los Jurados. Si la calificación de la sustentación al promediarla es inferior a
12 puntos, el estudiante tiene que volver realizar la sustentación.
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Esta Opción de Grado se evalúa con una nota de REPROBADO, APROBADO, APROBADO CON
FELICITACIÓN, MERITORIO y LAUREADO de acuerdo con los informes y conceptos emitidos por
los Jurados. Según el siguiente rango:
Menor a 32 puntos la calificación será Reprobado
De 32 a 38 puntos la calificación será Aprobado
De 39 a 42 puntos la calificación será Aprobado con felicitación
De 43 a 46 puntos la calificación será Meritoria
De 47 a 50 puntos la calificación será Laureado
CAPÍTULO II. DEL PROYECTO DE GRADO DE INVESTIGACIÓN Y PROYECTO DE GRADO
APLICADO.
ARTÍCULO 20.- Del Proyecto de Grado de Investigación y Proyecto de grado Aplicado:
corresponde al desarrollo de un plan de actividades de carácter investigativo con un
acompañamiento de un Investigador-Tutor de un grupo de investigación de la Facultad, en uno de
los proyectos de investigación que éste se encuentre realizando, el cual busca la generación de
nuevos conocimiento o contribución a solución de problemas teórico o prácticos. Esta Opción de
Grado se recomienda preferiblemente para aquellos estudiantes que están vinculados a los
semilleros de investigación o de emprendimiento de la Facultad.
ARTÍCULO 21.- De las funciones del Investigador-Tutor: Las funciones del Investigador-Tutor de la
opción de grado Proyecto de Investigación y Aplicación son:
Proponer el cronograma de actividades del proyecto de investigación y aplicación en el cual
va a participar el estudiante.
Velar porque el desarrollo del trabajo corresponda al cronograma aprobado
en la propuesta.
Mantener comunicación permanente con el estudiante para asesorarlo en lo
referente al desarrollo de las actividades establecida en el cronograma.
Evaluar los informes presentados por el estudiante.
Informar al Comité de Opciones de Grado, sobre cualquier anomalía que afecte la ejecución
de las actividades de investigación.
ARTÍCULO 22.- De la Aprobación e Inscripción: El estudiante que se decida por esta opción debe:
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Concretar la línea de investigación y aplicación de su interés dentro de las existentes en los
diferentes Grupos de Investigación de la Facultad y contactarse con el líder del Grupo de
Investigación.
Seleccionar el Investigador-Tutor de la Opción de Grado estudiante de Investigación y línea
o sublínea de Investigación en que se va a desarrollar la misma.
Durante o ya finalizada la asignatura Metodología e investigación correspondientes a los planes de
estudio de los diferentes programas el estudiante puede someter su Opción de Grado al Comité,
para ello debe:
Diligenciar el formato “Presentación de la Opción de Grado”.
Realizar la propuesta de Opción de Grado de acuerdo al formato “Propuesta de Trabajo de
Grado”. La propuesta debe estar avalada por el Investigador-Tutor y por el Director del
Centro de Investigaciones, quien verificará que el proyecto del que hace parte la propuesta
esté inscrito ante la Dirección de Investigaciones.
Entregar los formatos mencionados al Comité de Opción de Grado-
Certificado Académico de los créditos cursados, expedido por Admisiones, Registro y
Control.
ARTÍCULO 23.- La propuesta de Trabajo de Grado debe contener:
Identificación básica del proyecto
Resumen del proyecto
Descripción del proyecto
Planteamiento de la pregunta o problema de investigación y su justificación.
Objetivos
Metodología propuesta preliminar
Cronograma de actividades
Identificación de resultados y productos esperados
Impactos esperados a partir del uso de los resultados
Bibliografía y Referencias
Presupuesto
Cronograma
El Comité de Opción de Grado verifica que el estudiante cumpla con el requisito de haber aprobado
el 80% de sus créditos académicos, revisa y evalúa la propuesta.
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El Comité de Opción de Grado emite el concepto que define si la propuesta se aprueba, rechaza o
devuelve con observaciones y/o sugerencias. Sí la propuesta se debe corregir, los proponentes
deben coordinar este proceso con su Investigador-Tutor y una vez cumplidas todas las exigencias
y/u observaciones, se deberá entregar nuevamente al Comité de Opción de Grado.
ARTÍCULO 24.- Del Desarrollo: Una vez aprobada la propuesta se inicia su desarrollo, este será
verificado por el Investigador-Tutor realizando revisiones periódicas del cronograma de actividades,
y estas revisiones serán informadas al Comité de Opción de Grado.
ARTÍCULO 25.- De la finalización: esta opción finaliza con el siguiente procedimiento:
La elaboración del Informe Final de Investigación que también puede ser un artículo o un
ensayo de la investigación aplicada, bajo los parámetros propuestos por el Investigador-
Tutor.
La presentación formal del Informe Final de Investigación ante el Comité de Opción de
Grado, según Formato “Entrega del Informe Final”.
El Investigador-Tutor debe anexar el Formato “Evaluación de la Opción de Grado”, donde evalúa el
desempeño del estudiante, informa que culmino satisfactoriamente las actividades de investigación
programadas.
El Comité de Opción de Grado, verificara las revisiones realizadas por el tutor, verifica el desempeño
del estudiante con el formato “Evaluación de la Opción de Grado” y asigna una fecha para la
socialización del Informe Final de la Opción de Grado.
El estudiante coordina la Socialización con la asistencia del líder del grupo de Investigación, el
Director del Centro de Investigaciones, su Investigador-Tutor e invita a docentes y estudiantes
interesados en conocer los resultados de su Opción de Grado.
Se realiza la Socialización ante los invitados y se emite el Acta de Socialización.
El contenido del informe final debe estructurarse así:
Planteamiento del problema
Justificación de la investigación
Objetivos de la investigación
Marco teórico
Delimitación de la investigación
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Metodología
Resultados
Análisis de la información
Interpretación de la información
Conclusiones
Bibliografía
Anexos
ARTÍCULO 26.- De la evaluación: Esta Opción de Grado se evalúa con una nota de REPROBADO,
APROBADO o APROBADO CON FELICITACIÓN de acuerdo con los informes y conceptos emitidos
por el Investigador-Tutor. De acuerdo al siguiente rango:
Reprobado. Si el desempeño es calificado en promedio como INSUFICIENTE
Aprobado. Si el desempeño es calificado en promedio como BUENO
Aprobado con Felicitación. Si el desempeño es calificado en promedio como EXCELENTE.
CAPÍTULO III. DIPLOMADO
ARTÍCULO 27.- Diplomado: El Diplomado es un programa de extensión universitaria, compuesto
por un conjunto de módulos de actualización o profundización disciplinar relacionadas con el campo
de la formación profesional del estudiante, el cual es cursado específicamente como Opción de
Grado. El Diplomado como opción de grado tiene unas características específicas y exige el
cumplimiento de unos requisitos, para su aprobación, inscripción, propuesta y elaboración del trabajo
final, certificación de finalización, aprobación y sustentación.
ARTÍCULO 28.- De las características: Un programa de Diplomado como Opción de Grado se
caracteriza por los siguientes aspectos:
Es coherente con la estructura y objetivos del programa académico.
Los contenidos se orientan a profundizar y/o complementar un área o temática de énfasis propio del
programa, con un elevado nivel de exigencia académica, módulos que son calificables.
Tiene una duración mínima de 120 horas presenciales.
El diplomado debe ser programado y ofertado por la Facultad de la Corporación Universitaria
Americana.
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ARTÍCULO 29.- De la Creación del Diplomado: La iniciativa de un diplomado como Opción de Grado
puede provenir de cualquier estamento de la Facultad. La temática debe estar relacionada con una o
más de las áreas académicas del respectivo programa. Se deben definir las características del
Diplomado, este requiere aprobación del Comité de Facultad y acto administrativo del Consejo
Directivo.
ARTÍCULO 30.- De los requisitos: los requisitos que deben cumplir el estudiante para poder tomar
esta Opción son:
El estudiante debe haber cursado mínimo el 80% del total de créditos del programa con un
Promedio General Acumulado igual o superior a tres punto cinco (3.5), como requisito para
iniciar el Diplomado.
El estudiante debe haber cursado o estar cursando las asignaturas de metodología e
investigación.
El estudiante debe cumplir con una asistencia mínima del 80% a todas las sesiones del
mismo y debe obtener una nota promedio final igual o superior a 4.0.,
El estudiante debe elaborar y sustentar un Trabajo Final de Diplomado (Artículo o Ensayo
publicable), relacionado con el perfil profesional.
ARTÍCULO 31.- De las Funciones del Coordinador: las funciones del coordinador del Diplomado
son:
Coordinar todas las actividades académicas, administrativas y selección de docentes
necesarias para el desarrollo del Diplomado.
Velar por el buen desarrollo del Diplomado y por su calidad académica.
Guiar permanentemente a los estudiantes y colaborarles con la selección del tema y del
Director de su Trabajo Final de Diplomado.
Aprobar los temas de los Trabajos Finales de Diplomado.
Mantener informado al decano de la facultad respectiva del desarrollo del Diplomado.
Solicitar por escrito a la Dirección de la Facultad de Extensión las Certificaciones
correspondientes de los estudiantes que han cumplido con todos los requisitos necesarios
para que el Diplomado pueda ser valido como una Opción de Grado.
Entregar dichas Certificaciones al Comité de Opción de Grado e informar cuales serán los
Trabajos Finales de Diplomado que realizaran los estudiantes.
Solicitar el nombramiento de Evaluadores para los Trabajos Finales de Diplomado que considere
terminados para su socialización.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
20
ARTÍCULO 32.- De la Aprobación e Inscripción: Una vez creado y aprobado el Diplomado como
opción de grado, durante o ya finalizada las asignaturas Metodología e investigación el estudiante
debe someter su Opción de Grado al Comité, para ello se sigue el siguiente procedimiento:
Diligenciar el Formato “Presentación de la Opción de Grado”.
Entregar la Opción de Grado al Comité, con un Certificado Académico de los créditos
cursados, expedido por Admisiones, Registro y Control
El estudiante debe tener un Promedio General Acumulado, PGA de 3.5.
El Comité de Opción de Grado evalúa la propuesta y revisa si las condiciones académicas
del estudiante le permiten tomar esta Opción de Grado.
Si el Comité de Opción de Grado aprueba la propuesta el estudiante inicia el Diplomado.
Al culminar el Diplomado, la Facultad de Extensión, expide una certificación de aprobación
del Diplomado al verificar el cumplimiento de los requisitos mencionados en el Parágrafo 3.
ARTÍCULO 33.- Del Trabajo Final del Diplomado: Este es un Trabajo escrito donde el estudiante
debe presentar un articulo o ensayo publicable respecto a las temáticas disciplinares desarrolladas
durante el diplomado.
Terminado el Diplomado, el estudiante tiene un plazo máximo para la entrega y sustentación de su
Trabajo Final de Diplomado de dos meses. Para ello se sigue el siguiente procedimiento:
El estudiante debe, con el Coordinador del Diplomado, concretar tema y título para el
Trabajo Final de Diplomado y seleccionar el Director del mismo, quien debe ser un docente
de la Facultad.
Una vez aprobada la propuesta se inicia su desarrollo.
El estudiante desarrolla su Trabajo Final de Diplomado con revisiones periódicas de su
director.
El estudiante debe presentar formalmente su Trabajo Final de Diplomado ante el Comité de
Opción de Grado, según Formato “Entrega del Informe Final”.
El Comité de Opción de Grado, verificara las revisiones realizadas por el director, asigna dos
Evaluadores y genera el formato “Nombramiento de Evaluadores”.
Se remite Informe Final del Diplomado a los Evaluadores y el formato “Evaluación de la
Opción de Grado”.
Los Evaluadores revisan y evalúan según lo establecido en el formato “Evaluación de la
Opción de Grado”, el cual se entrega al Coordinador del Diplomado.
El Coordinador determina fecha y hora de la Sustentación con los estudiantes y Evaluadores
involucrados y la informa al Comité de Opción de Grado.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
21
ARTÍCULO 34.- De la Evaluación, Esta Opción de Grado se evalúa con una nota de REPROBADO,
APROBADO o APROBADO CON FELICITACIÓN de acuerdo con los informes y conceptos emitidos
por los Evaluadores. Según el siguiente rango:
Menor a 35 puntos la calificación será Reprobado
De 35 a 45 puntos la calificación será Aprobado
De 45 a 50 puntos la calificación será Aprobado con felicitación
CAPÍTULO IV. DE LA OPCIÓN DE GRADO PRÁCTICA EMPRESARIAL/JUDICATURA.
ARTÍCULO 35.- De la Opción de Grado Práctica Empresarial: Es el programa que un estudiante
desarrolla durante mínimo un semestre académico, para complementar su formación académica,
científica y técnica, a través de su vinculación a una universidad del país o del exterior, o a una
organización pública o privada; para realizar una labor específica en alguno de los campos afines al
programa que adelanta, con el fin de validar las competencias adquiridas durante su formación
profesional.
La Practica Empresarial/Judicatura tienen el objetivo de fomentar la relación Universidad – Empresa
– Estado, para el fortalecimiento de trabajos de investigación, desarrollo científico, tecnológico y
profesional y a la vez proporcionar al estudiante la adquisición de conocimientos y experiencias en la
contribución a la solución de problemas específicos, propiciando la posibilidad de vincularse al sector
productivo, igualmente apoyar los procesos de mejoramiento de los diferentes sectores, como parte
de la política de proyección social de las Facultades.
ARTÍCULO 36.- De los requisitos generales: Los requisitos que debe cumplir el estudiante para
poder tomar esta opción son:
El estudiante debe haber cursado mínimo el 80% del total de créditos del programa.
El estudiante debe haber cursado o estar cursando las asignaturas metodología e
investigación de su respectivo plan de estudio.
El estudiante debe contactar a la empresa o entidad en la cual está interesado en realizar su
Practica Empresarial/Judicatura.
El estudiante no podrá iniciar su Practica Empresarial/ hasta que el Comité Opción de grado
no lo autorice, mediante Carta de Presentación. La autorización dependerá de que la
empresa o entidad haga llegar una Carta de Compromiso en la cual se hace explícito que
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
22
esta asumirá la responsabilidad de las consecuencias que se deriven del trabajo del
estudiante.
La Práctica Empresarial/Judicatura se inscribirá como opción de grado de manera individual.
En casos especiales y suficientemente motivados, el Comité de Opciones de Grado podrá
autorizar la participación de dos estudiantes de manera disciplinaria o interdisciplinaria.
El estudiante debe elaborar y socializar un Informe Final de su Practica
Empresarial/Judicatura.
ARTÍCULO 37.- De las Funciones del Docente-Tutor: Las funciones del Docente-Tutor de la Práctica
Empresarial/Judicatura son:
Orientar a los estudiantes en el desarrollo del trabajo.
Velar y hacer seguimiento al proceso de práctica y a los avances del informe final que debe
presentar al culminar sus practicas.
Mantener comunicación con la empresa sobre el cumplimiento de las actividades del
estudiante.
Evaluar los informes presentados por el estudiante.
Informar al Comité de Opciones de Grado, sobre cualquier anomalía que afecte la ejecución
de la Practica Empresarial/Judicatura.
Solicitar a la empresa o entidad, el concepto sobre el grado de cumplimiento de los
compromisos adquiridos por el estudiante, y sobre el informe final presentado en cuanto al
alcance, cumplimiento de objetivos y solución del problema.
ARTÍCULO 38.- De la Aprobación e Inscripción: El estudiante que se decida por esta opción debe:
Concretar actividad de interés y contactarse con la correspondiente Empresa o Institución.
Seleccionar el Docente-Tutor de la Opción de Grado Practica Empresarial/Judicatura y el
Tutor Externo en la correspondiente Empresa o Institución.
Para la aprobación de la Práctica Empresarial/Judicatura por parte del Comité de Opciones de
Grado el estudiante debe reunir los siguientes requisitos:
Diligenciar el formato “Presentación de la Opción de Grado”.
Realizar la propuesta de Opción de Grado de acuerdo al formato “Propuesta de Trabajo de
Grado”. La propuesta debe estar avalada por el Docente-Tutor, un Tutor Externo designado
por la empresa, quien verificará que los trámites administrativos con dicha empresa o
institución estén en orden.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
23
Entregar los formatos mencionados al Comité de Opción de Grado, con un Certificado
Académico de los créditos cursados y aprobados, expedido por Admisiones, Registro y
Control
La propuesta de trabajo de grado debe estructurarse así:
Identificación de las Necesidades
Resumen del proyecto
Descripción del proyecto de Práctica
Planteamiento del problema.
Objetivos
Cronograma de actividades
Resultados y esperados
Presupuesto
Cronograma
El Comité de Opción de Grado verifica que el estudiante cumpla con el requisito de haber aprobado
el 80% de sus créditos académicos, revisa y evalúa la propuesta.
El Comité de Opción de Grado emite el concepto que define si la propuesta se aprueba, rechaza o
devuelve con observaciones y/o sugerencias. Sí la propuesta se debe corregir, los proponentes
deben coordinar este proceso con su Docente-Tutor y el Tutor Externo, una vez cumplidas todas las
exigencias y/u observaciones, se deberá entregar nuevamente al Comité de Opción de Grado.
ARTÍCULO 39.- Del Desarrollo: Una vez aprobada la Practica Empresarial/Judicatura se realizarán
revisiones periódicas del cronograma de actividades avalado por sus tutores.
ARTÍCULO 40.- De la Finalización: Concluida la Practica Empresarial/Judicatura, el estudiante
realizará un informe final escrito, bajo los parámetros propuestos por el Docente-Tutor, el cual debe
resaltar los aspectos fundamentales de la experiencia adquirida en la Practica o Judicatura.
El estudiante debe presentar formalmente su Informe Administrativo y Técnico ante el Comité de
Opción de Grado, según Formato “Entrega del Informe Final”.
Se debe anexar el Formato “Evaluación de la Opción de Grado”, donde el Tutor-Externo evalúa el
desempeño del estudiante, y donde adicionalmente el Docente-Tutor informa que culminó el
semestre de Practica Empresarial y que cumplió con las actividades programadas a satisfacción.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
24
El Comité de Opción de Grado, verifica las revisiones realizadas por el tutor, verifica el desempeño
del estudiante con el formato “Evaluación de la Opción de Grado” y asigna una fecha para la
socialización del Informe Final de la Opción de Grado.
El estudiante coordina la Socialización con la asistencia del Tutor Externo, el Docente-Tutor e invita
a docentes y estudiantes interesados en conocer los resultados de su Opción de Grado. Se realiza la
Socialización ante los invitados y se emite el Acta de Socialización respectiva.
El contenido del informe final de Practica Empresarial / Judicatura debe estructurarse así:
Planteamiento del problema
Justificación
Objetivos
Sistematización de la Práctica
Conclusiones
Anexos
ARTÍCULO 41.- De la Evaluación. Esta Opción de Grado se evalúa con una nota de REPROBADO,
APROBADO o APROBADO CON FELICITACIÓN de acuerdo con los informes y conceptos emitidos
por el Docente-Tutor y el Tutor Externo, de acuerdo al siguiente rango:
Reprobado. Si el desempeño es calificado en promedio como INSUFICIENTE
Aprobado. Si el desempeño es calificado en promedio como BUENO
Aprobado con Felicitación. Si el desempeño es calificado en promedio como EXCELENTE.
Paráfrago: Sí el Docente-Tutor o el Tutor Externo emiten un concepto negativo del desempeño del
estudiante, para lo cual puede tomar como referencia el informe de la empresa, la Practica
Empresarial/Judicatura será reprobada y el estudiante deberá presentar una nueva propuesta de
opción de grado. Si la cancelación es el resultado de actos de indisciplina o incumplimiento del
estudiante durante la Practica Empresarial/Judicatura, la Facultad adelantará el proceso de
investigación y si el estudiante fuere hallado responsable, de acuerdo al reglamento será
sancionado.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
25
CAPÍTULO V. DE LA OPCIÓN DE GRADO PLAN DE NEGOCIO.
ARTÍCULO 42.- De la Opción de Grado Plan de Negocio: Es la modalidad de trabajo de grado a
través de la cual los estudiantes pueden formular la realización efectiva de un Plan de Negocio a
través de los conocimientos y competencias adquiridos en el proceso de su formación profesional, el
cual debe estar enmarcado dentro de las líneas y sublíneas de un Grupo de investigación. Este
trabajo esta orientado a la generación de productos y/o estrategias encaminadas a problemas
prácticos del contexto del desarrollo económico y social, su resultado debe tributar a la consolidación
de grupos de investigación. El resultado final es un informe de Plan de Negocios.
ARTÍCULO 42.- De las funciones del Docente-Tutor: Las funciones del Docente-Tutor de la opción
de grado Plan de Negocios o Proyecto de Desarrollo son:
Proponer el cronograma de actividades del Plan de Negocios o en el cual va a participar el
estudiante.
Velar porque el desarrollo del trabajo corresponda al cronograma aprobado
en la propuesta.
Mantener comunicación permanente con el estudiante para asesorarlo en lo
referente al desarrollo de las actividades establecida en el cronograma.
Evaluar los informes presentados por el estudiante.
Informar al Comité de Opciones de Grado, sobre cualquier anomalía que afecte el desarrollo
de la propuesta.
ARTÍCULO 43.- De la Aprobación e Inscripción: El estudiante que se decida por esta opción debe:
Concretar el Plan de Negocios o de su interés dentro de las existentes en las diferentes
líneas y sublíneas de Investigación de la Facultad.
Seleccionar el Docente-Tutor de la Opción de Grado Plan de Negocios .
ARTÍCULO 44.- Para la aprobación de Planes de Negocio, por parte del Comité de Opciones de
Grado el estudiante debe reunir los siguientes requisitos:
Diligenciar el formato “Presentación de la Opción de Grado”.
Realizar la propuesta de Opción de Grado de acuerdo al formato “Propuesta Trabajo de
Grado”. La propuesta debe estar avalada por el Docente-Tutor quien verificará que el
proyecto del que hace parte la propuesta esté dentro de las líneas y sublíneas de
investigación del programa.
Entregar los formatos mencionados al Comité de Opción de Grado-
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
26
Certificado Académico de los créditos cursados, expedido por Admisiones, Registro y
Control
El Comité de Opción de Grado verifica que el estudiante cumpla con el requisito de haber aprobado
el 80% de sus créditos académicos, revisa y evalúa la propuesta.
El Comité de Opción de Grado emite el concepto que define si la propuesta se aprueba, rechaza o
devuelve con observaciones y/o sugerencias. Sí la propuesta se debe corregir, los proponentes
deben coordinar este proceso con su Docente-Tutor y una vez cumplidas todas las exigencias y/u
observaciones, se deberá entregar nuevamente al Comité de Opción de Grado.
La propuesta de Trabajo de Grado debe tener:
Identificación básica del proyecto
Resumen del proyecto
Descripción del proyecto
Planteamiento de la pregunta o problema de investigación y su justificación.
Objetivos
Metodología propuesta preliminar
Cronograma de actividades
Identificación de resultados y productos esperados
Impactos esperados a partir del uso de los resultados
Bibliografía y Referencias
Presupuesto
Cronograma
ARTÍCULO 45.- Del Desarrollo: Una vez aprobada la propuesta se inicia su desarrollo, este será
verificado por el Docente-Tutor realizando revisiones periódicas del cronograma de actividades, y
estas revisiones serán informadas al Comité de Opción de Grado.
ARTÍCULO 46.- De la finalización: esta opción finaliza con el siguiente procedimiento:
La elaboración del Informe Final de Plan de Negocios, bajo los parámetros propuestos por el
Docente-Tutor.
La presentación formal del Informe Final de Plan de Negocios ante el Comité de Opción de
Grado, según Formato “Entrega del Informe Final”.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
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El Docente-Tutor debe anexar el Formato “Evaluación de la Opción de Grado”, donde evalúa
el desempeño del estudiante, informa que culmino satisfactoriamente las actividades
programadas.
El Comité de Opción de Grado, verificara las revisiones realizadas por el tutor, verifica el
desempeño del estudiante con el formato “Evaluación de la Opción de Grado” y asigna una
fecha para la socialización del Informe Final de la Opción de Grado.
El estudiante coordina la Socialización con la asistencia del Coordinador del Programa, dos
jurados o evaluadores, nombrados por el comité de Opción de Grado, Docente-Tutor, e
invita a docentes y estudiantes interesados en conocer los resultados de su Opción de
Grado.
Se realiza la Socialización ante los invitados y se emite el Acta de Socialización.
El contenido del informe final de estructurarse así:
1. Planteamiento del problema
2. Justificación
3. Objetivos
4. Resultados
5. Análisis del Entorno
6. Estudio de Mercado
7. Estudio Técnico
8. Estudio Organizacional
9. Evaluación Financiero, Económico y Social.
10. Conclusiones
11. Anexos
ARTÍCULO 47.- De la evaluación: Esta Opción de Grado se evalúa con una nota de REPROBADO,
APROBADO o APROBADO CON FELICITACIÓN de acuerdo con los informes y conceptos emitidos
por el Docente-Tutor. De acuerdo al siguiente rango:
Reprobado. Si el Plan de Negocios es calificado en promedio como INSUFICIENTE
Aprobado. Si el Plan de Negocios es calificado en promedio como BUENO
Aprobado con Felicitación. Si el Plan de Negocios es calificado en promedio como
EXCELENTE.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
28
CAPÍTULO VI. DE LA OPCIÓN DE GRADO EXÁMENES PREPARATORIOS.
ARTÍCULO 48.- De la Opción de Grado Exámenes Preparatorios: Es la modalidad de trabajo de
grado a través de la cual se miden los conocimientos y competencias adquiridos por el estudiante
durante todo su proceso de formación en las diferentes áreas que conforman su plan de estudio. En
esta opción se deben realizar y aprobar exámenes preparatorios por área de conocimiento.,
ARTÍCULO 49.- De las funciones del Docente-Tutor: Las funciones del Docente-Tutor de la opción
de grado Exámenes Preparatorios son:
Proponer al estudiante una metodología de preparación conforme a cada una de las áreas
que debe presentar su Examen
Velar porque la presentación de los exámenes se realice conforme a los requisitos
establecidos para esta opción de grado.
Mantener comunicación permanente con el estudiante para asesorarlo en los temas a
preparar para cada una de las áreas.
Informar al Comité de Opciones de Grado, sobre cualquier anomalía que afecte la
presentación de los exámenes por área.
Verificar que el estudiante cumpla con la presentación de todos los exámenes conforme a
las áreas de su plan de estudios.
ARTÍCULO 50.- De la Aprobación e Inscripción: El estudiante que se decida por esta opción debe:
Culminar la totalidad de créditos académicos por área para poder presentar su solicitud al
Comité de opción de grado.
Seleccionar el Docente-Tutor de la Opción de Grado Exámenes Preparatorios.
Para la aprobación de Preparatorios, por parte del Comité de Opciones de Grado el estudiante debe
reunir los siguientes requisitos:
Diligenciar el formato “Presentación de la Opción de Grado”.
Realizar la propuesta de Opción de Grado de acuerdo al formato “Propuesta Trabajo de
Grado”. La propuesta debe estar avalada por el Docente-Tutor quien verificará que el
estudiante ya culmino dos de las áreas del plan de estudios.
Entregar los formatos mencionados al Comité de Opción de Grado-
Certificado Académico de los créditos cursados, expedido por Admisiones, Registro y
Control
El Comité de Opción de Grado verifica que el estudiante cumpla con el requisito de haber
aprobado el 80% de sus créditos académicos, revisa y evalúa la propuesta.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
29
El Comité de Opción de Grado emite el concepto que define si la propuesta se aprueba, rechaza o
devuelve con observaciones y/o sugerencias. Sí la propuesta se debe corregir, los proponentes
deben coordinar este proceso con su Docente-Tutor y una vez cumplidas todas las exigencias y/u
observaciones, se deberá entregar nuevamente al Comité de Opción de Grado.
ARTÍCULO 51.- Del Desarrollo: Una vez aprobada la propuesta se inicia su desarrollo, este será
verificado por el Docente-Tutor realizando un cronograma de de presentación de Exámenes
Preparatorios y este será informado al Comité de Opción de Grado.
ARTÍCULO 52.- De la finalización: esta opción finaliza con el siguiente procedimiento:
Presentación de los certificados de aprobación de los Exámenes Preparatorios al Comité de
Opciones de Grado.
El Comité de Opción de Grado, verificará el informe con sus anexos y procederá a evaluar y
dar respuesta mediante acta.
ARTÍCULO 53.- De la evaluación: Esta Opción de Grado se evalúa con una nota de REPROBADO o
APROBADO de acuerdo con los informes y conceptos emitidos por los Docentes evaluadores. La
nota mínima de aprobación debe ser igual o superior a tres ocho (3.8)
TÍTULO III. OPCIÓN DE GRADO PROGRAMAS TÉCNICOS PROFESIONALES, TECNOLÓGICOS
Y VIRTUALES.
ARTÍCULO 54.- NIVEL TÉCNICO PROFESIONAL. Para programas Técnicos Profesionales
dentro de las opciones de grado está: Proyecto de desarrollo y/o innovación en estado de
perfiles basado en un diagnóstico de necesidades identificadas en el campo de práctica
presentando finalmente una propuesta de solución técnica. Este será complementado en el
nivel tecnológico llevándolo al estado de pre factibilidad y finalmente al estado de factibilidad.
El proyecto de desarrollo y/o innovación deberá tener la siguiente estructura:
Identificación de un tema
Portada.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
30
Contraportada
Tabla de Contenidos
Diagnóstico de Necesidades.
Objetivos
Justificación
Marco Técnico de soluciones
Presupuesto
Desarrollo.
Conclusiones.
Bibliografía
Diplomado: Son cursos de profundización y actualización académica de temas relacionados
con la disciplina del programa, y su duración no será inferior a 72 horas de duración
equivalente a 3 módulos con una duración mínima de 24 horas cada uno.
ARTÍCULO 55.- NIVEL TECNOLÓGICO. Para programas Tecnológicos dentro de las opciones
de grado está: Proyecto de desarrollo y/o innovación en estado de pre factibilidad basado en un
diagnóstico de necesidades identificadas en el campo de práctica, un diseño tecnológico y una
propuesta administrativa y financiera. Este será complementado en el nivel profesional
universitario llevándolo al estado de factibilidad que incluye los impactos económicos, sociales
y ambientales.
El proyecto de desarrollo y/o innovación deberá tener la siguiente estructura:
Identificación de un tema
Portada.
Contraportada
Tabla de Contenidos
Diagnóstico de Necesidades.
Diseño o marco tecnológico.
Diseño administrativo y financiero.
Conclusión.
Bibliografía.
Diplomado: Son cursos de profundización y actualización académica de temas relacionados
con la disciplina del programa, y su duración no será inferior a 96 horas de duración
equivalente a 4 módulos con una duración mínima de 24 horas cada uno
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
31
ARTÍCULO 56.- PROGRAMAS VIRTUALES. En los programas virtuales que ofrezca La Corporación
Universitaria Americana, se acogerá a los principios y términos definidos en este reglamento para los
programas presenciales bajo cada una de las modalidades (Técnico Profesional, Tecnólogo y
Profesional).
TÍTULO IV. OPCIÓN DE GRADO PROGRAMA DERECHO
REGLAMENTO DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE ABOGADO
Para obtener el título de abogado, el egresado del programa de Derecho de la facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Corporación Universitaria Americana, que haya aprobado su plan de estudios, deberá cumplir los siguientes requisitos:
ARTÍCULO 57.-: Requisitos de Grado: El estudiante de derecho que haya terminado y aprobado las materias del pensum académico, cumplirá de manera obligatoria con dos (2) requisitos de grado, uno de naturaleza legal y otro de naturaleza institucional.
Primer requisito (legal): como primer requisito, de acuerdo a la reglamentación de los estudios de derecho, podrá optar entre la elaboración y sustentación de una monografía jurídica o la realización de la judicatura.
Segundo requisito (Institucional): la presentación de Cinco Exámenes Preparatorios en las áreas del derecho o la realización de un diplomado de profundización teórica en cualquiera de las áreas del derecho, ofrecido por el programa de derecho de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Corporación Universitaria Americana.
ARTÍCULO 58.- De la monografía jurídica: La Corporación Universitaria Americana, establece que la monografía no es considerada académicamente una asignatura sino un requisito de grado y en consecuencia, no tiene asignados créditos académicos.
El desarrollo de la monografía jurídica se realizará en el marco de la Misión Institucional de la Corporación Universitaria Americana, y en todo caso estará inmersa en las diferentes líneas de investigación desarrolladas por la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Corporación Universitaria Americana. La monografía jurídica se desarrolla en el marco de la investigación formativa del Programa, con el propósito de apoyar la formación del estudiante para su futuro desempeño profesional.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
32
Es un trabajo resultado de una investigación jurídica o sociojurídica, en la que se formula y desarrolla un problema en el Derecho, en el cual el estudiante demuestra el conocimiento de la literatura y bibliografía relacionada, el uso de una metodología rigurosa de acuerdo con su problema de investigación e hipótesis y la capacidad para presentar ordenadamente sus argumentos. El estudiante contará en forma permanente, durante la investigación, con la asesoría de un tutor.
ARTÍCULO 59.- Selección Del Tutor: La Decanatura, quien preside el comité de investigación del programa de derecho y en conjunto con éste, escogerá el tutor de la monografía jurídica, teniendo en cuenta su experiencia en temáticas afines a las que abordarán en la investigación. Los tutores deberán ser profesores, investigadores, profesores de planta o de hora cátedra del Programa de Derecho. ARTÍCULO 60.- Funciones de los Tutores:
a) Asesorar a los estudiantes en la formulación del proyecto, el desarrollo de la investigación, la elaboración del documento final y el manejo de las correcciones solicitadas por el examinador.
b) Orientar el trabajo de investigación de los estudiantes mediante comentarios y correcciones
durante todo el proceso, teniendo en cuenta el plan de trabajo y los criterios previstos en las Presentes reglas. Para estos efectos, deberá realizar reuniones periódicas con los estudiantes, mínimo una vez al mes.
c) Entregar a la Facultad de Ciencias Jurídicas y políticas, su concepto escrito sobre el
anteproyecto y posteriormente sobre el informe final, cuando determine que cumple los requisitos para ser sometido a evaluación.
ARTÍCULO 61.- Presentación del proyecto: El estudiante deberá presentar el tema de la monografía jurídica en el Programa de Derecho. Dicho proyecto deberá ir presentado en el formato establecido por el comité de investigación del programa. La Monografía jurídica podrá ser presentada de manera individual y en grupo de tres estudiantes. La presentación del proyecto de grado deberá contener el tema y el propósito de la investigación, para ser sometido a aprobación de la temática y la designación de tutores disciplinares y metodológicos. ARTÍCULO 62.- Trámite de la monografía: Los estudiantes desde octavo semestre pueden presentar sus propuestas de investigación para la aprobación de temas que deberán contener: Título
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
33
y Propósito de la Investigación. Esta propuesta debe entregarse ya sea en la decanatura o al coordinador del área de investigación. La propuesta será aprobada por el Comité de Investigación que está conformada por la decana, coordinador del programa, coordinadores de área, el director de investigación o su delegado. Quienes se reunirán una vez al mes, previa convocatoria de la decanatura. Este comité designará los asesores disciplinares y metodológicos. Para la presentación de los anteproyectos se empleará el formato de calidad aprobado por la institución. Los trabajos deberán presentarse en Normas APA última versión Los tutores cuentan con 5 días hábiles para realizar correcciones a los avances presentados por los estudiantes Deben realizarse mínimo 5 tutorías con cada uno de los asesores, (disciplinar y metodológico). Una vez aprobado el anteproyecto, el término para presentar el informe final será de tres (3) meses, como mínimo. Los jurados cuentan con 8 días hábiles para la revisión de los trabajos para sustentación y podrán aprobar o improbar el trabajo. La sustentación de monografías será pública los últimos viernes de cada mes de 4:00 a 7:00 p.m. Sólo después de la aprobación de la sustentación se surtirá el empaste del trabajo y la entrega de copia digital. PARAGRAFO: Las pautas para el documento final son:
El informe final de la monografía no podrá contar con menos de 70 páginas, ni tener una extensión superior a 100 páginas, sin contar bibliografía, anexos y notas al final, según el caso.
A espacio de 1.5, en letra arial 12, en hojas tamaño carta.
Para las citas y referencias bibliográficas correspondientes los estudiantes deberán tener en cuenta las normas APA, última versión, según las directrices establecidas por la Facultad.
Debe contener un resumen ejecutivo cuya extensión máxima debe ser de 100 palabras y máximo 4 palabras clave que identifiquen la temática.
Deberá contar, como mínimo con una introducción; los capítulos del cuerpo del trabajo, correspondientes a los objetivos específicos planteados; una conclusión por objetivo y los referentes bibliográficos que incluya todas las fuentes citadas.
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
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ARTÍCULO 63.- Designación de Jurados: El comité de investigación del programa procederá a nombrar un examinador dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción del documento final. Los jurados dispondrán de ocho (8) días hábiles para la lectura previa del trabajo antes de la sustentación. Los jurados llevarán a cabo su evaluación teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Selección y manejo de fuentes.
Claridad, calidad, pertinencia y relevancia de los argumentos.
Estructura del documento y pertinencia de cada una de sus capítulos de acuerdo con el plan de trabajo.
Uso de una metodología rigurosa con técnicas adecuadas para la investigación jurídica o sociojurídica.
Desarrollo del problema planteado.
Consistencia entre metodología, argumentos y conclusiones.
Cumplimiento de las pautas establecidas en estas reglas. Los jurados podrán hacer sugerencias, correcciones y recomendaciones a los estudiantes para mejorar el trabajo final presentado y el término para presentar las mismas por parte de los estudiantes será de ocho (8) días hábiles para que pueda fijárseles la fecha de la sustentación. La nota será Aprobatoria, meritoria, o cum laude. Si el estudiante no obtiene calificación aprobatoria, deberá llevarse a cabo una nueva sustentación y hacer las correcciones sugeridas por los jurados. Los jurados solicitarán por escrito al comité de investigación, la calificación de meritoria, o Cum laude, cuando la monografía jurídica supere el estándar de los criterios de evaluación y demuestre originalidad en sus planteamientos o en la metodología desarrollada. Esta solicitud debe ser suficientemente motivada. ARTÍCULO 64.- Término para la realización de la monografía: Terminado y aprobado el plan de estudios, el egresado contará con un año para optar por la realización de la monografía jurídica y registrar el tema de investigación. Una vez registrado el proyecto, tendrá como máximo, un año para entregar los resultados de la investigación. Pasado este tiempo, tendrá que presentar una nueva propuesta de investigación. Lo anterior teniendo en cuenta la dinámica del derecho y de la sociedad actual, ante la cual, los temas escogidos o problemas de investigación pueden perder vigencia rápidamente ante los cambios legislativos o los pronunciamientos de las altas Cortes.
ARTÍCULO 65.- De La Judicatura: Con el fin de estimular la función social del ejercicio de la Abogacía que permita la colaboración con las autoridades en la preservación y perfeccionamiento del orden jurídico del país, así como para colaborar en la recta y cumplida administración de justicia, se ha establecido la práctica de judicatura que se realiza en cumplimiento de uno de los requisitos
REGLAMENTO DE TRABAJO DE GRADO
35
legales para la obtención del título de abogado. El egresado podrá escoger cualquiera de las siguientes modalidades de judicatura, que se encuentran debidamente reglamentadas
Remunerada: durante un (1) año en forma continua o discontinua.
Ad Honorem: durante nueve (9) meses en forma continua o discontinua
Para los casos señalados en el artículo 31 del Decreto 196 de 1.971. (Empleados de la Rama Judicial, Servidor Público y demás regulados), en el caso que opten por la judicatura, se contará el tiempo a partir de que obtengan la calidad de Egresados del Programa de Derecho.
La ley prescribe, para efectos de oficialización y validez de esta judicatura, que la entidad en que se haya realizado, deberá certificar el tiempo de servicio del egresado, así como las labores específicas realizadas en ésta, ante el Consejo Superior de la Judicatura, Registro Nacional de Abogados y la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Corporación Universitaria Americana.
La Judicatura deberá realizarse conforme a lo ordenado por la ley, en las actividades que ella prescribe y bajo las condiciones que señala. La Universidad no se hace responsable por la convalidación del requisito por parte del Consejo Superior de la Judicatura, únicamente se limita a presentar al egresado ante su despacho.
ARTÍCULO 66.- Requisitos: El estudiante del programa de Derecho de la Corporación Universitaria Americana, deberá haber cursado y aprobado todas las materias del pensum académico del programa de derecho, habiendo obtenido la calidad de egresado.
ARTÍCULO 67.- Modalidades de Judicatura: Existen tres modalidades de judicatura:
a) Remunerada: en la cual el estudiante obtiene un beneficio económico, y se puede desarrollar en entidades del Estado o personas jurídicas de derecho privado de conformidad con las normas legales vigentes.
b) No remunerada: en la que el egresado trabaja en calidad de Ad–Honorem, en entidades del Estado o personas jurídicas previamente autorizadas por la ley.
c) En el ejercicio de la profesión con Licencia Temporal: con buena reputación moral y buen crédito durante dos (2) años, contados a partir del día hábil siguiente en que se haya obtenido la licencia temporal expedida por un Tribunal Superior de Distrito Judicial.
Judicatura en cargos remunerados: Cargos mediante contrato laboral o prestación de servicios, que tienen un beneficio económico la judicatura será remunerada por tener la siguiente
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característica. El Decreto 3200 de 1979, artículo 23, numeral 1º, señala que el estudiante debe realizar un (1) año continuo o discontinuo de práctica o de servicio profesional con disponibilidad mínima de ocho (8) horas diarias, contabilizado el tiempo a partir de la terminación y aprobación del pensum académico, en uno de los cargos que se enumeran a continuación:
a) Juez, Fiscal, Notario conforme a lo dispuesto en los artículos 153,154 y 155 numeral dos del Decreto Ley 960 de 1970, o Registrador de Instrumentos Públicos conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Ley 1250 de 1970.
b) Relator del Consejo Superior de la Judicatura, de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado.
c) Auxiliar de Magistrado (Grado 1º) o de Fiscal (Asistente de Fiscal I, II).
d) Secretario de Juzgado, de Fiscalía y de Procuraduría Delegada o de Distrito.
e) Oficial Mayor de Despacho Judicial de Fiscalía, de Procuraduría Delegada, de Distrito o Circuito y Auditor de Guerra.
f) Comisario de Familia, Inspector de Policía según Art. 2 Decreto Reglamentario 800 de 1991 o de Trabajo, Personero Titular o Delegado según Art. 173 de la Ley 136 de 1994, Defensor o Procurador de Menores.
g) Servidores Públicos con funciones jurídicas en entidades públicas del orden nacional, departamental o municipal.
h) Abogado o Asesor Jurídico de entidad sometida a inspección, vigilancia y control de cualquiera de las Superintendencias establecidas en el país (Ley 222 de 1995 y Art. 3º Ley 1086 de 2006).
i) Monitor de consultorio Jurídico debidamente nombrado para jornada completa de trabajo, con el carácter de asistente Docente del Director del Consultorio en la realización de las prácticas del plan de estudios.
Por su parte, la Ley 640 de 2001, Artículo 11, Parágrafo 1º, establece que el estudiante que obtenga licencia provisional para el ejercicio de la profesión podrá realizar su judicatura como abogado conciliador de los consultorios jurídicos, el termino será de un año y deberán ser nombrados y posesionados por el director del respectivo consultorio jurídico, quien certificara sus actividades y tiempo. Adicionalmente tendrán que allegar su licencia temporal.
Adicionalmente, el Decreto 3200 de 1979, Artículo 23, Numeral 2º, señala como opción para realizar la práctica jurídica el ejercicio de la profesión, durante dos (2) años, contados a partir del día hábil
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siguiente en que se haya obtenido la licencia temporal expedida por un Tribunal Superior de Distrito Judicial, con buena reputación moral y buen crédito en las condiciones a las que se refiere el Artículo 31 del Decreto 196 de 1971. El estudiante que opta por esta modalidad de judicatura debe haber actuado como mínimo en treinta (30) procesos desde su inicio hasta su culminación, conforme a lo establecido en el Decreto 765 de 1977, Artículo 6, Literal c.
Para acreditar el ejercicio de la profesión, el estudiante debe solicitar al Fiscal o Juez, según corresponda, que le certifique la fecha en la que se le reconoció personería jurídica para actuar en el proceso y la fecha de la terminación de este último. Así mismo lo dispone el Decreto Ley 1042 de 1978, al preceptuar que la asignación mensual correspondiente a cada empleo estará determinada por las funciones y responsabilidades requeridas para su ejercicio, según la denominación y el grado establecido. La judicatura también podrá ser adelantada con personas jurídicas de derecho privado de conformidad con las normas legales vigentes.
Judicatura en Cargos Ad-Honorem (No Remunerada)
La judicatura en calidad Ad-Honorem, deberá prestarse por un término continuo o discontinuo no inferior a nueve (9) meses salvo lo dispuesto en los literales e), j) y k), en cuyo caso será de seis (6) meses conforme a lo establecido en el Decreto 2636 de 2004, y siete (7) meses conforme a lo establecido en la Ley 1395 de 2010, art. 50.
Respectivamente y se podrá presentar en los siguientes cargos:
a) Auxiliar Judicial en los despachos judiciales, entendiéndose que de estos hacen parte las Altas Cortes, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, Tribunales Contenciosos Administrativos, Juzgados y las Fiscalías Delegadas, de conformidad con lo regulado en el Decreto 1862 de 1989, art. 2 al 5.
b) Auxiliar de la Defensoría de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de conformidad con lo regulado en la Ley 23 de 1991, art. 55 al 58.
c) Defensor Público de la Defensoría del Pueblo, de conformidad con lo regulado en la Ley 24 de 1992, art. 22 numeral 4.
d) Auxiliar Jurídico en la Procuraduría General de la Nación y en el Congreso de la República, de conformidad con lo regulado en la Ley 878 de 2004.
e) Asistente jurídico de Director de centros de reclusión (6) meses, siguiendo lo establecido por el Decreto 2636 de 2004 art. 11.
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f) Labores jurídico-administrativas en la Dirección del Sistema Nacional de Defensoría Pública y en las Defensorías del Pueblo Regionales y Seccionales, de conformidad con lo regulado en la Ley 941 de 2005, Capitulo II, art. 33).
g) Asesor Jurídico de las ligas y asociaciones de consumidores, de conformidad con lo regulado en la Ley 1086 de 2006, art.1 y 2.
h) Defensoría Técnica en la fuerza pública, de conformidad con la Ley 1224 de 2008, art.9)
i) Auxiliar Jurídico en los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, en los niveles central y descentralizado, así como en sus representaciones en el exterior, de conformidad con lo regulado en la Ley 1322 de 2009 art.1.
j) En casas de Justicia como delegados de las entidades que se encuentren presentes, según lo establecido en la Ley 1395 de 2010, art. 50
k) En los centros de conciliación públicos como funcionarios y como asesores de los conciliadores en equidad, según Ley 1395 de 2010, art. 50.Los anteriores cargos no son remunerados y su duración es de nueve (9) meses, con excepción del cargo de Asesor Jurídico en los establecimientos penitenciarios que es de seis (6) meses.
PARAGRAFO: El estudiante es responsable de realizar los trámites de la judicatura tanto ante la entidad donde la va a realizar como ante el Consejo Superior de la Judicatura o la entidad que haga sus veces.
ARTÍCULO 68.- Exámenes Preparatorios: La presentación de los exámenes preparatorios cada uno de los cuales integra varias sub áreas del saber jurídico así:
Derecho Público: Constitucional General y Colombiano, Derecho Internacional Público, Derechos Humanos e Internacional Humanitario, Derecho Administrativo General y Colombiano, Procedimiento Administrativo y Acciones Constitucionales
Derecho Penal: Penal General, Penal Especial y Procedimiento Penal
Derecho Laboral: Laboral Individual, Colectivo y Procedimiento Laboral
Derecho Civil – Familia: Personas, Sociedades, Familia, Sucesiones y Teoría General del Proceso
Derecho Civil – Comercial: Bienes civiles y mercantiles, títulos valores, obligaciones, contratos civiles y comerciales y Procedimiento civil general y especial.
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ARTÍCULO 69.- Requisitos:
Haber aprobado el plan de estudio que integra la Malla Académica del Programa de Derecho.
El programa de Derecho publicará el calendario de realización de preparatorios por áreas
El estudiante deberá cancelar el valor correspondiente a los derechos de los preparatorios y entregar el respectivo recibo a la Coordinación del Programa de Derecho.
ARTÍCULO 70.- Modalidad:
Los preparatorios serán exámenes individuales orales ante dos jurados profesores del programa.
Se evaluaran con calificación de aprobado o reprobado, teniendo en cuenta el sistema de calificación descrito en el reglamento estudiantil. En los preparatorios se le informará al estudiante el resultado de su examen una vez terminada la prueba, previa deliberación de los jurados. Estos exámenes no admiten revisión.
El estudiante que repruebe en dos (2) ocasiones un mismo preparatorio tendrá una tutoría por parte de alguno de los profesores de planta según el área que corresponde al examen. Si luego de ello vuelve a perder el mismo examen, solo podrá presentarlo pasados seis (6) meses, contados a partir de la fecha de la última presentación.
El estudiante que habiendo matriculado un preparatorio no se presente en la fecha indicada, perderá el valor pagado, salvo que la ausencia hubiere estado motivada en circunstancia de fuerza mayor comprobada y aceptada por el Programa.
ARTÍCULO 71.- Diplomado de actualización profesional: El diplomado como opción de grado, tiene unas características específicas y exige el cumplimiento de unos requisitos, para su aprobación:
Características:
Es coherente con la estructura y objetivos del programa académico.
Los contenidos se orientan a profundizar y/o complementar una o varias áreas de énfasis del programa, con un elevado nivel de exigencia académica, mediante unas asignaturas que son calificables
Tiene una duración mínima de 120 horas presénciales.
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Requisitos:
El candidato debe estar cursando mínimo el último periodo académico del programa para iniciar el Diplomado. Es decir tener plenamente aprobado el 90% del pensum académico del programa
Asistencia mínima comprobada del 90%
PARAGRAFO: El estudiante que haya cursado y aprobado el 90% del Plan de estudios en el programa de derecho, podrá cursar y aprobar un mínimo de tres (3) asignaturas o nueve (9) créditos en un programa de especialización o Maestría que se imparta en la Corporación Universitaria Americana.
Para acceder a esta modalidad, el estudiante deberá aprobar en programas de especialización y maestría, las asignaturas con un promedio del plan de estudios igual o superior a 4,0 (cuatro, cero). En todo caso el promedio será certificado por la oficina de registro y Control Académico de la Corporación Universitaria Americana.
ARTÍCULO 72.- Régimen Disciplinario: Sin perjuicio de lo consagrado en el régimen disciplinario
contemplado en el Título V, Capítulo I, Artículos 110 al 133 Del Reglamento estudiantil de la
Corporación Universitaria Americana, Se consideran como faltas disciplinarias graves las siguientes:
La copia parcial o total de trabajos de investigación, tesis de grado, monografías, ensayos y
documentos similares, el plagio, uso fraudulento de propiedad intelectual ajena, que sea manipulada
con ocasión de la realización del trabajo de grado en la modalidad de Monografía Jurídica.
ARTÍCULO 73.- Sanciones: El (Los) egresado(s) y/o estudiantes que incurra(n) en una o más de
las conductas tipificadas como faltas disciplinarias en el presente reglamento, será(n) sancionado(s)
por un período de un (1) año calendario contado a partir de la fecha de imposición de la sanción,
para poder solicitar ante la Decanatura de la facultad, la aprobación de un nuevo Proyecto de
Monografía jurídica.
TÍTULO V. COMITÉ DE OPCIÓN DE GRADO.
ARTÍCULO 74.- Comité de Opción de Grado: el comité de opción de grado debe estar conformado
por el Decano de la Facultad, coordinador del programa, tres docentes coordinadores de área y un
metodólogo.
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ARTÍCULO 75.- son funciones del Comité Opción de Grado:
Reunirse de forma ordinaria una veces al mes y de manera extraordinaria cuando se
requiera para deliberar y aprobar sobre los aspectos que son de su competencia.
Decidir sobre las solicitudes que se realicen referente a la aprobación, inscripción,
modificación cambio o cancelación de cualquier opción de grado en sus respectivas
modalidades.
Decidir sobre la aprobación de la modalidad de grado, anteproyecto e informe final del
trabajo de grado en su respectiva modalidad.
Decidir sobre la selección del director de trabajo de grado.
Designar los evaluadores para la Opción de Grado.
Establecer las fechas de sustentación de las Opciones de Grado.
El presente Reglamento surte sus efectos a partir de la fecha y deroga el Acuerdo Nº 001 De
Diciembre 19 De 2008 (por el cual se adopta el Reglamento de grado de la Corporación Universitaria
Americana) y las demás disposiciones que le sean contrarias.