Post on 24-Apr-2020
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
COLEGIO BAUTISTA TEMUCO
TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES
Art.1 El presente Reglamento contiene las normas básicas por las cuales todo alumno y
alumna del Colegio Bautista debe regirse y tienen que ver con sus derechos y deberes, relacionados tanto con sus actitudes de persona, estudiante y a sus interrelaciones con los demás miembros de la comunidad escolar, todo esto en el marco de los principios cristianos-evangélicos que sustenta el Colegio, contenidos en el Proyecto Educativo Institucional.
Art.2 El Colegio Bautista como institución educacional confesional, sigue las orientaciones bíblicas que sostienen la vida humana como primer y principal de los derechos, desde donde emanan todos los demás como libertad, dignidad y respeto, propiciando el mantenimiento de la conducta basada en el mandamiento del amor y respeto al prójimo, de acuerdo a Mateo 22: 37-39 “Jesús le dijo: Ama al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu ser y con toda tu mente. Este es el primero y el más importante de los mandamientos. Y el segundo es semejante: Ama a tu prójimo como a ti mismo” y Mateo 7: 12 “Así que en todo, traten ustedes a los demás tal y como quieren que ellos los traten a ustedes”. (Versión NVI).
Art.3 Partiendo de la premisa que el proceso educativo del Colegio Bautista se orienta al desarrollo armónico e integral de los alumnos y alumnas, el establecimiento velará, en todo momento, por el cultivo y acrecentamiento de valores y actitudes de respeto mutuo, dignidad, veracidad y autodisciplina, fundamentales para que la comunidad escolar se vea favorecida con un ambiente de sana convivencia escolar.
Art.4. El presente Reglamento sobre Convivencia Escolar tiene como base jurídica los siguientes cuerpos legales: Constitución Política de la República de Chile. Ley General de Educación Nº 20370 del 12/09/2009 Ley 20536 del 17/09/2011, Ley sobre violencia escolar. Ley 20084 del 07/12/2005, Ley de responsabilidad penal juvenil. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Declaración Universal de los Derechos del Niño. Ley de Drogas Nº 20000, artículo 50 del 02/02/2005. Reglamento de Convivencia Escolar (2004), emanado del Ministerio de
Educación.
Además, tiene como marco referencial el Proyecto Educativo Institucional y el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.
TITULO II
DEFINICIONES
Art.5 Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todo el personal, padres y/o apoderados y alumnos(as), quienes deben relacionarse entre sí respetando los principios y valores que sustenta la institución.
2 Art.6 Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la elaboración y
revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), la Convivencia Escolar “es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”. Agrega, que “La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)”
Art.7 Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación, sana convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes”
Según la Ley 20536, la buena convivencia escolar se entiende como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.
Art.8 De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas. A saber:
a. Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una
forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”.
b. Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”.
c. Violencia: “todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”.
d. Acoso escolar u hostigamiento : “Toda acción u omisión, constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante. Valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”. La condición de reiterado cuando hayan existido episodios que
CLARAMENTE están conectados hacia el mismo niño que impliquen daño intencionado.
La superioridad está dada por diferencias de nivel relacionadas con habilidades y edad: en cuanto a las habilidades están las habilidades intelectuales (lentitud cognitiva, dificultades de comprensión) y Físicas (motricidad, contextura) y respecto a edad, diferencias respecto a cursos más grandes.
3 Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante.
Por lo tanto, es de suma importancia establecer, entonces, que un acto eventual y único, por muy brutal que sea- como atentar contra la vida de una persona o lesión grave - no constituye acoso escolar. Tampoco lo será una pelea entre compañeros de curso con similares fuerzas y destrezas o una riña entre grupos y/o pandillas.
e. Vulneración de derechos: incluye todas las acciones u omisiones que impiden
que los niños satisfagan sus necesidades fundamentales, contenidas como derechos en la Convención Internacional de los Derechos del Niño, o que implican no proporcionar los medios o asistencia para que niñas, niños y adolescentes desarrollen su personalidad, talentos y habilidades.
f. El maltrato infantil: se define como los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil. (Definición de la OMS)
TITULO III DE LOS OBJETIVOS
El presente Reglamento tiene como objetivos:
Art.9 Asegurar una buena convivencia escolar que favorezca el normal desarrollo
académico, personal, social y espiritual de los alumnos y alumnas, como de todos los miembros de la comunidad escolar.
Art.10 Propender a la internalización de los valores que sustenta el Colegio Bautista, como base para un comportamiento disciplinario de los alumnos(as), que favorezca el autodominio y la búsqueda de soluciones a conflictos y problemas de la vida escolar. Esto con un carácter formativo y en un ambiente de respeto mutuo hacia las personas y los principios de la institución.
Art.11 Lograr de todos los integrantes de la comunidad educativa actitudes de orden, respeto, responsabilidad, cooperación y participación, a través de la creación conjunta de espacios de socialización y de aceptación mutua, que contribuyan a un ambiente académico adecuado para el desarrollo integral de los estudiantes.
Art.12 Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad Colegio Bautista los principios y acciones que contribuyen a mantener una buena convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de comportamientos que dañen a sí mismo, a los demás y/o a su entorno.
Art.13 Establecer los criterios de aplicación de medidas disciplinarias tendientes a lograr en los miembros de la comunidad educativa un comportamiento que contribuya a una buena convivencia escolar que ayude a cada alumno y alumna a expresar en lo cotidiano una condición de ser humano auténtico, respetuoso de los demás y comprometido en el mejoramiento del mundo natural y social que lo rodea.
4 Art.14 Establecer y aplicar protocolos de actuación para los casos de acoso escolar y
vu lnerac ió n de derechos los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias y/o formativas para los afectados.
TITULO IV DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Art.15 DE SU DEFINICION:
El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia de la comunidad Colegio Bautista, creando e impulsando acciones que fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la gestión preventiva, formativa y a la resolución de conflictos conforme al presente Reglamento.
Art.16 DE SUS INTEGRANTES:
El Comité de Convivencia Escolar, está integrado por: a. El encargado de Convivencia Escolar del establecimiento, quien preside y
representa a la Rectoría: Sra. Karen González Dinamarca. b. Director de Educación Cristiana. c. Psicólogo(a)s d. Orientadora e. Coordinadores de Ciclo. f. Representante de los profesores. g. Representante de los asistentes de la Educación h. Representante del Centro de Alumnos. i. Representante del Centro General de Padres.
Art.17 DE SUS OBJETIVOS:
El Comité tiene los siguientes objetivos:
a. Diseñar, promover, evaluar y optimizar los planes de prevención, intervención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento.
b. Detectar dificultades al interior de la comunidad educativa que afecten el clima de sana convivencia escolar.
c. Evaluar y determinar las medidas disciplinarias a aplicar según sea el caso. d. Mantener informada permanentemente a Rectoría sobre el diseño y ejecución de
planes de Convivencia Escolar y asesorarla en la toma de decisiones. Art.18 DEL FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
a. El Comité de Convivencia Escolar es presidido por el Encargado de Convivencia
Escolar y tiene un(a) Secretario(a) para llevar actas de las sesiones y acuerdos adoptados.
b. Sesionará quincenalmente en forma ordinaria y extraordinariamente las veces que se requiera, con a lo menos dos tercios de sus miembros.
5 Art. 19 DE LAS FUNCIONES DEL ENCARGADO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
a. Programar y presidir las reuniones del Comité. b. Cautelar que las instancias correspondientes r ea l ic en la s acc io ne s indicadas en
este Reglamento, en los casos fundamentados y pertinentes. c. Anualmente informar a la comunidad educat iva acerca de los planes preventivos
para la convivencia escolar. d. Después de cada sesión del Comité y, cuando corresponda, informar a los profesores
jefes, de asignaturas y apoderados(as) sobre los alumnos y alumnas que están siendo tratados y cuáles son las acciones que se les está aplicando.
e. Bimensualmente solicitar informes de estado de avance de los estudiantes con situación especial de matrícula y presentación de nuevos casos.
f. Cautelar que los apoderados, cuyos pupilos presentan alguna dificultad que altere la convivencia escolar, cumplan con los acuerdos efectuados en relación a apoyos externos, tratamientos y entrega de informes de especialistas en los tiempos que el Colegio estipula.
g. En cada sesión informar a l Comit é del estado de avance de los casos en tratamiento y de nuevas situaciones de las cuales se tenga conocimiento.
h. Podrá sesionar en conjunto con los profesores j e f e s , p r o f e s o r e s de un curso y/o nivel determinado, si el caso lo amerita.
i. Podrá reunirse con el Presidente del Centro de Alumnos y/o el Presidente del Centro General de Padres y/o representante de éste, para efectos de prevención y promoción de la sana convivencia escolar y/o cuando alguna situación especial, relacionada con ésta, lo amerite.
j. Realizar y/o encargar procesos de investigación en torno a temas de convivencia dentro de la comunidad educativa.
k. Deberá informar en forma inmediata a la Rectoría acerca de situaciones que alteren la sana convivencia, de acoso escolar o maltrato o de vulneración de derechos.
TITULO V DE LA CALIDAD DE ALUMNOS Y ALUMNAS
Art. 20 Son alumnos(as) regulares del establecimiento cuyos apoderados(as) hayan cancelado el derecho de matrícula correspondiente y cumplan con los compromisos contraídos con éste al momento de formalizarla, a través del Contrato Anual de Prestación de Servicios Educacionales y firmado por el apoderado(a) y por el o la representante legal del establecimiento.
Art. 21 La matrícula significa para el alumno(a) la aceptación de los derechos, deberes
y beneficios que el Colegio establece para sus educandos, y a la vez, el compromiso de cumplir las disposiciones reglamentarias vigentes y las normas que regulan la vida escolar.
Art. 22 Los alumnos(as) del Colegio Bautista pueden repetir un curso sólo una vez en cada
nivel: Educación Básica y Educación Media, siempre y cuando no presenten problemas disciplinarios.
Art. 23 El plazo máximo para que un(una) alumno(a) se consigne como “Retirado(a)”
del Colegio Bautista, será el 30 de noviembre del año lectivo, debiendo el apoderado realizar la respectiva solicitud antes del plazo indicado.
6 Art. 24 El plazo máximo para presentar solicitud de cambio de curso para el año siguiente
será el día 30 de noviembre. Un cambio de curso puede ser solicitado por el apoderado o requerido por el Colegio en cualquier época del año.
Art. 25 Los alumnos(as) que se hayan retirado del establecimiento, por cualquier
causal, dejan de ser alumnos(as) regulares. Por lo tanto, no podrán participar en actividades oficiales y extraescolares de ningún tipo.
Art. 26 Los alumnos(as) nuevos que se incorporan al Colegio, durante el primer año de
permanencia en éste, quedan en situación especial de Observación.
TITULO VI DEL RESPETO A LAS PERSONAS Y VALORES
En relación al respeto hacia las personas y los valores, se espera que los miembros
de la comunidad Colegio Bautista: Art.27 Demuestren una actitud respetuosa frente a los principios del Evangelio de Cristo
que sustenta el Colegio. Art. 28 Desarrollen actitudes de respeto, tolerancia y lealtad, para con cada uno de los
integrantes de la comunidad y para con la institución, considerando el valor de la persona humana y de las correctas relaciones sociales. Por lo tanto, toda persona que genere daño emocional, físico o social contra alumnos(as), profesores, apoderados y a otros funcionarios del Colegio en diferentes contextos (presenciales, virtuales u otros), son consideradas faltas gravísimas, y él o los responsables se exponen a la aplicación de las sanciones que la ley establece (Ley 20536/17.09.2011, Violencia Escolar) y las medidas disciplinarias contenidas en el presente Reglamento.
Art.29 Respeten siempre los valores y símbolos institucionales, como asimismo, los sím- bolos patrios que fundamentan el sustento de toda convivencia humana y lo más puro y trascendente de nuestra institución y nación.
Art.30 No fumen ni consuman alcohol ni cualquier otra sustancia dañina al interior del
establecimiento, de preferencia ma n ifes t ando en t odo co ntexto act it udes de autocu idado , como una forma de proteger su salud física y mental y por respeto a sí mismo, a su entorno y a la Institución.
Art. 31 M a n i f i e s t e n c orrección en el lenguaje y buenos modales, tanto dentro
como fuera del establecimiento y una presentación personal acorde con el lugar y las circunstancias en que les corresponde actuar.
Art. 32 Como Colegio mixto, las relaciones sentimentales que se pudieran establecer entre
estudiantes deben ajustarse a las normas del decoro, la prudencia y el respeto a sí mismos y al resto de la comunidad escolar, quedando prohibida la manifestación de cualquier expresión física entre parejas.
Art.33 Demuestren un correcto comportamiento en las actividades curriculares, como
extraescolares, sean éstas internas o externas al establecimiento.
7 Art.34 N o alteren las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de
conductas individuales o colectiva de alumnos(as), atentando contra la integridad física de terceros, de los bienes de propiedad del Colegio y de bienes de propiedad de miembros de la comunidad educativa. Este tipo de acción será considerado como una falta gravísima; por lo tanto, él o los responsables se exponen a las medidas disciplinarias contempladas en el Título XV de este Reglamento.
Art.35 El Colegio Bautista se reserva el derecho de tomar medidas disciplinarias ante
comportamientos externos de sus alumnos(as), durante actividades que realicen fuera del establecimiento, representando a éste, y frente a conductas externas personales o colectivas que atenten contra la dignidad e imagen del Colegio.
TITULO VII DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
El Alumno y la Alumna tiene derecho a: Art.36 Ser reconocido en la Comunidad Escolar por evidenciar valores espirituales y humanos en
la relación con sus pares y adultos del Colegio y por sus logros académicos artísticos, deportivos y/o culturales.
Art.37 Conocer el Reglamento de Convivencia Escolar y los reglamentos específicos, como
por ejemplo: de biblioteca, laboratorios de computación, ciencias e inglés, de actividades extraprogramáticas, de seguridad escolar, Centro de Alumnos.
Art.38 Conocer los Planes y Programas de Estudio aprobados por el Ministerio de Educación
para el grado que cursa, los cuales serán dados a conocer por cada profesor de asignatura al inicio del año escolar.
Art.39 Conocer el Reglamento de Evaluación y Promoción del Colegio, el que se encuentra
publicado en su totalidad en la página web del establecimiento.
Art.40 Recibir la enseñanza acorde a los Planes y Programas referidos, de parte del personal calificado que el Colegio designe.
Art.41 Conocer el resultado de sus evaluaciones y recibir los instrumentos aplicados, conforme
a las normas establecidas en el Reglamento de Evaluación del establecimiento para tal efecto.
Art.42 Tiene derecho a conocer las observaciones registradas en su hoja de vida en el libro de
clases, sean éstas favorables o desfavorables.
Art.43 Plantear respetuosa, responsablemente, sus inquietudes académicas, valóricas y administrativas en los distintos niveles de gestión del Colegio Bautista, siguiendo el conducto regular establecido, según sea la situación:
a) Situación Académica:
Profesor(a) de Asignatura Profesor(a) Jefe Orientación Dirección Académica
b) Situación que afecte la convivencia escolar u otra:
Profesor(a) Jefe y/o Profesor de asignatura Coordinador(a) de Ciclo Encargado de Convivencia Escolar
8 c) Situación que afecte a las actividades de libre elección:
Técnico o profesor(a) de la especialidad Encargado(a) de actividades de libre elección Director(a) de Extensión y Comunicaciones
Art.44 Participar en todas las actividades académicas-curriculares propias de su nivel, salvo
por impedimentos específicos o prescripción médica, debida y oportunamente informado y registrado en el Colegio Bautista o por encontrarse bajo medida disciplinaria, contemplada en el Reglamento.
Art.45 Participar en las actividades de su grupo curso y en aquellas organizadas por el Centro
de Alumnos del Colegio Bautista. Formar parte de la directiva de estas organizaciones, cumpliendo con la normativa establecida para estos efectos.
Art.46 Participar en actividades de libre elección que el Colegio Bautista promueva y
desarrolle, fuera de horario de clases. Art.47 Participar en actividades académicas, espirituales, culturales, sociales y deportivas
organizadas por el Colegio o en representación de éste. Art.48 A recibir un trato respetuoso y digno por parte de todos los integrantes de la
comunidad educativa.
Art.49 Frente a cualquier situación que altere la sana convivencia y, previo a la aplicación de una medida disciplinaria, todos los alumnos(as) tienen derecho a un debido proceso, en conformidad con las normas de este reglamento, con el objetivo de acreditar su responsabilidad o absolución en los hechos investigados.
Art.50 Utilizar la infraestructura con que cuenta el Colegio Bautista para el adecuado y normal desarrollo de sus actividades formativas, de acuerdo a sus normas.
TITULO VIII DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
El Alumno o la Alumna tiene el deber de:
Art.51 Respetar los principios y valores institucionales.
Art.52 Cumplir con todas las exigencias académicas establecidas por el Colegio Bautista.
Art.53 Respetar y cumplir el presente Reglamento y todos los Reglamentos establecidos por el Colegio Bautista.
Art.54 Respetar a sus compañeros de curso y del Colegio, al igual que a los demás miembros de la comunidad educativa, contribuyendo así a mantener una sana convivencia escolar.
Art.55 Representar de manera digna y apropiada a su Colegio en actos públicos y privados, desfiles, ceremonias, salidas a terreno u otros en los cuales le corresponde participar o asistir, manteniendo un lenguaje, presentación personal y comportamiento correctos.
Art.56 Respetar el entorno natural y ambiente físico del establecimiento, participando de su cuidado y mantención.
9 TITULO IX
DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES Art.57 De la Puntualidad
Considerando que la puntualidad es un hábito positivo de enorme significado en la vida
personal y ciudadana, se establecen los siguientes procedimientos para contribuir a su logro.
a. El ingreso de los alumnos(as) al establecimiento es entre las 07:30 y 07:55 hrs. Las clases se inician a las 08:00 hrs. Después de este horario y, por razones justificadas, los alumnos(as) podrán ingresar hasta las 10:00 hrs., sólo acompañados de su apoderado, y autorizados por Coordinación.
b. Si un alumno(a) llegara atrasado a la hora de ingreso al Colegio, el Paradocente respectivo le autorizará, por escrito, para ingresar a clase agregando comunicación al apoderado, para que éste se presente al día siguiente, al inicio de la jornada, ante el Coordinador. Si el apoderado no se presenta, el alumno(a) será aceptado en clases, pero al día siguiente será suspendido.
c. Si un alumno(a) de 7º básico a 4º de enseñanza media, reincide en la falta en un periodo de 15 días, el alumno(a) será suspendido de clases, aún cuando el apoderado haya justificado dichos atrasos. Para los alumnos(as) de Prekinder a 6° E.Básica, en lugar de suspensión de clases, ellos deberán realizar una actividad académica extra, fuera de horario.
d. No se aceptarán alumnos atrasados entre horas de clases, salvo situaciones justificadas debidamente evaluadas por la instancia correspondiente.
e. Si un alumno(a), se atrasa indebidamente entre horas de clases, o estando en el Colegio no asistiere a ellas, sin justificación válida, deberá realizar un trabajo complementario fuera de su jornada, en el día y hora asignado por la Coordinación correspondiente. Si el alumno(a) no se presenta a cumplir esta medida disciplinaria, será suspendido de clases.
Art.58 De la Asistencia
Respecto de la asistencia, el Reglamento considera las siguientes responsabilidades:
a. Es obligación de los alumnos(as) asistir a todas las clases, devocionales, asambleas y otras actividades programadas por el establecimiento.
b. Toda inasistencia a clases deberá ser justificada personalmente por el apoderado ante la Coordinación respectiva el día que el alumno(a) se reincorpora a clases.
c. Si el alumno(a), estando en el Colegio, se retira de éste sin autorización, la Coordinación respectiva, notificará y citará al apoderado. Por considerarse esto como una falta grave, el alumno(a) en primera instancia, será suspendido y deber realizar un trabajo complementario en el día y hora que fije la Coordinación respectiva.
Si el alumno o alumna reincidiera en la falta, quedará con Matrícula en Observación y si se hallare con Matrícula en Observación quedará con Matrícula Condicional.
d. Ante una inasistencia por enfermedad , el alumno(a) deberá, a través de su apoderado: Informar oportunamente a la Coordinación correspondiente, pues las inasistencias
superiores a un 15% del total de días trabajados, según calendario escolar, afectará la promoción del (la) alumno(a).
Acompañarse de éste el día que se presente para reincorporarse a clases y, Presentar Certificado Médico cuando la situación lo amerite, dentro de las
primeras 48 horas de producida la enfermedad, firmado por el Profesional competente en el área. No se aceptarán certificados médicos fuera del plazo establecido. Frente a licencias médicas prolongadas, de la Dirección se emanará una resolución según sea el caso.
10
e. El alumno(a) debe permanecer en el Establecimiento hasta el término de su jornada escolar.
f. Si algún(a) alumno(a) requiere retirarse del Colegio antes de su término de horario debe ser retirado sólo por su apoderado, siempre y cuando no tenga que rendir evaluaciones durante ese día.
g. Si un alumno(a) debe ausentarse para representar al Colegio en actividades oficiales extra aula o por otras situaciones ponderadas por la autoridad correspondiente, la Dirección respectiva deberá informar al Coordinador quien lo comunicará por escrito a los profesores de asignaturas respectivos.
h. Ningún alumno(a) puede asistir al Colegio sólo a rendir pruebas y después retirarse, mayormente si se encuentra enfermo(a). Tampoco se autorizará a los estudiantes a ingresar al establecimiento en el horario de una determinada evaluación, aun cuando deseen permanecer hasta terminar la jornada.
Del cuidado personal y del entorno
Art.59 Es responsabilidad del alumno y de la alumna del Colegio Bautista:
a. Usar en todas las actividades escolares el uniforme oficial del Colegio, según lo
establecido en la Agenda del alumno(a). Si por alguna situación emergente no le fuere posible cumplir con el Uniforme completo, sólo podrá reemplazarlo por el Buzo Oficial del Establecimiento. Para tal efecto, debe presentar una solicitud escrita de su apoderado a la Coordinación respectiva. Ésta autorizará e indicará el plazo dentro del cual se podrá cumplir dicha petición.
b. Durante su permanencia en el Colegio, mantener una presentación personal adecuada a su condición de estudiante.
c. Las damas, podrán usar aros pequeños no colgantes, gargantillas delgadas, pantalones sin cinturones llamativos. No es permitido usar cabellos y uñas pintadas, pearcing u otro accesorio que no corresponda al uniforme escolar.
d. Los varones, deberán presentarse debidamente afeitados y con su cabello corto. e. No podrán usar aros, collares, cabellos teñidos, pearcing u otro accesorio que no
corresponda al uniforme escolar. f. Los accesorios que no son parte del uniforme escolar serán requisados y
devueltos al apoderado por el Coordinador de ciclo. g. Hacer buen uso de las instalaciones y del mobiliario del establecimiento,
manteniéndolo en buenas condiciones y utilizándolo en forma correcta. h. Responsabilizarse de cualquier deterioro que ocasionare, asumiendo el costo de
reposición o reparación que ello demanda y se le aplicará una sanción de acuerdo a la gravedad de los hechos
i. Respetar el derecho y la propiedad privada de las demás personas. j. Entregar al Profesor, Coordinador o Paradocente todo objeto encontrado en el
establecimiento y que no sea de su propiedad. k. Usar la Agenda, sin rayarla ni hacer mal uso de ella. Toda comunicación, tanto del
Colegio al hogar y viceversa, deberá escribirse en esta agenda y ser firmada por el apoderado(a). Es obligatorio portarla diariamente, por cuanto es un documento oficial del Establecimiento.
l. Conducirse en forma correcta dentro y fuera del Establecimiento. Si así no fuere será amonestado y/o sancionado según corresponda a la gravedad de los hechos.
11
m. Cuidar el casillero asignado, del cual será responsable de su mantención y buen uso. Estos se revisarán periódicamente por su Profesor Jefe y/o Coordinador, en presencia del alumno(a). En caso de deterioro por parte de terceros, deberá informar inmediatamente a su Coordinador de ciclo para la investigación respectiva. Ante situaciones de extravío u olvido de la llave del casillero, sólo el Coordinador de ciclo será el encargado de autorizar (por escrito) el corte del candado.
n. Respecto al uso de teléfonos celulares, equipos electrónicos, juegos y cualquier
otro elemento de similares características: En el nivel de Enseñanza Básica 1 y 2, a los estudiantes no se les permitirá
su uso durante la jornada escolar. En caso contrario, el profesor lo retirará y lo entregará a la Coordinación respectiva de donde será devuelto a su apoderado.
En el nivel de Enseñanza Media, a los estudiantes se les permitirá el uso de teléfonos móviles en el desarrollo de la clase con fines pedagógicos y, sólo si el profesor lo autoriza. En caso contrario, el profesor lo retirará y lo entregará a la Coordinación respectiva de donde será devuelto a su apoderado.
ñ. El extravío o pérdida de estos elementos, es de responsabilidad del alumno(a). o. Si durante la jornada escolar algún alumno(a) tuviere un problema, debe
comunicarlo inmediatamente al Profesor Jefe, Coordinador o Paradocente respectivo, antes de llamar directamente a su apoderado, pudiendo hacer uso de los teléfonos que el Colegio dispone en las respectivas coordinaciones.
p. Colaborar en situaciones de investigación interna relacionadas con el Colegio. q. Evitar permanecer en grupos en sectores aledaños al Colegio, en horarios previos al
ingreso y posteriores a la salida de clases, para realizar actividades que atenten contra los principios del establecimiento.
r. Frente a un procedimiento de investigación, solamente la Coordinación está facultada para exigir a un estudiante mostrar el contenido de su mochila, casillero y/o pertenencias.
Art.60 Del trabajo escolar:
a. Es responsabilidad del alumno(a) que ha faltado a clases informarse, sobre
materias tratadas, trabajos, tareas y pruebas asignadas durante su ausencia. b. Todo alumno(a) tiene la obligación de rendir las evaluaciones en las fechas
establecidas según calendario oficial. c. El alumno(a) que falte a actividades evaluativas calendarizadas y su
inasistencia haya sido justificada en la Coordinación respectiva, por motivos de enfermedad, por asistencia a actividades en representación del Colegio u otros debidamente respaldados, el día que se reintegra a clases deberá conversar con el Asesor Pedagógico del nivel para que éste recalendarice las evaluaciones pendientes.
d. Si un alumno(a) de 5º año de Educ. Básica a 4º año de Educ. Media, falta a una de estas evaluaciones calendarizadas y no justifique su inasistencia, tendrá que rendirla en la hora y día que fije la Coordinación respectiva, en un plazo que no supere los siete días hábiles, con un mayor nivel de exigencia y fuera de horario.
Si habiendo sido citado no se presenta a la evaluación calendarizada y sin justificación, se fijará una nueva fecha y la calificación máxima será cuatro (4.0).
e. Por ningún motivo se autorizará que un alumno o alumna rinda pruebas o realice trabajos en el horario correspondiente a otra asignatura.
12 f. La justificación de inasistencia a evaluaciones programadas debe hacerla el
apoderado al Coordinador antes o al inicio de la jornada escolar del día de la evaluación. Si ésta hubiera sido hecha vía telefónica o por correo electrónico, deberá ser ratificada por escrito en la Agenda Oficial.
g. El alumno(a) que por motivos de inasistencia justificada no diere cumplimiento a trabajos previamente asignados deberá hacer entrega de éstos en el plazo indicado por el profesor, el que no debe exceder a 7 días hábiles después de su reintegro.
h. El alumno(a) que sin justificación válida no entregue trabajos asignados en las fechas fijadas por el profesor, deberá presentarlo el día siguiente y será evaluado con un mayor nivel de exigencia. Pasado ese día, podrá optar como nota máxima un 4.0 (cuatro coma cero).
i. Cuando un alumno(a) manifiesta una actitud deshonesta en la elaboración y entrega de un trabajo asignado en alguna asignatura, el profesor(a) le solicitará hacerlo de nuevo y deberá entregarlo durante las 24 horas siguientes a la fecha programada y será calificado con nota máxima de un 4.0 (cuatro coma cero). Su actitud será registrada por el profesor(a) respectivo en el Libro de Clases y Coordinación informará al Apoderado.
j. Si un(a) alumno(a) es sorprendido(a) copiando en una prueba, ésta se le retirará y se le aplicará una nueva prueba, la que deberá rendir dentro de 48 horas fuera del horario de clases. Ésta será calificada en forma proporcional, con una nota máxima de 4,0 (cuatro coma cero). Además, su actitud se registrará en el Libro de Clases y se informará por escrito a su apoderado. Si el alumno(a) es sorprendido en una segunda oportunidad, además, será suspendido de clases. En caso de volver a reincidir en conductas de este tipo, junto con lo anterior, quedará automáticamente con Matrícula en Observación y si se encontrare en esta condición pasa a Matrícula Condicional.
TITULO X
DE LA PREVENCION Y FORTALECIMIENTO DE LA SANA CONVIVENCIA Art.61 ACCIONES GENERALES DE ACOMPAÑAMIENTO PREVENTIVO
El Colegio Bautista con el fin de mantener una sana convivencia realizará
las siguientes acciones preventivas y formativas: a. Asambleas periódicas con énfasis valórico. b. Devocionales diarios para la internalización de valores. c. Retiros espirituales (del personal, apoderados y alumnos(as). d. Talleres preventivos sistemáticos para alumnos en consejos de curso. e. Talleres de fortalecimiento del rol parental en reuniones de microcentro. f. Entrevistas del profesor jefe con sus alumnos(as) y profesores del curso, con la
finalidad de conocer las inquietudes, intereses y problemáticas de éstos. g. Entrevistas del profesor jefe con sus apoderados(as) para tratar temas relacionado
con su pupilo. h. Entrevistas de alumnos nuevos con Coordinador de ciclo con la finalidad de
detectar su grado de adaptación al Colegio y luego solicitar el apoyo de otras instancias si existiese una situación que requiere preocupación de la institución.
i. Talleres dirigidos a alumnos(as) nuevos con Orientadora y/o Psicóloga para ayudarlos en su inserción al Colegio.
j. Entrevista a alumnos(as) y apoderados nuevos(as) por profesores jefes. k. Talleres de capacitación y desarrollo personal para los funcionarios del Colegio, y
además, para padres y apoderados.
13
l. Acompañamiento espiritual a miembros de la comunidad en casos que se requiera. m. Visitas a instituciones de ayuda social, fortaleciendo valores institucionales. n. Operativos de ayuda social dirigida a sectores vulnerables de la comuna. o. Socialización del Plan de gestión y protocolos de actuación.
Art.62 ESTRATEGIAS FORMATIVAS ESPECIALES Y DE ACOMPAÑAMIENTO
ANTES DE LA TOMA DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS
En el caso que un(a) alumno(a) vivencie alguna problemática disciplinaria, se adoptarán las siguientes estrategias formativas especiales y de acompañamiento, antes de aplicar las medidas de observación, condicionalidad, denegación o cancelación de matrícula.
a. Individuales:
Estrategias de apoyo Responsable Temporalización Entrevista al alumno con el fin de conocer su problemática y establecer acuerdos para el cambio.
Profesor jefe o de asignatura
En cuanto se presente la situación problemática Entrevista al apoderado del alumno
para informarle de la situación, de los acuerdos tomados y establecer acciones de apoyo de su parte.
Profesor jefe o de asignatura.
Reiteración de la problemática (segunda vez) Consejería espiritual al alumno(a). Director de
Educación Cristiana
Por derivación del profesor jefe
En el caso que un grupo o un curso vivencie alguna problemática disciplinaria, se adoptarán las siguientes estrategias formativas especiales y de acompañamiento: b. Grupo o Curso:
ESTRATEGIAS RESPONSABLES TEMPORALIZACION
Charlas preventivas Psicóloga(o), Profesores Jefes, Orientadora, especialistas externos
Durante el proceso de enseñanza.
Talleres Psicóloga(o), Profesores Jefes, especialistas externos
Durante el proceso de enseñanza.
Encuentros Espirituales Profesores Jefes y Director de Educación Cristiana.
Durante el proceso de enseñanza.
TITULO XI DE LA TIPIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
Art.63 Las faltas de los alumnos(as) se clasifican en leves, graves y gravísimas,
distinguiéndose en su justa dimensión, para efectos de aplicar medidas disciplinarias, primer a cuarto año básico y de quinto año básico a cuarto de año enseñanza media.
14 Art.64 FALTAS LEVES
Faltas leves son aquellas conductas que transgreden las normas que regulan la
convivencia y que, sin llegar a alterar ésta de manera significativa ni a causar mayor daño o perjuicio a sí mismo, a terceros o al Colegio, se apartan del perfil definido para los alumnos(as). A modo de ejemplo, se citan:
a) Interferir con el normal desarrollo de la clase. b) Mostrar una inadecuada presentación personal. c) Usar en el aula objetos o aparatos tecnológicos no autorizados. d) No comunicar al apoderado las citaciones. e) Usar inapropiadamente la agenda y/o no portarla. f) No haber limpiado u ordenado el espacio físico que ocupó (sala de clases,
laboratorio, comedor, pasillo, cafetería, gimnasio, etc.). g) Asistir al Colegio sin portar los materiales escolares requeridos para su trabajo. h) Devolver los libros a biblioteca fuera del plazo establecido. i) Atrasos en la llegada al Colegio y no entrar a tiempo a las horas de clases.
Art.65 FALTAS GRAVES
Faltas graves son aquellas conductas que transgreden las normas, perjudicando
seriamente la convivencia escolar o con repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para el Colegio. A modo de ejemplo, se citan:
a. Atrasos reiterados (tres) al ingreso o entre clases. b. Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias. c. Insubordinación o desobediencia al personal del colegio. d. Falta de respeto a sus pares y/o a otros miembros de la comunidad ya sea de manera
verbal, (decir improperios, gritar groserías, etc.), gestual (gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios etc.)
e. Colusión para cometer actos contrarios al reglamento. f. Mal uso o deterioro de la propiedad ajena o del colegio (rayado de mesas, paredes,
destrucción de casilleros, entre otros). g. Ausentarse a horas de clases sin autorización estando dentro del colegio. h. Falta
de respeto a los postulados religiosos del colegio. h. Burlas a las creencias religiosas, sea cual sea la orientación de éstas. j. Falta de
respeto a los símbolos patrios y del colegio. i. Acumulación de faltas leves (más de tres). j. No portar, reiteradamente, los materiales escolares requeridos para su trabajo. k. Ausentarse, sin justificación, a actividades fuera de horario que impliquen
representación oficial del establecimiento. l. Agresión física a alumnos(as) m. Plagiar trabajos y/o copiar en las pruebas.
Art.66 FALTAS GRAVISIMAS:
Faltas gravísimas son aquellas conductas que transgreden las normas, causando un
gravísimo perjuicio a la convivencia escolar o con muy serias repercusiones negativas para sí mismo, para terceros o para el Colegio o conductas tipificadas como delito. A modo de ejemplo, se citan:
a) Reiteración de faltas graves. b) Participar activa y sostenidamente en acciones personales o de grupo con agresión
física y/o psicológica contra alumnos o alumnas en forma oral, escrita, a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros.
15 c) Abandono del Colegio sin autorización escrita. d) Agresión física a apoderados o a personal del Colegio. e) Falta de respeto a apoderados o a personal del colegio, ya sea de manera verbal,
(alzando la voz, decir improperios, etc.), gestual (dar portazos, gestos groseros o amenazantes, etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, etc.), a través de aparatos tecnológicos, redes sociales u otros.
f) Efectuar rayados indebidos y/o dibujos groseros en el material de evaluación, documentos o elementos de trabajo, agenda y otros.
g) Sustraer instrumentos evaluativos, adulterar o falsificar calificaciones o documentación interna del colegio.
h) Dañar, alterar o sustraer contenidos digitales o informáticos, perjudicando a la institución o a personas.
i) Escribir propaganda política, pornográfica, palabras soeces o dentro de la índole (lista negra u otro), en paredes, mesas, sillas, estantes, casilleros, diarios murales o red digital (Internet) del establecimiento.
j) Atentar gravemente contra la dignidad de alumnos(as) mediante actitudes con connotación sexual.
k) Participar activa o pasivamente en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro del recinto escolar o comportamientos externos que atenten contra la dignidad de terceros o la imagen del Colegio.
l) Ser autor material o intelectual de la falsificación de la documentación oficial del colegio o alterar calificaciones y demás anotaciones del mismo rango.
m) Portar, guardar o utilizar armas (de fuego, cortopunzantes, elementos contundentes, entre otros) y/o artículos explosivos, corrosivos o peligrosos que constituyan un potencial riesgo para la propia integridad física y/o la de los demás.
n) Provocar daños a la propiedad privada, ya sea, del Colegio, de sus alumnos, de apoderados o de funcionarios, dentro o fuera del establecimiento.
o) Portar, promover, vender y/o consumir alcohol, cigarrillos, drogas o cualquier sustancia tóxica dentro del establecimiento educacional y/o en sus inmediaciones.
p) Comportarse inadecuadamente durante las salidas a terreno que impliquen un daño a personas, instituciones, medios de transporte, lugares visitados y/o al prestigio del colegio o país.
q) Alterar las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de alumnos(as), y que atenten contra la integridad de terceros y de los bienes de la propiedad del Colegio.
r) Haber sido suspendido de clases durante tres veces al año como máximo. s) Usar elementos tecnológicos para fotografiar instrumentos de evaluación y enviar a un
tercero para su resolución.
TITULO XII DEL DEBIDO PROCESO
Art.67 Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario conocer la versión de todos
los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta, a fin de evitar actuar con rigidez y arbitrariedad. Para tal efecto, la Rectoría o el Encargado de Convivencia solicitará una investigación del caso, la cual no deberá exceder un plazo máximo de siete días hábiles. Si la situación lo amerita, se podrá otorgar tiempo adicional.
Una vez conocidos los resultados de la investigación, el Encargado de Convivencia Escolar informará a Rectoría y/o a los apoderados cuyos estudiantes se encuentran involucrados.
16 El Colegio se reserva el derecho de mantener la confidencialidad de aquellos
aspectos de la investigación que dicen relación con la integridad de los afectados. Art.68 El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de
todos los involucrados. El debido proceso:
Que sus argumentos sean escuchados Que se presuma inocencia; y, Que se reconozca su derecho a apelación.
TITULO XIII DE LAS CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES
Se consideran circunstancias atenuantes las siguientes:
Art.69 Considerar la edad, las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno(a). Art.70 Reconocer por parte del alumno(a) la falta antes de la formulación de la medida, lo
que tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea. Art.71 Corregir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de que se haya determinado
la medida formativa. Art.72 Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta. Art.73 Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.
TITULO XIV DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:
Art.74 Reiteración de una conducta negativa en particular. Art.75 Mal comportamiento anterior, aún cuando no esté referido a la reiteración de una
conducta negativa en particular. Art.76 Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad de la
comunidad educativa. Art.77 Haber actuado con premeditación.
TITULO XV DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS
DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS:
De acuerdo con la gravedad de la falta cometida por el alumno o por la alumna, se
aplicará alguna de las siguientes medidas:
Art.78 Acto reparatorio personal: Es un acto que tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por la víctima.
Art.79 Amonestación verbal: Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo
inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar.
17 Art.80 Amonestación con constancia escrita en los documentos del establecimiento:
Consiste en hacerle ver al alumno o a la alumna acerca de lo inadecuado de su conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle de la importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar, dejando constancia escrita en algunos de los documentos oficiales del establecimiento. (Libro de clases, hoja de vida del alumno o Agenda Escolar)
Art.81 Asignación d e u n trabajo a c a d é m i c o complementario extra aula:
Consiste en que el alumno o alumna, en su tiempo libre debe asistir al Colegio a realizar un trabajo académico otorgado por el docente que consigna la falta.
Art.82 Servicio Pedagógico: Consiste en una acción que el alumno o la alumna realiza y
que tiene un sentido de apoyo, como por ejemplo: obtener o elaborar material pedagógico para alumnos de niveles inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en una o más clases, preparando material por éste indicado, ayudar en el trabajo de biblioteca, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, de acuerdo a sus aptitudes.
Art.83 Trabajo Comunitario: Implica que el alumno(a) o alumno(as) realiza(n) alguna
actividad que beneficie a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través de un esfuerzo personal. Ejemplo: limpiar y/o restaurar algún espacio del Colegio, mantener el jardín, ayudar a cuidar a niños de niveles parvularios o básicos, pintar alguna muralla, reparar o devolver algún material dañado.
Art. 84 Suspensión de clases y/o de actividades del establecimiento con derecho a rendir evaluaciones: Esta medida consiste en detener temporalmente al alumno o alumna de asistir a clases, debido a alguna conducta personal o colectiva que haya realizado y que transgrede la normativa institucional, pudiendo rendir las evaluaciones calendarizadas en horario extra escolar.
Art.85 Suspensión de clases y/o de actividades del establecimiento: Esta medida consiste
en detener temporalmente al alumno o alumna de asistir a clases, debido a alguna conducta personal o colectiva que haya realizado y que transgrede la normativa institucional. La duración de la medida dependerá de la gravedad de la conducta. Mientras dure la suspensión, el alumno(a) no puede participar en actividades de ningún tipo, programadas por el Colegio ni en representación de éste. Al término de la suspensión el alumno junto con su apoderado deberá presentarse en la oficina de la Coordinación correspondiente con el propósito de reincorporarse a clases y establecer un compromiso escrito tendiente a la mejora.
Art.86 Matrícula en Observación: Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un
período de observación sistemático y permanente, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso conjunto de ayuda que su familia y el Colegio le otorguen. Se aplica en razón de un comportamiento continuo de faltas leves. Un alumno podrá estar con matrícula en observación una vez durante el año escolar y, como máximo, dos veces durante el ciclo. Si algún alumno(a) quedara con Matrícula en Observación el último trimestre del año, éste(a) deberá cumplir la medida disciplinaria al año siguiente.
Art.87 Condicionalidad de Matrícula: Consiste en, que a partir de una reiteración de conductas graves o de una conducta gravísima, el alumno(a) queda en una situación especial que implica que al reiterar sus faltas está expuesto a la cancelación de matrícula, debiendo comprometerse a no recaer en el tipo de conducta efectuada u otra, tipificada en el presente Reglamento. Esta promesa debe ser firmada por el alumno (a) y su Apoderado(a).
18 Esta medida consiste en dejar al alumno (a) en un período de condicionalidad, desde meses hasta por un año, con el fin de ir evaluando su conducta, producto del proceso de ayuda que le otorgue, en forma mancomunada, su familia y el Colegio. Un alumno podrá estar con matrícula condicional una vez durante cada ciclo (E. Básica o E. Media). Los alumnos(as) afectados(as) con esta medida, mientras esté vigente su condicionalidad, no podrán participar en actividades que signifiquen representar al Colegio (competencias deportivas, actos culturales, desfiles, salidas a terreno, entre otros). La situación final del alumno(a) con Matrícula Condicional debe quedar resuelta antes del proceso normal de matrícula, por cuanto ésta puede incidir o no en la renovación de matrícula para el año siguiente. No obstante, si el periodo que un alumno(a) debe estar con matrícula condicional incluye los meses de noviembre y diciembre, éste o ésta no podrá matricularse hasta que se le indique. Situación que el encargado de convivencia escolar le informará al apoderado en forma previa al periodo de matrícula. Si algún alumno(a) quedara con Matrícula en condicional el último trimestre, éste(a) deberá cumplir esta medida disciplinaria al año siguiente.
Art.88 Denegación de matrícula para el año siguiente: Es una medida que el Colegio
aplica en situaciones especiales, tales como: apoderado(a) deudor (a) recurrente en cuanto a escolaridad, a pesar de las diferentes facilidades que el Colegio le haya otorgado. Esto en función de que el Contrato de Servicios Educacionales tiene carácter anual.
Art.89 Cancelación de Matrícula: Consiste en, que a partir de una reiteración de conductas graves o de una conducta gravísima el Colegio establece cancelar la matrícula a un alumno o a una alumna, dejando de ser alumno(a) regular. Esta medida será comunicada al apoderado(a) personalmente y por escrito por la Rectoría y la Dirección Académica, debiendo quedar constancia de la recepción del escrito por ambas partes. En el mes de octubre se debe decidir a qué alumnos o alumnas se les cancelará la matrícula para el año siguiente. No obstante, debido a una falta gravísima que afecte la convivencia escolar y la imagen institucional la cancelación de matrícula puede producirse en cualquier período del año lectivo.
Art.90 Citación al Apoderado: Es una acción que se realiza al apoderado(a), para solicitarle
su presencia en el Colegio debido a alguna conducta efectuada por el alumno o alumna y que transgrede las normas institucionales. Esta citación se realiza a través de una comunicación vía Agenda Escolar, telefónica o a través de correo electrónico, según sea la situación y la urgencia.
Art.91 Las medidas que se aplicarán al nivel comprendido entre 1º a 4º básico, se
considerarán sólo hasta matrícula en observación. Art.92 La aplicación de las medidas disciplinarias antes señaladas es una facultad privativa
del Colegio Bautista de Temuco, bastando, para la acreditación de la falta, un informe escrito de un funcionario del establecimiento que de fe de la existencia de la misma.
Art.93 Los(as) alumnos(as) que se encuentren en la condición de Observación o Condicionalidad no podrán optar a cargos de liderazgo en su curso ni como delegados o formar parte de la directiva del Centro de Alumnos del establecimiento.
19
Art.94 El Profesor Jefe del curso tiene la obligación de informar al apoderado acerca del comportamiento disciplinario del alumno(a), y registrar en el “Formulario de Registro de Entrevista” lo conversado, el cual debe ser firmado por ambas partes.
Art.95 Si a pesar de las acciones preventivas, (ver Art. 61 y 62) el alumno o la alumna llegase a incurrir o a reincidir en alguna falta, se contemplan las siguientes medidas disciplinarias:
MEDIDAS DISCIPLINARIAS A APLICAR CON ALUMNOS(AS) AL INCURRIR EN FALTAS
Gravedad de la falta
Medidas Funcionario que informa la falta y/o facultado para disponer la medida
Leves
Llamado de atención. Amonestación verbal. Acto reparador. Registro en el libro de
clases. Información al apoderado.
Cualquier funcionario que presencie, Dependiendo de la falta.
Profesores, i n t e g r a n t e s d e l Equipo de Gestión y Paradocentes
Graves
Registro en el libro de clases.
Citación al alumno(a) Coordinación Comunicación y citación al
apoderado. Servicio comunitario. Servicio pedagógico. Suspensión temporal de
clases. Cambio de curso Matrícula en Observación.
Profesores, Equipo de Gestión y Paradocentes.
Coordinador(a) de ciclo. Rectoría, Director Académico, previa consulta al Comité de Convivencia Escolar y al Consejo de Profesores, excepto en aquellos casos en que dicha medida disciplinaria es consecuencia de la reiteración de una falta. La medida será comunicada al apoderado personalmente por el Coordinador respectivo.
Muy Grave o gravísima
Citación al apoderado. Suspensión temporal de
clases. Servicio comunitario o
pedagógico. Cambio de curso. Matrícula Condicional. Suspensión total de clases
con derecho a rendir evaluaciones.
Denegación de matrícula. Cancelación de matrícula
Coordinador de Ciclo. Rectoría, Director Académico, previa consulta al Comité de Convivencia Escolar y al Consejo de Profesores del Curso.
Frente a una falta se aplicará una o más medidas, dependiendo de la gravedad de ésta.
20
TITULO XVI ESTRATEGIAS DE APOYO
ESTRATEGIAS A APLICAR EN SITUACION DE MATRICULA EN OBSERVACION.
Art.96 Cuando un(a) alumno(a) quede con Matrícula en Observación, se aplicará una o más
de las siguientes estrategias de apoyo:
Acción de apoyo Responsable Temporalización Entrevista individual con el alumno(a), con el fin de monitorear su evolución y establecer acuerdos.
Coordinador de Ciclo
De acuerdo a evolución
Entrevista con los padres para tratar aspectos relacionados con la evolución de la conducta de su pupilo y solicitarle su apoyo en aspectos específicos.
Coordinador de Ciclo
De acuerdo a evolución
Entrevista individual con el alumno(a) para detectar indicadores y elementos que configuren un posible diagnostico.
Psicólogo(a) De acuerdo a evolución
Entrevista con los padres con el fin de retroalimentarles acerca de su hijo(a), y coordinar acciones de apoyo y evaluar la posibilidad de derivarlo a un especialista si fuese necesario. Establecer acuerdos con ellos que apoyen las acciones de cambio.
Psicólogo(a)
De acuerdo a evolución
Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas externos.
Psicólogo(a) De acuerdo a evolución
Adaptación y adecuación de estrategias sugeridas por especialistas externos a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras.
Psicólogo(a) Educadora Diferencial
Durante el proceso de enseñanza-aprendizaje
Adaptación y aplicación de las estrategias sugeridas por el equipo de apoyo.
Profesores Durante el proceso educativo
Acompañamiento espiritual Director de Educación Cristiana
Durante el proceso educativo
Art.97 Si a pesar del proceso de apoyo anterior, el alumno o la alumna no mostrara cambios
significativos, su matrícula pasará a condicionalidad.
21 ESTRATEGIAS A APLICAR EN SITUACION DE CONDICIONALIDAD.
Art.98 Cuando un(a) alumno(a) quede con matrícula Condicional se aplicarán las
siguientes estrategias de apoyo:
Acción de apoyo Responsable Temporalización Entrevista individual con el alumno(a), con el fin de monitorear su evolución y establecer acuerdos.
Coordinador de Ciclo y Encargado de Convivencia Escolar
De acuerdo a evolución
Entrevista con los padres para tratar aspectos relacionados con la evolución de la conducta de su pupilo y solicitarle su apoyo en aspectos específicos.
Coordinador de Ciclo y Encargado de Convivencia.
De acuerdo a evolución
Entrevista individual con el alumno(a) para detectar indicadores y elementos que configuren un posible diagnostico.
Psicólogo(a) De acuerdo a evolución
Entrevista con los padres con el fin de retroalimentarles acerca de su hijo(a), y coordinar acciones de apoyo y evaluar la posibilidad de derivarlo a un especialista si fuese necesario. Establecer acuerdos con ellos que apoyen las acciones de cambio.
Psicólogo(a)
De acuerdo a evolución
Seguimiento a alumnos que están siendo tratados por especialistas externos.
Psicólogo(a) De acuerdo a evolución
Adaptación y adecuación de estrategias sugeridas por especialistas externos a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras.
Psicólogo(a) Educadora Diferencial
Durante el proceso de enseñanza-aprendizaje
Adaptación y aplicación de las estrategias sugeridas por el equipo de apoyo.
Profesores Durante el proceso educativo
Acompañamiento espiritual Director de Educación Cristiana
Durante el proceso educativo
22
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN FRENTE A UNA DENUNCIA: A. DE POSIBLE ACOSO ESCOLAR
Art.99 Cuando exista una denuncia de acoso escolar, se realizará el siguiente proceso:
Fase 1: Recogida y socialización de información
Estrategias Responsable Temporalización 1) Recepción de la
información Cualquier miembro de la comunidad escolar
Informar en cuanto toma conocimiento de la situación.
2) Registro de la información en formulario Nº 1 “Denuncia de maltrato escolar”
Coordinador de Ciclo o Encargado de Convivencia Escolar
En cuanto se recibe la denuncia
3) Informar a Rectoría y profesor jefe
Encargado de Convivencia En cuanto se recibe la denuncia
4) Informar a los apoderados de los alumnos implicados.
Coordinador de Ciclo o Encargado de Convivencia
Durante la jornada
5) Realizar proceso de investigación
Coordinador de Ciclo Dentro de un plazo máximo de una semana
6) Entrega resultados investigación a Encargado de Convivencia- Formulario Nº 2
Coordinador de Ciclo Dentro de un plazo máximo de una semana
7) Informar resultados de la investigación a Rectoría, Comité de Convivencia y apoderados
Encargado de Convivencia Dentro de las 24 hrs. siguientes a la recepción de los resultados de la investigación
23 Fase 2: Análisis y adopción de medidas según el caso:
Acciones Responsables Socialización de la problemática y diseño del Plan de
acción según el caso Comité de Convivencia
a) Implementar medidas de apoyo hacia el acosado
Consejería espiritual Dirección de Educación Cristiana Sesión de trabajo con Psicología para posterior derivación a psicólogo externo – Formulario Nº 3 “Solicitud de intervención”
Psicología
Cambio de curso si la situación lo amerita Comisión cambios de curso
Monitoreo permanente Profesor Jefe, de asignatura o paradocente.
Entrevista con apoderados Encargado de Convivencia b) Implementar medidas formativas hacia quien ejerce acoso
Cambio de curso si la situación lo amerita Comisión cambios de curso Aplicación de las medidas disciplinarias según
Reglamento Comité de Convivencia
Acto reparador al agredido Profesor Jefe o Coordinador de Sesión de trabajo con Psicología para
posterior derivación a psicólogo externo – Formulario Nº 3 “Solicitud de intervención”
Psicología
Monitoreo permanente Profesor jefe, profesor de asignatura, paradocente.
Entrevista con apoderados Encargado de Convivencia Fase 3. Seguimiento
Acciones Responsables Coordinar acciones de seguimiento
por parte de los responsables- Formulario Nº 4 “Plan de acción ante maltrato escolar”
Encargado del Comité de
Convivencia Escolar. Informar a Rectoría, al comité, docentes y
apoderados del avance del proceso.
Encargado del Comité de
Elaborar informe final del proceso – formulario Nº 5 “Cierre caso maltrato escolar”
Encargado del Comité de Convivencia Escolar.
B. DE POSIBLE VULNERACIÓN DE DERECHOS
Art. 100 Si se detecta o se sospecha de una situación de vulneración de derechos a un estudiante del Colegio Bautista, se procederá de la siguiente manera:
1. Cualquier miembro de la comunidad escolar del Colegio Bautista, sea este directivo,
docente, asistente de aula, profesional de apoyo, administrativo, personal auxiliar, que tome conocimiento de cualquier hecho que pudiere ser constitutivo de delito, que afecte y vulnere la integridad del estudiante. Aun cuando no cuente con todos los antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios y aun cuando hubieren ocurrido fuera del establecimiento, deberá obligatoriamente poner en conocimiento del hecho, en el menor tiempo posible, al Encargado de Convivencia Escolar, quien tomará registro de lo
24 expuesto en entrevista y además podrá recopilar antecedentes que permitan contextualizar la situación (revisar el libro de clases, entrevista al profesor jefe, orientador(a) u otro actor relevante). Si el caso lo amerita efectuará una entrevista preliminar con el niño(a) o el adolescente consignando la información en un informe y actuando con reserva, protegiendo la intimidad y privacidad de los involucrados. En relación a padres y los apoderados que tomaren conocimiento de estos hechos cuando acontezcan fuera del establecimiento podrán concurrir al Colegio, informándole al encargado de Convivencia Escolar o directamente a las instancias legales que correspondan para este tipo de denuncias, (Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones.).
2. El Encargado de convivencia Escolar informara a Rectoría y hará entrega escrita del informe. Además se comunicará con la familia y/o apoderado y/o el Tutor legal de los involucrados en el hecho.
3. Rectoría hará la denuncia del hecho ante la Fiscalía según lo indicado en el art. 175 del Código Procesal Penal. Lo anterior deberá realizarse antes de 24 horas desde que toma conocimiento de la situación que podría estar afectando al alumno(a).
4. En cuanto al hecho:
a) Si se trata de un sospecha, es decir, se evidencian cambios significativos en el niño(a), rumores o comentarios sin certeza acerca de una situación de maltrato o abuso sexual, se consideraran los siguientes procedimientos: Se hace una derivación externa. (Red de apoyo local, Red Sename y Centros de Salud) Se informa a la Superintendencia de Educación Escolar. Se dispondrán medidas pedagógicas. Se hará un seguimiento y acompañamiento.
b) Si se trata de una certeza, es decir, el niño llegó con lesiones atribuibles a una
agresión o el propio niño(a) relata que ha sido agredido o la agresión fue presenciada por un tercero, etc.) El Encargado informa al Apoderado y traslada en forma inmediata al niño(a) a un
Centro Asistencial para constatar las lesiones. (Se actúa como si fuera un accidente escolar).
Informa a Rectoría para que haga la denuncia ante la Justicia (Carabineros, PDI, Ministerio Público) e informa a la Superintendencia de Educación Escolar, dentro de las primeras 24 horas (Art.176 Código Procesal Penal)
Si la situación lo amerita, se solicita un requerimiento de protección, efectuado dentro de las 48 horas siguientes siempre y cuando la familia no garantice la protección y el cuidado del niño(a).
Se establece comunicación con centros especializados (Red de apoyo local, comunal, nacional. Red Sename y Centros asistenciales, etc.)
Se disponen medidas pedagógicas. Se hace un seguimiento y acompañamiento.
5. En cuanto a las acciones posteriores: En caso de comprobarse la veracidad de la acusación:
a. Se procederá a informar y trabajar adecuadamente tanto con el personal del colegio, los apoderados y los alumnos según su edad, reforzando los contenidos de autocuidado personal y comunitario.
b. Apoyar en lo que se requiera al niño o niña afectado y a su familia.
25 c. Se revisarán los procedimientos y acciones que el colegio ha implementado para
el debido cuidado de los niños y niñas, rectificando aquello que sea necesario.
En caso de no ser efectiva la acusación:
Se debe dar apoyo emocional y espiritual en lo que corresponda, a la persona afectada por dicha acusación. Exigiéndose el respeto por la honra de la o las personas afectadas.
6. Consideraciones Finales - El Colegio Bautista manejará con absoluta discreción las denuncias, entregando
declaraciones informativas a los apoderados de manera transparente, aclarando los aspectos generales de la situación sin entrar en un primer momento a emitir juicios que vayan más allá de los datos que se tengan.
- En caso de tratarse de un funcionario del colegio, que esté siendo acusado e investigado por una denuncia de maltrato o abuso sexual hacia un alumno o alumna, el Rector deberá cambiarlo de funciones, alejándolo del contacto con los niños o según sean los hechos y circunstancias que lo rodean, suspenderlo de sus funciones, alejándolo temporalmente o definitivamente del Colegio. Además se dará inicio a un investigación interna.
- En hechos que pudieren ser constitutivos de conductas abuso sexual entre alumnos, siendo el responsable menor de 14 años, es decir, sin responsabilidad penal, la Rectoría denunciara los hechos ante la instancia legal que corresponda. Asimismo entrevistará a los apoderados a fin de realizar derivación a especialistas.
- En caso de hechos que pudieren ser constitutivos de conductas de abuso sexual entre alumnos, siendo el acusado mayor de 14 años, es decir, con responsabilidad penal, el Rector, denunciará los hechos al Ministerio Público.
TITULO XVII
DEL DERECHO DE APELACION Art.101 En cualquier circunstancia en que existan faltas leves al Reglamento, el alumno(a)
tendrá el derecho de apelar, fundadamente, ante el profesor jefe, profesor de asignatura o coordinador ante la resolución adoptada.
Art.102 En casos en que existan faltas graves o gravísimas al Reglamento, el o los afectados tendrán el derecho de apelar, fundadamente, ante la resolución adoptada dentro de un plazo de cinco días hábiles, presentando ésta por escrito ante la autoridad correspondiente, quien someterá a estudio la apelación al Comité de Convivencia Escolar.
Art.103 En caso de que la medida sea denegación de matrícula para el año siguiente, suspensión total de clases con derecho a rendir evaluaciones o cancelación de matrícula, el apoderado podrá presentar una apelación escrita ante Rectoría, instancia que la someterá a evaluación junto al Comité de Convivencia Escolar.
Art.104 Una vez estudiado el recurso, Rectoría y e l Encargado de Convivencia Escolar, comunicarán personalmente y por escrito a los padres dentro de un plazo no superior a siete días hábiles, acerca de la resolución, sin ulterior recurso, debiendo quedar constancia de la recepción del escrito por ambas partes
TITULO XVIII
DE LOS PADRES Y APODERADOS
Independientemente de lo establecido en el Reglamento del Centro de Padres y Apoderados del Colegio Bautista, todo padre y/o apoderado debe tener presente que:
Art.105 Será apoderado por derecho propio sólo el padre o la madre del alumno o su tutor
legal.
26 Art.106 En casos justificados, la Rectoría podrá aceptar como apoderado a una persona
debidamente autorizada por los padres o el tutor legal, como así mismo podrá requerir un cambio de apoderado. En caso que la actitud del apoderado(a) se contraponga a los principios y valores del Colegio, la Rectoría se reserva el derecho de pedir cambio de éste.
Art.107 No podrá ser apoderado un menor de edad ni actuar en representación del apodera- do oficial.
Art.108 Debe conocer y c u mp l ir el Reglamento de Convivencia Escolar y velar porque su pupilo(a) cumpla con las disposiciones contenidas en éste.
Art.109 Debe respetar el Contrato Anual de Prestación de Servicios Educacionales firmado con el Colegio al momento de la matrícula y que dice relación con las medidas disciplinarias y de pago de escolaridad establecidas en este Reglamento.
Art.110 Está obligado a respetar todas las normas de seguridad implementadas por el Cole- gio en bien de su pupilo(a) y de la comunidad educativa en general.
Art.111 Está obligado a asistir a toda reunión programada y comunicada con anticipación, ya sea por el profesor jefe o por el Colegio.
Art.112 Debe tener la disponibilidad de tiempo suficiente para concurrir a entrevistas a que fuere citado por el Colegio o por algún profesional de éste.
Art.113 Es su responsabilidad conocer el horario de ingreso y de salida de su hijo(a) del establecimiento, tanto de las actividades curriculares como extraprogramáticas.
Art.114 Es de su responsabilidad o de quien designe oficialmente, retirar a su hijo(a) del establecimiento en el horario normal de salida, especialmente a aquellos que cursen los niveles prebásico y primer ciclo básico.
Art.115 Es su responsabilidad avisar oportunamente al Coordinador respectivo toda ausencia de su pupilo(a) a clases y dar la justificación correspondiente.
Art.116 Debe asumir su responsabilidad, como tal, frente a cualquier conducta externa al establecimiento, provocada por su hijo(a) y que vaya en desmedro de su persona y de los principios del Colegio.
Art.117 Será responsabilidad de los Padres el cuidado de los niños que se queden a almorzar y que esperen el horario de ingreso a las actividades extraprogramáticas o de reforzamiento y retirarlos oportunamente una vez que éstas hayan finalizado Art.118 Es su responsabilidad respetar el conducto regular del Colegio, (Ver Titulo VII, Art.43).
Art.119 Es de su responsabilidad respetar el Contrato Anual de Prestaciones de Servicios Educacionales contraído al formalizar la matrícula y cancelar oportunamente las cuotas de Escolaridad de su(s) pupilo(s). De lo contrario, el Colegio tomará las medidas correspondientes, según sea la situación.
Art.120 El apoderado deberá esperar la información oficial del Colegio frente a cualquier situación especial que afecte a su pupilo(a) durante la jornada escolar.
Art. 121 Ningún apoderado puede amenazar o agredir verbal o físicamente a un estudiante o a un integrante de la comunidad educativa, tanto dentro como fuera del Establecimiento. Si lo hace, se expone a la aplicación del Art. 106 de este mismo Título.
TITULO XIX DE LA CEREMONIA DE LICENCIATURA
Art.122 La Ceremonia de Licenciatura es una actividad que el Colegio realiza para sus
alumnos de Cuarto Año de Educación Media que hayan cumplido con los requisitos de promoción y que no hubiesen ocasionado problemas disciplinarios internos o externos a éste y que les impida ser invitados a esta Ceremonia de finalización.
Art.123 El alumno(a) deberá presentarse a la Ceremonia de Licenciatura correctamente uniformado:
27 a) Damas: Blazer azul marino con insignia, blusa blanca, corbata, falda, calcetas
azul marino y zapatos negros, aros pequeños. b) Varones: Vestón azul marino, insignia, camisa blanca, corbata, pantalón gris
escolar, calcetines azul marino y zapatos negros, pelo corto y afeitados. Art.124 Dado que esta es una Ceremonia Interna, el Colegio, frente a conductas gravísimas,
se reserva el derecho de aplicar medidas disciplinarias contempladas en el presente Reglamento e incluso, si fuese necesario, proceder a suspender tal Ceremonia cuando los alumnos(as) hayan transgredido los principios que sustenta la institución.
TITULO XX
CONSIDERACIONES FINALES Art.125 La normativa para resolver situaciones especiales en el ciclo de Educación
Parvularia, se aplicará según protocolo establecido para tal efecto, el cual será socializado con los apoderados en la primera reunión de microcentro y se encuentra disponible en la página web del Colegio.
Art.126 Es responsabilidad de todo el alumnado del Colegio Bautista cumplir con los Reglamentos Complementarios al Reglamento de Convivencia Escolar.
Art.127 Es responsabilidad de toda la Comunidad Escolar del Colegio Bautista velar por el fiel cumplimiento de este Reglamento de Convivencia Escolar.
Art.128 Cada funcionario del Colegio Bautista tiene el deber de conocer, cumplir y respetar el presente Reglamento, así como el de Higiene y Seguridad.
Art.129 Las situaciones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas por la Rectoría del establecimiento, instancia que, si fuese necesario, se hará asesorar por quien lo estime pertinente.
Temuco, Diciembre 2014