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Presentación a la Comisión de
Transportes del Congreso
Aspectos Técnicos R.M. Nº 111-2010-MTC sobre antigüedad
aeronaves que operan en circuito turístico de Nazca
Lima, 20-abril-2010
RAMON GAMARRA TRUJILLO
DIRECTOR GENERAL DE AEROPNAUTICA CIVIL
Sumario• Ultimo Accidente Aéreo en Nasca y acciones tomadas
• Otros accidentes
• Situación del parque aéreo
• Diferencias tecnológicas entre aviones antiguos y modernos
• Otras acciones tomadas
• Legalidad y constitucionalidad de la Directiva Técnica Extraordinaria
Accidente de Nasca
• 25 de Febrero 2010
• Avión Cessna U206
• Nazca Airlines
• 07 Fallecidos
• Causa: En investigación
Acciones tomadas por el MTC - DGAC
A través de la R.D. Nº 055-2010-MTC/12 se ha
dispuesto que las aeronaves que prestan servicios en
los espacios aéreos de Nasca y de Palpa, prestando
servicios turísticos y de observación, incluyan como
parte de la tripulación de sus aeronaves un copiloto.
Circuito turístico de las Líneas de Nasca
Astronauta
Ballena
Acciones Tomadas
Directiva Técnica Extraordinaria
Se ha prepublicado una DTE, para la recepción de sugerencias y comentarios que dispone lo siguiente:
A partir del 01 de agosto del 2010, las aeronaves de todoexplotador aéreo de Transporte Aéreo EspecialTurístico, no podrá tener una antigüedad mayor a 30 añosdesde la fecha de su fabricación.
Resumen Accidentes e incidentes de consideración
Año
OcurrenciaMatricula Modelo Año de
FabricaciónExplotador Aéreo Causa
2010 OB-1557 C 210 1979 Aero Palcazu Fatiga de Material
2009 OB 794 C 172G 1966 Aero Servicios
SantosFalla de Motor
2008 OB 1266 C U206 1967 Aero Ica Falla Humana y del indicador de
combustible (05 Pasajeros F)
2008 OB 1117 C U206 1976 Nazca Airlines Falla en el sist. de combustible
2007 OB 1320 C U206 1980 Alas Peruanas Falla en el sist. de combustible
2006 OB 1117 C U206 1976 Nazca Airlines Falla de Motor
2001 OB 1283 C 210 1983 Aero Paracas Fatiga de material
2001 OB 1100 C 172 1966 Aero Paracas Falla de Motor
2001 OB 1332 C 177 1976 Aero Condor Falla de Motor
2000 OB 1415 C 206 1979 Acuariana de
AviaciónIncendio
1997 Aeroparacas
Aerocondor
Colision en el aire
(12 f)
Accidentes / Incidentes por falla de material
Explotador Ord Año
FabricaciónMatricula Modelo P
a
x
Estado Instalación
doble
Comando
NAZCA
AIRLINES
1 1952 OB-1202 C-170 3 Inoperativa
TRAVEL AIR
1 1980 OB-1192 C-206 5 Operativa Ok
2 1980 OB-1204 C-206 5 Operativa Ok
3 1975 OB-1402 T-337-G 4 Inoperativa
4 1974 OB-1888 C-207 6 Operativa Ok
5 1969 OB-1001 C-207 6 Inoperativa
6 1967 OB-1616 C-206 5 Operativa Ok
7 1966 OB-1093 C-172 3 Inoperativa
(Tarapoto)
8 1963 OB-1795 PA-28 3 Inoperativa
9 1961 OB-584 C-172 3 Operativa Ok
Parque Aéreo que opera en Nasca
Explotador Ord Año
FabricaciónMatricula Modelo P
a
x
Estado Instalación
doble
Comando
AIR NAZCA 1 1961 OB-1808 C-185 5 Operativa Ok
2 1960 OB-547 C-172 3 Operativa Ok
AERO
PARACAS
1 1980 OB-1917 C-207 7 Operativa Ok
2 1976 OB-1918 C-207 6 Inoperativa
3 1976 OB-1096 C-172 3 Inoperativa
4 1971 OB-1302 C-206 5 Inoperativa
5 1963 OB-1874 C-205 5 Inoperativa
6 1963 OB-1838 C-205 5 Operativa Ok
7 1962 OB-1128 C-185 5 Inoperativa
Parque Aéreo que opera en Nasca
Ord Año
FabricaciónMatricula Modelo Pa
x
Estado Instalación
doble Comando
ALAS
PERUANAS
1 1980 OB-1320 C-206 5 Operativa Ok
2 1980 OB-1187 C-206 5 Operativa Ok
3 1979 OB-1655 C-172 3 Operativa
4 1963 OB-610 C-172 3 Operativa Ok
AERO
PALCAZU
1 1982 OB-1247 C-206 5 Inoperativa
2 1980 OB-1722 C-206 5 Operativa Ok
3 1979 OB-1557 C-210 5 Operativa
4 1976 OB-1790 C-206 5 Operativa Ok
5 1965 OB-1648 C-172 3 Operativa Ok
Parque Aéreo que opera en Nasca
Ord Año
FabricaciónMatricula Modelo Pa
x
Estado Instalación
doble Comando
AERODIANA 1 2009 OB-1922 C-208 12 Operativa Ok
2 2008 OB-1882 C-208 12 Operativa Ok
3 2007 OB-1870 C-208 12 Operativa Ok
4 1980 OB-1811 C-172 3 Operativa Ok
ALAS DE
AMERICA
1 1977 OB-1900 C-207 6 Inoperativa
2 1973 OB-1061 C-172 3 Inoperativa
TAXI AEREO
EJECUTIVO
1 1972 OB-1033 C-206 5 Inoperativa
2 1963 OB-1460 C-172 3 Operativa Ok
AEREO
SERVICIOS
SANTOS
1 1968 OB-794 C-172 3 Inoperativa
2 1962 OB-657 C-172 3 Operativa Ok
Parque Aéreo que opera en Nasca
Ord Año
Fabricac
ión
Matricula Modelo Pa
x
Estado Instalación
doble Comando
EXPRESO
MOCHE
1 1983 OB-1283 C-210 5 Operativa Ok
AIR MAJORO 1 1982 OB-1919 C-207 7 Operativa Ok
2 1981 OB-1929 C-207 7 Operativa Ok
TOTAL DE AERONAVES 41
< 1980 27
INOPERATIVAS 15
OPERATIVAS 26 En condiciones
aeronavegables
DOBLE COMANDO INSTALADO 24 Pueden efectuar vuelos
turísticos
EMPRESAS 12 (10) Pueden efectuar vuelos
turísticos
RESUMEN:
Parque Aéreo que opera en Nasca
Resumen Accidentes e incidentes de consideración
Accidentes / Incidentes
OB-1266
1976
Aeroica SRL
2008
Causa: Falla
humana y del
indicador de
Combustible
C 206
OB-1790
1976
Aero Palcazu SAC
2008
Causa: Limitación
del Sistema de
Combustible
Accidentes / Incidentes
C T210N
OB-1557
1979
Aero Palcazu SAC
2010
Causa: Fatiga de
Material del tren
de nariz
Accidentes / Incidentes
Accidentes / Incidentes
C T210N
OB-1557
1979
Aero Palcazu SAC
2010
Causa: Fatiga de
Material del tren
de nariz
Accidentes / Incidentes
C T210N
OB-1557
1979
Aero Palcazu SAC
2010
Causa: Fatiga de
Material del tren
de nariz
SISTEMA DE COMBUSTIBLE:
Cessna 172
Año: 1966
Ejemplo de la evolución de los Sistemas de
Combustible de las aeronaves
• Selección de alimentación
de combustible es manual.
• Indicación analógica de
cantidad de combustible
• Restricciones para virajes:
- Indicadores combustible
no son confiables
- En viraje el combustible
corre hacia el lado del
banqueo
SISTEMA DE COMBUSTIBLE:
Aviones modernos
• Selección de alimentación
de combustible es
automática.
• Indicación digital de
cantidad de combustible.
• Tanques de combustible
con restrictores
(chapaletas) que evitan el
corrido del combustible al
lado del viraje, haciendo la
maniobra confiable.
Cabina de mando de aeronave: Cessna 170 –
año: 1952
Cabina de mando de aeronave: Cessna 206 –
año: 1971
Cabina de mando de aeronave: GA8 AIRVAN –
año: 2009
Cabina de mando de aeronave: CESSNA 208B –
año: 2009
Directiva Técnica Extraordinaria
Se ha prepublicado una dte, para la recepción desugerencias y comentarios que dispone lo siguiente:
A partir de la entrada en vigencia de la norma, todaaeronave a ser incorporada en el parque aéreonacional para prestar Servicios de Transporte AéreoEspecial Turístico, no podrá tener una antigüedadmayor a 15 años desde la fecha de su fabricación y sucapacidad de asientos deberá ser mayor o igual a 08.
Acciones Tomadas
Cantidad de Pasajeros en el circuito de Nasca/Ica
AÑOS 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
NASCA 40,305 57,542 60,155 70,626 84,920 99,478 104,947 108,814 110,531 113,101
Diferencia en Nasca 17,237 2,613 10,471 14,294 14,558 5,469 3,867 1,717 2,570
ICA (Las Dunas) 19,487 13,757 14,814 16,281 21,485 25,309 26,592 25,924 23,184 13,156
Diferencia en Ica (5,730) 1,057 1,467 5,204 3,824 1,283 (668) (2,740) (10,028)
40,305
57,542 60,155
70,626
84,920
99,478104,947
19,48713,757 14,814 16,281
21,48525,309 26,592 25,924
23,184
113,101
110,531
108,814
13,156
0
20,000
40,000
60,000
80,000
100,000
120,000
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Fuente: Estadística DGAC
Cantidad de Operaciones en el Circuito de Nasca/IcaAÑOS 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
NASCA 21,614 32,002 33,866 38,190 44,472 50,108 50,094 55,150 54,876 48,592
Diferencia en Nasca 10,388 1,864 4,324 6,282 5,636 (14) 5,056 (274) (6,284)
ICA (Las Dunas) 5,672 4,016 4,702 4,816 5,708 5,808 5,764 5,404 5,336 3,280
Diferencia en Ica (1,656) 686 114 892 100 (44) (360) (68) (2,056)
21,614
32,00233,866
38,190
44,472
50,108 50,094
55,150 54,876
5,6724,016 4,702 4,816 5,708 5,808 5,764 5,404 5,336
3,280
48,592
-
10,000
20,000
30,000
40,000
50,000
60,000
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Fuente: Estadística DGAC
Los Operadores de servicio turístico especial, regulados
actualmente por la RAP 131, pasarán a ser regulados por la
RAP 135.
Se ha optimizado el circuito de vuelo sobre las líneas de
Nasca.
Se ha incrementado la separación minima vertical entre
aeronaves de 500 a 900 pies, así como la separación
minima sobre el terreno de 2200 pies a 2300 pies.
Se ha dispuesto que las maniobras de banqueo no se
realicen a más de 30 grados de inclinación en el viraje.
Acciones Tomadas
El MTC ofreció conformar una mesa de diálogo. Se solicitó a
los Operadores de Nasca una agenda y sus representantes.
Acciones Tomadas
Proyecto de Ley 2857/2008-CR
Objetivo: Ampliar la vigencia del régimen contemplado en el
Art. 7º de la Ley Nº 28525, Ley de Promoción de los Servicios
de Transporte Aéreo (Régimen particular de importación
temporal para aeronaves y material aeronáutico).
Beneficios: Suspensión del pago de derechos arancelarios y
demás impuestos aplicables a la importación. Se aplicará una
depreciación del 20% anual sobre el Valor en Aduanas por lo
que al año 5, el valor del bien será cero y se nacionalizará.
Principales Usuarios del beneficio: Aviación General
(escuelas de pilotos, aeroclubes, privados) y Aviación
Comercial (RAP 91,131 y 135).
Grandes empresas emplean régimen de importacióntemporal.
El beneficio es para los pequeños operadores. Lesrepresenta entre 33% y 38% de ahorro en costos deoperación y un ahorro en la reexportación del bien.
Estado actual: Estuvo en agenda del Pleno y el día jueves08.04.10 pasó a Cuarto Intermedio para revisión de laComisión de Economía, Banca, Finanzas e InteligenciaFinanciera.
Proyecto de Ley 2857/2008-CR
Impacto:
Impulsará el incremento y modernización del parque
aéreo nacional (pequeñas empresas).
Mejora la imagen de los servicios de transporte aéreo a
nivel nacional, del turismo y de las actividades
económicas relacionadas.
Generación de empleos de mecánicos, talleres de
mantenimiento aeronáutico (TMA´s), centros de
instrucción, entre otros.
Proyecto de Ley 2857/2008-CR
Transferencia del Aeródromo a la Municipalidad
Distrital de Vista Alegre - Nasca
• 26 de noviembre de 2009: Publicación de la Resolución deSecretaría de Descentralización Nº 061-2009-PCM/SD, queaprueba la Directiva Nº 006-2009-PCM/SD, “Directiva para elproceso de transferencia de los aeródromos regionales y locales alos Gobiernos Regionales y Locales”
• 30 de marzo de 2010: La Municipalidad Distrital de Vista Alegredesignó la Comisión de Transferencia de Recepción.
Requisitos que debe cumplir la Municipalidad:
• Contrato o Convenio suscrito entre la Municipalidad de Vista Alegrey el explotador aeroportuario aceptado por la DGAC.
• Carta Acuerdo Operacional de Servicios Aeronáuticos.
• Acta de compromiso de Cumplimiento de las Recomendaciones dela OACI.
• Póliza de seguros del aeródromo a nombre de la Municipalidad
Repercusiones Internacionales
Recomendaciones de OACI
Misión multidisciplinaria de la OACI al Aeródromo Nasca/ María Reiche 28 al 30 abril 2008.
• Recomendación PER ATM 6/08
Que la autoridad aeronáutica de Perú tome las siguientesacciones en el área ATM:
c) Evalúe la posibilidad de emitir regulaciones tendientes al usode aeronaves de mayor capacidad que las utilizadasactualmente, alentando la renovación de la flota quepermitirían el transporte de mayor cantidad de pasajeros y deesa manera reducir considerablemente la cantidad deoperaciones en el área.
La DGAC recibió, la visita de los cónsules de Japón,
Estados Unidos, Francia. Mostraron interés en conocer las
medidas tomadas para mejorar este servicio.
Preocupación de agencias Internacionales sobre la
seguridad en las operaciones en el Circuito turístico de
Nasca
Repercusiones Internacionales
Legalidad y constitucionalidad de la Directiva
Técnica Extraordinaria
• El literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 otorgacompetencia a la DGAC para aprobar, modificar y dejar sinefecto las RAP y las directivas técnicas. La DTE ha sidopropuesta con estricta sujeción a dichas competencias.
• El literal g) del artículo 4º de la misma norma señala que esun objetivo permanente del Estado, en materia deaeronáutica civil, incentivar el incremento y modernizacióndel parque aéreo nacional.
• Artículo 47º del ROF del MTC, DS Nº 021-2007-MTC, laDGAC propone y ejecuta las políticas del sector en materiade aeronáutica civil. Se aprecia, que la DGAC ha recogidolos lineamientos de la Ley, implementando una política através de la directiva correspondiente.
La Ley de Aeronáutica Civil y su reglamento, disponen enlos artículos 78º y 155º respectivamente, la clasificación delas actividades aeronáuticas señalando que el TransporteAéreo Especial se desarrolla en actividades de turismocuando están destinadas fundamentalmente a la atenciónde determinados circuitos aéreos en los cuales, partiendo laaeronave de un punto de origen retorna al mismo sin dejarni tomar pasajeros dentro del circuito.
Legalidad y constitucionalidad de la Directiva
Técnica Extraordinaria
• En base a las competencias descritas y a la distinción queestablece la propia Ley, la DGAC regula de manera técnica yespecializada distintos tipos de operación, estableciendo demanera diferenciada requisitos necesarios para mantenerniveles adecuados de servicios y operación, en interés de losusuarios.
• Por ello, no existe discriminación al regular una actividad queestá clasificada expresamente por la Ley de Aeronáutica Civily su reglamentación, caracterizada por elementosparticulares, con alcances distintos a los de otras actividadesde aviación civil.
Legalidad y constitucionalidad de la Directiva
Técnica Extraordinaria
CONCLUSIONES
• La determinación de establecer la antigüedad de lasaeronaves en 30 años para las operaciones del TransporteAéreo Especial Turístico es una Política del Estado Peruano.
• Esta Decisión Política fue tomada debido a:
– Existe un interés público para que las aeronaves queoperan sean más modernas y para mejorar el servicioque se brinda a los turistas. Nasca es una ventana delPerú al mundo
– Las aeronaves mas modernas cuentan con equipos ysistemas, que permitirán una mayor seguridad en lasoperaciones aéreas.
Gracias por su atención