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CONTROLES OFICIALES DE LOS PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL:
NUEVOS REGLAMENTOS
JORNADA SOBRE LA NUEVA NORMATIVA DE CONTROLES OFICIALES DE LOS PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
Paloma Sánchez Vázquez de Prada (psanchezv@mscbs.es)
Reglamento (UE) 2017/625
Reglamento Delegado(UE)
2019/624
Grupo Expertos sobre Control
Oficial de Alimentos de Origen Animal
Reglamento de Ejecución (UE)
2019/627
Grupo de Trabajo de Higiene
Grupo de Trabajo de Moluscos
Bivalvos Vivos
Artículo 18Normas específicas sobre los controles oficiales y para las medidas que deben adoptar lasautoridades competentes en relación con la producción de los productos de origenanimal destinados al consumo humano.
18.7 18.8
Artículo 18 del R 2017/625Normas específicas sobre los controles oficiales en relacióncon la producción de los productos de origen animaldestinados al consumo humano:¿QUÉ HAY QUE HACER?
Artículo 18(7): Acto delegados: ¿QUIÉN HACE QUÉ?
Control oficial en relación con la producción de carne fresca
Requisitos de formación
Artículo 18(8): Acto de ejecución: METODOLOGÍA DE LOS C.O.
Establece disposiciones de carácter práctico en relación con loscontroles oficiales de los productos de origen animal.
DEFINICIONES
Auxiliar oficial: un representante de la autoridad competenteformado de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 18y empleado para realizar determinadas funciones de control oficial odeterminadas funciones relacionadas con otras actividades oficiales
Veterinario oficial: el veterinario nombrado por una autoridadcompetente, bien como miembro de la plantilla o en otra calidad, yque posee las cualificaciones adecuadas para llevar a cabo controlesoficiales y otras actividades oficiales
Personal designado por las autoridades competentes: una personaque no sea ni el auxiliar oficial ni el veterinario oficial, que estécualificada, conforme al presente Reglamento, para actuar como talen las salas de despiece y a la que las autoridades competentesasignen la realización de acciones específicas.
• Bajo la responsabilidad: el veterinario oficial asigna elejercicio de una tarea a un auxiliar oficial. (V.O. no estápresente)
Artículo 17 del R 2017/625
• Bajo la supervisión : un auxiliar oficial ejerce una tareabajo la responsabilidad del veterinario oficial que estápresente en las instalaciones durante el tiemponecesario para ejercer esa tarea
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/624 DE LA COMISIÓN de 8de febrero de 2019 relativo a normas específicas respecto a larealización de controles oficiales sobre la producción de carne yrespecto a las zonas de producción y reinstalación de moluscosbivalvos vivos de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625del Parlamento Europeo y del Consejo
ACTO DELEGADO
PRINCIPALES NOVEDADES
ACTO DELEGADOINSPECCIÓN ANTE MORTEM EN LA EXPLOTACIÓN DE ORIGEN
La autoridad competente lo podrá permitir para todas las especies
V.O. Certificado sanitario:3 días/28 días pequeñas
cantidades caza de cría
ACTO DELEGADOIAM EN LA EXPLOTACIÓN DE ORIGEN
En el matadero se realizan controles adicionales : Verificación periódica de que el operador realiza los
controles de identidad de los animales Verificación periódica de que se han respetado las
normas de bienestar animal durante el transporte+ signos de enfermedad
ACTO DELEGADOIAM EN EL MATADERO
Auxiliar oficial (A.O.) bajo la supervisión del V.O. Solo tareas prácticas: A.O. avisa inmediatamente al V.O. si detecta
posibles problemas: V.O. realiza IAM personalmente AO bajo la responsabilidad del V.O.
IAM en explotación por V.O. AO avisa inmediatamente al VO si detecta
posibles problemas Casos en los que no hay flexibilidad V.O.
V.O. VERIFICA QUE A.O. REALIZA SUS
TAREAS CORRECTAMENTE
ACTO DELEGADO
V.O. Certificado sanitario acompaña a los animales o se envía
previamente
IAM EN SACRIFICIO DE URGENCIA FUERA DEL MATADERO
ACTO DELEGADO: IPMMATADERO DE BAJA CAPACIDAD
La A.C podrá aumentar los umbrales siempre que la producciónanual conjunta de los establecimientos no supere el 5% de lacantidad total de carne fresca producida en el EM
4. INSPECCIÓN POST MORTEM (IPM) EN EL MATADERO
A.O. bajo la responsabilidad del V.O. si:Pequeños mataderos (1000 UGM/año o 150000 aves/año)Capacidad para almacenar la carne con problemas hasta
que la vea el veterinarioV.O. una vez al día Procedimiento de evaluación del trabajo de los A.O. por la
autoridad competenteAnálisis del riesgo por la A.C.V.O. (No hay flexibilidad)
ACTO DELEGADO
ACTO DELEGADOIAM EN GRANJA
IAM MATADERO IPM
GRANDES MATADEROS
VERIFICACIÓN REGULAR
NO
MATADEROS DEBAJA CAPACIDAD
VERIFICACIÓN REGULAR
NO
IPM DIFERIDA
162 = 34 %
318 = 66 %
MATADEROS DE UNGULADOS ESPAÑA
PEQUEÑOS MATADEROS
GRANDES MATADEROS
ACTO DELEGADO
244; 46%284; 54%
MATADEROS DE UNGULADOS ESPAÑA: LÍMITE 2000 UGM
PEQUEÑOS MATADEROS
GRANDES MATADEROS
ACTO DELEGADO
AUDITORÍAS EN MATADEROS Y SALAS DE TRATAMIENTO DE CAZA
A.O. bajo la responsabilidad del V.O. solo para recoger información sobre el APPCC/BPH
ACTO DELEGADO
CONTROLES OFICIALES EN SALAS DE DESPIECE
A.O. bajo la supervisión/responsabilidad del V.O.Otro personal designado por la autoridad competente,
bajo responsabilidad de la A.C.
ACTO DELEGADO
REQUISITOS DE FORMACIÓN
VETERINARIO OFICIALAUXILIAR OFICIAL PERSONAL DESIGNADO POR LA AUTORIDAD
COMPETENTE PERSONAL DEL MATADERO (ASISTENTES)
ACTO DELEGADO
EEMM PUEDEN ESTABLECER NORMAS ESPECÍFICAS PARA:V.O. QUE TRABAJAN A TIEMPO PARCIAL (PEQUEÑAS EMPRESAS O PRODUCCIÓN PRIMARIA(LECHE, IAM))ESTUDIANTES DE VETERINARIA QUE TRABAJEN TEMPORALMENTE EN UN MATADERO CON V.O.
ACTO DE EJECUCIÓN
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/627 DE LA COMISIÓN de 15de marzo 2019 por el que se establecen disposiciones prácticasuniformes para la realización de controles oficiales de los productosde origen animal destinados al consumo humano, de conformidadcon el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y delConsejo, y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2074/2005de la Comisión en lo que respecta a los controles oficiales
AUDITORÍAS BPH Y APPCC MARCADO DE IDENTIFICACIÓN REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LOS CONTROLES OFICIALES SOBRE LA
CARNE FRESCA:1. AUDITORÍAS2. CONTROLES DE DOCUMENTACIÓN3. INSPECCIÓN ANTE MORTEM4. INSPECCIÓN POST MORTEM: MODERNIZACIÓN5. PELIGROS ESPECÍFICOS6. BIENESTAR ANIMAL7. MEDIDAS ANTE INCUMPLIMIENTOS8. MARCADO SANITARIO
C.O. LECHE , CALOSTRO Y PRODUCTOS LÁCTEOS C.O. MBV, PRODUCTOS DE LA PESCA CARNE DE REPTIL
ACTO DE EJECUCIÓN
LA AUTORIDAD COMPETENTE PODRÁ AUTORIZAR LA IPMDIFERIDA: IPM PASA DE “SIN DEMORA” A PODER RETRASARSE
“HASTA 24 HORAS DESPUÉS DEL SACRIFICIO” CAZA: DE “LO ANTES POSIBLE” A “HASTA 24 HORAS
DESPUÉS DE LA LLEGADA AL ESTABLECIMIENTO” PEQUEÑOS MATADEROS/ESTABLECIMIENTOS DE
MANIPULACIÓN DE CAZA (1000 UGM-150000 AVES/AÑO) V.O.
ACTO DE EJECUCIÓNINSPECCIÓN POST MORTEM (I)
INSPECCIÓN VISUAL
Criterios de riesgo para realizar procedimientosadicionales
Peligros específicos: EETs, cisticercosis, triquinelosis,muermo, TB, brucelosis, salmonelosis.
ACTO DE EJECUCIÓNINSPECCIÓN POST MORTEM (iII)
MODERNIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN. UNGULADOS
• Bovinos
CISTICERCOSIS Cierta flexibilidad para bovino
SALMONELOSIS Verificación del cumplimiento del criterio de higiene
de proceso en canales de bovino, ovino, caprino,solípedos, porcino, broiler y pavos.
Plan de acción ante incumplimiento.
ACTO DE EJECUCIÓN
PELIGROS ESPECÍFICOS
IPM muestra representativa (si lo decide la AC) Participación del personal de matadero (asistentes) Peligros específicos:
Salmonella Campylobacter
ACTO DE EJECUCIÓNINSPECCIÓN POST MORTEM (IV)
broilers
Medidas ante incumplimiento de las BPH: A.C. podrán exigir medidas correctivas inmediatas (p.e.
reducción de la velocidad de la línea) si: Se detecta contaminación en canales A.C. considera que se ponen en peligro las BPH
Mayor intensidad de los controles hasta que se compruebeque el operador vuelve a tener la situación bajo control
ACTO DE EJECUCIÓN
MOLUSCOS BIVALVOS VIVOS
Zonas clase A que no cumplan requisitos respecto a E. coli: Cierre Reclasificación La A.C. podrá permitir que prosiga la recolección: Temporal y no recurrente Zona de producción y establecimientos de destino bajo la
misma A.C. Depuración, reinstalación o transformación
CARNE DE REPTIL
ACTOS DE EJECUCIÓN
IAMIPM
APLICACIÓN NACIONAL
SECTOR
CCAA AESAN
MAPA SECTOR
Grupo de trabajo (AESAN-CCAA)
CI: 26.6.19
NORMA NACIONAL
PROCEDIMIENTOS ARMONIZADOS
TRABAJOS EN MARCHA
NORMA NACIONAL:• IAM EN LA EXPLOTACIÓN PARA ESPECIES DISTINTAS DE LAS AVES• AUMENTO DE LOS UMBRALES DE LOS MATADEROS DE
PEQUEÑA CAPACIDAD PARA:• IPM BAJO LA RESPONSABILIDAD DEL V.O.• IPM DIFERIDA
• PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES DE VETERINARIA EN LOS C.O.• IPM DIFERIDA• IPM DE UNA MUESTRA REPRESENTATIVA DE CADA MANADA DE
AVES DE CORRAL/LAGOMORFOS• RECOLECCIÓN DE MBV, SIN CIERRE NI RECLASIFICACIÓN,
CUANDO NO SE RESPETEN LAS NORMAS SANITARIAS DE CLASEA
PRIORIZACIÓN DE TRABAJOS
PROCEDIMIENTOS ARMONIZADOS:• ANÁLISIS DE RIESGOS PARA ESTABLECER LOS MATADEROS EN
LOS QUE LA IPM LA PUEDE HACER EL A.O. BAJO LARESPONSABILIDAD DEL V.O.
• ORIENTACIONES SOBRE LOS CASOS EN LOS QUE APLICARPROCEDIMIENTOS ADICIONALES A LA IPM VISUAL
• ORIENTACIONES PARA LA VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTODE SALMONELLA/CAMPYLOBACTER
• HABILITACIÓN DE VETERINARIOS PRIVADOS PARA REALIZAR LAIAM EN LA EXPLOTACIÓN EN EL SACRIFICIO DE URGENCIA
PRIORIZACIÓN DE TRABAJOS
MUCHAS GRACIAS
Higia pecoris, salus populi
Número de diapositiva 1Número de diapositiva 2Número de diapositiva 3Número de diapositiva 4Número de diapositiva 5Número de diapositiva 6Número de diapositiva 7Número de diapositiva 8Número de diapositiva 9Número de diapositiva 10Número de diapositiva 114. INSPECCIÓN POST MORTEM (IPM) EN EL MATADERO�Número de diapositiva 13Número de diapositiva 14Número de diapositiva 15AUDITORÍAS EN MATADEROS Y SALAS DE TRATAMIENTO DE CAZA��CONTROLES OFICIALES EN SALAS DE DESPIECE� REQUISITOS DE FORMACIÓN��Número de diapositiva 19Número de diapositiva 20Número de diapositiva 21Número de diapositiva 22Número de diapositiva 23Número de diapositiva 24Número de diapositiva 25MOLUSCOS BIVALVOS VIVOSNúmero de diapositiva 27Número de diapositiva 28Número de diapositiva 29Número de diapositiva 30Número de diapositiva 31MUCHAS GRACIAS