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EJEMPLO DE
CONSIDERACIONES PARALA FISCALIZACIÓN
AMBIENTAL DE RESIDUOSSÓLIDOS DEL AMBITO NO
MUNICIPAL EN ELSUBSECTOR MINERÍA
BASE LEGAL GENERAL
Decreto Legislativo Nº 1065. Que Modifica la Ley Nº 27314. LeyGeneral de Residuos Sólidos.
Articulo 16.- Residuos del Ámbito No MunicipalEl generador, empresa prestadora de servicios, empresacomercializadora, operador y cualquier persona que intervengaen el manejo de residuos sólidos no comprendidos en el ámbitode la gestión municipal es responsable por su manejo seguro,sanitario y ambientalmente adecuado, de acuerdo a loestablecido en la presente Ley, sus reglamentos, normascomplementarias y las normas técnicas correspondientes.Los generadores de residuos sólidos del ámbito no municipal sonresponsables de:1.- Manejar los residuos generados de acuerdo a criteriostécnicos apropiados a la naturaleza de cada tipo de residuo,diferenciando los peligrosos de los no peligrosos.
BASE LEGAL GENERALDecreto Legislativo Nº 1065.Articulo 16.- Residuos del Ámbito No Municipal (Continuación)2.- Contar con áreas o instalaciones apropiadas para el acopio yalmacenamiento de los residuos, en condiciones tales que eviten lacontaminación del lugar o la exposición de su personal o terceros, a riesgosrelacionados con su salud y seguridad.3.- El reaprovechamiento de los residuos cuando sea factible o necesario deacuerdo a la legislación vigente.4.- El tratamiento y la adecuada disposición final de los residuos que genere.5.- Conducir un registro sobre la generación y manejo de los residuos sólidosen las instalaciones bajo su responsabilidad.6.- El cumplimiento de las demás obligaciones sobre residuos, establecidas enlas normas reglamentarias y complementarias de la presente Ley.La contratación de terceros para el manejo de los residuos sólidos, no exime a sugenerador de la responsabilidad de verificar la vigencia y alcance de laAutorización otorgada a la empresa contratada y de contar con documentaciónque acredite que las instalaciones de tratamiento o disposición final de losmismos cuenten con las autorizaciones legales correspondientes.
BASE LEGAL GENERALDecreto Legislativo Nº 1065. Que Modifica la Ley Nº 27314. LeyGeneral de Residuos Sólidos.
Articulo 34.- FiscalizaciónEl manejo de residuos sólidos y de las infraestructuras de residuos sólidos sonfiscalizados de conformidad con las normas establecidas por los sectores,organismos reguladores, gobiernos regionales y municipalidades provincialescorrespondientes. Los cuales están facultados de emitir normas complementariaspara el efectivo cumplimiento de sus funciones.Los generadores, operadores, EPS-RS y EC-RC, deben facilitar el ingreso a susinstalaciones y el acceso a sus documentos técnicos y administrativospertinentes, al personal acreditado para cumplir dicha función.
Articulo 39.- Notificaciones a la AutoridadLos generadores de residuos sólidos peligrosos las EPS-RS y EC-RC así como lasmunicipalidades que presten directamente los servicios de manejo de residuossólidos notificaran sobre las enfermedades ocupacionales, accidentes yemergencias sanitarias presentadas durante el manejo de los residuos sólidos, ala autoridad de salud de la jurisdicción correspondiente, la que a su vez informaráa la DIGESA. Dichas entidades notificaran las situaciones de emergencia ambientalque se pudieran generar por el manejo de residuos sólidos, al MINAM.
BASE LEGAL GENERAL
Decreto Legislativo Nº 1065. Que Modifica la Ley Nº 27314. LeyGeneral de Residuos Sólidos.
Articulo 37.- Declaración, Plan de manejo y Manifiesto de ResiduosLos generadores de residuos sólidos del ámbito de la gestión no municipal,
remitirán en formato digital, a la autoridad a cargo de la fiscalizacióncorrespondiente a su sector, los siguientes documentos:
37.1 Una Declaración Anual del Manejo de Residuos Sólidos conteniendoinformación sobre los residuos generados durante el año transcurrido.
37.2 Su Plan de Manejo de Residuos Sólidos que estiman van a ejecutar en elsiguiente periodo.
37.3 Un Manifiesto de Residuos Sólidos Peligrosos por cada operación detraslado de Residuos peligrosos fuera de las instalaciones industriales oproductivas concesiones de extracción o aprovechamiento de recursosnaturales y similares
BASE LEGAL GENERAL
Decreto Legislativo Nº 1065. Que Modifica la Ley Nº 27314. LeyGeneral de Residuos Sólidos.
Articulo 49.- Competencias para Supervisar, fiscalizar y Sancionar.Son competentes para ejercer funciones de Supervisión, Fiscalización en materia
de residuos sólidos:1. El MINAM y las demás autoridades sectoriales u organismos reguladores a
cargo de las actividades productivas y de servicios que les han sidoasignadas conforme a Ley. Por el Manejo de Residuos Sólidos generadosen el desarrollo de las mismas.
2. La autoridad a cargo del sector transportes y comunicaciones en lo querespecta al transporte de Residuos Peligrosos.
3. La autoridad a cargo del sector Vivienda, Construcción y Saneamientorespecto a los residuos de construcción.
4. La autoridad Marítima por las infracciones a la presente Ley, cometidas porlos buques e instalaciones acuáticas.
5. La autoridad de puertos por las infracciones cometidas a la presente Ley,en instalaciones portuarias y similares-
6. La autoridad de Salud a nivel nacional por el manejo de los residuos sólidosen el interior de establecimientos de atención de salud.
7. Los Gobiernos regionales y municipales, en el marco de las funcionestransferidas. Etc.
BASE LEGAL GENERAL
D.S. 014-2011-MINAM – PLANAA 2011 - 2021
3.- Diagnostico Situacional3.2 Residuos Sólidos No MunicipalesDe otro lado, se genera aproximadamente 2410189 t/mes de residuos del ámbitono municipal, de los cuales 59.45% corresponde al sector industria, el 16,13%, alsector agrario y el 9.45% al sector minería. Los residuos electrónicos en lamayoría de ciudades son arrojados junto con los residuos sólidos domésticos,disponiéndose en el país de tres (03) plantas de reciclaje para estos ubicados enLima. Al Perú ingresan al año mas de 2000 toneladas de equipos celularesnuevos, cuya vida útil es de alrededor de dos años; a fines del año 2008 seregistro cerca de 5000 toneladas de equipos celulares en desusodesconociéndose su destino final.
6. METAS PRIORITARIAS AL 2021Las metas prioritarias del Plan de Acción Ambiental – PLANAA: 2011 – 2021 son:6.2 EN RESIDUOS SÓLIDOS: 100% de residuos sólidos del ámbito municipal sonmanejados, reaprovechados y dispuestos adecuadamente.
BASE LEGAL GENERAL
Artículo 4.- Lineamientos de política. (son en total 17 Lineamientos)
1. Desarrollar acciones de educación y capacitación para una gestión y manejo de los residuos
sólidos eficiente, eficaz y sostenible.2. Adoptar medidas de minimización de residuos sólidos en todo el ciclo de vida de los bienes y
servicios,3. Establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residuos
sólidos, desde la generación hasta su disposición final, entre otros, la responsabilidad extendidade las empresas que producen, importan y comercializan, bienes de consumo masivo
4. Internalizar el costo real de la prevención, control, fiscalización, recuperación y eventualcompensación derivados del manejo de residuos.
5. Desarrollar, usar tecnologías, métodos, prácticas, procesos de producción y comercialización quefavorezcan la minimización o reaprovechamiento de los residuos sólidos y su manejo adecuado.
6. Fomentar el reaprovechamiento de los residuos sólidos y la adopción complementaria de
prácticas de tratamiento y adecuada disposición final.7. Establecer gradualmente el manejo selectivo de los residuos sólidos8. Establecer acciones orientadas a recuperar las áreas degradadas por la descarga inapropiada e
incontrolada de los residuos sólidos.
9. Promover la iniciativa y participación activa de la población, la sociedad civil organizada y el
sector privado en gestión y manejo de residuos sólidos.10. Fomentar la formalización de las personas, operadores y demás entidades que intervienen en el
manejo de los residuos sólidos sin las autorizaciones correspondientes.
Artículo 4.- Lineamientos de política. (Continuación)
11. Armonizar las políticas de ordenamiento territorial y la identificación de áreas apropiadas parala localización de infraestructuras de residuos sólidos, tomando en cuenta las necesidadesactuales y las futuras, a fin de evitar la insuficiencia de los servicios.12. Fomentar la generación, sistematización y difusión de información para la toma dedecisiones y el mejoramiento de la gestión y el manejo de los residuos sólidos.13. Definir planes, programas, estrategias y acciones transectoriales para la gestión de residuossólidos, conjugando las variables económicas, sociales, culturales, técnicas, sanitarias y ambientales.14. Priorizar la prestación privada de los servicios de residuos sólidos, bajo criteriosempresariales y de sostenibilidad.15. Asegurar que las tasas o tarifas que se cobren por la prestación de servicios de residuossólidos se fijen, en función de su costo real, calidad y eficacia, asegurando la mayor eficiencia enla recaudación.16. Establecer acciones destinadas a evitar la contaminación ambiental, eliminando
malasprácticas de manejo de residuos sólidos que pudieran afectar la calidad del aire, las aguas, suelosy ecosistemas.17. Promover la inversión pública y privada en infraestructuras, instalaciones y servicios demanejo de residuos”.
BASE LEGAL ESPECIFICA
RESIDUOS SÓLIDOS DEL AMBITO NoMunicipal
Sector AgriculturaD.S. 017-2012-MINAG
(Residuos agrícolas, agropecuarios yagroindustriales)
COMPETENCIAS EN EL MANEJO DE
Proceso deRegistro de
PQUAs
Aspectosagronómicos
ToxicologíaHumana
SENASA
DIGESA
AspectosAmbientales DGAAA - MINAG
COMPETENCIAS EN EL MANEJO DE
Empresas defabricación
SENASA
Registro
Empresas deformulación
Empresas deimportación/exportación
Empresas dealmacenamiento/comercialización Empresas de
distribución
Empresas deenvasado
ACCIONES DE FISCALIZACIÓN DERESIDUOS DE PLAGUICIDAS
ACCIONESDE
CONTROLPOST
DGAAA - MINAG
REGISTROSENASA DIGESA
Gobiernos Regionalesy locales
Dirección General deEpidemiología – MINSA
ACCIONES DE FISCALIZACIÓN DERESIDUOS DE PLAGUICIDAS
Vigilancia del manejo de residuosActividades
Posty desechos de plaguicidasquímicos de uso agrícola
RegistroMonitoreo ambiental, según el
Plan de Manejo Ambientalaprobado
Control y fiscalización delcomercio de plaguicidas químicos
de uso agrícola
BASE LEGAL ESPECIFICA
RESIDUOS SÓLIDOS DEL AMBITO NoMunicipal
Sector Vivienda y ConstrucciónD.S. 003-2013-VIVIENDA
(Reglamento para la Gestión y Manejo delos Residuos de las Actividades de la
Construcción y Demolición)
Reglamento para la Gestión y Manejo de los Residuos de lasActividades de la Construcción y Demolición
Reglamento para la Gestión y Manejo de los Residuos de lasActividades de la Construcción y Demolición
Reglamento para la Gestión y Manejo de los Residuos de las Actividades de laConstrucción y Demolición
BASE LEGAL ESPECIFICA
RESIDUOS SÓLIDOS DEL AMBITONo Municipal del Sector Salud
R.M. 554-2012/MINSANorma Técnica de Salud096-MINSA/DIGESA-V01
“Gestión y Manejo de Residuos Sólidos enEstablecimientos de Salud y Servicios
Médicos de Apoyo”
Competencia del Sector Salud(Art. 6º del D.S. Nº 057-04-PCM,Reglamento de la Ley N° 27314)
DIGESA:···
·
Regular los aspectos técnico sanitarios del manejo de los residuos sólidosDeclarar zonas en estado de emergencia sanitaria.Fiscalizar el manejo de los residuos sólidos generados en establecimientosde atención de salud.Inspeccionar y comunicar a la autoridad sectorial competente los hechos oacciones que determinen riesgo en el medio ambiente, la seguridad y lasalud pública.
DIRESAS·
·
·
Vigilar el manejo de los residuos de acuerdo a las medidas previstas en laLey y el ReglamentoAplicar medidas administrativas y de seguridad en coordinación con laDIGESASancionar los hechos o acciones que determinen riesgos y comprometan elambiente, la seguridad y la salud publica
RESIDUOS DE APARATOS ELECTRICOS YELECTRONICOS - RAEE
ATENTOS A LASCAMPAÑAS
DE ACOPIO DERAEE DE LOSMUNICIPIOS
LA RESPONSABILIDADEXTENDIDA OBLIGA A LOS
IMPORTADORES YFABRICANTES A RECIBIR DE
MANERA OBLITAORIANUESTROS RAEE. D.D. 001-
2012-MINAM
PARTICIPEMOS DE LAS PROXIMAS CAMPAÑAS DE ACOPIO DE RAEE
PROXIMAS CONVOCATORIASMINAM – MunicipiosEn cumplimiento del
D.S. 001-2012-MINAM
FISCALIZACIÓN DE RESIDUOSPELIGROSOS
En el marco de los Conveniosinternacionales suscritos por el Perú:
- Convenio de Basilea- Convenio de Estocolmo- Convenio de Rotterdam
Los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) sonsustancias muy peligrosas que han motivado la preocupaciónmundial, por ello la comunidad de las Naciones Unidad hafirmado en Estocolmo el 2001, el Convenio de Estocolmo, elcual fue ratificado por el Perú, el 10 de Agosto de 2005.Por este motivo todas las instituciones públicas, privadas y lasociedad civil deben efectuar esfuerzos para cumplir con lasobligaciones que prevé este instrumento internacional con elobjetivo de proteger la salud y el ambiente de estas sustanciasquímicas peligrosas.
CONVENIO DE BASILEA
El Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de losdesechos peligrosos y su eliminación es el tratado mundial de medio ambienteque se ocupa más exhaustivamente de los desechos peligrosos y otros desechos.Cuenta con 170 países miembros (Partes) y su objetivo es proteger el medioambiente y la salud humana contra los efectos nocivos derivados de lageneración, el manejo, los movimientos transfronterizos y la eliminación de losdesechos peligrosos y otros desechos.Suscrito por el Perú mediante Resolución Legislativa del 19 deOctubre de 1993 , entro en vigencia el 21 de Febrero de 1994.Señala lo siguiente:·Prohibición de ingreso de residuos para disposición final.·Asegurar que la comercialización de residuos entre países se denen condiciones garantizables:
·Que el residuo esté apto para su reciclaje.·Que por su composición y manejo no ponga en riesgo ala saludy al ambiente.·Promueve el manejo racional de los residuos sujetos amovimientos transfronterizos de residuos.
CONVENIO DE ROTTERDAM
El Convenio de Róterdam sobre el procedimiento de consentimientofundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicospeligrosos objeto de comercio internacional entró en vigor el 24 de febrero de2004. La primera reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio deRóterdam tuvo lugar del 20 al 24 de septiembre de 2004 en Ginebra y la segundadel 27 al 30 de septiembre de 2005 en Roma.
El Convenio garantiza la protección de la población y el medio ambiente de losposibles peligros que entraña el comercio y los efectos adversos de plaguicidas yproductos químicos altamente peligrosos.Establece una primera línea de defensa contra las tragedias futuras impidiendo laimportación no deseada de productos químicos peligrosos, en particular, en lospaíses en desarrollo. Al dar a todos los países la capacidad de protegerse contralos riesgos de las sustancias tóxicas, habrá puesto a todos en pie de igualdad yelevado las normas mundiales de protección de la salud humana y el medioambiente
El Convenio de Rottedam fue ratificado por el estado Peruanomediante D.S. 058-2005-RE, del 12 de agosto del año 2005.
Una de las sustancias listadas en el Convenio de Estocolmo, sonlos Bifenilos Policlorados (PCB), sustancia producida para usoindustrial cuyas características de termoresistencia, estabilidad,entre otras propiedades hicieron que fuera ampliamente usadadurante mucho tiempo hasta la década de los ochenta, dondese inicia su prohibición en muchos países debido a losresultados de los estudios que daban cuenta de sus efectosnocivos para la salud y el ambiente. Esta sustancia tambiénpuede ser liberada no intencionalmentecomo subproducto de procesos de combustión.
TEXTO CONVENIO DE ESTOCOLMO:
Artículo 3Anexo A – Eliminación de PCBsObligaciones principales de los países miembros:· Prohibir la producción.· Restringir la utilización en la parte II del Anexo A:
· Eliminar utilización en equipos para el año 2025· Lograr la gestión ambientalmente racional (GAR) de los PCB para el2028· Informar a la Conferencia de las Partes de los avances en laeliminación de PCB cada 5 años.
· Asistencia técnica:· Proyectos (inventarios preliminares y GAR)· Talleres de capacitación de la Secretaría.
PLANES DE ACCIÓN PARA LOS PCBs.· Eliminación gradual de las existencias de PCBs.· Elaboración de normas para el manejo y eliminación de PCBs.· Capacitación a empresas y autoridades competentes· Implantación y mejora de infraestructura para tratamiento yeliminación de PCBs.· Identificación y tamizaje de equipos contaminados con PCBs.
Informe sobre contingencias: al OEFA, y a la autoridad sectorialcompetente, dentro de las 24 horas. El informe, incluirá la ejecucióndel Plan de Contingencia, así como las medidas programadas demitigación y de prevención.A los 10 días de la ocurrencia, presentar al OEFA y a la autoridadsectorial competente, un informe final del incidente.
Prohibiciones y excepciones
· Exportación: Prohibida la exportación de residuos conPCB con fines distintos a la eliminación.
De existir en el país, tecnología disponible para laeliminación ésta se priorizará a la exportación.
· Importación: Prohibida la importación de equipos omateriales conteniendo o contaminados con PCB. Serequiere el respectivo certificado de análisis previo a suinternamiento al país.
Queda exceptuada la importación de patrones,estándar o muestras con fines analíticos y deinvestigación previa autorización de la DIGESA.
Prohibiciones y excepciones
· Dilución: Esta prohibido de diluir los aceitescontaminados con PCB con aceites libres dePCB para reducir la concentración delcontaminante.
· Transferencia: Prohibida la transferencia atítulo gratuito u oneroso de chatarra y residuoscon una concentración mayor o igual a 50 ppmo 10µg de PCB/100 cm2.
D.S. Nº 016-93-EM, Reglamento para la protección ambiental en laactividad minero - metalúrgica. (01.05.93).- El Anexo Nº 1 es elInforme Sobre Generación De Emisiones Y/O Vertimientos De ResiduosDe La Industria Minero-metalúrgica, en el cual hay un acápiteespecífico para los residuos industriales con contenido de PCB ydetalles de su disposición final.
Decreto Supremo Nº29-94-EM, Reglamento de Protección Ambientalde las Actividades Eléctricas.El Anexo Nº 2 es el Informe Sobre La Generación De Emisiones YVertimientos De Residuos De La Actividad Eléctrica.
Ley Nº 28256, Ley para el Transporte de Materiales y ResiduosPeligrosos (19.06.2004), que promulga las disposiciones generales parael transporte de residuos peligrosos y por lo tanto aplicable a losresiduos de PCB.