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PLIEGO DE CONDICIONES DE
SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
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PLIEGO DE CONDICIONES
DE SEGURIDAD Y
MEDIO AMBIENTE
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ÍNDICE
1. CONDICIONES DE SEGURIDAD ...................................................................................... 3
2. RIESGOS GENERALES Y MEDIDAS PREVENTIVAS ....................................................... 7
2.1. RELACION DE RIESGOS ................................................................................................................................. 7
2.2. MEDIDAS PREVENTIVAS .............................................................................................................................. 7
2.2.1 Acceso y estancia en las instalaciones de Repsol ............................................................. 7
2.2.2 Prohibición de fumar o encender fuegos abiertos ..............................................................8
2.2.3 Trabajos con riesgos especiales – Permisos de Trabajos ...............................................8
2.2.4 Botellas de gases .............................................................................................................................. 21
2.2.5 Manipulación de productos de Repsol ................................................................................... 22
2.2.6 Almacenamiento de materiales en las instalaciones de Repsol ............................. 22
3. CONDICIONES DE MEDIO AMBIENTE .......................................................................... 23
3.1. INDICACIONES GENERALES ..................................................................................................................... 23
3.2. RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL DEL CONTRATISTA ...................................................... 23
3.3. MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL ........................................................................................ 24
3.4. MATERIAS PRIMAS ...................................................................................................................................... 24
3.5. CONTROL DE EMISIONES A ATMÓSFERA ........................................................................................... 24
3.6. PREVENCIÓN DE VERTIDOS Y DERRAMES ........................................................................................ 25
3.7. GESTIÓN DE RESIDUOS.............................................................................................................................. 26
3.8. CONTROL DE CONSUMOS ......................................................................................................................... 26
3.9. SANCIONES ..................................................................................................................................................... 26
4. ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA ..................................................................... 27
5. FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD ............................................................................ 28
6. DOCUMENTACIÓN A CUMPLIMENTAR Y ENTREGAR POR EL CONTRATISTA ........... 29
6.1. OBRAS Y/O SERVICIOS GESTIONADOS A TRAVÉS DE CONCURSO: ......................................... 29
6.2. OBRAS Y/O SERVICIOS SIN CONCURSO: ............................................................................................. 30
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1. CONDICIONES DE SEGURIDAD
A los efectos de la Prevención de Riesgos Laborales y cuidado por el Medio Ambiente:
1º.- El contratista y sus subcontratistas (en el caso de que subcontrate en todo o parte los
trabajos ofertados) vendrán obligados, además de por prescripción legal, como requisito y
condición pactada aquí con la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación
Internacional de Repsol, a cumplir con todas las disposiciones vigentes en cada momento,
en particular, las referentes a:
Prevención de Riesgos Laborales.
Medio Ambiente (atmósfera, aguas, ruido, residuos, suelo).
Instalaciones petrolíferas.
Productos químicos.
Máquinas en general.
Electricidad.
Construcción.
Incidencias y emergencias
Asimismo deberán cumplir con las Medidas Preventivas indicadas por la Unidad de Negocio
de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol y las establecidas en las 10 Reglas
Básicas de Seguridad de Repsol
2º.- El contratista y sus subcontratistas justificarán en cualquier momento, a requerimiento
de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol, el
cumplimiento de dichas disposiciones. Esta justificación se llevará normalmente a efecto
mediante la entrega de la documentación –actualizada- que presentó para su clasificación
como empresa contratista.
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3º.- Cuando los trabajos o servicios contratados se gestionen a través de un concurso, el
CONTRATISTA adjudicatario del mismo presentará, antes del inicio de los trabajos, un
INFORME DE SEGURIDAD de los trabajos a realizar, que contendrá, como mínimo:
a) El Coordinador / Responsable de Seguridad (Técnico Competente, Encargado de Obra,
etc.).
b) Relación de riesgos que puedan producirse.
c) Medidas de prevención que se tomarán durante la realización del trabajo.
d) Acreditación de que los trabajadores han sido informados sobre los riesgos
existentes en el trabajo y formados en su prevención.
El Coordinador / Responsable de Seguridad designado por la empresa Contratista, velará
por el cumplimiento de todos los artículos vigentes en la ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
El citado Coordinador / Responsable realizará una función de vigilancia y control que
garantice el correcto cumplimiento de:
a) Informe Básico o Informe de Seguridad.
b) Medidas preventivas que disponga la Unidad de Negocio de Ventas Directas y
Aviación Internacional de Repsol.
c) Plan de Emergencia Interior de Repsol, cuando los trabajos se realicen en
instalaciones de Repsol.
d) Plan de Seguridad, cuando los trabajos se realicen en instalaciones de clientes de
Repsol.
A tal efecto estará obligado a informar de cualquier anomalía que suceda en las
instalaciones y que pueda afectar a la seguridad de los trabajos, comunicando
inmediatamente cualquier tipo de accidente que sufra su personal, independientemente del
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informe de investigación que debe entregar a la Unidad de Negocio de Ventas Directas y
Aviación Internacional de Repsol.
En el caso de que el contratista quiera subcontratar todo o parte de los trabajos:
- El Contratista deberá solicitar a Repsol la Autorización de Subcontratación,
mediante el formato que Repsol le facilitará. Acompañando al documento de
Autorización de Subcontratación, el contratista entregará por escrito a Repsol una
justificación de que los trabajadores de la subcontrata han sido informados sobre los
riesgos existentes en el trabajo y formados en su prevención.
- Una vez autorizada la subcontratación, el Coordinador / Responsable de Seguridad
nombrado por EL CONTRATISTA en el Informe Básico / Informe de Seguridad asumirá las
mismas RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES antes expuestas, así como aquellas que
afecten a los Subcontratistas.
4º.- EL contratista y sus subcontratistas aportarán a su propio personal las herramientas
de mano, vestuario de trabajo, elementos de señalización, equipos de protección colectiva,
prendas de protección personal y cualquier otro equipo de seguridad debidamente
homologado, adecuado a los servicios contratados, exigiendo su utilización. Todo ello
conforme a lo previsto en el Informe de Seguridad /Informe básico de Seguridad
presentado.
5º.- EL contratista y sus subcontratistas quedan obligados a implantar sus propias Normas
de Oficio, Métodos de Trabajo y Normas de Seguridad, siendo responsables de la formación
y buen hacer de su personal.
6º.- EL contratista y sus subcontratistas garantizan que tienen realizadas las evaluaciones
de riesgos de sus puestos de trabajo y que la mano de obra, materiales, equipos y medios
auxiliares empleados para realizar los trabajos, son de la calidad adecuada para su correcta
ejecución. Garantizan igualmente que los realizarán ateniéndose al programa de trabajo,
Informe de Seguridad / Informe básico de Seguridad y a las Medidas Preventivas de la
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Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol. Asimismo, la
empresa contratada es responsable de transportar adecuadamente a las áreas en que
hayan de ser utilizados los materiales y equipos que sean necesarios para el desarrollo de
la actividad, así como del almacenamiento temporal en los lugares que sean acordados y
su custodia.
7º.- En el caso de incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de
Seguridad e Higiene, y de lo establecido en el Informe de Seguridad y Medidas Preventivas
de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol, ésta se
reserva el derecho de ejercer una o más de las siguientes acciones:
a) Suspender la ejecución de los trabajos en tanto no se asegure el total
cumplimiento de las Normas, Informe de Seguridad y a las Medidas Preventivas
de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol, y
sin que dicha suspensión pueda alegarse como causa para prolongar plazos de
ejecución pactados.
b) Imponer sanciones al CONTRATISTA. Las sanciones o penalizaciones por
incumplimiento del Proveedor/Contratista, se establecerán según se indica en la
norma de Condiciones Generales de Compras y Contrataciones de Repsol (047-
NO301MG).
8º.- EL contratista y sus subcontratistas colaborarán con la Unidad de Negocio de
Ventas Directas y Aviación Internacional de Repsol para establecer un control y
vigilancia del trabajo que permita comprobar que se están llevando a cabo las
medidas indicadas en el Informe de Seguridad /Informe básico de Seguridad y el
cumplimiento de las MEDIDAS PREVENTIVAS de la Unidad de Negocio de Ventas
Directas y Aviación Internacional de Repsol.
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2. RIESGOS GENERALES Y MEDIDAS PREVENTIVAS
2.1. RELACION DE RIESGOS
Explosión e incendios debido a la existencia de líquidos y vapores inflamables y
combustibles.
Efectos tóxicos por inhalación, aspiración y contacto con vapores irritables.
Riesgos derivados de la manipulación de materiales, herramientas y maquinaria,
especialmente las chispas producidas por radiales y equipos de soldadura.
Caída de personas y materiales, quemaduras y cortes.
Proyección de fragmentos o partículas.
Efectos de la electricidad: diferencia de potenciales, instalación eléctrica bajo
rasante, descargas, etc.
Filtración de gases a través de arquetas y tubos de entrada a edificios/instalaciones.
Atropellos, golpes o choques contra o con vehículos.
2.2. MEDIDAS PREVENTIVAS
2.2.1 Acceso y estancia en las instalaciones de Repsol
El Jefe de Equipo o Encargado deberá informar al responsable de la instalación del número
de personas a su cargo identificándolos mediante documento oficial.
Queda terminantemente prohibida la manipulación de cualquier elemento existente en la
instalación, diferente de aquel para el cual haya recibido autorización.
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2.2.2 Prohibición de fumar o encender fuegos abiertos
Todas las personas que accedan a las instalaciones de Repsol deben saber que se
encuentran en instalaciones donde existen productos inflamables y/o explosivos y por
tanto deben evitar cualquier acción que sea susceptible de producir igniciones. A
continuación se indican tres condiciones que deberán cumplirse siempre:
- Prohibición absoluta de fumar en las instalaciones y/o de encender fuego.
- Debe solicitarse un permiso explícito para el uso de instrumentos de trabajo que
puedan producir un punto de ignición (calor, llama, chispas), como pueden ser
linternas, cámaras fotográficas (en el caso de instalaciones de almacenamiento de
gasolina), radiales, equipos con alimentación eléctrica o pila,...
- Prohibición de usar productos de limpieza o de cualquier otro tipo que sean
inflamables.
2.2.3 Trabajos con riesgos especiales – Permisos de Trabajos
Será necesaria autorización escrita mediante un Permiso de Trabajo para la ejecución de
todos los trabajos que impliquen alguno de los siguientes riesgos:
1. Tránsito de vehículos o maquinaria.
2. Zanjas y excavaciones.
3. Trabajos en altura.
4. Espacios confinados.
5. Trabajos con riesgo eléctrico.
6. Elevación de cargas con grúas.
7. Trabajos en caliente.
8. Almacenamiento de gasolinas.
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Durante su permanencia en la instalación es estrictamente obligatorio utilizar SIEMPRE los
equipos de protección colectiva e individual que le haya indicado el responsable de la
misma.
El Jefe de Equipo o Encargado es responsable de que sus equipos y/o compañeros cumplan
adecuadamente con la normativa vigente respecto a seguridad, medio ambiente y
protecciones.
2.2.3.1 Tránsito de vehículos y maquinaria
Cuando para la realización de los trabajos sea necesario el tránsito de vehículo y/o
maquinaria en la instalación, se deberán señalizar y acotar las vías de tránsito de dichos
vehículos y las vías de paso de los peatones, manteniendo una distancia física entre ambas
vías que evite interferencias.
En el caso de que los trabajos invadan la vía pública, se deberá acotar y señalizar la zona de
los trabajos para evitar atropellos por parte de los vehículos que circulen por dicha vía y
que son ajenos a los trabajos.
2.2.3.2 Zanjas y excavaciones
Antes de comenzar cualquier trabajo de excavación es necesario tener un Permiso de
Trabajo firmado y autorizado por persona competente y responsable de la instalación,
cuyos requerimientos deben ser conocidos y cumplidos por todos los participantes en el
trabajo.
Con carácter general se deberá considerar peligrosa toda excavación que, en terrenos
corrientes, alcance una profundidad de 0,80 m y 1,30 m en terrenos consistentes.
Será necesario comprobar la existencia de posibles canalizaciones subterráneas (tuberías
de gas, eléctricas, etc.) mediante planos u otros medios (realización de catas previas o
excavación manual) y cuando la profundidad de la zanja supere los 80 cm deberá
comprobarse también la estabilidad del terreno para evitar posibles desprendimientos.
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Las excavaciones en cuyo interior vaya a trabajar alguna persona serán inspeccionadas, al
menos, todos los días antes del comienzo de los trabajos. Además, en zanjas de
profundidad mayor de 1,30 m, siempre que haya operarios trabajando en su interior, se
mantendrá uno de retén en el exterior, que podrá actuar como ayudante de trabajo y dará
la alarma en caso de producirse alguna emergencia.
Mientras alguna persona permanezca en el interior de la zanja, deberá existir un acceso a
menos de 20 metros, en todo momento. Las entradas y salidas de la zanja se realizarán
siempre utilizando los accesos habilitados, estando expresamente prohibido utilizar el
entibado para subir o bajar a la excavación.
Cuando exista riesgo de desprendimientos o caída de objetos, se instalarán protecciones
que eviten la caída sobre los ocupantes de la excavación.
Como norma general se mantendrá una zona de al menos 2 metros libre de cargas y
circulación de vehículos alrededor de la excavación o ambos lados de la zanja. Conviene
dejar señalizada de alguna forma visible la zona. Cuando las condiciones de trabajo
requieran la realización de tareas a menos de 2 metros del borde de una excavación de más
de 1,2 metros de profundidad, los operarios usarán arnés de seguridad convenientemente
enganchado a un punto de anclaje seguro instalado a una distancia apropiada.
Cuando no sea posible emplear taludes como medida de protección contra el
desprendimiento de tierras en la excavación de zanjas y haya que realizar éstas mediante
cortes verticales de sus paredes se deberán entibar éstas en zanjas iguales o mayores a
1,30 m de profundidad. Igual medida se deberá tomar si no alcanzan esta profundidad en
terrenos no consistentes o si existe solicitación de cimentación próxima o vial. Cualquier
excavación que requiera entibado, se montará siempre de arriba abajo. El desmontaje se
realizará en sentido contrario.
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El desenterramiento de cualquier línea enterrada (cable eléctrico, tubería...) que no
aparezca en el Permiso de Trabajo supondrá, en todos los casos, la paralización inmediata
de los trabajos y la siguiente comunicación a la supervisión, independientemente que la
línea haya sido dañada o no.
La excavación se considerará espacio confinado y será preciso emitir el correspondiente
Permiso de Trabajo cuando:
Se encuentre por debajo del nivel del terreno de los alrededores y la profundad de
cualquiera de sus puntos accesibles sea superior a 1,2 metros. Este punto no será de
aplicación cuando las dimensiones de largo por ancho del espacio subterráneo sean
superiores en 5 veces a la profundidad y la excavación sea a cielo abierto.
Siempre que exista riesgo de formación de atmósferas peligrosas en el interior de una
excavación, sea por los productos o equipos utilizados, por emanaciones de propio
terreno o de las instalaciones descubiertas, o por proximidad de equipos o instalaciones.
En este caso será necesaria la medición de explosividad antes de que nadie acceda a la
excavación.
Se evitará la introducción de envases con productos peligrosos en la excavación,
utilizándolos, cuando sea necesario hacerlo, en las mínimas cantidades posibles.
La maquinaria a utilizar en excavaciones y/o zanjas debe poseer los dispositivos de
señalización luminosa y acústica así como los estabilizadores en perfecto estado.
Cuando los materiales extraídos estén en alguna medida contaminados, se les dará el
tratamiento de residuo peligroso, a todos los efectos.
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2.2.3.3 Trabajos en altura:
- Escaleras de mano
Los trabajos desde escaleras se efectuarán de cara a ella, sin que el cuerpo sobresalga de
los largueros. Cuando los pies queden a más de 1,5 metros del suelo, será obligatorio el uso
de arnés de seguridad convenientemente enganchado a un punto seguro. Cuando resulte
inevitable trabajar sobre los peldaños de la escalera de espaldas a ella, se enganchará la
cuerda de amarre de arnés de modo que la caída libre sea inferior a la distancia entre
peldaños, ello independientemente de la altura de trabajo.
Las escaleras de mano estarán provistas de tacos antideslizantes y sistema antiapertura.
Las escaleras simples no salvarán más de 5 metros. Para alturas superiores se recurrirá a
escaleras extensibles y en ningún caso se podrá salvar más de 9 metros con escaleras.
- Andamios y plataformas elevadoras
Para trabajos en altura, en ausencia de protección colectiva (barandillas, etc.) o sobre
equipos móviles debe utilizarse arnés y cuerda de amarre. El arnés debe estar
constantemente enganchado a un punto de anclaje fijo, a poder ser, por encima de la cabe,
que pueda resistir el peso del trabajador en caso de caída.
Deben utilizarse solamente andamios, plataformas elevadoras homologadas.
Las plataformas de andamio deben estar provistas de doble barandilla (altura mínima de
90 cm), rodapié, plataforma completa, escaleras interiores y trampillas. Cuando por alguna
razón falte algún tramo de barandilla o parte de plataforma, todo usuario accederá con
arnés y cuerda de amarre, que mantendrá enganchada a un punto seguro durante su
permanencia sobre el andamio.
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Las plataformas deben estar formadas por piezas normalizadas que no dejen huecos y
deben disponer de sistemas de agarre antivuelco y antideslizamiento (NO SE PERMITEN
TABLONES). Asimismo las plataformas elevadoras deben disponer de indicadores visuales y
sonoros de desplazamiento en perfecto estado.
El montaje de andamios debe realizarse de manera completa y según las instrucciones.
Los andamios móviles deberán estar frenados mientras se ejecute algún trabajo en él o
permanezca alguna persona en el mismo.
En condiciones climatológicas adversas se suspenderán los trabajos.
Se deberá mantener en todo momento una distancia superior a 5 metros a líneas de alta
tensión.
2.2.3.4 Entrada en espacios confinados
Se entiende por espacio confinado todo lugar no diseñado o pensado para la estancia
continua de personas, provisto de accesos limitados o restringidos y susceptible de que en
su interior se formen atmósferas peligrosas o deficiencia de oxígeno. Algunos posibles
ejemplos podrían ser:
Tanques y depósitos.
Tuberías y conductos.
Zanjas, canaletas y excavaciones en general de profundidad mayor de 1,2 metros.
Fosas y arquetas (Cuando es necesario introducirse en las mismas).
Cuartos sin ventilación en los que se encuentra un depósito de combustible.
Sótanos y bodegas...
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Para realizar trabajos en espacios confinados es necesario que la empresa contratista y sus
subcontratistas designe un RECURSO PREVENTIVO.
En todos los casos, sin excepción, nadie puede entrar en un espacio confinado sin la
autorización expresa mediante el correspondiente Permiso de Trabajo.
Todo el personal participante debe leer y entender el contenido del Permiso de Trabajo,
que permanecerá en el lugar de trabajo mientras dure el mismo, y debe cumplir y aplicar
todos sus requerimientos.
En algunos casos particulares y a criterio de la Unidad de Negocio de Ventas Directas y
Aviación Internacional, se podrá sustituir el Permiso de Trabajo por un Protocolo Específico.
Deberán establecerse las siguientes medidas de prevención para trabajar en espacios
confinados:
1.- Medir el nivel de oxígeno y la explosividad con explosímetro calibrado antes de entrar a la instalación, y mantener la medición de forma continua durante la ejecución de los trabajos. El explosímetro debe disponer de alarma sonora que dé aviso de salida y cuando ésta suene se deberá salir de la instalación de forma inmediata. Con respecto a las medidas a realizar se tendrá en cuenta lo siguiente:
OXÍGENO:
- Siempre se proveerá la instalación de ventilación natural durante los trabajos, o de ventilación forzada cuando sea necesario.
- El nivel de oxígeno debe estar entre 19,5% y 21% para poder entrar al espacio confinado sin equipo de respiración autónomo. Si el nivel de oxígeno se encuentra fuera de este rango, será obligatorio el uso de equipos de respiración autónomos o semiautónomos.
- Si el oxígeno es inferior a 19,5% y no se dispone de equipo de respiración autónomo, será necesario ventilar de forma natural la zona durante un tiempo y volver a realizar la medida. Si después de la ventilación natural, la medida de oxígeno sigue siendo inferior a 19,5%, entonces será necesario el uso de un
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sistema de ventilación forzada comprobando en todo momento los niveles de oxígeno.
- La ventilación forzada será también obligatoria siempre que exista generación continua de uno o varios contaminantes. Si se utiliza ventilación mecánica mediante el empleo de compresores de motor térmico, se prestará especial atención respecto a la ubicación del mismo con el fin de asegurarse de dónde
procede el aire que se va a introducir para evitar que los gases del escape lleguen al interior de la instalación.
- El personal de apoyo en el exterior deberá comprobar que los equipos de ventilación están funcionando correctamente, evitando los estrangulamientos de las mangueras de aire o cualquier otra circunstancia que impida que los caudales de aire lleguen correctamente al interior de la instalación. Si con la ventilación no se lograra mantener la calidad del aire del interior de la instalación dentro de los niveles aceptables, será necesaria la utilización adicional de un equipo de respiración con suministro de aire ya sean autónomos o semiautónomos.
EXPLOSIVIDAD:
- Se medirá el Límite Inferior de Explosividad (LIE).
- % Máximo de LIE: o 0% para trabajos en caliente. o 4% para trabajos en frío y entradas a la instalación sin equipos de
respiración. o 10% para inspección solamente, con equipos de respiración
autónomos o semiautónomos.
2.- Colocar un trípode de rescate en el exterior y medios de extinción de incendios adecuados (extintores apropiados).
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Será necesario revisar los anclajes y elementos de amarre (cuerdas, cables, etc.) del trípode. Si estos elementos presentan alguna rozadura o desgaste, deberán desecharse.
3.- Deberá haber permanentemente una persona, como mínimo, en el exterior de la instalación, en comunicación continua con el trabajador que se encuentre en el interior y manteniendo con él contacto visual, siempre que sea posible. Un sencillo método de comunicación consiste en utilizar una alarma que se acciona a intervalos no mayores de 5 minutos y que sonará hasta que el operario del interior la cierre. Cuando esta alarma continúa sonando transcurrido este tiempo, será indicio de que dicho operario ha podido sufrir un desvanecimiento, y se tendrá que efectuar su rescate. La/s persona/s del exterior debe/n disponer de:
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Algún medio de comunicación (teléfono móvil) que le permita contactar con los medios de ayuda externa (ambulancias, bomberos, etc.) en caso necesario.
Equipo de respiración autónomo o semiautónomo por si fuese necesaria su utilización en caso de rescate.
Formación en tareas de rescate. La/s persona/s del exterior no podrá/n abandonar el puesto de vigilancia ni dedicarse a otras tareas que puedan distraerle (teléfono móvil, Mp3, WC, etc.).
4.- Utilización de los siguientes Equipos de Protección Individual (EPI’s):
Calzado de seguridad. Guantes. Casco. Gafas. Arnés anclado al trípode exterior: el operario que acceda al interior de la instalación
deberá portar un arnés de seguridad que se anclará al trípode de rescate ubicado en el exterior, el cual estará continuamente vigilado por el personal de apoyo exterior:
5.- Si la realización de los trabajos en el interior de la instalación tiene una duración larga, se deberán establecer turnos de entrada a la instalación y de descansos para evitar fatigas.
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2.2.3.5 Trabajos con riesgo eléctrico
Cuando se realicen trabajos en las instalaciones de Repsol, se tendrán en cuenta las
siguientes medidas preventivas en cuanto a riesgo eléctrico:
- Cumplir las 5 reglas de oro en trabajos eléctricos:
- Cortar el suministro eléctrico.
- Enclavar los elementos de corte a manipular.
- Verificar la ausencia de tensión.
- Poner a tierra las posibles de tensión.
- Delimitar y señalizar la zona de trabajo.
- Disponer de medios de extinción adecuados.
- Mantener la toma de tierra conectada.
- Cuando exista un cuadro eléctrico provisional de obra, deberá cumplir con las
prescripciones oportunas marcadas en el R.E.B.T.
- Cuando exista almacenamiento de gasolinas, no se colocarán cuadros eléctricos en
sótanos y locales que estén bajo tierra y, en todo caso, el material eléctrico instalado
será antideflagrante.
- Se deberá mantener el sellado de los tubos y canalizaciones eléctricas de entrada a la
oficina.
- Cuando se condena una arqueta, sellar bien los tubos y rellenarla de arena.
- Todas las instalaciones eléctricas que estén situadas en, o atraviesen una ZONA
CLASIFICADA, cumplirán el R.E.B.T.
- Cuando los tubos de ventilación de los tanques estén sobre la oficina, los trabajos
eléctricos se deberán realizar sin tensión, y se evitará el encendido y apagado de la
instalación hasta que esté totalmente acabada. No se realizarán las primeras pruebas
eléctricas de cableados que transcurran en marquesinas de estas características
cuando se está produciendo la descarga de producto de la cisterna a los tanques de la
instalación.
- Cuando se acaban los trabajos, comprobar que están sellados los tubos y
canalizaciones eléctricas o cualquier tubo que entre al edificio procedente de arquetas,
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de tanques, etc. Todas las arquetas eléctricas deberán estar rellenas con arena cuando
se haya almacenamiento de gasolinas.
2.2.3.6 Elevación de cargas con grúas
Las cargas en transporte suspendido estarán siempre a la vista de la persona que las
transporta con el fin de evitar accidentes por falta de visibilidad de la trayectoria de la
carga.
Está totalmente prohibida la permanencia o el trabajo en zonas bajo la trayectoria de las
cargas suspendidas.
Los ganchos de sujeción de los aparatos de izar serán de acero y estarán provistos de
pestillos de seguridad. Estos ganchos quedarán libres de cargas durante las fases de
descanso.
Los aparatos de izar estarán equipados con limitador de recorrido de carro y de los
ganchos. Estos aparatos llevarán impresa la carga máxima que pueden soportar.
2.2.3.7 Trabajos en caliente (soldadura, corte con radial, etc)
Para realizar trabajos en caliente es necesario que la empresa contratista y sus
subcontratistas designen un RECURSO PREVENTIVO.
Asimismo, será obligatorio medir el nivel de oxígeno y la explosividad con explosímetro
calibrado antes de comenzar los trabajos, y mantener la medición de forma continua durante la ejecución de los mismos. Con respecto a las medidas de oxígeno y explosividad a realizar se tendrán en cuenta lo mencionado en el apartado de “Espacios Confinados” del presente documento.
Será necesaria también la desconexión eléctrica de los equipos afectados por los trabajos y disponer de extintores adecuados próximos a la zona de trabajo. Para trabajos en tanques y tuberías, la instalación deberá estar desgasificada y ventilada.
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En el caso de tener que realizar soldaduras eléctricas, autógenas, cortar con radial, etc. en
el interior de las edificaciones, habrá que extremar precauciones y, sobre todo, NUNCA
ejecutar estos trabajos mientras se produce la descarga de producto desde la cisterna a los
tanques de la instalación o viceversa en los casos que ésta permanezca abierta.
Cuando haya que realizar soldaduras, cortes con radial o alguna operación en el exterior de
las edificaciones, en las que se puedan producir chispas, será conveniente hacerlo lejos de
las ZONAS CLASIFICADAS, almacén de lubricantes, lejos de tubos de ventilación y nunca
durante la descarga de producto de la cisterna a los tanques de la instalación ni viceversa
en los casos en los que ésta permanezca abierta.
Los equipos de soldadura son elementos de frecuente utilización en estas instalaciones, lo
que no debe hacer que se relajen las precauciones a adoptar. Estos elementos tienen una
doble peligrosidad, son eléctricos y poseen llama abierta, por tanto siga atentamente las
siguientes precauciones:
Siempre que sea posible, los trabajos de soldadura se realizarán fuera de áreas
clasificadas o con posible presencia de combustible o sus vapores, en lugares
habilitados para ello.
No se conectará ningún cable de masa de un equipo de soldadura a tuberías o equipos
de las instalaciones.
Siempre que sea posible se colocarán las masas a una distancia no superior a 0,50m del
punto de soldadura.
Todo equipo a utilizar debe estar en condiciones seguras de uso: protecciones del grupo,
aislamiento del cable, empalmes correctos...
No se podrán clavar picas de tierra sin autorización expresa del responsable de la
instalación.
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Durante la interrupción del trabajo por comida, finalización de jornada... se
desconectarán los equipos de soldadura comprobando la inexistencia de restos
incandescentes.
Cuando se requiera la realización de una radiografía o la utilización de algún isótopo
radioactivo para comprobar el correcto estado de la soldadura, la empresa contratista
deberá informar por escrito a Repsol antes de realizar dichos trabajos.
2.2.3.8 Almacenamiento de gasolinas
Será necesario siempre un Permiso de Trabajo para la ejecución de trabajos en aquellas
instalaciones donde haya almacenamiento de gasolinas. El responsable de la instalación de
Repsol informará al personal contratista de la clasificación de zonas existentes en los
lugares de almacenamiento de gasolinas y del Documento de Protección contra
Explosiones.
Se respetarán todas las señalizaciones y regulaciones existentes en cuanto a prevención de
incendios, prescripciones de comportamiento en utilización de energía, utilización de
máquinas, zonas con prohibición de fumar, o trabajos con peligro de incendio.
2.2.4 Botellas de gases
Las botellas de gases son elementos potencialmente peligrosos ya que contienen
productos a alta presión y en algunos casos inflamables. Si su uso ya requiere unas
precauciones específicas, estas medidas deben incrementarse en el interior de las
instalaciones de Repsol.
En la zona de trabajo no podrán situarse más recipientes de gases comprimidos que los
estrictamente necesarios para la ejecución de su trabajo.
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Durante la ejecución de las tareas con botellas de gases comprimidos, debe situarse
uno o varios extintores adecuados cerca del lugar de trabajo.
Todas las botellas de gases deberán estar en posición vertical, en soportes adecuados,
debidamente sujetas y alejadas de puntos calientes.
Finalizada la jornada laboral, las botellas quedarán perfectamente cerradas y, en el que
caso de que exista almacenamiento de gasolinas, depositadas fuera de las áreas
clasificadas.
2.2.5 Manipulación de productos de Repsol
En las instalaciones de Repsol Ventas Directas y Aviación Internacional se trabaja con
carburantes y combustibles (gasóleos, gasolinas, , aditivos, etc.), productos con unas
características determinadas y que la empresa contratista y sus subcontratistas debe
conocer cómo debe protegerse de ellos. Para esto en las instalaciones se poseen unas
fichas de seguridad del producto a su disposición y que puede solicitar al personal de la
instalación.
2.2.6 Almacenamiento de materiales en las instalaciones de Repsol
Si fuera necesario almacenar materiales en el interior de la instalación de Repsol, se hará
teniendo en cuenta los siguientes puntos:
a) Mantener el acceso al cuadro eléctrico libre de obstáculos, permitiendo que sus
puertas se abran.
b) No tapar el alumbrado y la señalización de emergencia.
c) Mantener libre el acceso a los extintores.
d) Mantener las zonas de paso y las puertas de salida libres de obstáculos.
e) Si procede, dejarlos bajo techado o lugar protegido para evitar desperfectos.
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3. CONDICIONES DE MEDIO AMBIENTE
3.1. INDICACIONES GENERALES
El contratista y sus subcontratistas deben saber que las instalaciones de Repsol Ventas
Directas y Aviación Internacional tienen implantado un sistema de gestión ambiental que
tiene por objeto reducir la contaminación de la atmósfera, aguas y suelos y un tratamiento
adecuado de los residuos generados.
Por ello, el contratista y sus subcontratistas deben cumplir r las buenas prácticas que a
continuación se indican, siempre que realice cualquier actividad en nuestras instalaciones.
El Contratista, mediante la firma del recibí de esta “Documentación de Seguridad y Medio
Ambiente”, realiza una DECLARACIÓN DE ACTUACIÓN MEDIOAMBIENTAL con la que se
compromete a actuar según las condiciones que se indican a continuación.
3.2. RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL DEL CONTRATISTA
Ante cualquier riesgo medioambiental el contratista y sus subcontratistas informarán
inmediatamente a Repsol, quien a su vez informará a los agentes a los que fuera
preceptivo, disponiendo todo lo necesario para prevenir daños al entorno. Cuando el riesgo
medioambiental sea de tal magnitud que exija una actuación de urgencia, el contratista y
sus subcontratistas podrán avisar en primer lugar a los agentes que fuera preceptivo para
asegurar una rápida actuación y a continuación informará a Repsol.
El contratista y/o subcontratista asumen toda responsabilidad derivada de cualquier
incidente medioambiental provocado por su actividad, respondiendo ante Repsol de
cualquier reclamación, incluso judicial o administrativa, que pudiera formularse contra
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Repsol como consecuencia de los daños producidos por el contratista y sus
subcontratistas.
Una vez formulada cualquier reclamación (extrajudicial, judicial o administrativa) contra
Repsol, el contratista y sus subcontratistas, a requerimiento de Repsol (o quien la
represente), deberán garantizar la responsabilidad que se reclame.
3.3. MINIMIZACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL El contratista y sus subcontratistas tratarán en la medida de lo posible de minimizar
cualquier impacto medioambiental asociado a la actividad realizada.
3.4. MATERIAS PRIMAS
Cuando se realice cualquier actividad que suponga la utilización de materias primas, la
empresa contratista y sus subcontratistas están obligadas a:
- Garantizar que dichas sustancias cumplen con la legislación ambiental vigente para las
mismas y a no utilizar ningún producto prohibido por la legislación vigente durante su
permanencia en las instalaciones de Repsol (ej. No utilización de CFC’s...).
- Utilizar solamente las cantidades de productos peligrosos (clasificados según la
legislación vigente) estrictamente necesarias para el desarrollo de las actividades.
- Identificar claramente todo envase de producto peligroso en cuanto a su peligrosidad,
de acuerdo con la legislación aplicable.
3.5. CONTROL DE EMISIONES A ATMÓSFERA Las emisiones producidas por las actividades llevadas a cabo por los contratistas
asegurarán una mínima incidencia en la calidad del aire de la zona.
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Cuando la empresa contratista y sus subcontratistas empleen cualquier gas para realizar
sus trabajos, deben asegurarse que las botellas que las contengan:
- No presentan fugas.
- Quedan perfectamente cerradas tras su uso.
- Se depositan en la zona que el responsable de la instalación le indique.
- Se retiran una vez realizados los trabajos.
3.6. PREVENCIÓN DE VERTIDOS Y DERRAMES Las aguas residuales, antes de ser vertidas al cauce público, son tratadas con el fin de que
no sean perjudiciales, canalizándolas hacia el elemento depurador de aguas residuales. En
caso de no disponer de elemento depurador, estas aguas residuales deben ser gestionadas
como residuos.
Para que este tratamiento sea lo más eficaz posible, es necesario reducir al mínimo la
carga contaminante de todos los vertidos que se realizan:
Al realizar cualquier actividad de pintura o reparación se utilizarán plásticos, cartones,
paneles u otra alternativa para evitar el vertido directo sobre el suelo, previniendo así, tanto
una posible contaminación del mismo, como tener que realizar una limpieza posterior.
Utilizar bandejas a la hora de cambiar o trasvasar líquidos para evitar derrames y
contaminaciones.
Está terminantemente prohibido realizar cualquier vertido por pequeño que sea, de residuos
sólidos o líquidos (aceites, pinturas, gasóleo...) en las redes de drenaje, alcantarillado, al
suelo o al mar, así como cualquier derrame accidental de producto tóxico o peligroso, que
deberá ser recogido, con los elementos adecuados de prevención.
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3.7. GESTIÓN DE RESIDUOS
Los residuos generados y envases contaminados serán tratados de la siguiente forma de
acuerdo a la legislación en vigor:
- Segregados adecuadamente
- Envasarlos y almacenarlos en contenedores adecuados y correctamente identificados.
- Retirarlos posteriormente para su correcta gestión.
Aquellos residuos que se consideren como peligrosos, deberán ser entregados por parte del
Contratista a un gestor autorizado, según la legislación aplicable. Cuando los residuos
peligrosos generados sean de titularidad de Repsol (ej. Cambio de tuberías, material
impregnado de hidrocarburo, etc.) y la responsabilidad de la gestión sea del Contratista,
este último deberá presentar a Repsol la documentación generada en la gestión de dichos
residuos. Esto aplica igualmente a los residuos generados por Obras y Demoliciones.
Cuando se realice cualquier actividad que suponga la generación de residuos, se deberán
dejar la instalación en correctas condiciones respecto al estado de orden y limpieza.
3.8. CONTROL DE CONSUMOS
Se procurará consumir la menor cantidad de agua posible, así como de energía
desconectando los equipos las instalaciones una vez se haya terminado el trabajo con
ellos.
3.9. SANCIONES
Las sanciones o penalizaciones por incumplimiento del
Proveedor/Contratista/Subcontratista, se establecerán según se indica en la norma de
Condiciones Generales de Compras y Contrataciones de Repsol (047-NO301MG).
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4. ACTUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA
Si el contratista y sus subcontratistas observan una fuga, incendio o cualquier otra
situación de peligro potencial o real en la instalación deberá:
- Mantener la calma.
- Parar los trabajos que estuviera realizando de manera segura, dejando también los
equipos de trabajo que estuviera utilizando en condiciones seguras.
- Retirarse a posición segura.
- Informar de inmediato al personal de la instalación donde trabaja.
- Seguir las indicaciones del personal de la instalación, quienes pondrán en marcha el
Plan de Emergencia Interior de Repsol.
Los Planes de Emergencia Interior están disponibles en cada una de las instalaciones de
Repsol y disponen de un listado de teléfonos de emergencias para facilitar una rápida
comunicación tanto con personal de Repsol como con los servicios de ayuda externos
(bomberos, ambulancias, etc.).
En caso de evacuación:
- En caso de que se dé aviso de evacuación, siga las instrucciones de la persona a la que
está visitando o, en su ausencia, por cualquier empleado de la instalación.
- Abandone la instalación por las escaleras de evacuación designadas. En ningún caso
utilice los ascensores o montacargas.
- Una vez en el exterior, espere instrucciones. No retorne a la instalación hasta que la
emergencia haya sido controlada.
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5. FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD
En todas las instalaciones de Repsol se encuentran disponibles las Fichas de Datos de
Seguridad de nuestros productos para su consulta por parte de los contratistas y sus
subcontratistas, quienes podrán solicitarlas en cualquier momento a Repsol a través del
buzón smacclientesvvdd@repsol.com
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6. DOCUMENTACIÓN A CUMPLIMENTAR Y ENTREGAR
POR EL CONTRATISTA
6.1. OBRAS Y/O SERVICIOS GESTIONADOS A TRAVÉS DE
CONCURSO:
El contratista, una vez resulte adjudicatario del concurso, entregará a Repsol la siguiente
documentación antes de comenzar sus trabajos:
1. Informe de Seguridad de los trabajos a realizar, que contendrá, como mínimo:
a) El Coordinador / Responsable de Seguridad (Técnico Competente, Encargado de Obra,
etc.).
b) Relación de riesgos que puedan producirse.
c) Medidas de prevención que se tomarán durante la realización del trabajo.
d) Acreditación de que los trabajadores han sido informados sobre los riesgos
existentes en el trabajo y formados en su prevención.
2. Plan de Seguridad de la obra (si procede).
3. Recibí firmado de la documentación entregada por Repsol.
4. Autorización de Subcontratación, cuando el CONTRATISTA vaya a subcontratar
todo o parte de los trabajos. Acompañando a esta autorización, el CONTRATISTA
entregará a Repsol una justificación de que los trabajadores de la subcontrata han
sido informados sobre los riesgos existentes en el trabajo y formados en su
prevención.
Una vez finalizados los trabajos y cuando éstos hayan generado residuos, el CONTRATISTA
entregará a Repsol:
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5. Documentación de la gestión de residuos en los siguientes casos:
a. Residuos procedentes de obras y demoliciones.
b. Residuos peligrosos titularidad de Repsol que se generen, siempre que la
responsabilidad de la gestión de los mismos sea del Contratista (ej. Cambio
de tuberías, material impregnado de hidrocarburo, etc.)
6.2. OBRAS Y/O SERVICIOS SIN CONCURSO:
El contratista entregará a Repsol la siguiente documentación antes de comenzar sus
trabajos:
1. Recibí firmado de la documentación entregada por Repsol.
2. Autorización de Subcontratación, cuando el CONTRATISTA vaya a subcontratar
todo o parte de los trabajos. Acompañando a esta autorización, el CONTRATISTA
entregará a Repsol una justificación de que los trabajadores de la subcontrata han
sido informados sobre los riesgos existentes en el trabajo y formados en su
prevención.
Una vez finalizados los trabajos y cuando éstos hayan generado residuos, el CONTRATISTA
entregará a Repsol:
3. Documentación de la gestión de residuos en los siguientes casos:
a. Residuos procedentes de obras y demoliciones.
b. Residuos peligrosos titularidad de Repsol que se generen, siempre que la
responsabilidad de la gestión de los mismos sea del Contratista (ej. Cambio
de tuberías, material impregnado de hidrocarburo, etc.)