Persecución relacionada con pandillas juveniles (Maras)

Post on 04-Mar-2015

58 views 0 download

Transcript of Persecución relacionada con pandillas juveniles (Maras)

Persecución relacionada con pandillas juveniles (“Maras”)

Temas por abordar:

(1) Describir los criterios para ser reconocido como refugiado (Artículo 1 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados)

(2) Explicar en qué circunstancias una persona víctima de la violencia de las Maras podría requerir de protección internacional como refugiado

Consideraciones iniciales

Consideraciones iniciales (1/3)

• Reconocimiento como refugiado exige un análisis caso por caso e incluye factores como:

• Riesgo en que enfrenta el solicitante

• Severidad y naturaleza de los abusos

• Razones detrás del actuar del agente de persecución

• Participación en actividades de las Maras

• Nivel de protección en el país de nacionalidad

Consideraciones iniciales (2/3)

• Las generalizaciones son inconvenientes:

• No todas las victimas de un tipo de persecución especifico califican para el estatuto de refugiado

• Riesgo de excluir a priori a personas que enfrentan situaciones de vida o muerte y que podrían calificar como refugiados

Consideraciones iniciales (3/3)

• Históricamente, ha existido un marcado énfasis en ciertas formas más tradicionales de persecución (ejm: persecución a disidentes políticos)

• No implica cambios en la definición de refugiado

Elementos de la definición de refugiadoElementos de la definición de refugiado (Convención de 1951)(Convención de 1951)

Esquema de análisis de la definición ampliada de refugiado

Consideraciones sustantivas

1. Estar fuera del país de nacionalidad

• El país de referencia para el análisis es el país de nacionalidad de la persona

• El modo de ingreso de la persona no es per se relevante para la definición de refugiado

2. Temor fundado de persecución: Protección nacional (1/3)

• Análisis caso por caso

• No requiere protección “perfecta”

• Falta de voluntad o capacidad de brindar protección nacional justifica que la persona busque protección internacional en el exterior

2. Temor fundado de persecución: Protección nacional (2/3)

• Se considera que no hay voluntad/ capacidad de brindar protección nacional cuando:

• Estado es el agente de persecución

• Se trata de un Estado fallido

• Estado no tiene control sobre integridad del territorio

• Existen patrones de corrupción de las autoridades

• Autoridades admiten que no son capaces de brindar protección

2. Temor fundado de persecución: Protección nacional (3/3)

• Cuando sí existe voluntad de brindar protección nacional, se debe:

• Evaluar la efectividad de las medidas

• Distinguir entre las medidas de protección y las medidas de investigación o enjuiciamiento de los autores de un delito

• Si se requieren medidas adicionales a las medidas generales para preservar la seguridad ciudadana y el orden público

3. La persecución

• Valoración de acciones cometidas por las Maras contra sus víctimas:

• Asesinatos

• Golpizas

• Violaciones sexuales

• Extorsión

4. Los motivos detrás de la persecución

• Dicotomía entre “delincuencia común”/ “actos de naturaleza personal” vs. Persecución por motivos convencionales

• Actuar de las Maras en algunas instancias es altamente selectivo, siguiendo criterios:

• Geográficos

• Profesión u ocupación laboral

• Atributos personales

• Conductas consideradas como una amenaza contra el grupo

• Vínculos familiares

Persecución por las maras\

Algunos grupos en riesgo:

- Operadores de los servicios de transporte público

- Grupos que trabajan en la rehabilitación de los miembros de las pandillas

- Personas que se niegan a ser miembros de las maras

- Personas que denuncian los actos delictivos o que sirven de testigos

- Autoridades encargadas de aplicar la ley

- Antiguos miembros de las maras

- Familiares de alguna de estas categorías

Otras consideraciones

• Análisis de la definción ampliada de refugiado: “Circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público” y amenaza a la vida, seguridad o libertad:

• Actos del hombre y no hechos de la naturaleza

• Tensiones y disturbios internos que alteran gravemente el orden público, incluye actos de violencia de cierta regularidad por parte del crimen organizado

Otras consideraciones

• Análisis de la protección bajo estándares de los derechos humanos, para quienes no sean considerados refugiados:

8. En ningún caso el extranjero puede ser expulsado o devuelto a otro país, sea o no de origen, donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación a causa de raza, nacionalidad, religión, condición social o de sus opiniones políticas.

Artículo 22.8,

Convención Americana sobre Derechos Humanos