NOTAS PARA LA HISTORIA DE SABIÑÁN. Segunda Parte. Capítulo VI

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NOTAS PARA LA HISTORIA DE SABIÑÁN. Segunda Parte. Capítulo VI. Patrimonio eclesiástico. Por José Gracián Gasca, 1919. Revisado por Francisco Tobajas Gallego, 2013.

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49 Asociación Cultural “Sabinius Sabinianus” SABIÑÁN (Zaragoza)

Revisado por Francisco Tobajas Gallego

CAPITULO VI Patrimonio eclesiástico Entre los medios que componían la congrua, destinada a la sustentación del clero parroquial, figuraban primeramente los diezmos y primicias. Deducidas la cuarta parte destinada al episcopado y la correspondiente al Concejo, lo restante constituía el conjunto de raciones que se distribuían entre los beneficiados, según su condición de enteros o medios beneficios. Otra de las fuentes de ingresos eran las donaciones mortis causa, consistentes en fincas o limosnas que dejaban algunos fieles al morir, que acumuladas o dadas a censo, permitían formar las cuadrillas de heredades, cuyas rentas ayudaban a engrosar las raciones. Primeramente componían el Capítulo cuatro o cinco beneficiados, luego cinco y tres medios y más tarde seis enteros con su cuadrilla y dos medios sin ella1. La suma de todos los diezmos del término, hubiera permitido la entrada de mayor número de beneficiados, a no ser por las fincas exentas de pago. Ya hemos dicho que las fincas de la Religión de San Juan y las del Sepulcro de Jerusalén no pagaban el diezmo. Desconozco el motivo, aunque como es sabido, estas Órdenes y la del Temple heredaron el reino de Aragón por voluntad de Alfonso I el Batallador. Y aunque los ricos hombres no lo aceptaron, eligiendo por ello a su hermano Ramiro el Monje, más tarde Ramón Berenguer, para evitar litigios, concedió a las tres Órdenes Militares abundantes bienes y rentas, junto a grandes privilegios y exenciones, a cambio de ceder en sus pretensiones sobre el reino2. Es posible que por esta razón quedaran exentas de pago las fincas de su propiedad. Otras fincas que no pagaban diezmo a San Pedro, eran las que pertenecían a los vecinos de la Señoría, que lo hacían al procurador general de la Comunidad de Calatayud, que con aires feudalescos se llamaba señora de las Señorías de Sabiñán y Terrer3. Ya se dijo que San Martín de Calatayud disputó a San Pedro de Sabiñán el diezmo de los Muñoz y de los Heredia. Los correspondientes a los Heredias serían por fincas de su consorte, perteneciente a la familia Muñoz. Los Heredia, que habían pasado a Calatayud en 1452 desde Sisamón y Godojos, quisieron elegir al Sepulcro como parroquia, pero Santa María los reclamó como parroquia real, en su calidad de infanzones, y ganó el litigio. Por tanto los Heredia no eran parroquianos de San Martín4. Los jesuitas de Calatayud se quisieron eximir en 1745 del diezmo, conviniendo por concordia «que en cosecha que no excediera de 110 arrobetas de aceite, pagarían a San Pedro la mitad del diezmo y del exceso la décima completa y de las fincas que no fueran olivares pagarían la décima completa». Aún he visto también que las monjas de Santa Clara no pagaban más que la mitad del diezmo, sin duda por alguna transacción como la anterior, y tres olivares que tenían las monjas de Miedes tampoco diezmaban. Sin estas exenciones que conocemos, el número de beneficiados podía haber sido mayor. En los repartos de aguas de riego, correspondientes a los años anteriores a la desamortización, aparece la iglesia con cerca de 70 hanegadas, aunque poseía además otras fincas de monte o de secano de poco valor, que señalan la gran devoción de nuestros antepasados que, además de pagar anualmente a la iglesia el diez por ciento de sus cosechas, le hacían donación de la veinteava parte de sus fincas5. Es verdaderamente edificante leer algunas partidas de defunción de los siglos pasados, sobretodo del siglo XVII. Nadie se olvida de dejar algo para misas, para aniversarios, o para las cofradías, para el hospital, para los santuarios de los pueblos de sus distintas procedencias y para conventos o monasterios, por haber estudiado en ellos o tener algún religioso de su familia. Hay quien deja para el hospital «la mejor sábana de lino que tiene en su casa». Otros dejarían tierras,

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pues alguna tiene el hospital. No falta quien deja una limosna para el convento de San Cristóbal de Alpartir, consistente en «una media de trigo, un pan amasado y un cuarto de carnero». En la partida de un pastor, que murió a consecuencia de las heridas que le produjo el hundimiento de la torre de Santa María (Virgen del Río), se señala que dejó por su alma «la soldada o soldadas que tiene ganadas». Probablemente no tendría otra cosa6. Bien claro se ve cuan legítimo es el título de origen de la propiedad de la iglesia de San Pedro de Sabiñán. Notas:

1. En el Archivo Parroquial de Saviñán se guarda una sentencia arbitral. En 1674, el vicario de San Pedro de Saviñán, el licenciado Miguel López, Simón Martínez, jurado mayor, y los infanzones Diego José Muñoz de Pamplona y Juan de Heredia y Rueda, dieron una sentencia arbitral, actuando de testigos los infanzones de Saviñán, Francisco Fernández Treviño y Juan Viar, notificándola a Pedro Cuenca, como procurador de las partes. En ella decían que en la iglesia de San Pedro debía de haber ocho beneficios, cinco enteros y tres medios. Y aunque aumentaran o disminuyeran las rentas, no se habían de aumentar los beneficios ni disminuir los servicios. En La Soledad laureada por San Benito y sus hijos, en las iglesias de España. Teatro Monástico de la Santa

Iglesia, ciudad y Obispado de Tarazona, de Gregorio Argaiz, cronista de la Religión de San Benito, Tomo 7º, Madrid, 1675, p. 620, se dice que la parroquia de San Pedro de Saviñán estaba regida por un vicario y nueve sacerdotes. 2. En su testamento Alfonso I decía: «Para después de mi muerte dejo por heredero y sucesor mío, al Sepulcro que está en Jerusalén, y a los que velan en su custodia y sirven allí a Dios; al Hospital de los Pobres de Jerusalén; y al Templo de Salomón con los caballeros que allí velan para defensa de la Cristiandad. A estos tres concedo mi reino y el señorío que tengo en toda la tierra de mi reino y el principado y jurisdicción que tengo sobre todos los hombres de mi tierra, tanto clérigos como laicos, obispos, abades, canónigos, monjes, nobles, caballeros, burgueses, rústicos, mercaderes, hombres, mujeres, pequeños y grandes, ricos y pobres, judíos y sarracenos, con las mismas leyes y costumbres que mi padre, mi hermano y yo mismo tuvimos hasta ahora y debemos tener. Añado también a la milicia del Templo, mi caballo y todas mis armas y, si Dios me diese Tortosa, toda íntegra sea del Hospital de Jerusalén…». El testamento fue redactado en 1131, durante el asedio de Bayona, pero a la muerte del rey en 1134, ninguno de los afectados le interesó ponerlo en práctica. Las Órdenes Militares por carecer de arraigo y organización en Aragón, y los nobles porque con ello perdían sus prerrogativas. Nadie invocó el testamento, buscando la solución en la tradición jurídica navarro-aragonesa, con la que el testamento estaba en contradicción, pues el rey no podía disponer libremente más que del territorio por él conquistado, debiendo dejar el patrimonio heredado de sus mayores a la persona más próxima de su linaje, que era su hermano Ramiro, aunque por su condición de eclesiástico necesitaba, según el derecho, un «bajulus» que ejerciera la «potestas», estuviera al frente de los barones y los mandara en la guerra. Se pretendió buscar una persona, pero al final Ramiro, con la licencia papal, casó con Inés de Poitou, que había sido fecunda en un matrimonio anterior, y de esta unión nació la futura reina Petronila, que fue prometida en matrimonio cuando contaba cinco meses de edad con el conde de Barcelona, Ramón Berenguer IV, que tenía 24 años, que por ser de linaje soberano podía, sin deshonra de la nobleza, ser tenente y príncipe de Aragón. Las Órdenes Militares no renunciaron a sus derechos y el Papa ordenó sin éxito que se diera cumplimiento al testamento. Años más tarde, cuando Ramón Berenguer era príncipe de Aragón, las tres Órdenes renunciaron a su favor, mediante ciertas compensaciones, por considerarlo «útil y necesario para regir y defender el país». J. Ángel Sesma Muñoz: «Aragón medieval», Aragón en su historia, Zaragoza, 1980, pp. 132-133. 3. La Señoría de Saviñán figura en el «Libro Chantre» confeccionado en 1382 por orden del obispo Pedro Calvillo. Pagaba diezmos del pan y filazas (cáñamo y lino), que se repartían por un igual el obispo de Tarazona y el deán y canónigos de Santa María la Mayor de Calatayud. Ovidio Cuella: «Los mudéjares de la Comunidad de Calatayud a fines del siglo XIV y comienzos del XV», II Encuentro de Estudios Bilbilitanos, II, Calatayud, 1989, pp. 213-214. 4. Las parroquias de Santa María y del Sepulcro de Calatayud siguieron un pleito sobre derechos parroquiales y décimas de los infanzones que llegaran a la ciudad, pues Juan de Heredia, señor de Sisamón y Calmarza, y Fortuño de Heredia, señor de Godojos, habían elegido como parroquia el Sepulcro. Para ello nombraron como árbitros a García Gimeno, canónigo del Sepulcro, y a Jaime Santacruz, canónigo de Santa María, pero no llegaron a ningún acuerdo. Por ello Juan de Oblitas, vicario general, canónigo de Tarazona y prior del Sepulcro en el Reino de Aragón, sentenció el 24 de noviembre de 1452 que ambos parroquianos debían serlo de Santa María. Tras esta sentencia las partes llegaron a un acuerdo, repartiéndose ambos infanzones. En adelante las dos iglesias se repartirían los infanzones que llegaran a la ciudad. Archivo Histórico Nacional (AHN), Colegiata de Santa María la Mayor de Calatayud, Clero-Regular_Secular, Car. 3625, nº 4.

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El 13 de octubre de 1469, Juan Benedid, sacristán de Santa María de Calatayud, García de Soria, presbítero de San Andrés, y Rodrigo de Sayas, infanzón, dieron una sentencia arbitral, resolviendo la discordia que existía entre Santa María y otras parroquias de Calatayud, sobre los parroquianos infanzones que llegaran a Calatayud. En ella los jueces sentenciaron que los infanzones que fueran a vivir a Calatayud podían elegir parroquia. AHN, Clero-Regular_Secular, Car. 3629, nº 6.

En 1656 el vicario, los beneficiados y el Capítulo de San Pedro de Saviñán afirmaban ser los poseedores de todos los frutos decimales que se criaban y se cogían en el lugar, exceptuando aquellas heredades que, por concordia o sentencia, pagaban al procurador general de la Comunidad de Calatayud, o aquellas que tenían la Orden de San Juan y el Sepulcro de Calatayud. Entonces diezmaban a San Pedro de Saviñán Diego Muñoz de Pamplona y Juan de Heredia, de los que se enumeraban sus fincas. Archivo Histórico Provincial de Zaragoza, Archivo Argillo, Cajas 2175-2176, Leg. 70-41.

Al morir en 1592 Miguel de Heredia y Rueda en Calatorao, fue llevado a enterrar a San Martín de Calatayud, a la cisterna de los Heredia, situada en la parte del evangelio, dejando de limosna y cancel a San Martín 200 sueldos jaqueses. Archivo Histórico Provincial de Zaragoza, Archivo Argillo, Cajas 2167-2168, Leg. 66-52. 5. El 29 de noviembre de 1767 se daba una real provisión a todo el territorio de la monarquía, con el fin de repartir entre los vecinos tierras que poseían las manos muertas, principalmente la iglesia y los ayuntamientos, y aunque estas disposiciones fueron derogadas en 1770, los arrendamientos hechos hasta entonces, siguieron vigentes. La segunda fase de la Desamortización tuvo lugar en el Gobierno de Godoy. En 1806 el Papa concedió al rey la facultad de enajenar la 7ª parte de los predios de la iglesia, mediante una recompensa de una renta del 3% sobre el valor de los bienes. La tercera fase de la Desamortización tuvo lugar durante el trienio Liberal (1820-1823). En el cuarto periodo las medidas fueron impulsadas por el ministro Juan Álvarez Mendizábal, dictándose las disposiciones más importantes el 19 de febrero de 1836, en que se declaró en venta todos los bienes que hubiesen pertenecido a corporaciones religiosas suprimidas; la instrucción de 1 de marzo de este año, para llevar a cabo tal enajenación; y las de 8 de marzo, por las que se suprimían los monasterios y se reducía el número de conventos de monjas. El Diccionario de Madoz señalaba que hasta julio de 1845, en Aragón habían sido vendidas 11.888 fincas, quedando por vender 5.455. El último periodo de la Desamortización fue obra del Bienio Progresista (1854-1856), y en especial de uno de sus ministros, Pascual Madoz, y comenzó en 1855. Antonio Peiro Arroyo: «Desamortización», Gran

Enciclopedia Aragonesa, tomo IV, p. 1.061. En el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza correspondiente al año de 1878, he encontrado algunas personas que compraron bienes desamortizados en Saviñán, que pertenecían al clero. Fincas rústicas compraron Antonio Gil, José de Yepes, José Pablo Jiménez, José Pérez, Iñigo Gracián, José Lafuente, Manuel García y Joaquín Lozano. José Sarto compró una finca urbana en Saviñán, Antonio Gil una rústica en Urrea, Pedro Gracián una rústica en Maluenda y Manuel Morlanes otra rústica en Paracuellos. 6. El obispo Cerbuna, en su visita de 1588, mandaba a los que tenían a su cargo el hospital que no recogieran a los pobres y a otras personas de sospechosa, ruin y mala vida. Pedía que no estuvieran juntos hombres y mujeres, si no estaban casados. Los que murieran en el hospital se enterrarían gratis. En 1599 Miguel de Ortí pedía a los Jurados y al Concejo, que proveyeran antes de cuatro meses cuatro camas de ropa blanca, para que los pobres de Jesucristo fueran tratados con caridad y socorridos en sus enfermedades. En 1597 moría en el hospital María Tal. Era castellana y había dejado dos sayas malas en poder de la «espitalera». En 1601 el obispo Fr. Diego de Yepes pedía un aposento y cama para los clérigos en el hospital. En 1601 Juan Vicente dejaba la tercera parte de su herencia al hospital. En 1603, Diego Palacio dejaba 50 sueldos al hospital de Saviñán. En 1683 era mayordomo del hospital José Gumiel, mayor. En 1713 Francisca García dejaba al hospital de Saviñán media cama con su adrezo. En 1786 Teresa Martínez dejaba 25 libras para componer un cuarto para los enfermos en el hospital de Saviñán. Antonio Gracián, hijo de Pedro Gracián y de Josefa Melús, muerto en 1743, a los 25 años, dejó un aniversario en Saviñán de 10 escudos y otro en San Cristóbal de Alpartir con otros 10 escudos. Pidió ser enterrado con el hábito de San Francisco. El 16 de febrero de 1681 murió José Gil, mancebo de 28 años. Era mayoral del ganado de Diego Muñoz de Pamplona. El día anterior le había caído un «pareton de la torre de Santa Maria y lo cogio debaxo». Dejó por su alma las soldadas que le debía su amo Diego Muñoz de Pamplona, que eran algo más de 9 libras. Se enterró en la iglesia. En 1698 se bautizaba en San Pedro a Teresa Esperanza Manrique, hija de Joaquín y de Esperanza Checa, «espitaleros» de Saviñán.