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PERÚ GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
HOSPITAL BARRANCA CAJATAMBO SBS
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DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ “Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad”
Dr. Juan Pablo Betteta Espejo Director Ejecutivo HBC SBS
Lic. Adm. Rafael Konja Carrasco Director Administrativo HBC SBS
Lic. Adm. Víctor Wilson Saavedra Dioses Jefe Unidad de Logística
Sr. Isidoro Gonzales Amanca Jefe Área de Control Patrimonial
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DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ “Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad”
INDICE
Tabla de contenido I. OBJETIVO ......................................................................................................................................... 4
II. FINALIDAD. ...................................................................................................................................... 4
III. ALCANCE .......................................................................................................................................... 4
IV. BASE LEGAL ..................................................................................................................................... 5
V. DISPOSICIONES GENERALES ........................................................................................................... 5
DE LOS TERMINOS Y ABREVIATURAS .................................................................................................. 6
VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS .......................................................................................................... 6
6.1 DE LOS BIENES ASIGNADOS EN USO ...................................................................................... 6
6.2 DE LA PERDIDA, ROBO, HURTO, DESTRUCCIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS BIENES
ASIGNADOS EN USO. .......................................................................................................................... 8
6.3 DEL CONTROL, USO Y CONSERVACIÓN DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES DE LA INSTITUCIÓN.
10
6.4 ORGANOS RESPONSABLES ................................................................................................... 11
6.4.1 DIRECCION ADMINISTRTIVA ........................................................................................ 11
6.4.2 UNIDAD DE LOGISTICA ................................................................................................. 11
6.4.3 AREA DE CONTROL PATRIMONIAL ............................................................................... 11
Atribuciones y Obligaciones Área de Control Patrimonial. .................................................. 11
Funciones del Área de Control Patrimonial ............................................................................ 12
6.5 DE LOS PROCEDIMIENTOS .................................................................................................... 12
6.5.1 INGRESO, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES............................................................... 12
6.6 ARCHIVO TECNICO PATRIMONIAL ....................................................................................... 12
6.7 INVENTARIO FISICO GENERAL DE BIENES PATRIMONIALES ............................................... 13
6.8 ASIGNACIÓN, RESPONSABILIDAD Y RECUPERACIÓN DE BIENES ........................................ 14
6.8.1 ASIGNACION ................................................................................................................. 14
6.8.2 DETERMINACION DE RESPONSABILIDAD ..................................................................... 14
6.8.3 CAMBIO, ROTACION DEL PERSONAL ........................................................................... 14
6.9 DESPLAZAMIENTO INTERNO Y/O SALIDA DE BIENES MUEBLES ......................................... 14
6.10 BAJA DE BIENES PATRIMONIALES ........................................................................................ 15
6.11 DONACION MOBILIARIA ....................................................................................................... 15
6.11.1 DONACION MOBILIARIA A FAVOR DEL HBC SBS ......................................................... 15
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6.12 SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES ................................................................................... 16
VII. SANCIONES. ................................................................................................................................... 17
OBLIGACIONES DE IMPONER SANCIONES ....................................................................................... 17
APLICACIÓN DE LAS SANCIONES ...................................................................................................... 17
EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD ............................................................................................. 17
VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. ......................................................................................... 17
IX. DISPOSICIONES FINALES. .............................................................................................................. 18
PRIMERA ............................................................................................................................................ 18
SEGUNDA........................................................................................................................................... 18
ANEXO 01 ........................................................................................................................................... 19
ANEXO 02 ........................................................................................................................................... 20
ANEXO 03 ........................................................................................................................................... 21
ANEXO 04 ........................................................................................................................................... 23
ANEXO 05 ........................................................................................................................................... 26
ANEXO 06 ........................................................................................................................................... 27
ANEXO 07 ........................................................................................................................................... 28
ANEXO 08 ........................................................................................................................................... 29
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DIRECTIVA ADMINISTRATIVA N°01-2012-D-HBC-UL-ACP
DIRECTIVA DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACION, CONTROL Y USO DE
BIENES PATRIMONIALES DEL HOSPITAL BARRANCA CAJATAMBO SBS.
I. OBJETIVO
Establecer las normas y procedimientos administrativos que permitan registrar, controlar,
verificar, cautelar, a fin de asegurar el USO CORRECTO, CONSERVACIÓN CUSTODIA,
PROTECCIÓN FÍSICA Y PERMANENCIA DE LOS BIENES DEPRECIABLES Y NO DEPRECIABLES
QUE CONTRIBUYEN AL ÁREA DE CONTROL PATRIMONIAL DEL HOSPITAL BARRANCA
CAJATAMBO SBS, asignados a los funcionarios, médicos, jefes de departamentos y servicios,
jefes de unidades, jefes de áreas y establecimientos de salud de nuestra jurisdicción.
II. FINALIDAD.
2.1. Determinar la responsabilidad de los trabajadores en caso de pérdida, robo,
destrucción o siniestro por negligencia de los bienes muebles, del Hospital Barranca
Cajatambo SBS
2.2. Establecer las responsabilidades de los directivos, funcionarios, personal asistencial y
administrativo, que tenga asignados los bienes patrimoniales.
2.3. Ejercer un control permanente de los bienes patrimoniales a cargo del personal
administrativo y asistencial bajo cualquier modalidad.
2.4. Establecer un buen uso y manejo de los bienes asignados a los trabajadores del
Hospital Barranca Cajatambo SBS
2.5. Normar la administración y disposición de los bienes patrimoniales sujeto a las Leyes
vigentes.
III. ALCANCE
La presente Directiva es de aplicación obligatoria para todos los funcionarios, Servidores
Administrativos, Asistenciales, Nombrados y Contratados bajo cualquier modalidad del
Hospital Barranca Cajatambo SBS.
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IV. BASE LEGAL
o Decreto Ley N° 22056 incluye el Sistema Nacional de Abastecimiento Resolución
Jefatural N° 118-80INAP/DNA Normas Generales del Sistema de Abastecimiento.
o Decreto Supremo N° 154-2001-EF Modifica el Reglamento General de Procedimiento
Administrativo de los Bienes de Propiedad del Estatal.
o Resolución N° 021-2002-SBN aprueba Directiva N° 004-2002-SBN Procedimiento
para el Alta y Baja de los Bienes Muebles Estatales.
o Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, “Normas Técnicas de Control Interno
para el Sector Publico”.
o Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
o Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de Ley N° 29151.
o Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, que adscrito a la SBN al Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento.
o Decreto Supremo N° 014-2002-SA Reglamento de Organización y Funciones del
MINSA.
o Resolución N° 039-98-SBN Reglamento para el Inventario Nacional de Bienes
Muebles del Estado.
o Decreto Ley N° 22867 Desconcentración de los Sistemas Administrativo.
o Decreto Legislativo N° 276 Ley de Base de la Carrera Administrativa.
o Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera
Administrativa.
o Ley N° 27444 Ley General de Procedimiento Administrativo.
o Directiva N° 005-2009-GRL, “Gestión Patrimonial de los Bienes Muebles e Inmuebles del Gobierno Regional a Nivel de Sede Central y Demás Unidades Ejecutoras”
V. DISPOSICIONES GENERALES
5.1. Para efectos de la presente la Directiva, se entiende que son bienes patrimoniales de
propiedad del Hospital Barranca Cajatambo SBS, aquellos bienes que fueron
adquiridos en propiedad bajos las diversas formas y modalidades ordenamiento
jurídico establece.
5.2. La Dirección Administrativa adoptara medidas de seguridad, control, racionalidad y
asignación de responsabilidad para el buen uso, custodia y manejo de los bienes que
conforman el patrimonio institucional, la Unidad de Logística a través del Área de
Control Patrimonial hará cumplir lo dispuesto en la presente Directiva.
5.3. Toda modificación de un bien en sus características físicas, deberá contar con la
autorización del Área de Control Patrimonial.
5.4. El retiro de un bien hacia el exterior de la institución solo puede ser por:
a) Reparación, mantenimiento y/o otros.
b) Transferencia y/o asignación bienes mobiliarios de la sede principal hacia las
demás unidades y entre dependencias externas y/o internas estarán autorizadas
por documento escrito del responsable del servicio de quien corresponda.
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c) Devolución de bienes prestados o bienes de terceros serán informados a Área
de Control Patrimonial.
d) Venta de bienes dado de baja
e) Donación de bienes dado de baja
f) Recepción de bienes en desuso desplazados al exterior para su depósito y efecto
de baja.
g) Afectación en uso, de acuerdo a la normatividad vigente.
5.5. La Dirección Ejecutiva, Dirección Administrativa, Jefes de Departamento, Jefes de
Establecimientos de la jurisdicción, Unidades y Servicios darán a conocer al
personal de la dependencia a su a cargo, sobre la importancia del uso, conservación,
custodia y protección de los bienes patrimoniales de la entidad.
DE LOS TERMINOS Y ABREVIATURAS
SBN : Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.
SUNARP : Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
HBC : Hospital Barranca Cajatambo.
SBS : Servicios Básicos de Salud
DA : Dirección Administrativa.
UL : Unidad de Logística.
ACP : Área de Control Patrimonial.
OCI : Órgano de Control Institucional.
UIT : Unidad Impositiva Tributaria.
SERUMS : Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud
CAS : Contrato Administrativo de Servicios
DIPROVE : Dirección de Prevención de Robo de Vehículos
OTM : Orden de Trabajo de Mantenimiento
VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
6.1 DE LOS BIENES ASIGNADOS EN USO
6.1.1 Constituyen bienes asignados en uso, todo bien que se encuentra destinado para
el cumplimiento de las labores del HBC SBS.
El Área de Control Patrimonial, alcanzara un inventario en el que señale los
bienes que serán de responsabilidad de cada trabajador o servidor bajo
cualquier modalidad, que preste sus servicios en el HBC SBS.
6.1.2 Es responsabilidad del usuario, cualquiera sea su nivel jerárquico o condición
laboral, el uso correcto de los bienes que le hayan asignado. Asimismo, todo
desplazamiento interno y/o externo del bien en uso, deberá ser informado
inmediatamente por el trabajador por escrito al Área de Control Patrimonial, con
conocimiento a la Dirección, indicando características generales del bien (marca,
modelo, serie, color etc.).
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6.1.3 Se considera desplazamiento interno, al traslado de un bien asignado a un
trabajador, a otro ambiente, dentro de las instalaciones del departamento del
HBC SBS por necesidad del servicio o para su reparación y/o mantenimiento.
6.1.4 El responsable del Área de Control Patrimonial proporcionara los respectivos
formatos para el desplazamiento interno o salida de bienes patrimoniales, Previa
autorización del jefe inmediato.
6.1.5 Corresponde al usuario de los bienes asignados entregar al Área de Control
Patrimonial los bienes que ya no sean utilizados, a fin de que esta área inicie los
respectivos procedimientos sobre el bien, asignándolo a otro usuario, o
procesando su baja definitiva en caso de deterioro e inoperatividad.
6.1.6 Es de responsabilidad del usuario comunicar oportunamente a la Unidad de
Servicios Generales y Mantenimiento, la necesidad de reparación y/o
mantenimiento de los bienes asignados en uso, según la programación del plan
de mantenimiento del bien.
6.1.7 La Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento dispondrá que el personal de
Servicios Generales - Área de Vigilancia remita mensualmente, bajo
responsabilidad, la documentación de ingresos y salidas de bienes que obre en
su archivo, a la Dirección Administrativa, y esta al Área de Control Patrimonial y
al servicio quien corresponda.
Dicha información permitirá al Área de Control Patrimonial conocer si los bienes
que en algún momento salieron de la entidad por diversos motivos, han
retornado o no en buenas condiciones, evitando así la pérdida o la omisión
involuntaria en el siguiente Inventario físico.
6.1.8 Los bienes que no son propiedad de la entidad que por necesidad se requiera
ingresar a HBC SBS, a su ingreso deberán ser registrados en el Área de Control
Patrimonial, al igual que su salida
6.1.9 En el formato cargo personal por asignación de bienes en uso, se consignara en
forma detallada los cargos y descargos correspondientes cada vez que el
trabajador reciba o entregue bienes para su uso, de los cuales es el único
responsable.
6.1.10 El Área de Control Patrimonial ejecutará el formato de transferencia de bienes
para el desplazamiento interno y/o externo (ACTA DE DESPLAZAMIENTO DE
BIENES INSTITUCIONALES) de bienes Patrimoniales – Anexo 01.
6.1.11 El Área de Control Patrimonial, ejecutará el formato de Orden de Salida de
bienes para el desplazamiento externo (CONTROL – VERIFICACIÓN ORDENES DE
SALIDA DE BIENES PATRIMONIALES) de bienes Patrimoniales - Anexo 02.
6.1.12 Cuando el trabajador hace entrega al Área de Control Patrimonial y se trate de
bienes mobiliarios y otros, obligatoriamente debe tener el Informe Técnico
(FORMATO DE DEVOLUCIÓN DE BIENES INSTITUCIONALES Y FORMATO DE
INFORME TÉCNICO DE BIENES MUEBLES Y/O EQUIPO PARA BAJA) de la Unidad
Servicios Generales y Mantenimiento. - Anexo 03
6.1.13 Cuando el trabajador hace entrega al Área de Control Patrimonial y se trate de
equipos de cómputo, obligatoriamente debe tener el informe técnico
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(FORMATO DE DEVOLUCIÓN DE BIENES INSTITUCIONALES Y FORMATO DE
INFORME TÉCNICO DE BIENES MUEBLES Y/O EQUIPO PARA BAJA) del área de
Cómputo. - Anexo 03 y 08
6.1.14 Cuando el trabajador entregue al Área de Control Patrimonial Equipos de
Telecomunicaciones obligatoriamente debe tener el Informe Técnico (FORMATO
DE DEVOLUCIÓN DE BIENES INSTITUCIONALES Y FORMATO DE INFORME
TÉCNICO DE BIENES MUEBLES Y/O EQUIPO PARA BAJA) del Área de
Telecomunicaciones. - Anexo 03.
6.1.15 Cuando en el ambiente de trabajo se detecte la existencia de bienes que no
están a cargo del trabajador o jefatura, el personal deberá comunicar al Área de
Control Patrimonial para que se realicen las verificaciones necesarias y se
reubique el bien, caso contrario se estaría contribuyendo a que la pérdida del
bien se haga efectivo para el trabajador responsable del bien.
6.1.16 Queda terminante prohibido que los Servidor, Funcionario Directivo, Nombrado,
Contratado bajo cualquier modalidad efectúen tratos, cambios, prestamos,
convenios, contratos de los bienes de la institución, sin contar con la respectiva
autorización de la Dirección Ejecutiva y el Área de Control Patrimonial.
6.2 DE LA PERDIDA, ROBO, HURTO, DESTRUCCIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS BIENES
ASIGNADOS EN USO.
6.2.1 Es responsabilidad del usuario, cualquiera sea su nivel jerárquico y condición
laboral; velar por la permanencia e integridad física, de los bienes patrimoniales
y debe tener presente que: “En caso de sustracción de alguno de los bienes
asignados en uso, la persona responsable de la custodia del bien procederá a la
respectiva e inmediata denuncia policial, adjuntando copia certificada de la
misma al informe, que deberá presentar a la Dirección Ejecutiva con copia al
Área de Control Patrimonial, dentro de 24 horas de sucedido los hechos, el
Área de Control Patrimonial de inmediato organizara un expediente
administrativo a que se refiere el art. 33° de la Resolución 039-98/SBN que
contenga las investigaciones efectuadas por el jefe de la unidad a la cual
pertenecía el bien sustraído, tramitando la copia certificada (original) de la
denuncia policial respectiva y en el caso de bienes faltantes por NEGLIGENCIA
tramitara los antecedentes correspondientes a la Dirección Administrativa o la
que haga sus veces, a efectos que se promueva el procedimiento
correspondiente para determinar la responsabilidad pecuniaria y
administrativa según sea el caso”.
6.2.2 Cuando se pierda un bien por descuido o negligencia del responsable, deberán
devolver el bien con sus características, Modelo, Tipo de Valor similar al que
tenían, en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios, contados a partir
de la pérdida, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
6.2.3 Los bienes muebles asignados en uso a los trabajadores del HBC SBS, que
resulten malogrados o deteriorados por descuido, negligencia mala intención,
etc., serán reparados o repuestos por estos, en el plazo máximo de quince (15)
días calendarios.
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6.2.4 El Acta de Entrega – Recepción de Cargo, entre la persona que devuelve el bien,
el representante del Área de Control Patrimonial, un representante de la
Dirección Administrativo y un representante del Órgano de Control Institucional
(OCI) en calidad de veedor, quienes elaboraran el informe correspondiente
dirigido a Dirección Administrativa, la que a su vez tomará conocimiento y
dispondrá su incorporación de estos bienes en sustitución a los perdidos o
dañados totalmente, y se le asignará el mismo Código Interno y Margesí de la
SBN para su Control Patrimonial.
6.2.5 Transcurrido el plazo señalado, sin que la persona responsable hubiera cumplido
con la reparación o reposición del bien malogrado, sustraído o perdido, el Área
de Control Patrimonial informara a la dirección administrativa para que adopte
las medidas pertinentes del caso.
6.2.6 En el caso específico de cese, renuncia definitiva o destitución del servidor, los
bienes patrimoniales que tuvo a su cargo, deberá hacer entrega mediante el
Acta de Entrega – Recepción de Cargo. El Área de Control Patrimonial tomara las
providencias del caso, disponiendo en resguardo de la propiedad fiscal, la
Unidad de Personal, no emite ni tramita documento alguno (derecho o
beneficio) de los ex trabajadores previa representación del Acta de Entrega –
Recepción de Cargo – Anexo 04.
6.2.7 En el caso del término del periodo de SERUMS e Internos de la Ciencias de la
Salud o destitución, los bienes patrimoniales que tuvo a su cargo, deberá hacer
entrega mediante el Acta de Entrega – Recepción de Cargo. El Área de Control
Patrimonial tomará las providencias del caso, disponiendo en resguardo de la
propiedad fiscal, que la Unidad de Apoyo a la Docencia y a la Investigación y el
Unidad de Personal, no emita ni tramita documento alguno (derecho o
beneficio) de los ex trabajadores previa representación del Acta Entrega –
Recepción de Cargo – Anexo 04.
6.2.8 Las personas que tiene a su cargo bienes, deberán verificar permanentemente la
existencia de las mismas, a fin de detectar en forma oportuna la perdida, robo,
destrucción o siniestro del bien y efectuar las acciones necesarias para su
recuperación.
6.2.9 Si transcurrido el plazo fijado en el Ítem 6.2.2 el trabajador no cumple con hacer
la devolución del bien, el Área de Control Patrimonial presentará un informe a la
Dirección Administrativa, para que en merito a los antecedente del caso, se
expida la Resolución disponiendo que por excepción se descuente a través de la
Planilla Única de Pagos, el valor actualizado del bien, pudiéndose dicho
descuento hacer hasta en diez (10) armadas, teniendo en cuenta que si el
trabajador se retira de su centro de trabajo, la diferencia que faltase pagar se
descontado de los beneficios sociales o indemnizar lo que pudiera
corresponderle.
Si el descuento no fuera aceptada por el trabajador responsable, la Dirección
Administrativa , tramitara ante el titular de la entidad, la expedición de la
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Resolución que autorice al Procurador Público del Gobierno Regional actuar
conforme a Ley, derivándose los correspondientes actuados.
6.2.10 El OCI del HBC SBS deberá actuar conforme a su propio reglamento y
determinará clara y documentadamente si existen o no indicios razonables de
responsabilidad por parte de los trabajadores del HBC SBS, en el uso de los
bienes de la Entidad.
6.3 DEL CONTROL, USO Y CONSERVACIÓN DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES DE LA
INSTITUCIÓN.
6.3.1 Los vehículos de propiedades del HBC SBS constituyen bienes de apoyo al
estricto cumplimiento a las actividades propias de la institución. La persona
responsable de la conducción del Vehículo, deberá portar su licencia de conducir
vigente, copia de la tarjeta de propiedad del vehículo, credencial de la institución
y tarjeta de SOAT actualizada, haciendo llegar una copia de lo mencionado al
Área de Control Patrimonial.
6.3.2 La utilización de los vehículos por necesidad de servicio, en días no laborales,
requiere la autorización expresa del nivel superior, con el propósito de disminuir
la posibilidad que los vehículos sean utilizados en actividades distintas a los fines
institucionales y conocimiento al Área de Control Patrimonial.
6.3.3 El usuario encargados de la conducción de cada vehículo es responsable de su
correcta utilización y de su adecuada conservación, mientras lo tenga asignado.
Los usuarios de vehículos deberán tomar las precauciones y alarmas de ser
necesario, etc.
6.3.4 El encargado del Área de Transporte, deberá informar a la Unidad de Servicio
Generales y Mantenimiento cualquier defecto, avería o problema de
funcionamiento que se presente y de ser necesario deberá evitar el
funcionamiento del vehículo hasta que se proceda a su reparación, a fin de
restaurar su funcionamiento.
6.3.5 Los vehículos, una vez concluida la jornada laboral deberán ser guardadas en los
ambientes de la institución y/o cochera dispuesta por la entidad.
6.3.6 Los vehículos de propiedad institucional deberán llevar pintado, en un lugar
visible, el logotipo y el nombre de la institución. Por autorización expresa del
titular de la entidad y, en casos excepcionales, se dispondrá la liberación de esta
obligación.
6.3.7 Cualquier perdida de equipo y repuestos de los vehículos de la institución, por
negligencia o descuido comprobado es de entera responsabilidad del usuario
asignado, debiendo reponer el bien perdido con las características similares
dentro de los siete (07) días calendarios.
6.3.8 Todo gasto por infracción a las normas de tránsito y relacionadas, serán sin
excepción alguna, con cargo al usuario del vehículo, debiendo pagar dentro de
las veinticuatro (24) horas de producida la infracción.
6.3.9 Si se detecta algún abuso injustificado para la reparación del vehículo por dolo o
negligencia del chofer o conductor, se hará con el servidor público a quien este
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designado o a quienes resulten responsable de acuerdo a los actuados
levantados.
6.3.10 Todo salida de vehículos Oficiales de HBC SBS deben ser informados al Área de
Control Patrimonial con su respectivo documento de salida.
6.3.11 A si mismo los repuestos de los vehículos en desuso sean entregados a Área de
Control Patrimonial.
6.3.12 En caso de los bienes muebles registrables, tal como vehículos adquiridos por el
HBC SBS, deberán ser inscrito en el registro de propiedad vehicular de la SUNARP
6.4 ORGANOS RESPONSABLES
.
6.4.1 DIRECCION ADMINISTRTIVA
La Dirección Administrativa velará por el estricto cumplimiento de la presente
directiva, estableciendo responsabilidad administrativa de conformidad con los
dispositivos legales vigentes, en caso de trasgresión de esta directiva
6.4.2 UNIDAD DE LOGISTICA
La Unidad de Logística en coordinación con la Dirección Administrativa, elabora,
evalúa y actualiza los procedimientos técnicos y Administrativos que facilitan la
aplicación y cumplimiento de la presente Directiva.
6.4.3 AREA DE CONTROL PATRIMONIAL
El Área de Control Patrimonial, Unidad de Logística, Dirección Administrativa es
la unidad responsable de la planificación, coordinación y ejecución de las
acciones referidas al registro, administración, supervisión y disposición de los
bienes de propiedad de del HBC SBS y de los que se encuentren bajo su
administración.
Las funciones, atribuciones y obligaciones de la Área de Control Patrimonial,
Área Integrante de la Unidad de Logística, como órgano de apoyo de la DA, se
detallan a continuación:
Atribuciones y Obligaciones Área de Control Patrimonial.
a) RECOPILAR Información registral del Patrimonio de la entidad.
b) PROMOVER Procedimientos de los bienes de propiedad estatal.
c) REQUERIR Información para el SANEAMIENTO de los Bienes
Patrimoniales.
d) TRAMITAR Las rectificaciones de áreas y linderos de sus predios.
e) FORMULAR Denuncias ante las autoridades correspondientes.
f) REMITIR A la SBN copia de los expedientes que sustentan los actos de ADQUISICIÓN, DISPOSICIÓN, ADMINISTRACIÓN Y GESTION PATRIMONIAL
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Funciones del Área de Control Patrimonial
a) ELABORAR el registro de los Bienes Muebles
b) IDENTIFICAR y CODIFICAR los Bienes Patrimoniales.
c) COORDINAR con las áreas usuarias y la Dirección Administrativa del HBC
SBS, las solicitudes de ALTA y BAJA de los Bienes Muebles.
d) PARTICIPAR, como FACILITADOR en el inventario físico de los bienes
patrimoniales del HBC SBS.
e) SUSCRIBIR las Actas de Transferencia, Incineración y/o Destrucción de
Bienes Muebles.
f) VALORIZAR y TASAR los BIENES MUEBLES de BAJA.
6.5 DE LOS PROCEDIMIENTOS
6.5.1 INGRESO, REGISTRO Y CONTROL DE BIENES
Son objeto de incorporación al patrimonio mobiliario, todos aquellos bienes
muebles descritos en el Catálogo de Bienes Muebles del Estado.
Los bienes ingresarán a la entidad a través del ÁREA DE ALMACÉN en las
modalidades de adquisición, transferencia, donación, afectación en uso
(préstamo), cesión, legación, etc.
Se registrarán como bienes muebles del activo fijo, aquellos que cumplan
simultáneamente con las siguientes condiciones:
a) Que sean propiedad de la entidad.
b) Que sean destinados para el uso de la entidad.
c) Que su vida útil sea mayor a un año, en condiciones normales de uso.
d) Que su valor monetario sea igual o mayor a un octavo (1/8) de la UIT
e) Que esté sujeto a depreciación.
f) Que no sean objeto de venta.
Se registrarán como bienes no depreciables, aquellos que cumplan
simultáneamente con las siguientes condiciones:
g) Que sean propiedad de la entidad.
h) Que sean destinados para el uso de la entidad
i) Que su valor monetario sea menor a un octavo (1/8) de la UIT
j) Que no sean materia de depreciación.
k) Que no sean objeto de venta.
6.6 ARCHIVO TECNICO PATRIMONIAL
Constituye la base para el control integral de los bienes patrimoniales, en el que se
registran y archivan los documentos fuentes que sustentan los actos de adquisición,
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actos de disposición y actos de administración de los bienes patrimoniales, siendo
responsable de su implementación la Unidad de Logística de la Dirección
Administración.
6.7 INVENTARIO FISICO GENERAL DE BIENES PATRIMONIALES
Consiste en verificar físicamente, codificar, verificar y registrar los bienes muebles con
los que cuenta el Hospital Barranca Cajatambo SBS a una determinada fecha, con el fin
de verificar la existencia de los bienes, contrastar su resultado con el registro contable,
investigar las diferencia que pudieran existir y proceder con las regularizaciones que
correspondan.
Bajo responsabilidad de la Dirección Administración, se efectuará el inventario físico
anual, con fecha de cierre al 31 de diciembre del año anterior a su presentación,
debiendo de remitirse a la SBN entre los meses de enero y marzo de cada año.
La Dirección Administrativa propondrá a la Dirección Ejecutiva la constitución de una
Comisión de Inventario, que será la encargada de realizar el Inventario Físico, siendo
designada por medio de la respectiva Resolución Directoral.
El Hospital Barranca Cajatambo SBS podrá contratar a una empresa de servicios con
suficiente experiencia en trabajos similares en entidades del sector salud
preferentemente.
La toma de inventario físico será realizada sobre la base de los listados preparados por la
Área de Control Patrimonial.
Si como resultado del proceso de verificación, se encuentran bienes muebles sobrantes
y/o faltantes por razones desconocidas, se procederá a ingresar o excluir del patrimonio
los referidos bienes, en aplicación de las normas de saneamiento vigentes a la fecha.
Los sobrantes se deberán incorporar a los registros contables en su respectiva cuenta
contable, sea del activo fijo o de los no depreciables, valorizados a precio de mercado a
la fecha de inclusión. Los faltantes deberán ser extornados a cuentas de orden, para su
análisis posterior, determinando las responsabilidades a que hubiera lugar.
Concluida la verificación física, la Comisión de Inventario deberá remitir el Inventario
Físico, con el Informe Final a la Dirección Administrativa.
La Dirección Administrativa deberá remitir a la SBN, el Informe Final del Inventario Físico
General de Bienes Patrimoniales, que incluye diversos anexos explicativos de los bienes
del HBC SBS.
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6.8 ASIGNACIÓN, RESPONSABILIDAD Y RECUPERACIÓN DE BIENES
6.8.1 ASIGNACION
Todos los Funcionarios, Médicos-Jefes de Departamentos, Servicios, Jefes de
Unidades y Áreas y otros servidores, cualquiera que sea su nivel jerárquico o
condición laboral, tienen bajo su responsabilidad bienes muebles deberán
designar y asignar al servidor responsable para su control, buen uso,
conservación y distribución, mediante el formato impreso denominado “FICHA
DE PERSONAL DE ASIGNACIÓN DE BIENES” – Anexo 06, el mismo que será
firmado por el Jefe inmediato de la unidad orgánica usuaria y el Usuario final del
bien o equipo, luego será derivado a la Área de Control Patrimonial (c/copia).
Los bienes auxiliares, complementarios no comprendidos dentro del Catálogo
Nacional de Bienes Muebles del Estado, serán controlados por los responsables
de las unidades orgánicas usuarias.
6.8.2 DETERMINACION DE RESPONSABILIDAD
a) El personal a quien se le asignó el bien es responsable pecuniaria y
administrativamente respecto de la pérdida, daño, deterioro, negligencia o
impericia en el manejo de los bienes de la unidad orgánica en la que trabaja.
b) En el caso del personal contratado así como practicantes, SERUMS Rentado
y Equivalente estarán sujetos a la aplicabilidad del código civil o penal, según
sea el caso.
c) Los bienes muebles de uso común se asignan a la jefatura inmediata.
6.8.3 CAMBIO, ROTACION DEL PERSONAL
Toda entrega de cargo por cese de funciones, rotación, etc. de los Funcionarios,
Médicos Jefes de Departamentos, Servicios, Unidades, áreas otras unidades
orgánicas, deberán entregar a su jefe inmediato o quien se designe, el Inventario
Patrimonial de la Entidad de los bienes que se le hubieran asignado en su unidad
orgánica, formulándose para tal efecto la correspondiente Acta de Entrega –
Recepción de Cargo – Anexo 04, debiendo ser constatado por el personal del
Área de Control Patrimonial. Este inventario será entregado al servidor que
asume la jefatura entrante, para su verificación y conformidad.
6.9 DESPLAZAMIENTO INTERNO Y/O SALIDA DE BIENES MUEBLES
Todo desplazamiento interno de bienes muebles deberá ser informado por el usuario
en forma escrita al Área de Control Patrimonial, contando con la autorización previa de
su jefe inmediato superior e indicando al detalle las características técnicas del (los)
bien(es).
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Se considera desplazamiento interno, al traslado de un bien o a otro ambiente, sea de
forma temporal o definitiva, dentro del HBC SBS. Se considera desplazamiento externo
al traslado del bien fuera de las instalaciones del HBC SBS.
El Área de Control Patrimonial proporcionará el formato de la respectiva “ACTA DE
DESPLAZAMIENTO DE BIENES MUEBLES” para el desplazamiento de los bienes
patrimoniales. – Anexo 01.
En el caso de salida de bienes muebles de propiedad del HBC SBS por reparación,
cambios o reposición por garantía, etc., deben adjuntar la OTM de la Unidad de
Servicios Generales y Mantenimiento (Anexo 05), el ACP formulará en el respectivo
formato: “ACTA DE CONTROL DE SALIDA DE BIENES MUEBLES” – Anexo 02 y 07.
Corresponde exigir el cumplimiento de este procedimiento al personal de vigilancia.
6.10 BAJA DE BIENES PATRIMONIALES
La baja consiste en la extracción contable de bienes muebles de propiedad del HBC
SBS, la que se autoriza mediante Resolución Administrativa, señalando causal que
originó dicha baja. La Baja de bienes muebles procede por las siguientes causales:
a) Estado de excedencia.
b) Obsolescencia técnica.
c) Mantenimiento o reparación onerosa.
d) Pérdida, robo o sustracción.
e) Destrucción o siniestro.
f) Reembolso o reposición.
g) Cualquier otra causal, previa opinión favorable de la SBN
La Área de Control Patrimonial evaluará la documentación sustentatoria y elaborará
los expedientes administrativos de los bienes muebles a ser dados de baja,
alcanzando la propuesta a la Dirección Administrativa, para su aprobación mediante
la respectiva resolución administrativa.
Para dar de baja a vehículos y otros bienes registrables, se requiere copia del
Certificado de Identificación Vehicular expedido por DIPROVE, copia del Certificado
de Gravamen expedido por el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP y la
tarjeta de propiedad del vehículo.
6.11 DONACION MOBILIARIA
6.11.1 DONACION MOBILIARIA A FAVOR DEL HBC SBS
La donación de bienes muebles a favor del HBC SBS implica la transferencia
voluntaria de la propiedad de dichos bienes a título gratuito por parte de
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una persona natural, entidad privada, gobierno extranjero, sociedad
conyugal, copropietarios o la conjunción de cualquiera de ellas.
Las Resoluciones de aceptación de donación de bienes muebles deberán
especificar el valor de los bienes donados.
Procedimiento
La oferta de donación a favor del HBC SBS deberá ser remitida por escrito, el
mismo que, de considerarlo procedente, deberá admitirla a trámite,
iniciando el respectivo expediente administrativo.
El expediente administrativo deberá contener la siguiente documentación:
a) La oferta escrita del donante comunicando al HBC SBS la decisión de
donar un bien mueble de su propiedad y precisando sus
características técnicas, ubicación, valor y forma de adquisición, así
como la documentación con la que acredite su identidad o
personería jurídica.
b) La documentación con la que se acredite la propiedad del bien. En el
caso que no se cuente con dicha documentación, el donante podrá
presentar una declaración jurada indicando que se conduce como
propietario y ejerce la posesión.
El Área de Control Patrimonial en un plazo de dos (02) días hábiles
deberá emitir un Informe Técnico pronunciándose sobre la
procedencia o improcedencia de la aceptación de donación, el que
formará parte del expediente administrativo elevado a la DA, para la
emisión de la respectiva resolución administrativa de aceptación de
donación.
Emitida la Resolución que acepta la donación, el donante y el
donatario procederán a la suscripción del Acta de Entrega-
Recepción, la que deberá especificar las características y el valor de
los bienes muebles.
Los bienes muebles recibidos en donación serán dados de alta por el
Hospital Barranca Cajatambo SBS en mérito a la Resolución que
acepta dicha donación
6.12 SANEAMIENTO DE BIENES MUEBLES
Consiste en regularizar la situación administrativa y legal de los bienes muebles del
HBC SBS que se encuentran en la condición de sobrantes y faltantes en el
patrimonio, a fin de proceder con dar de Alta o la Baja, respectivamente.
Para proceder con el saneamiento los bienes muebles sobrantes, constituye
condición previa:
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a) Que, se encuentre por lo menos 2 años en posesión del HBC SBS
b) Que, no se cuente con documentación suficiente que sustente el ingreso al
patrimonio del HBC SBS o no exista documentación sobre el origen de los bienes.
Para proceder con el saneamiento los bienes muebles faltantes, constituye condición
previa:
a) Que, no se cuente con documentación suficiente que sustente la baja de los
bienes muebles, y
b) Que, se encuentren en poder de otra entidad pública, privada o persona natural,
según documentación que así lo acredite fehacientemente y cuando no sea
posible recuperarlo o regularizar la transferencia de propiedad a favor del
poseedor.
VII. SANCIONES.
OBLIGACIONES DE IMPONER SANCIONES
El Hospital Barranca Cajatambo SBS está obligado a imponer sanciones a los funcionarios y
personal que incumplan las disposiciones emitidas en la presente directiva, de acuerdo con
las recomendaciones emitidas por el Órgano de Control Institucional y la SBN en su calidad
de ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
APLICACIÓN DE LAS SANCIONES
Las sanciones recomendadas por la OCI y la SBN, se aplicaran sin perjuicio de las acciones
penales que se tomen a raíz de las denuncias que realice el HBC sobre actos indebidos de la
administración y disposición de los bienes del patrimonio del estado.
EXTENSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD
Los funcionarios y servidores del estado, cualquiera que sea su categoría y modalidad de
contrato, que incumplan lo estipulado en la ley general del sistema nacional de bienes
estatales y su reglamento, serán responsable administrativamente, civil y/o penalmente de
los perjuicios que irroguen al patrimonio mobiliario e inmobiliario del estado.
VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
8.1 Los casos no previstos en la presente Directiva, serán resueltos en armonía con las
normas pertinentes de la legislación nacional.
8.2 Cualquier modificación posterior al contenido en esta directiva será previa propuesta de
la Dirección Administrativa, con el asesoramiento de la unidad de Oficina de
Planeamiento Estratégico.
8.3 La Unidad de Personal mencionara en unos de sus cláusulas dicha Directiva en el
contrato individual de trabajo
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IX. DISPOSICIONES FINALES.
PRIMERA
Los casos no previstos en la presente Directiva serán atendidos a través de la Dirección
Administrativa.
SEGUNDA
La presente Directiva entra en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación.
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ANEXO 01
ACTA DE DESPLAZAMIENTO DE BIENES INSTITUCIONALES
INTERNO DISPOSICIÓN x
PERSONA AUTORIZADA:
Apellidos y Nombres :
2. NUEVO RESPONSABLE DEL BIEN Salida: ____/______/20__
Apellido y Nombre:
Motivo :
Destino :
RELACION DE BIENES:
Nº Código Descripción
SELLO – FIRMA
Unidad de Logística Responsable Control
Patrimonial Nuevo Responsable
Nº DIA MES AÑO
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ANEXO 02
CONTROL-VERIFICACION ÓRDENES DE SALIDA DE BIENES PATRIMONIALES
INTERNO DISPOSICIÓN x
PERSONA AUTORIZADA: Apellidos y Nombres:
Documento de Identidad DNI: Teléfono:
2. NUEVO RESPONSABLE DEL BIEN Salida: __/___/20__ Apellido y Nombre:
Motivo : Destino :
Teléfono de la empresa RELACION DE BIENES:
Nº Código Descripción
SELLO – FIRMA
Unidad de Logística Responsable Control
Patrimonial Nuevo Responsable
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ANEXO 03
N° _________________
Devolución de Bienes Institucionales
Dependencia y/o Servicio :___________________________________
Oficina o Ambiente :___________________________________
Jefe de Dependencia y/o Servicio :___________________________________
ITEM CODIGO CANT DESCRIPCION DEL BIEM ESTADO
Dependencia y/o Servicio Área de Control Patrimonial
DIA MES AÑO
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UNIDAD DE LOGÍSTICA ÁREA DE CONTROL PATRIMONIAL
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ANEXO 03
INFORME TECNICO DE BIENES MUEBLES Y/O EQUIPOS PARA
BAJA
Detalle Del Bien Propuesto Para Baja:
Código Interno: Código SBN: Valor Neto. S/.
Descripción:
Detalles Adicionales: Marca: Modelo: Serie:
Informe Técnico Correspondiente:
Apellidos y nombres del Técnico:
Especialidad: DNI:
Informe del estado del bien (visual) Informe de prueba realizadas:
Recomendaciones de baja por: Valor de Tasación: S/. Excedencia Obsolescencia Oneroso destrucción Parcial y/o Total Comentario:
Área de Control Patrimonial Técnico Especialista
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ANEXO 04
ACTA DE ENTREGA - RECEPCION DE CARGO
1. LUGAR
FECHA
2. DATOS DE LA DEPENDENCIA
Dependencia
Unidad Orgánica
Oficina / Dirección
3. DATOS DEL CARGO QUE SE ENTREGA
Cargo Nivel Remunerativo
Grupo Ocupacional Código de plaza
Función
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ANEXO 04
DATOS DEL FUNCIONARIO QUE ENTREGA EL CARGO (de ser
necesario se adjuntara anexos)
4. 1.
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre
4. 2. Situación de trabajos encomendados (incluir trabajos pendientes si los
Hubiera)
4. 3 Relación de expedientes y/o documentos a su cargo
4. 4 Relación de útiles de escritorio
4. 5 Relación de mobiliario, enseres y equipos de oficina
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ANEXO 04
DATOS DEL FUNCIONARIO QUE RECIBE EL CARGO
5. 1
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre
6. OBSERVACIONES
6.1 Del Funcionario que entrega el cargo
Del Funcionario que recibe el cargo
FIRMA DEL FUNCIONARIO QUE FIRMA DEL FUNCIONARIO QUE
ENTREGA DEL CARGO RECIBE EL CARGO
Incluir:
Inventario Físico de bienes patrimoniales asignados, verificado por Control Patrimonial.
En caso de culminación de la relación laboral, adjuntar carné de trabajo y Constancia de no
tener deuda con la institución
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ANEXO 05
ORDEN DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO
ESTABLECIMIENTO DE SALUD OTM DIA MES AÑO
N°
NOMBRE DEL BIEN MARCA MODELO C.P.
Descripción del problema presentado:
FIRMA DIA MES AÑO FIRMA DE RECEPCION DIA MES AÑO
Diagnostico Técnico:
MODALIDAD DE
ATENCION
PERSONAL
PROPIO
TERCEROS
A TODO
COSTO
Responsable: Fecha:
Descripción del Trabajo Realizado:
Recepción del Trabajo Técnico Responsable
Jefe de la Unidad de Servicios Generales
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ANEXO 06
INVENTARIO PATRIMONIAL DE LA ENTIDAD FICHA DE PERSONAL DE ASIGNACIÓN DE BIENES
Apellidos y Nombres: ___________________________________ Establecimientos: ___________________________________ Ficha Nº Fecha ___________ Oficina: ___________________________________
Nº C. P DESCRIPCION MARCA MODELO TIPO COLOR SERIE/DIMENCION ESTADO OBSERVACION
001
002
003
004
005
006
007
008
009
010
Leyenda: (N) Nuevo – (B) Bueno – (R) Regular (M) Malo Nota: EL USUARIO DECLARA HABER MOSTRADO TODOS LOS BIENES PATRIMONIALES QUE SE ENCUENTRAN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y NO CUENTAN CON MAS BIENES PATRIMONIALES MATERIA DE INVENTARIO. EL USUARIO ES RESPONSABLE DE BUEN USO DE LOS BIENES DETALLADOS EN LA PRESENTE FICHA Y EN CASO DE PERDIDA EXTRAVIO SERÁN REPUESTO O REEMBOLSADOS. CUALQUIER MOVIMIENTO DENTRO O FUERA DE LA INSTITUCIÓN, DURANTE EL PERIODO DE ACTUALIZACIÓN DEBERÁ SER COMUNICADO DE CONTROL PATRIMONIAL BAJO RESPONSABILIDAD.
MODALIDAD Nombrado ( ) Cas ( ) Serums ( ) Pers. DIRESA( ) Otros ( )HTV/ruc.
___________________
Usuario Responsable
___________________
Jefe Responsable
___________________
Comisión de Inventario
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