Nom 052 ecol 2001

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Norma Oficial

Mexicana

052 – ecol - 2001

CLINICA DE FAUNA SILVESTRE

MVZ: JOEL DELGADILLO MEDRANO

EMVZ: RAUL FLORES

EMVZ: RENE MELENDEZ

Manejos de residuos

perjudiciales al medio ambiente

NOM 052 – ECOL - 2001

Introducción:

Los avances científicos y tecnológicos y la

experiencia internacional sobre la

caracterización de los residuos peligrosos

han permitido definir como constituyentes

tóxicos ambientales, agudos y crónicos a

aquellas sustancias químicas que son

capaces de producir efectos adversos a la

salud o al ambiente.

NOM 052 – ECOL - 2001

Los residuos peligrosos, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, inflamables, tóxicas, y biológico-infecciosas, y por su forma de manejo pueden representar un riesgo para el equilibrio ecológico, el ambiente y la salud de la población en general, por lo que es necesario determinar los criterios, procedimientos, características y listados que los identifiquen.

NOM052 – ECOL - 2001

Objetivo:

Esta Norma Oficial Mexicana establece el procedimiento para identificar si un residuo es peligroso, el cual incluye los listados de los residuos peligrosos y las características que hacen que se consideren como tales. Tiene por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer, entre otras, las bases para garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar.

Características que definen a un

residuo como peligroso

Corrosividad: Desgastar o destruir

lentamente una cosa

Reactividad: que produce reacción.

Explosividad: que podría provocar una

explosión

Toxicidad ambiental: que podría ocasionar

un desequilibrio ecológico.

Características que definen a un

residuo como peligroso

Inflamabilidad: que arde con facilidad y

desprende llamas inmediatamente

Biológico infecciosa: El grado en el cual

una sustancia o mezcla de sustancias puede

provocar, en un corto periodo de tiempo o en

una sola exposición, daños o la muerte de un

organismo.

Procedimiento para la evaluación

de conformidad

Las muestras para determinaciones analíticas deben ser tomadas directamente a la salida del proceso o del área de almacenamiento en su caso, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Norma Mexicana correspondiente y deberán ser representativas del volumen generado, considerando las variaciones en el proceso y, además, se debe establecer la cadena de custodia para las mismas.|

Procedimiento para la evaluación

de conformidad

La secretaria hace del uso publico una lista con los

materiales peligrosos y les asigna un código mismo que

debe ir etiquetado en los residuos.

Procedimiento para la evaluación

de conformidad

La Secretaría reconocerá las determinaciones

analíticas de la prueba CRIT que hayan sido

muestreadas y analizadas por un laboratorio

acreditado y aprobado conforme a las

disposiciones legales aplicables.

Vigilancia de esta norma

La vigilancia del cumplimiento corresponde a la

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos

Naturales, por conducto de la Procuraduría

Federal de Protección al Ambiente. Las

violaciones a la misma se sancionarán en los

términos de la Ley General del Equilibrio

Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley

General para la Prevención y Gestión Integral de

los Residuos, sus Reglamentos y demás

ordenamientos jurídicos aplicables.

Cuidemos nuestra única casa

Gracias!!!