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JUNIO, 2018
AGENCIA REGULADORA DEL TRANSPORTE
FERROVIARIO
M.I. FRANCISCO JAVIER VARGAS HERNÁNDEZ
DIRECTOR GENERAL DE REGULACIÓN FERROVIARIA
SEGURIDAD EN EL SISTEMA
FERROVIARIO NACIONAL
El objetivo principal de los ferrocarriles
es brindar su servicio con seguridad
a los usuarios y con tránsito de
trenes seguro en las comunidades
aledañas a las vías férreas.
El transporte ferroviario es un servicio
fundamental para el movimiento de
carga, que incluye el transporte demateriales y residuos peligrosos, por
lo que su infraestructura es considerada
indispensable.
La protección a este sistema detransporte, debe cumplir con los
requisitos y necesidades que amerita la
industria instalada en México.
Importancia del Ferrocarril
La reforma a los artículos 73 y 89 de la Constitución Política de los
Estado Unidos Mexicanos (CPEUM) del 5 de abril de 2004, creó el
régimen jurídico de la Seguridad Nacional como una nueva
materia dentro del orden normativo.
Esta reforma otorgó plena competencia al Ejecutivo Federal para
conducir la política en materia de Seguridad Nacional.
La Ley de Seguridad Nacional del 31 de enero de 2005, materializó
el nuevo régimen jurídico sobre el tema.
El artículo 28 de la CPEUM, considera a los ferrocarriles comoárea prioritaria para el desarrollo nacional, por lo que toca al
Estado el ejercer su rectoría, a fin de proteger la seguridad y la
soberanía de la Nación.
Marco Jurídico General
Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario
Artículo 6 Bis. Corresponde a la Agencia el
ejercicio de las atribuciones siguientes:
VII. Emitir recomendaciones a las
dependencias y entidades de la
administración pública federal, estatal,
municipal y del Distrito Federal competentes
y a los concesionarios para que en el ámbito
de sus facultades promuevan medidas de
Seguridad Pública para la adecuada
operación del servicio público ferroviario;
IX. Cooperar con las autoridades migratorias,
de Seguridad Pública y con los
concesionarios, para llevar a cabo las
acciones necesarias para resolver cuestiones
de migración e inseguridad que afecten el
servicio público de transporte ferroviario,
garantizando que en todo momento se
respeten los derechos humanos;
Normatividad en materia de
seguridad
Artículo 24. Corresponde a la SCT el
ejercicio de las atribuciones
siguientes:
• Los servicios ferroviarios podrán
interrumpirse total o parcialmente,
previa autorización por parte de la
Secretaría, por:
• I. La ausencia de condiciones de
Seguridad Pública que impidan o
no permitan llevar a cabo la
prestación del servicio público;
Normatividad en materia de
seguridad
Reglamento del Servicio Ferroviario
Artículo 198. La seguridad y vigilancia
de la vía general de comunicaciónferroviaria del Servicio Público de
Transporte Ferroviario de Pasajeros y
Carga y de las instalaciones de los
servicios ferroviarios, será
responsabilidad del concesionario opermisionario, y se realizará conforme a
las disposiciones jurídicas aplicables y
los lineamientos que al efecto
establezca la Agencia.
La Agencia podrá llevar a cabo visitas
de verificación para cerciorarse que la
seguridad y vigilancia se lleve a cabo
conforme a dichas disposiciones y
lineamientos.
Normatividad en materia de
seguridad
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El 14 de septiembre de 2007, la SEGOB y la SCT suscribieron las “BASES de
Colaboración en el marco de la Ley de Seguridad Nacional”, mismas que sepublicaron en el DOF el 17 de mismo mes y año, en ellas:
Se reconoció como Instancia de Seguridad Nacional a la Dirección General deTransporte Ferroviario y Multimodal (DGTFM). (Titular, Director General,
Directores Generales Adjuntos,Directores, Subdirectores y Jefes de Departamento).
Por su parte, con fecha 11 de abril de 2017, el Secretario Técnico del Consejo de
Seguridad Nacional hizo del conocimiento de la ARTF que:
“Una realizadas las consultas técnicas necesarias, sus resultados fueron sometidos
a la consideración del Secretario de Gobernación, en su carácter de SecretarioEjecutivo del Consejo de Seguridad Nacional, quien de conformidad con lo
dispuesto en el Lineamiento Tercero de los Lineamientos para el Reconocimiento deInstancias de Seguridad Nacional, se pronunció a favor de dicha ampliación delreconocimiento a laARTF”
INSTANCIA DE SEGURIDAD
NACIONAL
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Desde la creación de la ARTF se ha dado cumplimiento a los compromisos y
obligaciones antes señalados; a manera de ejemplo:
• Participación activa en los operativos “Ferrocarriles Seguros” implementados
en la región del Bajío Mexicano en 2016 -2017 (Estados de Guanajuato y Querétaro)y en los estados de Puebla, Tlaxcala y Veracruz, actualmente en ejecución.
• Participación con el Grupo de Coordinación para la Atención de InstalacionesEstratégicas (GCIE) de la Policía Federal, para llevar a cabo el “Análisis de riesgos
y vulnerabilidad en materia de Seguridad Física de Infraestructura e Instalaciones” alas líneas férreas del Sureste Mexicano (Chiapas, Mayab y Transístmico) y las del
estado de Baja California (Tijuana-Tecate).
• Derivado de siniestros diversos en el Sistema Ferroviario Mexicano, la ARTF ha
integrado tres Comisiones Investigadoras, a fin de determinar las causas yfactores que ocasionaron los mismos, tal como el ocurrido en el municipio de
Orizaba, Veracruz el 19 de mayo del presente año, investigación actualmente encurso.
Acciones al día de hoy
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Fondo Nacional de Seguridad
para Cruces Ferroviarios
• Es una obligación del Gobierno Federal constituir el Fondo Nacional de
Seguridad para Cruces Ferroviarios (FNSCF).
• El FNSCF tiene por objeto apoyar el financiamiento, la construcción,
mantenimiento y operación de señalización, sistemas de alerta y deobstrucción de tráfico automotor y peatonal en cruces viales ferroviarios.
Participación proporcional de conformidad con las Reglas de Operación0Gobierno Estatal
y Municipal
ConcesionariosOtras entidades
(públicas o privadas)
Gobierno Federal
@ARTF_mx
https://www.gob.mx/artf
artf@sct.gob.mx
+52 (55) 5723 9300 x 73410
Nueva York 115 – Piso 2, Col. NápolesBenito Juárez, CP 03810, CDMX.