Post on 04-Aug-2015
Formando con excelencia mujeres líderes con espíritu de servicio a la comunidad
Proyecto Mediadoras Escolares
2015
INSTITUTO TECNICO DISTRITAL INSTITUTO TECNICO DISTRITAL CRUZADA SOCIALCRUZADA SOCIAL
Diseño:YASMIN FLOREZ GUZMAN
Magister en Educación.
Formando con excelencia mujeres líderes con espíritu de servicio a la comunidad
PRESENTACIÒNPRESENTACIÒN
Son muchas las veces que en la vida de la escuela aparecen situaciones en la que los estudiantes tienen comportamientos de inseguridad, manifestaciones agresivas, diferentes tipos de conflictos que pueden afectar sus relaciones interpersonales; ahora bien, existen normas que los estudiantes pueden imponerse a sí mismo, en forma de valores, convicciones y principios que le mantengan un buen comportamiento, pero también existen normas de tipo grupal, social y comunitario, que deben ser admitidas o puestas en práctica por convivencia e interacción social adecuada.
• En el Instituto Técnico Distrital Cruzada Social de Barranquilla (una institución dirigida por las religiosas del Sagrado Corazón, que tiene un promedio de 1.600 estudiantes de estrato socioeconómico medio bajo (2), distribuidos en dos jornadas) se viene presentando problemas de convivencia entre las estudiantes, en el año 2005 se realizó un diagnóstico sobre la convivencia y los conflictos presentes en la población estudiantil, a través del proyecto denominado “La convivencia escolar en el Instituto Técnico Distrital cruzada social de barranquilla”, en el cual se halló que los conflictos más frecuentes eran los insultos, las agresiones verbales y físicas, dentro y fuera del aula, la falta de disciplina, la falta de aplicación de los valores como el del respeto, la tolerancia y el desconocimiento de las normas de convivencia. En consecuencia, el resultado de la investigación mencionada, constituye un primer diagnóstico para plantear el diseño de estrategias que tiendan a fortalecer la convivencia en la escuela.
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• En un segundo diagnostico, aplicado a través de un cuestionario de preguntas abiertas, en el año 2011 a las estudiantes de los grados 7º de educación Básica secundaria, se encontraron igualmente los siguientes resultados:
• Las discusiones entre estudiantes (59.84%), peleas entre amigas (28.34%), agresión verbal (31.49%), hurtos (18.89%), rumores (12.58%), irrespeto (9.44%), hipocresía (7.08), discusiones entre estudiantes y docentes (6.29%), discriminación (5.51%), envidia (4.72%), apodos (2.36%), racismo (0.78%), indisciplina (6.29%), no escuchar al otro (3.93%), desacuerdos en la toma de decisiones (3.14%), desobediencia a las normas (3.14%), indiferencias (1.57%), culpar a otros (0.78%), humillaciones (0.78%), intolerancia (0.78%).
• Por ende, es preciso plantear una estrategia para abordar las categorías de conflictos
presentes en el aula. Se puede observar que existe la necesidad que esta estrategia esté dirigida al proceso de comunicación, el fortalecimiento de los valores, y a la cultura de la no violencia. Ya que estos conflictos entorpecen la convivencia y las relaciones interpersonales dentro del aula, es así como se inicia este proyecto denominado Mediadoras escolares.
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Qué es la Mediación Escolar para el Instituto Técnico Distrital Cruzada Social?
• La mediación es una propuesta educativa comprometida con el desarrollo integral de la persona, de su capacidad de vivir con autonomía y con solidaridad, interpretando las razones y los sentimientos que fundamentan las necesidades humanas y los conflictos entre las personas y comprometiéndose colaborativamente a su satisfacción.
• Buscamos como Institución educativa :• Poner en marcha los recursos necesarios para introducir la mediación como estrategia
pedagógica para la resolución de conflictos.• Crear un grupo de estudiantes mediadoras en nuestra Institución, seleccionando en
relación al perfil tres estudiantes desde el grado 3| hasta 11°.• Fortalecer valores y Habilidades sociales en nuestras estudiantes.
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Ventajas de la Mediación
• Crea en el centro un ambiente más relajado y productivo.• Contribuye a desarrollar actitudes de interés y respeto por el otro.• Ayuda a reconocer y valorar los sentimientos, intereses, necesidades y valores propios y
de los otros.• Aumenta el desarrollo de actitudes cooperativas en el tratamiento de los conflictos al
buscar juntos soluciones satisfactorias para ambas.• Aumenta la capacidad de resolución de conflictos de forma no violenta.• Contribuye a desarrollar la capacidad de diálogo y a la mejora de las habilidades
comunicativas, sobre todo la escucha activa.• Favorece la autorregulación a través de la búsqueda de soluciones autónomas y
negociadas.• Disminuye el número de conflictos y, por tanto, el tiempo dedicado a resolverlos. • Ayuda a la resolución de disputas de forma más rápida y menos costosa.• Se reduce el número de sanciones y expulsiones.• Disminuye la intervención de los adultos que es sustituida por la de los/as alumnos/as o
por los mismos/as disputan tés
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OBJETIVOSDE LA MEDIACIÓN
• Apreciar la Importancia de las relaciones Interpersonales
• Descubrir Oportunidades de crecimiento personal en las situaciones de conflictos.
• Desarrollar conocimientos para aprender a vivir y a convivir
• Aceptar y valorar las diferencias
• Primar la reparación por encima del castigo y la reconciliación
• Fomentar el consenso por encima de la imposición de normas
• Aumentar la corresponsabilidad de los protagonistas
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Fases del Programa
• Creación de un grupo de trabajo de profesorado y Departamento de psicorientaciòn.
• Establecer un plan de trabajo con objetivos, actividades a realizar, tiempo y evaluación.
• Presentación del programa a las estudiantes de la Básica primaria y secundaria seleccionadas.
• Preparación y desarrollo del Curso de Formación de mediadores escolares.
• Presentación de las mediadoras a la comunidad educativa. • Organizar el plan de intervención del año 2015.
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EL PROCESO DE MEDIACIÓN ESCOLAR
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MEDIACIÓN ESCOLAR
• DEFINICIÓN : Forma de resolver conflictos entre dos o más personas con la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador, que regula el proceso de comunicación hacia una posible solución que satisfaga las necesidades de las partes en conflicto.
• Es la intervención no forzada en un conflicto de terceras personas neutrales para ayudar a las partes implicadas a que lo Transformen por sí mismas.
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• Voluntariedad.• Confidencialidad• Imparcialidad• Comunicación y colaboración• Regulación• Capacidad de las partes
Características de la Mediación
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Procedimiento para la Mediación.
a) Petición de mediación como medida preventiva o como medida correctora (por las partes o a propuesta de otros miembros de la Comunidad educativa)
b) Valoración para determinar si la mediación es apropiada, coordinador de convivencia y director de grupo.
c) Aceptación formal de la mediación por las partes y elección de mediadores. En el caso de mediación correctora ante conductas gravemente perjudiciales se requiere aceptación por escrito ante la rectoría de la Institución, del estudiante y padres.
d) Suspensión de medidas de corrección, si procede, o de tramitación de expediente disciplinario.
e) Nombramiento de mediadores, determinación de espacios y tiemposf) Premediación, entrevista por separado con las partes en conflicto para crear
condiciones que faciliten la mediación, generar confianza, recoger información, transmitir información sobre el proceso.
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Fases durante la Mediación
• Mediación– Presentación y reglas de juego: presentación de las persona y las
normas básicas del proceso de mediación: voluntariedad, respeto, confidencialidad. (crear una atmósfera positiva, de aceptación y respeto que permita afrontar el conflicto)
– Cuéntame, la partes expresan qué ha pasado desde sus perspectivas expresando a su vez sus sentimientos (crear un ambiente de confianza y explorar el problema practicando la escucha activa, no valorar, ni aconsejar, ni señalar lo que es verdad o mentira) parafraseo, reflejo, resumen.
– Aclarar el problema ( identificar el conflicto y consensuar con las partes los aspectos más importantes del mismo y que pueden desbloquear el conflicto, estructurar resumir, ponerse en lugar del otro)
– Búsqueda de soluciones (tratar los aspectos del conflicto y buscar vías de solución de un modo abierto: explorar lo que cada parte está dispuesta a hacer y lo que le pide a la otra parte, dirigiendo el diálogo en términos de intereses, plantear, evaluar y seleccionar la solución más satisfactoria para los implicados, justa, y posible,)
– Llegar a un acuerdo (establecer las condiciones de la aplicación de la solución, quien hace que, cómo, cuándo y dónde)
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Después de la Mediación.
Artículo 44. Finalización de la mediación.1. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito, explicitando los
compromisos asumidos y el plazo para su ejecución. Los mediadores realizarán un seguimiento del cumplimiento de los acuerdos.
2. Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador y una vez llevados a cabo los acuerdos alcanzados, la persona mediadora lo comunicará por escrito al director del centro quien dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente sancionador.
3. En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se incumplan los acuerdos alcanzados, el mediador comunicará el hecho a rectoria para que actúe en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en el artículo 51 de este Decreto.
• 4. Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta como atenuante de la responsabilidad.
• 5. El proceso de mediación debe finalizar con el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, en su caso, en el plazo máximo de diez días lectivos, contados desde su inicio. Los periodos de vacaciones escolares interrumpen el plazo.
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REGULACION DEL PROCESO DE MEDIACION
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Casos posibles de Mediación
¿Cuándo se puede llevar a cabo la mediación?1. En conflictos entre alumnos ...• ... motivados por conductas contrarias a las normas de convivencia.• ... motivados por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia de la
institución, con las excepciones establecidas en el Decreto.2. Entre miembros de la comunidad educativa ...• ... cuyas conductas estén en conflicto aunque no hayan perturbado la
convivencia del centro, en sus diferentes calificaciones de gravedad, y, sin embargo, los implicados quieran acogerse a esta práctica.
3. En conflictos que hayan tenido las consecuencias oportunas y, ... • ... después de llevarse a cabo las mismas (incluidas las sanciones), los implicados deseen acogerse a la mediación.
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Limitaciones de la Mediación
• No se llevarán a cabo en el caso de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en las que concurran alguna de las circunstancias agravantes de la responsabilidad que se mencionan en el artículo 32.2 del Decreto 51/2007
• En conflictos entre alumnos...• ... motivados por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro en las que concurran circunstancias agravantes de:
• a) Premeditación.• b) Reiteración.• c) Incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los
derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.• d) Situaciones de alarma social causada por las conductas, con especial
atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación a otro alumno.
• e) Especial gravedad en los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.
• f) Publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de aparatos electrónicos u otros medios.
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Quién puede ser mediador
• Podrá ser mediador cualquier miembro de la comunidad educativa, estudiantes, padres, profesores o personal de administración y servicios, que lo desee, siempre y cuando haya recibido la formación adecuada para su desempeño
• (Decreto 51/2007, Artículo 43. Aspectos básicos para su puesta en práctica. Apartado c).
• Las personas de la comunidad educativa de un colegio que, en la actualidad, dispongan de la formación adecuada y deseen ejercer como mediadores, deberán justificar ante el rector del centro dicha formación. El Rector, con el asesoramiento de, entre otros, el Coordinador de convivencia del centro, estimará la procedencia, o no, de dicha solicitud
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Designación del Mediador
• El mediador será designado por la Institución educativa, cuando sea éste quien haga la propuesta de iniciar la mediación y por la estudiante o las estudiantes, cuando ellas sean las proponentes. En ambos casos, el mediador deberá contar con la aceptación de las partes afectadas.
• En el caso de que exista un Equipo de Mediación, sería interesante que en el documento de solicitud cada parte seleccionara dos personas de ese equipo.
• Posteriormente el coordinador del Equipo de Mediación se reuniría con los cuatro mediadores elegidos para decidir los dos mediadores más adecuados para gestionar el proceso mediador: comunicación a las partes, citar para la premediación, citar para la mediación, citar para el seguimiento.
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Coordinación de la mediación con otros procedimientos de regulación de la
convivencia
Para la puesta en práctica de dichas medidas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
a) podrán tener carácter exclusivo o conjunto con otras medidas de corrección de forma previa, simultánea o posterior a ellas.
b) Cuando se lleven a cabo en conflictos generados por conductas perturbadoras calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y se haya iniciado la tramitación de un procedimiento sancionador, éste quedará provisionalmente interrumpido cuando el centro tenga constancia expresa, mediante un escrito dirigido a la rectoría, de que la estudiante o las estudiantes implicadas y los padres o tutores legales, en su caso, aceptan dichas medidas así como su disposición a cumplir los acuerdos que se alcancen. Igualmente se interrumpirán los plazos de prescripción y las medidas cautelares, si las hubiere.
d) Una vez aplicada una sanción, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación y procesos de acuerdo reeducativo que, con carácter voluntario, para prevenir la aparición de nuevas conductas perturbadoras de la convivencia escolar.
e) Así mismo, podrán desarrollarse, inclusive, con conductas no calificadas como perturbadoras para la convivencia en el centro, con carácter preventivo y con todos los miembros de la comunidad educativa.
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Gracias.Yasmin Flórez Guzmán