Post on 22-Jan-2018
DISNEY HERNÁNDEZ TORDECILLA
Es la garantía que ofrece laConstitución de 1991 del derecho quetienen todas las personas a laprotección judicial inmediata de susderechos fundamentales. Esto estáexpresado en el Articulo 86 de laConstitución: "Toda persona tendráacción de tutela para reclamar antelos jueces, en todo momento y lugar,mediante un procedimiento preferentey sumario, por sí misma o por quienactúe a su nombre, la proteccióninmediata de sus derechosconstitucionales fundamentales,cuando quiera que estos resultenvulnerados o amenazados por laacción o la omisión de cualquierautoridad publica ". 1
Subsidiaria: O sea que sólo es aplicable cuando no existe otro medio de defensa
judicial.
- Inmediata: Su propósito es entregar una respuesta rápida a la protección que se
solicita.
- Sencilla: No tiene ninguna dificultad para su aplicación.
- Especifica: Es única para la protección de los derechos fundamentales.
- Eficaz: Exige que el juez estudie a fondo el caso antes de dar un veredicto.
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/politica/tutela
Acción u omisión que la motiva n, es decir , acción u omisión que viola el
derecho fundamental
Derecho que se considera amenazado o violado
Nombre de la autoridad publica si fuese posible
Nombre y lugar de residencia del solicitante
No es necesario citar la norma constitucional
Puede presentarse sin formalidades
No se requiere actuar a través del abogado
Puede presentarse verbalmente
https://es.slideshare.net/juandavidkbrafuentes/mecanismos-de-proteccin-ciudadana
Las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.
Relacionadas con
Ambiente sano
Moralidad administrativa
Espacio publico
Patrimonio cultural
Seguridad y salubridad publica
Servicios públicos
Libre competencia económica
Que debe tener la demanda de
acción de popular
Indicación del derecho o interés colectivo amenazado o vulnerado
Indicación de los hechos, actos , acciones u omisiones que motivan la petición
Enumeración de las pretensiones
El señalamiento de la persona natural o jurídica, o la autoridad publica responsable de la amenaza o agravio si acaso fuese posible determinarla.
Las pruebas que se pretendan hacer valer
Las direcciones para notificaciones
Nombre e identificación de quien ejerce la acción
Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas. Las condiciones uniformes deben tener también lugar respecto de todos los elementos que configuran la responsabilidad.
La acción de grupo se ejercerá exclusivamente para obtener el reconocimiento y pago de indemnización de los perjuicios.
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188
Mediante ella toda persona a quien afecte el incumplimiento de una norma con fuerza de ley (leyes, decretos extraordinarios, decretos legislativos) o acto administrativo puede reclamar ante la autoridad judicial su cumplimiento.
Leyes: Expedidas por el congreso.
Decretos extraordinarios: Expedidos por el Gobierno con autorización del congreso.
Decretos legislativos: Expedidos por el Gobierno en estados de excepción.
La acción de cumplimiento se solicita porque una ley o acto administrativo no esta siendo cumplido por la autoridad encargada de hacerlo.
http://www.reddhfic.org/index.php?option=com_content&view=article&id=60&Itemid=143
Nombre, e identificación y lugar de residencia de la persona que instaura la acción.
La determinación de la norma con fuerza de ley o acto administrativo incumplido
La narración de los hechos constitutivos de incumplimiento
Prueba de la renuencia a aceptación de la petición de cumplimiento.
Solicitud de prueba y enunciación de las que se pretendan hacer valer
La manifestación de no haber presentado otra solicitud respecto de los mismos hechos o derechos ante ninguna otra autoridad
La solicitud podrá hacerse verbalmente cuando el solicitante no sepa leer ni escribir o sea menor de edad o se encuentre en situación de urgencia extrema
https://es.slideshare.net/juandavidkbrafuentes/mecanismos-de-proteccin-
ciudadana
Prevista en el Artículo 148 de la Constitución Política tiene por finalidad el
control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la
administración pública sujetas al derecho administrativo y la efectiva
tutela de los derechos e intereses de los administrados
Es el mecanismo mediante el cual una persona puede reclamar ante un
juez especial (Justicia Contencioso Administrativa) por un acto o
circunstancia que nace de las Entidades públicas o privadas que cumplen
funciones administrativas.
http://personeriapopayan.gov.co/accion-
contencioso-administrativa/
1. Principio de integración: Los jueces no deben dejar de resolver el conflicto de intereses o la incertidumbre con relevancia jurídica por defecto o deficiencia de la ley. En tales casos deberán aplicar los principios del derecho administrativo.
2. Principio de igualdad procesal: Las partes en el proceso contencioso administrativo deberán ser tratadas con igualdad, independientemente de su condición de entidad pública o administrado.
3. Principio de favorecimiento del proceso: El Juez no podrá rechazar liminarmente la demanda en aquellos casos en los que por falta de precisión del marco legal exista incertidumbre respecto del agotamiento de la vía previa. Asimismo, en caso de que el Juez tenga cualquier otra duda razonable sobre la procedencia o no de la demanda, deberá preferir darle trámite a la misma.
4. Principio de suplencia de oficio: El Juez deberá suplir las deficiencias formales en las que incurran las partes, sin perjuicio de disponer la subsanación de las mismas en un plazo razonable en los casos en que no sea posible la suplencia de oficio.
http://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/pe/pe038es.pdf
Acción pública de nulidad: se interpone contra los actos administrativos que violen o atenten contra la Constitución o las Leyes que nos rigen con el fin de que se anule.
Acción de nulidad y restablecimiento del Derecho: se interpone contra un acto particular y concreto de una Entidad y/o funcionario público para que se restablezca el Derecho violado al ciudadano a través de su anulación.
Acción de reparación directa: interpuesta por la violación de derechos particulares contra hechos, operaciones u omisiones no voluntarias de la administración pero ocasionados por una falla en el servicio por una actividad peligrosa de la administración, privación injusta de la libertad o rompimiento de la igualdad ante las cargas públicas.