Transcript of MAYO DE 2017 I - Inicio
MAYO DE 2017
IGerencia Financiera. EJECUCION DEL PRESUPUESTO
01/01/20162016.
Y otras Gerencias.
lIa Gerencia de GAFETES (TIA) 01/01/2017 31/03/2017 Seauridad v
Gerencia
DE RESULTADOS
01/01/2017 31/03/2017 EJECUCiÓN
Unidad de Acceso a la ILEY DE ACCESO A LA Información Público
INFORMACION PUBLICA 01/01/2017 31/03/2017
Gerencia Financiera SOLVENCIAS FINANCIERAS 30/06/2015
31/05/2017
IGerencia Financiera ARQUEO AL FONDO ROTATIVO Y CAJAS CHICAS
IUnidad de Com pras EVALUACION DE PROCEDIMIENTO
01/05/2016 I 30/04/2017 I PLANEACIÓN DE COMPRAS
7 PLANEACIÓN
Efectuar seguimiento a informes realizados en la Unidad de
Auditoría Interna (hallazgos, descripción, estado, unidad
responsable del cumplimiento).
j~~ z ,<fI:~~., S'.~t;;;.;;~>,¡",:¡¡.\I'" (
c· 'i'.~'" ",' C'\ -,c~. 'o. e \,,0 \.
U4TÉH,r-.\. ~
MAYO DE 2017
VERIFICACiÓN DE MANUALES
VERIFICACiÓN DE PUESTOS LABORALES (CUMPLIMIENTO T~RMINOS DE
REFERENCIA)
Guatemala, 08 de junio de 2017 ~. "'-. \:lE 1\(;1""+ ~/// r.;i
"fv~.:,
/ ................•.. " ..•~~''7('? ..¡¡¡;~"'''.,..,f",.r
(\ ~
AUDITORIA DE GESTION
Revision de expedientes de arrendadoras
DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
GUATEMALA, MAYO DE 2017 I~III
INDICE
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA 4
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS 13 Y
RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
ENTIDAD AUDITADA DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE
LA 15
COMISION DE AUDITORIA 16
La Dirección General de Aeronáutica Civil de Guatemala.
Es la Dirección creada mediante la Ley de Aviación Civil Decreto
No. 93~2000, la que en las disposiciones generales, en el artículo
1. Objeto establece lo siguiente: la presente ley tiene como
objetivo normar el ejercicio de las actividades de aeronáutica
civil, en apoyo al uso racional, eficiente y seguro del espacio
aéreo, con fundamento en lo preceptuado en la Constitución Política
de la República, los convenios y tratados internacionales
ratificados por Guatemala, los reglamentos emitidos para el efecto
y demás normas complementarias.
Acuerdo Gubernativo No. 384~2001, Reglamento de la Ley de Aviación
Civil, en el capítulo 11 de la Dirección General en el artículo 2°
establece: "La Dirección General de Aeronáutica Civil, por conducto
de su Director General, los subdirectores, unidades técnicas y
administrativas deberán velar por el fiel cumplimento de la Ley de
Aviación Civil, leyes de observancia general que contengan
preceptos relacionados con la actividad aeronáutica, acuerdos y
tratados internacionales ratificados por Guatemala, del presente
Reglamento, regulaciones y disposiciones complementarias".
Unidad de Asesoría Jurídica
Encargada de proporcionar asesoría jurídica específica requerida
por las actuaciones internas del Despacho Superior en la gestión de
la DGAC. También tiene encomendado proporcionar la asesoría
jurídica por las actuaciones internas del personal de la
DGAC.
Gerencia Financiera.
Es una unidad del área administrativa encargada de administrar los
recursos financieros propios de la DGAC y los otorgados por el
Estado. Fiscaliza y contabiliza todos los fondos asignados a la
DGAC por las distintas fuentes de ingreso existentes. Prepara el
proyecto de presupuesto general de la DGAC, y los proyectos de
ejecución presupuestaria en coordinación con las unidades
administrativas y técnico-operativas, y supervisa la ejecución de
los proyectos y controla las inversiones realizadas.
Unidad de Control de Ingresos. ~«;,.'OE'~ \E~,I\ ~~'~ ~ p~ .,
Es la unidad administrativa encargada del control, monitoreo,
análisis 1:. ,.~. ~
seguimiento de los ingresos de la DGAC, especialmente los
realizados en e~ ~~i~:~ ~.':" o. v
QÚ,.q1 ,,\.1"
AUDiTORIA DE GESTION CUA 64465 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL
31 DE DICIEMBRE DE 2016 ~I~II
O!RECCION GENERAL DE AERONAUTlCl
sistema bancario y genera la información pertinente para la
proyección y cobro de los mismos.
Del Examen de Auditoría
Se emitió el nombramiento de Auditoría 64468-1-2017 de fecha 16 de
enero de 2017, en el cual se nombra al Lic. Víctor Hugo Duarte
Fabián, para realizar la auditoría de Gestión a los Ingresos por
Arrendamiento de arrendadoras de autos, por el período comprendido
del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016.
OBJETIVOS
. GENERALES
1. Se verificó el adecuado y oportuno cumplimiento de las
disposiciones legales y administrativas contenidas en las Leyes,
Reglamentos y Normativas Internas Vigentes, relacionadas e
inherentes al área objeto de esta auditoría.
2. Contribuir con el Plan Anual de Auditoría aprobado para el año
2017.
ESPECIFICOS
1. Se verificó la legalidad de la cesión de derechos. 2. Se
determinó, si existe modificación de las cláusulas de los contratos
de
arrendamiento. 3. Se determinó si las arrendadoras de autos se
encuentran al día en todos sus
compromisos financieros ante la DGAC. 4. Se evalúo la estructura
organizativa de la DGAC para establecer si existe
coordinación de actividades entre las diferentes áreas (Unidad de
Asesoría Jurídica, Sección de Ingresos de la Gerencia Financiera, y
Unidad de Control de Ingresos -UCI-), para la toma de
decisiones.
5. Se verificó si la DGAC ha adoptado procedimientos de control
interno apropiados, para asegurar que todas las operaciones que
procesan, estén documentadas satisfactoriamente.
6. Se confirmó que los ingresos por concepto de arrendamiento de
las arrendadoras se depositen íntegros y oportunamente en las
cuentas de la DGAC en el Banco de Desarrollo Rural,
S.A.(BANRURAL).
7. Se verificó que se hayan aplicado las tarifas establecidas en el
Acuerdo Gubernativo No. 939-2002, Reglamento Tarifarío de los
Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento en los Aeródromos del
Estado y sus
AUDtTORIA DE GESTiON - CUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL
31 DE DICIEMBRE DE 2018 II~II
DIHEGC¡ON GENERAL DE P..ERONAUTiCL
modificaciones. 8. Se verificaron otros aspectos que se
consideraron importantes y que afectan
los intereses del Estado. 9. Presentar el informe que contenga las
recomendaciones para el
fortalecimiento de las áreas respectivas.
ALCANCE
La auditoría comprendió la verificación integra y oportuna de los
ingresos percibidos por concepto de arrendamiento de las
arrendadoras de autos, así como la evaluación del control interno,
registros, operaciones y seguimiento a recomendaciones, por el
período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del
2016.
INFORMACION EXAMINADA
Se examinó la información proporcionada por la Unidad de Asesoría
Jurídica, Gerencia Financiera, Unidad de Control de Ingresos de las
arrendadoras de autos que se encuentran ubicadas en el tercer nivel
del Aeropuerto Internacional La Aurora, por los periodos de enero a
diciembre 2015 y 2016. La Gerencia de Infraestructura
Aeroportuaria, no presentó los planos de las áreas arrendadas
solicitados en dos oportunidades, según oficios
DGAC-UDAI-64468-007-17/vhdf y DGAC-UDAI-64468-008-17/vhdf, de
fechas 2 y 16 de febrero de 2017.
La Unidad de Asesoría Jurídica, presentó 12 expedientes de
arrendadoras de autos con toda la documentación de los
arrendatarios incluyendo los contratos suscritos por arrendamiento
de las áreas de oficinas, counters y parqueos. La Unidad de Control
de Ingresos, la Gerencia Financiera y Sanrural, presentaron los
estados de cuenta de seis arrendadoras de autos que se encuentran
activas, dándole cumplimiento a los objetivos de la auditoría,
revisando lo siguiente: Número de contrato; fecha del contrato;
identificación de las áreas; nombre del arrendatario; plazo del
contrato de arrendamiento; cantidad total de metros cuadrados
arrendados, especificando cuántos metros corresponden a cada área
(oficinas, counter, parqueos, etc.); valor del metro cuadrado por
área arrendada; vencimiento de las fianzas de cumplimiento; que los
pagos se hicieron de conformidad con la fecha establecida en los
contratos; la cartera morosa al 31 de diciembre de 2016; los
registros de ingresos por arrendamiento de las áreas según estados
de cuenta e informe mensual de Sanrural.
Se solicitó información por medio de los oficios
UDAI-DGAC-64468-17-009, 010, 011, 012, 013 Y 014/vhdf a las seis
arrendadoras de autos que se encuentran ubicadas en el tercer nivel
del Aeropuerto Internacional La Aurora, sobre los
AUD!TORlr~ DE GEST10N - eUA 644611 PE¡{IODO DEL Oi DE ENEF\ü DE
2010 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016l~tll
DIRECCION GENERAL OEAERONAUTíCt\
ingresos mensuales por los periodos de enero a diciembre 2015 y
2016.
La respuesta de las seis (6) Empresas Arrendadoras fue lo
siguiente:
Que se encuentran en la total disponibilidad de colaborar y cumplir
con cualquier requerimiento derivado de su relación contractual con
la DGAC, siempre y cuando sea dentro de los términos acordados en
el contrato de arrendamiento de áreas en el Aeropuerto
Internacional la Aurora.
No obstante lo anterior, el requerimiento enviado no se enmarca
dentro de las condiciones contractuales pactadas y por lo tanto no
estamos obligados a cumplir con su requerimiento.
Lo expuesto por las arrendadoras, en virtud que en los contratos
fue excluida la cláusula CUARTA: RENTA: Las literales b) Renta
Variable y c) La Renta Variable estará sujeta a
fiscalización.
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA
Como resultado de la auditoría practicada a los expedientes de
ingresos por arrendamiento de áreas para oficina, counter y
parqueos a cargo de la Unidad de Asesoría Jurídica, se
establecieron irregularidades, como se muestra continuación:
1) Irregularidades establecidas en los contratos rescindidos a las
arrendadoras de automóviles
En el cálculo de la renta de las áreas de parqueo de los contratos
rescindidos en el año 2015, de seis (6) arrendadoras de autos,
únicamente establecieron como renta fija la cantidad de $ 2,000.00
más un incremento del 5% anual. Esta situación fue objeto de
recomendaciones en el informe anterior de auditoría 2016.
2) Arrendadoras de Automóviles en mora
En la revisión a los contratos de las arrendadoras de autos, se
logró establecer que cinco arrendadoras de autos se encuentran en
mora, verificando que la Unidad de Asesoría Jurídica ya traslado
los expedientes de cuatro arrendadoras a la Procuraduría General de
la Nación para que inicie las acciones legales ~ correspondientes,
solo está pendiente que Asesoría Jurídica emita su opinión en
:tW'lO:~ relación al oficio No. DAJ-886-2015-HVCG de fecha
18/05/2015, si procede ~0<''i' .~1'''-1,
C' "?:
aprobar el proyecto de resolución de prescripción de la deuda de la
arrendadora &~~ Payles Car Rental/Fuente de Autos, S. A. ~
AI~!"'OR", .~
G' "'",RNA ~
11~~~l"II. (J",,"~Y~l;' . :al ".,"','.lo? AUDlTORIA DE GESTION •
CUA 64468 . PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL DE DICIEM8RE DE
2016
3) Arrendadoras con fianzas vencidas
Tres arrendadoras tienen vencida la fianza de cumplimiento; 1) Auto
Continental, S. A; 2) Rentalsa, S. A; y 3) Payles Car Rental/Fuente
de Autos, S. A.
4) Irregularidades de arrendamiento en los contratos
En la revisión de los contratos de seis (6) arrendadoras de
automóviles que operan en el parqueo del tercer nivel del edificio
de la termina1, se estableció lo siguiente:
1. Para el cálculo de la renta fija de los siete (7) parqueos de
automóviles que tienen asignados las arrendadoras de autos,
interpretaron y aplicaron la tarifa establecida en el artículo No.
5 literal h) del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002, Reglamento
Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de los
Aeródromos del Estado, de Q 168.00 por unidad (Según criterio de
Asesoría jurídica). Según criterio de auditoría, el cálculo
correcto es la tarifa de Q 168.00 por metro cuadrado (18M2 y 24 M2
por cada vehículo, según planos anteriores de
Infraestructura).
2. El área en donde construyeron la oficina es un área de parqueo
de 18 M2 sin embargo tomaron la tarifa de la literal g) del
artículo No. 5 del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002 Q 134.40 área
de oficina, siendo lo correcto la tarifa para parqueo de la literal
h) de Q 168.00 por 18M2.
3. En los contratos de las seis arrendadoras de autos no incluyeron
la renta variable del cinco por ciento (5%) sobre la participación
de las ventas mensuales, que contienen los contratos de las
arrendadoras Auto Continental, S.AlDollar Rent a Car y Payles Car
Rental/Fuente de Autos, S. A Esta renta variable también está
contemplada en la minuta del contrato en la literal b) de la
cláusula CUARTA: RENTA:. También la literal b) de renta variable
fue excluida en la Resolución No. RES-DGAC-DS-1000-2014 de la
Dirección General.
4. Asimismo en los contratos vigentes de las arrendadoras de autos,
no incluyeron la cláusula de las pólizas de seguros del área
arrendada, que estaba contemplada en los contratos rescindidos de $
50,000.00, que cubría la vigencia de los contratos.
Como consecuencia de la aplicación de la tarifa de renta 'fija por
unidad, la Dirección General de Aeronáutica Civil ha criterio de la
Unidad de Auditoría Interna ha dejado de percibir la cantidad Q
2,750,855.42 por concepto de renta 'fija mensual, correspondiente a
los años 2015 y 2016.
Base legal
8 ~ W IX A q 1~"'OIlIA. !:
IIM• AUDITORIA DE GESTION· eUA 64468 • I~' ~ PERIODO DEL 01 DE
ENERO DE 2010 AL ! DE DICIEMBRE DE 201t1 ../,
~~II~------------------~==~~==~~~--------------------~~'"
Q~~~~~~,~.~.
El Manual de Normas y Procedimientos para otorgar en Arrendamiento
Áreas: 1. Adyacentes y de Influencia. 2.- Locales Comerciales,
establece los procedimientos que debe realizar la Asesoría jurídica
y la Dirección General de Aeronáutica Civil.
EL ACUERDO GUBERNATIVO NO. 939-2002, REGLAMENTO TARIFARIO DE LOS
SERVICIOS AEROPORTUARIOS Y DE ARRENDAMIENTO EN LOS
AERÓDROMOS DEL ESTADO, establece:
"En el artículo No. 5. Las tarifas mensuales para el arrendamiento
de áreas se aplicaran conforme las siguientes categorías:
AERODROMOS DE PRIMERA CATEGORíA
ZONA TERMINAL, por metro cuadrado (El subrayado es nuestro L
1. En el edificio terminal y áreas comerciales a) ...... . g)
Counter y oficinas otras empresas .............................. Q
120.00. h) Espacio taxis y rentadoras, por vehículo, mensual..
....... Q 150.00.
"El Artículo No. 12. Reformado por el Acuerdo Gubernativo No.
455-2007, en el segundo párrafo del artículo 1. Indica que ........
Dicha invitación deberá indicar también que las ofertas pueden
componerse de un valor fijo por metro cuadrado en concepto de
renta, un monto variable, un pago por derecho de explotación o bien
una combinación de las anteriores".
"ARTICULO 13. Las minutas de los contratos que deban otorgarse en
aplicación
del presente Reglamento, serán redactadas y analizadas por la
Asesoría Jurídica de la Dirección. Los contratos serán otorgados
por el Director General y el interesado, en Contrato Administrativo
o Escritura Pública".
"El artículo No. 15. El Arrendatario deberá presentar fianza de
cumplimiento, por una cantidad igual al diez por ciento (10%) del
valor total del contrato, calculado conforme el plazo pactado
...... ".
La minuta del contrato de arrendamiento de las arrendadoras de
automóviles indica en la cláusula CUARTA: RENTA: a) Renta Fija: ...
b) Renta Variable: que es un porcentaje de participación sobre las
ventas mensuales del cinco por ciento (5%), menos el Impuesto al
Valor Agregado -IVA-; la arrendataria trasladará en forma mensual y
consecutiva, declaración contable debidamente firmada y sellada
~~~~,.1.0E·~~'i'O~
C:i ~ ~ '5 f" :,.. g !2 ~ AUOITORIA ~ 1>. 1t.:7iRN~ •
(.¡ .~ ~.. "'I7"E'M • /AUDlTORtA DE GESTION .. CUA 64468
PERIODO DEL 01 DE ENERO. DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
II~II
OlRECCION GENERAL DE AERONAUT1Ct\
por contador público, quien deberá estar inscrito en la
Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, dentro de los
primeros cinco días hábiles de cada mes, la cual hará constar las
ventas mensuales".
La Resolución RES-DGAC-DS-1000-2014, en el título RESUELVE:
Artículo No. 2. En el contrato de arrendamiento deberá hacerse
constar las condiciones siguientes: a) Plazo: ..... b) Renta Fija:
..... e) Forma de Pago: La renta fija se cancelará dentro de los
primeros cinco días de cada mes, contados a partir de la fecha del
acta de entrega del área", asimismo en la resolución se testó el
párrafo siguiente:
"Testado: y la renta variable se cancelará dentro de los primeros
cinco días de cada mes, a partir de la fecha del acta de
acondicionamiento de área y el acta de aceptación de planos de
diseño emitidas por la Gerencia de Infraestructura. Omítase".
d)...... (El subrayado es nuestro)
Los contratos de arrendamiento de las 6 arrendadoras de autos
rescindidos en el 2015, en la cláusula "Decimaoctava de un contrato
y en cinco contratos en la cláusula Decimanovena: De las pólizas de
seguros: Por el presente acto el arrendatario contrae la obligación
de asegurar el Área Arrendada durante toda la vigencia del contrato
mediante un seguro de daños de obra civil hasta por un monto de
cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América
($50,000.00)".
COMENTARIOS DE LOS RESPONSABLES
UNIDAD DE ASESORíA JURíDICA
La reunión programada para el día quince de marzo de 2017, se
realizó hasta el día lunes veinte a solicitud del Jefe de Asesoría
Jurídica por estar integrando la Junta de Licitación en
-COVIAL-.
En la reunión el Jefe de Asesoría Jurídica presentó el oficio No.
UAJ-596-2017/CT con fecha 20/03/2017, en donde expone sus
comentarios respecto al posible hallazgo de auditoría, los que se
trascriben a continuación: Me permito dar respuesta al oficio
UDAI-DGAC-64468-17-15/vhdf de fecha 10 de marzo de 2017 por medio
del cual se establece la existencia de posible hallazgo en
contratos vigentes, derivado de la auditoría que se realiza a las
empresas arrendadoras de autos, por lo que para desvanecer las
supuestas deficiencias y el posible, me permito manifestar lo
siguiente:
1. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en el
numeral 1 que: <t",~t.~1.0E,~~"tOi- u ~.::.
se utilizó y aplico la tarifa establecida en la literal h) del
numeral 1 del artículo 5 del?' . ~ (l ,.
Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de
Arrendamiento d~ AUDITORIA' ~
~~II.·I~~~~~~~Q~~-~ AUDlTORIA DE GESTION " CUA 64488 v •
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016II~
DIRECC!ON GENERAL DE AERONAUTICA
Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo 939-2002 del Presidente
de la República de Q 168.00 por Unidad, siendo lo correcto por
metro cuadrado. Al respecto me permito manifestar que en el
Artículo cinco establece: "AERÓDROMOS DE PRIMERA CATEGORíA... ZONA
TERMINAL, por metro cuadrado: "yen numeral 1 literal h): "1. En el
edificio terminal y áreas comerciales ... h) Espacio taxis y
rentadoras, por vehículo (el resaltado es propio), mensual------ Q
150.00" por lo tanto NO EXISTE APLICACiÓN ERRÓNEA DE lA TARIFA
establecida ya que si bien es cierto en el encabezado se establece
que la tarifa debe ser aplicada por metro cuadrado, en la literal
especifica en la cual se hace referencia al valor que se debe
cobrar en concepto de renta por parqueo de automóviles a las
arrendadoras indica que debe ser por "POR VEHíCULO", En tal sentido
de conformidad con lo expuesto no existe aplicación errónea de la
tarifa en concepto de renta, teniendo por lo tanto con lo expuesto,
desvanecer el mismo.
11. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en
el numeral 2 que: en el área donde se construyó oficina por parte
de las empresas arrendadoras de autos se aplicó la tarifa
establecida en la literal g) del numeral 1 del Artículo 5 del
Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de
Arrendamiento de Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo
939-2002 del Presidente de la República de Q 134.40 por metro
cuadrado, siendo lo correcto la tarifa establecida en la literal h)
de Q 168.00 por metro cuadrado. Al respecto me permito manifestar
que en el artículo cinco se establece: "AERÓDROMOS DE PRIMERA
CATEGORíA" ... ZONA TERM~NAL, por lo tanto NO EXISTE APLICACiÓN
ERRÓNEA DE LA TARIFA establecida ya que el cobro no se realiza en
virtud de la ubicación del área, si no, por el uso que se le da a
la misma, no pudiendo aplicar la tarifa establecida en la literal
h) como establece la condición ya que la misma hace referencia
específica a "POR VEHíCULO", en tal sentido de conformidad con lo
expuesto no existe aplicación errónea de la tarifa o de norma que
establezca la misma, en concepto de renta, teniendo por lo tanto
con lo expuesto, desvanecido el mismo.
111. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en
el numeral 3 que: en los contratos de las seis arrendadoras no
incluyeron la renta variable del 5% sobre la participación de las
ventas mensuales. Al respecto me permito indicar que tanto el pago
de renta variable, como el porcentaje que se cobre de la misma, no
es un imperativo legal o reglamentario y queda a criterio de la
autoridad de turno el cobro de la misma y el porcentaje de cobro,
ya que el Reglamento Tarifario de los Servicios Aeroportuarios y de
Arrendamiento de Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo
939-2002 del Presidente de la República, no establece norma alguna
que de manera imperativa,
..,.f:.'f.Al OE.~~ el cobro de la misma asi como su porcentaje, y
la única norma que regula algo al ~f.Í' '!'c!f:.
C' 7C;
respecto es el segundo párrafo del artículo 12 el cual establece
"La Dirección y ~ ~ AlJarr: r. o. 1N"i¡~~t4 .i
II~~~.1t-------'-----:-:Al-:-::ID-:-::IT~OR=IA:-:D~E-:::-G::-:ES=TI-::-:ON~--:'C-:-:-UA~6-:-44~68-:-·----------::-p,-:-'¡g-:-.
Q""l'o%¡"'l~,,:C1 ~~ PERIODO DEl 01 DE ENERO OE201GAl31 DE
DICIEMBRE DE 2016
d
X-t
OtRECC,ON GENERAL DE AERONAUTICf,.
General de Aeronáutica Civil podrá invitar a personas individuales
o jurídicas de reconocido prestigio nacional y/o internacional para
ser arrendatarias de áreas dentro de los aeródromos. Esta
invitación deberá realizarse por medio escrito, indicando las
condiciones y requisitos a cumplir, así como los criterios de
calificación que se aplicarán. Dicha invitación deberá indicar
también que las ofertas pueden componerse de un valor fijo por
metro cuadrado en concepto de renta, un monto variable, un pago por
derecho de explotación o bien una combinación de las anteriores.
"El resaltado de las palabras podrá y pueden corresponder a mi
persona, y es debido a que son las palabras que establecen las
posibilidad del cobro de renta variable como una facultad y no como
una obligación, en tal sentido de conformidad con lo expuesto no
existe error o exclusión de obligación que genere hallazgo,
teniendo por lo tanto con ·10 expuesto, desvanecido el mismo.
IV. Se establece como deficiencia, en el apartado de Condición en
el numeral 4 que: En los contratos no se incluyó la cláusula de las
pólizas de seguro de las áreas arrendada. Al respecto me permito
indicar que la contratación de seguro por el área arrendada, no
puede ser una deficiencia que genere hallazgo, en virtud de que ~I
Reglamento Tarifa riode los Servicios Aeroportuarios y de
Arrendamiento de Aeródromos del Estado, Acuerdo Gubernativo
939-2002 del Presidente de la República, no contiene norma alguna
que establezca la obligatoriedad de la contratación ningún tipo de
seguro, únicamente establece que como garantía del cumplimiento del
contrato se deberá contratar fianza de cumplimiento, por una
cantidad igual al diez por ciento (10%) del valor total del
contrato, en tal sentido de conformidad con lo expuesto no existe
incumplimiento legal que genere hallazgo alguno y que deba de
confirmarse en dicho sentido, teniendo por lo tanto con lo
expuesto, desvanecido el mismo.
Es entonces estimado Lic. Carlos Aroldo González Barrera, que de
conformidad con lo expuesto en los numerales romanos precedentes,
en la realización de los contratos de arrendamiento de las empresas
arrendadoras de autos, no se deben tener como deficiencias para la
generación de hallazgos, las posibles condiciones determinadas por
el Auditor Gubernamental Lic. Víctor Hugo Duarte Fabián, ya dos de
ellos son sustentados en aplicación errónea de Ley y otros dos sin
ningún fundamento de Ley que genere la existencia de los
mismos.
En la reunión del 20/03/2017 el Jefe de Asesoría Jurídica informo
que en el oficio No. UAJ-596-2017/CT, únicamente presentó los
comentarios del posible hallazgo No. 1 Irregularidades de
arrendamiento en los contratos, quedando pendientes los
~~e.f'.Al DI: puntos relacionados a las irregularidades en los
contratos rescindidos a las C'~(:>' ~<f-i> arrendadoras de
automóviles, arrendadoras de automóviles en mora y tres § ';
cr: oarrendadoras tienen la fianza vencida. •
'1 IiUt,¡ IN~toll14 •
l'"i\.t4jJtA'C. AUDITORIA DE GESTION . CUA 64468
,1'PERiODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEM8RE DE 2016
IIMfll .
DIRECCION GENER¡\L DE AERONAUTICA
Con fecha 27/03/2017 según oficio No. UAJ-627-2017/CT presentó los
comentarios que se encontraban pendientes de la reunión del
20/03/2017, siendo los siguientes:
Ampliar la respuesta del oficio UAJ-596-2017/CT el cual se originó
para dar respuesta al requerimiento contenido en el oficio
UDAI-DGAC-64468-17-15/vhdf mismo que establece la existencia de
posible hallazgo en contratos vigentes, derivado de la auditoría
que se realiza a las empresas arrendadoras de autos; por lo que
para desvanecer las respuestas deficiencias y el posible hallazgo,
me permito manifestar lo siguiente:
Arrendadoras de Automóviles en Mora: ..... Esta pendiente que
Asesoría Jurídica emita opinión en relación al oficio No.
DAJ-886-2015-HVCG de fecha 18/05/2015, si procede aprobar el
proyecto de resolución de prescripción de la deuda de la
arrendadora Payles Car Rental/Fuente de Autos, S. A
Tres arrendadoras tienen vencida la fianza de cumplimiento; 1) Auto
Continental, S. A; 2) Rentalsa, S. A; y 3) Payles Car RentallFuente
de Autos, S. A
Al respecto hago de su conocimiento que esta Unidad de Asesoría
Jurídica en efecto traslado los expedientes de cuatro arrendadoras
a la Procuraduría General de la Nación, entidad a cargo de iniciar
acciones judiciales ante las autoridades competentes a efecto de
conseguir el desalojo y cobro de rentas atrasadas de dicha entidad,
Así mismo manifiesto que en relación al caso particular de la
entidad Payles Car Rental, sobre la suscripción de una Resolución
de prescripción esta Dirección no posee la calidad y facultad para
resolver de oficio sobre la misma, tal como lo indica el Artículo
1501 del Código Civil, la Prescripción como acción debe de ser
planteada por el deudor (en este caso la entidad Payles Car Rental)
en la vía que para el efecto señale la ley de la materia.
Así mismo en relación a las tres arrendadoras que tienen vencida la
fianza de cumplimiento me permito adjuntar la circular No.
Uaj-004-2016 que para el efecto se remitió a Las arrendadoras para
el cumplimiento de dicha obligación. En relación a lo anteriormente
indicado, hago de su conocimiento que con el oficio No.
UAJ-176-2017/CT de fecha 25/01/2017 se remitieron a la Unidad a su
cargo la totalidad de los expedientes de arrendadoras, incluyéndose
dentro de estos los relacionados a las arrendadoras con fianzas
vencidas, situación que no ha permitido que esta Unidad continué
con el diligenciamiento de las acciones legales t.
pertinentes.
~.~EP.ALO~
¿f~~~...1~~1GERENCIA FINANCIERA Y UNIDAD DE CONTROL DE INGRESOS ~
~~ ~ q "'lIó' O"
14'~'tO~ Jo.
~~I.II------~~~~-::---\~~:~:~~,..· .f..... AUOITORIA DE GESTION •
CUA 04468 ,
PEHIOOO DEL Di DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 I~
OIREcelON GENERr~,L DE AERONAUTlCi'
En la reunión el Gerente Financiero presentó el oficio No.
UAJ-596-2017/CT con fecha 20/03/2017, en donde expone sus
comentarios respecto a las deficiencias y posible hallazgo de
auditoría, los que se trascriben a continuación:
En la revisión de los contratos de seis (6) arrendadoras de
automóviles que operan en el parqueo del tercer nivel del edificio
de la terminal, se estableció lo siguiente:
Para el cálculo de la renta 'fija de los siete (7) parqueos de
automóviles que tienen asignados las arrendadoras de autos,
interpretaron y aplicaron tarifa establecida en el artículo No. 5
literal h) del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002, Reglamento
Tarifaría de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento de los
Aeródromos del Estado, de Q 168.00 por unidad. Siendo el cálculo
correcto la tarifa de Q 168.00 por metro cuadrado (18M2 y 24M2 por
cada vehículo, según los planos anteriores de infraestructura~
Comentario El cobro que se le ha aplicado es conforme a los
espacios que tiene cada contrato y con fundamento en lo que para el
efecto establece el Acuerdo Gubernativo 939-2002 en el artículo No.
5 inciso h) " Espacio taxis y rentadoras, por vehículo, mensual".
No por metro cuadrado como se menciona anteriormente. Condición El
área en donde construyeron la oficina es un área de parqueo de 18
M2 sin embargo tomaron la tarifa de la literal g) del artículo No.
5 del Acuerdo Gubernativo No. 939-2002 Q 134.40 área de oficina,
siendo lo correcto la tarifa para parqueo de la literal h) de Q
168.00 por 18 M2. Comentario En los contratos la extensión de 18.00
metros cuadrados está destinada para el uso de oficina por lo cual
se le está cobrando como indica el Acuerdo Gubernativo 939-2002, el
cobro que se realiza es conforme lo indica el contrato ya que no se
cuenta con los documentos de modificación en el cual se deba cobrar
como parqueo. Condición En los contratos de las 6 arrendadoras de
autos no incluyeron la renta variable del cinco por ciento (5%)
sobre la participación de las ventas mensuales, que contienen los
contratos de las arrendadoras Auto Continental, S. A./Dollar Rent a
Car y Payles Car RentallFuente de Autos, S. A. Esta renta variable
también está contemplada en la minuta contrato en la literal b) de
la cláusula CUARTA: RENTA También la literal b) de renta variable
fue excluida en la Resolución No. RES-DGAC-DS-1000-2014 de la
Dirección General de Aeronáutica Civil. Comentario El cobro de
renta variable dependerá de lo que indica el contrato ya que este
Departamento no tiene autorización para determinar cuánto de renta
variable podrá pagar el arrendatario, el cobro se efectuara según
el porcentaje que indica
AUDlTORIA DE GEST10N .. eUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016
AL 3\ DE DICIEMBRE DE 2016 I~II
D!RECCION GENERAL DE AERONAUTlCA
en cada contrato, en relación a los 6 contratos de arrendadoras
estos no incluyen dicha renta, por lo tanto no se le hace cobro de
renta variable.
Finalmente La Auditoría debe de dirigirse a la Unidad de Asesoría
Jurídica en caso de que exista incumplimiento legal, en la
suscripción de contratos, pues el Despacho Superior es quien avala
los cobros a realizar y los contratos se convierten en ley entre
las partes, una vez suscritos firmados y aprobados por el
representante legal de la DGAC.
Artículo 1880. El arrendamiento es el contrato por el cual una de
las partes se obliga a dar el uso o goce de una cosa por cierto
tiempo, a otra que se obliga a pagar por ese usó o goce un precio
determinado. (Código civil)
Todos los bienes no fungibles pueden ser objeto de este contrato,
excepto aquellos que la ley prohíbe arrendar y los derechos
estrictamente personales. La renta o precio del arrendamiento debe
consistir en dinero o en cualquiera otra cosa equivalente, con tal
que sea cierta y determinada.
Artículo 1517
Hay contrato cuando dos o más personas convienen en crear,
modificar o Extinguir una obligación. (Código Civil)
Artículo 1518 Los contratos se perfeccionan por el simple
consentimiento delas partes, excepto cuando la ley establece
determinada formalidad como requisito esencial para su Validez.
(Código Civil)
Artículo 1519. Desde que se perfecciona un contrato obliga a los
contratantes al cumplimiento de lo convenido, siempre que se
estuviere dentro de las disposiciones legales relativas al negocio
celebrado, y debe ejecutarse de buena fe y según la común intención
de las partes. (Código Civil)
CONCLUSiÓN DE AUDITORíA
La Unidad de Auditoría Interna, después de escuchar los comentarios
y las bases legales que expuso el Jefe de la Asesoría Jurídica
DGAC, quién es la máxima autoridad en materia legal. dentro de la
Institución y la Gerencia Financiera y Unidad de Control de
Ingresos de esta Dirección, quienes también expusieron, estar de
acuerdo con las bases legales y argumentos expuestos por el Jefe de
la Asesoría Jurídica, mismas que constan en los oficios No.
UAJ-S96-2017/CT y
AUDITORIA DE GESTION .. eUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016
AL Sl DE DICIEMBRE DE 2016I~II
DIRECCiON GENERAL DE AERONAUTICA
GF-TES-JM/EC-081-2017 en la reunión de discusión de hallazgos del
20/03/2017, da por desvanecido el posible hallazgo No. 1
IRREGULARIDADES DE ARRENDAMIENTO EN LOS CONTRATOS.
No obstante, lo anterior la Unidad de Auditoría Interna DGAC, para
el fortalecimiento del control interno y evitar futuros
inconvenientes, por medio de Nota de Auditoria, hará las
recomendaciones a las siguientes unidades:
A la Comisión que está elaborando el nuevo Reglamento Tarifario de
los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento en los Aeródromos
del Estado, para que se redacte de forma clara y precisa los
artículos del nuevo Reglamento Tarifario. Así mismo, evalué si la
renta variable y derecho de explotación, debe ser obligatorio o no;
y que se establezcan tarifas o porcentajes exactos.
Para la Unidad de Asesoría Jurídica, para que verifique el
cumplimiento del plazo y monto de la fianza de cumplimiento en los
contratos que están vigentes.
A la Unidad de Asesoría Jurídica, para que informe sobre el
seguimiento de las acciones legales en el caso de la Empresa Payles
Car Rental/Fuente de Autos, S. A.
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS Y
RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
Del seguimiento a los hallazgos de la auditoría anterior según CUA
58119, se pudo establecer que hay tres recomendaciones que están
pendientes a la fecha y son las que se describen:
Que la Unidad de Asesoría Jurídica realice un estudio y análisis
del procedimiento realizado en la recisión y otorgamiento de nuevos
contratos firmados entre la Dirección General de Aeronáutica Civil
y las seis (6) arrendadoras.
Que la Unidad de Asesoría Jurídica realice una nueva negociación de
los contratos entre la Dirección General de Aeronáutica Civil y las
seis (6) arrendadoras de autos, a efecto de evaluar si procede
rescindir los contratos actuales o modificarlos.
Que la Subdirección Técnico Operativa proceda a integrar una
comlslon multidisciplinaria que evalué si los precios que
actualmente la Dirección General \
f..".l'l DE ~~...
de Aeronáutica Civil, cobra a terceros por los diferentes servicios
que presta de li<o~ acuerdo al Reglamento Tarifario de los
Servicios Aeroportuarios y de fJ ,.'1
UJ • (
Arrendamiento en los Aeródromos del Estado. ~ AUDITORIA i Q.
INi'ERNA ~
<;1"
.~AUDITORIA DE GESTiON - CUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2010
Al31 DE DICIEMBRE DE 2016II~II
DlRECCION GENERJ>.I, DE AERONAUTICA
Comentarios de Auditoría
La Unidad de Auditoría Interna, con base en los comentarios y las
bases legales planteadas por el Jefe de la Unidad de Asesoría
Jurídica DGAC, quién es la máxima autoridad dentro de la
Institución en aspectos legales, da por desvanecidas las dos
primeras recomendaciones, que se enuncian en el apartado anterior y
que están contempladas en el informe de auditoría anterior, CUA
58119.
Respecto, a la tercera recomendación del informe anterior CUA
58119, referente a evaluar los precios que actualmente la DGAC
cobra a terceros, se considera en proceso, considerando que existe
una comisión encargada de elaborar el nuevo Reglamento T arifario
de los Servicios Aeroportuarios y de Arrendamiento en los
Aeródromos del Estado, que contempla la revisión de las nuevas
tarifas, por lo que se recomienda al Encargado de Seguimiento de
Recomendaciones de Auditoria de esta Unidad, continuar con el
seguimiento respectivo.
AUDlTORlA Dc, GESTION CUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 201G
,A,L 31 DE::DlCIE:MBRE DE 2Ü16
~lalI ~~~~
DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA ENTIDAD
AUDITADA
No. Nombre Cargo Del Al
CARLOS FERNANDO VALASQUEZ DIRECTOR GENERAL 04/02/2016 31/12/2016
MONGE
2 CRISTOPHER ALEXANDER JEFE DE LA UNIDAD DE ASESORIA 07/05/2016
31/12/2016 TOLEDO AGUILAR JURIDICA
3 JORGE ALBERTO MONTENEGRO GERENTE FINANCIERO 01/03/2016 31/12/2016
NAJERA
4 JAVIER FRANCISCO PALENCIA COORDINADOR DE LA UNIDAD DE 16/03/2016
31/12/2016 FONCEA CONTROL DE INGRESOS
AUDlTOFUA DE GESTION • CUA 64468 PEmODO DEL Di DE ENERO DE 2016 AL
DE DICIEMBRE DE 20 1611~i@1
DlRECCION GENERAL DE AERONAUTICA
COMISION DE AUDITORIA
AUDiTOR.IA DE GESTlON .. CUA 64468 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 I~II
CUA No.: 64469
Ejecucion del Presupuesto de Egresos
DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
GUATEMALA, MAYO DE 2017
HALLAZGOS MONETARIOS Y DE INCUMPLIMIENTO DE ASPECTOS 8
LEGALES
Y RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
ENTIDAD AUDITADA
13
ANTECEDENTES
De acuerdo con información obtenida del Sistema de Contabilidad
Integrada -SICOIN-, se confirmó que el presupuesto general de
ingresos y egresos de la DGAC aprobado para el año 2016 ascendió a
0181,257,000.00 (la asignación original correspondía únicamente
para Funcionamiento y debido a modificaciones internas, el
presupuesto vigente estuvo compuesto por 0179,793,000.00 para
Funcionamiento y 01,464,000.00 para Inversión); la ejecución del
presupuesto de egresos al 31 de diciembre 2016 alcanzó
0152,713,369.94 equivalentes al 84.25%.
La integración y ejecución del presupuesto de egresos se muestra a
continuación:
EJECUCiÓN POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Fuente: Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-
EJECUCiÓN POR GRUPOS DE GASTO
Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-
Observaciones:
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL
31 DE DICIEMBRE DE 2016 1111
A través del Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN- se
comprobó:
• Que en el Grupo de Gasto 4 "Transferencias Corrientes", se
registró el pago de vacaciones e indemnización de 49 peronsas que
se incorporaron al programa de retiro voluntario de la DGAC y que
estuvieron contratados en los renglones presupuestarios 011
"personal permanente" y 031 "Jornales" .
• Que en el Grupo de Gasto 9 "Asignaciones Globlales", se registró
el pago de sentencias judiciales, derivados de juicios ordinarios
laborales de 8 extrabajadores.
OB..IETIVOS
GENERALES
Evaluar el Control Interno aplicado por la Gerencia Financiera en
la ejecución del presupuesto y sus modificaciones
presupuestarias.
Dar cumplimiento al Plan Anual de Auditoría aprobado para el año
2017.
ESPECIFicas
Verificar el cumplimiento de leyes, reglamentos, normas y otros
aspectos legales aplicables en la ejecución de ingresos y
egresos.
Establecer si los comprobantes únicos de registro contienen la
documentación original de soporte.
Comprobar la razonabilidad de la ejecución del presupuesto de
egresos.
Confirmar la existencia de renglones presupuestarios
sobregirados.
Emitir el informe de auditoría correspondiente con las
recomendaciones necesarias para el fortalecimiento del área
evaluada.
ALCANCE
Revisión de las operaciones, registros y documentación de respaldo
de los comprobantes únicos de registro -CURS-, verificar el
cumplimiento de la legislación aplicable, comprobar si se
regularizaron oportunamente los renglones sobregirados y determinar
el monto de ingresos recaudados, por el período comprendido del 01
de enero al 31 de diciembre 2016, así como, informar sobre el
estado actual de las recomendaciones de la auditoría
anterior.
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL
DE DICIEMBRE DE 201611115 , 11I
DIRECCION GENERfI.L AERONAUTICA CIVIL
Como muestra de auditoría se seleccionó selectivamente 83
comprobantes únicos de registro con montos iguales o superiores a
028,000.00 cada uno (en consecuencia, la muestra no contempló la
evaluación de gastos efectuados por medio del Fondo Rotativo que
registró una ejecución de 01,520,440.08 equivalente al 1 % del
total del presupuesto), los cuales totalizan 043,825,593.03
equivalente al 28.70% del total del presupuesto ejecutado. Sin
embargo, debido a las limitaciones en el alcance que se exponen a
continuación, la revisión comprendió únicamente 20 comprobantes
únicos de registro, cuya sumatoria asciende a 08,295,885.21.
LIMITACIONES EN EL ALCANCE
De conformidad con lo manifestado por la Gerencia Financiera por
medio del oficio GF-DC-0053-2017 JOP/JAMN/mycg de fecha 24 de
febrero 2017; los 21 comprobantes únicos de registro -CURS- que se
citan a continuación, no se tuvieron a la vista debido a que se
encontraban en la delegación de la Contraloría General de Cuentas,
según oficios: a) AGF-OF-87-2016 de fecha 21 de diciembre 2016 (Cur
No. 928); b) AGF-OF-88-2016 de fecha 21 de diciembre 2016 (Curs
Nos. 484, 641, 642, 667, 769 Y 776) y, e) AGF-OF-89-2016 de fecha
28 de diciembre 2016 (Curs Nos. 499, 656,843, 1021, 1022, 1152,
1157, 1160, 1190, 1273, 1288, 1289, 1378 Y 1383).
La Gerencia Financiera incumplió con entregar 42 comprobantes
únicos de
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469 pag. PERIODO DEL 01 DE ENERO DE
2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
DIRECCION GENEHAL DE AERONAlJTICA CIVil
registro -CURS- con su respectiva documentación de soporte y,
durante el desarrollo de la auditoría no presentó justificación por
la falta de entrega de los mismos. El detalle de estos es el
siguiente:
Aunado a lo anterior, la Gerencia Financiera no presentó la
Certificación de los ingresos propios recaudados por la DGAC
durante el año 2016, situación que
AUDITORIA FINANCIERA" eUA 64469 Pág. 4 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE
2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTiCA CIVIL
dificulta establecer si existe conciliación contra los ingresos
registrados en la fuenta 31 por medio del Sistema de Contabilidad
Integrada -SICOIN-, los cuales ascienden a Q102,664,359.76 al31 de
diciembre 2016.
INFORMACION EXAMINADA
a) Por medio del reporte número R00804489, se verificaron las
disponibilidades presupuestarias de 36 Comprobantes Únicos de
Registro -CUR- emitidos, correspondientes a los meses de enero,
abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre
2016, confirmando que se emitieron algunos CUR sin disponibilidad
presupuestaria suficiente, los cuales se regularizaron (a excepción
del CUR No. 632) hasta en el mes de diciembre 2016, siendo estos
los siguientes:
b) En las hojas móviles desde el número 922 hasta el 929, se
suscribió en el respectivo "Libro de Actas Varias" del Departamento
de Tesorería, el acta administrativa número 003-2017 de fecha 04 de
enero 2017, la cual describe la integración de los expedientes
pendientes de pago al 31 de diciembre 2016 (cuya información fue
ampliada a través del acta 005-2017 de fecha 05 de abril 2017,
según hojas del número 934 hasta el 943), que ascienden a Q9,
135,654.78; de esta cifra Q1 ,428,135.85 corresponden a la
adquisición de bienes, suministros y servicios y el saldo restante
Q7,707,518.93 a pagos pendientes de realizar a entidades que la
Dirección General de Aeronáutica Civil les presentó denuncia
(descritas en el punto cuarto del acta 003-2017) y se está a la
espera de la resolución jurídica.
e) En la revisión de la documentación de soporte, se estableció que
las bases de compra directa adjuntas a los Comprobantes Únicos de
Registro números 736 de fecha 19/08/2016 por un monto de Q62,988.50
y 974 de fecha 27/10/2016 por un monto de Q43,864.53, ambos
emitidos a favor de Juan Manuel Llamas García, establecen que para
calificar las ofertas se tomará en cuenta criterios tales como:
precio, tiempo de entrega, garantía y experiencia; asignándole una
puntuación individual a cada rubro y final a cada oferente, sin
embargo, cada "Cuadro comparativo" emitido por la Unidad de
Compras, no describe la puntuación individual y final que recibió
cada oferente, adjudicando cada compra al proveedor que no presentó
la oferta más económica para la institución.
AUDITOR lA FINANCIERA· CUA 64469 5 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
D!RECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Asimismo, como procedimiento alterno se verificaron en el portal
del Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de
Guatemala -GUATECOMPRAS- los NPG (número de publicación en
Guatecompras), E24739995 (CUR 1357), E24971138 (CUR 1360),
E24578959 (CUR 1379), E25008684 (CUR 1381, E24967009 (CUR 1386) ,
E25051504 (CUR 1389), E25244833 (CUR 1486), E25043773 (CUR 1515) y
E25039598(CUR 1516) publicados en el mes de diciembre 2016, cuyos
montos de las adquisiciones corresponden a la modalidad de compra
directa, observando que las mismas no se adquirieron a través de la
oferta electrónica que establece la literal b) del artículo 43 de
la Ley de Contrataciones del Estado.
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA
a) Por medio del requerimiento 64469-1-2017-10/ihzg de fecha 23 de
mayo 2017, se solicitó al Jefe del Departamento de Presupuesto que
informara sobre las razones que originaron los sobregiros durante
la ejecución del presupuesto 2016, sin embargo, al cierre del
presente informe, no se obtuvo la respuesta correspondiente. En
consecuencia, se emitió Nota de Auditoría NA-DGAC-AI-002-2017
dirigida al Gerente Financiero, a efecto de que gire instrucciones
al Jefe del Departamento de Presupuesto, para que realice
oportunamente las modificaciones presupuestarias, con el fin evitar
sobregiros en la ejecución del presupuesto 2017 y respaldar
adecuadamente los diferentes compromisos de la institución.
b) Debido a la presentación de denuncia, a continuación se muestra
la integración de los pagos pendientes al 31 de diciembre 2016 que
ascienden a 07,707,518.93:
1. 04,376,291.25 corresponden a la entidad Banco de Desarrollo
Rural, S.A.; en concepto de comisiones bancarias de los meses de
enero a diciembre 2016, derivado de la administración y cobranza de
la cartera de la DGAC, según contrato administrativo número
75-2014.
2. 03,331,227.68 corresponden a la entidad Suministros
Internacionales de Mercaderías, S.A.; de los cuales 0734,300.00 se
originan del arrendamiento de 20 impresoras multifuncionales
durante los meses de enero a septiembre 2016, según contrato
administrativo número 67-2014 y, 02,596,927.68 por el arrendamiento
de 340 computadoras durante los meses de enero a septiembre 2016,
según contrato administrativo número 71-2014.
e) En virtud de que lo expuesto en la literal c) de la sección
"INFORMACION EXAMINADA" del presente informe, guarda relación con
los procesos de adquisición, compra y contratación de bienes y
servicios y considerando que
AUDITORlA FINANCIERA CUA 64468 Pág.!3 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE
2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 20161111111
· DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
actualmente se está realizando una auditoría para verificar los
procedimientos de compras y el cumplimiento de la Ley de
Contrataciones del Estado y su Reglamento según nombramiento
64481-1-2017, por medio del oficio UDAI-DGAC-164-2017/CAGB/ihzg de
fecha 26 de mayo 2017, se trasladó la información a la persona
nombrada, con el fin de que sea considerada dentro del alcance de
esa auditoría.
AUDITOR lA FINANCIERA - CUA 64469 Pág. i
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 AL 31 DE DICiEMBRE DE 2016
11111
DIRECCION GENEPAl DE AERONAUTICA CIVIL
HALLAZGOS MONETARIOS Y DE INCUMPLIMIENTO DE ASPECTOS LEGALES
Hallazgo No.1
FALTA DE ELABORACiÓN DE CUENTAS CORRIENTES PARA EL CONTROL DE
SALDOS EN LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO 31 Y 32
Condición Se estableció que durante el ejercIcIo fiscal 2016, el
Departamento de Contabilidad no elaboró mensualmente las cuentas
corrientes para el registro y control de los ingresos, gastos y
saldo final de cada mes, correspondientes a las fuentes de
financiamiento 31 "Ingresos Propios" y 32 "Disminución de caja
y
bancos de ingresos propios".
Criterio El Oficio-Circular UDAF-003-2016 emitido por la Unidad de
Administración Financiera del Ministerio de Comunicaciones,
Infraestructura y Vivienda, contiene las disposiciones generales a
observar en la Ejecución Presupuestaria durante el ejercicio
'fiscal 2016, la que establece en el ÁREA DE CONTABILIDAD numeral
11 "Las Unidades Ejecutoras que operan ingresos propios, se les
informa que son responsables de ejercer un control diario del saldo
disponible de las Fuentes 31 y 32, por lo que deben llevar la
cuenta corriente de los Ingresos, Gastos y Saldo Final de cada mes,
la cual debe estar Firmada con Visto Bueno del Director (a) y Jefe
o Gerente Financiero de la Unidad Ejecutora. Luego debe ser enviada
a esta Unidad de Administración Financiera en los primeros cinco
días hábiles siguientes cada mes que finalice para la elaboración
de la conciliación Institucional contra los registros del Sistema
de Contabilidad Integrada -SICOIN-."
Causa Inobservancia por parte del Departamento de Contabilidad,
sobre el cumplimiento del numeral 11 del Oficio-Circular
UDAF-003-2016 emitido por la Unidad de Administración Financiera
del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda
Falta de supervisión por parte del Gerente Financiero sobre las
funciones que realiza el Jefe de Contabilidad.
Efecto Incertidumbre sobre el saldo disponible de forma diaria,
mensual y anual en las fuentes de financiamiento 31 y 32.
AUDITORtl\ FINANCIERA - GUA 64469 Pág. El PERIODO DEL 01 DE ENERO
DE 2016 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 11
DIRECCION GENER}\L DE AERONAUT!CP. CML
Riesgo de que existan rechazos de Comprobantes Únicos de Registro
por parte de la Unidad de Administración Financiera, debido a la
falta de disponibilidad de recursos en el Sistema de Contabilidad
Integrada.
Probabilidad de cuestionamientos y sanciones económicas por parte
de la Contraloría General de Cuentas.
Recomendación Se recomienda que el Director gire instrucciones al
Gerente Financiero y esté a su vez al Jefe del Departamento de
Contabilidad, a efecto de realizar inmediatamente las acciones
necesarias para establecer el saldo disponible al 01 de enero 2017
en las fuentes de financiamiento 31 "Ingresos Propios" y 32
"Disminución de caja y bancos de ingresos propios" y elaborar las
cuentas corrientes para el control de los ingresos, gastos y saldos
correspondientes al ejercicio fiscal 2017.
Comentario de los Responsables El día 25 de mayo 2017 se notificó
el requerimiento 64469-1-2017-11/ihzg al Gerente Financiero,
convocándolo para el día 26 de mayo 2017 a las quince horas, a una
reunión con el fin de discutir acerca del posible hallazgo
establecido en la auditoría y recibir sus comentarios por escrito y
las pruebas documentales para el desvanecimiento del mismo. La
reunión se llevó a cabo en la oficina que ocupa la Gerencia
Financiera con el Gerente, Jefe de Contabilidad y una Asistente de
Contabilidad, sin embargo, los pronunciamientos únicamente fueron
verbales y al cierre de este informe no presentaron sus comentarios
por escrito.
Comentario de Auditoría Se confirma el hallazgo, en virtud de que
no presentaron los reportes citados en la condición del presente
hallazgo, los cuales fueron solicitados desde el 28 de marzo 2017
según requerimiento 64469-1-2017-08/ihzg y por segunda ocasión por
medio del requerimiento 64469-1-2017-11/ihzg, evidenciando que
durante el periodo sujeto a fiscalización los mismos no fueron
elaborados.
Acciones Correctivas Que el Director gire instrucciones a la
Gerencia Financiera, para el cumplimiento de la recomendación
correspondiente al presente hallazgo.
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS Y
RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
De conformidad con los registros del Encargado de Seguimiento de
auditoría anteriores, a continuación se muestra el estado actual de
las recomendaciones formuladas en el informe de auditoría
siguiente:
AUDiTORIA FINANCIERA· CUA 64469 1111: ~ PERiODO DEL Di DE ENERO
2016 AL DE DICIEMBRE DE 2016
1
E..IECUCION DEL PRESUPUESTO PERIODO DEL 01/09/2015 AL
31/12/2015
INFORME: CUA-53861 EMITIDO EN JUNIO 2016 HALLAZGOS MONETARIOS y DE
INCUMPLIMIENTO DE ASPECTOS
LEGALES
EP NC OBSERVACIONES
Recomendación
Que el Director General. gire instrucciones al Gerente Financiero,
y este a su vez, al Jefe del
! Departamento de Presupuesto, a efecto de que, se genere la
información del Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN) en el
informe anual y está sea trasladada a la Unidad de Acceso a la
Información Pública y se proceda a publicar en la página web de la
Institución de conformidad con lo que establece la Ley.
X El Gerente Financiero. no proporcionó respuesta al Oficio Interno
del Despacho Superior No. DGAC-DS-A-154-2016 de fecha 29 de agosto
de 2016 y al Oficio de la Unidad de Auditoría
SEG-REC-UDAI-DGAC-002-2017 de fecha 27 de febrero
de 2017. Se reitera la recomendación como no cumplida.
HALLAZGOS DE DEFICIENCIAS DE CONTROL INTERNO
ESTATUS: RE: REALIZADA; EP: EN PROCESO; NC: NO CUMPLIDA
Hallazgo No. 1 RE EP NC OBSERVACIONES
DIFERENCIAS REGISTRADAS EN EL SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA
-SICOIN- CON LOS INGRESOS REPORTADOS
POR EL DEPARTAMENTO DE TESORERIA DE LA DGAC
Recomendación
El Director General, gire instrucciones al Gerente Financiero, y
este a su vez, a los Jefes del Departamento de Contabílidad y de
Tesorería para que mensualmente concilien los saldos de ingresos
propios percibidos de la DGAC, con los del Sistema de Contabilidad
Integrada -SICOIN y los registros de Tesorería.
X De acuerdo al Oficio No. GF-155-2017/JAMNlirbr de fecha 07 de
abril de 2017 y los comentarios que adjunta, solicita la Gerencia
Financiera prórroga para el 8 de abril de 2017, a efecto entregar
la respuesta al oficio SEG-REC-UDAI-DGAC-007-2017. de fecha 29 de
marzo de 2017, dicha prórroga fue concedida segun oficio No.
SEG-REC-UDAI-DGAC-010-2017 de fecha 11 de abril
de 2017, sin embargo, al día 08 de mayo de 2017 aún no se ha
reCibido respuesta alguna. en ese sentido la recomendación queda
con los avances del seguimiento anterior y a la espera que informen
al respecto.
Hallazgo No. 2
Recomendación
Que el Director General gire instrucciones al Gerente Financiero, y
este a su vez, al Jefe del Departamento de Presupuesto, a efecto de
que tomen en cuenta la metodologia presupuestaria uniforme, como lo
establece el Acuerdo Gubernativo No. 540-2013 Reglamento de la Ley
Orgánica del Presupuesto en la formulación del anteproyecto del
presupuesto para cada año y se estimen los renglones
presupuestarios dentro de la planificación anual -POA- y el Plan
Anual de Compras -PACo.
X De acuerdo al Oficio No. GF-155-2017/JAMNlirbr de
fecha 07 de abril de 2017 y los comentarios que adjunta, solicita
la Gerencia Financiera prórroga para el 8 de abril de 2017. a
efecto entregar la respuesta al oficio SEG-REC-UDAI-DGAC-007-2017
de fecha 29 de marzo de 2017, dicha prórroga fue concedida segun
oficio No. SEG-REC-UDAI-DGAC-010-2017 de fecha 11 de abril
de 2017, sin embargo, al día 08 de mayo de 2017 aún no se ha
recibido respuesta alguna, en ese sentido la
recomendación queda con el status del seguimiento anterior y a la
espera que informen al respecto.
Hallazgo No. 3
AUDITOtl!A FIN¡L\NC1ERA - CUA >344(.:2; PEPIODO DE ENEPO y DE
2!Y5IIIIII~¡ I1111
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
ATRASO EN PAGO POR CONSUMO DE AGUA POTABLE E INTERESES POR
MORA
Recomendación
Que el Director General, gire instrucciones al Gerente Financiero,
y este a su vez, al Jefe del Departamenlo de Contabilidad, para que
se proceda con la regulación del saldo por pagar con la empresa
Empagua, y asi determinar el saldo reportado por dicha
entidad.
Al momento de conformar el saldo se determinó que la DGAC tiene
pendiente por pagar a Empagua, intereses moratorios, deducir
responsabilidades de ser necesario al funcionario responsable del
período correspondiente, por la falta de pago del servicio
básico.
X De acuerdo al Oficio No. GF-155-2017/JAMN/írbr de fecha 07 de
abril de 2017 y los comentarios que adjunta, solicita la Gerencia
Financiera prórroga para el 8 de abril de 2017, a efecto entregar
la respuesta al oficio SEG-REC-UDAI-DGAC..o07-2017 de fecha 29 de
marzo de 2017, dicha prórroga fue concedida segun oficio No.
SEG-REC-UDAI-DGAC-010-2017 de fecha 11 de abril de 2017, sin
embargo, al día 08 de mayo de 2017 aún no se ha recibido respuesta
alguna, en ese sentido la recomendación queda con el status del
seguimiento anteriory a la espera que informen al respecto.
X De acuerdo al Oficio No. SDA-USA-0159-2017 -LFME de fecha 30 de
marzo de 2017 y los comentarios que adjunta, informa la Unidad de
Servicios Administrativos de la Subdirección Administrativa, que
para atender el requerimiento del oficio
SEG-REC-UDAt-DGAC..o07-2017 de fecha 29 de marzo de 2017, solicitó
a la Gerencia Financiera por medio del oficio No.
SDA-USA-155-2017-NCH de fecha 28 de marzo de 2017, emitir opinión
acerca de la deuda reportada por EMPAGUA, de junio 2010 a julio
2013, también solicitó a la Unidad de Asesoría Jurídica por medio
del oficio No. SDA-USA-156-2017-NCH de fecha 28 de marzo de 2017
que realice el análisis y sustento legal según expediente que
contiene el reclamo de pago presentado por EMPAGUA. En ese sentido
la recomendación queda en proceso y a la espera que informen al
respecto.
Hallazgo No. 4
FALTANTE DE FORMAS DE TARJETAS DE CONTROL PRESUPUESTARIO A NIVEL DE
RENGLÓN
Recomendación
Que el Director General gire instrucciones al Gerente Financiero, y
este a su vez, al Jefe de Presupuesto para que: Se proceda con la
localización del faltante de las formas de tarjetas de control
presupuestario a nivel de renglón y levantar un acta administrativa
por el faltante o anulación de las mismas. Realizar las denuncias a
las instituciones correspondientes.
X El Gerente Financiero, no proporcionó respuesta al Oficio Interno
del Despacho Superior No. DGAC-DS-A-154-2016 de fecha 29 de agosto
de 2016 y al Oficio de la Unidad de Auditoría
SEG-REC-UDAI-DGAC-002-2017 de fecha 27 de febrero de 2017. Se
reitera la recomendación como no cumplida.
Hallazgo No. 5
DIFERENCIAS DE CONTROL INTERNO EN UQUIDACION DE FONDOS DE CAJA
CHICA
Recomendación
Que el Director General, Gire instrucciones a la Gerencia
Financiera, a efecto de que se le deduzcen responsabilidades a los
empleados involucrados en las deficiencias de control
I interno, por la falta de cumplimiento con el Manual de
Organización, Puestos y Funciones de la Gerencia Financiera de la
DGAC.
X El Gerente Financiero, no proporcionó respuesta al Oficio Interno
del Despacho Superior No. DGAC-DS-A-154-2016 de fecha 29 de agosto
de 2016 y al Oficio de la Unidad de Auditoría
SEG-REC-UDAI-DGAC-002-2017 de fecha 27 de febrero de 2017. Se
reitera la recomendación como no cumplida.
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 20,6 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
D!RECCíON GENERi\L DE AERONAUTICA CiVil
DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA ENTIDAD
AUDITADA
No. Nombre Cargo Del Al
GUNTHER MOISES LUCERO GERENTE FINANCIERO - DIRECTOR 01/0112016
16/02/2016 RAMIREZ EJECUTIVO IV
JORGE ALBERTO MONTENEGRO GERENTE FINANCIERO 01/03/2016 31/12/2016
NAJERA
2
4 GABRIEL (UNICO NOMBRE) ANDREU DIRECTOR GENERAL 01/01/2016
03/02/2016 ESCOBAR
5 CARLOS FERNANDO VALASQUEZ DIRECTOR GENERAL 04/02/2016 31/12/2016
MONGE
6 SANDRA ELlZABETH REVOLORIO COORDINADORA DE CALlFICACION DEL
01101/2016 30/06/2016 ALEMAN GASTO
7 ELDY LORENA ERICASTILLO MEJIA ASISTENTE CALlFICACION DEL GASTO
01/01/2016 31/12/2016
8 ERICK BENJAMIN GARCIA PORTILLO CONTADOR GENERAL 01/01/2016
01/0412016
9 JAIME OSWALDO PACA y CONTADOR GENERAL - GERENCIA 04/07/2016
31/12/2016 FINANCIERA
AUDITOR lA FINANCIERA 64460 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2016 Al 31
DE DiCIEMBRE DE 2016
1111
COMISION DE AUDITORIA
AUDITORIA FINANCIERA - CUA 64469 Pág. 13 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE
2016 AL 31 DE DiCIEMBRE DE 2016
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL AUDITORIA INTERNA
CUA No.: 64475
AUDITORIA DE GESTION
Cumplimento a la Ley de Acceso a la Informacion
DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE MARZO DE 2017
GUATEMALA, MAYO DE 2017
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA 3
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS 4 Y
RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA 5 ENTIDAD
AUDITADA
COMISION DE AUDITORIA 6
ANTECEDENTES
La Dirección General de Aeronáutica Civil de Guatemala.
La Dirección fue creada mediante la Ley de Aviación Civil Decreto
No. 93-2000, la que en las disposiciones generales, en el artículo
1. Objeto establece lo siguiente: la presente ley tiene como
objetivo normar el ejercicio de las actividades de aeronáutica
civil, en apoyo al uso racional, eficiente y seguro del espacio
aéreo, con fundamento en lo preceptuado en la Constitución Política
de la República, los convenios y tratados internacionales
ratificados por Guatemala, los reglamentos emitidos para el efecto
y demás normas complementarias.
El Acuerdo Gubernativo No. 384-2001, Reglamento de la Ley de
Aviación Civil, en el capítulo 11 de la Dirección General en el
artículo 2° establece: "La Dirección General de Aeronáutica Civil,
por conducto de su Director General, los subdirectores, unidades
técnicas y administrativas deberán velar por el fiel cumplimento de
la Ley de Aviación Civil, leyes de observancia general que
contengan preceptos relacionados con la actividad aeronáutica,
acuerdos y tratados internacionales ratificados por Guatemala, del
presente Reglamento, regulaciones y disposiciones
complementarias".
Unidad de Acceso a la Información
Es la Unidad que se encarga del fortalecimiento institucional y la
trasparencia al dar a conocer a la población en general toda la
información pública relacionada con las actividades que realiza la
Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), por medio de
información de oficio que es publicada en el portal de la página
www.dgac.gob.gt.; así como por medio de la atención de solicitudes
de información que realizan los ciudadanos.
De conformidad a las actividades programadas en el Plan Anual de
Auditoría, según cronograma de actividades para el año 2017, se
realizará Auditoría de Gestión orientada a verificar el
cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública, por el
período comprendido del 01 de enero al31 de marzo 2017.
OBJETIVOS
~. ,')
~ ~ ~ •• <;;,
1. Contribuir con el Plan Anual de Auditoría aprobado para el año
2017. 8 ~ Ul >
2. Evaluar las actividades desarrolladas por la Unidad de Acceso a
(t._ AUOITOR" [! ~G IN'SERNA'" !
r-----------;;-;-;;:~;:::;_;:_:~=~-;::-;-;_:_:::_::_:;:;;:_---------__::_:__:'
"~,."'I.'''.l't.!1 DE CUA 64475 Pág. 1 ~
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 Al 31 DE MARZO DE 2017
DIREcelON GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Información Pública, para comprobar la eficiencia de las
operaciones y la confiabilidad de la información generada por los
distintas Unidades y Gerencias en la página www.dgac.gob.gt de la
DGAC, para el público en general.
ESPECIFICOS
1. Evaluar la estructura de la Unidad de Acceso a la Información
Pública, para establecer si existe coordinación entre las
diferentes Unidades y las Gerencias de la DGAC, obligadas a
presentar la información.
2. Verificar si la Unidad de Acceso a la Información Pública ha
adoptado procedimientos de control interno apropiados, para
asegurar que toda la información que se procesa sea la indicada
para su publicación en la página web de la DGAC.
3. Comprobar si la información que generan las Unidades y Gerencias
obligadas a presentar la información a la Unidad de Acceso a la
Información Pública de la DGAC, la trasladan oportunamente.
4. Verificar el seguimiento al atraso de la información solicitada.
5. Evaluar el resguardo y control de la información pública en la
Unidad de
Acceso a la Información. 6. Verificar el cumplimiento de los plazos
y formalidades legales para la
atención de solicitudes de información que realizan las personas
interesadas.
7. Efectuar seguimiento a la implementación de las recomendaciones
de las auditorias anteriores.
8. Presentar el informe que contenga las recomendaciones
establecidas, para el fortalecimiento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública.
ALCANCE
La auditoría comprenderá el cumplimiento del Decreto No. 57-2008
Ley de Acceso a la Información Pública y otras Leyes relacionadas.
Publicación oportuna de la información pública en el portal de la
Dirección General de Aeronáutica Civil, correspondiente a los
períodos del 01 de enero al 31 de marzo de 2017, así como el
seguimiento a recomendaciones de auditorías anteriores, de acuerdo
a las ~ Normas de Auditoría Gubernamental, emitidas por la
Contraloría General de Cuentas.
INFORMACION EXAMINADA :z ~'
r-_________~::;:;::;:::~;::_;::_;::;:::_;;:;::::::_:_;___:::::7:_::_:_:_:_:::::_---------__=:_:~G'l.!,t¡tEt.I~~1
DE GESTION - GUA 64475 Pág, 2
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE MARZO DE 2017
DlREcelON GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
Se verificó . que la información pública proporcionada por medio
magnético por la Unidad de Compras, Unidad de Asesoría Jurídica,
Unidad de Planificación Estratégica, Unidad de Auditoría Interna,
Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia Financiera Gerencia de
Trasporte Aéreo, Gerencia de Infraestructura y Gerencia de
Telecomunicaciones de la DGAC a la Unidad de Acceso a la
Información Pública, este registrada y actualizada en la página
www.dgac.gob.gt de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y que
la información este conforme a lo establecido en los artículos 10 Y
11 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto 57-2008,
artículos 25, 36 Y41 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos
y Egresos del Estado, Decreto 50-2016, artículos 4, 17 bis, 17 ter,
27 y 41 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97. Ver
anexo 1.
Asimismo se revisaron los expedientes de todas las personas que
solicitaron información a la DGAC por el periodo del 1 de enero al
31 de marzo de 2017, para darle cumplimiento a los objetivos de la
auditoría, revisando lo siguiente: La estructura y control interno;
los plazos establecidos en la Ley; el resguardo de la información,
de la Unidad de Acceso a la Información Pública (Ver anexo 2) y se
dio seguimiento a los hallazgos de auditorías anteriores.
NOTAS A LA INFORMACION EXAMINADA
Derivado de la revisión realizada el 10/05/2017 a la información
publicada en la página
www.dgac.gob.gtdelaDGACsecomprobóquelainformación.se encuentra
actualizada al 30 de abril del año en curso, excepto por la
información del numeral 6 del artículo 10 del decreto 57-2008, Ley
de Acceso a la Información Pública, en donde indica que se deben
publicar los Manuales de procedimientos, tanto administrativos como
operativos, verificándose que únicamente se encontraban publicados
los Manuales operativos y ninguno administrativo.
El Manual de Organización, Puestos y Funciones Unidad de Acceso a
la Información Pública, Código UAIP-MOPF-001-2015, el título del
numeral 10 del índice está mal redactado, como se muestra a
continuación: "DESCRIPCiÓN DE FUNCIONES DE LOS PUESTOS DE LA
GERENCIA financiera", y el título del numeral 10, "DESCRIPCiÓN DE
FUNCIONES DE LOS PUESTOS DE LA GERENCIA FINANCIERA", (el subrayado
es nuestro).
Las deficiencias antes indicadas se hicieron del conocimiento de la
Unidad de Planificación y Acceso a la Información Pública, quiénes
realizaron las correcciones correspondientes al Manual de
Organización, Puestos y Funciones Unidad de Acceso a la Información
Pública y publicaron los Manuales Administrativos en el numeral 6
de la página web de la DGAC, en el trascurso
de~~~J'.~L()E~<'1> ~ la auditoría, por lo que no se formula
hallazgo en el presente informe. tCj.· 1'~
n ,- -, ~ ~.
¡-------------:-:-::::-::=~:-::::-:==7:"""":::_:_:_~-::----------_..",..,..!:tf~.
AUOlTORIA ~~ AUDITaRlA DE GESTION - eUA 64475 Pág~ IN'iRNA '
..
PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2017 AL 31 DE MARZO DE 2017 Gv..¡¡ e
\":. . )"f'M.o.LP-· .
COMENTARIOS SOBRE EL ESTADO ACTUAL DE LOS HALLAZGOS Y
RECOMENDACIONES DE AUDITORIAS ANTERIORES
Del seguimiento a los dos (2) hallazgos de las auditorías
anteriores según CUA 44894 y 53920, los que se describen a
continuación:
Atraso en el traslado de la información a la unidad de acceso a la
información (CUA 84494).
Falta de documentos de respaldo (CUA 53920).
Comentarios de los Responsables
En el numeral 4 del oficio No. UAIP-DGAC-083-2017/BOOPG de fecha
09/05/2017, la unidad de Acceso a la Información Pública informa lo
siguiente:
Se envió la circular No. UAIP-DGAC-001-2016 con fecha veinte de
septiembre de dos mil dieciséis en la cual se le informa nuevamente
a las Gerencias y Unidades de la Dirección General de Aeronáutica
Civil el plazo dentro del cual deben de remitir la información
pública de oficio a ésta Unidad, y adicional a ello, que aquellas
dependencias que remitan la información de manera digital trasladen
documento físico que ampare la recepción de la información.
Derivado de ello, ya se cuenta con documentos de soporte que
amparan la información recibida de manera electrónica.
Comentarios de Auditoría
La Unidad de Auditoría Interna, con base en los comentarios y la
documentación presentada por el Jefe de la Unidad de Acceso a la
Información Pública y la verificación realizada a la página
www.dgac.gob.gt de la DGAC, da por atendidas las recomendaciones de
los hallazgos formulados en los informes de auditorías anteriores
según CUA 44894 y 53920.
"."l DE '~~h..,.'G. , el
!' (', () ..... ~ AUDITORlA O; INi'ERNA
o;" ",.( ""'i~MAlP..C. (,';'
11r-------------------~A~U~DlT~O~R~~~DE~G~E~ST~IO~N~.~CU~A~64~47~5------------------~pa~·g-,4·
~. PERIODO DEl 01 DE ENERO DE 2017 Al31 DE MARZO DE 2017
DETALLE DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL RESPONSABLE DE LA ENTIDAD
AUDITADA
No. Nombre Cargo Del Al
BYRON OTTONIEL PEREZ COORDINADOR UNIDAD DE INFORMACION 01/01/2017
31/03/2017 GODINEZ PUBLICA
2 CARLOS FERNANDO VALASQUEZ DIRECTOR GENERAL 01/01/2017 31/03/2017
MONGE
AUDITORIA DE GEST10N • CUA 64475 Pág. 5 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE
2017 AL 31 DE MARZO DE 2017
OIREcelON GENERAL DE AERONAUTICA CIVil
COMISION DE AUDITORIA
AUDITORIA DE GESTiON - CUA 64475 Pág. 6 PERIODO DEL 01 DE ENERO DE
2017 Al 31 DE ~MRZO DE 2017
ANEXO 1
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
~(~
No. INFORMACION PUBLICADA EN PAGINA www,dgac.gob.gt UNIDAD/GERENCIA
RESPONSABLE
Estructura orgánica V funciones de cada una de tas dependencias y
UNIDAD DE PLANIFICACiÓN 1
departamentos, incluyendo su marco normativo; ESTRATÉGICA,
INFORMACiÓN ANUAL
Direcci6n y teléfonos de la entidad y de todas las dependencias que
l. GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA. 2
conforman; INFORMACiÓN ANUAL
Directorio de empleados y servidores públicos, incluyendo
3 números de teléfono y direcciones de correo electrónico oficiales
GERENCIA DE TELECOMUNICACIONES,
no privados; quedan exentos de esta obligación los sujetos
INFORMACiÓN ANUAL obligados cuando se ponga en riesgo el sistema
nacional de
seguridad, la investigación criminal e inteligencia del
Estado;
Número y nombre de funcionarios, servidores públicos,
empleados
Yasesores que laboran en el sujeto obligadó y todas sus
dependencias, incluyendo salarios que corresponden a cada GERENCIA
DE RCURS05 HUMANOS. 4 cargo, honorarios, dietas, bonos, viáticos o
cualquier otra
INFORMACiÓN MENSUAL remuneración económica que perciban por
cualquier concepto~
Quedan exentos de esta obligación los sujetos obligados
cuando
se ponga en riesgo el sistema nacional de seguridad, la
investigación criminal e inteligencia del Estada;
5 La misión y objetivos de la institución, su plan operativo anual
y los UNIDAD DE PLANIFICACiÓN
ESTRATÉGICA. INFORMACiÓN ANUAL resultados obtenidos en el
cumplimiento de los mismos;
Manuales de procedimientos, tanto administrativos como UNIDAD DE
PLANIFICACiÓN 6
ESTRATÉGICA, INFORMACiÓN ANUAL operativos;
asignado para cada ejercicio fiscal; los programas cuya GERENCIA
FINANCIERA. INFORMACiÓNelaboración ylo ejecucíón se encuentren a su
cargo y todas las7
MENSUALmodificaciones que se realicen al mismo, incluyendo
transferencias internas y externas;
Los informes mensuales de ejecución presupuestaria de todos los
GERENCIA FINANCIERA. INFORMACiÓN
8 renglones y de todas las unidades, tanlo operativas como
MENSUAL
administrativas de la entidad;
9 fondos públicos provenientes de ingresos ordinarios, GERENCIA
FINANCIERA, INFORMACiÓN
extraordinarios, impuestos, fondos privativos, empréstitos y
MENSUAL
donaciones;
UA!P-DGAC·OO1· 516/2/17 ESTRUCTURA 2016/801>(:) LOS 3
ACUERDO DS-O~2015 UP~OF- ORGANIZACIONAl2014 SI PRIMEROS OlAS
DE
Y ACUERDO D5-09-2015 t!MES 0042-17
UAIP-DGAC-001
DlRFCCION~S y TEUFQNOS SI
PRIMEROS OlAS DE AEf«JÓOOOMo:. y P¡STAS oc Al:RoCloROMOS
I'PlslASOlO
CjMES VUHOWt'> VUH02015
UAIP-DGAC-001 UBICACIÓN, UBICACiÓN.
DEPTO. PUESTO SI
EXTENCIÓN EXTENCIÓN
SI 3/2/17
PERSONAL DGAC y 6/2117 Y PERSONAL DGACUAIP-DGAC-QQ1 512/3/17 y
2016/BOPG LOS 3 2017. RENGLONES B/2/17Y 2017, RENGLONES
PRIMEROS DIAS DE 011. 021, 022 • 10/2/17 011.021.022 , 3/3/17
Y
C/MES 031 Y 029 GRH-OF 031 y 029
28/2/17
30-17
PRiMEROS OlA5 OE VIGENCIA 1/1/17 UP-OF
VIGENCIA 1/1/17 SI
0042-17 AI:i'Ní'-{l0f.i·2001 on 4/12/07
elMES
PRESUPUESTO DE PRESUPUESTO DE UAIP-DaAC-üOl-
INGRESOS y EGRE~OS 513/2/17 INGRF,SOS y EGRESOS 2016/S0PG lOS
3
A~02017 A!\IOJ017 516/3/17 PRIMEROS DIAS DE y 6/2/17
C/MES Q235,322,724.oo Q 235,322, 724.00
ROO815915rpt R0081591Srpt
UAIP-t)úAC{)Ol-
2016!BOPG LOS 3 INFORM~CIÓN MENSUAl DE 513/2/17 INfORMACiÓN MENSUAL
DE
EJlCUCIONl'RESUPUU,TARfA fJ[CUC¡ÓN PRfSUfI'UESTAR1A
516/3/17PRIMEROS OlAS DE POR RlNGLON R0081590S Y6/2/17 POR
RENGlO/ll 1KX)$1S90S C/MES
UA¡P~DGAC·OO1~ mcuclóN DE INGRESOS UECUCIÓN oC INGRESOS·
2016/BOPG tos 3 REPORTES-INFORMACiÓN 513/2/17 AfrORTEs-.IN~ORMAC!ÓN
516/3/17
- '------~
----
ESTRUCTURA tsTRUCTURA
ORGANlZACIONAl2014 SI ORGANIZACIONAi 2014 SI y ACUERDO 0$-09·2015 y
ACUERDO 05-09·2015
OIRFCCKJN!:S Y1ElEFONOS
AfROÓDROMOSYPlSTAS DC SI VUH02015 VUElO1úl:>
UBICACiÓN. UBICACiÓN,
ACTUAL, ACTUAL,
EXTENCIÓN EXTENClÓN
PERSONAL DGAC PERSONAL DGAC ALGUNAS SECCIONES O DEPARTAMENTOS NO
CUMPLEN CON SI2B/4/17
2017. RENGLONES 2017. RENGLONES SI ENVIAR LA INFORMACION EN LOS
PRIMEROS 3 DIAS DE CADA
011. 021. 022 • Y 31/3/17
011,021, 022 • 28/4/17 MES. SIN EMBARGO LA LEY ESTABLE 30 OlAS
DESPUÉS Del
031 Y 029 y 5/4/17
031 Y029 CAMBIO
NP-005<.lOO1DfI19!lljO/Y SI Nf'.OOS<-1001DEl29/1t/07 y SI
Falt. de publicar Manuales opertivos y administrativos,
AlS-NP-006-200/ DtL4/12/07 AIS-NP..ooG-2001 DEL 4jl2/07
PRESUPUESTO DE PRESUPUESTO DE ALGUNAS SECCIONES O DEPARTAMENTOS NO
CUMPLEN CON INGRESOS Y EGRESOS 514/4/17 Y INGRESOS Y EGRESOS ENVIAR
LA INFORMACION EN LOS PRIMEROS 3 DIAS DE CADA
Al'lo 2017 A~O 2017 SI 5/4/17 MES. SIN EMBARGO LA lEY ESTABLE 30
DIAS DESPUÉS DELQ235,322,724,00 Q23S,322,724.00
R0081S91Srpt R0081S91Srpt CAMBIO
EJ!:CVOÓN PRESUPUESTARIA tJltUC!ÓN PRESUPUES1AA\A SI POR ElfNGlON
ROOat5905 5/4/17 POR RfNGlON R0081S90S
EJECUCiÓN De INGRESOS. EJECUl::¡ÓN DE INGRfS~ REPORTE5-INFORMAC¡ÓN
514/4/17 Y R(f'ORTtS-1NFonMACiÓN
SI CQNWUDADA ROOS040í!4 Q. 5/4/17 CONSOLlDAOA RQO!lO.<l0l!4
Q
lO,2:4:l,H9.OS 1O,24.~,219m
i
FUENTE: INFORMACiÓN DE LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACiÓN PÚBLICA
Y PAGINA WEB DE LA DOAC. NOTA: EL ARTicULO No~ 7 DEL DECRETO 51~OO8
ESTABLECE QUE SE DEBE ACTUALIZAR LA INFORMACIÓN EN UM PLAZO NO
MAYOR A 30 OlAS, DESPUÉS DE PRODUCIRSE UN CAMBIO
~ ~(1;11 .--'\~~ ~/
No. INFORMACION PUBLICADA EN PAGINA www,dgac.gob.gt UNIDAD/GERENCIA
RESPONSABLE FECHA LIMITE ENERO ACTUAtIlAOA FEBRERO ACTUAliZADA
MARZO M1\JAUZAOA OBSERVACIONES NO APLICA NOAPUCA NOAPUCA NO
APUCA
la Dirección Gef\f!fal de la Directión General de la Dirección
Genftrai de la D¡~dón General de
La información relacionada con los procesos de colización y
Aeronáutica CIvil por no Aeronáutlea Civil por no Aeronáutica CMI
por no Aeronáutica Civil por no
licitación para la adquisición de bienes que son utilizados para
los tener aSignae10nes tener asignaciones tener aSignaciones tener
asignaciones
presupuestarras para la presupuestarras para la presupuestarlas
para la ¡lresupuestiilrlas para la programas de educación, salud,
seguridad, desarrollo rural y todos UAIP-DGAC-OOl adqu!sición de
bienes adquisiCión de bienes adquisición de bienes adquisición de
bienes
10 aquellos que tienen dentro de sus características la entrega de
NO APLICA 2016/BOPG LOS 3 para los programas de para 105 programilS
de pura los programas de para los programas de
dichos bienes a beneficiarios directos o indirectos, indicando las
PRIMEROS OlAS DE educaCión, salud, educadón, salud, educación,
salud. educadón, salud,
cantidades, precios unitarios, los montos, los renglones C/MES
seguridad, desarrollo segurldud, desarrollo seguridad, desarrollo
seguridad, deurrollo
social y la entrega de social y la entrega de !>Ccial y la
entrega de sociai y la entrega de presupuestarios correspondientes,
las caracterlsticas de los brenes a belJefidarios. biefles a
beneficiarlos bienes a beneficiar¡o$. bienes a beneficiados.
proveedores, los detalles de los procesos de adjudicación y el
contenido de los contratos;
La información sobre contrataciones de todos los bienes y servicios
que son utilizados por los sujetos obligados, identificando
UAlP-DGAC--OOl~ NINGUNA 5131/1/17 NINGUNA NINGUNA NINGUNA
11 los montos, precios unitarios, costos, los renglones UNIDAD DE
COMPRAS, INFORMACiÓN 2016!BOPG LOS 3 CONTRATAClÓN DE UC-Ol-
CONTRATACIÓN DE
512/3/17 CONTRATACiÓN DE
515/4/17 CONTRATACiÓN DE
SIpresupuestarios correspondientes, las características de los
MENSUAL PRIMEROS OlAS DE BIENES YSERV1CIOS 0039 B1ENES y SERVICIOS
BIENES Y SERVICIOS BIENES Y SERVidOS
proveedores, los detalles de los procesos de adjudicación y el
C!MES DURANTE ENERO 2017 2017 DURANTE FEBREAo 2017 DuRANTE MARZO
2017 DURANTE MARZO 2017
contenido de los contratos; ----
COMISIONES AL COMI510NESAL COMISIONES AL COMISIONES AL Listado de
viajes nacionales e internacionales autorizados por los INTERIOR DE
LA INTERIOR DE LA INTERIOR DE LA INTERIOR DE LA sujetos obligados y
que son financiados con fondos públicos, ya UAlP·DGAC·(XJ:l
12 sea para funcionarios públicos o para cualquier otra persona,
GERENCIA FINANCIERA, INFORMACiÓN 2016/BOPG LOS a REPUBLlCA 513/2/17
REPUBLlCA
516/3/17 REPUBLlCA 514/4/17 y REPUBLlCA
SI MENSUAL PRIMEROS OlAS DE 00.00 Y AL Y 6/2/17 O0.00 y AL
O53,674.00 YAL 5/4/17 O 22,714.85 YAL
incluyendo objetivos de los viajes, personal autorizado a viajar,
C!MES EXTERIOR EXTERIOR EXTERIOR O EXTERIOR Odestino y costos,
tanto de boletos aéreos como de viáticos; QO.OO 00.00 0.00
0.00
La información relacionada al inventario de bienes muebles e
UAIP-DGAC..Q01 FlN-DHORMULARIO FlN·OHORMIJI..ARfO HN DHORMULAAIO
flN..Q!+ORMUiAfIlO
I
13 GERENCIA FINANCIERA, INFORMACiÓN 2016/BOPG lOS 3 I1ES\JMEN 01::
INV[