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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOYACA
“INSTITUCIÓN EDUCATIVA DIVINO NIÑO”
(Antiguo Colegio de Educación Básica El Divino Niño)
L.C Res. No 1618 Sep. 08 y Res. No 1713
Oct. 07 de 2008; Res 104 Ene. 22 de 2009
MANUAL DE CONVIVENCIA
“INSTITUCIÓN EDUCATIVA DIVINO NIÑO”
ÚMBITA BOYACÁ
VEREDA EL BOSQUE
2014
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refleje el desarrollo del sector del municipio de Umbita y de la región.
Liderar tareas sociales para que sean gestores de proyectos y de programas que
conlleven al beneficio y desarrollo de la comunidad.
Desarrollar y aplicar técnicas apropiadas en la producción, manejo,
industrialización y mercadeo.
CAPÍTULO III
MATRÍCULA
ARTÍCULO QUINTO: Es un contrato anual y bilateral renovable cada año lectivo si el
estudiante antiguo, ha cumplido con el Manual de Convivencia y cuando el
estudiante nuevo se compromete a conocer y a cumplir el mismo, el cual, se legaliza
al momento de que el estudiante, padre o acudiente firmen. Mediante este acto la
institución también adquiere el compromiso de impartir educación integral al
estudiante.
ARTÍCULO SEXTO: Para el proceso de matrícula de los estudiantes de Preescolar a
Once deberán cumplir los siguientes requisitos:
Orden de matrícula firmada por el rector de la Institución
Tener edad requerida (Grado preescolar 5 años primero primaria 6 años)
Fotocopia de R.H para todos los niveles
Registro civil para todos los niveles
Último boletín de calificaciones para primaria
Último boletín y certificado de grado quinto para secundaria
Si viene de otra institución debe presentar los certificados originales de cada uno de
los grados cursados de años anteriores
Paz y salvo del año anterior o de la Institución de donde procede
Certificado médico para todos los niveles
Seguro de accidentes (Articulo 100 ley 115 de 1994). Para todos los niveles
Fotocopia del observador del estudiante si proviene de otra Institución
Fotocopia del carnet de salud E.P.S a la cual pertenece para todos los niveles.
Fotocopia de la cédula del acudiente.
Presentar la documentación requerida y completa en el momento de firmar la
matricula.
3 fotos tamaño 3 por 4.
Carpeta celuguía.
Fotocopia del carné de vacunas.
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ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO: COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y ROMOCIÓN
El Consejo Académico conformará comisiones de evaluación, integradas por un
número plural de docentes, con el fin de analizar los casos persistentes de
superación o insuficiencia en la consecución de los logros. Como resultado del
análisis, las comisiones prescribirán las actividades pedagógicas
complementarias y necesarias para superar las deficiencias.
En caso de que un estudiante sea promovido de un nivel a otro, se realizará
simultáneamente con las actividades académicas en curso en los casos de
superación, recomendarán la promoción anticipada.
ORGANIZACIÓN DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
La comisión de evaluación y promoción de la Institución Educativa Divino Niño
(estará conformada según lo contemplado en las finalidades y alcances del
decreto 1290/2009) así:
BÁSICA PRIMARIA:
-El rector(a) o su delegado, quien preside y cita a dicha comisión.
-Los docentes de la Institución de preescolar a quinto.
-Los representantes del consejo de padres de familia de la básica primaria.
BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA ACADÉMICA:
-El rector(a) o su delegado, quien preside y cita a dicha comisión.
-Los directores de grado, por grupos de grados así: (sexto y séptimo), (octavo y
noveno), (décimo y undécimo) y sus respectivos representantes del consejo de
padres.
De cada reunión se debe elaborar el acta respectiva.
PROCESO COGNITIVO, EXPRESIVO Y AFECTIVO QUE SE TIENE EN CUENTA
EN LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN
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y competencias; contempla los procesos del desarrollo de la persona.
En la evaluación se pueden utilizar diferentes metodologías, como: pruebas
escritas y orales, de conceptualización, de compresión, de análisis y de síntesis,
sustentaciones, trabajos, talleres, ensayos, consultas y demás recursos emplea-
dos por el docente.
Cada asignatura del plan de estudios, describirá integralmente las metas de
calidad, metodologías y estrategias de evaluación de cada logro planeado.
Los estudiantes que cursen los grados décimo y once, deben cumplir con la nor-
matividad vigente de las instituciones con las cuales esta I.E. Tenga convenios o
esté articulada. En la actualidad con el servicio nacional de aprendizaje SENA.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: ESCALA DE VALORACIÓN EN LA EVALUACIÓN
La evaluación se fijará de acuerdo a la ley general de educación 115/94, Decreto
1290/2009, la cual se expresa cuantitativamente a través de las siguientes esca-
las de valoración Nacional:
DESEMPEÑO SUPERIOR
DESEMPEÑO ALTO
DESEMPEÑO MEDIO
DESEMPEÑO BAJO
Cada una de estas define los siguientes parámetros;
DESEMPEÑO SUPERIOR. Cuando supera todos los logros planeados.
DESEMPEÑO ALTO: Cuando supera ampliamente la mayoría de los logros
previstos o planeados.
DESEMPEÑO BÁSICO: Cuando supera los logros necesarios en relación con las
áreas obligatorias y fundamentales.
DESEMPEÑO BAJO: Cuando no alcanza a superar la mayoría de los logros
previstos.
La escala de valoración Institucional abarca las Dimensiones Afectiva, Cogniti-
va y Expresiva en número de 1 a 10, de acuerdo a los criterios establecidos en
la “Matriz de Principios de Manual de Convivencia (MPMC)”.
Se estableció la siguiente escala valorativa.:
DESEMPEÑO BAJO: 1.0 - 5.9
DESEMPEÑO BASICO: 6.0 - 7.5
DESEMPEÑO ALTO: 7.6 - 8.9
DESEMPEÑO SUPERIOR: 9.0 - 10. 0
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PARÁGRAFO: La matrícula y renovación debe realizarse obligatoriamente en los
términos y fechas establecidas por la Institución Educativa.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Del padre de familia y/ o acudiente es la persona que vela,
responde y cuida que su hijo o acudido cumpla con los deberes y con todas las
normas establecidas en el presente manual y el que está pendiente de las fortalezas,
dificultades que presente el niño en el proceso educativo y además corrige
oportunamente las faltas; para lo cual debe cumplir los siguientes requisitos:
Ser mayor de edad.
Si es acudiente, deberá presentar por escrito la autorización de los padres.
Debe tener respaldo moral para su acudido.
Que tenga voluntad suficiente para acudir a todas las citaciones hechas por la
Institución que vayan en pro del estudiante, la convivencia y el cumplimiento del
manual.
CAPITULO IV
COMPONENTE COMUNITARIO
ARTÍCULO OCTAVO. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
Al matricularse como estudiante tiene la oportunidad de disfrutar de los
siguientes derechos:
AL AFECTO.
1. Recibir una educación acorde con los principios filosóficos de la Institución,
que garanticen su formación integral, el desarrollo de la personalidad que le
permita tener una vida activa, basada en los derechos humanos y el rescate
de valores culturales, morales, espirituales, sociales y éticos.
2. Exigir cumplimiento de los derechos fundamentales del niño (según el
estipulado en la Constitución Política Nacional y el Código del Menor).
3. Recibir por parte de sus superiores y compañeros un trato cortés y de
amabilidad.
4. Ser aceptado en la institución sin distinción alguna, de sexo, política, posición
social o creencia religiosa.
5. Ser tenido en cuenta con igualdad y equidad entre sus compañeros.
6. Ser atendido en su integridad física y moral por sus directores de grado o
inmediato superior.
7. Ser escuchado en inquietudes y explicaciones
9. 8. Aplicar el debido proceso en cualquier situación de acuerdo con el
procedimiento establecido en el Manual de Convivencia, a reconocer los
motivos y razones por las cuales se tiende a sancionar y a tener la plena
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METAS
1. Garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo en un
ámbito de felicidad, amor y compresión.
2. Instituir, sostener e implementar permanentemente el “afecto a la persona” en toda y cada una
de las actividades curriculares y extracurriculares de la comunidad educativa
3. Adoptar constantemente relaciones de urbanidad, cultura y motivación pasiva con todos y cada
uno de los miembros de la comunidad educativa sin distingos sociales, raza, creencias religiosas,
políticas, etc.
4. Apreciar, el quehacer, el compromiso y el trabajo de todo integrante de la Institución
orientando, estimulando y contribuyendo en reparar errores con espíritu de diálogo y conciliación.
5. Disfrutar con responsabilidad los servicios que ofrece la Institución observando los principios de
autonomía y libertad “mi libertad termina donde empieza la de los demás “.
6. Enmarcar las actividades de Esperanza, Aprendizaje bajo el enfoque pedagógico pertinente
con las características humanas.
7. Estimular las Motivaciones Intrínsecas desplegando al máximo las competencias intelectuales
en sus tres sistemas: afectivo, cognitivo y expresivo.
MISIÓN
La IE El Divino Niño, regido por los principios fundamentados en la Constitución Política de
Colombia, la ley general de educación 115, los principios básicos de la educación pública, busca
contribuir a la formación de hombres y mujeres íntegros tanto física como moral y espiritual,
conscientes de su ser como entes transcendentes capaces de reconocer en el espacio, basados en los
principios de la educación activa, participativa y formándose como personas líderes
comprometidos con su comunidad y su país.
VISIÓN
Formar líderes comprometidos con su desarrollo ético, político, moral, intelectual y
personal, conscientes de la necesidad de ser entes activos del avance técnico productivo de su
comunidad, fomentando y aplicando los conocimientos adquiridos en su formación holística,
siendo así personas capaces de competir en cualquier ambiente educativo y social.
PRESENTACIÓN
La institución Educativa Divino Niño al asumir su compromiso en la formación integral de la
juventud establece el manual de convivencia como un instrumento fundamental en la orientación
del proceso educativo.
Dicho Manual inicia con una visión global del funcionamiento de la Institución, de la acción
Educativa iluminada por principios filosóficos, pedagógicos y metodológicos, plasmados en
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4. Organizar el proceso de matrículas de los alumnos.
5. Organizar la relación y trámite correspondiente de alumnos para el distrito
militar.
6. Planear y manejar la graduación de los alumnos.
7. Mantener organizada la documentación de alumnos, personal docente y
personal administrativo, en medio físico y magnético,
8. Llevar los registros correspondientes a libros reglamentarios, certificados de
estudio y diplomas.
9. Responder por el manejo y organización del archivo.
10. Llevar y mantener actualizados los registros de carácter académico y presentar
los informes correspondientes.
11. Archivar en medio físico y magnético los boletines de cada período lectivo y
final del año lectivo.
12. Diligenciar los registros contables requeridos por los entes de control, según lo
establecido en decreto 4791 del Fondo de Servicios Docentes.
13. Manejo de la Caja Menor cuando sea reglamentado.
14. Prestar el servicio de biblioteca, según horario establecido.
15. Asistir al ordenador del gasto en la preparación y presentación del presupuesto
anual del establecimiento ante el Consejo Directivo.
16. Elaborar y certificar las disponibilidades, certificados y las reservas
presupuestales.
17. Preparar el informe semestral y anual de ingresos y egresos para Secretaría de
Educación y Contraloría Departamental.
18. Desempeñar las demás funciones asignadas por su jefe inmediato, de acuerdo
con la naturaleza del empleo.
CAPIÍULO VIII
COMPONENTE PEDAGÓGICO
ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
La evaluación del aprendizaje es un proceso sistemático y permanente, que
comprende la búsqueda y obtención de información en diversas fuentes de la
calidad del desempeño, del avance, del rendimiento y de los logros del estudian-
te.
La evaluación es integral, sistemática, permanente, acumulativa en capacidades
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objetivos metas y fines.
Recoge los aportes, vivencias, inquietudes y aspiraciones de toda la comunidad educativa responde al
espíritu democrático y abre espacios a la participación activa del educando como ser integral agente
de su desarrollo, planteado en las nuevas formas de Educación Escolar.
Consideramos que un instrumento eficaz para la buena marcha del plantel, posee una clara
concepción de la persona que educa y de la sociedad en la cual está inserta, se enmarca en la
Constitución Política, en la ley general de Educación, el código del menor, en los lineamientos del
proyecto Educativo Institucional y los principios universales como el derecho a la vida y a la
libertad.
El Manual describe el ser y el quehacer de la institución educativa, establece un sistema de normas
de carácter moral, ético y legal que propenden por el bienestar mediante criterios de respeto,
valoración y compromiso, buscando que los deberes se contemplen entre sí, contempla procesos de
admisión, elección y conformación del gobierno escolar, procedimiento para estímulos, sanciones,
reclamos y solución de conflictos individuales y colectivos.
La elaboración de los contenidos son el resultado de un trabajo de concertación. Contamos con el
aporte de toda la Comunidad educativa, para aplicarlo, dinamizarlo y evaluarlo.
ACUERDO N°____
——————————————————-
Por la cual se reestructura el presente
MANUAL DE CONVIVENCIA
La Rectoría bajo el aval del Concejo Directivo de la Institución Educativa Divino
Niño, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que es indispensable establecer normas claras de comportamiento para que los
diferentes estamentos de la Institución tengan una guía en la valoración de las
interrelaciones personales.
Que la filosofía, principios y valores del colegio están fundamentados en la
Constitución Política y el Ministerio de Educación Nacional reglamenta por la ley
General de Educación 115 de 1994, con las diferentes pedagogías y ambientes
propios con base de la persona en el desarrollo de la sociedad.
Que se hace necesario reconocer los deberes y derechos que corresponden a los
estudiantes de la comunidad educativa, para velar por el cumplimiento de los
mismos, establecer los criterios de conducta.
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Que se hace indispensable aplicar normas educativas establecidas en la
Constitución , el código del Menor, la Ley 115 de 1994 y los Decretos 1860 de
1994 y 1290 de 2009, es justo estimular a quienes testimonian los valores
intelectuales, espirituales, cívicos y culturales.
Que se debe fijar correctivos disciplinarios y procedimientos para resolver
situaciones cotidianas que se den en forma equitativa.
RESUELVE
Reestructurar el anterior Manual de Convivencia, después de haber sido
estudiado y aprobado por el Consejo Directivo, el cual se evaluará anualmente o
según las necesidades que se presenten. Dicho manual consta de los
siguientes capítulos:
CAPÍTULO I
OBJETIVOS
ARTÍCULO PRIMERO: La Institución Educativa Divino Niño establece los
siguientes objetivos del manual de convivencia:
Crear y favorecer ambientes propios para el desarrollo de la personalidad y la
convivencia armónica.
Crear formas de control y cohesión social que faciliten el ser y el quehacer de
sus miembros.
Prever las oportunidades que faciliten a los integrantes de la comunidad
educativa superar sus errores o fallas y fortalecer sus logros y éxito.
Impulsar la integración, la participación y el compromiso de la comunidad
educativa mediante el ejercicio de la autonomía responsable para conocer y
vivenciar el manual de convivencia.
Comprometer a la comunidad educativa mediante la colaboración, la
responsabilidad, la lealtad y el trabajo en equipo, para que asuma el sentido de
pertenencia en la Institución.
Propiciar un ambiente de convivencia fraterna fundamentado en el respeto, la
responsabilidad, la verdad y el liderazgo que favorezca la formación integral de
los estudiantes.
39
38 7
CAPÍTULO II
DISPOSISIONES GENERALES
ARTÍCULO SEGUNDO: DEFINICIÓN
Manual de Convivencia (Art. 73y87, LEY 115/94) (Decreto 1860 Art.17) es el
instrumento que señala los lineamientos generales de la Institución: obligaciones,
funciones, derechos, deberes y compromisos de los diferentes estamentos de la
Institución Educativa.
Facilita el análisis de las situaciones concretas de los estudiantes; presenta
modelos para conciliar intereses y necesidades orientados a la formación íntegra.
El Manual de Convivencia establece canales de comunicación, parámetros y
orientaciones para el desarrollo de actividades, implementación de un clima de
relaciones armónicas, la formación de nuevos hábitos y el logro de los objetivos
establecidos en el PEI.
ARTÍCULO TERCERO: JUSTIFICACIÓN
Consideramos el Manual de Convivencia es un instrumento eficaz en la resolución
de conflictos, la formación del educando, porque permite tener claridad acerca de
los objetivos, metas, ideales, perfiles y acciones que impulsan a las personas de
gran calidad humana y de la sociedad que todos deseamos a partir de la realidad,
dentro de un proceso de participación y colaboración mutua.
ARTÍCULO CUARTO: FILOSOFÍA Y PERFIL DEL EGRESADO
Formar seres humanos conscientes de actuar, convivir en su comunidad como
líderes en la transformación técnica productiva en su ambiente social, basados
en la pedagogía activa- participativa y apropiándose de los conocimientos
académicos, técnicos, sociales, culturales, éticos y morales los cuales lo hacen un
ser preparado para enfrentar los retos competitivos que le presenta la sociedad.
Por lo tanto, el educando será competitivo en las diferentes instituciones
educativas y será capaz de generar proyectos productivos aplicando tecnologías
de desarrollo sostenible y sustentable para el ingreso y buen desempeño en la
universidad y el campo laboral.
Desempeñarse en la parte técnica en el sector comercial, en condiciones de poder
ingresar al mercado laboral.
Liderar, organizar y formar microempresas en el área comercial para que se
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garantía para el uso de la palabra y la defensa.
10. No ser obligado a declarar contra sí mismo, igualmente a no recibir más de
una sanción por el mismo hecho y a seguir el conducto regular docente,
director de grado, rector de la institución, padres de familia y personero
municipal.
11. Elegir y ser elegido en los diferentes órganos del gobierno escolar, como
alumno o ex alumno.
12. Participar en la representación de Colegio a las siguientes actividades:
eventos deportivos, culturales, representaciones a nivel de concurso,
institucionales municipales, provincia y departamentales.
13. Conocer y firmar las anotaciones que se hagan en el observador del
estudiante.
A LOS SERVICIOS
1. Recibir educación gratuita por parte del estado, matrícula y pensión hasta
el grado 11° de Educación Básica y media.
2. Solicitar a sus maestros la orientación que necesite para el buen desarrollo
de sus tareas e inquietudes.
3. Disfrutar del servicio de biblioteca en horas determinadas por la institución
y retirar libros en calidad de préstamos, de acuerdo al reglamento de la
biblioteca. (descanso, almuerzo y salida), al igual que las guías e implemen-
tos deportivos y los demás que le propicie el estado.
4. Disfrutar de todos los servicios que ofrece el plantel (material
didáctico, laboratorios, sala de informática, campos deportivos, aulas de
clase, unidad sanitaria, audiovisuales, teniendo en cuenta el manual de
uso de los diferentes espacios, los cuales estarán fijados en las diferentes
dependencias, siempre y cuando se vea la necesidad y este bajo la respon-
sabilidad de un Docente. Que estos beneficios sean para el servicio de los
estudiantes.
5. Reconocer y estimular las condiciones intelectuales, deportivas, artísticas
y sociales.
6. Proporcionar un ambiente saludable estético y cómodo, para una buena
formación del educando.
7. Utilizar el servicio de internet en horas de clase y en los descansos si se
requiere, con la debida autorización del docente encargado, con el fin de
complementar las actividades académicas e investigativas y períodos
complementarios.
8. Usar los bienes y servicios dentro de la institución, sin ser trasladados a
lugares de residencia u otros.
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ARTÍCULO VEINTISIETE: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
En constancia firman,
_________________________________________ Esp. GILBERTO CRUZ ACUÑA
Rector _____________________________ _______________________________ MARÍA ANA RUBIO MORENO TEÓDULO HUERTAS MELO Representante Docentes Primaria Representante Docentes Secundaria
_____________________________ _____________________________ CARLOS ARTURO MARTINEZ H. IMELDA DIAZ BERNAL Representante Aso Padres Representante Consejo de Padres
______________________________ ______________________________ LINA MARLEN DÍAZ BERNAL YAMILE DÍAZ BOHÓRQUEZ
Representante de los Estudiantes Representante de los Exalumnos
___________________________________ FRANCISCO MARTINEZ BERNAL
Representante Sector Productivo
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9. Devolver los materiales que utilice en buen estado .
ACADÉMICOS.
1. Ser tenido en cuenta en izadas de bandera y en el desarrollo de las actividades
socioculturales.
2. Expresarse libremente en cuanto a iniciativas y sugerencias en pro de la
institución educativa
3. Reclamar de manera respetuosa y justa en lo que tiene que ver con
evaluaciones, calificaciones y otros.
4. Ser evaluado continuamente a partir de la sicología evolutiva, en forma
integral, cualitativa y descriptiva, según el decreto 1290.
5. Conocer los logros y formas de evaluación de cada una de las áreas al
comenzar cada período académico.
6. Recibir una educación integral en todos los niveles; conocer el plan curricular,
sus innovaciones, criterios y fechas de evaluación y recuperación en cada
asignatura y dentro del período académico
7. Recibir sus clases completas.
8. Recibir y participar en talleres y conferencias que contribuyan a la formación
personal.
9. Conocer el cronograma de actividades.
10. Participar activamente en el proceso de actualización del Proyecto
Educativo Institucional.
11. Participar en actividades culturales y deportivas un día, por semestre.
ARTÍCULO NOVENO: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
DE ORDEN SOCIAL.
1. Respetar los símbolos patrios e Institucionales (Bandera, Escudo e Himno).
2. Respetar las creencias y la ideología de la comunidad Educativa en cuanto lo
político, religioso y cultural.
3. Tratar con respeto a profesores, compañeros y demás miembros de la
comunidad Educativa empleando un lenguaje cordial como corresponde a la
dignidad humana.
4. Respetar el buen nombre de las personas que integran la comunidad,
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evitando hacer comentarios mal intencionados y actitudes discriminatorias,
que lesionen ese buen nombre a que tenemos derecho.
5. Atender las recomendaciones, las sugerencias y disposiciones que hagan las
personas responsables de su formación.
6. Participar como sujeto activo del proceso de formación de los
eventos programados por la Institución ya sean culturales, sociales,
deportivos entre otros.
7. Contribuir con esmero en el cuidado del entorno de la Institución.
8. Promover el mejoramiento y embellecimiento de la Institución, demostrando
sentido de pertenencia.
9. Conocer y utilizar el Manual de Convivencia para garantizar la
convivencia, presentando los descargos frente a las diferentes instancias
para solucionar los problemas que se presenten.
10. Asumir con honestidad, responsabilidad, entusiasmo y creatividad las
diferentes actividades que se desarrollan en la institución.
11. Representar con orgullo, responsabilidad y dignidad a la Institución
Educativa y al curso en la organización del Gobierno Escolar, en los
diferentes eventos culturales, sociales y deportivos.
12. Respetar los bienes ajenos y devolver los encontrados en el colegio, para que
se haga la entrega respectiva a su dueño.
13. Cuidar y hacer buen uso de los baños dejándolos aseados.
14. Portar el uniforme adecuado y completo, ya sea el de diario o Educación
física, tal como aparece en el Manual de Convivencia durante la jornada
escolar.
15. Denunciar ante los docentes, rector o padres de familia el hurto o daño de
recursos y elementos de la institución de los cuales se tenga conocimiento.
16. Responder por los daños y perjuicios causados a los bienes y servicios
de la institución, de un compañero o de un docente.
17. Respetar los sitios que prestan servicios en la institución.
DE ORDEN ACADÉMICO.
1. Hacer uso de los derechos sin abusar de ellos, respetando los de los demás.
2. Cumplir con los deberes de forma responsable y consciente.
3. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas por la
institución.
4. Adquirir los útiles y los recursos necesarios para el alcance de logros
institucionales educativos y formativos.
5. Cumplir con las tareas y lecciones señaladas por los docentes, dentro de los
términos establecidos en cada período del calendario académico.
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6. Dedicar todos mis esfuerzos al alcance de los logros académicos y formativos
que propone el plan de estudios, teniendo en cuenta el decreto 1290 de 2009.
7. Presentar en las fechas programadas las evaluaciones, talleres, trabajos,
consultas, actividades complementarias de refuerzo y recuperación dentro de
cada período académico.
8. Cumplir puntualmente con la entrega de trabajos, talleres y evaluaciones de
recuperación dentro del período.
9. Cumplir con el reglamento de las diferentes dependencias: sala de informática,
biblioteca, comedor, aula, campo deportivo entre otros.
10. Enviar excusa cuando por algún motivo no puede asistir a clase.
DE ORDEN DICIPLINARIO
Permanecer dentro del plantel durante la jornada escolar y en los sitios
programados para cada actividad.
Cumplir con la jornada escolar de acuerdo con los horarios estipulados:
Preescolar 7:30 a.m. – 12:30 a.m.
Primaria 7:30 a.m. – 1:30 p.m.
Secundaria 7:30a.m. – 2:30 p.m.
Educación Media 7:30 am a 3:30 p.m
Tener sentido de pertenencia con la institución, interesándose y
responsabilizándose del aseo, presentación, conservación de la planta física y sus
implementos.
Mantener los buenos modales en el comedor haciendo buen uso de las comidas y
respetar a los demás incluyendo a todo el personal de servicio.
PARÁGRAFO 1. Los modelos acordados por la comunidad, para los uniformes del
colegio son los siguientes.
DIARIO
MUJERES: Jardinera escocés, de color azul claro, altura centro de la rodilla, camisa
blanca, cuello sport manga corta, camiseta color blanco, buzo cuello V, color azul
celeste, media blanca colegial, zapato colegial color negro de amarrar.
HOMBRES: Jean clásico color azul oscuro, camisa blanca cuello sport manga corta,
camiseta color blanco, buso cuello V color azul celeste, zapato colegial de amarrar
color negro.
EDUCACION FÍSICA
12
1. Sudadera color azul oscuro, con líneas laterales delgadas de color blanco,
con chaqueta al cuello color gris hacia la mitad superior, con una línea blan-
ca lateral y azul oscuro a la parte inferior, camiseta gris con líneas laterales
en la manga color blanco, manga corta, pantaloneta azul oscuro con líneas
laterales de color blanco, media azul oscuro con líneas de color blanco y tenis
blancos. (según modelo establecido por la institución)
2. No llevar al colegio objetos de valor (cadenas, anillos, celulares, pulseras), ya
que en caso de pérdida ninguna dependencia se hará responsable.
3. Responsabilizarse individualmente o en grupo por los daños causados al
inmobiliario e implementos del plantel, junto con el padre de familia o
acudiente para reponerlos o repararlos en la mayor brevedad posible.
4. No superar el límite de 20% de ausencias ya que es causal de reprobación
del año escolar, teniendo en cuenta excepciones especiales. (Decreto 1290
de 2009).
5. Justificar ausencia, total o parcial, del plantel presentado excusa firmada por
el padre o acudiente, con número de cédula, la cual debe ser entregada al
profesor director de grado o el de disciplina.
6. Cuando por algún motivo justificado necesite retirarse del plantel sin haber
finalizado la jornada, deberá presentar permiso firmado por el padre de fa-
milia dirigiéndose al profesor de disciplina en primera instancia,
luego al director de grado y docente de la clase correspondiente.
7. No comer chicle en horas de clase, actividades complementarias o
formaciones o cualquier otro evento que realice la Institución.
8. El estudiante deberá mantener el celular en vibrador en horas de clase y
contestar sólo en caso de emergencia, con previa autorización del docente,
en horas de clase, actividades complementarias o formaciones u otros
eventos que realice la Institución.
PARAGRAFO 3. El incumplimiento de este numeral, por primera vez, acarreará
el decomiso del celular por ocho días, por segunda vez se decomisa el celular y
solo se le entrega al padre de familia, firmando el observador del estudiante
con su respectivo compromiso, si reincide en la falta, el celular se decomisará
y se entregará al padre de familia o acudiente en la próxima asamblea general de
padres de familia.
Durante los cambios de clase el estudiante debe esperar al docente en la
respectiva aula.
DE ORDEN MORAL
33
2. Programar la atención de alumnos, docentes y padres de familia.
3. Elaborar certificados de notas, constancias de escolaridad.
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32
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: DEBERES.
1. Guardar lealtad a la Institución y sentido de pertenencia por la misma.
2. Cumplir la jornada laboral establecida con máxima diligencia y eficacia.
3. Respetar las opiniones, derechos y convicciones de los demás miembros de
la Comunidad Educativa.
4. Tener buena relaciones humanas con todos los miembros de la Comunidad
Educativa.
5. Realizar actividades complementarias afines a su cargo.
6. Responder por los implementos, materiales, equipos y demás bienes de la
Institución puestos a su disposición para un eficaz cumplimiento de sus
funciones.
7. Atender a las personas con respeto, amabilidad, voluntad y educación.
8. Hacer uso adecuado de los elementos de dotación.
9. Tener una excelente presentación personal.
10. Participar en los cursos de capacitación y formación.
11. Respetar y acatar las órdenes impartidas por sus superiores y que estén
relacionados con sus funciones.
12. No presentarse en la Institución en estado de embriaguez o bajo efectos de
drogas alucinógenas.
13. Abstenerse de realizar actividades de tipo comercial en horas laborales o
permitir que otras personas ajenas a la Institución lo hagan.
14. Estar dispuestos a colaborar con actividades solicitadas por sus superiores y
cuando tengan relación con la institución.
15. Ser solidario, equitativo, honrado, respetuoso, colaborador, prudente, ético y
justo.
16. Informar a las directivas cualquier anomalía o situación que vaya en detri-
mento de la Institución y el buen nombre de la misma.
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO: HORARIO
Auxiliar Administrativo (secretaria)
Cumplir su jornada laboral. 8 horas. De 8:00-12:00m y de 1:00 a 5:00 p.m De lunes
a viernes, o de acuerdo al horario que le sea asignado por el Rector.
Celador: 10:00 p.m a 6 :00 a.m, o de acuerdo al horario que le sea asignado por el
Rector.
FUNCIONES DE LA AUXILIAR ADMINISTRATIVA:
1. Actualizar el sistema de información de archivo de hojas de vida de los alumnos.
13
1. Los estudiantes no deben incurrir en las siguientes causales:
2. Usar el nombre del colegio para actividades diferentes a las académicas, cul-
turales, artísticas, recreativas y deportivas.
3. Participar en actos colectivos de desorden que dañen el prestigio y el buen
nombre de la institución.
4. Faltar al respeto de los miembros de la comunidad educativa y por lo tanto
calumniar, injuriar a algún integrante de ésta.
5. Alterar algún documento o hacer uso indebido de ellos.
6. Fumar, ingerir o introducir bebidas alcohólicas al plantel, comerciar, guardar,
usar drogas alucinógenas o estupefacientes.
7. Realizar o intentar algún tipo de fraude, engaño o suplantación.
8. Salir de casa y no llegar a la institución durante la jornada y sin permiso del
padre de familia o acudiente, realizando otras actividades durante este
tiempo.
9. Ejercer o propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra alguna
persona o contra los bienes de la institución.
10. Portar y hacer uso de cualquier tipo de arma e intimidar o agredir a los demás.
11. Introducir al plantel libros, folletos y otros tipos de divulgaciones
pornográficas que atenten contra la moral pública o ingresar a las páginas
pornográficas de internet y acciones de este tipo.
12. Hacer o colocar dibujos no autorizados, o grafitis y expresiones vulgares,
irrespetuosas o pornográficas en cualquier sitio del colegio.
13. Utilizar cualquier género de lenguaje ofensivo contra la dignidad y el respeto
que se debe dar a las personas.
14. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad.
15. Dañar los materiales didácticos de la institución, como libros, carteleras,
láminas, mapas, implementos deportivos y de laboratorio entre otros.
16. Realizar y promover actividades lucrativas (ventas, rifas, negocio) entre
compañeros, profesores u otros funcionarios del plantel, sin la respectiva
autorización de la Rectoría o Consejo Directivo.
17. Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones que envía la
institución a los padres de familia o acudientes y viceversa.
18. Evitar manifestaciones amorosas entre parejas dentro del colegio; también
fuera de él, cuando porten el uniforme.
19. Los estudiantes por ningún motivo pueden permanecer dentro de la
institución sin camisa del uniforme del diario o sin la camiseta del uniforme
de educación física.
14
ARTÍCULO DÉCIMO: PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS
Son aquellas acciones encaminadas a la reflexión y concientización sobre los
valores, principios, mecanismos de convivencia ciudadana y acuerdos que se
hacen en diversas situaciones como dirección de grupo, en clases, jornadas
culturales, izadas de bandera, formaciones generales y otros.
Para establecer procedimientos formativos o correctivos por el incumplimiento
de alguno de los deberes se aplicará el siguiente procedimiento o conducto
regular.
1. Amonestación verbal al estudiante por el profesor o persona que tenga
conocimiento de la falta.
2. Llamado de atención por escrito, consignado en el observador del estudiante
y firmado por el alumno y el profesor que la observe.
3. Si no hay acuerdo mediante el diálogo, las partes recurrirán ante el comité de
conflictos quien es la primera instancia reguladora del conflicto. Se firma un
acta de compromiso entre las partes.
4. Citación a los padres de familia o acudiente del estudiante para enterarlos
sobre el comportamiento de su hijo, dejando constancia por escrito en el
observador del estudiante y firmado por el acudiente, director del curso.
5. Diálogo y compromiso ante la rectoría.
6. Si el estudiante no mejora su comportamiento y rendimiento académico se
firmará un acta de compromiso por el estudiante, el padre de familia, director
de grado, docente del área y rectoría.
7. Si el estudiante reincide en las faltas se podrá aplicar suspensión hasta por
tres días, según la gravedad de la falta, tiempo en el cual el estudiante des-
arrollará trabajos especiales que hará conocer a sus compañeros mediante
exposiciones, en formación general, con el fin de prevenir en la comunidad
estudiantil dichas faltas.
PARÁGRAFO: Los trabajos, evaluaciones y talleres que se realicen en ausencia
del suspendido, los debe presentar en la etapa de refuerzo y recuperación del
período correspondiente.
Una vez agotados los recursos anteriores, si reincide en la falta se remitirá a
Consejo Directivo para el respectivo análisis de la situación y decidir
procedimiento a seguir.
Tener en cuenta la sentencia T422, agosto 25 de 1998.
CLASIFICACION DE LAS FALTAS
31
marcha del plantel y el mejoramiento en la calidad de la educación.
6. Convocar a los padres de familia asociados a reuniones periódicas, con el fin de
analizar situaciones propias del plantel.
7. Organizar conjuntamente con el Consejo Directivo acciones conducentes al
lograr un mejor bienestar comunitario.
CAPIÍULO VII
DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
El personal administrativo de la Institución Educativa Divino Niño debe trabajar en
acción coordinada con los demás estamentos de la comunidad, bajo la orientación
de todos y cada uno de sus superiores, o con la autonomía que le confiere la orga-
nización Institucional o la ley según el funcionario del cual se trate.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO: DERECHOS
1. Recibir un trato digno, decoroso y respetuoso, por parte de los miembros de la
Comunidad Educativa.
2. Ser valorado como persona partícipe, generador de cambios y bienestar de la
comunidad educativa.
3. Recibir los elementos necesarios para poder realizar con excelencia la labor
asignada.
4. Ser informado y orientado por su superior a cerca de cualquier actividad, duda, o
cuestionamiento de la Comunidad Educativa.
5. Ser estimulado por los méritos alcanzados en el desempeño de su labor.
6. Recibir capacitación y formación relacionada con las funciones inherentes a su
cargo.
7. Asociarse con fines nobles y lícitos, no contrarios a la moral, leyes y el presente
manual.
8. Ser oídos antes de ser sancionados y seguir el debido proceso.
9. Expresar sus ideas y opiniones en forma respetuosa siguiendo el conducto
regular.
10. Presentar en el tiempo prudencial y de ley los recursos de reposición y apelación.
11. Realizar peticiones y solicitudes respetuosas.
12. Participar en actividades sociales, académicas, culturales y artísticas, cuando las
directivas lo estimen conveniente.
13. Hacer uso de permisos, licencias y comisiones, cuando exista una razón justifica-
da y se llenen los requisitos establecidos por las normas legales.
30
presentación personal y con el debido porte del uniforme.
13. Presentar en forma oral o por escrito las debidas excusas, cuando su hijo
por algún motivo no pueda asistir a la Institución.
14. Dar buen ejemplo a sus hijos y prohibirles la entrada a cantinas u otros si-
tios que comprometan el dinero en juegos de azar.
15. Aceptar los cargos por los cuales han sido nombrados en la Asociación de
Padres de Familia.
16. Acercarse periódicamente a la institución, en horas laborables y según
horario fijado con anterioridad por un profesor, director de grado del
establecimiento, con el fin de enterarse del rendimiento y comportamiento,
puntualidad y aprovechamiento del tiempo de sus hijos.
17. Hacer los reclamos de carácter especial, de manera respetuosa y dentro de
las instalaciones locativas.
18. Responsabilizarse de las acciones de sus hijos fuera del contexto Institucio-
nal
19. Evitar la murmuración, chisme y la mentira dentro y fuera de la institución.
20. Procurar al máximo mantener en alto nivel el buen nombre de la Institu-
ción.
21. Evitar las agresiones físicas o verbales entre los miembros del grupo
familiar.
22. Inculcar y lograr en sus hijos, hábitos de aseo y pulcritud personales, al igual
que en sus útiles y materiales que utiliza, sean o no de su propiedad.
Fomentar y apoyar a sus hijos en la participación de actividades: Culturales,
artísticas y deportivas que ayuden a su formación integral
FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA:
La Asociación de Padres de Familia, además de las funciones que su reglamento
interno le permite, podrá desarrollar actividades como las siguientes:
1. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional, su continua
evaluación, para lo cual podrá asesorarse de alguien que esté en condiciones
de hacerlo.
2. Promover programas de formación para los padres, con el fin de cumplir
adecuadamente con la tarea educativa que les corresponde.
3. Promover entre sus asociados la actitud positiva en torno al progreso y
ambiente familiar que debe reinar en la institución.
4. Nombrar los dos representantes que formaran parte del Consejo Directivo.
5. Participar activamente en la toma de decisiones, que garanticen la buena
15
FALTAS LEVES
Se definen como aquellas que perjudican la sana convivencia pero no ocacio-
nan perjuicios físicos ni morales a los demás miembros.
1. La falta leve es todo incumplimiento a los deberes concertados en el Manual de
Convivencia.
2. Cuando por tercera vez se le hace llamado de atención por el indebido porte
del uniforme. (incluye uniforme diario y de educación física)
3. Portar el uniforme en sitios públicos como salas de billar, tabernas, juegos de
azar y demás.
4. Venta y comercialización de productos que conlleven al lucro personal.
5. Permanecer en la institución después de cumplida la jornada académica
6. Llegadas tarde a la institución o a las clases sin justa causa por tercera vez, sé
citara al acudiente.
7. El incumplimiento constante de trabajos y tareas.
8. La indisciplina constante en las clases o eventos de la institución será causal
de llamado al acudiente o padre de familia.
9. Para su correctivo se aplicarán los numerales 1 – 2- 3, del Conducto Regular.
10.Incumplimiento con las actividades de refuerzo y recuperación en el
tiempo estipulado por el docente o por la institución.
11.No asistir a clases con los materiales para el desarrollo de las actividades
académicas y o deportivas sin justa causa.
12.Descuidar su presentación personal, higiene y aseo.
13.No informar oportunamente al padre de familia de las circulares, comunicados
y citaciones impartidas por la institución.
14.Salir de clases sin autorización del respectivo profesor (a).
15.Maltratar ultrajar de palabra a compañeros o cualquier miembro de la comuni-
dad educativa con chanzas de mal gusto.
16.Botar basura y atentar contra el mantenimiento del sano ambiente escolar.
17.Expresarse en términos vulgares.
PROCEDIMIENTO
1. Amonestación verbal al estudiante por el profesor o persona que tenga
conocimiento de la falta.
2. Llamado de atención por escrito, consignado en el observador del estudiante y
firmado por el alumno y el profesor que la observe.
3. Si no hay acuerdo mediante el diálogo, las partes recurrirán ante el comité de
conflictos quien es la primera instancia reguladora del conflicto. Se firma un
acta de compromiso entre las partes.
4. Citación a los padres de familia o acudiente del estudiante para enterarlos so-
16
bre el comportamiento de su hijo, dejando constancia por escrito en el ob-
servador del estudiante y firmado por el acudiente, director del curso.
FALTAS GRAVES
Se considerara falta grave aquella que por su característica incide en el normal
desarrollo de sus actividades académicas y disciplinarias o que atenten contra
los derechos fundamentales de la sociedad, éstas son:
1. Reincidencia en tres faltas leves.
2. Hurto, encubrimiento, apropiación y daño de bienes propios o ajenos a la
institución.
3. La falsificación o adulteración de documentos como plantillas de evaluación,
control del aseo, control de asistencia, observador del estudiante, firma de
citación al acudiente y otros.
4. Fraude en evaluaciones, tareas, trabajos, y alteraciones de notas.
5. Suplantación de personas.
6. Consumir, portar o comerciar sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas,
cigarrillo, dentro o fuera de la institución, en salidas culturales, deporti-
vas o pedagógicas.
7. Asistir y participar en las actividades programadas en la institución bajo
influencias de sustancias embriagantes o psicoactivas.
8. No cumplir compromisos firmados por los acudientes o padres de familia (en
caso de actas de refuerzo, recuperación, comportamiento u otros)
9. No asistir reiteradamente a las actividades extracurriculares programadas
por la institución sin justa causa; únicamente se tendrá en cuenta excusa
médica, o presencia del padre o asistencia del acudiente en la institución.
10. La entrada o salida del plantel sin autorización debida.
11. La inasistencia continua e injustificada.
12. El no presentarse a cumplir con sus obligaciones estudiantiles, e irse a otros
sitios, lugares de dudosa reputación portando el uniforme.
13. Cualquier tipo de manifestación que atente contra de la integridad de las
personas y contra la estética de la institución, bienes y servicios.
14. Porte de cualquier tipo de arma dentro de la institución.
15. Usar el nombre de la institución para actividades de recolección de fondos
económicos sin autorización de la Rectoría y Consejo Directivo.
16. Ocasionar daños a la planta física de la institución.
17. Hacer caso de omisión de las observaciones hechas por los docentes y
directivos.
29
3. Participar activamente en las reuniones a celebrarse en las instalaciones de la
Institución.
4. Ser registrado en el libro de actas de la Institución Educativa Divino Niño re-
saltando el motivo de la misma.
5. Participar en las actividades académicas, religiosas, sociales culturales y de-
portivas que programe la Institución.
6. Conocer el Proyecto Institucional y en especial el Manual de Convivencia.
7. Aportar sugerencias y opiniones que favorezcan la buena marcha de la ins-
titución teniendo en cuenta el conducto regular.
8. Acogerse a lo establecido en el decreto 1286 artículo tercero de fecha 27 de
abril de 2005.
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.
1. Los padres de familia son los primeros y principales educadores de sus hijos y
artífices de la unidad familiar. En consecuencia al legalizar la matrícula, el
padre de familia o acudiente, adquiere con la Institución y con sus hijos los
siguientes compromisos y responsabilidades:
2. Proporcionar un ambiente de comprensión, cariño, respeto y buen ejemplo,
corrigiéndolos en forma oportuna y adecuada.
3. Matricular a sus hijos en la Institución, cuando lleguen a la edad escolar, entre
5 y 14 años, para preescolar y Básica primaria, y de 10 años en adelante bási-
ca secundaria y media.
4. Proporcionar a sus hijos los útiles necesarios, para que puedan cumplir con su
responsabilidad escolar.
5. Cooperar con el mejoramiento general del establecimiento educativo,
aportando mano de obra cuando sea requerido.
6. Firmar las notas enviadas por los profesores cuando el alumno no ha
cumplido con su obligación.
7. Asistir para recibir informes académicos del estudiante.
8. Asistir puntualmente a las reuniones previamente programadas, en caso de
ausencia presentar la debida excusa.
9. Procurar que sus hijos no porten elementos diferentes a los útiles exigidos por
su respectivo profesor.
10. Cooperar para que sus hijos estudien y cumplan con sus obligaciones
escolares, dándoles el tiempo necesario para tal fin.
11. Respetar al educador y cooperar en la formación integral de la personalidad
de los estudiantes.
12. Enviar oportunamente a sus hijos a la Institución, contribuyendo con el aseo,
28
16. Emplear el conducto regular para dirigirse al director de Núcleo y Secreta-
ria de Educación.
17. Informar al rector de la institución acerca de las actividades a desarrollar
con los alumnos, dentro y fuera de cada una de las sedes.
18. Presentar al Rector de la Institución el diario de clases para cada grado,
cuando él lo estime conveniente.
19. Responsabilizarse del comportamiento e integridad física de los alumnos,
dentro del contexto institucional.
20. Coordinar con los diferentes comités de Gobierno Estudiantil las activida-
des escolares a desarrollar.
21. Cumplir la Constitución, las leyes de Colombia y el presente Manual de
Convivencia
Inculcar en los alumnos, el amor a los valores morales, históricos y culturales
de la nación y el respeto a los símbolos patrios.
Abstenerse de solicitar préstamos de dinero o cualquier otro beneficio a los
alumnos.
En caso de una salida de campo con sus alumnos, debe contar con el visto bue-
no del rector.
Los demás inherentes al cargo que le sean asignados, según los decretos 2277,
1278 y demás disposiciones vigentes.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO : PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES.
Los padres de familia y acudientes de la Institución Educativa Divino Niño, son
personas que profesan y demuestran con sus actitudes los principios y valores
de una comunidad comprometida con la formación integral de sus hijos,
mediante la participación, colaboración y apoyo institucional; con el sentido de
pertenencia y lealtad a la Institución Educativa Divino Niño, que se manifiesta
en actitudes de respaldo, respeto y cooperación.
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Los padres de familia y acudientes de la Institución tienen derecho a:
1. Ser atendido en sus justas reclamaciones y opiniones, y a ser tratado con
dignidad y respeto.
2. Recibir periódicamente informes orales y escritos del comportamiento y
rendimiento académico de sus hijos, dentro del plantel.
17
18. Encubrir faltas cometidas por cualquier miembro de la comunidad educativa.
19. Las peleas que causen lesiones o contusiones personales dentro de la institu-
ción.
20. Actos contra la moral como: atentar contra la libertad y el pudor sexual.
21. Porte o divulgación de material pornográfico.
Para el correctivo de las faltas graves se aplicará el Conducto Regular teniendo en
cuenta los numerales a que haya lugar.
PROCEDIMIENTO
1. El comité de convivencia citará al acudiente y al alumno para notificarlos de la
falta cometida e iniciará la investigación respectiva, reuniendo las pruebas co-
rrespondientes a la mayor brevedad posible.
2. El comité de resolución de conflictos procederá a determinar el fallo y sanción
correspondientes y notificará de ello a los estudiantes investigados y a sus
representantes. De todo el proceso quedará copia en el observador del estu-
diante y el original quedará en el archivo del comité de resolución de conflic-
tos.
PARÁGRAFO.
Cuando el estudiante sea sorprendido en flagrancia el caso se remitirá directa-
mente al Consejo Directivo, según el caso, sin obviar el debido proceso.
SANCIÓN:
1. Suspensión académica de uno a tres días, cumpliendo trabajo formativo dentro
de la institución, el cual estará vigilado por el RECTOR. Durante la suspensión
el estudiante debe presentarse en la institución en la misma jornada, para reali-
zar trabajos de consulta y reflexión, de igual manera jornadas de aseo y ornato
según sea el caso, será asignado por el Comité de resolución de conflictos y/o
Consejo Directivo. Los trabajos de reflexión y consulta serán socializados en
formación general.
2. En caso de daño causado a elementos de la institución, el estudiante debe res-
ponder por la falta cometida ante el representante legal de la institución.
FALTAS GRAVÍSIMAS
1. Reincidencia de las faltas graves por segunda vez.
2. Hurto comprobado
3. Porte, uso, suministro y venta de armas blancas, y/o de fuego.
4. Consumir, portar, invitar, distribuir, vender, incitar a consumir o coaccio-
nar en consumo drogas, alucinógenos, alcohol o cigarrillos dentro de la
institución educativa.
5. Consumir licor dentro de la institución y presentarse en estado de embria-
18
guez y/o bajo efectos de sustancias psicoactivas.
6. Atentar contra la integridad física de cualquiera de los miembros de la
comunidad.
7. Incurrir en agresiones físicas a cualquier integrante de la comunidad edu-
cativa.
8. Sustraer , adulterar y/o destruir documentos oficiales o legales.
9. Cualquier tipo de extorsión.
PROCEDIMIENTO
1. El conocedor de la falta informa al rector , el Rector al conse-
jo directivo y acudiente, el consejo directivo a otras estancias.
2. De todo el proceso quedará prueba en el observador del estu-
diante y en el archivo del consejo directivo.
SANCION
1. Suspensión temporal pedagógica de uno a tres días.
2. Matrícula concicional
3. Exclusión de la Institución una vez se hallan agotado los pro-
cedimientos legales.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: ESTÍMULOS
Los estudiantes de la Institución Educativa Divino Niño, tienen derecho a recibir
los siguientes estímulos, teniendo presente que el mejor premio es la superación
personal, la satisfacción del deber cumplido y la formación integral.
La Institución otorgará los siguientes estímulos:
1. Resaltar el trabajo del estudiante ante la comunidad educativa de la
institución y hacer la respectiva anotación positiva en el observador del
estudiante.
2. Colocar en cartelera general el nombre de los estudiantes que sobresalgan en
los diferentes aspectos, en cada bimestre académico.
3. Recibir mención por excelencia académica, buen comportamiento y esfuerzo
personal al finalizar el año lectivo.
4. Izar el Pabellón Nacional.
27
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
Son funciones de los Docentes de la Institución Educativa Divino Niño las
siguientes:
1. Participar activamente en la elaboración del Proyecto Educativo Insti-
tucional: programar, organizar, ejecutar, controlar y evaluar.
2. Responsabilizarse del grado o grados que le correspondan, de los libros
reglamentarios aulas y enseres, respondiendo por su pérdida.
3. Acatar las normas fijadas por la legislación escolar y del presente Manual de
Convivencia.
4. Desarrollar los programas oficiales y colaborar con la dirección y com-
pañeros para el buen funcionamiento del plantel.
5. Realizar actividades complementarias continuamente y de recuperación
necesarias para cada alumno en el área requerida.
6. Exigir a sus alumnos, actividades útiles y recursos necesarios para la
implementación de planes y programas educativos establecidos.
7. No exigir cuotas obligatorias a los alumnos, ni uniformes ni libros costosos.
8. Vigilar cuidadosamente el compromiso de los alumnos, lo mismo que el aseo
diario en su cuerpo y vestido.
9. No dedicarse a actividades ajenas a la enseñanza, cuando afectan la buena
marcha de la labor a su cargo, ni alterar el horario de trabajo sin previa
autorización del rector de la Institución Educativa.
10. Dirigir cuidadosamente los turnos de disciplina establecidos, permaneciendo
en el plantel durante el tiempo establecido.
11. Cumplir con la jornada de trabajo acordada y reglamentada por el Concejo
Directivo de la Institución y el decreto 1290 de 2009.
12. No encomendar sus funciones docentes a personas extrañas, y menos ca-
rentes de formación pedagógica.
13. Los cónyuges, amigos, parientes e hijos de educador, no podrán intervenir en
la marcha de la institución, sin previa autorización del inmediato superior, ni
permanecer dentro de las aulas de clase, a menos que sean alumnos de la
institución.
14. Ser puntual al sitio de trabajo, reuniones convocadas y demás actos co-
munitarios.
15. Tratar debidamente a los alumnos, sin imponer castigos dolorosos ni de-
nigrantes.
26
de la familia y de la sociedad (Ley 115/94 Art. 104). Por tal razón tiene derecho
a:
1. Le sea asignado un espacio cómodo para trabajar de acuerdo a las
disposiciones
2. Participar en las actividades sindicales, según lo contempla la Constitución
Nacional
3. No ser desautorizado frente a los estudiantes, padres, madres de familia,
compañeros o personal de servicio.
4. Ser valorado y reconocido por su trabajo ante la comunidad.
5. Recibir y dar buen trato.
6. Conocer como director de curso las fallas y el procedimiento formativo
aplicado a los estudiantes.
7. Recibir una asignación académica justa y equitativa, acorde con su
preparación pedagógica, al igual que el horario.
8. Ser informado con anticipación de cualquier cambio en el horario asignado,
conocer las razones y a que se le tengan en cuenta sus sugerencias.
9. Tener el permiso de ausentarse de la institución según, el decreto 1278 de
2002 y el 2277 de 1979.
10. No ser discriminado por creencias religiosas, políticas, filosóficas, raciales o
por condicione sociales.
11. Participar en programas de capacitación y bienestar social, cuya elección sea
en forma democrática.
12. No recibir agresión verbal, física ni psicológica.
13. Tener libertad y autonomía de cátedra.
14. Ser escuchado en descargos y dar credibilidad a las razones expuestas hasta
tanto no se demuestre lo contrario.
15. Conocer las quejas presentadas en su contra, teniendo en cuenta el debido
proceso.
16. Disfrutar de sus vacaciones completas, días compensatorios, fines de
semana y días festivos según lo contemplado en la ley.
17. Asistir a las reuniones de los Padres de Familia y tenerle en cuenta sus
sugerencias hechas en pro de la institución, cuando sea en contra jornada.
18. Ser elegido para participar del Concejo Directivo, académico y otros
comités.
19. Y todos los demás que le otorga el Estatuto Docente, Ley General de
Educación 115, decreto 1278 y demás decretos reglamentarios.
19
5. Ejercer la monitoría del grupo.
6. Ser condecorado con Diploma de Honor al final del año lectivo.
7. Representar la Institución en eventos deportivos, culturales artísticos y sali-
das pedagógicas.
CAPITULO V
GOBIERNO ESCOLAR
Según lo dispuesto por la Ley General de Educación en su artículo 18 y demás
normas reglamentarias existe la obligatoriedad de la conformación del gobierno
escolar en todas las instituciones educativas.
El gobierno escolar es una estrategia de educación social y metodológica, que
abre un espacio para que la comunidad educativa se exprese democráticamente,
dentro de los procesos responsables, se organice y desarrolle proyectos que le
permitan generar y enriquecer su propia vida escolar, promoviendo y viviendo
los valores de solidaridad, participación, colaboración, responsabilidad, respeto a
la institución, interés por mejorarla y compromiso individual y social.
El gobierno escolar está compuesto por los siguientes estamentos:
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: CONSEJO DIRECTIVO.
Como instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de
orientación académica y administrativa del establecimiento.
El concejo directivo está integrado por:
El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
Dos representantes de los docentes, elegidos por mayoría de votos, en una
asamblea de docentes.
Dos representantes de los padres de familia.
Un representante de los ex alumnos elegidos por el consejo directivo.
Un representante del sector productivo en ámbitos locales, que patrocinen el
establecimiento educativo.
Un representante de los estudiantes elegido entre el consejo de estudiantes y
alumnos del último grado.
El Gobierno escolar se elige durante el primer mes de año académico.
PARÁGRAFO: Los representantes al Consejo Directivo serán elegidos por el
periodo de un año, pero podrán continuar cumpliendo sus funciones hasta cuan-
20
do sean reemplazados. En caso de vacancia se elegirá su reemplazo para el
resto del periodo.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
Las funciones del concejo directivo del establecimiento serán las siguientes:
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto
las que sean competencias de otra autoridad.
2. Servir de instancias para resolver los conflictos, que se presenten entre
docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y
después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o
manual de convivencia.
3. Adaptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de
nuevos alumnos.
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente pre-
sentado por el Rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional,
del currículo y del plan de estudios y someterlos a consideración, para que
verifiquen los cumplimientos de los requisitos establecidos por la Ley y los
reglamentos.
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del alumno
que han de incorporarse en el reglamento o manual de convivencia.
10.Establecer sanciones cuando incurran en faltas graves, en ningún caso pue-
den ser contrarias a la dignidad.
11.Recomendar criterios de participación de la institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
12.Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la
realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y
sociales de la respectiva comunidad educativa.
13.Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
14.Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de
estudiantes.
15.Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
25
por parte de los educandos.
Este Consejo está integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por
el establecimiento que comparte el mismo Concejo Directivo.
REQUISITOS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE CURSO.
Estar matriculado.
Ser estudiante responsable y demostrar muy buen rendimiento académico y
disciplinario.
Demostrar con sus actitudes y expresiones el sentido de pertenencia al cole-
gio.
Ser líder positivo.
Presentar un plan de trabajo real y oportuno.
Inscribir su nombre dentro de los términos fijados por la Institución.
Tiempo mínimo de vinculación a la Institución un año.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL.
Son funciones del Concejo Estudiantil las siguientes.
1. Impulsar el estudio y asimilación del manual de convivencia.
2. Elegir el representante ante el Consejo Directivo.
3. Fomentar la integración, participación y compromiso activo de los estudiantes
en las actividades programadas para el colegio.
4. Comunicar a sus compañeros lo tratado en las reuniones del Concejo
Estudiantil en forma veraz y precisa.
5. Colaborar con el desarrollo del proyecto de Democracia y Participación
estudiantil.
6. Darse su propio reglamento de organización interna.
ARTÍCULO VIGÉSIMO : CONSEJO DE PROFESORES.
El Consejo de Profesores es un órgano consultivo y asesor del rector.
En la institución educativa El Divino Niño, el Concejo de profesores, lo forman
todos los docentes que laboran en la institución, quienes son responsables
inmediatos de la formación integral de los estudiantes en la asignatura respectiva
y en las autoridades de la vida del colegio.
DERECHOS DE LOS DOCENTES
El educador es el orientador del proceso de formación enseñanza y aprendizaje
de los educandos, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales
24
Tener disponibilidad para el servicio.
Poseer capacidades de conciliación y mediación, con gran calidad humana.
Conocer y practicar la filosofía de la Institución.
PARÁGRAFO 1. Si durante la difusión de la propuesta, se comprueba que los
aspirantes a la elección están comprando votos o dando obsequios, ofreciendo
paseo, fiestas o reuniones sociales, etc.; será anulada la candidatura o elección.
FUNCIONES DEL PERSONERO
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para
lo cual, podrá utilizar los medios de comunicación internos del establecimien-
to; pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras
formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos, sobre
lesiones a sus derechos y que formule cualquier persona de la comunidad
sobre el cumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
3. Presentar ante el rector, las solicitudes de oficio a su petición, que considere
necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el
cumplimiento de sus deberes.
4. Cuando lo considere necesario, apelar las decisiones del rector, ante el
Concejo Directivo o el organismo que haga sus veces.
5. Velar para que los estudiantes sigan el conducto regular, dentro de las
solicitudes y reclamos que formulen.
6. Asistir a las reuniones del Concejo Estudiantil y presentar ante él programas,
iniciativas y sugerencias, para la ejecución de su programa. En dicho Concejo
tendrá voz, pero, no voto.
7. Liderar el manejo, prevención y solución de conflictos en forma práctica.
PARÁGRAFO: Revocatoria de la elección. Si dentro de los tres primeros meses
posteriores a la elección, el personero electo, incumple con sus funciones y el
plan de trabajo, podrá hacerse la revocatoria por parte de sus electores,
solicitando mediante oficio firmado por menos de la mitad más uno del
total de votantes. En este caso se convocarán a nuevas elecciones.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: CONSEJO ESTUDIANTIL.
En todos los establecimientos educativos el Consejo de los Estudiantes es el
máximo órgano colegiado, que garantiza el continuo ejercicio de la participación
21
16.Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los
provenientes de pagos legalmente autorizados.
17.Darse su propio reglamento.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: DE LAS REUNIONES DE CONSEJO DIRECTIVO
Las reuniones deben ser ordinarias una vez al mes y extraordinarias cuando sea
necesario.
El quórum decisorio será la mayoría siempre, ésto es. la mitad más uno.
Las decisiones se plasmarán en actas y llevarán la firma de todos los miembros del
Consejo Directivo.
El desarrollo de las reuniones será consignado en actas, que llevarán la firma del
presidente y el (a) secretario (a) del Consejo Directivo.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: FUNCIONES DEL RECTOR
Le corresponde el Rector del establecimiento educativo: (establecer las fun-
ciones contempladas en la ley 715 de 2001)
1.Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las
decisiones del gobierno escolar.
2.Participar en el estudio de perfiles, para la asignación de docentes y en su se-
lección definitiva.
3.Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno apro-
visionamiento de los recursos necesarios para tal efecto.
4.Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en
el establecimiento.
5.Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los
patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el
continuo progreso académico de la vida comunitaria.
6.Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
7.Orientar el proceso educativo con la asistencia del Concejo Académico.
8.Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley, los reglamentos y el
manual de convivencia.
9.Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias, para canalizarlas
en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.
10.Promover actividades de beneficio social, que vinculen al establecimiento con
la comunidad local.
11.Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, para facilitar la
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prestación del servicio público educativo.
12. Cumplir y hacer cumplir la jornada laboral y académica, según lo establecido
en el decreto 1290 de 2009.
13. Rendir un informe al Concejo Directivo y a los padres de la familia de la
institución educativa al menos cada seis meses.
14. Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos que por incenti-
vos se le asignen en los términos de la ley.
15. Publicar una vez al año en lugares públicos y comunicar por escrito a los
padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la
carga docente de cada uno de ellos.
16. Realizar la evaluación anual de desempeño de los docentes, nombrados por
decreto 1278 y administrativos a su cargo.
17. Proponer a los docentes, que serán apoyados para recibir capacitación.
18. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le
atribuya el proyecto educativo institucional.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: CONSEJO ACADÉMICO.
El consejo académico está integrado por el rector quien lo preside, los directivos
docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Cumplirá
las siguientes funciones:
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la
propuesta del proyecto educativo institucional.
2. Estudiar el PEI y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento presente en el
presente Decreto.
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4. Participar en la evaluación institucional anual.
5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del
rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones
y supervisar el proceso general de evaluación.
6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la parte educativa.
7. Decidir y determinar la modalidad de la Institución Educativa, de acuerdo
con las necesidades y expectativas de la comunidad Educativa.
8. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le
atribuya el proyecto Educativo Institucional.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: DE LAS REUNIONES DE CONSEJO ACADÉMI-
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CO
El Consejo Académico se reunirá una vez al mes en forma ordinaria y
extraordinaria cuando fuere necesario.
El quórum decisorio del Concejo Académico, será la mayoría simple, ésto es la
mitad más uno.
Las decisiones del Consejo Académico, se consignarán en actas firmadas por to-
dos los integrantes.
El desarrollo de las reuniones será consignado en actas, firmadas por el rector (a)
y el (a) secretario (a).
CAPIÍULO VI
OTROS ORGANISMOS DE PARTICIPACION
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
En todos los establecimientos educativos, el personero de los estudiantes, será un
educando que curse el último grado que ofrezca la institución; encargado de
promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados
en la constitución política, la ley General de Educación 115/94 Decreto 1860/94,
los reglamentos y el manual de convivencia.
El personero de los estudiantes, será elegido dentro de los primeros treinta (30)
días calendario a la iniciación de clases del primer período lectivo. Para tal efecto
el rector convocará a todos los estudiantes matriculados, con el fin de elegirlo por
el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.
REQUISITOS PARA SER PERSONERO
Estar matriculado en el último grado que ofrece la Institución.
Presentar fotocopia del documento de identidad y carné estudiantil.
Estar a paz y salvo en todo concepto con la Institución
No tener ningún llamado de atención por escrito o en el observador del alumno
hasta el momento de hacer efectiva su inscripción como candidato.
Demostrar excelente rendimiento académico y disciplinario.
Manifestar con sus actitudes y expresiones el sentido de pertenencia del colegio.
Ser líder positivo.
Inscribir su candidatura en las fechas indicadas y con la documentación
requerida.
Presentar un plan de trabajo real, con metas alcanzables.
Tener un tiempo de vinculación con la Institución, mínimo de dos (2) años.