LOS DERECHOS HUMANOS

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LOS DERECHOS HUMANOS. Un panorama general. Términos. ¿Derechos naturales? ¿Derechos fundamentales? ¿Derechos subjetivos ¿Derechos humanos?. ¿Qué son los derechos humanos?. - PowerPoint PPT Presentation

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LOS DERECHOS HUMANOS

Un panorama general

Términos

¿Derechos naturales? ¿Derechos fundamentales? ¿Derechos subjetivos ¿Derechos humanos?

¿Qué son los derechos humanos?

Conjunto de normas obligatorias que se fundamentan en esos valores de la naturaleza humana, cuya aceptación y práctica garantizan una relación armónica entre la persona y la sociedad, entre el individuo y la Ley, entre el ciudadanos y el Poder Político.

Límites al Poder del Estado.

Fundamento: dignidad del hombre.

¿Qué son los derechos humanos? Las teorías de los DDHH no van a elaborar

una teoría de la vida buena ni un modelo de individuo virtuoso, sino que van crear un marco que permita a los individuos elegir su modelo de virtud, de vida buena, etc.

Nos encontramos en un momento pre jurídico

El proceso de “juridización” de los DDHH

Esto es diferente de la posible eficacia jurídica que puedan tener

Eficacia jurídica y mecanismos de control

Términos

Derechos naturales: derivados de la naturaleza, pretensiones necesarias para el buen vivir.

------------------------------------------------------------- Derechos fundamentales: pretensiones

constitucionalizadas Derechos subjetivos: pretensiones reclamables Derechos humanos: pretensiones consagradas

en el Derecho internacional

Obligaciones generales en materia de DDHH

¿Quién está obligado?

Primer sujeto obligado: Estado. Subjetividad internacional para asumir

compromisos (DDHH). El consentimiento genera obligación.

Responsabilidad internacional por violar DDHH

De qué manera resultan obligados los particulares? A través de la implementación de medidas

nacionales (p. ej. delito, regulaciones ambientales). Tendencia desde el DI a transferir obligaciones

directas al particular (ej. No discriminación, tortura) La sanción, hasta ahora, es solo interna

De qué manera resulta responsable internacionalmente el Estado por actos de particulares? Aquiescencia Omisión

Atributos de los derechos humanos Universales? Inherentes, inalienables, irreversibles,

¿personales? Generales vs. Específicos Taxativos? Indivisibles e interdependientes. De cumplimiento inmediato o progresivo (*)? Absolutos? Jerárquicos? Clasificables?

Igualdad y no discriminación?

Universales?

Declaración Universal de Derechos Humanos

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que (…) que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias

La Asamblea General proclama la presente declaración universal de derechos humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones

Todos los seres humanos…

Inherentes, irrenunciables, inderogables, irreversibles

Personales? Colectivos? Personas Jurídicas?

No taxativos

Agua? Verdad? Desarrollo? Internet? Medio ambiente?

Verdadera autonomía de derechos?

Generales vs. Específicos

Grupos en situación de vulnerabilidad

Absolutos?

¿Se puede afirmar el carácter absoluto o irrestricto de los derechos humanos?

¿Existen derechos más importantes que otros?

Técnicamente no existe una jerarquía de derechos. Ello, atendiendo a la noción de interdependencia.

No obstante, existe el llamado “núcleo duro de los DDHH”.

Indivisibles, interdependientes

Debate en torno a las “generaciones de derechos” y a la jerarquía entre ellos.

1948: Las DUDH y DADDH recogieron tanto DCP como DESC.

Preámbulo del PIDCP y PIDESC (1960) “No puede realizarse el ideal del ser humano libre en el disfrute de las

libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales”

1993: Conferencia mundial de Viena declara que los DDHH son indivisibles e interdependientes y están relacionados entresí.

Indivisibles, interdependientes

Indivisibles, interdependientes

Sin embargo, la regulación de los tratados plantea diferencias y separaciones, en particular en relación con el acceso a mecanismos de control o supervisión. Esta diferencia responde a:

Carácter “progresivo” de los DESC (oneroso)Vs.

Carácter autoaplicativo de los DCP (gratuito)

Progresivos/cumplimiento inmediato

Art. 2.1 PIDESC Cada uno de los Estados

Partes en el presente Pacto se compromete a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas, la plena efectividad de los derechos aquí reconocidos.

Art. 2.1 y 2.2 PIDCP

Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Cada Estado Parte se compromete a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones del presente Pacto, las medidas oportunas para dictar las disposiciones legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en el presente Pacto y que no estuviesen ya garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter.

El problema de los DESC

¿Cuál es su contenido y cuánto cuesta?

¿Se puede controlar su cumplimiento a nivel nacional?

¿Se puede (y debe) cuestionar su cumplimiento a nivel internacional?

Muchas gracias