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LEY GENERAL DEL SISTEMA LEY GENERAL DEL SISTEMA CONCURSAL Nº 27809CONCURSAL Nº 27809
CURSO : DERECHO EMPRESARIAL I
DOCENTE : ABOG. CPC. MARIA ELENA LARREA CANO
INTRODUCCIONINTRODUCCION
Años atrás era la ley 7566 ”Ley Procesal de Quiebras”.Años atrás era la ley 7566 ”Ley Procesal de Quiebras”. En diciembre de1992 se dicto el DL. Nº 26616 Ley de En diciembre de1992 se dicto el DL. Nº 26616 Ley de
Reestructuración Empresarial, que represento un cambio radical en Reestructuración Empresarial, que represento un cambio radical en la concepción de nuestro derecho concursal denominado hasta la concepción de nuestro derecho concursal denominado hasta entonces derecho de quiebra.entonces derecho de quiebra.
En septiembre de1996 se promulgo el DL. Nº 845 de la Ley de En septiembre de1996 se promulgo el DL. Nº 845 de la Ley de Reestructuración Patrimonial, que siguiendo la misma filosofía de la Reestructuración Patrimonial, que siguiendo la misma filosofía de la ley reestructuración patrimonial introdujo algunas modificaciones ley reestructuración patrimonial introdujo algunas modificaciones orientadas a agilizar a los procedimientos concursales y conceder orientadas a agilizar a los procedimientos concursales y conceder mayores facultades de control a la autoridad concursal.mayores facultades de control a la autoridad concursal.
En Junio de1999 se promulgo la Ley Nº 27146 Ley de En Junio de1999 se promulgo la Ley Nº 27146 Ley de Fortalecimiento del Sistema de Reestructuración Patrimonial, Fortalecimiento del Sistema de Reestructuración Patrimonial, mediante el cual entro otros aspectos, se concedieron mayores mediante el cual entro otros aspectos, se concedieron mayores facultades de fiscalizacion y control al INDECOPI.facultades de fiscalizacion y control al INDECOPI.
En Octubre del 2002 se promulgo la Ley Nº 27809 Ley General del En Octubre del 2002 se promulgo la Ley Nº 27809 Ley General del Sistema Concursal, la nueva norma que deroga la Ley de Sistema Concursal, la nueva norma que deroga la Ley de Reestructuración Patrimonial, indica como uno de sus objetivos Reestructuración Patrimonial, indica como uno de sus objetivos principales es la “PROTECCION AL CREDITO”. Estos principales es la “PROTECCION AL CREDITO”. Estos procedimientos concursales se Reducen a dos (procedimiento procedimientos concursales se Reducen a dos (procedimiento concursal ordinario y preventivo.)concursal ordinario y preventivo.)
QUE ES LA LEYQUE ES LA LEY
EEs unas una norma jurídica dictada por el dictada por el legislador. Es decir, un. Es decir, un mandato mandato superiorsuperior ((precepto)) establecida por la establecida por la autoridad competenteautoridad competente
ObjetivosObjetivosEs la
permanencia de la unidad
productiva
Es la Protección del
Crédito y el Patrimonio de la
Empresa
LEY GENERAL DEL SISTEMA LEY GENERAL DEL SISTEMA CONCURSAL Nº 27809CONCURSAL Nº 27809
FinalidadFinalidadPropiciar ambiente
adecuado para la negociación entre acreedor y deudor
sometido a concurso
Permitiendo llegar a un
acuerdo, a la salida ordenada
de mercado
Bajo reducidos costos
La ley Concursal La ley Concursal conformado por:conformado por:
normas aplicables a los procedimientos concúrsales
normas aplicables a los procedimientos concúrsales
agentes que intervienen en los procedimientos
concúrsales
agentes que intervienen en los procedimientos
concúrsales
Las autoridades
Administrativas y Judiciales
Las autoridades
Administrativas y Judiciales
las que la Ley y sus normas complementarias o modificatorias asigne competencia
las que la Ley y sus normas complementarias o modificatorias asigne competencia
DECISION SOBRE EL DESTINO DEL DEUDOR, UNIVERSALIDADDECISION SOBRE EL DESTINO DEL DEUDOR, UNIVERSALIDAD
LOS DEUDORES
ACREEDORES
INDECOPI Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual.
MERCADOEN EL
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
Son definidos por los
involucrados
DECISION
Asum
iend
o la
resp
onsa
bilid
ad
PATRIMONIO DEL DEUDOR
Expresamente por la ley
Con
las
exce
pcio
nes
esta
blec
idas
La viabilidad
Efecto sobre
producen
La totalidad del
COLECTIVIDADCOLECTIVIDAD
DEUDOR
ACREEDORES
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
PARTICIPACIONBuscan la
Y beneficioINVOLUCRADOS
En la
cri
sis
del
ColectivoEl interés
De
la m
asa
Interés individual de cobro de cada
acreedorSe superpone al
Que
est
án
PP!!ROPORCIONALIDADROPORCIONALIDAD
ACREEDORES PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
PARTICIPAN RESULTADO ECONOMICO
de los
En el
deudor
Ante
la im
posi
bilid
ad
patrimonio De satis
facer c
on su
Créditos existentes
los
los
de
Ordenes de preferencia
Salvo las
LA LEYEstablecidos por
ROL DEL ESTADOROL DEL ESTADOESTADO
INDECOPI
A través denegociación
Facilita y promueve
Deudores y
acreedores
entr
e
Respectando la autonomía
privada
Decisiones adoptadas
Procedimientos
concursales
Con las formalidades
LEY
APLICACIÓN DE LA APLICACIÓN DE LA LEYLEY
a los procedimientos concúrsales
de los deudores
Domiciliados en el pais
NO SE ENCUENTRAN NO SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN LA COMPRENDIDOS EN LA LEY COMO DEUDORESLEY COMO DEUDORES::
Las AFPS
las personas que forman parte del sistema financiero o del sistema de seguros
CONASEV
PATRIMONIOS AUTONOMOS
COMISION DE PROCEDIMIENTOS
DE INDECOPI
AUTORIDADES CONCURSALES
las Comisiones creadas en virtud de los convenios que se celebren con las
instituciones
El Tribunal es competente para
conocer en última instancia administrativa
COMISION DE PROCEDIMIENTOS
DE INDECOPI
las Comisiones creadas en virtud de los convenios
SE ENCARGA DE FISCALIZAR
ENTIDADES ADMINIST Y
LIQUIDADORAS
ACREEDORES Y DEUDORES SUJETOS A
PROCEDIMIENT. CONCURSALE
S
expedir directivas de cumplimiento obligatorio.
HABILITACION DE LA COMPETENCIA HABILITACION DE LA COMPETENCIA TEMPORALTEMPORAL
COMISION DE PROCEDIMIENTOS
DE INDECOPI
Instituciones Privadas
Instituciones Publicas
Con la finalidad de atender la demanda
de servicios que pudiera presentarse
por el régimen
concursal.
Convenio
Derechos y Obligacione
s
Derechos y Obligacione
s
Art.11 Reserva e Información del procedimiento Art.11 Reserva e Información del procedimiento
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
ACREEDORES
A pedido
Reserva
Se tramitaran en Publicación
Hasta su
Funcionarios Públicos
Caut
elar
an la lo
s
Que tengan conocimiento del
PARTESy las
La publicación de edictos cuando
se desconozca el domicilio del emplazado
La publicación de edictos cuando
se desconozca el domicilio del emplazado
NO impedirá
PATRIMONIO SUJETO A LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALESPATRIMONIO SUJETO A LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
BIENES INEMBARGABLES
TOTALIDAD DE BIENES
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL DEUDOR CONCURSADOPATRIMONIO
comprende
Con excepción de sus
Excluidos por las leyes especiales
Y aquellos
EL DEUDOR
cuyo
REGIMEN DE SOCIEDADES
Se encuentra en
Herramientas de trabajo
PATRIMONIOSSeparación SUSTITUIR
Donde deberá
BIENES
IDENTIFICACION
permita
de
Que integra su
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
POSTULACION DEL PROCEDIMIENTOPOSTULACION DEL PROCEDIMIENTO
PROCEDIMIENTOCONCURSAL ORDINARIO
PODRA SER INICIADO POR
EL PROPIO DEUDOR
O POR SUS PROPIOS
ACREEDORES
LA LEY
Cumpliendo
DEUDORPodrá solicitar
cualquier El inicio
1/3 DEL TOTAL DE SUS
OBLIGACIONES
Que mas
Vencidas e impagos
Se encuentren
Periodo de 30 días
ACREDITE
Por un
Siempre que
encontrarse
Que tenga perdidas
acumuladas, deducidas
IMPORTE
las
RESERVASS
cuyo
>sea
Al ter
cio
K
REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
Para una
deudor
el INFORME SUSCRITO
mediante Por su
Representante legal
Y cpc
Perdidas acumuladas
Que sus
Total del K pagado
No superan
FLUJO DE CAJA
Disolución y
LiquidaciónPeriodo de 2 años
Presentara una
proyección
Por un
Podr
á so
licita
rRESOLUCION
La q
ue s
e d
ecl
ara
rá
Concurso del deudor
La situación del
Con la
Art. 24.2
EMPLAZAMIENTO AL DEUDOREMPLAZAMIENTO AL DEUDOR
Verificada la existencia
de los créditos
invocados
La comisión *EMPLAZADO
PROCEDIMIENTO
Requerirá al
Después 20 días de:
notificado
Se apersone al
Documentación sustentatoria
presentar
Estado de Ganancias y
perdidas
Balance General
Cambios en el patrimonio
neto
Estado flujos de efectivo
copias
Solicitud del *
información
la
EE.FF
De los
Art. 27
ReservadaPodrá ser declarada
Órgano funciona
l Siendo obligación
Medidas necesarias
Tomar las
Para garantizar la
Ejecución de apercibimiento dictadoEjecución de apercibimiento dictado
COMISION
copias certificadas del
expediente judicial
recibidas
efectivo por el juez
APERCIBIMIENTO
la En ejecución del Hecho
dispondrá
publicación
La
Diario oficial el peruano
En el
nombre de las personas sometidas
Del
Disolución y liquidación
a
De Aplicació
nDisposiciones en el art-32º
sien
do
Art. 30
OBLIGACION DEL DEUDOR A PRESENTAR LA OBLIGACION DEL DEUDOR A PRESENTAR LA INFORMACIONINFORMACION
COMISION DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES
OBLIGACION
MULTA En un plazo NO > de 10
días
DEUDORPRESENTAR
INFORMACION
DeEsta en la
a la
SI NO PRESENTASE
Art. 31
el
Sino lo a hecho antes
Información y documentació
n
Toda la
RECONOCIMIENTO DE CREDITOSRECONOCIMIENTO DE CREDITOS
ACREEDORES
DOCUMENTACION e INFORMACION
PRESENTARdeberán
toda
Reconocimiento de créditos
Necesaria para el
MONTOSindicando
Capitalconcepto
Solicitud de Reconocimiento de créditosSolicitud de Reconocimiento de créditos
INTERESES Y GASTOS
LIQUIDADOS
PUBLICACION DEL AVISO
+
A la fecha de Diario oficial el peruano
En el
Art. 37
ORDEN DE PREFERENCIAORDEN DE PREFERENCIA
Procedimientos de disolución y
liquidaciónEl orden de preferencia
es
En los
• Remuneraciones y beneficios a los trabajadores
• aportes a las AFPs.• Seguridad Social
del Pescador.• otros
• Créditos garantizados con hipoteca.
• Prenda.• Derecho de
retención o medidas cautelares que recaigan sobre el deudor.
• Créditos de origen tributario del estado.
• ESSALUD.• Multas.• Intereses.• Moras.
Créditos alimentarioshasta la + de
unaUIT mensual
Los Créditos no
comprendidos en los ordenes
preferentes
1 3 4 52
Art. 42
DISOLUCION Y LIQUIDACION INICIADA POR LA DISOLUCION Y LIQUIDACION INICIADA POR LA COMISIONCOMISION
INSTALACION DE LA JUNTA
CONVOCATORIA
NO SE INSTALASE
Si luego de la
a
INSTALANDOSE
Esta
Esta no tomase acuerdo
DESTINO DEL DEUDOR
Sobre elPlan de reestructuración
no se aprobara
Convenio de
liquidación
Tampoco susc. el
Un reemplazado
del liquidador
renunciante
Ni se
design
ara
Previstos en la
ley
En los p
lazos
COMISION DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES
Resolución
mediante
Disolución y liquidación del deudor
Deb
erá
disponer PUBLICADA
Diario oficial el peruano
En el
Un extractoserá
X única vez
Art. 96
o
QUIEBRAPROCEDIMIENTO JUDICIAL DE QUIEBRA
LIQUIDORDeclaración
Judicial de quiebra de deudor
solicitar
ladeberá
JUEZ especiali
zadoCIVIL
En lo
Ante el
PRESENTADA LA
DEMANADA
el
30 días
Dentro de los
Presentada la
solicitud
de
Verificación de la extinción
del patrimonio
Y previa
A partir
Declarara la quiebra del
deudor
Balance final de
liquidación adjuntándose
una copia
Incobrabilidad de sus deudas
Y la
el
Art. 99
Diario oficial el peruano
X dos díasDeberá ser
publicado
en el
El que decide asunto del procedimiento durante el juicio
La extinción
El patrimonio
Incobrabilidad
DEL DEUDOR
EL AUTO
Que declara la
del
quiebra La del
del
DEUDAS
PUBLICADO
y La
De las
Debe ser
Diario oficial el peruano
En el
2 días consecutivos
por
Resolución
Que declara la
quiebra
Ejecutada laProcedimiento
Concluirá el
juez
Y el
El ordenará
archivo
Inscripción de la
extinción
Así comopatrimonio
EL DEUDOR
del
del
REGISTRADO
LIQUIDADOR
Debiendo ser
Por el
REGISTROS PUBLICOS
en
CERTIFICADOS DE INCOBRABILIDAD
emitirá
LOS ACREEDORES
Para todos
Manifiesten su voluntad de obtenerlo
Los que
PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVOPROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVOREQUISITOS PARA ACOGERSE AL PROCEDIMIENTO
deudor
cualquier
SOLICITAR INICIO
Solicitud
podrá elPROCEDIMIENTO
CONCURSAL PREVENTIVO
del
comisión
Presentado
unaA la
Documentos sustentatorios
Documentos sustentatorios
adju
ntan
do
aplicación
Para su
ENTIDADES ADMINISTRADORAS Y ENTIDADES ADMINISTRADORAS Y LIQUIDADORASLIQUIDADORAS
Podrán ejercer funciones administrador
liquidador
de
onaturales
jurídicas
las
COMISION DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES
registrados
Ante la
ACCEDER AL REGISTRO
para
Presentar una
solicitud
acreditandoA la
Cumplir los requisitos necesarios :
PERSONAS NATURALESPERSONAS NATURALES
Tener capacidad de ejercicioTener capacidad de ejercicio Tener grado académico universitarioTener grado académico universitario no haber sido condenado por delito no haber sido condenado por delito
doloso.doloso. Presentar D/J. de bienes y rentasPresentar D/J. de bienes y rentas
PERSONAS JURIDICASPERSONAS JURIDICAS
Estar inscrita en los RR. PP. del País.Estar inscrita en los RR. PP. del País. Presentar D/J. de bienes y rentasPresentar D/J. de bienes y rentas No encontrarse suspendido su registro ni haber No encontrarse suspendido su registro ni haber
sido inhabilitado en forma permanente.sido inhabilitado en forma permanente. Los representantes, apoderados, gerentes, Los representantes, apoderados, gerentes,
directores, accionistas deberán cumplir los directores, accionistas deberán cumplir los requisitos para personas naturales, en lo que requisitos para personas naturales, en lo que sea aplicable.sea aplicable.
DIFERENCIA ENTRE SISTEMA CONCURSAL ORDINARIO Y SISTEMA DIFERENCIA ENTRE SISTEMA CONCURSAL ORDINARIO Y SISTEMA CONCURSAL PREVENTIVOCONCURSAL PREVENTIVO
Para que un deudor se acoja al Para que un deudor se acoja al procedimiento, solo deberá procedimiento, solo deberá acreditar que el importe de acreditar que el importe de sus perdidas es Mayor a un sus perdidas es Mayor a un tercio de su capital social tercio de su capital social pagadopagado ó que ó que mas de un tercio mas de un tercio de sus obligaciones se de sus obligaciones se encuentre vencido en mas de encuentre vencido en mas de 30 días30 días..
Los acreedores tienen mayores Los acreedores tienen mayores facultades con respecto al facultades con respecto al patrimonio en crisis.patrimonio en crisis.
PREVENTIVO ORDINARIO
Solo puede solicitarlo el Solo puede solicitarlo el deudor deudor que no haya que no haya incurrido en perdidas incurrido en perdidas mayores al tercio de su mayores al tercio de su capital pagado y capital pagado y presentepresente una propuesta de una propuesta de pago viable y aceptable por pago viable y aceptable por los acreedores.los acreedores.
LOS INTEGRANTESLOS INTEGRANTES
¡ ¡ MUCHAS GRACIASMUCHAS GRACIAS ! !