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ANEXO 1
RESUMENEl Gobierno de Aragn concedi en 1998 un total de 32 frecuencias de radio destinadas
a emisoras comerciales privadas. Entre las condiciones que principalmente se valoraron destacandos: el intentar fomentar la pluralidad de las emisiones y el de favorecer a las empresas queapostaran por la programacin propia.
Sin embargo, despus de algo ms de cuatro aos se ha comprobado como las 32frecuencias han ido a parar a grandes grupos mediticos de forma directa o mediante acuerdosde colaboracin, mientras que no se ha creado ningn operador que apueste claramente por unaparrilla propia. Incluso hay algunas redes que todava no han comenzado a emitir y otras quelo hacen nicamente como postes repetidores.
En este sentido, la reducida importancia de las emisoras municipales, de las radios sinlicencia, de las desconexiones de Radio Nacional de Espaa y, sobre todo, la falta de una radiopblica regional, conlleva a la escasez de contenidos de proximidad de este medio en Aragn.
Se ha comprobado como el plan de adjudicacin de frecuencias de 1998 ha fracasado enlo que era su principal objetivo: dinamizar la oferta radiofnica en Aragn. Solamente hapermitido consolidar a las grandes cadenas de radio estatales y a los nuevos proyectos que se hanexpandido en toda Espaa en los ltimos tiempos como son Radio Intereconoma y Flaix FM.
Visto este panorama, parece cada vez ms necesario una apuesta por la Radio PblicaAutonmica, que podra ver la luz en la prxima legislatura, segn los movimientos polticos quese han producido en los ltimos tiempos.
ABSTRACTThe Government of Aragn conceded 32 frequencies of radio in 1998 destined to com-
mercial private radios. Between the conditions that mainly were valued highlights two: theattempt to foment the plurality of the emissions and the of favoring to the companies that theybet for the own code.
However, after something more than four years it has been checked like the 32 frequen-cies have been controlated by the big groups of media of direct form or by means of agreementsof colaboration, while no operator has not been created that it bet clearly for an own grill.Including there are some nets that they have not begun to emit and anothers nets that make itonly like posts repeaters.
In this sense, the reduced importance of the municipal radio, of the without licenseradios, of the disconnections of National Radio from Spain and, above all, the lacking of a publicregional radio, imply to the scarcity of contents in vicinity of this medium in Aragn.
MBITOS. N especial 9-10. 2 Semestre 2002 - Ao 2003 (pp. 419-428)
La radio aragonesa y el fracaso delPlan de Adjudicacin de Frecuencias
de 1998
Dr. Fernando Sabs TurmoProfesor Asociado de la Facultad de Comunicacin de la
Universidad Autnoma de Barcelona
420 La radio aragonesa y el fracaso delPlan de Adjudicacin de Frecuencias de 1998
It has been checked like the plan of award of frequencies of 1998 it has failed in hisprincipal objective: invigorate the offer of the radio in Aragn. Only it has allowed to consolidateto the big chains of state radio and to the new projects that they are expanding in all Spain inthe last times. They are Intereconoma Radio and Flaix FM.
Sees this panorama, it seems more and more necessary a bet for the Public AutonmicaRadio, that it could appear in the next legislature, according to the political movements that havebeen produced in the last times.
Palabras claves: Radio/Aragn/Concesin y grandes grupos mediticos.
Key words: Radio/Aragn/Concession and big groups of media.
La radio aragonesa y el fracaso del Plan de Adjudicacin de Frecuenciasde 1998La adjudicacin de frecuencias de radio llevada a cabo por el Gobiernode Aragn el 31 de junio de 1998 ha supuesto un rotundo fracaso enfuncin de los objetivos que se haba marcado el Ejecutivo regional conel desarrollo de este plan, sobre todo, en relacin a la diversificacin dela oferta radiofnica y a la potenciacin de emisiones de proximidad, dos aspectosque despus de algo ms de cuatro aos se ha comprobado como no se hancumplido.
Las 32 emisoras otorgadas han servido para consolidar la oferta de losgrandes grupos radiofnicos (SER, COPE y Onda Cero), as como para impulsarnuevos proyectos a nivel estatal (Radio Intereconoma y Flaix FM), mientras que,por el contrario, no se contabiliza en la actualidad ni una sola iniciativa que,surgida tras estas concesiones, tenga como objetivo crear una radio aragonesa y sinrelacin con otras forneas.
No obstante, en la Orden de 7 de noviembre de 1997, emitida por elDepartamento de Ordenacin Territorial, Obras Pblicas y Transportes del Gobier-no de Aragn, por la que se convocaba el concurso pblico para la asignacin deconcesiones del Servicio Pblico de Radiodifusin Sonora en Ondas Mtricas conModulacin de Frecuencia, con destino a su gestin indirecta privada de carctercomercial se sealaba, en el anexo, que uno de los principales objetivos era el depotenciar el tejido comunicativo aragons, apostando por la variedad de operado-res y tambin por evitar que las nuevas frecuencias que se concederan al aosiguiente se convirtieran en meros postes que reemitieran la seal de las progra-maciones de las grandes radios estatales. En el pliego de condiciones se recogaque estos puntos del dial se adjudicaran en funcin de siete criterios:
1.- La pluralidad de la oferta de radiodifusin sonora en ondas mtricas conmodulacin de frecuencia en el mbito de la concesin y en la totalidad de laComunidad Autnoma de Aragn.
421Fernando Sabs Turmo
2.- La viabilidad econmica y tcnica del proyecto, en relacin con lasinversiones previstas para la instalacin y explotacin de la emisora, utilizandopreferentemente tecnologa y equipos con valor aadido aragons, y con el perso-nal que prestar servicio con carcter fijo y dependencia directa del solicitante, ysu continuidad durante el plazo de la concesin.
3.- El horario de emisin, tipo de programacin, el porcentaje anual deprogramas, del total de la programacin que se pretenda emitir, de produccinpropia y ajena, con especial referencia a los de tipo informativo, cultural oeducativo, y de ellos los de inters peculiar en su zona de cobertura en el plazode vigencia de la concesin, y el compromiso de mantener esa situacin duranteun plazo determinado.
4.- La cesin al Gobierno de Aragn para su uso o gestin, con carctergratuito, de una parte del mstil soporte del array de antenas que vayan a serusadas para transmisin, no coincidente con dicho array y en la zona mitadsuperior del soporte. As como la cesin de una parte de los terrenos donde vayana ubicarse los soportes antes referidos y del derecho de conexin al suministroelctrico que exista en dichos puntos, en ambos casos con carcter gratuito.
5.- La solicitud de un nmero de frecuencias que garantice la utilizacinefectiva de las ubicadas en las cabeceras de comarca y menor potencia (P.R.A.-W).
6.- El compromiso de no transferir ni ceder la concesin durante un perododeterminado, en exceso sobre el sealado en la Ley de Contratos de las Adminis-traciones Pblicas para este tipo de contratos, ni de variar la explotacin de laconcesin o la prestacin del servicio en la forma propuesta en la solicitud deadjudicacin.
7.- Otros criterios que, a la vista de la documentacin presentada, puedan serconsiderados especialmente relevantes.
La asignacin de estos puntos del dial fue complicada. El Gobierno regio-nal, formado en aquel momento por una coalicin entre el Partido Popular (PP) yel Partido Aragons (PAR), comenz a estudiar las 271 propuestas formuladas enfebrero de 1998. Sin embargo, nadie puj por las cinco frecuencias en las locali-dades de Boltaa (Huesca), Alcal de la Selva (Teruel), Moreal del Campo(Teruel), Montalbn (Teruel) y Belchite (Zaragoza). En ese momento se volvi aabrir un plazo para intentar que alguna sociedad se interesara por estas localidades,aspecto que finalmente se consigui.
La Diputacin General de Aragn (DGA) distribuy las 32 frecuenciasconcedidas de la siguiente forma: doce en Huesca, nueve en Teruel y once enZaragoza.
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Tabla 1. Frecuencias concedidas en 1998 en Aragn
Provincia Localidad Frecuencia AdjudicatariaHuesca Barbastro 106.9 Radio PopularHuesca Benabarre 101.1 Jos Luis BruallaHuesca Benasque 103.1 Antena del PirineoHuesca Canfranc 90.3 Ambiente MusicalHuesca Castejn de Sos 101.7 Ral Joaqun UrreaHuesca Fraga 93.1 Radiofona AragonesaHuesca Huesca 106.0 Publicidad 3Huesca Huesca 98.2 Radio PopularHuesca Jaca 106.6 Radio PopularHuesca Monzn 93.8 IxalencasHuesca Sabinigo 99.5 UniprexHuesca Boltaa 100.4 Cadena Voz de Radiodifusin SATeruel Alcaiz 102.9 Promotora Cultural del Bajo AragnTeruel Andorra 105.3 Radiofona AragonesaTeruel Calamocha 87.6 UniprexTeruel Mora de Rubielos 102.6 Sara-Buy 6000Teruel Teruel 106.7 Radio PopularTeruel Teruel 99.6 Prensa Espaola de Radio por OndasTeruel Alcal de la Selva 92.3 Cadena Voz de RadiodifusinTeruel Monreal del Campo 92.0 Cadena Voz de RadiodifusinTeruel Montalbn 104.1 Cadena Voz de RadiodifusinZaragoza Calatayud 105.4 Comunicacin CalatayudZaragoza Cariena 95.7 Canal Mundo Radio AragnZaragoza Ejea de los Caballeros 98.1 Central Aragonesa de Produccin y MediosZaragoza Mequinenza 95.5 Luis del OlmoZaragoza Tarazona 99.1 Cadena Voz de RadiodifusinZaragoza Tauste 101.3 Heraldo de AragnZaragoza Utebo 87.6 Radiofona AragonesaZaragoza Zaragoza 89.7 Central Aragonesa de Produccin y MediosZaragoza Zaragoza 100.5 Publicidad 3Zaragoza Zuera 103.2 Radio ZaragozaZaragoza Belchite 87.9 Cadena Voz de Radiodifusin
*Elaboracin propia. Fuente: Gobierno de Aragn
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De estas 32 adjudicaciones llevadas a cabo en el verano de 1998 solamentenueve fueron destinadas a sociedades o personas que a priori no estaban vincula-das a grandes grupos mediticos. En concreto, las siguientes: Benabarre (Jos LuisBrualla), Benasque (Antena del Pirineo), Castejn de Sos (Ral Joaqun Urrea),Monzn (Ixalencas), Alcaiz (Promotora Cultural del Bajo Aragn), Mora deRubielos (Sara-Buy 6000), Calatayud (Comunicacin Calatayud), Ejea de losCaballeros y Zaragoza (Central Aragonesa de Produccin y Medios).
Asimismo, de estas nueve concesiones, en la actualidad todava hay una queno ha comenzado a funcionar despus de ms de cuatro aos de haberse resueltoel concurso: Mora de Rubielos (Sara-Buy 6000).
Las ocho restantes iniciaron su andadura de forma muy diversa. Cincollegaron rpidamente a acuerdos con la SER y la COPE.
Jos Luis Brualla comenz a emitir en Benabarre, en el 101.1, programacinde Cadena Dial; Antena del Pirineo, en el 103.1 en Benasque, de la COPE;Ixalencas, en el 93.8 en Monzn, de Cadena 100; Promotora Cultural del BajoAragn, en el 102.9 en Alcaiz, de Cadena 100; y Comunicacin Calatayud, en el105.4 en Calatayud, de la COPE.
Solamente dos adjudicatarios, Ral Joaqun Urrea en Castejn de Sos(101.7) y Central Aragonesa de Produccin y Medios en Zaragoza (89.7) inicia-ron sus emisiones con una parrilla propia y desvinculada de alianzas con otrosoperadores estatales. Hay que indicar que el segundo punto en el dial concedidoa Central Aragonesa de Produccin y Medios en Ejea de los Caballeros (98.1)no se puso en funcionamiento hasta finales de 2001. Pero la existencia de estosdos proyectos fue fugaz ya que ambos centros acabaron en poco tiempo ligadosa redes estatales.
Pirineos Msica fue la denominacin de la estacin que se puso en marchaen el 101.7 de Castejn de Sos. Era una iniciativa que prcticamente slo funcionen periodo de pruebas y que acab por desaparecer al llegar a un acuerdo suadjudicatario con Onda Cero y en marzo de 2002 pas a transmitir la programa-cin generalista de la emisora de Admira.
Por su parte, Central Aragonesa de Produccin y Medios impuls la crea-cin de Antena Aragn Radio en Zaragoza (89.7), un proyecto que se centr enla incorporacin masiva de msica, aunque combinada con una mnima presenciade informacin y deporte. Sin embargo, en julio de 2001 pas a emitir la progra-macin de Radio Intereconoma, grupo que en el ltimo ao ha incrementado deforma notable su presencia en todo el Estado a travs de diferentes alianzas ycompra de frecuencias. En este sentido, mediante la Orden de 9 de junio de 2002del Departamento de Obras Pblicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno deAragn se autoriz la transferencia de la titularidad de las dos concesiones enZaragoza y Ejea, adjudicadas en 1998 a Central Aragonesa de Produccin yMedios, a la sociedad Intereconoma Aragn S.L.
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Con el adis a estos dos proyectos se puede decir que tambin han desapa-recido las dos nicas iniciativas que surgidas tras las asignaciones de 1998 bus-caban la creacin de un producto radiofnico de carcter aragons y sin vincula-cin con los operadores estatales.
Las 23 frecuencias restantes se distribuyeron de la siguiente forma: cuatro aRadio Popular (Teruel, Barbastro, Huesca y Jaca); tres a Radiofona Aragonesa, enun primer momento la de Zaragoza emiti Z Radio Onda Corazn, y despus seincorporaron a Flaix FM (Fraga, Utebo y Andorra); diez vinculadas a Onda Cero atravs de tres sociedades: Publicidad 3, Uniprex y Cadena Voz de Radiodifusin(Huesca, Sabinigo, Boltaa, Calamocha, Alcal de la Selva, Monreal del Campo,Montalbn, Tarazona, Zaragoza y Belchite); una a Radio Zaragoza SER (Zuera); yotra a Ambiente Musical (Canfranc). Adems, el 99.6 de Teruel, asignado a PrensaEspaola de Radio por Ondas, se convirti en Cadena 100 Teruel; el 95.7 deCariena, propiedad de Canal Mundo Radio Aragn, pas a ser un repetidor deOnda Cero; y el 101.3 de Tauste, adjudicado a Heraldo de Aragn, se vincul a laSER. Asimismo, el 95.5 de Mequinenza, ha funcionado irregularmente en pruebasy despus de emitir la programacin musical de Hit Rdio se ha convertido, aunqueparece que de momento de forma provisional, en un repetidor de Onda RamblaLleida-Cadena Onda Cero.
De las 32 adjudicaciones, todava en la actualidad hay seis que no haniniciado sus emisiones: Canfranc (90.3), Boltaa (100.4), Mora de Rubielos (102.6),Monreal del Campo (92.0), Montalbn (104.1) y Belchite (87.9). Cuatro de ellasestn asignadas a Cadena Voz, una a Ambiente Musical (Canfranc) y otra a Sara-Buy 6000 (Mora de Rubielos).
Asimismo, no todos los operadores emiten desde el lugar donde se otorgla frecuencia. Hay dos casos evidentes que incumplen lo establecido en el concur-so. Onda Cero transmite en Teruel capital por el 92.3 de Alcal de la Selva alhaber tenido que ceder a Kiss FM el 101.6. Asimismo, Radiol utiliza la frecuen-cia adjudicada a Radio Zaragoza en Zuera (103.2), pero en este caso, en el mismopunto en el dial, se emiten dos programaciones diferentes Radiol Zaragoza yRadiol Zuera, aunque esta ltima con una potencia limitada y destinada nica-mente a cubrir esta segunda poblacin. Es decir, la primera parrilla pisa a lasegunda salvo en la localidad de Zuera.
Por otro lado, hay que sealar que el 93.1 de Fraga, asignado a RadiofonaAragonesa y por el que se sintoniza actualmente Flaix FM, est destinado bsica-mente a dar cobertura mediante esta programacin musical a la provincia de Lleida.En este sentido, el idioma utilizado es el cataln. Este fenmeno, que se produce porla proximidad de Fraga con Catalua, se da tambin en el 95.5 de Mequinenza, quede momento es un repetidor de Onda Rambla Lleida-Cadena Onda Cero.
De esta forma, se puede sealar que el plan de concesin de frecuenciasdesarrollado por el Gobierno de Aragn en 1998 solamente ha servido para
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consolidar la posicin de privilegio de las cadenas estatales en la ComunidadAutnoma, as como ha facilitado la aparicin de algunos otros operadores que seestn extendiendo tambin en el resto de Espaa, pero, en ningn momento, hapermitido dinamizar la oferta radiofnica aragonesa que ha quedado relegadanicamente a las mnimas desconexiones que desarrollan estos centros a lo largode la jornada y a la programacin que ofrecen las radios municipales y las sinlicencia, ya que el caso de Radio Nacional de Espaa es muy similar al de lasredes comerciales.
Prcticamente no se ha cumplido ninguno de los puntos realmente importan-tes recogidos en los criterios que se tenan que valorar para la otorgacin de estospuntos del dial en 1998. A continuacin repasaremos los siete elementos que sedeban tomar en consideracin:
1.- Pluralidad de la oferta: lo que se ha logrado con este plan ha sidoconsolidar las programaciones de las redes estatales, ya sea mediante la adjudica-cin directa a estos grupos o a travs de los acuerdos posteriores, aunque algunoya se haba negociado anteriormente, con las personas y sociedades que finalmenterecibieron la autorizacin para emitir. Bajo ningn concepto se puede decir que seha logrado diversificar la oferta. S es cierto que han aparecido en el espectroradiofnico aragons nuevas cadenas, como es Radio Intereconoma y Flaix FM,pero son emisoras que se han expandido en prcticamente todo el Estado y querealizan una programacin de proximidad reducida.
2.- Viabilidad tcnica y econmica del proyecto y personal contratado:la inversin ha sido muy escasa tanto en instalaciones como en personal, sobretodo, porque estas nuevas frecuencias se han convertido en repetidores de seal yplantean mnimas desconexiones locales, que en buena parte de los casos no llegana producirse.
3.- Programacin propia e implicacin en la zona de cobertura: como yahemos sealado la mayor parte de estas concesiones se han convertido en postesrepetidores. En algunos casos s realizan desconexiones a lo largo de la jornada,mnimas en su mayora, pero en otros solamente se dedican a difundir la seal, yla nica programacin local que incorporan es la publicidad. El hecho de quemuchas de estas frecuencias se hayan dedicado a la radio musical ha impedido, enbuena parte, crear una parrilla de proximidad que era lo que se reclamaba en estepunto del pliego de condiciones.
Estos eran los tres aspectos principales que se deban valorar, ya que losotros cuatro eran criterios que cualquier propuesta poda asumir. Simplemente serequera el compromiso de la entidad aspirante:
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4.- Cesin al Gobierno de Aragn de una parte del mstil soporte del arrayde las antenas y de una parte de los terrenos.
5.- La solicitud de un nmero de frecuencias que garantice la utilizacinefectiva de las ubicadas en las cabeceras de comarca y menor potencia.
6.- El compromiso de no transferir ni ceder la concesin durante un periododeterminado.
7.- Otros elementos que, a la vista de la documentacin presentada, puedanser considerados especialmente relevantes.
Los tres primeros aspectos podan sumar un mximo de 24 puntos, mientrasque los ltimos cuatro 16. De todos modos como se ha comprobado en los cuatroaos posteriores a la resolucin del concurso no se ha cumplido prcticamente conningn criterio planteado.
No existe pluralidad programtica fuera de las grandes cadenas, no se hadinamizado el sector radiofnico aragons con proyectos de proximidad, la progra-macin local y de cercana es muy limitada y se han producido transferencias ycesiones de frecuencias.
Tras valorar la situacin de la radio comercial de la regin observamos queesta Comunidad Autnoma carece de una oferta propia de carcter aragons, conla nica excepcin de la facilitada por las radios municipales y las sin licencia, yaque las desconexiones realizadas por Radio Nacional de Espaa tambin sonescasas.
Sin embargo, los centros dependientes de los ayuntamientos y los quecarecen de autorizacin legal tienen una incidencia mnima en cuanto a su audien-cia y sus parrillas se basan fundamentalmente en contenidos musicales, por lo quetambin se pone en duda que aporten una programacin de proximidad diferentea la de las grandes cadenas. Asimismo, un nmero importante de estos dos tiposde operadores conectan durante buena parte de la jornada con alguna red estatal.
As podemos asegurar que la oferta radiofnica de cercana es muy reducidaen Aragn y que prcticamente no se ha incrementado pese a la asignacin de 32frecuencias por parte del Gobierno regional en 1998. El hecho de que esta comuni-dad no cuente con una radio pblica autonmica condiciona, de forma evidente, esteelemento.
La idea de crear una corporacin de medios pblicos en Aragn, en la quepueda producirse tambin la participacin de la empresa privada, ha vuelto aresurgir y es probable, despus de los movimientos de las diversas formacionespolticas en los ltimos tiempos, que el inicio de la prxima legislatura sea elmomento en el que definitivamente desde el Gobierno aragons se apueste por estehecho.
En este sentido, el pasado mes de agosto, Izquierda Unida en Aragn (IU),que durante una parte de esta legislatura ha apoyado al Gobierno formado por la
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coalicin PSOE-PAR, present su propuesta para crear una Radio TelevisinPblica Aragonesa, basada fundamentalmente en el criterio de convertirse en unservicio pblico ms. En relacin con este hecho, uno de los aspectos que IUexigi durante los meses que apoy al Ejecutivo regional fue la creacin de unaradio autonmica pblica, pero la posterior ruptura con el Gobierno hizo desesti-mar su aparicin.
De esta forma, observamos que existe en Aragn un vaco en cuanto a laprogramacin de produccin propia basada en contenidos aragoneses, pese a queste era uno de los principales aspectos que se valoraron en los criterios deseleccin de los adjudicatarios de las 32 emisoras comerciales que se repartieronen 1998. Adems, esta situacin tambin est condicionada por la mnima impor-tancia de las radios municipales y la no regulacin de las que ahora denominamossin licencia y, sobre todo, por la falta de una radio pblica autonmica concobertura en todo el territorio que s dinamizara este medio de comunicacin enla regin, sobre todo, porque permitira apostar por los contenidos de cercanafrente a los globalizados que actualmente se difunden en la mayor parte deoperadores que se sintonizan en esta demarcacin.
Bibliografa:
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428 La radio aragonesa y el fracaso delPlan de Adjudicacin de Frecuencias de 1998
h t tp : / /www.d ia lec tus . com/co laborac iones / f e rnandosabes turmo/comunicacion_local.htm)
- SABS, F. (2002): La radio y la televisin local en el marco del sistemaaudiovisual aragons. Tesis doctoral. Edt. Servei de Publicacions de la Univer-sitat Autnoma de Barcelona (UAB). Bellaterra. En la siguiente direccinelectrnica http://www.tdcat.cesca.es/TDCat-0613102-131511/
- SABS, F. (2002): Clasificacin de las emisoras de radio. El caso aragons.(Consultad la siguiente direccin electrnica: http://www.dialectus.com/colabo-raciones/fernandosabesturmo/clasificacion-emisoras-de-radio.htm)
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(Recibido el 2-4-2002, aceptado el 20-4-2002)
ANEXO 2
EGM: AO MVIL OCTUBRE 2008 A MAYO 2009
RANKING DE MEDIOS IMPRESOS
AIMC - Capitn Haya, 61 - 28020 Madrid - Tel. 91 570 11 74 - Fax: 91 570 20 49 - e.mail: aimc@aimc.es - http://www.aimc.es
801.495
1.885
2.527
86
96
96
96
98
100
104
117
117
121
132
150
153
156
169
172176
178
179
188
201
208
212
215
218
222
223
250
266
270
283
288
309
353
393
526
603
637
644
716
728
754
1.323
1.342
2.101
2.767
0 500 1.000 1.500 2.000 2.500 3.000
Marca
El Pas
El Mundo
As
El Peridico
Abc
La Vanguardia
El Mundo Deportivo
Sport
La Voz Galicia
El Correo
La Razn
La Nueva Espaa
El Diario Vasco
Heraldo Aragn
Levante
Faro de Vigo
La Verdad
El Norte Castilla
Informacin Alicante
Pblico
ltima Hora
El Da
Diario de Navarra
El Diario Montans
Sur
Expansin (*)
Hoy Diario Extremadura
Canarias 7
La Provincia
El Punt
Las Provincias
Ideal de Andaluca
Diario de Cdiz
El Comercio
Diario de Len
Avui
Diario de Mallorca
Diario la Rioja
Crdoba
El Progreso
Diario de Avisos
Diario de Burgos
Segre
Diario de Noticias
La Voz de Almera
20 Minutos (**)
Que (**)
ADN (**)
Viva (**)
Lectores / da (000)
TOTAL LECTORES DE DIARIOS16.056
4.458
279
14.293
0
3.000
6.000
9.000
12.000
15.000
Total inf. general Total econmicos Total deportivos
DIARIOS
(*) Se publica de lunes a sabado(**) Se publica de lunes a viernes
EGM: AO MVIL OCTUBRE 2008 A MAYO 2009
RANKING DE MEDIOS IMPRESOS
AIMC - Capitn Haya, 61 - 28020 Madrid - Tel. 91 570 11 74 - Fax: 91 570 20 49 - e.mail: aimc@aimc.es - http://www.aimc.es
Lectores / semana (000)
61
101
110
111
144
227
456
751
1.081
1.291
2.263
2.315
3.532
0 500 1.000 1.500 2.000 2.500 3.000 3.500 4.000
Xl Semanal
Pas Semanal
Mujer de Hoy
La Vanguardia Magazine
Magazine El Mundo
Dominical
Yo Dona
Es Estilos de Vida (O)
La Revista Canaria C7
Brisas
Presencia
Plaers D'avui
Osaca
TOTAL LECTORES DE SUPLEMENTOS
8.461
72
117
125
132
152
154
156
156163
216
228
264
310
379
399
509
682
781
932
1.062
1.236
1.346
1.451
2.454
3.604
0 500 1.000 1.500 2.000 2.500 3.000 3.500 4.000
Pronto
Hola
Diez Minutos
Semana
Lecturas
Qu me dices
Intervi
Cuore
El Jueves
Ma
Nuevo Vale
Tp
Motociclismo
Solo Moto Actual
Autopista
Tiempo
Supertele
Telenovela
Coche Actual
In Touch
Auto Hebdo Sport
Auto Bild
Motor 16
Mi Cartera de Inversin
Actualidad Econmica
Lectores / semana (000)
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399
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Computer Hoy
Pc Today
Lectores / quincena (000)
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TOTAL LECTORES DE REVISTAS QUINCENALES
1.177
SUPLEMENTOS
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ANEXO 3
BOA Nmero 26 5 de marzo de 1997 955
l. Disposiciones generales Asesora del Gobierno de Aragn y previa deliberacin delGobierno en su reunin. del da 25 de febrero de 1997,
El artculo 37.1 del Estatuto de Autonoma de Aragnaprobado por Ley Orgnica 8/1982, de 10 de agosto, modifi-cado por la Ley Orgnica 6/1994, de 24 de marzo y reformadopor la Ley Orgnica 5/1996, de 30 de diciembre, atribuye a laComunidad Autnoma de Aragn, en el marco de la normativabsica del Estado, el desarrollo legislativo ylaejecucin delrgimen de radiodifusin y, en general, de todos los medios decomunicacin social.De conformidad con lo previsto en la Con~titucin y en las
disposiciones anteriores se aprueba, por Real Decreto 2163/1993, de 10 de diciembre, el Acuerdo por el que se concretanlas funciones y servicios de la Administracin del Estado quedeben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autnoma deAragn en materia de radiodifusin, cuya efectividad seseala a partir del da 1 de enero de 1994.Resulta, por ello, necesario que, en el ejercicio de las
competencias que sobre radiodifusin sonora le correspondeny tiene asumidas la Comunidad Autnoma de Aragn, se dicteel presente Decreto que, como norma de desarrollo legislativo,regule el rgimen concesional relativo a la gestin indirectadel Servicio Pblico de Radiodifusin Sonora en Ondas M-tricas con Modulacin de Frecuencia en el mbito territorial deAragn, con sujecin, en todo caso, a la normativa bsicaestatal y de conformidad con los correspondientes PlanesTcnicos Nacionales vigentes en cada momento.y que en esta normativa de desarrollo se consideren, debido
al inters social de este medio de comunicacin y su carcterde servicio pblico, todas aquellas particularidades y peculia-ridades aragonesas que resultan necesarias y dignas de sertenidas en cuenta, con especial referencia a aquellas dignas deproteccin y promocin, como resultan ser las relativas alfomento de las manifestaciones peculiares de Aragn y susmodalidades lingUsticas, velando por su conservacin y pro-moviendo su estudio.Es criterio fundamental, que debe ser tenido en cuenta, a la
hora de regular los requisitos que debeq concurrir en losconcesionarios de este servicio pblico y las obligaciones .quese imponen a los mismos en la prestacin del servicio, elrespeto al pluralismo informativo y el de permitir la extensinde este medio de comunicacin social, de forma igual, pluraly varia, a todo el territorio de Aragn, as como el acceso almismo, por un igual, de todos sus ciudadanos.Resulta, por otra parte, necesaria la puesta en funcionamien-
to y regulacin del Registro de Empresas Radiodifusoras de laComunidad Autnoma de Aragn previsto en el apartado B.2del Real Decreto 2163/1993, de 10 de diciembre, cuyo rgi-men debe responder a los fmes con los que se crea, y a los depermitir a la Administracin y a los propios interesadosdisponer de los datos necesarios para conocer la situacin yadecuacin a la legalidad de las Empresas de RadiodifusinSonora en Ondas Mtricas con Modulacin de Frecuenciaubicadas en la Comunidad Autnoma de Aragn.En su virtud, de conformidad con lo es4lblecido en el
artculo 16 de la Ley 1/1995, de 16 de febrero, a propuesta delConsejero de Ordenacin Territorial, Obras Pblicas y Trans-portes, de acuerdo con el dictamen de la Comisin Jurdica
376
DEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL,OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
DECRETO 15/1997, de 25 defebrero, del Gobier-no de Aragn, por el que se regula l rgimenconcesional del Servicio Pblico de RadiodifusinSonora en Ondas Mtricas con Modulacin deFrecuencia y el Registro de Empresas radiodifusoras en Aragn.
DISPONGO:
CAPITULO 1DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1. Objeto y mbito de aplicacin.El presente Decreto regular, en el mbito territorial de
Aragn, el ejercicio, mediante concesi"'n, del servicio pblicode radiodifusin sonora en ondas mtricas con modulacin defrecuencia con destino a su explotacin por personas fsicas ojurdicas con nimo de lucro o por los Ayuntamientos, tanto enlo que se refiere al proceso de adjudicacin de las concesiones,como en lo que respecta a las obligaciones que stas impnenal concesionario.
Articulo 2. Emisoras de gestin indirecta.La Gestin Indirecta de los Servicios Pblicos de Radiodi-
fusin Sonora en Ondas Mtricas con Modulacin de Fre-cuencia requerir previa concesin administrativa, y podrllevarse a cabOpor su titular, una vez otorgada sta, a travs deuno de los tipos de Emisoras que, de conformidad con loregulado en la normativa bsica estatal y en el artculo anteriorde este Decreto, se especifican a continuacin:a) Emisoras Comerciales.b) Emisoras Municipales.
Artfculo 3. Organo competente para resolver.1. El Gobierno de Aragn ser el rgano competente para
otorgar las concesiones de los servicios pblicos de radio-difusin sonora en ondas mtricascon modulacin de frecuencia, para su gestin indirecta, a
ubicar en el territorio de la Comunidad Autnoma de Aragn,de conformidad con lo dispuesto en este Decreto y demslegislacin aplicable.2. La concesin se ajustar a la frecuencia, ubicacin,
potencia y dems requisitos tcnicos previstos en loscorres~pondientes planes tcnicos.
Artfculo 4. Plazo de la concesin y de la renovacin.1. Las concesiones se otorgarn por un plazo de diez atlos,
y stas podrn ser renovadas por perodos iguales y sucesivos,siempre que la correspondiente solicitud de renovacin sepresente con tres meses de antelacin a la fecha de expiracindel plazo de la concesin o de la prorroga en vigor.2. El Gobierno de Aragn, a propuesta del Consejero de
Ordenacin Territorial, Obras Pblicas y Transportes, resol-ver, mediante Acuerdo, las solicitudes de renovacin de lascitadas concesiones.
Art(culo 5.Obligaciones.1.La adjudicacin de una Emisora de Radiodifusin Sonora
en Ondas Mtricas con Modulacin de Frecuencia, de lasreguladas en este Decreto, impone al concesionario del servi-cio pblico, adems del acatamiento a la normativa vigenteque resulte de aplicacin, y de la especfica en materia deradiodifusin y telecomunicaciones, las siguientes obligacio-nes:a) Asumir la Gestin I>irecta de la Emisora, entendindose
por talla llevada a cabo por el concesionario, con sus propiosmedios y por medio de personal a su cargo.b) Cumplir los plazos estableCidos en este Decreto para la
presentacin del Proyecto Tcnico, para la ejecucin de lasobras e instalaciones y para el inicio de las emisiones.c) Mantener la continuada explotacin y prestacin del
servicio en la forma propuesta por el concesionario y con
956 5 de marzo de 1997 BOA Nmero 26
sujecin a las condiciones y compromisos asumidos por steen el proceso concesional, y que resultaron determinantes parael otorgamiento de la concesin. La explotacin de la conce-sin y la prestacin del servicio en la forma sealada no sepodr interrumpir, salvo en caso de fuerza mayor, ni variar, sinla previa autorizacin del Departamento de Ordenacin Terri-torial, Obras Pblicas y Transportes.d) Alcanzar el nivel de intensidad de campo mnimo utiliza-
ble en todos los puntos con poblacin dentro de la zona decobertura, a travs de.los medios y usos necesarios, siempreque ello sea posible.e) Mantener la calidad tcnica de los equipos, segn los
criterios del Sector de Radiocomunicaciones de la Unin .Internacional de Telecomunicaciones (UIT), as como a res-petar los parmetros y las condiciones tcnicas de la conce-sin, especificaciones tcnicas y de homologacin de losaparatos, equipos, dispositivos y sistemas que tenga autoriza-das la Emisora en cada momento.f) Comunicar a la Direccin General de Carreteras, Trans-
portes y Comunicaciones, a los efectos establecidos en esteDecreto, las relaciones o vnculos jurdicos que se tengan o seestablezcan con otras empresas y cuyo objeto afecte o puedaafectar a la explotacin de la concesin o a la prestacin delservicio.g) Presentar en el Departamento de Ordenacin Territorial,
Obras Pblicas y Transportes, antes del da 15 de diciembre decada ao, del Plan de Programacin del ao siguiente, conespecificacin de los horarios de emisin y clase de pro~a-mas, propios o ajenos. Asimismo, dentro de los tres mesessiguientes a la finalizacin de cada ejercicio econmico debe-r presentarse una Memoria que refleje la situacineconmi-co- fmanciera de la Emisora y el resultado del ltimo ejercicio.A la Memoria acompaarn el balance, la cuenta de prdidasy ganancias y situacin accionarial en el caso de EmisorasComerciales.h) Difundir gratuitamente, citando la fuente de procedencia,
los comunicados, notas o avisos de carcter oficial y de interspblico que, en nombre del Gobierno de la Nacin o del deAragn o del Municipal, sean remitidos por las autoridadescompetentes. Asimismq los concesionarios debern prestar .los medios tcnicos y la ayuda y colaboracin necesarias aaquellos servicios institucionales que lo requieran con el fin depaliar situaciones de emergencia o catastrficas que puedanproducirse de carcter local o general., i) Facilitar las comprobaciones que resulten necesarias paraverificar el cumplimiento de las condiciones de la concesiny de las obligaciones contenidas en la normativa generalvigente que le sea de aplicacin y en la especfica en materiade Radiodifusin y Telecomunicaciones.j) Cumplir el horario de emisin, que en el caso de las
Emisoras Comerciales no podr ser nunca inferior al com-prendido entre las ocho horas de un da y las ~ero horas del dasiguiente.El horario mnimo de emisin de las Emisoras Municipales
no podr ser inferior a treinta horas semanales.k) Abonar los cnones y tasas que puedan establecerse, con
independencia de los que corresponda percibir al Estado.2. Las obligaciones impuestas en las letras a), b), c), d), e),
f) y k) del apartado 1 de este artculo tendrn la consideracinde obligaciones esenciales de la concesin ..
Artculo 6. Extincin de las concesiones.l. La concesin de las emisoras de radiodifusin sonora en
ondas mtricas con modulacin de frecuencia podr extinguir-se por cualquiera de las siguientes causas:a) El transcurso del plazo de la concesin sin haberse
solicitado su renovacin dentro del plazo establecido al efecto.b) La renuncia del concesionario .
c) Las previstas como causas de resolucin en los artculos112 y 168 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos delas Administraciones Pblicas.d) Las sealadas como causas de revocacin en la Ley 31/
1987, de 18 de diciembre, de Ordenacin de las Telecomuni-caciones, modificada por la Ley 32/1992, de 3 de diciembre,y en este Decreto.2. La extincin de la concesin por las causas sealadas en
el apartado 1 de este artculo, se acordar por el Gobierno deAragn a propuesta del Consejero de Ordenacin Territorial,Obras Pblicas y Transportes, previa audiencia del concesionario, salvo en el supuesto del apartado b) del punto anterior.
Artculo 7. Desestimacin presunta. Recursos.1. La falta de resolucin administrativa expresa, en el
ejercicio de las competencias que en este Decreto se lesatribuye, del Director General de Carreteras, Transportes yComunicaciones y del Consejero de Ordenacin Territorial,Obras Pblicas y Transportes en los prOCedimientos y dentrode los plazos regulados en este Decreto tendr efectosdesestimatorios.2. Las resoluciones del Gobierno de Aragn y las del
Consejero de Ordenacin Territorial, Obras Pblicas y Transportes agotan la va administrativa.
. CAPITULO IIPROCEDIMIENTOS DE CONCESION
Seccin 1aEMISORAS COMERCIALES
Artculo 8. Definicin.1. Tendrn la consideracin de Emisoras Comerciales de
Radiodifusin Sonora en Ondas Mtricas con Modulacin deFrecuencia aquellas que tienen como fmalidad la difusin, atravs de dicho medio, de cualquier tipo de programa, conemisill de publicidad o empleando formas de patrociniocomercial.2. La .explotacin del servicio pblico de radiodifusin por
medio de las Emisoras Comerciales se otorgar mediante elprocedimiento y con las condiciones establecidas en los artcu-los siguientes.
Artculo 9. Concesionarios.l. Podrn ser adjudicatarios de una concesin para la gestin
indirecta de una Emisora de este tipo las personas fsicas yjurdicas en quienes concurran los requisitos y exigenciasestablecidos en la Disposicin Adicional Sexta de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenacin de las Telecomuni-caciones, en la vigente Ley 13/1995, de 19 de mayo, deContratos de las Administraciones Pblicas y en este Decreto.2. En ningn caso, una misma persona fsica ojurdica podr
ser titular de ms de dos concesiones para la explotacin deservicios de radiodifusin sonora en ondas mtricas con mo-dulacin de frecuencia cuyos mbitos de cobertura coincidansubstancialmente. En ese caso el otorgamiento de ms de unaconcesin a una misma persona fsica o jurdica solo podrrealizarse si, por el nmero de las ya otorgadas, queda asegu-rada la pluralidad de la oferta radiofnica.3. No se considerar asegurada la pluralidad de la oferta
radiofnica, a los efectos .establecidos en el prrafo anterior,cuando la persona fsica o jurdica, titular de una concesin, asu vez, o bien participemayoritariamente en. otra sociedadconcesionaria de una emisora de este tipo, o bien, a travs deotra emisora de la que no sea concesionario, se emita programacin, en un porcentaje superior al 25% de su programacintotal, de produccin propia o ajena, que tenga su origen en unamisma cadena, grupo de cadenas o empresas, y en ambos casos
."",.
BOA ,Nmero 26 5 de marzo de 1997 957
siempre que sus mbitos de cobertura coincidan subs-tancialnwnte.4. Una misma persona fsica o jurdica no podr participar
mayoritariamente en ms. de una sociedad concesionaria,cuando exploten servicios de radiodifusin sonora cuyosmbitos de cobertura coincidan substancialmente.
Artculo. 10, Pro.cedimiento. de adjudicacin.1.Las concesiones de Emisoras de Radiodifusin Sonora en
Ondas Mtricas con Modulacin de Frecuencia de carcterComercial se adjudicarn por procedimiento abierto, median-te concurso, que se convocar por Orden del Consejero dOrdenacin Territorial, Obras Pblicas y Transportes delGobierno de Aragn.2. ,Podrn ser objeto de concurso pblico aquellas Emisoras
que resulten disponibles para ello en el correspondiente PlanTcnico NacionJ., en la ubicacin y con las caractersticastcnicas que dicho Plan establezca para cada una de ellas.
----Artculo. 11. Do.cumentacin a presentar y valo.racin.1. Se presentar una solicitud para cada una de las Emisoras
objeto de concurso. Dicha solicitud vendr acompaada de ladocumentacin que se seale en el correspondiente Pliego declusulas administrativas particulares que figurar en la Reso-lucin de la convocatoria ael concurso, de conformidad con loestablecido en la Ley de Contratos de las AdministracionesPblicas, referida fundamentalmente a lo siguiente:a) Acreditativa de la personalidad del solicitante y del
cumplimiento por ste de los requisitos establecidos tanto enla Ley de Contra:tos de las Administraciones Pblicas como enla Disposicin Adicional Sexta de la Ley de Ordenacin de las: Telecomunicaciones y en este Decreto.A 'los efectos de este apartado, se deber aportar la que
permita la identificacin, como titulares de acciones o concualquier otra participacin, de las personas individuales y elporcentaje de Su participacin en el capital social y en losrganos de decisinycontrol de la persona jurdica solicitantede la concesin, o de cualquiera otra que de forma direc1:lioindirecta tenga alguna clase de titularidad, participacin ocontrolen aquella, y as sucesivamente.b) Relativa a la oferta tcnica y documentacin complemen-
taria que se seale.c) Aquella que permita valorar las solicitudes con arreglo a
los criterios a los que se refiere el punto 2 ae este artculo..d) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantaprovisional que se seale, en la Caja General de Depsitos dela Diputacin General de Aragn, en metlico o mediante avalbancario ajustado al modelo oficial, a disposicin del Organode contratacin del Gobierno de Aragn.2. Presentadas las solicitudes en la forma y con la documen-
tacin a la que se refiere el punto an~rior, la Mesa deContratacin las analizar y valorar, teniendo en cuentafunda:mentaltnente los siguientes criterios:a) La pluralidad de la oferta de radiodifusin sonora.b) La viabilidad econmica y tcnica del proyecto.c) El tipo de programacin y el horario de emisin.d) Los que se especifiquen en el Pliego de clusulas admi-
nistrativas particulares por el que; se rija el correspondienteconcurso.
.4rtculo. 12. Pro.puesta de adjudicacin. '.1..Analizadas y valoradas porla Mesa de Contratacin las
so)icitudes, con arreglo a los. criterios. que se .sealan ,en elprrafo 2 delartculo anterior, elevar al Gobierno de Aragnla pertinente propuesta de Adjudicacin ..2. El Gobierno de Aragn acordar el otorgamiento .de las
con~esiones con la adjudicacin de los respectivos contratos.TaIJlbin podr declarar desierto el Concurso si ninguno de los
solicitantes rene las condiciones' para que le pueda serotorgada la concesin.3. Notificada la adjudicacin al interesado, ste deber
acreditar, dentro de los quince das siguientes, la constitucinde una: fianza por el importe y en la forma que se seale en elPliego del concurso.4. El contrato se formalizar en documento administrativo
dentro del plazo de treinta das a contar desde el siguiente alde la notificacin' de la adjudicacin y previa justificacin dehaber quedado constituida la fianza definitiva.5. El Gobierno de Aragn podr delegar en el rgano
administrativo que estime oportuno la formalizacin de losreferidos contratos.
Artculo. 13. Presentacin pro.yecto. tcnico..1.Los adjudicatarios dispondrn de un plazo de tres meses,
contados a partir de la notificacin a la que se refiere el artculoanterior, para presentar el correspondiente Proyecto Tcnicoen la Direccin General de Carreteras, Transportes y Comu-nicaciones, que emitir a su vista dictamen previo a la aproba-cin del mismo. El Proyecto deber estar ajustado a lascaractersticas tci1!cas que se establezcan y visado segn lasnomas vigentes sobrel~materia.2. La aprobacin, rechazo, propuesta de modificaein-e de
ampliacin del Proyecto Tcnico se notificar al adjudicata-rio. Este dispondr de un plazo de dos meses, a qontar desdeel recibo dela notificacin, para llevar a cabo las modificacio-nes o ampliaciones que le fuesen requeridas sobre el ProyectoTcnico que hubiese presentado y para aportarlas a la Admi-mstracin requirente.
Artculo. 14. Ejecucin o.bras e instalacio.nes.1. Aprobado el Proyecto Tcnico, el concesionario dispon-
dr de doce meses para la ejecucin de las obras e instalacio-nes necesarias para el funcionamiento de la Emisora.2. Finalizada la instalacin, el interesado lo comunicar,
con la presentacin de la correspondiente certificacin tcni-ca, a la Direccin General de Carreteras, Transportes y Comu-nicacionesa los efectos de la inspeccin y control tcnico delas instalaciones.3. La Inspeccin con informe favorable sobre la:adecuacin
de las instalaciones ser requisito previo e indispensable parael comienzo de las emisiones y la prestacin del servicjo.4. En cualquier caso el adjudicatario dispondr, en total, de
un plazo de 18 meses, a computar desde la notificacin de laadjudicacin de la concesin, para cumplimentar los trmitesque le son exigidos en este artculo y en el anterior;
Artculo. 15. Reso.lucin po.r incumplimiento. y efecto.s.1. El incumplimiento de los plazos establecidos en los
artculos 13 Y 14 de este Decreto ser causa de.resolucin delcontrato de acuerdo con lo dispuesto en el artculo 96 de la Leyde Contratos de las Administraciones Pblicas.2. Acordada, previa audiencia del interesado, la resolucin
del contrato, la concesin quedar extinguida y en disposicinde ser nuevamente otorgada mediante la convocatoria delcorrespondiente concurso.
Artculo. 16. Cambio.s de titularidad y o.trasmo.dificacio.nes.1.El cambio de titularidad de las Emisoras Comerciales, por
transferencia de la concesin, requerir autorizacin del Con-sejero de Ordenacin Territorial, Obras Pblicas y Transpor-tes del Gobierno de Aragn, previa peticin de las partesinteresadas.2. Ser requisito para que se pueda acceder a dicho cambio
de titularidad que la persona a cuyo favor se pretenda hacerlo:a) Rena los requisitos y asuma las obligaciones exigidas a
los concesionarios en este Decreto.
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b) Se subrogue en los derechos y obligaciones del concesio-nario transmitente, as como en los compromisos y condicio-nes que, asumidos por ste en el proceso concesional, determi-naron el otorgamiento de la concesin a su favor.3. Cualquier modificacin de la titularidad de las acciones,
participaciones o ttulos equivalentes de las empresasconcesionarias del servicio pblico de radiodifusin sonora enondas mtricas con modulacin de frecuencia, as como. lasampliaciones del capital cuando la suscripcin de acciones Ottulos equivalentes no se realice en idntica proporcin entrelos propietarios del capital social, deber ser autorizada pre-viamente por el Consejero de Ordenacin Territorial, ObrasPblicas y Transportes.4. Cualquier otra modificacin que afecte o pueda afectar a
la explotacin de la concesin o a la prestacin del servicio (sucontrol, programacin, conexiones con cadenas radiodifusoras,relaciones o vnculos jurdicos que se establezcan con otrasempresas, etc.) sobre las condiciones y compromisos que paraello hayan sido asumidas por el concesionario originario alsolicitar la concesin e impuestas como obligaciones en sta,o en cualesquiera de sus modificaciones posteriores autoriza-das,deber ser comunicada previamente a ta Direccin Gene-ral de Carreteras, Transportes y Comunicaciones del Departa-mento de Ordenacin Territorial, Obras Pblicas y Transpor-tes del Gobierno de Aragn, que requerir su previa conformi-dad.Cuando dichas modificaciones supongan una variacin
substancial sobre las referidas condiciones y compromisos degestin y/o explotacin, requerirn previa autorizacin, queser otorgada por el Consejero de Ordenacin Territorial,Obras Pblicas y Transportes.5. Ser de aplicacin en todos los casos seialados en los tres
apartados anteriores, a los efectos de determinar la proceden-cia del otorgamiento de la preceptiva autorizacin, o confor-midad, lo dispuesto con carcter especfico en la Ley deOrdenacin de las Telecomunicaciones,. en la Ley de Contra-tos de las Administraciones Pblicas y en sus normas dedesarrollo, as como lo dispuesto en este Decreto y, concarcter general, en el resto de la normativa vigente que resultede aplicacin.6. El Gobierno de Aragn podr modificar las condiciones
de la concesin cuando, por necesidades del servicio, laAdministracin estatal vare las caractersticas-tcnicas de laEmisora correspondiente a aquella concesin.
Art(culo 17. Parmetrostcnicos.En relacin con lo dispuesto en el artculo S.1.d) de este
Decreto, por el Departamento de Ordenacin Territorial,Obras Pblicas y Transportes se podr requerir al Organocompetente de la Administracin del Estado para que, en eluso de las competencias que se reserva, adopte las medidasoportunas a fm de que la prestacin de los servicios pueda,efectivamente, efectuarse en la zona de cobertura prevista, conarreglo a los parmetros tcnicos que se hayan fijado en elcorrespondiente Plan Tcnico Nacional para cada unp deellos.
Seccin 2-EMISORAS MUNICIPALES
Art(culo 18. Concesionarios.l. Podrn ser adjudicatarios de una concesin para la gestin
indirecta de una Emisora Municipal, exclusivamente, lasCorporaciones Municipales aragonesas.2. Las concesiones de Emisoras Municipales de Radiodifu-
sin Sonora en Ondas Mtricas con Modulacin de Frecuen-cia podrn ser otorgadas a las Corporaciones Municipales deAragll que lo soliciten, de conformidad y en los trminos y
condiciones que se establecen en la normativa bsica estatal,en este Decreto y dems legislacin aplicable.3. A los efectos de lo dispuesto en el prrafo anterior,
constituye la normativa bsica estatal la Ley 31/1987, de 18 dediciembre, de Ordenacin de las Telecomunicaciones, la LeyOrgnica 10/1991, de 8 de abril, de publicidad electoral enEmisoras Municipales de Radiodifusin Sonora, la Ley 11/1991, de 8 de abril, de organizacin y control de EmisorasMunicipales de radiocfifusin sonora, y el Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento deconcesiones y la asignacin de frecuencias para la explotacindel Servicio Pblico de radiodifusin sonora en ondas mtri-cas con modulacin de frecuencia por las CorporacionesMunicipales, este ltimo en cuanto determina las normasgenerales para la asignacin de frecuencias, aprobacin deproyectos tcnicos e inspeccin de las instalaciones de estetipo de Emisoras.
Artfculo 19. Solicitud de concesin y documentacin.La solicitud de concesin de una Emisora Municipal de
radiodifusin sonora en ondas mtricas con modulacin defrecuencia, deber formalizarse mediante instancia suscritapor el Presidente de la Corporacin, dirigida al Consejero deOrdenacin Territorial, Obras Pblicas y Transportes delGobierno de Aragn, a la que se acompaarn los siguientesdocumentos:a) Certificacin acreditativa del Acuerdo adoptado por el
Pleno de la Corporacin Municipal de solicitud de concesinde la emisora, as como del Acerdo que autorice a su Presi-dente a efectuar la peticin ..b) Certificacin en la que conste la poblacin censada en el
trmino municipal.e) Plano de la situacin prevista para el centro emisor con
indicacin de su cota y sus coordenadas geogrficas.d) Informe de la Intervencin municipal sobre la viabilidad
econmica para el funcionamiento de la emisora, con especialreferencia a los costes, previsin y calendario de inversiones ysu financiacin.e)Memoria explicativa, con el contenido al que se refiere el
artculo siguiente.f) Cualquier otra documentacin que se estime oportuno
portar para justificar la peticin de la Emisora.
Art(culo 20. Contenido de la memoria.La Memoria a la que se refiere el apartado e) del artculo
anterior deber contener las siguientes especificaciones:a) Forma prevista de gestin del servicio, que deber ser
alguna de las seftaladasenel artculo 8S.3delaLey7/198S, de2 de abril,reguladora de las Bases del Rgimen Local; ascqmo proyecto de reglamento in~rno del mismo.b) Objetivos de la Emisora y la c.obertura que se pretende.!ol) Programacin a desarrollar, que seftalar el horario y
h~as de emisin (das y horas de emisin semanal). y elporcentaje de programacin destinado a espacios de carcterlocal, educativo y sociocultural, con especial referencia a losespacios que podran ser destinados para su utilizacin por lasdiferentes instituciones y asociaciones educativas y culturales,preferentemente ubicadas en el trmino municipal, entrelasque debern figurar aquellas cuyos fmes sean la conservaciny promocin de las manifestaciones peculiares de Aragn ysus !1lodalida4es lirigtisticas.d) Compromiso explcito de no realizar conexiones en
cadena con emisoras comerciales.e) Progcima de actividades, con el clculo aproximado de
los gastos que genere.f) Presupuest anual, ordinario o especial, con que sern
atendidos los gastos corrientes y de inversin necesarios parael U1icionamiento dela emisora, al que se acompaar infor-
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,me de laInterv~ncinMunj.cipal so.bre'lacapacidadfmancierade la Crporacin para afrontado.s,: ' , ,
Artc~ 21. 'l'ramitacin, ,1. })re,s~ntada la So.licitud por la Co.rpo.r~i6n Local c,on la
docum~ntacin a la que.se refieren los artculas anterio.r~s,la,I;>ireccinQ~net"alde Carreteras, Transportes y Co.mUnicacio.-nes aco.~odar.ss actuacio.nes a lo.dispuesto ~n los artculas4 y si8uie~teSrea razn s,ocial de la Empresa co.nCesio.naria,y su
do.micilio.. ' , " , .", , ,,'-brganas de la Sociedad o Entidad
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Artfculo 29. Cancelacin de la inscripcin.1. Ser causa para cancelar la inscripcin en el R~gistro la
extincin de la concesin en los casos previstos en el rtculo 6 de este Decreto ..2. La cancelacin de la inscripcin ser practicada de oficio
por la Administracin, expresndose la causa de la nnsma.
Artfculo 30. Resolucin.El Director General de .Carreteras, Transportes y Comuni-
caciones resolver sobre la procedencia de inscripcin, o noinscripcin en el Registro, o modificacin o no modificacinde los asientos registrales.Dichas resoluciones podrn ser objeto de recurso ordinario
ante el Cnsejero de Ordenacin Territorial, Obras Pblicas yTransportes, con arreglo alo establecido en la Ley 30/1992, de26 de noviembre, Je Rgimen Jurdico de las Admfuistracio-nes Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.
Artfculo 31. Tasas:I..as inscripciones que se practiquen en el Registro, tnto de
oficio com.oa solicitu4 del interesado, as como la expedicina instancia de parte de las certificaciones relativas a los datosobrantes e1el nnsmo, darn lugar a la percepcin de las tasascorrespondientes, con arreglo a lo previsto en la Ley 8/1984,de 27 de diCiembre, reguladora delas Tasas de la ComunidadAutnoma de Aragn, y dems normativa aplicable.
CAPITULO LVINSPECClON y REGIMEN SANCIONADOR
el Gobierno de AIagn a propuesta del J)epartamentode.,Ordenaci6n Territorial, Obras Pblicas y Transportes.
Artfculo 34. Recursos.1. Las resoluciones. del Director General de Carreteras,
Transportes y Comunicaciones recadas en los expedientessancionadores en la materia podrn ser objeto de recursoordinario ante el Consejero de Ordenacin Territorial, ObraSPblicas y Transportes. '2. Los Acuerdos del Gobierno de Aragn pondrnfiI.ala va
adnllnistrativa y contra ellos solo podr interpnerse recurso. contencioso-administrativo, en la forma establecida en lanormativa que regua dicha jurisdiccin.
DISPOSICION TRANSITORIA
Unica. Situaciones de gestin del servicio iniciadas con an-terioridad.Aquellas personas fsicas o jurdicas que yasean titulares de
una concesin de una Ennsora de Radiodifusin sonora enOndas Mtricas con Modulacin de Frecuencia en Aragndebern aportar los datos a los que se refiere el artculo 25 deeste Decreto, en el plazo de tres meses de su entrada en vigor.
DISPOSICION DEROGATORIA
Unica.-Que