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NO. 1 1 3 ULTIMO NUMERO Diciembre 1994
Conferencia de Aplicación
La OMC entra en vigor
Un nacimiento sin dificultades: En la Conferencia de Aplicación, celebrada el 8 de diciembre en el Centro Internacional de Conferencias de Ginebra, se acuerda poner en marcha la OMC el 1° de enero de 1995. El Director General del GATT, Sr. Peter D. Sutherland, inaugura la reunión. (Tania Tang/GATT)
En la Conferencia de Aplicación, celebrada el 8 de diciembre, se confirmó por unani
midad que el 1° de enero de 1995 quedaría constituida la Organización Mundial del Comercio (OMC), y los miembros se comprometieron a hacer todo lo posible por concluir rápidamente los procedimientos de ratificación del Acuerdo sobre la OMC.
Las dos partes de la Conferencia -la primera, una reunión a nivel de funcionarios superiores del Comité Preparatorio de la OMC, presidida por el Director General del GATT, Sr. Peter Sutherland, y la segunda, el sexto período extraordinario de sesiones de las Partes Contratantes, presidida por el Embajador András Szepesi (Hungría)- observando un procedimiento ordenado y eficaz adoptaron decisiones encaminadas a asegurar la transición sin dificultades del GATT a la OMC. Se decidió fijar un plazo de un aflo para la coexistencia del GATT de 1947 y la OMC, lo que significa
que se dispondrá de un período razonable para solucionar las diferencias pendientes. Otra decisión tiene en cuenta la situación de los miembros del GATT que no estarán en condiciones de ratificar los Acuerdos de la OMC a principios del año próximo.
En decisiones distintas, la Conferencia también fijó un período de coexistencia de un año entre los Acuerdos de la Ronda de Tokio sobre prácticas antidumping y sobre subvenciones y medidas compensatorias y los Acuerdos de la OMC sobre los mismos temas. Paralelamente, invitó a los Comités de los Acuerdos de la Ronda de Tokio mencionados a que mantuvieran sus mecanismos de solución de diferencias por un período de dos años. Este período más extenso se ha establecido teniendo en cuenta que los casos de medidas antidumping y com-
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El Consejo General se reúne a fines de enero, el Sr. Sutherland será el primer Director General de la OMC
El Consejo General de la OMC celebrará su primera reunión el 31 de enero de
1995 para poner en marcha la nueva estructura operativa de la Organización y designar las mesas de los distintos órganos. Así fue convenido en la última reunión del Comité Preparatorio, celebrada el 21 de diciembre.
El Presidente del Comité Preparatorio, Sr. Peter Sutherland, anunció que ese día 71 gobiernos habían ratificado formalmente el Acuerdo sobre la OMC o concluido sus procedimientos internos. Esperaba que más países se convertirían en miembros de la OMC
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GATT FOCUS
H Quincuagésimo período de sesiones de las Partes Contratantes
El Presidente rinde homenaje al GATT en vísperas del nacimiento de la OMC
La Sede del GATT: durante casi medio siglo, "el único bastión multilateral contra el proteccionismo ".
Al inaugurar el quincuagésimo período de sesiones de las Partes Contratantes (8 y
9 de diciembre), su Presidente, el Sr. András Szepesi, de Hungría, rindió homenaje al GATT en vísperas de la constitución de la nueva OMC.
"El GATT, establecido como un acuerdo provisional, cobró mayor importancia en el curso de los años en su calidad de único bastión multilateral contra el proteccionismo", dijo el Embajador Szepesi. Añadió que sin el GATT el mundo no se habría beneficiado del aumento que elevó a un nivel 13 veces mayor el comercio mundial de mercancías desde 1950. Tras celebrar la decisión de la Conferencia de Aplicación de fijar como fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC el 1 ° de enero de 1995, recordó a las delegaciones que la propia OMC era fruto de la más difícil ronda de negociaciones del GATT.
En relación con las perspectivas de la economía mundial, el Embajador Szepesi manifestó que, según las estimaciones de los economistas del GATT, la tasa de crecimiento del comercio mundial, que fue el año pasado del 3,5 por ciento, sería dos veces mayor en el año en curso. Por lo que se refiere al futuro, dijo que las importantes reducciones de los obstáculos arancelarios y no arancelarios negociados en la Ronda Uruguay "darán una dinámica y una vitalidad nuevas al entorno comercial internacional". LA CULMINACIÓN DE UN ÉXITO: Celebrando la decisión adoptada por la Conferencia de Aplicación de poner en marcha la OMC a comienzos del nuevo año, muchas partes contratantes señalaron que la OMC representaba la reafirmación del imperio del derecho en las relaciones comerciales y económicas, frente a las prácticas proteccionistas seguidas durante mucho tiempo en los sectores de la agricultura, los textiles y el vestido, así como la extensión de las normas multilaterales a los servicios y a los derechos
Operación de descarga: se prevé que este año el crecimiento mundial se duplicará (foto de la OIT).
de propiedad intelectual. El Canadá se refirió a la OMC como a "la
culminación del éxito" de la Ronda Uruguay. Noruega, hablando en nombre de los Países Nórdicos, subrayó la importancia histórica de la transformación de una institución, que al establecerse contaba solamente con 23 miembros, en una amplia organización de alcance verdaderamente mundial. Corea dijo que las decisiones de la Conferencia indicaban que se había institucionalizado un nuevo orden del comercio mundial. Según Zimbabwe, la OMC inspiraría una confianza fundamental en los medios empresariales y comerciales.
El Japón instó a los miembros a que procurarán que la OMC fuese una Organización eficaz desde el comienzo mismo de sus actividades, absteniéndose de adoptar medidas comerciales unilaterales y arbitrarias. Uganda dijo que la OMC representaba nuevas oportunidades económicas que los países en desarrollo debían aprovechar inmediatamente. El Paraguay señaló que al tener un alcance más amplio la OMC debía aumentar en forma proporcional el nivel de asistencia
técnica que prestaría a los países en desarrollo.
Con respecto al futuro, Australia predijo que 1995 sería el "año de las adhesiones", y que la incorporación de nuevos miembros fortalecería a la OMC. Hablando en calidad de observador, la Federación de Rusia dijo que estaba tramitando su solicitud de adhesión a la OMC y que su participación como miembro en la nueva organización constituía una "parte esencial" de su programa de reformas. Otro observador, la China, dijo que nunca había interrumpido sus esfuerzos por reincorporarse al GATT, como lo demostraba también su activa participación en las negociaciones de la Ronda Uruguay. Subrayó que la incorporación de China como miembro del GATT/OMC no sólo beneficiaría a ese país sino al mundo entero.
El Embajador Szepesi, al resumir las deliberaciones, hizo notar que varios países habían puesto de relieve la necesidad de asegurar que en la fase de aplicación se mantuviese plenamente el equilibrio logrado en los Acuerdos de la Ronda Uruguay. Recibieron muchos elogios las decisiones adoptadas por la Conferencia con miras a lograr una transición armoniosa del GATT a la OMC, en particular en la esfera de la solución de diferencias. También se reconoció el papel que desempeñaba el Acuerdo sobre la OMC en la consolidación y ampliación de las reformas comerciales y económicas emprendidas en los últimos años por las economías en desarrollo y en transición. El Presidente concluyó diciendo que las deliberaciones confirmaron la importancia histórica que tenía el establecimiento de la OMC y al mismo tiempo señalaron las dificultades que habría que superar para asegurar que la OMC se convierta en el marco de un sistema de comercio verdaderamente mundial, cuyos beneficios compartirán todos los países. INFORME DEL CONSEJO: Mientras los miembros del GATT asignaban prioridad en 1994 a los preparativos de la OMC, durante ese mismo año, el Consejo seguía ocupándose de una amplia serie de cuestiones, conforme a lo indicado por su Presidente, el Embajador Mounir Zahran (Egipto).
Uno de los aspectos más importantes de la labor del Consejo se relacionaba con las solicitudes de adhesión y de la condición de observador. El Embajador Zahran dijo que desde la celebración del cuadragésimo noveno período de sesiones, a fines de enero de 1994, el número de miembros del GATT se había elevado como consecuencia de la adhesión de Angola, Granada, Guinea Bissau, Honduras, Liechtenstein, Qatar, Saint Kitts y Nevis, Eslovenia y los Emiratos Árabes Unidos. El Consejo estableció dos grupos de trabajo sobre las adhesiones, uno se ocuparía de Estonia y el otro de Lituania, respectivamente. Se reconoció la condición de observador a cuatro países, Georgia, el Sudán, Uzbekistán y Viet Nam. El Consejo había identificado varios procedimientos para facilitar la conclusión de las negociaciones de adhesión en la forma más eficaz posible.
El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales se ha convertido en una parte fundamental de la función de vigilancia del
GATT FOCUS
La República de Guinea pasa a ser el 12^ Miembro del GATT
La República de Guinea pasó a ser el 125° Miembro del GATT el 8 de diciembre de 1994, después de haberlo notificado al Sr. Peter Sutherland, Director General del
GATT, de conformidad con el párrafo 5 c) del artículo XXVI del Acuerdo General. El 24 de junio de 1994 el Gobierno de Francia notificó a las partes contratantes que
en octubre de 1958 la República de Guinea había adquirido una autonomía completa en sus relaciones comerciales exteriores y en todas las demás cuestiones que son objeto del Acuerdo General. Desde su independencia, Guinea ha venido aplicando de facto el Acuerdo General. En estas circunstancias Guinea sólo necesitaba notificar al Director General del GATT su deseo de ser considerada parte contratante de conformidad con lo establecido en el párrafo 5 c) del artículo XXVI. En la notificación Guinea también expresa su intención de pasar a ser Miembro de la OMC. •
GATT, señaló el Embajador Zahran. El Consejo, desde su última reunión, había realizado 11 exámenes: el tercer examen del Canadá y los Estados Unidos, el segundo examen de Australia. Hong Kong e Indonesia, y el primer examen de Islandia. Macao. el Perú, el Senegal, Túnez y Zimbabwe. El Embajador Zahran dijo que durante ese año se habían introducido nuevas mejoras para agilizar el sistema y promover un debate más animado y centralizado.
Con respecto a la solución de diferencias, el Presidente señaló que la actividad en esta esfera había registrado una disminución, pues los miembros aguardaban que entrara en vigor el mecanismo mejorado de solución de diferencias en el marco de la OMC.
Durante este año había continuado la tendencia hacia el establecimiento de acuerdos de libre comercio y uniones aduaneras, señaló el Embajador Zahran. Indicó que, no obstante, no se habían seguido durante bastante tiempo las prescripciones con respecto a la presentación bienal de informes sobre los acuerdos regionales, y reiteró su recomendación al Consejo de que, en el Consejo del GATT o en el Consejo General de la OMC, se abordara este asunto el año próximo. COMITÉ DE COMERCIO Y DESARROLLO: En el seno del Comité de Comercio y Desarrollo ha cobrado especial
Mercado tradicional: el GATT concede una exención al régimen de comercio preferencia! aplicado por la CE a los países ACP.
importancia el tema de la participación de los países en desarrollo en el comercio mundial a la luz del establecimiento de la OMC, según su Presidente, Embajador Ernesto Ti-roni (Chile). El Embajador Tironi dijo que en la reunión celebrada por el Comité los días 21 y 25 de noviembre (véase Focus N" 112). se había señalado que si bien la participación de los países en desarrollo en el comercio mundial había alcanzado el 25 por ciento, se observaban diferencias entre los porcentajes correspondientes a las distintas regiones, en particular África. Añadió que esas deliberaciones serían el punto inicial de referencia para las futuras evaluaciones del comercio de los países en desarrollo.
El Embajador Tironi comunicó que en las consultas celebradas a ese respecto, los miembros del Comité habían acordado el mandato del Comité de Comercio y Desarrollo de la OMC y que se había señalado el camino hacia un futuro programa de trabajo relacionado con los resultados de la Ronda. EXENCIONES AL CUARTO CONVENIO DE LOMÉ, MEDIDAS COMERCIALES RELACIONADAS CON LA UNIFICACIÓN DE ALEMANIA: Las Partes Contratantes aprobaron un proyecto de decisión por el que se concede una exención en virtud del Acuerdo General al Cuarto Convenio de Lomé concertado entre la Comunidad Europea y los países ACP (África, países del Caribe y del Pacífico), y lo sometieron a la votación de las partes contratantes. Al término del período de sesiones se obtuvo la mayoría de dos tercios necesaria para a-probar el proyecto de decisión.
La decisión establece una exención de la norma n.m.f. del Acuerdo General con respecto al trato preferencial previsto en el Cuarto Convenio de Lomé para los productos originarios de los países ACP. Dispone que los signatarios del Convenio de Lomé presentarán informes anuales al GATT y entablarán prontamente consultas con la parte contratante del GATT que lo solicite acerca de cualquier dificultad que pueda plantearse como consecuencia de la aplicación del trato preferencial. En caso de que las consultas resulten insatisfactorias para solucionar el problema, la parte contratante del GATT interesada podrá someter la cuestión a las Partes Contratantes o recurrir a las disposiciones del Acuerdo General sobre solución de diferencias.
Levantando vuelo...
El 9 de diciembre, el Viceprimer Ministro de la Federación de Rusia, Sr. Oleg
D. Davydov, presentó al Director General del GATT, Sr. Peter Sutherland, la solicitud de adhesión de su país a la OMC.
"Las autoridades rusas ya han logrado mucho, a pesar de intensas presiones financieras y sociales, en términos de reforma comercial y económica. Pero la solicitud de adhesión a la OMC manifiesta la voluntad de asumir compromisos multilaterales de gran alcance con miras a dar un vigoroso impulso al proceso de reforma en los próximos años", dijo el Sr. Sutherland celebrando la presentación de la solicitud de Rusia.
El Ministro Adjunto de Comercio Ex-
El Viceprimer Ministro de Rusia, Sr. Oleg D. Davydov.
tenor y Cooperación Económica de China, Sr. Long Yongtu, exhortó a que se concluyera rápidamente la labor sobre la adhesión de su país al GATT en el quincuagésimo período de sesiones de las Partes Contratantes. En la reunión del Grupo de Trabajo del estatuto de China como parte contratante, celebrada el 20 de diciembre, se indicó que se habían realizado progresos significativos. B
Los Estados Unidos y Guatemala manifestaron una vez más su preocupación frente a las medidas adoptadas por la CE con respecto a las importaciones de banano y se reservaron el derecho de adoptar a su vez las medidas pertinentes en caso de que la CE no corrigiera las objetadas.
Las Partes Contratantes aprobaron un proyecto de decisión por el que se prorroga hasta fines de 1995 la exención concedida a las medidas transitorias adoptadas por la CE en relación con la unificación de Alemania y la sometieron a la votación de las partes contratantes (al término del período de sesiones se obtuvo la mayoría necesaria de dos tercios). Estas medidas consisten en la aplicación de un régimen de franquicia arancelaria a determinadas importaciones en virtud de los acuerdos comerciales celebrados por la antigua República Democrática Alemana con sus interlocutores comerciales. La CE dijo
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GATT FOCUS
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pensatorias, en general, son más complejos desde el punto de vista técnico y su solución lleva más tiempo que las diferencias que se plantean en el marco del Acuerdo General.
Entre otras decisiones adoptadas por la Conferencia cabe citar las relativas a las cuestiones siguientes: • La transferencia de todo el activo y todo el
pasivo, con excepción de los contratos del personal, del GATT a la OMC el Io de enero de 1995;
• La adopción de un presupuesto común GATT/OMC para 1995;
• La posibilidad de que algunos signatarios del Acta Final, que no puedan ratificar el Acuerdo sobre la OMC, participen en las reuniones de la nueva Organización sin derecho de voto por un período de siete meses contado a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, es decir, hasta el 31 de julio de 1995;
• La adopción de disposiciones transitorias para evitar la duplicación institucional y de procedimientos entre el GATT y la OMC, incluidas disposiciones para unificar los procedimientos de notificación y la celebración de reuniones conjuntas o consecutivas, cuando proceda. El Sr. Sutherland se refirió a la labor pre
paratoria enormemente útil que habían llevado a cabo los Presidentes de los Subcomités (es decir, el Embajador Szepesi, Presidente del Subcomité de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos; el Embajador K. Kesavapany, Presidente del Subcomité de Cuestiones Institucionales, Jurídicas y de Procedimiento; el Embajador Christer Manhusen, Presidente del Subcomité de Servicios; y el Embajador Luiz Felipe Lam-preia, Presidente del Subcomité de Comercio y Medio Ambiente).
El Presidente del Comité Preparatorio dijo que gracias a los resultados logrados en los Subcomités habían quedado solamente tres cuestiones pendientes. Exhortó a las delegaciones a que intensificaran sus actividades con miras a la consecución de los siguientes objetivos: la conclusión del Acuerdo con las autoridades suizas relativo a la Sede de la OMC; la fecha y el orden del día provisional de la primera reunión del Consejo General de la OMC, y la composición y presidencia del Órgano de Supervisión de los Textiles.
El Comité Preparatorio acordó celebrar su próxima y última reunión el 21 de diciembre.
Desde el establecimiento del GATT en 1947, la Comisión Interina de la Organización Internacional de Comercio (ICITO) le ha facilitado los servicios de secretaría necesarios. Después de la Conferencia, el Comité Ejecutivo de la ICITO, presidido por el Embajador Mounir Zahran (Egipto), se reunió por última vez. Dicho Comité autorizó a su Secretario Ejecutivo, Sr. Peter Sutherland, a que firmara en su nombre el Acuerdo de
Miembros de la Comisión Interima de la Organización Internacional de Comercio, que ha prestado al GATT los servicios de secretaría desde su comienzo, despues de su última reunión celebrada el 8 de diciembre abjo la presidencia del Embajador MOunir Zahran, de Egipto (en el centro).
transferencia del activo, el pasivo y el personal de ICITO/GATT a la OMC. La Secretaría de la ICITO seguirá facilitando servicios al GATT y a la OMC hasta el 30 de junio de 1995, fecha para la cual el Director General de la OMC ya habrá nombrado los funcionarios de la Secretaría de la OMC. En esa fecha, la ICITO dejará de existir.
Entre las decisiones adoptadas el 8 de diciembre por la Conferencia de Aplicación para facilitar la transición del GATT a la OMC cabe citar las siguientes:
COEXISTENCIA TRANSITORIA DEL GATT DE 1947 Y EL ACUERDO
SOBRE LA OMC Decisión de 8 de diciembre de 1994
El COMITÉ PREPARATORIO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO invita a las PARTES CONTRATANTES del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947 a que adopten la siguiente decisión: Las PARTES CONTRATANTES del A-cuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (denominado en adelante el "GATT de 1947"), Observando que no todas las partes contratantes del GATT de 1947 que reúnan las condiciones para ser Miembros de la Organización Mundial del Comercio (denominada en adelante "la OMC") estarán en condiciones de aceptar el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (denominado en adelante "el Acuerdo sobre la OMC") en la fecha de su entrada en vigor y que la coexistencia durante un período limitado del GATT de 1947 y el Acuerdo sobre la OMC redundaría en beneficio de la estabilidad de las relaciones comerciales multilaterales; Considerando que, durante ese período de
coexistencia, las partes contratantes que hayan pasado a ser Miembros de la OMC no deben estar obligadas jurídicamente a hacer extensivas las ventajas dimanantes exclusivamente del Acuerdo sobre la OMC a las partes contratantes que aún no hayan pasado a ser Miembros de la OMC y deben tener derecho a actuar de conformidad con el A-
"Durante ese período de coexistencia, las partes contratantes que hayan pasado a ser Miembros de la OMC no deben estar obligadas jurídicamente a hacer extensivas las ventajas dimanantes exclusivamente del Acuerdo sobre la OMC a las partes contratantes que aún no hayan pasado a ser Miembros de la OMC..."
cuerdo sobre la OMC a pesar de sus obligaciones en virtud del GATT de 1947; Deseando dar por terminado el período de coexistencia en una fecha convenida de antemano para ofrecer previsibilidad a los responsables de la formulación de políticas y facilitar una terminación ordenada del marco institucional del GATT de 1947; Deciden lo siguiente: 1. No obstante lo dispuesto en el GATT de 1947, las partes contratantes que sean Miembros de la OMC podrán: a) conceder a productos originarios de un Miembro de la OMC o destinados a él las ventajas que hayan de concederse a tales productos por razón exclusivamente de concesiones, compromisos u obligaciones
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de otra naturaleza asumidos en virtud del Acuerdo sobre la OMC, sin necesidad de conceder esas ventajas a productos originarios de una parte contratante que aún no haya pasado a ser Miembro de la ÓMC o destinados a ella; y
b) seguir aplicando o adoptar cualquier medida que sea compatible con las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC. 2. Las disposiciones del artículo XXIII del GATT de 1947 no se aplicarán: a) a las diferencias planteadas contra una parte contratante que sea Miembro de la OMC cuando la diferencia se refiera a una medida identificada como una medida concreta en litigio en la petición de establecimiento de un grupo especial formulada de conformidad con el artículo 6 del Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias del Anexo 2 del Acuerdo sobre la OMC, y estén en curso o hayan terminado las correspondientes actuaciones iniciadas a raíz de esa petición; ni
b) en relación con las medidas abarcadas por el párrafo 1 supra. 3. En virtud de la presente Decisión, los instrumentos jurídicos por medio de los cuales las partes contratantes aplican el GATT de 1947 dejarán de surtir efectos un año después de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC. Las PARTES CONTRATANTES, a la luz de circunstancias imprevistas, podrán decidir que la fecha de cesación se retrase, sin que ese retraso pueda exceder de un año.
EVITACIÓN DE LA DUPLICACIÓN
INSTITUCIONAL Y DE PROCEDIMIENTOS
Decisión de 8 de diciembre de 1994 El COMITÉ PREPARATORIO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Observando que el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (denominado en adelante "el GATT de 1947") y el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (denominado en adelante el "Acuerdo sobre la OMC") son instrumentos jurídicos distintos y que, en consecuencia, los Miembros de la OMC pueden seguir siendo partes contratantes del GATT de 1947; Considerando que no debe someterse a las partes contratantes del GATT de 1947 y a las partes en los Acuerdos de la Ronda de Tokio que sean además Miembros de la OMC a la carga de tener que notificar sus medidas y políticas y celebrar consultas sobre ellas dos veces; Deseando, en consecuencia, que los órganos establecidos en virtud del GATT de 1947, los Acuerdos de la Ronda de Tokio y el Acuerdo sobre la OMC coordinen sus actividades en la medida en que coincidan sus funciones; Decide proponer a la adopción por las PARTES CONTRATANTES del GATT de 1947, los Comités establecidos en virtud de la Ronda de Tokio y el Consejo General de la OMC el siguiente procedimiento:
En el período comprendido entre la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de la OMC y la fecha de cesación de los instrumentos jurídicos por medio de los cuales las partes contratantes aplican el GATT de 1947 y de los Acuerdos de la Ronda de Tokio se aplicará, en el marco del GATT de 1947, de los Acuerdos de la Ronda de Tokio y del Acuerdo sobre la OMC, el siguiente procedimiento de notificación y coordinación: 1. En caso de que, tanto en virtud del Acuerdo sobre la OMC como en virtud del GATT de 1947 o de un Acuerdo de la Ronda de Tokio haya obligación de notificar una medida, se entenderá, salvo que en la notificación se indique lo contrario, que la notificación efectuada a un órgano de la OMC constituye también una notificación de la medida de conformidad con el GATT de 1947 o con el Acuerdo de la Ronda de Tokio. La Secretaría del GATT distribuirá la notificación de que se trate simultáneamente a los Miembros de la OMC y a las partes contratantes del GATT de 1947 y/o las partes del Acuerdo de la Ronda de Tokio. Este procedimiento se entiende sin perjuicio de los procedimientos de notificación aplicables en
" Los órganos establecidos en virtud del GATT de 1947 celebrarán sus reuniones conjuntamente con los correspondientes órganos de la OMC o deforma consecutiva, según proceda.... "
determinadas esferas. 2. En las relaciones entre los órganos a los que se hace referencia en los apartados a) a d) infra se aplicará el procedimiento de coordinación establecido en los párrafos 3 y 4 infra: a) Los siguientes Comités establecidos en virtud del GATT de 1947 o de un Acuerdo de la Ronda de Tokio coordinarán sus actividades con los correspondientes Comités establecidos en virtud del Acuerdo sobre la OMC: • Comité de Comercio y Desarrollo • Comité de Restricciones a la Importación
(Balanza de Pagos) • Comité de Prácticas Antidumping • Comité de Valoración en Aduana • Comité de Licencias de Importación • Comité de Subvenciones y Medidas Com
pensatorias • Comité de Obstáculos Técnicos al Comer
cio b) El Comité de Concesiones Arancelarias y el Grupo Técnico de las Restricciones Cuantitativas y Otras Medidas no Arancelarias del GATT de 1947 coordinarán sus actividades con el Comité de Acceso a los Mercados de la OMC que se ha propuesto establecer. c) Los grupos de trabajo establecidos en
virtud del GATT de 1947 para examinar un acuerdo o convenio regional coordinarán sus actividades con los grupos de trabajo de la OMC que examinen el mismo acuerdo o convenio regional. d) El Consejo de Representantes del GATT de 1947 coordinará sus exámenes de las políticas comerciales con los del Órgano de Examen de las Políticas Comerciales de la OMC. 3. Los órganos establecidos en virtud del GATT de 1947 o de un Acuerdo de la Ronda de Tokio a que se hace referencia en el párrafo 2 supra celebrarán sus reuniones conjuntamente con los correspondientes órganos de la OMC o de forma consecutiva, según proceda. En las reuniones conjuntas se aplicarán las normas del procedimiento que haya de seguir el órgano de la OMC. Los informes sobre las reuniones conjuntas se presentarán a los órganos competentes establecidos en el GATT de 1947, los Acuerdos de la Ronda de Tokio y el Acuerdo sobre la OMC. 4. La coordinación de actividades previstas en el párrafo 3 supra se realizará de forma que quede garantizado que no afectará al goce de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones dimanantes del GATT de 1947, los Acuerdos de la Ronda de Tokio y el Acuerdo sobre la OMC, ni al ejercicio de las competencias de las PARTES CONTRATANTES del GATT de 1947, los Comités establecidos en virtud de los Acuerdos de la Ronda de Tokio y los órganos de la OMC. 5. Las PARTES CONTRATANTES del GATT de 1947, los Comités establecidos en virtud de los Acuerdos de la Ronda de Tokio y el Consejo General de la OMC podrán decidir independientemente dejar de aplicar las disposiciones establecidas en los párrafos 1 a 4 supra.
Los grupos de trabajo de la OMC comprenden los grupos de trabajo establecidos por decisiones de las PARTES CONTRATANTES del GATT de 1947 adoptadas antes de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC y, en consecuencia, forman parte del GATT de 1994.
PARTICIPACIÓN EN LAS REUNIONES DE LOS
ÓRGANOS DE LA OMC DE CIERTOS SIGNATARIOS DEL ACTA FINAL QUE
REÚNEN LAS CONDICIONES PARA SER
MIEMBROS INICIALES DE LA OMC
Decisión de 8 de diciembre de 1994 El COMITÉ PREPARATORIO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO, invita al Consejo General de la Organización Mundial del Comercio a que adopte, en su primera reunión, la decisión siguiente: El CONSEJO GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO, Tomando nota de que algunos de los Signatarios del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negocia-
ciones Comerciales Multilaterales (denominada en adelante "Acta Final") que reúnen las condiciones para ser Miembros de la OMC no han podido concluir los procedimientos internos para la aprobación del A-cuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (denominado en adelante "Acuerdo sobre la OMC") antes de la fecha de entrada en vigor de dicho Acuerdo; Tomando nota además de que algunas de las Decisiones Ministeriales incluidas en el Acta Final prevén la participación de países no Miembros de la OMC en las negociaciones iniciadas en su marco; Deseando hacer posible la participación de ciertos Signatarios del Acta Final que reúnen las condiciones para ser Miembros de la OMC en las deliberaciones de los órganos de la OMC; Decide lo siguiente: Durante un período de siete meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, los Signatarios del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay que a la fecha de la presente Decisión sean partes contratantes del GATT de 1947 y reúnan las condiciones para ser Miembros iniciales de la OMC • podrán asistir a las reuniones formales e
informales de los órganos establecidos en virtud del Acuerdo sobre la OMC, excepto el Órgano de Supervisión de los Textiles, y tomar la palabra en ellas, y
• tendrán acceso a todos los documentos facilitados a los Miembros de la OMC para dichas reuniones.
Dichos Signatarios no tendrán derecho a participar en la adopción de decisiones por los órganos establecidos en virtud del Acuerdo sobre la OMC.
ACUERDO DE TRANSFERENCIA ENTRE
EL GATT DE 1947, LA ICITO Y LA OMC
El COMITÉ PREPARATORIO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Decide autorizar al Presidente del Comité Preparatorio de la Organización Mundial del Comercio a aceptar el Acuerdo que figura en el anexo de la presente decisión e Invita a las PARTES CONTRATANTES del GATT de 1947 y al Comité Ejecutivo de la Comisión Interina de la Organización Internacional de Comercio a que autoricen, respectivamente, al Presidente de las PARTES CONTRATANTES de 1947 y al Secretario Ejecutivo de la Comisión Interina de la Organización Internacional de Comercio a a-ceptar el Acuerdo que figura en el anexo de la presente decisión.
ANEXO Acuerdo relativo a la transferencia del activo, el pasivo, los registros,
el personal y las funciones de la Comisión Interina de la Organiza
ción Internacional de Comercio y del GATT a la Organización Mundial del
Comercio Las PARTES CONTRATANTES del A-cuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (denominado en adelante el "GATT de 1947"), el Comité Ejecutivo de la Comisión Interina de la Organización Internacional de Comercio (denominada en adelante la "ICITO") y el Comité Preparatorio de la Organización Mundial del Comercio (denominado en adelante el "Comité Preparatorio"), Tomando nota de que: en el párrafo 1 del artículo VI y en el párrafo 2 del artículo XVI del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (denominado en adelante el "Acuerdo sobre la OMC") se prevé que se establecerá una Secretaría de la OMC y que, en la medida en que sea factible, la Secretaría del GATT de 1947 pasará a ser la Secretaría de la OMC; los deberes de la Secretaría del GATT de 1947 son desempeñados actualmente por el personal de la ICITO; el Director General de la OMC, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo VI del Acuerdo sobre la OMC, podrá nombrar al personal de la Secretaría de la OMC sólo después de que la Conferencia Ministerial o el Consejo General de la OMC haya adoptado los reglamentos que regirán los deberes y condiciones de servicio del personal: Recordando que en el párrafo 8 a) de la Decisión Ministerial relativa al establecimiento del Comité Preparatorio adoptada el 14 de abril de 1994 se autoriza al Comité Preparatorio a adoptar, en la medida necesaria, decisiones previamente al establecimiento de la OMC acerca de, entre otras cosas, el reglamento financiero, el proyecto de presupuesto para el primer año de funcionamiento de la OMC. la transmisión de los bienes de la ICITO y del GATT de 1947 a la OMC, y los términos y condiciones de transferencia del personal de la ICITO a la Secretaría de la OMC; Convienen en lo siguiente: 1. Desde la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, todo el activo y todo el pasivo del GATT de 1947 y de la ICITO serán activo y pasivo de la OMC. El activo y el pasivo del GATT de 1947 y de la ICITO incluirán el activo poseído y el pasivo contraído en nombre de ICITO/GATT. 2. El Director General de la OMC, actuando de conformidad con las disposiciones del párrafo 3 del artículo VI y del párrafo 2 del artículo XVI del Acuerdo sobre la OMC, nombrará al personal de la Secretaría de la OMC el 30 de junio de 1995 a más tardar, a reserva de que antes de esa fecha el Consejo General de la OMC haya adoptado los reglamentos que regirán los deberes y las condiciones de servicio del personal de la Secretaría de la OMC, con inclusión de reglamentos sobre la política de empleo, los
salarios y las pensiones. 3. El personal de la ICITO desempeñará los deberes de la Secretaría de la OMC hasta que se nombre al personal de la Secretaría de la OMC. El personal de la ICITO seguirá desempeñando los deberes de la Secretaría del GATT de 1947 y los servicios de secretaría de los órganos establecidos en virtud de los Acuerdos de la Ronda de Tokio hasta que se nombre al personal de la Secretaría de la OMC; después estos deberes serán desempeñados por la Secretaría de la OMC. 4. En virtud de la presente decisión, la ICITO quedará disuelta en la fecha en que se nombre al personal de la Secretaría de la OMC. En esa fecha, los archivos de la ICITO se transferirán a la OMC. 5. El Director General de la OMC desempeñará las funciones de depositario correspondientes al Director General del GATT de 1947 después de la fecha en que terminen los instrumentos jurídicos por medio de los cuales las partes contratantes aplican el GATT de 1947. En esa fecha, los archivos del GATT de 1947 se transferirán a la OMC. 6. Habrá un presupuesto común para el GATT de 1947 y para la OMC desde la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC hasta la fecha en que terminen los instrumentos jurídicos por medio de los cuales las partes contratantes aplican el GATT de 1947. Durante ese período, la base para el señalamiento de las contribuciones de las partes contratantes del GATT de 1947. de los Miembros de la OMC y de las partes contratantes que son también miembros de la OMC será la misma, y todas las partes contratantes del GATT de 1947 y los Miembros de la OMC deberán un pago único a la OMC. 7. El Director General del GATT de 1947 y, después de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, el Director General de la OMC quedan autorizados en virtud de la presente decisión para adoptar, en consulta con los Comités de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos del GATT de 1947 y de la OMC, las disposiciones que sean necesarias para adaptar los acuerdos contractuales de la ICITO y del GATT de 1947, con inclusión de los relativos a cuestiones financieras y de personal, a los cambios previstos en los párrafos 1 a 6 supra. 8. El presente Acuerdo se aplicará inicial-mente hasta la fecha de la primera reunión del Consejo General de la OMC. Permanecerá en vigor después de esa fecha, a reserva de que sea aprobado por el Consejo General de la OMC. 9. El texto del presente Acuerdo, hecho en un solo ejemplar en los idiomas español, francés e inglés, siendo cada uno de los textos igualmente auténtico, será depositado en poder del Director General del GATT de 1947. HECHO en Ginebra el día 8 de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro. (Decisión de 8 de diciembre de 1994 adoptada por el Comité Preparatorio de la OMC, las PARTES CONTRATANTES del GATT de 1947 y el Comité Ejecutivo de la ICITO.)
GATT. FOCUS
MEPC: Indonesia
De un crecimiento basado en la sustitución de las importaciones a un crecimiento inducido por las exportaciones
El Embajador Soemadi D.M. Brotodingingrat, de Indonesia, entrega al Sr. Sutherland el instrumento de ratificación de la OMC de su país. Asisten al acto el Subdirector General Ake Linden y el Ministro Consejero M. Mansjur.
A continuación figuran extractos de las observaciones recapitulativas formuladas por el Presidente tras el segundo examen del régimen comercial de Indonesia realizado por el Consejo los días 29 y 30 de noviembre:
Los miembros del Consejo se han felicitado de que Indonesia haya seguido apli
cando políticas macroeconómicas sanas desde su primer examen, que tuvo lugar en 1990. El crecimiento e c o n ó m i c o real ha alcanzado un promedio anual de más del 6%. La inflación a que dieron lugar las presiones provocadas por los excesos de liquidez en 1990-92 se ha m a n t e n i d o por debajo del 10%. Esta situación ha p e r m i t i d o continuar la liberalización del comercio y las inversiones -aunque de manera más cautelosa- y ha contribuido a la diversificación que tiene lugar actualmente en Indonesia y que consiste en un desplazamiento del sector del petróleo a la producción de manufacturas.
Se han formulado varias preguntas sobre la transición de Indonesia de una estrategia de desarrollo basada en la sustitución de las importaciones a una estrategia basada en el crecimiento impulsado por las exportaciones. Varios participantes se han referido al apoyo brindado por Indonesia a las industrias manufactureras y agrícolas estratégicas y han pedido detalles sobre el alcance y el ritmo de las actividades de privatización. Algunos miembros han hecho hincapié en la necesidad de que Indonesia mejore la transparencia de sus regímenes comercial y de inversiones, que siguen siendo complejos y discrecionales, a pesar de los impresionantes logros alcanzados hasta la fecha.
En su respuesta, el representante de Indonesia ha dicho que se requiere una base ma-croeconómica sólida para asegurarse de que la liberalización del comercio tenga un efecto duradero. Para lograr una orientación al exterior es necesario adoptar medidas de desreglamentación importantes, pero éstas han de aplicarse de modo que se reduzcan al mínimo los trastornos sociales. El representante de Indonesia ha descrito a grandes rasgos el conjunto de medidas adoptadas por Indonesia en materia de comercio e inversio
nes, así como otras medidas de desreglamentación. Se están realizando cambios institucionales para poder aplicar los resultados de la Ronda. La función de las industrias estratégicas, a las que se ha brindado menos apoyo, consiste en establecer una base adecuada de capacidad tecnológica para el futuro. Régimen de importación: Los miembros han reconocido que Indonesia ha reali-
z a d o g r andes progresos en lo que respecta al abandono de un régimen basado en gran medida en las medidas no a-rancela-rias y su s u s t i t u ción por un régimen fun-d a d o principal mente en
la aplicación de aranceles consolidados. La participación de Indonesia en la Ronda Uruguay ha contribuido considerablemente a este proceso. Sin embargo, el promedio general de los aranceles sigue siendo del 20%; la progresividad y dispersión arancelarias han registrado una tendencia ascendente, exacerbada por los recargos a la importación, utilizados frecuentemente como medidas antidumping, y subsisten crestas arancelarias sustanciales.
Algunas delegaciones consideran que la complejidad de las licencias de importación restantes constituye un obstáculo a la importación. Con frecuencia, a la existencia de un régimen de licencias se añaden empresas de comercio de Estado o monopolios, con inclusión de la BULOG, que controla el comercio de productos agropecuarios tales como el arroz. Se ha hecho referencia a las normas aplicadas a las importaciones de carne y las prescripciones en materia de contenido nacional aplicadas a los productos lácteos y se ha valorado positivamente el compromiso de eliminar gradualmente estas últimas en un plazo de 10 años.
El representante de Indonesia ha indicado que las autoridades de su país tienen la intención de reducir aún más los promedios de los aranceles, con inclusión de los aplicados al material de transporte, con lo que también se reducirán las disparidades arancelarias. Los recargos son temporales y se dejarán de uti
lizar para contrarrestar el dumping cuando Indonesia aplique el Acuerdo Antidumping. Se suprimirán los impuestos discriminatorios. Se ha reducido el alcance del régimen de licencias de importación, aunque el Gobierno prefiere utilizar este método para permitir que las industrias nacientes desarrollen economías de escala. Normalmente, en las prescripciones sanitarias y de seguridad se recogen condiciones tales como la fecha de vencimiento indicada por el fabricante. Indonesia se ha comprometido a aplicar los Acuerdos sobre Valoración en Aduana e Inspección Previa a la Expedición; en caso de contradicción en la aplicación de estos acuerdos, prevalecerá el Acuerdo sobre Valoración en Aduana. Indonesia también se ha comprometido a eliminar las medidas no arancelarias en el sector de la agricultura pero, durante el período de transición, la BULOG seguirá estabilizando los precios. Régimen de expor t ac ión : Algunos miembros han formulado observaciones sobre la aplicación por Indonesia de impuestos a las exportaciones de troncos y otros productos. Estas medidas podrían promover industrias de transformación ineficientes y llevar a una mala distribución de los recursos nacionales.
En su respuesta, el representante de Indonesia ha dicho que las prohibiciones están relacionadas sobre todo con las normas, la protección de antigüedades y la preservación de la naturaleza, mientras que la finalidad de los impuestos a la exportación es el desarrollo de industrias de transformación y la conservación de los recursos naturales. Iniciativas regionales: Los miembros han reconocido la importante función desempeñada por Indonesia en la cumbre del APEC que tuvo lugar recientemente, así como las iniciativas que se han tomado con el fin de promover la libertad de comercio y de inversión en Asia y el Pacífico hasta el año 2020. Se ha pedido que se den seguridades de que la aplicación de esas medidas se hará con proyección al exterior, teniendo en cuenta el marco que ofrecerá la OMC.
El representante de Indonesia ha hecho notar que en la Declaración de Bogor figura la decisión de acelerar la aplicación de los compromisos contraídos en la Ronda y emprender la labor encaminada a profundizar y ampliar los resultados de la Ronda. Conclusiones: Los miembros han acogido con satisfacción los considerables progresos realizados por Indonesia en la creación de un entorno macroeconómico estable y la continuación de las reformas en materia de comercio e inversiones. Se han felicitado de la activa participación de Indonesia en la Ronda y de la reciente ratificación por este país del Acuerdo sobre la OMC. Se ha instado a Indonesia a que continúe el programa de reformas que aplica con éxito y, en particular, la reducción de los aranceles elevados y la eliminación de los recargos y distorsiones que podrían entorpecer el desarrollo futuro. Se considera que los exámenes que se lleven a cabo en el futuro de conformidad con los procedimientos de la OMC brindarán útiles orientaciones para seguir realizando progresos en todas las esferas de interés.H
GATT FOCUS
Las Partes Contratantes (Continuación de la página 3)
que era la última vez que se solicitaría una prórroga de esa exención. DIFERENCIAS COMERCIALES: Finalmente se resolvió una cuestión, pendiente desde hace mucho tiempo, relacionada con el informe aún no adoptado del Grupo Especial que se ocupó de la denegación por los Estados Unidos del trato n.m.f. a las importaciones de calzado distinto del de caucho procedentes del Brasil. Los Estados Unidos comunicaron que una disposición incluida en la legislación por la que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay, firmada por el Presidente Clinton, había puesto término a la diferencia de su país con el Brasil sobre esta cuestión.
El Canadá anunció que en 1995 no renovaría la medida de salvaguardia respecto de las importaciones de carne de bovino deshuesada y dijo que confiaba en que las cuestiones relativas a esa medida desaparecerían del orden del día de las futuras reuniones del Consejo. Australia aclaró que nunca había admitido que la medida del Canadá estuviese justificada y que se reservaba los derechos que le correspondían en virtud del Acuerdo General en caso de que se mantuviese dicha medida. El Canadá manifestó preocupación ante lo anunciado recientemente por los Estados Unidos en el sentido de que en el marco del Programa de Fomento de las Exportaciones correspondiente a 1994-95 los Estados Unidos subvencionarían la exportación de aproximadamente 2,6 millones de toneladas de cebada a unos 13 países y regiones. En particular, señaló con preocupación que los Estados Unidos subvencionarían la exportación de unas 50.000 toneladas de ceba-
Consejo General (Continuación de la página 1)
desde el comienzo mismo de la Organización.
Con anterioridad a la reunión del Comité Preparatorio, el Embajador András Szepesi, Presidente de las Partes Contratantes del GATT, comunicó que, tras consultas con las delegaciones, se había pedido al Sr. Peter Sutherland que siguiera desempeñando sus funciones hasta el 15 de marzo de 1995 y que el Sr. Sutherland había aceptado. Por tanto, será el primer Director General de la Organización Mundial del Comercio.
El Embajador Szepesi declaró: "Nos causa una gran satisfacción que el Sr. Sutherland haya dado una respuesta favorable a esta petición. De este modo queda asegurada la continuidad durante los primeros meses de transición del GATT a la OMC. Su decisión facilitará también la elección de su sucesor al dar a los Miembros de la OMC el tiempo necesario para finalizar las consultas durante el Año Nuevo y, de este modo, contribuirá a suavizar la transición en los altos puestos de dirección."
El Sr. Sutherland manifestó el pasado mes de abril su intención de volver a dedicarse a
da forrajera a la República de Corea. El Canadá dijo que, como consecuencia de la medida adoptada por los Estados Unidos, el mercado de cebada de Corea, que todos los años alcanzaba un volumen de 100.000 toneladas, se había reducido a la mitad para los demás exportadores. Australia y Argentina compartían las inquietudes del Canadá.
Las Partes Contratantes decidieron remitir nuevamente al Consejo del GATT los informes de dos grupos especiales. Con respecto al informe relativo a las restricciones aplicadas por los Estados Unidos a las importaciones de atún, los Estados Unidos dijeron que como habían debido centrar sus esfuerzos en la ratificación del Acuerdo sobre la OMC no habían podido terminar el estudio de ese informe. En cuanto al informe sobre los impuestos aplicados por los Estados Unidos a los automóviles, la CE seguía preocupada por la interpretación que había dado el Grupo Especial de las disposiciones del Acuerdo General y las comparaba con las determinaciones del Grupo Especial que se ocupó dé los impuestos aplicados por el Japón a determinadas bebidas alcohólicas. ACUERDOS COMERCIALES: Las Partes Contratantes adoptaron el informe del Grupo de Trabajo sobre los Acuerdos de Libre Comercio de los Estados miembros de la AELC con la República Checa y la República Eslovaca. El Presidente del Grupo de Trabajo, Embajador K. Kesavapany. dijo que los miembros habían reconocido que esos Acuerdos contri-
sus actividades privadas tras la creación de la OMC.
El Comité Preparatorio, en su última reunión, acordó establecer grupos de trabajo encargados de examinar las solicitudes de adhesión a la OMC presentadas por Cambo-ya, la antigua República Yugoslava de Macedonia y Uzbekistán. Por lo tanto, serán cinco los grupos de trabajo sobre la adhesión a la OMC, incluidos los que se ocupan de Croacia y el Sudán. También acordó recomendar al Consejo General de la OMC que los grupos de trabajo existentes en el GATT continuaran su labor como Grupos de Trabajo sobre la Adhesión a la OMC a medida que los gobiernos presentaran sus solicitudes. A este respecto, el Comité Preparatorio convino en que los Grupos de Trabajo del GATT que se ocupaban de la Federación de Rusia y de Ucrania examinaran las solicitudes de adhesión a la OMC que habían presentado estos países.
A principios de enero de 1995 continuarían los trabajos encaminados a solucionar algunas cuestiones pendientes, tales como la conclusión con las autoridades suizas del Acuerdo relativo a la Sede de la OMC, la composición y presidencia del Órgano de Supervisión de los Textiles de la OMC y el alcance del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en particular con respecto a los asuntos relativos a la seguridad social.B!
Una planta de montaje de automóviles: la CE reitera su preocupación frente al informe del Grupo Especial sobre los impuestos aplicados por los Estados Unidos a los automóviles (OIT).
GATT FOCUS Boletín de información Publicado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación del GATT en español, inglés y francés. 10 números por año. Centre William Rappard, 154, rue de Lausanne, 1211 Ginebra 21 Tel. 7395111/Fax: 7395458 ISSN 0256-0119
huirían a intensificar la cooperación económica y las relaciones comerciales entre las partes y que traerían aparejada una expansión del comercio en general. Las partes, apoyadas por varios miembros, estimaron que los Acuerdos eran compatibles con el Acuerdo General, mientras que otros miembros consideraron que cabía plantear algunas preguntas con respecto a su plena compatibilidad con las disposiciones pertinentes del GATT, incluido el artículo XXIV.
BALANZA DE PAGOS: El Sr. Peter Witt (Alemania), como Presidente del Comité de Restricciones a la Importación (Balanza de Pagos), informó acerca de las consultas simplificadas que se habían celebrado recientemente.Dijo que el Comité había valorado la audacia y la sagacidad con que la India había llevado adelante su programa de reformas e-conómicas. Se había observado que si la balanza de pagos seguía registrando una mejora, el objetivo de la India era pasar, para 1996-97, a un régimen en el que se mantendrían las licencias de importación solamente por razones relacionadas con el medio ambiente y la seguridad.El Comité elogió al Pakistán por el programa de reforma, que incluía una liberalización importante del régimen aplicable a las importaciones. También acordó que en el futuro se celebrarían consultas plenas con estos dos países.
APLAZAMIENTO: El Embajador Szepesi a-plazó el quincuagésimo período de sesiones hasta principios de 1995 para elegir la nueva Mesa de las Partes Contratantes en forma coordinada con la designación de la Mesa correspondiente a la OMC. Dijo que ello era necesario habida cuenta de las circunstancias muy excepcionales que se presentarían el año próximo con la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC y la coexistencia de la OMC y el GATT de 1947. •