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NORMATIVA SANITARIA DE LOS ALIMENTOS NORMATIVA SANITARIA DE LOS ALIMENTOS APLICADO POR NUTRICIONISTASAPLICADO POR NUTRICIONISTAS
Lic. J. Yamser Noel TamayoLic. J. Yamser Noel TamayoCNP 2485CNP 2485
Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado con Decreto Supremo N° 007-98-SA.
Cumplimiento Permite Participar de la capacitación completaDesarrollar las evaluacionesContar con una constancia de participante
El incumplimiento ocasionaNo ingresaran a la capacitaciónDecomiso del Equipo Celular Retiro de la capacitaciónDescontar 2 puntos en la evaluación
Normas de ConvivenciaRespeto del horario - Puntualidad Apagar o poner en silencio los CelularesLevantar la mano para efectuar alguna pregunta y/o consulta
LA NORMA JURIDICA
Es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
LEGISLACIÓN ALIMENTARIALEGISLACIÓN ALIMENTARIA“Es el cuerpo legislativo de un país que regula la producción, manipulación, comercialización y control de los alimentos. En vista del desarrollo técnico y la creciente posibilidad de fraudes y adulteraciones, debe ser diseñada en primer lugar para proteger la salud de los consumidores, para protegerlos contra el fraude y las prácticas deshonestas, y para promover unas prácticas justas en el comercio“
* (Definición FAO/OMS).
A. INOCUIDAD ALIMENTARIA: NUEVAS REALIDADES
B. LEY DE INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS
C. AUTORIDADES COMPETENTES
D. COMPIAL
E. REGULACION SANITARIA DE LOS ALIMENTOS
REGULACIÓN EN INOCUIDAD DE LOS REGULACIÓN EN INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS ALIMENTOS
Caso China : Melamina
Inocuidad Alimentaria: nuevas realidades 1) Globalización del sistema alimentario (*)
Se fabrica en Perú y en Colombia y se distribuye al mundo con diferentes nombres.
(*) caso supuesto
Colombia: leche en polvo
Perú: chocolate (cacao), quinua
Argentina: avena, cereales
Estado Unidos: aditivos
Inocuidad Alimentaria: nuevas realidades 1) Globalización del sistema alimentario (*)
(*) caso pulpa de palta procedente de Perú
PRODUCTOR -Perú
FABRICANTE -México
EXPORTADOR-Estados Unidos
CONSUMIDOR-Hong Kong-China
Inocuidad Alimentaria: nuevas realidades 2) La Inocuidad como factor de Competitividad
PGH•BPM•PHS
Inocuidad Alimentaria:
Brotes de intoxicación por alimentos
Cusco: cierran comedor de Universidad San Antonio Abad por intoxicación masiva. Dic 2013Al menos 500 estudiantes se enfermaron. http://elcomercio.pe/mundo/actualidad/cusco-cierran-comedor-universidad-san-antonio-abad-intoxicacion-masiva-noticia-1671622
Empresa pudo retirar menos de la cuarta parte de los productosJapón: Más de 1,700 personas afectadas por consumir congelados con pesticida, Miércoles 08 de enero del 2014 | 12:11 La mayor cantidad de casos de diarreas, vómitos y otros trastornos por comer estos productos se registró en Hokkaidohttp://peru21.pe/mundo/japon-mas-1700-afectados-consumir-comida-congelada-pesticida-2164773
LEY DE INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS.
“ Decreto Legislativo N° 1062” (2008)Reglamento de la Ley
Decreto Supremo N° 042-2008-AG
http://www.digesa.minsa.gob.pe/NormasLegales/Normas/dl_1062-2.pdf
Finalidad*Finalidad*Establecer el régimen jurídico aplicable para garantizar la inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano con el propósito de:1° Proteger la vida y la salud de las personas.2° Reconocer y asegurar los derechos e intereses de los consumidores.3°Promover la competitividad de los agentes económicos involucrados en toda la cadena alimentaria.
* Art. I - Ley de Inocuidad de los Alimentos.
SEGURIDAD DE LOS ALIMENTOS*SEGURIDAD DE LOS ALIMENTOS*• Sólo pueden comercializarse alimentos inocuos.• Se considera que un alimento es inocuo cuando:
- No sea nocivo para la salud.- Sea apto para el consumo humano.- No cause daño al consumidor.
* Art. 7° - Ley de Inocuidad de los Alimentos.
OBJETO DE LA LEY DE INOCUIDAD
• GARANTIZAR LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO A FIN DE PROTEGER LA VIDA Y LA SALUD DE LAS PERSONAS, CON UN ENFOQUE PREVENTIVO E INTEGRAL A LO LARGO DE TODA LA CADENA ALIMENTARIA, INCLUIDO LOS PIENSOS.
“DE LA GRANJA/ MAR A LA MESA”
ALMACENAMIENTO
FABRICACION O INDUSTRIALIZACION
PRODUCCION
TRANSPORTE
COMERCIALIZACION
CONSUMO
piensos
CADENA ALIMENTARIA
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
• Consumir alimentos inocuos, • Información para la toma de decisión,• Protección contra las prácticas fraudulentas, • Protección contra procesos productivos de
alimentos adulterados, contaminados, falsificados, declarados no aptos.
• http://www.digesa.sld.pe/NormasLegales/Normas/Ley-29675.pdf
• La reparación por daños y perjuicios
OBLIGACIONES DE LOS PROVEEDORES
• Cumplir con la normativa sanitaria. • Aplicar los Principios Generales de Higiene del Codex
Alimentarius en la CA.• www.codexalimentarius.org/input/download/standards/23/cxp_001s.pdf
• Responsable de la inocuidad de los alimentos que ofrece al consumidor.
• Brindar información sobre los productos que sea accesible a los consumidores. (ETIQUETADO)
• Ante la presencia de peligros detectados en alimentos puestos en el mercado, adoptar las medidas para reducir los riesgos y notificar a la autoridad sanitaria.
Normatividad SanitariaNormatividad SanitariaDecreto Legislativo N° 1062Decreto Legislativo N° 1062Ley de Inocuidad de AlimentosDecreto Supremo N° 034-2008-AGDecreto Supremo N° 034-2008-AGReglamento de la Ley de Inocuidad de Alimentos
D.S. N° 007-98/SAD.S. N° 007-98/SA: Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas
. R.M. N° 449-2006/MINSA R.M. N° 449-2006/MINSA: Norma Sanitaria para la Aplicación del Sistema HACCP en la Fabricación de Alimentos y Bebidas
R.M. N° 591-2008/MINSAR.M. N° 591-2008/MINSA: Norma Sanitaria que establece los Criterios Microbiológicos de Calidad Sanitaria e Inocuidad para los Alimentos y Bebidas de Consumo Humano.
R.S. N° 019-1981/SA/DVMR.S. N° 019-1981/SA/DVM: Norma para el Establecimiento y Funcionamiento de Servicios de Alimentación Colectivos
R.M. N° 363-2005/MINSAR.M. N° 363-2005/MINSA:Norma Sanitaria para el Funcionamiento de Restaurantes y Servicios Afines.
R.M. N° 451-2006/MINSAR.M. N° 451-2006/MINSA: Norma Sanitaria para la Fabricación de Alimentos a Base de Granos y Otros, Destinados a Programas Sociales de Alimentación
. D.S. N° 012-2006/SA D.S. N° 012-2006/SA: Reglamento de la Ley que dispone la fortificación de harinas con micronutrientes.
Normatividad SanitariaR.M. N° 156-2010/MINSAR.M. N° 156-2010/MINSA: Procedimiento para la recepción de muestras de alimentos y bebidas de consumo humano en el laboratorio de control ambiental de la DIGESA del Ministerio de Salud.
R.M. N° 1020-2010/MINSAR.M. N° 1020-2010/MINSA: Norma Sanitaria para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería.
R.M. N° 222-2009/MINSAR.M. N° 222-2009/MINSA: Norma Sanitaria para el procedimiento de atención de alertas sanitarias de alimentos y bebidas de consumo humano.
http://www.digesa.sld.pe/Expedientes/Leyes-Reglamentos.aspx
http://www.digesa.sld.pe/
Forman parte de la legislación aplicable, por mandato de norma nacional:
“En tanto no se expida la norma pertinente, la fabricación de los alimentos y bebidas se rige por las normas del Codex Alimentarius aplicables al producto o productos objeto de fabricación y, en lo previsto por éste, lo establecido por la Food And Drug Administration (FDA)” (Cuarta Disposición complementaria DS. 007-98-SA)
Ejemplo: Aditivos alimentarios permitidos y los niveles máximos de concentración,
APLICACIÓN DE NORMAS APLICACIÓN DE NORMAS INTERNACIONALESINTERNACIONALES
Norma Norma NacionalNacional
Codex Alimentarius FDA
AUTORIDADES COMPETENTES DE NIVEL NACIONAL
AGRICULTURA - SENASA
PRODUCCIÓN Y PROCESAMIENTO PRIMARIO
SALUD- DIGESA
ALIMENTOS ELABORADO S INDUSTRIALMENTE Y EN SERVICIOS DE
ALIMENTACION COLECTIVA
PRODUCCION- ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA (SANIPES)
piensos
GOBIERNOREGIONAL
•DIRESA/GERESA•DEPENDENCIAS DESCONCENTRADAS DE SALUD, SENASA, SANIPES
Sistema de inocuidad:Vigilancia sanitaria de establecimientos de alimentos, otorgar RS, intervenir en alertas sanitarias, inspección en puntos de ingreso al país, rastreabilidad, monitoreo de peligros, coordinación con niveles nacional y local.
AUTORIDADES COMPETENTES DE NIVEL REGIONAL
http://www.digesa.minsa.gob.pe/NormasLegales/Normas/dl_1062-2.pdf
MUNICIPALIDADES
Vigilancia sanitaria del transporte y la comercialización y expendio de alimentos y bebidas
Transporte. establecimientos
que elaboran, comercializan y
expenden alimentos y
bebidas directamente al
público (mercados, autoservicios, restaurantes, panaderías, bodegas, vía
pública)
AUTORIDADES COMPETENTES DE NIVEL LOCAL
Somos responsables durante cualquiera de las etapas de la cadena alimentaria para garantizar la inocuidad de los
alimentos.
GRACIAS
Lic. Nut. J. Yamser Noel TamayoCNP 2485
Mae. Administración y Dirección de EmpresasGerente General ACSSAPE S.A.C.
Sec. Gral. Consejo Nacional Colegio de Nutricionistas del Perú Cel: RPC 998559808 RPM #949140482
yamser_noel@hotmail.com