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La Industria Minera de México y la Normatividad Ambiental
Octubre, 2014
Arena Sílica
Participación minera
En la historia de México, la industria minera ha sido un ejemplo de empeño y evolución hacia la modernidad. Un sector dinámico que ha contribuido a la construcción de un país más próspero y competitivo.
Participación en la producción mundial
Plata Wollastonita
Bismuto
Fluorita Celestita Cadmio Sulfato de Sodio
Zinc Sal
Diatomita
Molibdeno
Plomo
Barita
Yeso
Oro
Grafito
Manganeso
Cobre
1.- Constitución Política de los EUM 2.- Tratados Internacionales 3.- Leyes Generales 4.- Leyes Federales y Locales Garantía de Legalidad
5.- Reglamentos Federales y Locales 6.- Normas Oficiales Mexicanas
Jerarquía Normativa SJM
Actividad Minera
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Prospección Exploración Factibilidad Construcción y
Desarrollo
Operación de la Unidad Minero
Metalúrgica
Fundición y Refinería
Comercialización
Protección del Medio Ambiente
5 Leyes y sus Reglamentos
Seguridad de los Trabajadores
1 Ley y su Reglamento
Constitución de Sociedades
Mineras Mexicanas
3 Leyes y sus Reglamentos
Manejo de Substancias Explosivas
2 Leyes y sus Reglamentos
Gravámenes a la Minería
2 Leyes y sus Reglamentos
Acceso a la Superficie
1 Leyes y sus Reglamentos
Otras leyes de cumplimiento
obligatorio
13 Leyes y sus Reglamentos
27 Leyes y sus reglamentos en los siguientes temas:
Marco Normativo
Ley Minera Reglamento de la Ley Minera Reglamento para el Aprovechamiento del
Gas Asociado al Carbón
9 Normas Oficiales Mexicanas de Aplicación Exclusiva a la Minería
7 Normas Oficiales Mexicanas de Protección Ambiental 2 Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad en Minas
Etapas del desarrollo minero
Legislación ambiental
I. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y sus Reglamentos en materia de:
• Impacto ambiental
• Áreas naturales protegidas
• Prevención y control de la cont. de la atmosfera
• Registro de emisiones y transferencia de contaminantes
• Autorregulación y auditorias ambientales
• Ordenamiento Ecológico
Reglamento de la LGEEPA
Artículo 5, inciso L) EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO DE MINERALES Y SUSTANCIAS RESERVADAS A LA FEDERACIÓN:
I.- Obras para la explotación de minerales y sustancias reservadas a la Federación, así como su infraestructura de apoyo.
II.- Obras de exploración, excluyendo las de prospección gravimétrica, geológica superficial, geoeléctrica, magnetotelúrica, de susceptibilidad magnética y densidad, así como las obras de barrenación, de zanjeo y exposición de rocas, siempre que se realicen en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos o templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinares, ubicadas fuera de las áreas naturales protegidas.
III.- Beneficio de minerales y disposición final de sus residuos en presas de jales, excluyendo las plantas de beneficio que no utilicen sustancias consideradas como peligrosas y el relleno hidráulico de obras mineras subterráneas.
Impacto Ambiental
Artículo 28.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental.
III.- Exploración, explotación y beneficio de minerales (Ley Minera);
VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, selvas y zonas áridas;
XI.- Obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación;
Si se maneja alguna substancia enlistada (actividad considerada altamente riesgosa), acompañando a la MIA se deberá presentar:
UN ESTUDIO DE RIESGO
Reglamento de la LGEEPA
Artículo 18.- El estudio de riesgo consistirá en incorporar a la manifestación de impacto ambiental la siguiente información: I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los
riesgos ambientales relacionados con el proyecto;
II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso, y III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental.
LGEEPA, proceso de impacto
Artículo 31.- La realización de las obras y actividades a que se refieren la fracción III del artículo 28, requerirán la presentación de un informe preventivo (IP) y no una manifestación de impacto ambiental, cuando:
I.- Existan NOM´s u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades;
Legislación ambiental
II. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.
III. Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.
IV. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento.
Fases de la minería y la legislación ambiental
Exploración
Explotación
Informe Preventivo LGEEPA y Reglamento en
materia de impacto ambiental
Prevención, protección y restauración
del ambiente NOM-120-SEMARNAT-2011, Exploración minera
Impacto Ambiental LGEEPA y Reglamento en
materia de impacto ambiental
Cambio de Uso LGDFS
de Suelo
Manejo de Residuos LGPGIR
Beneficio
Permisos para uso de agua.
Permisos para descarga de aguas residuales.
Emisiones a la atmósfera.
Permiso en áreas naturales protegidas.
Impacto Ambiental LGEEPA y Reglamento en
Estudio de Riesgo materia de impacto ambiental
Lixiviación de oro y plata NOM-155-SEMARNAT-2007
Lixiviación de cobre NOM-159-SEMARNAT-2011
Control de residuos NOM-141-SEMARNAT-2003
mineros NOM-157-SEMARNAT-2009
Remediación de suelos NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004
Más
Fases de la minería y la legislación ambiental
Normas Oficiales Mexicanas para la protección ambiental
1. NOM-120-SEMARNAT-2011 de exploración minera directa. 2. NOM-141-SEMARNAT-2003 para construcción y operación de jales. 3. NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004 para la remedición de suelos. 4. NOM-155-SEMARNAT-2007 de lixiviación de minerales de oro y plata. 5. NOM-157-SEMARNAT-2009 de planes de manejo de residuos mineros. 6. NOM-159-SEMARNAT-2011 de lixiviación de cobre. 7. NMX-AA-132-SCFI-2006 de muestreo de suelos.
NOMs para minería
NOM-120-SEMARNAT-2011
Que establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de exploración minera directa, en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos.
NOM-120-SEMARNAT-2011
Medio ambiente
La minería responsable es una industria sustentable. Atiende las normas nacionales y los estándares internacionales que garantizan el cuidado y protección del medio ambiente antes, durante y después de sus operaciones
En 2013, las inversiones medioambientales en México, ascendieron a 1,372 millones de pesos. En los últimos 8 años se han plantado más de 15.4 millones de árboles, 17 áreas de protección de flora y fauna en todo el país son atendidas por el sector minero
- 100 empresas mineras participan en el Programa de Industria Limpia de la PROFEPA