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Sección de Sanidad Ambiental
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“Jornada de presentación del Programa de Vigilancia Sanitaria de
piscinas 2015 ”
Teresa Ferrer GimenoJefa de Sección
8 de mayo, Pamplona, ISPLN13 de mayo, Tudela, Mancomunidad de la Ribera
15 de mayo, Estella, Mancomunidad de Montejurra.
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RESPONSABILIDADES GENERALESLey 14/1986, General de Sanidad:
actividades que afecten a la salud deben controlarse por Administración
Ley 33/2011, General de Salud Publica:protección de la salud es obligación de la Administración
Ley 10/1990, Foral de Salud:Administración de la CF desarrollara actuaciones de salud publica en el uso recreativo del agua
RD 742/2013:Programa de vigilancia de piscinas (30 años)personal con formación que le capacite (OM) 11 noviembre de 2015
DF 123/2003 y 20/2006:piscina de uso colectivo con personal técnicamente capacitado para responsabilizarse del control diario de la calidad del agua y cumplimentar LRCS
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RESPONSABILIDADES DEL PROGRAMA
Titular : (Gestor)comunicar apertura a autoridad competente (declaración responsable) cumplir la normativaregistrar el autocontrol, incidencias, incumplimientos y medidas correctoras
Administración competente (ISPLN/Aytos)facilitar a los titulares una guía para:
diseño del programa de autocontrol de piscinasprograma de vigilancia sanitaria de las piscinas para su ámbito territorial (pagina Web)
establecer medidas de vigilancia (ISPLN/Aytos/PF)
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RESPONSABILIDAD TITULARES/GESTORES
Los titulares son responsables:pueden delegar el mantenimiento diario a miembros del equipo con habilidades apropiadasel titular siempre tiene la ultima responsabilidad
El personal de mantenimiento debe:tener habilidades y estar formado adecuadamenteser capaz de comprender las operaciones de la piscina para ser capaz de adoptar medidas correctoras
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RD 742/2013
Titular:comunicar la apertura AS antes de su entrada en funcionamiento
asegurar correcto funcionamiento: formacióncumplir las exigencias de las normas
registrar los datos relativos al autocontrol y situaciones de incidencias e incumplimiento, con las medidas correctoras adoptadas
AS:poner a disposición de los titulares, una guía o programa de vigilancia sanitaria de las piscinas para su ámbito territorial
efectuar medidas de vigilancia: ISPLN/PF
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MOTIVACION
Riesgos:ahogamientosmicrobiológicosquímicosfísicos
Actuaciones:vigilanciagestión de la calidad del aguagestión de calidad del airecontrol de parámetroscorrecta limpiezaoperaciones de mantenimiento
Normativa:estatalforal
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AHOGAMIENTOS POR SUMERSIÓN
Muerte por incapacidad de respirar por inmersión en liquidoUna de las causas principales de muerte en el mundoLa tasa de recuperación de ahogamiento sin resultado de muerte es menor entre niñosEl pronóstico varia en función de la eficacia de la RCPLa mayoría se produce en piscinas privadas cuando se asume que el menor no esta allíRelación con ingestión de alcoholAtrapamiento de partes del cuerpo
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INFORME OMS AHOGAMIENTOS 2014
372000 personas mueren ahogadas cada añomás de la mitad de las victimas de ahogamiento tiene menos de 25 años hombres tienen doble probabilidad de ahogarse que mujeresahogamiento es una de las 10 principales causas de muerte en personas de 1-24 años (1-4)tasas : España < 1.3 por 100.000, Francia 1.3-3.9 (declaración?)mundial: tercera causa de muerte en niños (meningitis y VIH)
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RIESGOS MICROBIOLOGICOS
Relacionados:con contaminación fecal del aguadesinfección insuficiente o nula
Microorganismos mas frecuentes:Cryptosporidium: diarrea (brotes)Pseudomonas: otitis y conjuntivitisLegionella: neumoniaMoluscum contagiosum: verrugas
Importancia de medidas higiénicas:ducha previauso del bañocambio pañalesusuarios enfermos respetar plazos
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RIESGOS QUIMICOS
Procedencia:agua de aporteproductos químicos: desinfectantes y subproductosusuarios: jabón, cosméticos, aceites
Vías de exposición:ingestión
inhalación
contacto dérmico
Dosis de productos:adecuadassin excesos
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RIESGOS FISICOS
Accidentes:diseño inadecuado de las instalacionesuso inadecuado por usuarios: trampolines y palancas
Clasificación según la causa:lesiones traumáticas leves:
caídas, resbalones: certificado antideslizamientoheridas y cortes: mantenimiento
traumatismos graves:fracturaslesiones vertebrales por zambullidas
Prevención:cumplimiento por parte de los usuarios de las normas de seguridadReglamento de Régimen Internoadvertencias de seguridad del personal (UNE)
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PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTROLCalidad del agua:
bañistascondiciones ambientalesproductos químicos
Calidad del aire:CO2 cubiertas
Diseño y mantenimiento:resbaladicidadmateriales
Reglamento interno : usuario que utilice correctamente las instalacionescarteles de advertencia
Operador:vigilar y corregirregistrar
Socorristas :conductas peligrosasahogamientos (regla del 3)
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INFORMACIÓN AL P ÚBLICO
Resultados de controles por vaso (fecha y hora) Incumplimientos, medidas correctoras y recomendaciones sanitarias para los usuariosPrevención de ahogamientos, traumatismos craneoencefálicos y lesiones medulares Protección solar Sustancias químicas del tratamientoExistencia o no de socorristaDirecciones y teléfonos de centros sanitariosNormas de utilización de la piscina y derechos y deberes de usuarios
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PROTOCOLO DE AUTOCONTROL
Obligatorio para el titular de la piscina Disponible para el personal de mantenimiento y la autoridad competenteActualizado con la frecuencia necesaria Compuesto de los siguientes aspectos:
tratamiento y control del aguaoperaciones de mantenimiento
limpieza y desinfección
seguridad y buenas prácticasplan de control de plagas
gestión de proveedores y servicios
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INCUMPLIMIENTOS Y CIERRES
Obligaciones del titular:investigar inmediatamente el motivoadoptar medidas correctoras comprobar corrección comunicar a usuarios y AC
Cierres del vaso:riesgo inminente para la salud de los usuarios según titular o ACcondiciones de cierre del vaso según parámetros del anexo I (RD 742)presencia en el agua de heces o vómitos u otros residuos orgánicos visiblessocorrista
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INCIDENCIAS
Situaciones de incidenciaahogamientos (sobrevive tras inmersión)ahogamientos con muerte (24 horas)
lesiones medulares
traumatismos craneoencefálicos quemaduras graves
electrocución
intoxicación por productos químicos otras
El titular deberá investigar las causas y adoptar medidas
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INCIDENCIAS EN NAVARRA 2014
Declaradas 7 en la campaña:1 corte dedos
1 perdida consciencia al salir del vaso
1 herida inciso-contusa frente en ”scalp”2 ahogamientos sin muerte
1 ahogamiento con muerte (privada)
1 infarto con fallecimiento
Remitidas al MSSSI:en el plazo de un mes
según art 13 del RD 742/2013
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CAMPAÑA 2014
ISPLN PAMPLONA TUDELA TOTAL
PISCINAS 222 31 10 263
VASOS CUBIERTOS 36 22 4 62
VASOS DESCUBIERTOS
421 53 16 490
VASOS MIXTOS 16 5 16 21
TOTAL VASOS 473 80 20 573
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TIPOS DE VASOS
53%36%
8% 2%1%
0%
recreochapoteoenseñanzaludicodeportivootros
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TIPOS DE USO
77%
23%
colectivorestringido
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USO COLECTIVO
Tipos de Uso
Uso Colectivo
Cubierto 37
Descubierto 320
Mixto 17
Total 374
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USO RESTRINGIDO
Uso restringido
Cubierto 6
Descubierto 113
Mixto 1
Total 120
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CALIDAD DEL AGUA ISPLN 2014Con el fin de conocer la calidad del agua de los vasos en las instalaciones inspeccionadas se procedió a la toma de muestras de agua de los vasos descubiertos además del resto de requisitos normativosSe levantaron actas en todas las instalaciones inspeccionadas, por incumplimientos detectados en las mismas o para dejar constancia de la visita a la instalación y de la toma de muestras de agua de los vasos.Se recogieron 95 muestras de agua que se analizaron en el laboratorio del ISPLN y del Ayuntamiento de Pamplona (acido isocianúrico y DMH)En relación a los resultados:
todas las muestras analizadas cumplían los parámetros de calidad microbiológicaen relación con la calidad físico química se detectaron incumplimientos en 9 vasos:
oxidabilidad, pH, aluminio, CYS
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APOYO A TITULARES Y OPERADORES
Jornada titulares: tras publicación del Real Decreto 742/2013, de 17 de septiembre, en marzo de 2014 se convoco a los titulares y/o gestores de todas las instalaciones descubiertas a una jornada informativa de presentación del nuevo RD Curso operadores: Cualificación
al inicio de la temporada se impartió un curso para Operadores de Piscinas con un total de 15 horas de duración, 5 de ellas prácticas.al finalizar del mismo se realizo un test de evaluación y se entregó a los asistentes que lo superaron (10 puntos sobre 20) un certificado de aprovechamiento. dada la alta demanda que se produjo para asistir al mismo, se celebraron cuatro ediciones 3 en Pamplona y 1 en Tudela, con un total de 187 asistentes. destacar los buenos resultados obtenidos, ya que todos los asistentes superaron el test de aprovechamiento con una media superior a 17 puntos sobre 20 posibles
Jornada presentación Programa 2014:Pamplona, Tudela, Estella.
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EXPEDIENTES SANCIONADORES25 expedientes (9.5 %)
9 ISPLN15 PF1 Ayuntamientos
Varios requerimientos:DESAcertificadoProfundidadesKit no norma UNE
Motivos:7 no registro de parámetros4 no exposición análisis3 señalización profundidad2 bombona oxigeno vacía2 reforma sin informe1 sin declarar funcionamiento1 sin tabla rígida1 apertura fuera horario1 sin turbidímetro1 vestuarios deficiente limpieza1 ausencia escaleras1 ausencia cloro
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
El criterio consolidado es que la Administración aparece como la responsable de cualquier eventualidad que ocurra y que, directa o indirectamente, cercana o remotamente, se pueda vincular con el servicio público Comenzado el período estival y la época de mayor uso de las instalación la responsabilidad de la Administraciones se fundamenta en un criterio de solidaridad social, y de riesgo compartidoLos resultados perjudiciales de la actuación u omisión de la Administración no recaen sobre los patrimonios individuales de los particulares si no que deben ser asumidos por ella
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SENTENCIA TSJ C-L 2007Estima la responsabilidad patrimonial y condena al ayuntamiento y a la entidad mercantil a indemnizar a la actora por daños y perjuicio por el fallecimiento de su hijoEl modo en la socorrista prestaba su servicio, sentada en una silla no es el más adecuado y eficaz para hacer frente a sucesos como el del rescate del fondo de la piscina de una persona inmóvil boca abajoAl extremo de que fue una niña y no la propia socorrista, la que se percatóde que algo no iba bien, dando la señal de alarma, lo que pone de manifiesto que desde su posición la socorrista no veía el fondo, con grave descuido en el desempeño de su laborLa causa de la muerte fue la asfixia por sumersión, por un funcionamiento incorrecto de los servicios públicos municipales ya que teniendo la piscina varios espacios, para todos ellos había únicamente una socorrista que, bien sea debido a la aglomeración de público en ese día, bien porque desde donde vigilaba no alcanzaba a inspeccionar todos los lugares del complejo deportivo, no se dio cuenta del percance y el hijo del actor falleció por no ser rescatado a tiempo del agua Todo ello pese a que la piscina cumplía con el Decreto 177/1992, aunque no con el fundamento de la norma que no es otro que el de garantizar la seguridad y control de todas las instalacionesSe reduce la indemnización solicitada por entenderse que se produjo una concurrencia de culpas al no advertir la víctima de su enfermedad (epilepsia) al socorrista y conducirse por ello de forma imprudente
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SENTENCIA TSJ CATALU ÑA 2006Desestima la reclamación patrimonial por la lesiones sufridas en el tobogán de una piscinas municipalesLa demanda relata que dicho día, hallándose el recurrente en el tobogán de la piscina municipal, al estar la barandilla y el inicio de la rampa mojados, resbaló y perdió el equilibrio, causándose lesiones por las cuales reclama ser indemnizadoEn el presente caso, según se explica en la sentencia, consta en el expediente administrativo un parte de accidente del socorrista de la instalación, según el cual el recurrente se puso de pie en el tobogán y pese a ser advertido de lo peligrosos de su acción, hizo caso omiso Tal informe no fue desvirtuado por el recurrente, por lo que a Sala estima que el resultado se debióa la propia conducta inadecuada del recurrente.
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SENTENCIA 2008 TS
D. Rodrigo había solicitado una indemnización argumentando que resultótetrapléjico mientras nadaba en la piscina municipal de Benalmádena, por causa del incumplimiento de las más elementales obligaciones del socorrista que no impidió la entrada en la piscina a determinados menoresNo evitó tampoco que uno de ellos se lanzase "en forma de bomba" encima suyo cuando se encontraba nadando, permitiendo además que, cuando nada más recibir el golpe y ya presentaba síntomas que podían poner de manifiesto una afectación de la columna vertebral, fuese sacado del agua sin ningún cuidado y sin ninguna preparación por otros menores que tiraban de él. Los hechos probados ponen claramente de relieve la omisión por parte del socorrista de medidas de atención y cuidado respecto a las conductas claramente peligrosas y temerarias que de forma habitual venían realizando ciertos bañistas y que eran consentidas por aquel, incluso no estando presente en la propia piscina como era su cometidoEsa omisión es la causa eficaz y determinante del resultado lesivo producido, lo que comporta que quede acreditada la concurrencia de los requisitos definidores de la responsabilidad patrimonial de la AdministraciónEl Tribunal admite que la causa inmediata de las lesiones fue consecuencia de la acción de otro bañista, peligrosa y negligente, si bien lo relevante en estos casos es la negligencia del socorrista municipal, por permitir una práctica de baño inadecuada y no ejercer de manera adecuada las funciones de vigilancia
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SENTENCIA COLEGIO 2014Un juez ha procesado a tres trabajadores de un colegio como presuntos responsables de un delito de homicidio por imprudencia grave por el ahogamiento de un niño en una piscina del centro escolar el verano de 2013. Los hechos ocurrieron durante la Escuela de Verano del centro escolar. El menor, de cuatro años y medio, fue a bañarse a la piscina con un grupo de niños junto a su profesora y la auxiliar del aula. Su profesora regresó al aula a quedarse con otros cuatro niños que no querían bañarse.En un momento determinado, el pequeño fue visto inmóvil y flotando boca abajo en la piscina. Aunque le realizaron de inmediato las maniobras de reanimación con la ayuda de su padre, también trabajador del centro, el pequeño fallecióSegún el auto, ninguno de los niños que se estaban bañando llevaba manguitos. La piscina tenía 112 centímetros de profundidad en la zona honda, mientras que el menor en cuestión medía 108 centímetros. La autopsia dictaminó como causa de la muerte "anoxia encefálica causada por asfixia por sumersión".En la matrícula para la Escuela de Verano del colegio no se preguntaba a los padres si sus hijos sabían nadarSiempre según el auto, la auxiliar de aula y el monitor, cuidadores directos del menor, "no tomaron las medidas de precaución necesarias en la vigilancia y cuidado del niño". También el responsable de la actividad de piscina en el colegio ha sido procesado por incurrir en imprudencia grave al no establecer un sistema adecuado para garantizar el conocimiento del "riesgo que entrañaba" que niños de tan corta edad realizaran la actividadTambién señala que pueden ser responsables civiles de este hecho el centro escolar y la compañía aseguradora con la que el colegio tenía suscrita póliza de responsabilidad civil
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NOTICIA RECIENTE
Una joven de 16 años muere ahogada en una piscina en Oropesa del Mar 05/04/2015. La causante es una rejilla redonda de once centímetros de diámetro, que saltó a pesar de estar sellada y dejó al descubierto la salida de agua donde quedó atrapada la víctimaEl suceso tuvo lugar cuando un socorrista de la piscina del balneario avisó a los servicios de emergencia de que una chica presentaba síntomas de ahogamiento Al parecer, la joven, de 16 años y residente en Madrid, quedó atrapada en un brazo mientras buceaba y los servicios médicos intentaron, sin éxito, practicarle una reanimación cardiorrespiratoria, según fuentes de la Guardia Civil y del CICU
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JORNADA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA OPERADORES DE PISCINAS
Abril 2015
Operaciones de descarga de mercancías peligrosas
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Operaciones de descarga de mercancías peligrosas
Procedimiento de descarga : Comprobaciones a realizar para minimizar los riesgos (exigido por normativa).Adaptado a cada instalación, personal, mercancías recibidas, etc.
Fases :Acciones iniciales (antes de la llegada de las mercancías peligrosas).Acciones previas a la operación de descarga.Acciones durante la operación de descarga.
Acciones posteriores a la operación de descarga.
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Operaciones de descarga: Check-List
Ayuda para la comprobación rápida de verificaciones a
efectuar.
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Exención por cantidades (1.1.3.6 ADR)
Consecuencia directa de no poder acogerse a esta exención:
Designación de Consejero de Seguridad
• Obligaciones y requisitos del Consejero :– Debe contribuir a la prevención de riegos : asesorar, revisar
procedimientos, etc.– Puede designarse cualquier persona , de la propia empresa o
externa. – En todo caso, con certificado específico habilitante
(superación de examen).
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David Carabantes BernalJefe de la Sección de Seguridad Industrial
del Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industri al
JORNADA PRL OPERADORES DE PISCINASAlmacenamiento de productos químicos (APQ)
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El proyecto podrá sustituirse por un escrito firmado por el propietario del almacenamiento o su representante legal , en el que se haga constar los productos que se van a almacenar, las características de los mismos y la descripción del almacén, así como los medios de protección de que se va a disponer, los cuales, en todo caso, deberán cumplir, como mínimo, lo establecido en la su ITC correspondiente.
Comunicación instalaciones
Instalaciones que no precisan proyecto
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Reglamento APQ
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Y AHORA A TRABAJAR …
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Gracias por su atención
Instituto de Salud P ública y Laboral de NavarraSección de Sanidad Ambiental
C/ Leyre, 1531003 Pamplona
� 848 423562; 848 423459
� 848 428504ispsanam@navarra.eswww.cfnavarra.es/isp