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Variables consideradas por las entidades financieras en la concesión de operaciones.Perspectiva de la Banca.
Pablo MugicaBeatriz García Velasco
13 de Diciembre de 2011
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Contenidos
Conocimiento de la función de riesgo de crédito
Límites regulatorios
Admisión y Seguimiento de Riesgos
• Definición de riesgo de crédito y de concentración
• Necesidades de capital
• Organización de la función de riesgo de crédito dentro de una entidad financiera
• Proceso de admisión
• Provisiones• Concentración
• Políticas de precios
• Seguimiento de operaciones
Impacto de las adjudicaciones y refinanciaciones• Adjudicaciones y daciones en pago
• Refinanciaciones
• Requerimientos del regulador en los procesos de concesión
• Análisis de operaciones/riesgos
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Contenidos
Conocimiento de la función de riesgo de crédito
Límites regulatorios
Admisión y Seguimiento de Riesgos
• Definición de riesgo de crédito y de concentración
• Necesidades de capital
• Organización de la función de riesgo de crédito dentro de una entidad financiera
• Provisiones• Concentración
Impacto de las adjudicaciones y refinanciaciones• Adjudicaciones y daciones en pago
• Refinanciaciones
• Requerimientos del regulador en los procesos de concesión
• Proceso de admisión
• Políticas de precios
• Seguimiento de operaciones
• Análisis de operaciones/riesgos
© 2011 Deloitte S.L.4 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Definición de riesgo de crédito y de concentración
Posibilidad de que una entidad incurra en pérdidas de valor como consecuencia de que el nivel de su inversión (crediticia, financiera, o de cualquier otro tipo) en determinados sectores de actividad, áreas geográficas, o grupos económicos, determine una excesiva dependencia respecto a la evolución de alguno de los elementos citados.
Riesgo de
crédito
Riesgo de
concen-tración
Posibilidad de que una entidad incurra en pérdidas de valor como consecuencia de que los clientes incumplan sus obligaciones de pago, derivadas de cualquiera de los productos comercializados por la misma. Sus características principales son:
• Puede surgir como consecuencia de préstamos directos• Puede ser gestionado a través del establecimiento de límites y de unos
modelos de concesión de préstamos adecuados• Puede ser eliminado o mitigado a través de cobertura con instrumentos
derivados de crédito y titulizaciones • Las pérdidas potenciales son conocidas y se limitan al importe del principal y
de los intereses, sólo de los intereses, etc., dependiendo del tipo de producto de que se trate
© 2011 Deloitte S.L.5 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Organización de la función de riesgo de crédito dentro de una entidad financiera – Características generales
• Base fundamental para salvaguardar la solidez financiera y patrimonial de cualquier entidad financiera
• Tiene como labor principal controlar los distintos riesgos a los que se enfrenta la entidad para que estos se adecúen a los perfiles y niveles previamente definidos (especialmente, el riesgo de crédito, que es el de mayor relevancia)
• La función de riesgos suele estar centralizada, con el fin de facilitar una aplicación unificada de las políticas, criterios y procedimientos en toda la actividad de la entidad
Consejo de Admón./ Comisión Ejecutiva
Admisión Seguimiento Validación ModelosRecuperaciones
Comité de Riesgos
Riesgo de Crédito
Control y Medios
Dirección General
Ejemplo
ilustr
ativo
1
2
3
Consejo de Admón../ Comisión
Ejecutiva
Dirección General
Red Empresas e Institucional
Control y Medios Red Minorista y Expansión
Comunicación y Relaciones
Institucionales
Tesorería RRHH Riesgo Crédito Intervención
Asesoría Jurídica
Marketing
Auditoría Interna
© 2011 Deloitte S.L.6 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Organización de la función de riesgo de crédito dentro de una entidad financiera – Procesos de Supervisión
Dada la relevancia de la función de riesgo de crédito, esta área está sujeta a la supervisión de diversos organismos, tanto internos como externos:
Auditoría Externa
Auditoría Interna
Auditorías del Banco de España Consejo de Admón./
Comisión Ejecutiva
Admisión SeguimientoValidación Modelos
Recuperaciones
Comité de Riesgos
Riesgo de Crédito
Control y Medios
Dirección General
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Conocimiento de la función de riesgo de crédito
Límites regulatorios
Admisión y Seguimiento de Riesgos
• Definición de riesgo de crédito y de concentración
• Necesidades de capital
• Organización de la función de riesgo de crédito dentro de una entidad financiera
• Provisiones• Concentración
Impacto de las adjudicaciones y refinanciaciones• Adjudicaciones y daciones en pago
• Refinanciaciones
• Requerimientos del regulador en los procesos de concesión
• Proceso de admisión
• Políticas de precios
• Seguimiento de operaciones
• Análisis de operaciones/riesgos
© 2011 Deloitte S.L.8 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Admisión y Seguimiento de Riesgos – Proceso de Admisión
El Consejo de Administración es el máximo responsable de la aprobación de políticas, procedimientos y objetivos de la entidad, así como de la toma de decisiones clave de la gestión del riesgo de crédito
2
1
3El área de Riesgo de Crédito es responsable de la aprobación de operaciones dentro de sus atribuciones y en base a un esquema de delegación, así como de la gestión diaria del riesgo de crédito en sus distintas fases (admisión, seguimiento y recuperaciones).
El Consejo de Administración delega parte de sus funciones en órganos dotados de mayor especialización y disponibilidad. El Comité de Riesgos revisa y analiza las propuestas de riesgos que posteriormente pasarán a la Comisión Ejecutiva o al Consejo.Asimismo, es el órgano específico que fija y valida las políticas y criterios a seguir en cuanto a la asunción de riesgos
Consejo Admón.
Comité de Riesgos
Analistas Riesgos
Oficina
Proceso de decisión
No
rma
de d
elega
ción
© 2011 Deloitte S.L.9 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Admisión y Seguimiento de Riesgos – Análisis de operaciones/riesgos (I)
• El análisis de las operaciones constituye un componente necesario para su admisión. Es necesario establecer unas políticas y pautas comunes para realizar un estudio previo de las operaciones solicitadas de forma que este quede adecuadamente soportado y sea homogéneo en toda la entidad
• Ha de mantenerse una actitud rigurosa en la obtención y el estudio de la información necesaria para el análisis de las operaciones, siendo asimismo necesario mantener en el expediente un soporte documental adecuado de la información utilizada
• El análisis debe realizarse en función de la tipología de la operación propuesta lo que a su vez determina aquellos aspectos que deben ser fruto de estudio con mayor o menor profundidad
Datos cliente Datos operación
solicitada Grado de relación
con la entidad Información
externa
Criterios Análisis de Riesgos
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Admisión y Seguimiento de Riesgos – Análisis de operaciones/riesgos (II)
Clase ImportePlazoFinalidad
NombreCIFActividadAccionariadoAntigüedad actividadAntigüedad del clientePertenencia a un Grupo
EconómicoEEFF analizados (fecha,
auditoría, IS, etc.)
Capacidad de generación de fondos
Situación financieraSolvenciaEndeudamiento
bancarioRating / Scoring
GarantíasComisiones Interés
Experiencia en riesgos anterioresGrado de participación (relación)Rentabilidad global
Referencias de proveedores (Asneff, Informa, Credit Bureau)
Referencias bancarias Informes sectorialesPrensa
Variables cuantitativasVariables cualitativas
Información externa
Relación con la entidad
Datos de la operación
Datos del cliente
Viabilidad
Garantías suficientes
Referencias externas favorables
Experiencia anterior favorable
Características operación/ cliente
DE
CIS
IÓN
1
4
3
2
1
2
3
4
5
ADMISIÓN/ DENEGACIÓN OPERACIÓN
Rating / Scoring
6
6
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Admisión y Seguimiento de Riesgos – Políticas de Precios
La responsabilidad de fijar las políticas de precios suele recaer de manera conjunta en el Área de Crédito y el Área Financiera de la entidad. El mecanismo para la fijación conjunta de precios por estas dos áreas es el siguiente:
• El Área de Crédito y el Área Financiera establecen, de manera coordinada, un rango de precios para cada tipología de operaciones y segmentos, consensuado con la Red Comercial. Dicho rango de precios ha de ser validado por el Comité designado al efecto (normalmente, el denominado Comité de Activos y Pasivos)
• La Red Comercial se encarga de gestionar los precios de las operaciones que siempre deberán estar comprendidos en los rangos mencionados anteriormente. No obstante, cuando la Red pretende fijar un precio cercano al límite inferior del rango se requiere la autorización por parte de un nivel de decisión superior (i.e. Área de Riesgos)
Variables relacionadas con el
precio
Tipo de interés
Comisiones
Márgenes
Rentabilidad real y potencial del cliente y
su grupo
Criterios analizados para la fijación de precios
Precios de contratación
presupuestados
Rentabilidad ajustada al riesgo (RAROC)
Ofertas de la competencia
Recomendaciones del gestor
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Admisión y Seguimiento de Riesgos – Seguimiento de operaciones (I)
Objetivos
• Identificación temprana del deterioro de la calidad crediticia del/los solicitantes que puedan conllevar situaciones de impago futuro de sus operaciones
• Actuación rápida para minimizar las posibles pérdidas que se pudieran originar como consecuencia de dichas situaciones
• Mejora o mantenimiento de la calidad del riesgo asumido
• El seguimiento del riesgo vivo dentro de un modelo integral de gestión del riesgo crediticio se presenta como una función de máxima relevancia. La incidencia de factores cambiantes en el tiempo, que pueden ser tanto externos (ciclo económico, evolución sectorial, competencia, etc..) como internos (propios del cliente), influyen de forma permanentemente en la calidad de la inversión crediticia. Por ello, las entidades han de contar con un sistema capaz de detectar la influencia de dichos factores en cada momento, con objeto de proceder a una evaluación continua del riesgo asumido
Vertientes a cubrir
• Seguimiento de clientes• Seguimiento de operaciones• Seguimiento de productos• Seguimiento de carteras• Seguimiento de unidades (Oficinas, Zonas)
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Admisión y Seguimiento de Riesgos – Seguimiento de operaciones (II)
Caracte-rísticas
• Genera avisos de alertas que requieren una acción inmediata (alertas reactivas): impagados relevantes, entrada en concurso de acreedores, etc.
• Ofrece una visión agrupada a nivel de cliente
• Las distintas alarmas están jerarquizadas e interrelacionadas, permitiendo la clasificación de los clientes en relación a estas alarmas
• Las alertas tienen un alto poder predictivo, posibilitando la valoración sobre la situación del cliente y sus riesgos y el establecimiento de un Plan de Acción sobre cada uno de los acreditados analizados
• Con carácter general, las entidades realizan el seguimiento del riesgo crediticio a través del sistema de alertas. Dicho sistema informa de determinadas situaciones de riesgo u operativas que afectan a los clientes, facilitando a sus responsables los instrumentos de control y resolución necesarios para poder efectuar el seguimiento continuado de los riesgos
Tipos de alertas
• Impagados vs Predictivas
• Manuales vs Automáticas
• Internas vs Externas
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Admisión y Seguimiento de Riesgos – Seguimiento de operaciones (III)
Tipos de alertas -
Definiciones
• Impagados: Son alertas ex-post. Se basan en el acaecimiento de un hecho concreto ya ocurrido y frente al que la entidad no tiene otra opción más que tomar nota (incidencias en contratos, en CIRBE, etc.)
• Predictivas: Son alertas ex-ante. Se relacionan con datos indicativos que presenta el cliente o cliente/operación y al que se le da relevancia en un sentido o en otro (ej. bajada de rating)
• Manuales: Han de ser alimentadas manualmente por las distintas instancias, fundamentalmente oficinas y seguimiento de Riesgos
• Automáticas: Son calculadas de modo directo por el sistema en base a los datos que extrae de las distintas aplicaciones con las que cuenta la entidad
• Internas: Se obtienen gracias a datos contenidos en los propios sistemas de la entidad, y están referidas a las operaciones que el cliente realiza con la misma. Pueden agruparse por categoría de producto (Préstamos y créditos, Descubiertos, Impagados...)
• Externas: Proceden de BBDD externas y se refieren a hechos o situaciones ajenas a las operaciones que el cliente tiene con la entidad. Se agrupan por la fuente de información de la que se obtienen (CIRBE, RAI, Credit Bureau, Incidencias Judiciales...)
2
1
3
Ejemplo ilustrativo
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Admisión y Seguimiento de Riesgos – Seguimiento de operaciones (IV)
Clasifica-ción de clientes/ opera-ciones
• En estudio: clientes que han entrado automáticamente en seguimiento por recibir alarmas y que están pendientes de estudio y su posterior clasificación
• No vigilar: clientes con gravedad mínima• Verde: clientes con gravedad baja tras el estudio realizado por Seguimiento• Naranja: clientes con gravedad media tras el estudio realizado por Seguimiento• Rojo: clientes con gravedad elevada tras el estudio realizado por Seguimiento• Auditoría Externa / Banco de España: clientes que deben clasificarse en
seguimiento según lo indicado por la Auditoría Externa y/o Interna o BdE• Refinanciación: aquellos para los que se ha llevado a cabo la refinanciación de
posiciones en mora sin aportar garantías adicionales
Establecidas las alertas, las entidades suelen clasificar las operaciones/clientes según su gravedad En función de dicha clasificación, se establecen los planes de acción o estrategias a seguir.
A modo de ejemplo, se citan posibles clasificaciones y acciones a llevar a cabo:
• Ejecutar: pasar las cuentas del cliente a Asesoría Jurídica• Salir: salir de las posiciones de activo con el cliente• Garantizar: incorporar garantías a las posiciones de activo con el cliente• Reducir: disminuir las posiciones de riesgo con el cliente• Ajustar: ajustar las posiciones de riesgo con el cliente• Vigilar• Continuar
Planes de acción
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Admisión y Seguimiento de Riesgos
• Definición de riesgo de crédito y de concentración
• Necesidades de capital
• Organización de la función de riesgo de crédito dentro de una entidad financiera
• Provisiones• Concentración
Impacto de las adjudicaciones y refinanciaciones• Adjudicaciones y daciones en pago• Refinanciaciones
• Requerimientos del regulador en los procesos de concesión
• Proceso de admisión
• Políticas de precios
• Seguimiento de operaciones
• Análisis de operaciones/riesgos
© 2011 Deloitte S.L.17 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Adjudicaciones y daciones en pagoLos activos inmobiliarios adjudicados o recibidos en pago de deudas tienen una serie de impactos para las entidades financieras. Impactos contables:
• Reconocimiento inicial. El menor importe de:
• Antigüedad y deterioro.
• La antigüedad en balance de los activos recibidos en pago de deudas es un inequívoco indicio de deterioro.
• En ningún caso la entidad retrasará el reconocimiento de este deterioro, que, a menos que las ofertas recibidas indiquen una cantidad superior, no será menor que el resultante de elevar el porcentaje del 10% anterior hasta los siguientes porcentajes:
• Las coberturas para los activos que permanezcan en balance más de 24 meses podrán sustituirse por las que se pongan de manifiesto mediante una tasación relativa al momento a que se refieren los estados financieros.
Liquidez. Las adjudicaciones suponen tener activos no rentables y difícilmente liquidables.
Recursos Propios. Estos activos son calificados como activos dudosos de alto riesgo, por lo que computan al 150%.
Plazo de adquisición % de cobertura
Más de 12 meses 20%
Más de 24 meses 30%
el valor contable de los activos financieros aplicados, esto es, su
coste amortizado, teniendo en cuenta el deterioro estimado, que
en todo caso será como mínimo del 10 %,
y el valor de tasación de mercado del activo recibido en su estado
actual menos los costes estimados de venta, que en ningún caso serán
inferiores al 10 % del valor de tasación en su estado actual.
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Refinanciaciones
• La prórroga o reinstrumentación de las operaciones no interrumpe su morosidad, ni producirá su reclasificación a una de las categorías anteriores (ej: de riesgo por razón de su morosidad a riesgo subestándar o normal), salvo que exista una razonable certeza de que el cliente puede hacer frente a su pago en el calendario previsto o se aporten nuevas garantías eficaces, y, en ambos casos, se perciban, al menos, los intereses ordinarios pendientes de cobro, sin tener en cuenta los intereses de demora.
• A estos efectos, el BdE considera garantías eficaces las siguientes:
El importe de estas garantías ha de cubrir plenamente el riesgo que garanticen.
garantías pignoraticias sobre depósitos dinerarios,
instrumentos de capital cotizados y valores
representativos de deuda emitidos por emisores de
reconocida solvencia;
garantías hipotecarias sobre viviendas, oficinas y locales polivalentes terminados y
fincas rústicas, deducidas, en su caso, las cargas previas;
y garantías personales (avales, fianzas, incorporación de nuevos titulares, etc.) que impliquen la responsabilidad directa y solidaria de nuevos garantes ante la entidad, que sean personas o entidades cuya solvencia patrimonial
esté lo suficientemente contrastada como para
asegurar el reembolso total de la operación en los términos
acordados.
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Conocimiento de la función de riesgo de crédito
Límites regulatorios
Admisión y Seguimiento de Riesgos
• Definición de riesgo de crédito y de concentración
• Necesidades de capital
• Organización de la función de riesgo de crédito dentro de una entidad financiera
• Provisiones• Concentración
Impacto de las adjudicaciones y refinanciaciones• Adjudicaciones y daciones en pago
• Refinanciaciones
• Requerimientos del regulador en los procesos de concesión
• Proceso de admisión
• Políticas de precios
• Seguimiento de operaciones
• Análisis de operaciones/riesgos
© 2011 Deloitte S.L.20 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Requerimientos del regulador en los procesos de concesión
• Las entidades financieras han de establecer, por ley, unas políticas, métodos y procedimientos que aplicarán en la concesión, estudio y documentación de sus operaciones, así como en la identificación del deterioro y del cálculo de los importes necesarios para la cobertura de su riesgo de crédito.
• Las políticas, métodos y procedimientos deberán:
a) Ser aprobados por el Consejo de Administración, u órgano equivalente de la entidad.
b) Estar adecuadamente justificados y documentados. Entre la documentación necesaria se deberán incluir las propuestas y dictámentes de los correspondientes departamentos internos de la entidad.
c) Estar sustentados en unos criterios de concesión vinculados con la capacidad de pago del prestatario para cumplir, en tiempo y forma, con el total de las obligaciones financieras asumidas a partir de los ingresos procedentes de su negocio, o fuente de renta, habitual, sin depender de avalistas, fiadores o activos entregados como garantía, que deberán ser siempre considerados como una segunda –y excepcional– vía de recobro para cuando haya fallado la primera.
d) Estar basados en un plan de pagos realista respecto de la financiación concedida, con vencimientos periódicos relacionados con las fuentes primarias de generación de ingresos del prestatario y, en su caso, con la vida útil de la garantía.
© 2011 Deloitte S.L.21 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Requerimientos del regulador en los procesos de concesión• Las políticas, métodos y procedimientos deberán (Cont.)
e) Incluir condiciones de financiación de proyectos inmobiliarios, aprobadas por el máximo órgano de gobierno, que contengan prácticas que impongan un límite preciso respecto del porcentaje de financiación del coste de adquirir la propiedad del terreno y su desarrollo posterior, incluyendo su desarrollo urbanístico y edificación posterior.
f) Incluir las circunstancias y situaciones en las que la entidad permitiría, excepcionalmente, operaciones de crédito en condiciones fuera de los límites.
g) Disponer de una política de renegociación de deudas aprobada por el máximo órgano de gobierno, que considere, para acceder a la renegociación de las condiciones inicialmente pactadas, al menos, los siguientes requisitos:
Los costes se estimarán a partir del importe declarado en escrituras públicas, o de su valor de tasación si
este resultase inferior, más, sobre la base del importe del presupuesto de ejecución material del proyecto adecuadamente visado, las certificaciones parciales
de obra realizadas por técnicos debidamente acreditados, incluyendo en cada fase los gastos
necesarios e impuestos devengados.
Como regla general, la financiación inicial del coste de adquisición de terrenos para su posterior
desarrollo urbanístico no será superior al 50% del menor importe entre el declarado en escritura
pública y su valor de tasación.
Una experiencia mínima con el prestatario.
Una experiencia de cumplimientos del prestatario durante un período
suficientemente amplio, o un importe de amortización del principal prestado
que sea equivalente.
Un límite a la frecuencia de renegociación durante un número suficientemente amplio de años.
© 2011 Deloitte S.L.22 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Requerimientos del regulador en los procesos de concesión• Las políticas, métodos y procedimientos deberán (Cont.)
h) Extremar la prudencia en el uso de valores de tasación, y de cualquier otro tipo de trabajos de profesionales externos, en las operaciones de crédito que cuenten con activos reales inmobiliarios como garantía adicional a la personal del prestatario.
i) Establecer una frecuencia mínima para revisar las garantías reales tomadas como cobertura de préstamos concedidos y actualizar las tasaciones vinculándolas a los cambios que experimente el mercado del activo recibido en garantía o, en su caso, adquirido en pago de deudas.
En el ejercicio de esa prudencia, las entidades utilizarán su propio juicio profesional, valorando el
grado de movilización potencial de los activos reales inmobiliarios y considerando que,
frecuentemente, su valor tiende a declinar cuando son más necesarios para proteger a la entidad
contra el deterioro de los créditos a los que sirven de protección.
Los requerimientos de tasación para estimar el valor de los derechos reales que sirven de
garantía en las operaciones calificadas como «activos dudosos», así como los recibidos en
pago de deudas, serán realizados por sociedades de tasación independientes y, para los activos
localizados en España, conforme a la OM ECO/805/2003, de 27 de marzo, efectuadas por
sociedades inscritas en el Registro Oficial de Sociedades de Tasación del Banco de España.
Para el caso de los activos afectos a operaciones de crédito calificadas como «activos dudosos», la
antigüedad máxima de la tasación será de tres años, a menos que caídas significativas en los precios de mercado
aconsejen una tasación más reciente para reflejar mejor estas situaciones.
Para el caso de activos inmobiliarios adjudicados o recibidos en pago de deudas, las tasaciones deberán ser
emitidas, en su caso, por sociedades de tasación diferentes en cada actualización.
© 2011 Deloitte S.L.23 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Requerimientos del regulador en los procesos de concesión• Las políticas, métodos y procedimientos deberán (Cont.)
j) Detallar, entre otras cuestiones:
La Comisión de Auditoría y el Departamento de Auditoría Interna velarán por que las políticas, métodos y procedimientos sean adecuados, se implanten efectivamente y se revisen regularmente.
Los criterios para la concesión de operaciones, entre los que se
incluirán cuestiones tales como los mercados, productos, tipo de
clientela, etc., en los que se va a operar, así como los límites globales de los riesgos que se vayan a asumir
para cada uno de ellos, y los requisitos que deben cumplir los
clientes y las garantías para concederles las operaciones.
La necesidad de identificar en cada operación las fuentes de generación
de ingresos ordinarios de cada prestatario, y su cuantificación, que
servirán como primera y fundamental vía de recuperación de las
operaciones de crédito concedidas. Esta información deberá disponerse con la frecuencia debida según el
perfil de las operaciones.
La política de precios que se ha de aplicar, que, al menos, deberá estar
orientada a cubrir los costes de financiación, de estructura y de riesgo de crédito inherente a cada clase de operaciones de crédito ofertadas. La revisión de las políticas de precios
deberá ajustarse en respuesta a los cambios en la estructura de costes, factores competitivos, cambio en los
riesgos de las operaciones, etc.
Las responsabilidades y facultades delegadas de los diferentes órganos
y personas encargadas de la concesión, formalización,
seguimiento, valoración y control de las operaciones.
Los requisitos que deberán reunir los estudios y análisis de las
operaciones que se han de realizar antes de su concesión y durante su vigencia. Asimismo, se detallará la
documentación mínima que deben tener los diferentes tipos de
operaciones para su concesión y durante su vigencia.
La definición de los criterios para clasificar las operaciones en
función de su riesgo de crédito y la forma de cuantificar las estimaciones
individuales y colectivas de las pérdidas por deterioro, incluidos en este último caso los parámetros que se han de utilizar en la estimación.
© 2011 Deloitte S.L.24 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Necesidades de capital
• Las entidades financieras han de cumplir, por ley, con unos requerimientos mínimos de capital
• La idea del regulador es garantizar la solvencia del sistema financiero (recientes crisis bancarias), por lo que se exige un mínimo de capital a las entidades financieras
• Ratio de solvencia (Ratio BIS): Pone en relación los recursos propios realmente existentes en la entidad con los recursos mínimos necesarios para mantener los fondos ajenos sin mayores problemas, así como las reservas mínimas legales con las reservas reales de la entidad. A mayor ratio BIS mayor solidez de balance
Recursos propios computables (base de capital)
Activos ponderados por riesgo (APRs)
Ratio BIS =
© 2011 Deloitte S.L.25 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Necesidades de capital
La Circular 3/2008 (Circular sobre determinación y control de los recursos propios mínimos de las entidades financieras) incluye dos métodos para el cálculo de los requerimientos de capital por riesgo de crédito:
Lo utilizan aquellas entidades que hayan desarrollado un método de cálculo de exposición al riesgo de crédito basado en calificaciones internas, autorizado por el ReguladorSe basa en el empleo de parámetros específicos (Probabilidad de incumplimiento, severidad, exposición…)
Mét. Avanzado
Lo emplean aquellas entidades que:• Hayan decidido no desarrollar un método de cálculo de la exposición al
riesgo de crédito basado en calificaciones internas• Hayan desarrollado dicho método, pero éste no haya sido aprobado por
Banco de EspañaSe basa en la aplicación de ponderaciones preestablecidas para cada calificación crediticia externa, así como para las no clasificadas. Es un método que no discrimina
Mét. Estándar
En este documento nos vamos a centrar en el método estándar por ser el de mayor aplicación entre las entidades.
© 2011 Deloitte S.L.26 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Necesidades de capital
• El proceso de cálculo de los requerimientos de capital por riesgo de crédito se ilustra en el siguiente gráfico:
ACTIVOS
DEL
BALANCE
FUERA DE
BALANCE
ACTIVOS DE RIESGO
Ponderaciones de riesgo
*METODOESTÁNDAR
*METODO
IRB
CAPITAL REQUERID
O
x8 %
Riesgo de crédito
Riesgo de mercado
Riesgo operacional
• En ambos casos se permite la utilización de factores de mitigación del riesgo: colaterales, garantías y derivados de riesgo de crédito, siendo más amplia y discriminante la normativa de modelos internos
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Límites regulatorios – Necesidades de capital
Requerimientos de Recursos Propios por Riesgo de Crédito – Método estándar
Ámbito de aplicación: El método estándar será utilizado en el cálculo de la exposición al riesgo de crédito por:• Aquellas entidades que no hayan desarrollado un modelo de cálculo basado en
calificaciones internas.• Aquellas entidades que, aún habiendo desarrollado dicho modelo, no hayan obtenido
autorización por parte del Banco de España para su uso a nivel regulatorio.
Categorías de exposiciones
a) Administraciones
centrales y bancos centrales.
b) Administraciones
regionales y locales.
c) entidades del sector público y
empresas sin fines de lucro.
d) Bancos multilaterales de
desarrollo.
e) Organizaciones internacionales. f) Instituciones.
g) Empresas. h) Minoristas.i) Exposiciones
garantizadas con inmuebles.
j) Exposiciones en situación de mora.
k) Categoría regulatoria de alto
riesgo.
l) Bonos garantizados.
m) Posiciones o exposiciones de
titulización
n) Exposiciones a corto plazo frente a instituciones y
empresas.
o) Exposiciones en forma de
Instituciones de inversión colectiva
(IIC).
p) Otras exposiciones.
© 2011 Deloitte S.L.28 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Necesidades de capital
% PonderaciónPrincipales categorías
exposición
Administraciones regionales y locales
Administraciones centrales y bancos centrales
Entidades del sector público y empresas sin fines de lucro
Empresas
Instituciones
Exposiciones de alto riesgo
Exposiciones en situación de mora
Exposiciones garantizadas con inmuebles
Minoristas
20%
0%
Dif. Casuísticas: 35%-50%-100%-150%
0% - 20%- 100%
20% - 100%
100% (menor si rating)
75%
100%-150%
150%
x 8%
REQUERIMIENTOS DE CAPITAL
POR RIESGO DE CRÉDITO
© 2011 Deloitte S.L.29 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Necesidades de capital
% PonderaciónPrincipales categorías
exposición
Exposiciones garantizadas con hipotecas sobre
inmuebles residenciales (*)
35%LTV (1) < 80%
100%80% <LTV< 95%
LTV > 95% 150%
(1) LTV (Loan To Value): Valor del Préstamo / Valor de la Garantía(*) Inmuebles residenciales: aquellos que ocupe o vaya a ocupar el propietario como residencia, o que éste vaya a ceder en régimen de arrendamiento como residencia.(**) Inmuebles comerciales: oficinas o locales comerciales polivalente situados en España.
Exposiciones garantizadas con hipotecas sobre
inmuebles comerciales(**)
50%LTV < 60%
100%60% <LTV< 80%
LTV > 80% 150%
Operaciones de arrendamiento financiero
50%
Operaciones de arrendamiento financiero
35%
Condiciones Solo si:• El valor del inmueble no
depende sustancialmente de la calidad crediticia del deudor
• El riesgo de la entidad de crédito en relación con el prestatario no dependa sustancialmente del rendimiento que este último pueda obtener del inmueble hipotecado, sino de su capacidad para reembolsar la deuda por otros medios.
• Que se cumplan los requisitos mínimos establecidos y las reglas de valoración (valor de mercado: aquel al que podría venderse el inmueble en la fecha de tasación mediante contrato independiente; valor hipotecario: el valor del inmueble determinado mediante una evaluación prudente de su posible venta futura).
• Que el crédito reúna las condiciones exigidas por la regulación española del mercado hipotecario para servir de garantía a la emisión de bonos o cédulas hipotecarias,
Exposiciones garantizadas con inmuebles
Dif. Casuísticas: 35%-50%-100%-150%
© 2011 Deloitte S.L.30 Obtención de financiación de operaciones – Perspectiva de la Banca
Límites regulatorios – Provisiones
Las entidades financieras han de aplicar provisiones para cubrir el riesgo crediticio al que están expuestas. Se distinguen distintos tipos de provisiones:
Provisión específica: Recoge el deterioro de activos individualmente identificados como dañados. En concreto recoge la cobertura de:
• Activos y riesgos contingentes dudosos por razón de morosidad. Se cubren aplicando los porcentajes previstos en la Circular Contable en función la antigüedad de los impagos.
Estos porcentajes se aplicarán sobre el riesgo de la operación minorado en función de la tipología de garantías previstas en la normativa contable.
Detallar
Plazo desde el primer impago %
Hasta 6 meses 25
Más de 6 meses, sin exceder de 9 50
Más de 9 meses, sin exceder de 12 75
Más de 12 100
Garantía inmobiliaria (como máximo el menor entre coste y tasación) % ponderación
Vivienda terminada residencia habitual del prestatario 80
Fincas rústicas en explotación, y oficinas, locales y naves polivalentes terminados
70
Viviendas terminadas (resto) 60
Parcelas, solares y resto de activos inmobiliarios 50
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Límites regulatorios – Provisiones Provisión específica (Cont.):
• Activos dudosos por razones distintas de la morosidad del cliente. Comprenden los instrumentos de deuda vencidos o no, y los riesgos y compromisos contingentes, en los que, sin concurrir las circunstancias para clasificarlos en las categorías de fallidos o dudosos por razón de la morosidad del cliente, se presenten dudas razonables sobre su reembolso total (principal e intereses) en los términos pactados contractualmente.
• En esta categoría se incluirían, entre otras:
• Coberturas:
• Con carácter general, la cobertura de estas operaciones no podrá ser inferior al 25%.
• Cuando la calificación como dudoso se haya realizado porque el cliente presente una estructura económica o financiera inadecuada, su cobertura será al menos, del 10%.
• La cobertura de los riesgos de clientes declarados en convenio de acreedores para los que no se haya iniciado la fase de liquidación se rebajará al 10% cuando, transcurrido un año desde la inscripción en el Registro Mercantil del auto de aprobación del convenio, se esté cumpliendo fielmente el mismo y la evolución de la situación patrimonial y financiera de la empresa reduzca las incertidumbres sobre el reembolso de los débitos, todo ello salvo que se hayan pactado intereses notoriamente inferiores a los de mercado.
las operaciones de los clientes en situaciones que supongan un
deterioro de su solvencia: patrimonio negativo, pérdidas
continuadas, retraso generalizado en los pagos, estructura económica o financiera inadecuada, flujos de caja insuficientes para atender las deudas, imposibilidad de obtener
financiaciones adicionales;
los saldos reclamados y aquellos sobre los que se haya decido
reclamar judicialmente su reembolso por la entidad, aunque
estén garantizados;
las operaciones sobre las que el deudor haya suscitado litigio de
cuya resolución dependa su cobro; las operaciones de los clientes que estén declarados o conste que se
van a declarar en concurso de acreedores sin petición de
liquidación,
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Límites regulatorios – Provisiones Provisión específica (Cont.):
• Contablemente, todos los activos clasificados como dudosos dejan de devengar intereses para la entidad financiera.
• Activos dudosos por razón de riesgo país. Son cubiertas en función del porcentaje establecido en la Circular Contable para cada uno de los grupos establecidos por los países
Provisión subestándar
• Cobertura:
El riesgo subestándar comprende todos los instrumentos de deuda y riesgos contingentes que, sin cumplir los criterios para clasificarlos
individualmente como dudosos o fallidos, presentan debilidades que pueden suponer
asumir pérdidas por la entidad superiores a las coberturas por deterioro de los riesgos en
seguimiento especial.
En esta categoría se incluyen, entre otras: las operaciones de clientes que forman parte de colectivos en dificultades (tales como los
residentes en una determinada área geográfica con un ámbito inferior al país, o los pertenecientes
a un sector económico concreto, que estén atravesando dificultades económicas), y las
operaciones no documentadas adecuadamente.
Las operaciones clasificadas en la categoría de riesgo
subestándar se analizarán para determinar su
cobertura necesaria, que, necesariamente, será
superior a la cobertura genérica que le
correspondería de estar clasificada como riesgo
normal.
La cobertura a realizar para cada uno de los grupos homogéneos de instrumentos de deuda
clasificados como riesgos subestándar por pertenecer a un colectivo en dificultades se
estimará por algún procedimiento por el que se obtengan unos importes similares a la
diferencia entre el importe registrado en el activo para dichos instrumentos y el valor actual
de los flujos de efectivo que se espera cobrar para el grupo, descontados al tipo de interés
contractual medio.
En todo caso, los porcentajes de cobertura serán inferiores a los que
les correspondería de aplicar los criterios para los
activos dudosos por razones distintas de la morosidad del cliente.
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Límites regulatorios – Provisiones
Provisión genérica: Es realizada sobre aquellos activos y riesgos contingentes clasificados como riesgo normal. En concreto, es utilizada para cubrir las pérdidas inherentes no identificadas individualmente a sus instrumentos de deuda y a sus riesgos contingentes. La cobertura se realiza en función de la metodología recogida en la Circular Contable y que ha sido diseñada por el Banco de España en función de su experiencia histórica y de la información que dispone del sistema bancario español.
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Límites regulatorios – Concentración
Las entidades financieras están sometidas a una serie de límites regulatorios con el objetivo de limitar la concentración de sus exposiciones en un mismo sector, acreditado, actividad, etc.
25%
20%
El valor de todos los riesgos que una entidad de crédito contraiga con una misma persona o grupo económico ajeno no podrá exceder del 25% de sus recursos propios
Si los riesgos se mantienen frente a las entidades no consolidadas del propio grupo económico, el límite a que se refiere el punto anterior será del 20%
El conjunto de los grandes riesgos (riesgo con una misma persona o grupo ajeno y con grupo propio no consolidado) no podrá superar ocho veces los recursos propios de la entidad de crédito
Límite conjunto (800%)
A efectos de grandes riesgos*, tanto a nivel individual como a nivel de grupo, las entidades han de cumplir con los límites establecidos en la Circular de Solvencia 3/2008 de Banco de España:
* La Circular de Solvencia 3/2008 de Banco de España considera como gran riesgo, en términos generales, el contraído frente a una misma persona, física o jurídica, o grupo, incluso el propio en la parte no consolidable, cuando su valor sea superior al 10 por 100 de los recursos propios de la entidad
Asimismo, algunas entidades fijan límites internos para facilitar la gestión del riesgo de concentración
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