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I. ANTECEDENTES
1.1 Referencias históricas sobre deficiencias y discapacidades
Las diversas actitudes sociales hacia las personas con deficiencias y/o discapacidades a
lo largo de la historia, forman parte de la cultura de atención y trato hacia este grupo de
población. Estas actitudes implicaron progresos y contradicciones que oscilaron entre una
postura activa o positiva, que entendió la deficiencia como fruto de causas naturales, con
posibilidades de tratamiento, prevención e integración, y otra pasiva o negativa; que
relacionó las deficiencias con causas ajenas al hombre, considerándola como una situación
incontrolada, inmodificable y estrechamente relacionada con el animismo1, el pecado, el
demonio y el castigo de los dioses (Aguado, 1993, INEGI 2000).
Los romanos mostraron actitudes diversas ante la discapacidad; por un lado, practicaron
el infanticidio, la mutilación para mendicidad y la compra de hombres con alteraciones
físicas o deformidades, para diversión.
En los siglos V a II a. C. la sociedad griega llego al extremo del infanticidio motivado
por la eugenesia2. El progenitor no estaba autorizado para criar a su hijo recién nacido, el
debía llevarlo a un lugar donde se reunían los más ancianos de la comunidad quienes
examinaban al menor; si lo encontraban en condiciones óptimas, daban la instrucción de
1 Creencia en seres espirituales, incluidas las almas humanas. Seres sobrenaturales, dotados de razón, inteligencia y voluntad que habitan los objetos inanimados y gobiernan su existencia. http://es.wikipedia.org/wiki/Animismo (visitado 2007, octubre 23). 2 Donde se busca afectar por medio de la ciencia la crianza de futuras generaciones. http://www.corazones.org/diccionario/eugenesia.htm (visitado 2007, octubre 05).
3
criarlo; pero si se trataba de niños débiles o con apariencia inusual, eran llevados a un sitio
denominado Apothetas (lugar de abandono) en el monte Taigeto.
El reconocimiento de la necesidad de ofrecer un trato más humano hacia las personas
con discapacidad, inicia en las culturas antiguas. Confucio hablaba de la responsabilidad
moral, amabilidad, ayuda a los débiles; Buda promulgó principios de compasión, caridad y
generosidad. Mientras que el cristianismo proclamo la igualdad de todos los hombres, el
amor y la atención de los más necesitados.3
Si bien, a lo largo de las culturas el trato a sido diferenciado a este grupo de población.
La sociedad hoy en día muestra una actitud diferente hacia personas con capacidades
diferentes. Existen grupos y programas de apoyo que implementan acciones para
concientizar y sensibilizar la opinión pública de los derechos de estas personas,
estableciendo medidas de acción positiva e incrementando la cooperación del gobierno.
Miguel López Melero en la Declaración de la UNESCO, hace mención a lo siguiente:
“…Todos los seres humanos pertenecen a la misma especie y tienen el mismo origen.
Nacen iguales en dignidad y en derechos y todos forman parte integrante de la Humanidad.
Todos los individuos y grupos tienen derecho a ser diferentes, a considerarse y ser
considerados como tales…”.4
3 INEGI, Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática. Las personas con discapacidad en México: una visión censal – año 2000. Impreso en México. 4 Fundación, THÉVENET, Claudina. Equidad y calidad para atender a la diversidad. Editorial ESPACIO. 1ª edición, 2002. Impreso en Argentina.
La igualdad es respetar las diferencias, se basa en la búsqueda de puntos en común o
coincidencia. Se debe estar consciente de que la discapacidad se puede manifestar en
cualquier persona, sin diferencias de posición social, econó
puede ser causada por trastornos genéticos, mentales, o sencillamente adquirida por un
accidente. Por razones no justificables
llevar una vida en sociedad. Las personas con
apoyo por parte del gobierno
1.2 Definiciones
1.2.1 Discapacidad
Según el XII el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI)
persona con discapacidad "Es aquella que presenta una limitación o ausencia de la
capacidad para realizar una actividad dentro del margen que se considera normal para un
ser humano, como consecuencia de una deficiencia física o mental”. Se consideran 5
de discapacidad como lo muestra la figura 1
Figura 1. FUENTE: http://cuentame.inegi.gob.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tema=P Visitado: 2008, octubre 20.
5 INEGI. “Discapacidad en México”. n.d./2008, (visitado 2008, octubre 20). URL http://cuentame.inegi.gob.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tema=P
La igualdad es respetar las diferencias, se basa en la búsqueda de puntos en común o
coincidencia. Se debe estar consciente de que la discapacidad se puede manifestar en
cualquier persona, sin diferencias de posición social, económica o de nivel educativo. Esta
puede ser causada por trastornos genéticos, mentales, o sencillamente adquirida por un
e. Por razones no justificables se les limita a realizar proyectos personales o el
llevar una vida en sociedad. Las personas con discapacidad requieren de comprensión y
apoyo por parte del gobierno, para que se pueda lograr su integración social.
l Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI)
persona con discapacidad "Es aquella que presenta una limitación o ausencia de la
capacidad para realizar una actividad dentro del margen que se considera normal para un
ser humano, como consecuencia de una deficiencia física o mental”. Se consideran 5
como lo muestra la figura 1: motriz, auditiva, visual, mental
http://cuentame.inegi.gob.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tema=P
INEGI. “Discapacidad en México”. n.d./2008, (visitado 2008, octubre 20).
me.inegi.gob.mx/poblacion/discapacidad.aspx?tema=P
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La igualdad es respetar las diferencias, se basa en la búsqueda de puntos en común o
coincidencia. Se debe estar consciente de que la discapacidad se puede manifestar en
mica o de nivel educativo. Esta
puede ser causada por trastornos genéticos, mentales, o sencillamente adquirida por un
se les limita a realizar proyectos personales o el
discapacidad requieren de comprensión y
para que se pueda lograr su integración social.
l Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI)5, una
persona con discapacidad "Es aquella que presenta una limitación o ausencia de la
capacidad para realizar una actividad dentro del margen que se considera normal para un
ser humano, como consecuencia de una deficiencia física o mental”. Se consideran 5 tipos
mental y de lenguaje.
INEGI. “Discapacidad en México”. n.d./2008, (visitado 2008, octubre 20).
1.2.1.1 Discapacidad motriz
Se refiere a la pérdida o limitación de una persona para
moverse, caminar, mantener algunas posturas de todo el
cuerpo o de una parte del mismo. Las personas que tienen este
tipo de discapacidad pueden ser semiambulatoria (caminan
ayudadas por elementos complementarios) o no ambulatorias
(sólo pueden desplazarse con sillas de ruedas).
1.2.1.2 Discapacidad auditiva
Corresponde a la pérdida o limitación de la capacidad para escuchar. Una persona con
Figura 3. FUENTE: http://www.anunciacion.com.mx/notas/2368.htmlVisitado: 2008, marzo 03.
1.2.1.3 Discapacidad visual
tienen
iluminación o no percibir la totalidad del ambiente.
Figura 4. FUENTE: http://www.lacamaradecaracas.org.ve/download/cdt_1415.pdf Visitado: 2008, marzo 03.
otriz
Se refiere a la pérdida o limitación de una persona para
moverse, caminar, mantener algunas posturas de todo el
e una parte del mismo. Las personas que tienen este
tipo de discapacidad pueden ser semiambulatoria (caminan
ayudadas por elementos complementarios) o no ambulatorias
(sólo pueden desplazarse con sillas de ruedas).
Figura 2. FUENTE: blog.securibath.com/?p=422 Visitado: 2008, marzo 03.
Discapacidad auditiva
Corresponde a la pérdida o limitación de la capacidad para escuchar. Una persona con
discapacidad auditiva presenta disminución en la capacidad
para escuchar los sonidos con la misma intensidad que
éstos son producidos. Dependiendo del grado o nivel d
pérdida auditiva, estos individuos se enfrentan a
de comunicación.
http://www.anunciacion.com.mx/notas/2368.html
visual
Este tipo de discapacidad lo presentan personas
tienen cierta pérdida que les impide distinguir colores, no tolerar la
iluminación o no percibir la totalidad del ambiente.
http://www.lacamaradecaracas.org.ve/download/cdt_1415.pdf
5
blog.securibath.com/?p=422
Corresponde a la pérdida o limitación de la capacidad para escuchar. Una persona con
discapacidad auditiva presenta disminución en la capacidad
para escuchar los sonidos con la misma intensidad que
éstos son producidos. Dependiendo del grado o nivel de
pérdida auditiva, estos individuos se enfrentan a problemas
lo presentan personas ciegas o que
distinguir colores, no tolerar la
iluminación o no percibir la totalidad del ambiente.
1.2.1.4 Discapacidad mental
Abarca las limitaciones para el aprendizaje de nuevas
habilidades, alteración de la conciencia y capacidad de las
personas para conducirse o comportarse en las actividades
de la vida diaria, así como en su relación con otras
personas.6
1.2.1.4 Discapacidad de lenguaje
Se refiere a los problemas de
relacionadas, tales como las funciones motora orales. Estos
atrasos o trastornos varían desde simples substituciones de
sonido hasta la inhabilidad de comprender o utilizar el lenguaje
o mecanismo motor-oral para el habla y alimentación.
1.2.2 Definiciones según la Norma Oficial Mexicana NOM
La Norma Oficial Mexicana NOM
con discapacidad la define como la ausencia
desarrollar una actividad en la forma o dentro del margen
ser humano.
6 LANACIÓN. Por los demas, “Discapacidad”, n.d./http://www.lanacion.com.ar/coberturaespecial/porlosdemas/discapacidad/preguntas_disca.asp7 Publicación de NICHCY. “Trastornos del habla y lenguaje”. Publicación: enero del 2004. (visitado 2008, abril 04). URL http://www.nichcy.org/pubs/spanish/fs11stxt.htm
1.2.1.4 Discapacidad mental
Abarca las limitaciones para el aprendizaje de nuevas
habilidades, alteración de la conciencia y capacidad de las
personas para conducirse o comportarse en las actividades
como en su relación con otras
Figura 5. FUENTE: www.noticiasdealava.com/.../d07ala6.715137.php Visitado: 2008, marzo 03.
e lenguaje
e refiere a los problemas de comunicación u otras áreas
relacionadas, tales como las funciones motora orales. Estos
atrasos o trastornos varían desde simples substituciones de
sonido hasta la inhabilidad de comprender o utilizar el lenguaje
para el habla y alimentación.7
Figura 6. FUENTE: www.elmundo.es/.../auditiva.html Visitado: 2008, marzo 03.
1.2.2 Definiciones según la Norma Oficial Mexicana NOM-173-SSA1-1998
ial Mexicana NOM-173-SSA1-1998 para la atención integral a personas
con discapacidad la define como la ausencia, restricción o pérdida de la habilidad
n la forma o dentro del margen considerado como normal para un
LANACIÓN. Por los demas, “Discapacidad”, n.d./2008. (visitado 2008, abril 12). URL
http://www.lanacion.com.ar/coberturaespecial/porlosdemas/discapacidad/preguntas_disca.asp Publicación de NICHCY. “Trastornos del habla y lenguaje”. Publicación: enero del 2004. (visitado 2008, abril 04). URL
http://www.nichcy.org/pubs/spanish/fs11stxt.htm
6
www.noticiasdealava.com/.../d07ala6.715137.php
www.elmundo.es/.../auditiva.html
1998
para la atención integral a personas
cción o pérdida de la habilidad para
considerado como normal para un
Publicación de NICHCY. “Trastornos del habla y lenguaje”. Publicación: enero del 2004. (visitado 2008, abril 04). URL
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Además, define a persona con discapacidad, como al ser humano que presenta una
disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales, que le limitan realizar una
actividad considerada como normal. Existe el concepto de impedimento, el cual se entiende
como pérdida o anormalidad de un aparato, órgano, estructura anatómica, fisiológica o
psicológica. La integración social, lugar donde una persona con discapacidad logra una
actividad o función necesaria dentro de su rol normal, es considerada como un campo
esencial que deberá cubrir esta para poder tener éxito en el ámbito laboral.
A nivel social, se confunde el concepto de invalidez con discapacidad, al cual se le
considera como el efecto de una o más discapacidades que interactúan con el medio
ambiente físico y social en el desempeño considerado como normal de un individuo, en
función de su edad y sexo.8
1.2.3 Según la Ley General de Personas con Discapacidad
Esta nueva Ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2005,
define a persona con discapacidad, como la que presenta una deficiencia física, mental o
sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad o empeora
por el entorno económico y social.9
8 CAMPILLO, José Ignacio. “NOM-173-SSA1-1998 para la atención integral a personas con discapacidad”, Publicación: 19 de noviembre de 1999. (visitado 2007, noviembre 20). URL http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/173ssa18.html 9 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. “Ley General de Personas con Discapacidad”, Nueva Ley DOF. Publicación 10/06/05. (visitado 2007, noviembre 14). URL http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPD.pdf
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Las instituciones o empresas que sirven de apoyo a personas con discapacidad, deberán
contar con ayudas técnicas que la Ley General de Personas con Discapacidad define como
dispositivos tecnológicos y materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o
más limitaciones funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de estas personas.
En el artículo 2 de la Ley General de Personas con Discapacidad, se menciona que
deberá existir una equiparación de oportunidades, las cuales son procesos de adecuaciones,
ajustes y mejoras necesarias en un entorno jurídico, social y cultural y de bienes y servicios
que facilitan a estas personas una integración, convivencia y participación en igualdad de
oportunidades y posibilidades con el resto de la población.
A la rehabilitación se le considera como el proceso de duración limitada y con un
objetivo definido de orden médico, social y educativo entre otros, encaminado a facilitar
que una persona con discapacidad alcance un nivel físico, mental y sensorial óptimo que
permita compensar la pérdida de una función, así como proporcionarle una mejor
integración social.
1.3 Fundamentos legales
1.3.1 Ley General de las Personas con Discapacidad
La ley General de las Personas con Discapacidad en México,
(http://www.diputados.gob.mx), tiene como objetivo presentar la situación por la que
atraviesan estas personas y legislar con el propósito de mejorar su calidad de vida.
9
De este modo, las personas que por naturaleza o accidente se vieran imposibilitadas a
realizar determinadas actividades, no pierden su calidad de humanos, por lo tanto, tienen
derecho a gozar de igualdad de oportunidades para poder integrarse a un proceso de
rehabilitación por medio del cual pueden recuperar ciertas capacidades, adecuando el
espacio para que puedan desplazarse sin mayor dificultad, tanto en lugares públicos como
privados.
Del trabajo y la capacitación, en el Capítulo II, el artículo 9 menciona que las personas
con discapacidad tienen derecho al trabajo y la capacitación, en términos de igualdad de
oportunidades y equidad.10
1.3.2 Ley Federal para los mexicanos con discapacidad
La Ley Federal para los mexicanos con discapacidad11, expone que las empresas
públicas y privadas que ocupen trabajadores fijos que excedan de 50, estarán obligadas a
emplear un número de trabajadores mexicanos con discapacidad no inferior al 2 por ciento
de la plantilla, entre los que se encuentren inscritos como tales en el correspondiente
registro de trabajadores mexicanos con discapacidad de la bolsa de trabajo de la Secretaría
de Trabajo y Previsión Social.
De acuerdo a esta Ley, las personas con capacidades diferentes tienen derecho a tener
las mismas oportunidades de trabajo de acuerdo a su perfil profesional, técnico o manual.
10 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. “Ley General de las Personas con Discapacidad”, Nueva Ley DOF. Publicación 10/06/05. (visitado 2007, noviembre 14). URL http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPD.pdf 11 IV Legislatura, “Leyes del distrito Federal”. n.d./2007 (visitado 2007, noviembre 14). URL www.asambleadf.gob.mx
Aunque para ello se auxilie de aparatos ortopédicos o silla de ruedas. También tienen
derecho a la seguridad social, a través de instituciones como el IMSS y el ISSSTE, aunque
su estado de naturaleza sea permanen
Existe el llamado trabajo protegido
discapacidad mental o de cualquier otro tipo y que no pueden ser incorporadas al trabajo
común por no alcanzar a cubrir los requerimientos d
El Artículo 11º de la Ley Federal del Trabajo establece que l
integración de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo o en su caso,
Figura 7. FUENTE: http://www.lacamaradecaracas.org.ve/download/cdt_1415.pdfVisitado: 2008, marzo 03.
De igual manera, vigilará y recomendará que las condiciones en que se desempeñe su
trabajo no sean discriminatorias.
12 Ley para las personas con discapacidad del D.F. 2008, marzo 23). URL http://www.discapacinet.gob.mx/wb2/eMex_Ley_para_personas_con_Discapacidad_del_Distri
para ello se auxilie de aparatos ortopédicos o silla de ruedas. También tienen
derecho a la seguridad social, a través de instituciones como el IMSS y el ISSSTE, aunque
su estado de naturaleza sea permanente que hasta le impida trabajar.
Existe el llamado trabajo protegido12, que es aquel que realizan las personas con
discapacidad mental o de cualquier otro tipo y que no pueden ser incorporadas al trabajo
común por no alcanzar a cubrir los requerimientos de productividad.
º de la Ley Federal del Trabajo establece que la Secretaría promoverá la
integración de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo o en su caso,
su incorporación a sistemas de trabajo protegido, e
condiciones salubres, dignas y de mínimo riesgo a su
seguridad. Al efecto impulsará entre los sectores público y
privado la creación y desarrollo de una bolsa de trabajo.
http://www.lacamaradecaracas.org.ve/download/cdt_1415.pdf
De igual manera, vigilará y recomendará que las condiciones en que se desempeñe su
trabajo no sean discriminatorias.
Ley para las personas con discapacidad del D.F. Cap. 1, artículo 2, VII. Publicación: 2003, Actualizada: 2008. (visitado
http://www.discapacinet.gob.mx/wb2/eMex_Ley_para_personas_con_Discapacidad_del_Distri
10
para ello se auxilie de aparatos ortopédicos o silla de ruedas. También tienen
derecho a la seguridad social, a través de instituciones como el IMSS y el ISSSTE, aunque
te que hasta le impida trabajar.
, que es aquel que realizan las personas con
discapacidad mental o de cualquier otro tipo y que no pueden ser incorporadas al trabajo
a Secretaría promoverá la
integración de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo o en su caso,
su incorporación a sistemas de trabajo protegido, en
condiciones salubres, dignas y de mínimo riesgo a su
seguridad. Al efecto impulsará entre los sectores público y
privado la creación y desarrollo de una bolsa de trabajo.
De igual manera, vigilará y recomendará que las condiciones en que se desempeñe su
VII. Publicación: 2003, Actualizada: 2008. (visitado http://www.discapacinet.gob.mx/wb2/eMex_Ley_para_personas_con_Discapacidad_del_Distri
Figura 8. FUENTE: espacioenblanco.wordpress.com/.../Visitado: 2008, marzo 03.
Por otro lado, el artículo 13
las autoridades competentes, contribuirá al desarrollo de programas de capacitación y
autoempleo para las personas con discapacidad.
Los empresarios o cualquier centro generador de empleos deberán proporcionar
adecuaciones que faciliten a las personas con limitaciones físicas en todos los aspectos del
Figura 9. FUENTE: www.fupar.es/.../SuportTreball.aspVisitado: 2008, marzo 03.
La Secretaría recomendará el otorgamiento de incentivos
para aquellas personas físicas o morales que contraten
personas con discapacidad, así como beneficios adicionales
para quienes en virtud de tales contrataciones realicen
adaptaciones, eliminación de barreras físicas o rediseño de
sus áreas de trabajo, según el artículo 12 de la Ley Federal.
espacioenblanco.wordpress.com/.../
Por otro lado, el artículo 13 de dicha Ley, expone que la Secretaría, en coordinación con
autoridades competentes, contribuirá al desarrollo de programas de capacitación y
autoempleo para las personas con discapacidad.
Los empresarios o cualquier centro generador de empleos deberán proporcionar
adecuaciones que faciliten a las personas con limitaciones físicas en todos los aspectos del
trabajo, es decir, deberá realizar modificaciones y
ajustes a las tareas y ambiente de trabajo de tal
forma que una persona con una discapacidad
tenga las mismas oportunidades que individuos
sin este problema.
www.fupar.es/.../SuportTreball.asp
11
La Secretaría recomendará el otorgamiento de incentivos
para aquellas personas físicas o morales que contraten
personas con discapacidad, así como beneficios adicionales
taciones realicen
adaptaciones, eliminación de barreras físicas o rediseño de
sus áreas de trabajo, según el artículo 12 de la Ley Federal.
, expone que la Secretaría, en coordinación con
autoridades competentes, contribuirá al desarrollo de programas de capacitación y
Los empresarios o cualquier centro generador de empleos deberán proporcionar
adecuaciones que faciliten a las personas con limitaciones físicas en todos los aspectos del
deberá realizar modificaciones y
te de trabajo de tal
forma que una persona con una discapacidad
tenga las mismas oportunidades que individuos
12
Isabelle Vera13 menciona en su artículo que de la manera antes mencionada se evitará la
discriminación a estas personas, las cuales tienen restricciones en las oportunidades de
empleo por diferentes barreras como las siguientes:
- Aspectos físicos, que dificultan el acceso y el uso de los sitios de trabajo,
- Exclusión por el rechazo de la gente,
- Falta de comunicación
- Excluidos por programaciones rígidas de trabajo,
- Mentalidad de la gente, miedos infundados, estereotipos, presunciones y conceptos
erróneos acerca del cumplimiento del trabajo, seguridad, ausentismo, costos o la
aceptación de otros trabajadores o clientes.
13 Vera, Isabelle. “Discriminación en la contratación de personas con discapacidad”. Publicación: 02 de diciembre de 2004. (visitado 2008, enero 09). URL http://www.psicologiacientifica.com/bv/psicologia-103-1-discriminacion-en-la-contratacion-de-personas-con-discapacidad.html