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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 30 DE DICIEMBRE DE 2010 No. 1001 Bis
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Jefatura de Gobierno
♦ Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal del Distrito Federal 3
“2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”
30 de Diciembre de 2010 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 255
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- Para los efectos de dar a conocer el nivel de desarrollo al que pertenecen las manzanas, para efectos de otorgar un subsidio a los usuarios de los derechos por el suministro de uso doméstico en el Distrito Federal a que se refiere el artículo 172 del Código Fiscal del Distrito Federal, se presentan a continuación las siguientes tablas cuya aplicación se hará conforme a las definiciones y normas de aplicación que se indican:
D E F I N I C I O N E S I. ÍNDICE DE DESARROLLO. (ID) Construcción estadística que mediante variables de tipo socioeconómico derivadas de información oficial, permite diferenciar territorialmente a la población del Distrito Federal de acuerdo a su nivel de desarrollo económico, agregando la información a nivel manzana. Las manzanas, en su conjunto, son clasificadas en cuatro distintos tipos: popular, medio, bajo, alto; de acuerdo al valor que para cada una de ellas arroja este índice. II. REGIÓN. Circunscripción convencional del territorio del Distrito Federal determinada con fines de control catastral de los inmuebles, representada por los tres primeros dígitos del número de cuenta catastral asignado por la autoridad fiscal. III. MANZANA. Es un segmento de la región que regularmente está delimitada por tres o más calles o límites semejantes, representada por los tres siguientes dígitos del mencionado número de cuenta catastral. IV. MANZANA CON ID POPULAR. Clasificación que engloba a las manzanas que guardan características socioeconómicas similares y que se tipifican por tener los niveles de desarrollo más bajos de la Ciudad. En esta categoría se agrupa, además, las manzana que se encuentran dentro de la zona rural del Distrito Federal. V. MANZANA CON ID BAJO. Clasificación que engloba a las manzanas que guardan características socioeconómicas similares y que se tipifican por tener niveles de desarrollo bajo de la Ciudad. VI. MANZANA CON ID MEDIO. Clasificación que engloba a las manzanas que guardan características socioeconómicas similares y que se tipifican por tener niveles de desarrollo medio de la Ciudad. VII. MANZANA CON ID ALTO. Clasificación que engloba a las manzanas que guardan características socioeconómicas similares y que se tipifican por tener niveles los más altos niveles de desarrollo de la Ciudad.
N O R M A S D E A P L I C A C I Ó N
1. Para el establecimiento del subsidio otorgado a los usuarios del suministro doméstico de agua a que hace referencia el Artículo 172 del Código Fiscal del Distrito Federal, se determinará primero la Delegación a la que corresponda la toma del usuario.
2. Posteriormente se identificará la región-manzana a la que pertenece mediante los seis primeros dígitos de la cuenta
catastral que corresponde al inmueble de uso habitacional donde se encuentra la toma.
3. Al identificar la región-manzana dentro de la Delegación se observará el tipo de manzana al que pertenece y ese remitirá, de manera directa, al subsidio que le corresponde al usuario de la toma de acuerdo al Artículo 172 del Código Fiscal.