Post on 22-Apr-2020
IUllPUBLICA DE mcARA.GtTA
LA GACETA"" DIARIO O·FICIAL
Director: CLIFFORI> C. HOOKl!IR y Rll:YEll
· Administrador: Sra. Klrlam Ulpeol H.
Teléfono 2-3791
A1l"O LXXXIlI 1 Managua, D. N., Lunes 28 de Mayo de 1979
SUMARIO PODER LEGISLATIVO
CONGRESO NACIONAL Ley de Reposición de Expedientes y F1!-
llos Judiciales, de, Documentos Públicos y F·rivados y de Inscripciones y Libros Registra1es . . . . . . . . . . . . .
ClllAJL\ DEL SENADO
Décimo . Tercera Sesión de la Cálnara del Senado . . . ...... .
PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Extiéndese Titulo de Licenciada en Ciencias de la Enfermería a Srita Lidia Nereyda Jvioraga G. . . . . . . . . . . .
Extiéndese Tittüo de Licenciada en Cien~ cias de la Enfermería a Srita . .Tose~ fa Baca González . . . . . . . . . . . . .
Extiéndese Titulo de Enfermexa Profe. sional a Srita. Luz Matilde Salazar Beteta .. . . .. ..
Reconócese Válido e Incorpórase Titulo de Dr. en J\1'.edicina y Cirugia. a Sr. Carlos Manuel Gadea S. . . . . . . . . . .
PAN·AMERltAN LIFE INSURANCE COMPANY
Balance General Condensado al 31 de Di~ ciembre de 1978 . . . . . . . . . . . . .
Estado de Ganancias y Pérdidas Conden~ sado del lo, de Enero de 1978 al 31 de Diciembre de 1978 . . . . . .
Ptlg.
1681
1685
1686
1687
1687
1687
1688
1689
lllNISl"alO DE !ICXJNOMIA, INl)US'l'BU Y OOMERCIO
Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica . . . . Renovaciones de Marcas . . . .
SECCION JUDICIAL Remates . . . . . . . . . . . . . . . . Títulos Supletorios . . . . . . . . . . Donación de Solar Municipal . . . . Citación a Accionisitas de; Compaftia In~
dustrias de Piedras Calizas de Rívas, S. A.. . .. .. ,, .. .. ,, · · · ,, · ·
Nuevo Precio de Cajetilla de Cigarrillos "Rubios" ......... .
Solicitud de Adopción de Menor Jairo J', Hernández . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Solicitud de Cancelación y Reposlción
de Certificados de Centroamericana de Ahorro y Préstamo, Sociedad Anóni-ma (CAPSA) , , ..
Solicitud de Reposición de Titulo de Corporación Franco w Ame.ricana de Finanzas de .Nicaragua, S. A. . .
Solicitud de P..eposición de Certificado de Depósito a Plazo Fijo del Banco Nica~ ragüense, Sucursal .Jinotepe
Solicitud de Reposición de Título de Financiera de Occidente, S. A. (FIDO-S A) , , , , , . , ... , ... ,
Sentencias de Divorcio . . . . . . , . . . Declaratorias de Herederos . . . . .. Citaciones de Procesados . . . . . . . .
InOice de "La Gaceta" (continúa) , • Indicador de "La Gaceta" . . . . . . . .
PODER LEGISLATIVO
Pdg. 1690 1690
1690 1693 1693
1693
1693
1694
1694
1694
1694
1694 1695 1695 1695
1696 1696
-=~====~==~~~~=C~o~n~g~r~so=N=a=c=iº="=ª=I~~~~~~~~~~ LEY DE REPOSICION DE EXPEDIENTES Y Arto. 1'-La presente Ley tiene por objeto
FALLOS JUDICIALES, DE DOCUMENTOS establecer las reglas qu'e se seguirán en la PUBLICOS Y PRIVADOS Y DE reposición de los expedientes y fallos ju-
INSCRIPCIONES Y LIBROS REGISTRALES diciales, de Jos documentos públicos o pri-EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, vados, de los asientos de inscripción en los
a sus habitantes, Registros: Público, Mercantil, de Prenda Agra. Sabed: ria o Industrial, de la Propiedad Aeronáutica,
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo Aeronáutica Administrativo, del Estado Civil siguiente: de las Personas y de las Licencias y Conce·
Decreto Ne 791 sienes para Explotaciones de las Riquezas La Cámara de Diputados y la Cámara del Naturales, que hayan sido destruidos o ha-
-Senado de la República de Nicaragua, yan desaparecido por cualquier motivo. Decretan: CAPITULO 11
La siguiente: De 'la Reposición de Expedientes y Fallos LEY DE REPOSICJON DE EXPEDIENTES Y Judiciales y de Documentos
FALLOS JUDICIALES, DE DOCUMENTOS Públicos y Privados PUBLICOS Y PRIVADOS Y DE Arto. 2?-Las tomas de razón, fotocopias,
INSCRIPCIONES Y LIBROS REGISTRALES microfilmes o testimonios existentes en cual. CAPITULO 1 quier proceso, matrices de Protocolo y do-
Del Objeto de la Ley ~umento.s auténticos no originales, serán s~·
1682 LA. GAOlllTA....nIAlUO OFICIAL
ficientes para establecer la existencia de la obligación o declaración contenidos en los documentos originales respectivos, siempre que de dichas piezas se tome copia, según lo ordenado en decreto judicial dictado con citación previa de las partes interesadas.
Arto. 3•-Cuando no fuere posible realizar lo previsto en el Arto. 2•, podrá procederse a la resposición de Jos docum'entos públicos o privados, expedientes y fallo a que se refiere el Arto. 11, en juicio_ sumario, ante el Juez competente, debiendo tenerse como partes a los obligados e interesados en el do.. cumento, expediente o fallo de que se trate. Será Juez competente el del domicilio de cualquiera de Jos obligados o interesados, cuando se trate de documentos públicos o privados, y cuando se trate de expedientes o fallos judiciales será Juez competente el que tramitó el expediente o dictó el fallo objetos de la reposición. Para la tramitación de esta clase de juicios no será necesaria la presentación de la Solvencia Fiscal del que apareciere como demandante.
Además de los medios generales de prue· ba, cuando se trate de expedientes de jui· cios o documentos contenidos en ellos, deberán presentarse las certificaciones de las sentencias de los tribunafes superiores, recaídas en el juicio destruido, en donde se encontraba el documento. La relación que se haga en la respectiva sentencia de las pruebas instrumentales del juicio, hará plena prueba sobre la existencia de las mismas, salvo pru•eba en contrario.
Arto. 4•-Cuando se trate de juicios ejecutivos y no pudieren obtenerse las certifi· caciones contempladas en el artículo ante· rior, la resolución respectiva firme solamen· te podrá ser repuesta en virtud de sentencia que dictare en juicio sumario el Juez que pronunció la anterior, quien para tal efecto deberá basarse en los carteles de subastas publicados en "La Gaceta", Diarío Oficial siempre que ellos arrojen Jos datos necesarios.
Arto. 5•-Cuando de las pruebas que se presenten en el juicio de reposición resulte que la obligación establecida en el documento que se trata de reponer es ejecutiva y apa· reciere con toda claridad el monto de ella y la circuntancia de estar vencida, la reso-. lución que se dicte llevará. apárejada ejecu· ción.
Arto. 6?-Las actas de adjudicación o remate, debidamente extendidas en los Libros .respectivos serán suficientes para que el Juez otorgue las escrituras de transferencias de dominio a que dichas actas se refieren, sin necesidad de ningún otro antecedente.
Arto. 7•-Si fuere imposible. los documentos a que se refiere el Arto. 21?, servirá ca .. mo principio de prueba por escrito la certi· ficación expedida por el Juez y Secretario, Cartulario o funcionario público que hayan i.ntervenido en el juicio o actuación respectiva, sobre la presentación Q ·~is.l!lncf11 del
documento que se trata de reponer y sobre su naturaleza y valor.
Arlo. 8•-Los que tuviesen en su poder certificaciones, testimonios o ejecutorias de sentencias, cuyos originales y el Libro copiador en que debieron haberse copiado según el Arto. 446 Pr., hayan desaparecido, podrán presentarlos al Tribunal respectivo para su copia en el nuevo Libro copiador y esta copia rendrá los efectos que en dicha disposición se consignan.
Arto. 9?-Los procesos criminales· se re· pondrán de oficio o a solicitud de parte interesada.
Arto. 10 .-Los Libros copiadores de sen· tencias, cualquier actuación judicial o publi· cación en "La Gaceta", Diario Oficial que den a conocer los antecedentes de una cau· sa criminal servirán de base para la conti· nuación de la misma.
Arto. 11 .-Para reponer los autos de pri· sión dictados en procesos criminales cuyos
. expedientes hubiesen sido destruidos, bastará cualquier documento auténtico que acredíte su existencia.
Arto. 12.-En la reposición de los jui· cías ejecutivos iniciados por las lnstitucio .. nes Bancarias, la sentencia del juicio de reposición .dará mérito ejecutivo a las certificaciones de las cuentas que figuren en los libros de dichas Instituciones, libradas por los contadores autorizados y aprobadas por la Superintendencia de Bancos, siempre que estas certificacion'es se acompañen de una constancia firmada por el Juez de Distrito y Secretario respectivos, de haberse inten• tado en dicho juzgado el juicio o juicios eje· cutivos a que se· ·refieren las cuentas de los Bancos.
CAPITULO 111 De la Reposición del Registros
Arto. 13.-Cuando por cualquier motivo ocurra la destrucción parcial o total o desa· parecimiento de algunos o todos los Libros que comprenden los Registros a que se refiere el Arto. I• de esta L:ey, se procederá de acuerdo con las disposiciones siguientes.
Arto. 14.-En Jos Departamentos donde fuere necesario, habrá un Tribunal de Re· posiciones integrado por el Registrador Pú· blico respectivo y dos abogados con sus respectivos suplentes nombrados por la Corte Suprema de Justicia, que deberán tener las calidades exigidas para los Magistrados de las Cortes de Apelaciones.
La integración de estos Tribunales se hará conocer mediante aviso que deberá publí· carse en ºLa Gaceta", Diario Oficial, en un periódico de la capital y de la cabecera de.· partamental respectiva, si lo hubiere. En este aviso se deberá indicar la fecha en que comenzará a funcionar el Tribunal.
Arto. 15. -El Tribunal de Reposiciones ordenará de oficio la reposición de los Libros destruidos o desaparecidos que forma· ren parte de los Registros a que se refiera el Arto. 10 de esta Ley.
Cuando estos Libro• hayan sido microfi!.
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1683
mados o exista un Registro central en que consten las inscripciones de los mismos, se ordenará el traslado o trascripción de estas inscripciones a los nuevos Libros que al efec· to se abrirán, para lo cual se acompañará fotocopia firmada por el encargado del Registro central o por el funcionario encar~
gado de la custodia de los microfilmes y sellada con el sello de su oficina.
Cuando no existiere Registro central y sean microfilmados los Registros desaparecidos, el Tril)unal de Reposiciones ordenará la apertura de nuevos Libros en los cuales se ha· rán a solicitud de parte las reposiciones de inscrip~íones de acuerdo con el procedimien .. to que adelante se determinará.
En ambos casos los nuevos Libros serán autenticados y firmados por los miembros del Tribunal de Reposiciones. Esta auten· ticación se hará en la apertura y el cierre de cada Libro con indicación de su fecha.
Cuando se trate de Libros de Registro del Estado Civil de Las Personas los nuevos Libros serán autenticados y firmados además por el respectivo Registrador del Estado Civil de las Personas.
Las trascripciones tendrán los efectos del asiento original, así como todas las anotaciones que aparecieran al margen del mismo.
Arto. 16.-Para la reposición de partidas del Registro del Estado Civil de las Personas se procederá de acuerdo con lo ordenado en el Arto. 567 C. En la reposición de inscrip· dones de los demás Registros intervendrá el Tribunal de Reposiciones de acuerdo con el procedimiento que se establece en los siguientes artículos.
Arto. 17.-Las atribuciones del Tribunal de Reposiciones son independientes de las asignadas al Registrador Público en el Arto. 147 del Reglamento del Registro Público y su reforma de 15 de noviembre de 1950, pero se su jetará en lo pertinente a la Ley de Actualización y Mantenimiento del Catastro Nacional, de 24 de diciembre de 1970 y a la Ley reformatoria del Arto. 149 del Reglamento del Registro Público de 30 de julio de 1971. Por Jo demás el Tribunal actuará de conformidad con lo prescrito en la presente Ley y demás leyes y Reglamentos aplicables.
Arto. 18.-La solicitud de reposición de inscripción se presentará por escrito en dui::licado, acompañada de los documen'tos pertinentes y deberá contener lo siguiente: a) Nombres y apellidos del solicitante. Si
tales nombres y apellidos no coinciden con fos consignados en los documentos presentados, se explicará la causa de tal diferencia;
b) Edad, profesión u oficio, estado, lugar de nacimiento y domicilio, y dirección de la casa de habitación del patente;
e) Referencia clara del documento presentado;
d) Descripción del inmueble cuya reposi· ción de inscripcción se pretende o sobre
el que incide su derecho o los bienes muebles gravados. Si el inmueble es urbano, se indicará el Cantón, Avenida o Calles, enumeración y dimensión de las edificaciones. Sí es rústico, su nom .. bre y el del principal camino que conduce a él; si el terreno es propio o ejidal, su extensión precisa o aproximada, edificaciones y cultivos, pudiendo omitirse en la solicitud cualesquiera de los datos indicados que constaren en el título que se acompañe a ella. En uno u otro caso se declarará si el inmueble está hipotecado o gravado de otra man'era o si sufre o goza de una servidumbre, detallando estas circunstancias, linderos y nombres de los vecinos actuales ... si los conociere el soli· citan te;
e) Si se tratare de la reposición de ins· cripciones en el Registro de Personas habrá de consignarse los nombre y apellidos y demás calidades de identifica· ción de las personas a quienes el do· cumento o documentos favorezcan o declarar que a nadie otro interesa, y
f) Cuando se trate de anotaciones preventivas de demanda, Jos pormenores del derecho cuya anotación se pide reponer, detallando los bienes sobre los cuales recayó la acción.
Toda solicitud se anotará en el Libro Diario que para el efecto abrirá el Tribunal.
Arto. 19 .-Cuando la salicitud de reposi· ción fuere hecha por comerciantes para obtener reposición de inscripcíones en el Ra.. gistro Mercantil, el escrito contendrá, ade· más de las indicaciones expresadas en los: incisos a), b) y e) del artículo anterior, las siguientes: a) Lugar del establecimiento, negocio y ofi
cio, y b) Declaración de que el pacto social no
ha sufrido alteración alguna y de que los poderes, en su caso, no han sido alterados ni revocados.
Arto. 20.-A falta de cualquier otro documento de mayor valor legal, los !estimo· nios o copias a que se refiere el Arto. 1142 Pr., con inclusión textual de la razón de la inscripción anterior, bastarán para reponer la inscripción.
Arto. 21.-EI Tribunal tomará sus resoJu. dones por mayoría de votos. Si hubiere ne. cesidad, a juicio del Tribunal, de nuevas investigaciones, podrá realizarlas en un plazo no mayor de treinta días. Pasado ese término si el Tribunal no ordenare Ja reposición ni dictare resolución negativa, el inte~
resado podrá ocurrir de queja ante la Sala de lo Criminal de la Corte de Apelaciones respectiva, la que señalará un plazo de ocho días para que el Tribunal se pronuncie. Por cada día que exceda de ese término, cada miembro del Tribunal incurrirá en una multa de Cien Córdobas ( (1100.00) que impodrá la Sala que conoció de la queja ¡¡
\ .
' . 1684 LA GACE'l'A-'l;>IARIO OFICIAL .
·beneficio de la respectiva Junta Local de Asis- · tos. Se considerará para todo los efectos tencia Social. Si a pesar da la aplicación ' legales como fecha de las nuevas. inscripcio. de la multa persistiera la negligencia, los' nes, la que tenga la razón de la inscripción responsables, a solicitud de parte interesada, anterior puesta al pie del título. Si los tí· serán destituidos por la Corte Suprema de 0 tulos se hubiesen extraviado y no pudiere Justicia, quien deberá oírlos de previo. · . justificarse por Aingún otro documento au·
Arto .22.-Cuando fuere denegada una re- téntico la fecha de aquella razón o de los ·posición, el intéresado podrá ocurrir ante el . asientos origina1<'5, .la fecha de la nueva ins. Juez del Distrito de lo Civil correspondiente. . cripción será la de la reposición.
Art<:>. 23.-De los títulos cuya reposición Arto. 27.-AI extenderse el asiento rela-de inscripción no pveda hacerse de modo tivo a una propiedad que su dueño afirme definitivo, el Tribunal ordenará su anota- estar hipotecada o gravada, el Tribunal con
. ción preventiva con arreglo al Capítulo IV signará en la Sección respectiva esa cir-del Reglamento del Registro Público. · cunstancia. Si el interesado se presentare
después, se procederá conforme el Arto. 25. Arto. 24. -El titular de alguna hipoteca,
servidumbre u otro derecho real 0 de arren- Arto. 28 .-Las anotaciones en el Diari<> que damiento escriturado, constituido sobre finca llevará el Tribunal de Reposiciones tendrán
·cuyo dueño no hubiese repuesto la inscrip- valor legal por el término de noventa días. ción de su propiedad, podrá solicitar la re. Arto. 29 .-En caso de implicancia o recuposición de la inscripción de su derecho, sación, falta o imposibilidad temporal de conjuntamente con la de la inscripción del alguno de los miembros del Tribunal, éste inmueble sobre el que recaiga aquel. La ins. se integrará con los suplentes respectivos. cripción de dominio se realizará c<:>nforme las reglas generales, sin perjuicio de que el Arto. 30 .-Cualquier persona con derecho
. dueña pueda solicitar se adicione o rectifi- para ello podrá impugnar o pedir la canee. que, previa presentación de nuevo documento. !ación de los asientos de reposición de ins·
cripción ante la justicia ordinaria. Este de· . Arto. 25. -Los asientos de reposición de recho prescribe al año de la fecha de la re
inscripción en las Secciones de Derechos posición. En ningún caso la resolución del Reales, Hipotecas y Cancelaciones en los Re- Tribunal perjudicará a los que hayan contragistros de Personas y de Prenda Agraria o . tado con base en la nueva inscripción, salvo Industrial, contendrán los pormenores que fraude o dolo comprobados. e~igen las leyes respectivas. los documentos cwya reposición de inscripción debe hacerse Arto. 31.-la Dirección General de In-
- en el Registro Mercantil, se copiarán ínte- · gresos facilitará al Tribunal de Reposiciones gramente, como lo establece el Código de - 'os informes que el Registro le hubiese en. la materia. · viado de acuerdo con la ley de 14 de diciem
':ire ·de 1939; y IG>s demás documento.s y da-En uno y otro caso se hará una relación tos que el mismo le haya suministrado.
de los escritos que amparan la presentación Así mismo los Notarios facilitarán al Tri-. de la solicitud, si los dalos no constan en
los documentos. Se pondrá razón de que se · bunal de Reposiciones, a costa de éste, to· d · 1 dos los datos e informaciones que les ro-
. repone la inscripción de acuer o con a pre- lititaren. sente Ley, citando el Diario conforme la régla general. · Dichos informes y datos serán tomados en
Estos asientos serán firmados por el Re- '.cuenta por el Tribunal para fallar la solicitud . gjstrador y demás miembros del Tribunal. ·de reposldón . . !Ín el documento respectivo, el Registrador' Arto. 32. -En todo lo posible el Registra·
'"scribirá la razón de que ·habla el Arto. · dor Público continuará en el ejercicio de 163 del Reglamento del Registro Público y · sus funciones ordinarias sin interrumpir ni c:lfoho documento, junto con el duplicado ' contrariar las labores de que trata esta Ley. de la solicitud, formará el trtolo que ha de Arto .. 33 .-Las reposiciones a que se reresguardar la propiedad, derecho, ¡¡cto o con- fie!'e la pl'.esente Ley cléberán h&éerse en el l'té!O cvya inscripción se rej>Gne! •. · Mrfnloo dé un año desde la fecha en que
l · Cuando se trate de reponer inscripciones· se instale el Tribunal respectivo. · de derechos reales en el l!egisiro Y los ín-j CAPITULO IV
IJ!,resádos hubiesen presentado títu~$ • ante• Dit¡IOSiciones Generales . ®,dentes de la propiedad, el Ttlb1N11'1r!l!s.:11e1 , Arto, 34.-Los Notatios que hubieren per
pj:)drá en e-1 lugar corre•¡l<>Adienlll,'-teg\1!11 la; , «;!ido a co1>secuencia de incendio u otro si· l!téha de su presentación, abr-ietido· on· a<lien~ niestro el Protocolo que tenían abierto, poto. que identificará con la· pailabrá .. "Aflt«e< drán justificar esa pérdida ante la Corte Su·
· dehtés" Y los números que· les· cé!'r~cll&'l.• , pr<>ma de Justicia. Una vez demostrada, el Arto. 26,-Las inscripciones y demás; Tribunal Supremo los autorizará para abrir
asiento que se repongan con arreglo a es.ta; un nuevo Protocolo complementario del an. Ley, surtirán, en cuanto a· los derechos que terior para lo que falte del año. Todas es· · de ellas consten, los efectos.· que. tes éorres.. tas circunstancias se consignarán en el acta
penden según la legi•lación vi@i'nte en la fe. . de apertura, la cual se transcribirá a la Cor· c:ha en que se hicieron los asientos repues· te Suprema, a los Juzgados de !o Civi 1 del
LA. GACETA-DIARIO -OFICIAL 1685
Distrito y a los Registradores Públicos de los Departamentos respectivos.
Arto. 35. -Los miembros del Tribunal de Reposiciones no podrán ejercer el Notariado mientras desempeñen su cargo.
Arto. 36.-EI Tribunal de Reposiciones nombrará al personal de la oficina, con los cargos y en el número que sea necesario.
Arto. 37. -El Tribunal de Reposiciones publicará periódicamente un Boletín informativo, en que se consignarán en extracto las solicitudes de los interesados y los datos de las inscripciones y pormenores de las fincas, derechos y documentos respectivos.
Arto. 38.-Para los gastos que demande la ejecución de la presente Ley la Corte Suprema de Justicia elaborará, en su caso, un proyecto de Presupuesto Suplementario o Extraordinario que someterá al Poder Ejecuti· vo para su envío al Congreso Nacional.
Arto. 39.-Será reo del delito de falsedad conforme los Artos. 473 y 47 4 Pn., toda persona que en la reposición de los documentos a que se refiere el Arto. 1? de esta Ley, cometiere alguno de los actos calificados como delito en dichos artículos. Lo dispuesto en este artículo es sin perjuicio de ·las penas en que pueda incurrirse por los delitos de defraudación, estafa u otros contemplados en el Código Penal, que se cometan en relación con documentos públicos o inscripciones registrales.
Arto. 40. -La Oficina del Tribunal estará abierta al público todos los días hábiles de las ocho de la mañana a las doce meridianas, y de las dos a las cinco de la tarde, a excepción de los sábados por la tarde, y funcionará en el mismo local del Registro.
CAPITULO V Disposición Transitoria
Arto. 41. -Se suspende durante seis me• ses, a partir de la promulgación de la presente Ley, la tramitación de juicios ejecuM tivos en que recaigan embargos de bienes inmuebles situados en los Departamentos de Chinandega, Masaya, Estelí y Matagalpa, cuyos Registros fueron destruidos, salvo si se tra~ tare de hipoteca o prenda agraría o indus~ tria( inscritas. También queda suspensa du~ rante el mismo plazo la tramitación de los juicios en que se demande la efectividad de promesas de venta, que afecten propiedades inmuebles ubicadas en esos Departamentos y cuya reposición de inscripción no se hu~ biere efectuado.
Arto. 42.-Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., dos de abril de mil novecientos setenta y nueve. Francisco Urcuyo Maliaño, Presidente. - Orlando Morales Ocón, Secretario. - Roberto Vél• Bárcenas, Secretario.
Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado. - Managua, D. N., cuatro de abril de rnil novecientos setenta y nueve. - Pable Rener, Presidente. - Luis Molina Rivera, Se. cretario. - Julio Ycaza Tigerino, Secretario. · Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presiden
cial. - Managua, D. N., seis de abril de mil novecientos setenta y nueve. A. SOMOZA, Presidente de Ja República. - J. Antonio Mora R., Ministro de la Gobernación".
Cámara del Senado ===~· ------·-·- -- ===
DECIMOTERCERA SESION DE LA CAMARA DEL SENADO,correspondiente a las ordinarias del !ercer Período Constitucional del Congreso, celebrada en la ciudad de Ma~a~ua, Distrito Nacional, a las once y ve1nt1c1nco minutos de la mañana del día miércoles· trece de julio de mil novecientos setenta y siete.
Presidencia del honorable Senador don Pablo Rener Valle, asistido en la Primera y Segunda Secretaría por los honorables Senadores doctor Constantino Mendieta Rodríguez y don Raúl Arana Montalván, respectivamente.
Concurren, además, los honorables Senadores don Adolfo Altamirano Dfarghe, doctor Eduardo Conrado Vado, don Arturo Cruz Porras, doctor Ernesto Chamorro Pasos, don Rigoberto García Reyes, doctor Lorenzo Guerrero Gutiérrez, doctor Uriel Herdocia Argüello, don Gabriel Irías Irías, doctor Francisco Machado Sacasa, doctor Alejandro Mar, tínez Urtecho, general Roberto Martínez Lacayo, doctor Edmundo Paguaga Irías, don Max Paguaga Irías, doña Juana Cajina de Peters, general Rigob'erto Reyes Arauz, doctor Tomás Salazar Rodríguez, doctor Manuel Sandino Ramírez, doctor Carlos José Solórzano Rivas, doctor A!ceo Tablada Salís, doctor Julio Ycaza Tigerino y doctor J. David Zamora Pastora.
1º-EI honorable Señor Presidente, Senador Rener Valle, declaró abierta la sesión.
2•-Solicitó la palabra el honorable Se· nador doctor J. David Zamora Pastora, presentando a sus estimables colegas Senadores, un atento saludo al regresar de su breve viaje de vacaciones por los Estados Unidos de América. Al mismo tiempo, dijo, deseo aprovechar esta oportunidad para trasmitirl'es algunas impresiones y sugerencias que esa visita suscitó en mí y que consideré de interés para Nicaragua. Se refirió a conti-nuación a !a magnífica arborización existente en ciudades y pueblos grandes y p'equeños estadounidenses~ como Nueva York1 New Jersey, Boston, etc., así como en las carreteras, campos y en las mismas casas de los habitantes; es decir, se observaba en aquel país, un gran cuidado por la vegetación en todos sus niveles. Ese edificante espectáculo de verdor, agregó, tanto a mí como a Jos amigos jinoteganos que me acom~ pañaban, me hizo pensar en el gran problema que a.guí en Nicaragua se ha venido
1686 LA. GA.CETA.-.'DIAlUO OFICIAL
presentando, por el despale inmisericorde y general de nuestros bosques y me llevó a es· cribir algunos pensamientos que me gusta· ría leer, con la venia de ustedes, a título informativo, ya que por definición, todos nosotros somos fundamentales interesados en todos los problemas nacionales. Con la ve· nía de la Presidencia, dio lectura al documento en cuestión, denominado #Propuesta de un Plan Nacional de Reforestación", que a continuación se consigna en toda su ex.tensión:
"Creemos que ya existe en Nicaragua una amplia conciencia de los daños causados en nuestro país por la tala excesiva e indis· criminada de los bosques y árboles en gene. ral, que ha determinado un notable empobrecimiento del régimen de lluvias, con el con. siguiente acortamiento o incluso secamien .. to completo de muchas fuentes de aguas, dando origen a muchos problemas conexos, como el de las tolvaneras en algunas regiones algodoneras de Occidente, en donde ya se pueden apreciar algunas zonas semi-desérticas, en las que se están formando (as dunas de los futuros desiertos en que se convertirán los campos de nuestro país, si no se toma una pronta y efectiva acción al respecto.
Por lo tanto, nos permitimos lanzar a la consideración nacional la siguiente propuesta de un Plan Nacional de Reforestación, el cual, en sus lineamientos fundamentales básicos y condensados, consistiría en lo si~ guiMte:
l. -Reforzar el sistema actual de prohi· biciones, basado en las diferentes leyes fo .. restafes, para evitar fa continuación de los despales innecesarios.
2 .-Establecimiento de viveros forestales en todas las ciudades, pueblos, villas, caseríos, valles y comarcas del país, a la par de un sistema de suministro de semillas de árboles, para ser distribuidas a los finque· ros y campesinos en general.
3.-Establecer un régimen especial de re· serva forestal para todos los macizos montañosos del país, como el Pañas Blanca, Ki· lambé, Musún, Saslaya, etc.; debiendo comprender dicho régimen, en primer lugar, la prohibición completa de cortar cualquier clase de árboles y además la reforestación de aquellas secciones que puedan encontrarse desprovistas de árboles; debiendo también acondicionarse todos estos macizos como Par .. ques Naturales Nacionales, debidamente cui· dados y mantenidos, para fines de recreación pública y turismo, así como de lugar seguro de protección para la fauna y flora naturales de la región.
4. -Acción efectiva y coordinada, para re .. forestar adecuadamente las márgenes de los ríos y de todas clase de corrientes y depósitos de agua, permanentes y estacionales; debiendo abarcar la acción de reforestación a todas aquellas zonas del territori,o nacional que así lo requieran, especialmentl! lo$ aire-
dedores de los centros de población, con énfasis en las cumbres geográficas, como cerros y picos, para atraer las lluvias, evi· tando a la vez la erosión de los suelos y conservando en ellos un mayor grado de humedad, con las consiguientes ventajas de más fertilidad y mejor provisión de agua para las fuentes subterráneas de agua.
La acción de reforestación debe extender· se a todas las fincas y explataciones agrícolas y pecuarias, en las que deberá dejarse una reserva forestal mínima que estimamos en un diez por ciento ( 10%) del área de la finca respectiva, además de otras medidas complementarias, corno la siembra de árboles a lo largo de las cercas y en medio de los potrerosr en una forma que, sin entor· pecar el aprovechamiento de los pastos, proporcione mayor protección a los animales y frescor al ambiente; - Deberá hacerse también capítulo especial de la arborización urbana, en una acción conjunta de las muni· cipalidades con toda la ciudadanía. - Es también entendido que en todos estos campos deberá mantenerse un adecuado sistema de divulgación y publicidad, destinado a lograr el máximo apoyo público al Plan.
5. -Deben tomarse todas las medidas ne· cesarias para hacer efectivas las recomendaciones de Conferencias Internacionales, en el sentido de sembrar arboledas a lo largo de la carretera y caminos, como es la regla ge· neral en países de mayor adelanto que el nuestro.
6.-Las medidas anteriores, que conside· ramos como las principales, deberán ser com·
(ContinUllll'á)
PODER EJECUTIVO Ministerio de Edueeei6n P6blice
EXTIENDESE TITULO DE LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA ENFERMERIA A SRITA.
LIDIA NEREYDA MORAGA G. Reg. No. 3609 - R/F 563881 - ~ 75.00
No. 147-T EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando: Que la Universidad Politécnica de Nicara
gua, que funciona en esta ciudad, pide se le extienda el Título de Licenciada en Cien· das de la Enfermería, a la señorita Lidia Nereycla Moraga González, natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, en virtud de haberi'e conferi· do el correspondiente Diploma, a los quince díás del mes de enero de mil novecientos setenta y nueve.
Acuerda: l . -Extenderle a la señorita Lidia Nereyda
Moraga González, el Título de Licenciada en Ciencias de la Enfermería, para que goce de todos los derechos y prerrogativas que le conceden las Leyes de la República y Reglamentos del Ramo.
2.-EI presente Acuerdo para su validez,
LA. GACETA-DIA!UO Ol!'ICIAL 1687
====================-~~=-==···=·~"==~··---
deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, por cuenta de la interesada.
Comuníquese: Casa Presidencial. - Managua, D. N., veintitrés de febrero de mil novecientos setenta y nueve. - A. SOMOZA D., Presidente de la República. - Maria He. lena de Porras, Ministra de Educación Pú· blica.
EXTIENDESE TITULO DE LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA ENFERMERIA A SRITA.
JOSEFA BACA GONZALEZ
Reg. N' 3608 - R/F 563686 - OC 75.00
N• 175-T EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando: Que la Universidad Politécnica de Nica
ragua, que funciona 'en esta ciudad, pide se le extienda el Título de Licenciada en Ciencias de la Enfermería, a la Señorita Josefa Baca Gonzál..,;, natural de Chinandega, De· partamento de Chinandega, República de Nicaragua, en virtud de haberle conferido el correspondiente Diploma, a los quince dias del mes de enero de mil novecientos setenta y nueve.
Acuerda: 1 .,.-Extenderle a Ja señorita J...efa Baca
Go~ález, el Título de Licenciada en Ciencias de la Enfermería, para que goce de todos los derechos y prerrogativas que le conceden las Leyes de la República y Reglamentos del Ramo.
2.-EI presente Acuerdo para su validez, deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, por cuenta de la interesada.
Comuníquese: Casa Presidencial. - Managua, D. N., veintiocho de febrero de mil novecientos setenta y nueve. - A. SOMO· ZA D., Presidente ele Ja República. - Maria Helena de PorrH, Ministra de Educación Pública.
EXTIENDESE TITULO DE ENFERMERA PROFESIONAL A SRITA.
LUZ MATILDE SALAZAR BETETA
Reg. N' 3672 - R/F 563774 - ([ 75.00
N' 130-T. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando: Que la Universidad Politécnica de Nicara
gua, pide se le extienda el Título de Enfermera Profesional, a la Señorita Luz Matilde Sala.:ar Beteta, natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, en virtud de haberle conferido el correspondien te Diploma, a los tres días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho.
Acuerda: 1 . -Extenderle a la Señorita Lux Matilde
SalMar Beteta, el Título de Enfermera Profesional, para que goce de todos los derechos y prerrogativas que le conceden las Le-
yes de la República y Reglamentos del Ramo. 2.-EI presente Acuerdo para su validez,
deberá ser publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, por cu'enta de la interesada.
Comuníquese: Casa Presidencial. - Managua, D. N., once de abril de mil novecientos setenta y ocho. - A. SOMOZA D., Presiden· te de la República. - María Helena de Porras, Ministra de Educación PUbJica.
RECONOCESE VALIDO E INCORPORASE TITULO DE DR. EN MEDICINA Y CIRUGIA
A CARLOS MANUEL Gl\DEA S.
Reg. N• 3632 - R/F 564223 - (! 135.00 "Resolución N• 457. - Ministerio de Edu.
cación Pública. - Managua, D. N., seis de abril de mil novecientos setenta y nueve. Las ocho y cincuenta minutos de la mañana,
Vista la solicitud presentada por el señor Carlos Manuel Gadea Salgado, quien pide el reconocimiento e lncorporación de su Título de Doctor en Medicina y Cirugía, obtenido en la Universidad de Bolonia, República Italiana, el día 7 de marzo de 1968,
Considerando: Que de conformidad con la Ley de lncor•
poración de Profesionales de 20 de enero de 1966 y el Arto. 114 Cn., e lnc. 1' de la mencionada Ley que dice: "Los nacionales que obtuvieren títulos fuera del país serán incorporados para ejercer su Profesión con solo demostrar la autenticidad de los mismos y que éstos hayan sido obtenidos en Universidades reconocidas como tales en el Estado donde funcionan,
Por Tanto: Y de conformidad con el dictamen emitido;
Resuelve: 1•-Reconócese legalmente válido e lncor•
pórase el Título de Doctor en Medicina y Cirugía, obtenido por el señor Carlos Ma• nuel Gadea Salgado, en la Universidad de Bolonia, República Italiana, el día 7 de mar• zo de 1968. Así mismo declárase equivalente al Titulo ele Doctor en Medicina y Cirugía, que expide el Estado Nicaragüense.
2•--La presente Resolución para su validez, deberá ser publicada en "La Gaceta", Diario Oficial, por cuenta del interesado.
Comuníquese Cópiese y Archivese. - Managua, D.N., 6 de abril de 1979. - María Helena de Porras, Ministra de Educación Pública. - Ante mí: Ignacio Castillo Masís, Director de Servicios Administrativos de Educación Pública".
Se registró al Folio N' 148, Partida N' 400, de! Libro de Registro de Nivel Superior, Conforme Resolución Ministerial N' 457, del seis de abril de mil novecientos setenta y nueve, el Título de Doctor en Medicina y Cirugía, a favor de Carlos Manuel Gadea Salgado.
Managua, D. N., 18 de mayo ele 1979. -Hercilla Sleza Granera, Jefe de la Sección de Registro de Títulos y Arriendos.
Jteg. ~(). 221~ ,,;-~ (9284$ - l!;'ÍI - f~OO
PAN.AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY SUCURSAL EN NICARAGUA
Balance General, C<Yndensado al 31 de Diciembre de 1978
10-~(N&to)
a) b)
ACTIVO
:~f =~y . l'!aOO ••• •• .. .. . ......... ..
~fi'.: . ·\········· ..... . $- -~·.:,J~;~/-.'·~.~·'.":i:·:· ::··:.!~ .... :·:- :;· :: :_,.,·~---·:. _ .. _ ..
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~.~~ :: :: :: :.: :: :: :: :: :: b) JteaftenMd.Ojes •• ,. •• •· ...... ~ •• ........ ••
ll--~ de Se¡uro$ J: ~-· .•••.•••••••.
;~ ~C:~1ióa'~~:·iJ?~ó·.·.· :: :: .. C) lteset'VaS en Dep6$1to .por Reaf, ~~ • , • • . • • • • • •
15--Déntlert::s. Vnrios NGlo) .••..•• , •••.•.•••••• , • • • • . • • . • • • . • • . 'l5-Deru!ores \l'ario8 (N~tf>)- • , ...... ., .. ., • • •• • • • • • ••• 17-otros AetfVOS - , '· ~Diferidos (N~) .• , ••• , •••••••..•.••.••. , •••
TóTAI. ÁC'l.'IVO ••
··------------·------·--·---·-- ---------'"--- -·--
(168..252,963.50
11 70.000.00 61.74S,-0!8.27
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~ 4.456,450.99 1.9'16,494.24 -.----·---
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Jj 8.223,2$1.ti'l'
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4;02,852.17
9:i;óils.35 . 1
C75.859,Q18.6A • 1
PAf:!IVO
20-Reservas Técnicas y Matemátieas . . . . • . • , . . • •
a) Reservas de Seguro 4e Vida • . • . . • . • ,, • . • . .. b) Ee~rvas de Accidentes y Enfermedades • . • • • • e> 'Reservas de SegtítO de Daños • • • . • • • • . • • • d) Reservas l>al'a l"ianzas . • . . .. • . • , .. • . • • e) Re&ervas para Siniestros Pendientes . . . . . . . . . • f) Iteserv~ de Previsión . . . . . . • • ~} Reservas pam Rentas y PensiOfl?S • • .-. • • • . • • • •
21-()blhra.clones Contractuales, . . • . . • . • • • • • • • • • . • • • • • • • • . • • 22.--lnsütuciones Reaseg. y Beaf. .. • • .. .. • . .. • • • • .. • • ..
a> cuentas Corrientes . . , • . . . . • . . . . . • . . . . . . . . . . • . . . . b) Réervas Retenidas por Rreaseg. Cedido . • . • • • .. • • .. e) Resertas Retenidas por Renf. Cedido . . • . . • . . • . • •
23--Préslatnos por Pagar • , . . • • • . • • . . • . • . • • • , • • • . 25--Acreeft<Wes. Varios . . . .. , •.. , ...•..•.....• , • • • • • •.. ~Ma'hir.s" ........................................ ..
a) utilidades por ltenlEm8r . . • • • • • • • • • . . • • • • . • • Menos: .................................. .. b) SeJ4o Deudor • • • • • • • • • • • • • • • • • • . • • • • • • • • • • • • . • •
i1--()tros Pasivo!l . . , . • • • • • • . • • • . • • • • • • , • • • • • • , • • • , • • , ~&os ·Diferidos .• .. •• • . • • .. • • . • • • •• • . • • .. • • •• • • • • • . • ·
TO'l'AI. ;>ASIVO . • • • .. .. .. • • .. ..
CAPITAL, RlíJf:!EBVAlil Y SUP:(;IBAVIT 43-0>pilal PaJ>d• .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. •1--Resenas de Capital • . • • . . . . '. • . . • • . . . • . • • 42 Sbpeloivit • • • . • • , • . • . . • • . . • • . , . . . . • . . . • .
a_) N:o Di~tribulbie .. .. .. .. . • • . .. .. • . .. .. b) DistrH~utble • . , • • . . . . , . . , • • . , • . , • , • • • ,
43-~ .......... ..
TOTAL PASIVO Y CAPITAL
OOENTAf:! DE ORDEN "10--Besponsaldiidad por Sepro9 Y ~ •• • • • • • • • • • • <f 537,lWll.41
m;.E'i'f<i AiuuETA E., Gerent.e do Administración.
71-...le!JtOS Oedidos en ~ • • • . •• • • • , • • • • • • • ., •• '12--Resp-Onsabtlidad por Fl.- QtOJ:gadQ • • • • • ._ • • • • • • """ -'13-Jlealiamamlento CellldO · · ·
WILUAM lll:.EllUN C., Contador.
-.-.ALEJANDRO LEIVA C • .,
AUditor Interno.
~
_<t~:TT!·º~~:~ (t62.003,159.50
99,117.00 .-.-1.852,633.37
I~ 820,107.00
<,t lL035,fsLS5 5.189, 5G'.62 §:
<r 3.:\44,"8.57 [¡! 1.844,ill.05 lo-3
r * 61ffi,i!21.&S t! tJ (955.198.49) ~
((j! .. 5.198.49) 11
~ ti' 442,916.00 ~ (t76.103,018.4G
'150,000.00 750,000.00
({J 1.743,089.176)
(f75.859,926.~~~
LA G'AC'J1JTA-I>IARIO OFICIAL 1689
Reg. 2778 - R/F 49284$ - 1/2 (f200.00
PAN-AMERICAN LIFE INSURANCE COMPANY, SUCURSAL EN NICARAGUA
ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS CONDENSADO DEL J.o. DE ENBRO DE 1978 AL 31 DE DICIEMBRE DE 1978
l-lngf'e8o de Pl'ifnag
1-Ingreso Neto de Primas • • • . . . . . . . . . . . . • . .
Menos.: 2-Primas p.or RA!aseg, y Reaf. Cedido . . . . . . . . . . . .
&-Primas Retenidas (1-2} .. .. . .. .. .. . . .. . . .. .
U-Variación de ReWrtias Técnicas por Retención 4-Reservas de Seguros y Fianzas . . . . . . . . . . . . 5-Reservas de Previsión .. .. .. . .. .. .. .. .. . • .. .
6-Total Variación (4 + 5) ............... ..
7-Margen para Siniestros y Gtos. Operac. (3-6)
lll--008to de 8~
8-Siniesl'.ralidad Neta .. .. .. . . . .. .. .. ..
M.eno.s: 9-Neto Recuperado por Reaseg. y Reaf. . . . . . .
lO-COOto de Siniestralidad por Retención (8-9) . . . . . .
11-Margen para Gastos Operacionales (7-10) ........ .
1V-Gasto8 Operacionale8
12-Total GaatGs Opetlacionales ................ .. Mei!08:
13-Comisiones por Rellseg. y Reaf. Cedido . . . . . . . . . .
14-Gastos Netos Operacionales (12-13) . . . . . . . . . . . .
15-Pérdida. Operacional . . . . . . . .
V -Prodlltcfo3 y Gastos B!mancieroo 16-Productos Finaneiel'Os • . • . • . . .
Menos.: 11-Gastos Pina'IICletos . . . . . . . . . .
18-Productos Netos Financieros (16-17) ........... .
19---Pérdí.da. .. . . .. • . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ..
VI-Otr08 P~08 y Gastos
20--0tros Gastos Netos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21-Pérdida Neta Antes de m. .. .. .. . . .. .. .. .. . .
Jllkmos:: 22-Impuesto sobre la. Renta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . .
2~Pérttida Neta- despnés de IR (21-22) ..
q: 21.211,499.75
4.424,464.87
1$'.16.787,034.SS
5.551,389.22 -.--el! 5.551,389.22
<$! 11.235,645.66
14.157,645.94
3.154,703.19
4! 11.0!)2,942. 75
CJ: 232, 702.91
7.362,220.49
555;175.08
6.807,045.41
( 6.57 4,342.50)
4.957,333.90
97,812.30
- 4.859-,521.60
(1.714,820.90)
(28,268.86) -~
(1.743,089.76)
-.-e ir 1. 743,osg. 76 i
Bllmb>erto> A1'l'i<ltG 111., Gerente de Admlnlstración.
W'illiam Alem<ln a., ¡ Contador. -
Alejandro Lewa CJ., Auditor Interno • . - ,,._'
1690 LA.. GA0E'l'A-J:>IA.RIO OFICIAL . .
Ministerio de Economía, Industria y Comercio
~== ·---~···=-- === SECCION DE PA'l'EN'l'ES DE NICARAGUA
Marcas de Fábrica Reg. No. 3170 - R/F 527686 - 1/2 q! 90.00
Comercial Allzaga, S. A. (COMALISA), nicara. güense, mediante apoderado Sr. Luis Alizaga Flores, Presidente de la Junta Directiva de la misma, solicita registro marca fábrica:
HPARAGASTRO" Clase 5. Presentada: 4 abril 1979. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 24
abril 1979. - Yolanda Garcia de Montealegre, Registrador. - 3. Argeo Miranda, Secre,tarlo.
3 l
Reg. No, 3171 - R/F 527686 - 2/2 q! 90.00 Comercial Alizaga, S. A. ( COMAI,ISA), .nicara.
güense, mediante apoderado Sr. Luis Alizaga Flores, -Presidente de la Junta Directiva de la mism~ solicita. registro marca fábrica:
'1PARAGRIPE0
·
Clase 5. Presentada: 4 abril 1979. Opónganse. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 24
abril 1979. - Yolanda García de Montealegre, Registrador. - Argeo Miranda, Secretario.
. 3 l
Renovaciones de Marcas Reg. No. 3597 - R/F 563134 - 5j6 q! 45.00
Co!gate Palmolive Company, ·estadounidense, mediante apoderado Dr. Francisco Ortega. Gonzá .. lez, Bóliclta rendvación marea fábrica: "AXION" No. 21,070
Clase 3. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 2
mayo 1979. - Yolanda García .de Montealegre, Registrador. - Uriel .Silva T., Secretario •
a i
Reg. No. 3598 -:- R/F 563134 - 6/6 'f 45.00 Colgate Palmolive Company, estadounidense,
mediante apoderado Dr. Francisco Ortega González, solicita renovación marca fábrica; "AXION'' No. 21,069
Clase 3. Registro Propiedad Industrial. - Managua, 3
mayo 1979. - Yolanda Garia de Montealegre, Registrador. - Uríel Silva T., Sr!o.
ll 1
R.eg. No. 3546 - RJF 562204 - 1/14 ~ 45.00 Glaxo Laboratories Limited, inglesa, mediante
apoderado .Dr. Franklin üaldera Pallais, solicita renovación marca fábricá :· · - · · · ~ ºCA.LCI--OSTELIN'' ;N°~· 18,993 Clase 5.
Registro Propiedad Industrial. - Managua, 6 abrí! 1979. - Yolanda Garcla de Monte.alegre, Registrador. - Uriel Silva T., Secretario.
1 l·
SECCION JUDICIAL Remates
Reg. No. 8563 - R;F 56M66 ~ 3/r 4: M:no Ocl¡o· da' la ;m~fiana, cuatro. de junio. ,loca,! esté
. Ju~do, subastaráse, 'Televisor Zenith, serie 17 111, máquina coser Packvys, No. JV100154E-.T-A 12, de pedal. - _ ~-, , :·,
Ejecuta: ...iJmando Sa!aza:r vs. Luis :iUvas ..
Base: i; 600.0Q. Oyense postural!.· Dado Juzgado Tercero Local Civil. l\.1'.anagua,
tres de mayo de Jn.U ~vecientos setenta y nueve. - Ninfa Godoy Vlllalta, Juez Tercoro Local Civil de Managua. - César Grijalva Hinojosa, Srto.
a l
Reg. No. 3561 - R/F 563660 - 1/7 'f 90.00 Nueve de la mafiana, cuatro da junio, local es ..
te Juzgado, subastará-se; Televisor RCA Victor No. 9358948, Mantenedora Foguel, $erie No. OT23 21276152.
Ejecuta: Armando Salaza.r vs.· René Garcia. Base: q! 1,350.00 Oyense posturas. Dado Juzgado Te¡ce.ro Local Civil. Managua,
tres de mayo de tnil novecientos setenta y nueve. - Ninfa Godoy Vlllalta, Juez Tercero Local Civil de Mana.gua. - César Gtijalva. Hinojosa, Srio.
3 l
Reg. No. 3562 - R/F 563660 - 2/7 q! 90.00 Diez de la inaiiana, cuatro de; junio, local este
Juzgado, subast.aráee, Radio Sllar.p, modelo GF-16 00, mal estado, Licuadora Productor Silex, tipo 103AB1 modelo 6729, verde.
Ejecuta: Armando Salazar vs. Margarita Gó-mez.
Base: 1$: 350.00 Oyense posturas. Dado JuzgaClo- Tercero Local Civil. Managua,
diecinueve de marzo de mil nove.cientos setenta y nueve. - Ninfa Godoy Villalta, Juez Tercero Local Civil de Managua. - CéSar Grljalva, Hinojo. sa, Secretario.
3 l
Reg. No. 3564 --.., R/.F 663660. - 4/7 1$: 90.00 Diez de' 1a. inaiianS;, ,, cinco de junio, loca leste
Juzgado, .subs~e •. /.l'elev!sor ELCA, No. 4. - Ejecuta: Armanao S-a!azar vs. Iraidá García.
Base: q! 400.00 Oyense postura.a. Dado Juzgado Tercero Local Civil. Managua,
tres de mriyO---de· 'inil novecientos setent'a y nue· ve. - Ninfa Godoy Viilalta, J:uez Tercero Local Civil de Managua. - César Grija1Vá- Hinojosa, Secretario.
3 1
Reg. No. 3565 - R/F 563660 - 5/7 ~ 90.00 Nueve de :la. mafia.na,. ciru;o de junio_ local este
Juzgado, subastaráse, TeleVisor ELCA, serie 808 247, -Oa.fé. .
Ejecuta: Armando Salazar vs. Ligia Mendoza. Base: ~ 5-00.00 Oyense posturaiJ. Dado Juzgado Tercero Local CfVil. Managua,
tres de mayo de mil novecientos setenta y nueve. - Nlnfa Godoy Villalta, Juez Tercero LOcal Civil de Managua.. - César Grijalva Hinojosa, Srio. . 1 l
R<,g. No. 8566 - R/F 563660 - 6/1 q! 90.00 Ocho de la mafíana cinco de junio, local este
Juzgado, subastará.se, R;tdio Consolll, ELCA, ~é. Ejecuta: Arinartdo Sal azar vs. Carlos Silva. Base: .; 600.00 Oyense posturas; . Dado J\!Zgado Tercero· Local CiviJ. ,Managua
tres de mayó ae-tnil novecientos aetenta. ... y nueve. - Ninfa Godoy Villalta, Juez .Tercero LOcal Civil de Managua. - César Gtijalva Hinojosa, Sr!o. . s 1
Reg. No. 8567 ...c R/F 563660 - 7 /1 .<$'. 90.00 Orice de la maftana, cinco de junio, local este
Juzga.do, sub-astaráse. Equipo Sonido Magnarox parlantes p•quelíos, Abanico 2V Electrlc, serlo 8782, pequel!o,
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1691
Ejecuta: Armando Sala.zar vs. Bayardo Berrios. Base: <$ 700.00 Oyense posturas. Dado Juzgado Tercero Local Civil, Managua,
tres de mayo de mil novecientos setenta y nueve, - Ninfa Godoy Villalta, .Juez Tercero Local Civil de Managua. - César Grijalva Hinojosa, Srio.
s 1
Reg. No. 3634 - R/F 563968 - 1/3 - q: 90.00 Once de Ja mañana, seis de junio, local este
Juzgado subastaráse: máquina coser, café, mal estado pulsera d~ado 34 eslavones entrelazados.
Oyense Posturas. Bruie : ( ($: 500.00) . Ejecuta : Armando Salazar vs. llba de Picón. Dado Juzgado Tercero Local Civil. Managua,
cuatro de abril de mil novecientos setenta y nueve.. - Ninfa Godoy Villalta, Juez Tercero Local Civil de :Managua. - César Grijalba Hinojosa, Secretario.
11 1
Reg. No. 3635 - R/F 563968 - 2/3 - q: 90.00 Diez de la mañana, seis de junio, local este
Juzgado subastaráse: televisor ELCA, café, me.sa respectiva.
Ejecuta: Armando Sala.zar vs. Matilde de Ur. bina.
Base: ( <$: 450.00). Oyense posturas. Dado Juzgado Tercero Local Civil. Managua,
cuatro de abril de mu.novecientos setenta y nueve. - Ninfa Godoy Villalta, Juez Terce.ro Local Civil de Managua. - César Grijalba Hinojosa, Secretario.
3 1
Reg. No. 3635 -- R/F 563968 - 3/3 - (f 90.00 Nueve de la mañ.ana. seis de junio, local este
Juzgado subastará.se: televisor RCA, No. 404050, café.
Ejecuta: Armando Salazar vs. Martín Mayor-ga.
Base: (<f 500.00). Oyense Posturas. Dado Juzgado Tercero Local Civil. Managua,
cuatro de abril de. mil novecientos setenta y nueve. - Ninfa Godoy Villata, Juez Tercero Local Civil de Managua. ~ César Grijalba Hinojosa Secretario. '
8 1
Reg. No. 3702 - R/F 566114 - Valor 1$! 45.00 Once mañana, quince junio próximo, subástanse,
cuarenta manzanas, Santa Lµcía, Boaco. Ejecuta: Ana Sobalvarro a Laureana Campos. A"-alúo: Quinientos Córdobas. Secretaria Juzgado Local. Boaco, dieciséis ma~
yo mil novecientos setentinueve. - S. Medina, Secretaria.
a i
Reg. No. 3679 - R/F 561245 - Valor <$: 135.00 Diez de la- mafiana, cuatro de junio, este año.
local este Juzgado subastaráse automóvil Volkswagen, en mal estado, parabrisas roto, coraza y techo abollados, Chasis No. 1763426871, Motor No. F A-399696, verlo casa Bismark Castro, Deli~ cías Volga, una cuadra abajo una al lago. Managua.
Base Subasta: Ocho Mil Córdobas. Ejecuta: Juan Ote.ro S., a Alba Luz Alvarez.
Ramírez. Oyense Posturas. Dado Juzgado Tercero Civil Distrito. l\:tanagua.,
veinte mayo de mil novecientos setenta y nueve. - Dr Oriel Soto Cuadra, Juez Tercero Civil de Distrito Managua - J. Soriano, Secretario,
3 1
Reg. No. 3680 - R/F 564170 - Valor <f 135.00 Doce meridiano, próx.im.o ctnco junio, local este
Juzgado, subastaráse: Barco llamado Hans Peters color blanco con negro; mide: veintidós pies eslora, seis pies ancho, cinco pieS" calado. Equipado con motor marino de Diesel1 Marca YA, MAR, modelo TGE-6, con un pequeño dinamo, color an1arillo el motor. Puede verse Muelle San Juan del Sur, entenderse con Salomón Dangla. Alvarez.
Base: Veinticinco Mil Córdobas (~25,000.00), Ejecuta: Banco Nicaragüense contra Hans Pe
ters Freudermann. Juzgado Terecro Civil de Disrtito. - Oriel Soto
Cuadra, Juez Tercero Civil del Distrito. 3 1
Reg. No. 3736 - R/F 564566 - Valor ($: 135.00 Doce. n1eridianas, cuatro de junio de mil nove ...
cientos setentinuevc, este Juzgado, subastará, e.a~ mioneta Pick-Up, tina larga, marca Datsun, año 1977, modelo GNL..620, chasis 811970, motor 5J .. 16594, cuatro cilindros, capacidad 11/4 toneladas, color amarillo.
Base: Diecinueve Mil Córdobas, Ejecuta: La Cia. Crédito Automotriz, S. A.
(CRASA) vs. Uriel Fuentes Alvarado. Dado Juzgado Tercero Civil del Distrit0 de Ma ..
nagua, veintidós de mayo de mil novecientos setenta y nueve, - Javier Soriano Avellán. Srio.
8 I
Reg. No. 3691 - R/F 566108 - Valor ($! 45.00 Once mañana, catorce junio próximo, subástan.
se, treinticinco n1anzanas, San José, Bonco. Ej~cuta: Angel Maria Espinosa a Bruno Espi
nosa. Avalúo: Quinientos Córdobas. Secretaria Juzgado Local. Boaco, dieciséis ma ..
yo mil nove<;ientos setentinueve. - S. Medina, Se· cretaria.
3 l
Reg. No. 3751 - R/F 564082 - Valor q: 180.00 Once de la ma:ñana, ocho junio en curso, este
Juzgado, subastará, 2 TV 12" Sanyo, 2 TV 12" Crov.'Il, 1 TV 17"- Elca, 2 consolas Tele,vox, 1 equi~ po sonido National, 1 equipo sonido Televox, 1 equipo sonido maletín, 2 equipo sonido Beltone, 1 equipo sonido Beltone c/c, 3 mesas equipo sonido, 2 mesas TV 20". 3 mesas TV 12". 1 cocina Mabe, 1 cocina Tropigasito, 1 jueg-o de sala colonial, 1 refrigeradora Admiral 13", 1 .refrigeradora Cetrón 9'', 1 refrigeradora Atlas 6", 1 comedor madera 7 piezas, 3 radios Televox, 1 radio Sanyo.
Base: Cuarenta y Tres Mil Córdobas . E}ecuta: Banco ~icaragüense, S. A., contra
Brígido Ramírez Torres. Da(fo en el Juzgado Tercero Civil Distrito. Ma.
nagua, veinte y tres mayo mil novecientos seten.. ta y nueve. - Oríel Soto cuadra, Juez .
8 l
Reg. No. 3654 - R/F 563973 - Valor lf 135.00 Dit:z mafíana, Primero de junio en el afio en
curso, este Juzgado subastará bienes vehículo ranchera de dos puertas, afio 1973, Chasis 900536, Motor 2190709, cuatro cilindros. capacidad cinco pasajeros, color naranja, Modelo UNL..620; y te ... levisor marca SHARP, de veinticuatro nulgadas, sin Serie; televisor a colores, e.olor del mueble café.
Base de ambos bienes muebles: Nueve. Mil Quinientos Córdobas { ff. 9,500.00).
Ejecuta: Crédito Automotriz Sociedad An6ni~ ma, contra de los sefiores Berman Estrada Men. doza y 'VVilfredo Estrada Castro.
Dado en el Juzgado Tercero Clvil del Distrito de Managua, veintiuno de mayo de mil novecien.. tos setenta y nueve. - Jftvier Soriano Avellán, Secretario.
1 1
161J2
~=====================================-,==~~--Reg. N<>. 3651 - R/F 5$972 - Valor ~ 90.00
Diez mafia.na, dos junio de mil novecientos setenta y nue"Ve, este Juzgado subastará Jeep marca DAIHATSU, cuatro clllndros, color Blanco, Motor número 12R-14G849S, Chtiis número 11736, allo 1977, tolda <le lana.
Base: Veinte MH Córdobas (l,f 20,000.00). Ejecuta: La Compaiila. Crédito Automotriz So.
cieda.d Anóruma, OOl1tra Raúl Baca Arauz. Dado en el Juzgado Tereero <Je! Distrito de
Managua, veintidós de mayo de mil neve.cientos setenta y nueve. - Javier,Soriano Avellán, _Srio.
3 2
Reg. No. 3695 - R/F 557208 - Valor «; 135.00 Once rnaiia.na. dos julio, aAo -00rriente, local e$
te Juzgade, subastarás.e mejor postor, finca rústi. ca, situada coma.rea. i.eerr-0 Colorado", esta jurisdicción. catorce- manzan.as terreno nacional, con casa. ha.hitación, de seis por ocho varas, café -cosecltero; lindant<>: Oriente, Anastasio Dlaz y Fernando Martinez; Occidente, Vicente Fk>rea y Juan Mart-inez; Norte, Carlo¡; y :Erasmo Herrera; y Sur, Santos :Méndez:.
Ejecuta: Germen :Ma.dr:igal Urbina a Maria Ju.. U.a Granados da Castro.
Base: Cinco Mil Córdobas. Oy<>nse posturas legales Dado Juzgado Civil Distrito Matagalpa, quince
mayo mil novecientos setenta y nueve - C. Ri· vas -C. - Julio C. Mendo.za. Srio~ - Emnenda.do des.-Julio .. Valen, - Julio C. :Menda.za. Srio.
• 1
Reg. No. 3653 - R/F 563974 - Valor «; 180.00 Once y trelnta minutos -de la mafíana, del dia
dos de junio de mil novecientos setenta y nueve, este Juzgado subastará ubi.cada en el barrio El calvario de la ciudad de Esteli, que consta de seis metros y sesenta y cuatro centímetros de frente por sesenta y cinco metros, ciento ocho núlimet:ros de fondo; lindante: Oriente, c,aue enmedio, don Asunción Rugama¡ oeste, quebrada enmedio de El Zapote, ·sucesión Franciaeo castellón; Norte, Ricardo Rodrlguez Rivera; y Sur, FI· delina castellón. Inscrita bajo el No. 21'542, Asiento lo., Folios 133-134, ·T-0mo 224. Libro Dere. ehos :Reales del Registro Público de la Propiedad del Departamento de Esteli. Linea.do: Ciento Vale.
l3ase: Treinta y Cinco Mil Córdobas . . . . . . ( .¡: 35,000.00).
Ejecuta: Crédito Automotriz Sociedad Anónima, contra Luis Rodrlgue.z Rivera.
Dado en el Juzgado Civil del Distrito. Mana. gua, veintidós de mayo de mil novecientos sew ten ta y nueve. ~ Javier Soriano A vellán, Sri o.
• 2
Reg. No. 3652 - R/F' 563915 - Valor OS: 180.00 Once y diez minutos de la mafiana, doce de
junio de mil novecientos setenta y nueve, este Juzgado subastará bien inmueble ubicado e.n el lugar conocido .como Las Vegas, comarca El Azn .. Jl"ro Jurlsd!cción del De¡>Bl'tament<> d<> J<lnol:ega, Insorita bajo el mlmero 20508¡ 'l'lii:inas 76 y 77, Tomo &O. Lote de siete manzana&, :con linderos: Oriente, Propiedad Modesto ~· y d<> Jacinta Rugama de Rivera; OCcident~. Prepiedad de-José .Angel Rodrlguez T<>rufio; Norlt\ - ra.l -08 La. Pavona y Sur, de la sucesián ·de ,,.fa.ntoaio Ro~ drlguez. Registro Público del Departamento. <lo J\lnotega.
Base: Dieciocho Mil QT.tialatG& Cór.dObaB •• (~ 18,590.1*)').
Ej<lcuta: Crédito Automstriz Soded&d. Anón!. ma, contra Danilo Palacios Gadea.
Dado €111 el Juzga.do Tercero ·Civil .del Distrito de Managua, veinticinco -de mayo ,de mil ·nOvecien .. tQB setenta y nueve. - Javier Sariano Avellá.n, Se. cretario.
• 1
Reg. Na. S8-0'l - R/F 564511 - Valor <$: ao.oo Diez mañana, nueve junio mil navecientos _se.
tenta y nueve, aubastaráse,, vehículo marca Fiat 12.4:, famlliar, rojo, 4 cilindros, cuatro puertas, ca~ pacidad 5 pasajeros, c4asis 1505054, motor 43055 40.
Ejecuta: VlllSA.. Ejecutado: Fernando Triana Hacker Base: Diez Mil Córdobas netos. Puede verse: Talleres VIMSA kilómetro 3 y me
dio carretera sur. Oyenae postU't'aS, estricto contado. Dado Juzgado Tercero D'Jstrit~ Civil. Managua,
D. N., veinticinco mayo mil novecientos setenta y nueve .. - Leonel Romero S., Secretario.
l
Reg. No. 3673 - Rf.F 563696 - Valor (!: 3().00 Onoe maJlana, siete .de junio afio en curso, ven
den\Se a.J martillo: motocicleta marca HONDA, modelo S90Z, Serie No. 311219, Motor No. SOOZ!!:-311219, color azul.
Base: Dos Mi Córdobas. Ejecuta: Centro Financiero J:M, S. A., a
José Herrera Rosales y. Miguel Angel SáncheZ Martinez.
Oyense posturas legales. Juzgado Tercero Civil de Dlstrtto. Managua,
D. N. 1 veintidós de mayo de mil novecientoS" se .. tenta y nueve, - Oriel Soto -cttadra, Juez Terce.ro Civil de Distrito de. Mana-gua.
1
Reg. No. 3674 - R/F 5tl.3775 - Valor ($: 30.00 Once de la mafiana, doce de junio local este
Juzgado venderáse martillo bien mueble equipo de sonido marca: BELTONE, número 60404862 AC.OUT.LET. l20/220v. :50/6GH2.
Base: Dos llfll C6r<iob&s ( 4: 2,000.00 l. Ejecuta: Juan Rllm<>a Sáne!lez s. contra Lui
sa Duarte de Vareta. Oyense Posturas Contado. Dado Juzgado Primero Civil Distrito. Mana ..
gua,, veintidós de mayo de. mil novecientos setenta y nueve;. - Guillermo RiVJIS; cuadra, Juez Primero Civil Distrito. - Carlos Ramos, 8.rlo.
l
Reg. No. 3808 - R/F 564518 - Valor «; 45.00 Doce meridiano, nueve junio, subastaráse, me
jor postor, vehículo Skoda. 120LS, color celeste, 4 puertas, capacidad 5 pMS.jSl'os, chasis 1742310, motor 730122/JI.
Ejecuta: FAESA. Ejecutado: Julio eésar .Centeno GYtiérrez. Base.: Catorce Mil Doscientos Treinta Córdobas.
( lf 14,230.00). Puede verse; Tallare• VWSA kilómetro 3 'f.¡ ca,.
rretera sur, esta ciudad. Oyense posturas, estricto contado. Dado Juzgado Tercero de Distrito Civil. Mana ..
gua, Distrito Nacional, veintiséis de mayo de mil nove,cientos setenta y nueYe. - L. Romero Saba. llos, Seoretario.
1
Reg. No. 3730 - R/F 564411 - Valor (!: 30.00 Próximo junio, seis, diez de la mafiana., este
Juzgado, subasta al martillo, camfoneta Mazda State, chasis ST!IV-99832, motor TCllt•n255, ro. jo zapote.
Avalúo: Ocho Mll Córdobas. Verse.: .Barrio Riguero. Managua. Ejecuta: Salvador Ortega Al:evedo a Adolfo
Velásque.z Castillo. Juzgado Tercero Civil Distrito. Managua, dieci~
nueve mayo rnil novecientos setenta y nueve, ~ Oriel Soto Cuadra, Juez Te:rcero Civil de Distrito de Mana,gua.
1 :
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1693
Títulos Supletorios Reg. No. 3539 - R/F 385829 - Valor Q; 90.00
Fidel Martinez Juárez1 solicita título supletorio, finca cincuenta manzanas en Palo de Arquito, li· mitada: Norte, Máximo Hernández; Sur, monta• fia ínculta; Este, Sucesión de Félix Pedro Juárez; y Oeste, Entima Ruiz.
Opónganse. Juzgado Local. San Carlos, einco abril mil no
vecientos setentinueve 3 1
Reg. No. 3540 - R/F 5::12595 - Vslor 4: 90.-00 Alejandra González de Andara. solicita suple
torio, solar y casa u:rbanos, Jalapa, siendo el solar de veinticinco varas en cuadrado, cercado con tablas y la construcción casa ladrillo cuarterón, techo tejas barro, piso ladrillo cemento, midiendo catorce varas largo y por seis ancho; limitada: Oriente, Lucila Aguirre; Norte, José Aguirre; Sur, Elbia Colindres; Occidente, Jesús Rivera.
Opónganse. Juzgado Local. Jalapa., once mayo, mil nove~
cientos setentinueve. ~ Coronado López Ortiz, Se. cretatio.
3 1
Reg. No. 3640 - R/F 522929 - Valor <f 45.00 Zoila Contreras, solicita supletorio urbana, dos
cientos diez metros: Oriente, Ninfa Mayorga; P()... niente, Andrés Calderón; Norte, Juana Rueda; Sur, Antonia Toruño.
Opónganse. Juzgado Local Nagarote, dieciocho mayo mil
novecie.ntos setenta y nueve. - Roracio Sánchezt Secretario.
1 1
Reg. No. 3639 - R/F 522904 - Valor <$! 45.00 . Juana Rueda, solicita supletorio nlstico, die,ci~ i
séis manzanas: Oriente, Valentitt Jirón; Ponien~ te, Humberto Garcla; Norte, Leonel Espinoza.; Sur, Estero.
Opónganse. JutgB¡do Local. Paz Centro, dieciocho mayo
mil nove.cientos setenta y nueve. - Elio Mayor-ga, Secretario. 3 1
Reg. No. 2671 - R:/F 479060 - Valor ($! 45.-00 Osear Danilo y Sandra Lucia Herdocia Herre~
ra, solicitan supletorio sola-r urbano: Sur, Julio Martinez; Este,, Modesto Zeledón; Oéste, Santana Torufto; Norte, Rubén Pérez.
Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Esteli, dieciséis marzo
mil novecientos setenta y nueve. - Hugo Terce-ro, Secre.tario. 3 1
Reg, No. 3700 - R/F 521598 - Valor ¡¡: 90.00 Ramón Balmaceda, solicita supletorio, urbano,
Pueblo Grande, Subtiava; áre·a 845.89 mts.2. Un.. dante: Norte, Sanjón de por inedia, Ignacio Cris. pin; Sur, Claudina Lainez de Calderón y otro; Es.. te, sanjón enmedío, Maria Muiíoz. v. de Sánchez; Oeste, Avenida de por medio, Natividad Urbina y otro.
Opónganse. Juzgado Civil Distrito. León, dos abril mil no
vecientos setentinueve. - José León Mora Barbere.na, Juez Civil Distrito.
3 l
Reg. No. 3442 - R/F !78317 - Valor 4: 45.00 Zacárias Armas Martine.z, solicita supletorio,
casa sola..r1 esta ciudad; Norte, Manuel Alfaro; Sur, José Santos Briones ;Oriente, Carretera Pa. na.mericana; Oeste, Angel Altamirano.
Opónganse. Juzgado Civil Distrito, Estell, treee marzo mil
novecientos se.tentinueve, - Bugo Tercero, Srio. 1 2
Reg, No. 3443 - R/F 478318 - Valor <; 45.00 Mercedes Espinoza. de A.rrn.a.s, solicita supleto
rio, lote rústico, esta jurisdicción; Norte, Narciso Hudiel; Sur, Juan Pérez; Este1 Coronado Centeno; Oeste, Benvenuto Castillo.
Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Estelí, trece marzo mil
novecientos setentinueve. - Hugo Tercero1 Sri.o. :1 3
Donación da Solar Municipal Reg. No. 3447 - R/F 566100 - Valor 4: 45.00
Lesbia Loáisiga de Hanón, solicita donación pre~ dio urbano, ubicado en la. Barrio, Tierra Blanca, "Reparto Santiago de los Caballeros, de esta ciudad, de nueve varas de. frente por doce- varas de fondo, bajo los siguientes linderos: Norte, calle de por medio; Sur, José López Ramos; Este. Mer~ cedes Jarquin Obando, calle de por medio¡ Oeste, Modesto Medina Mora.
Quién tenga dereeho opóngase, Concejo Municipal, Boaco, siete de mayo de mil
novecientos setenta y nueve. - Nelly de Abad M:.,_ Secretaria.
• ll
CITACION A ACCIONISTAS DE COMPAl'IIA "INDUSTRIAS DE PIEDRAS CALIZAS DE
RIVAS, $,A.
Reg. No. 3638 - R/F 563692 - Valor 1$: 225.00 Con instrucciones del Consejo de Directores de
la Compaftía "INDUSTRIAS DE PIEDRAS CA· LIZAS DE RIVAS. S. A. (PIEDRACAL), citase a los accionistas de dicha Compañia a celebrar Asamblea General Extraordinaria e,n esta ciudad de Managuat a las once de la mafiana del día quince de junio de 1979, en el local de la Admi .. nistración de la Compañia ubicada en el Repar. to San Martín No. 27 de e.sta ciudad.
Dicha Asamblea Extraordinaria tendrá por ob. jeto: a) Conocer y resolver acerca de la aprobación
de Estados Financieros de la Compañia. b) Aprobación del Informe del vigilante. e) Conocer y resolver acerca del Proyecto de
Reforma de la Escritura de Constitución Social y Estatutos que en síntesis contiene modificación en cuanto a la cifra del capital nominal de la Compañia o bien valor nominal de las acciones y estipular preferncia de cualquier tipo de las acciones o resolver sobre la disminución o aumento del capital au .. tor·izado o caulquier otra modificación que resuelva la Asamblea.
d) Elección del Consejo de Directores.
Managua, D. N,, dieciocho de mayo de 1979. Alfredo Gómez UrOU;;yo,
Secretario Junta Directores s 1
~~~~~~==~~~~~====~==~~~
NUEVO PRECIO DE CAJETILLA DE DE CIGARRILLOS "RUBIOS,.
Reg. No, 3440 - R/F 563122 - Valor 1$: 135.00 "Distribuidora Interatnericana, S. A., Distri ..
huidora exclusiva de los cigarrillos elaborados por Tabacalera Centroamericana Sociedad Anónima, de Guate.mala, C, A., de acuerdo con el Decreto número 7 del nueve de mayo de mil novecientos se .. senta y seis, artículo número nueve, hace del co. nocimiento de los ciudadanos de la República de Nicaragua, el nuevo precio para la cajetilla de cigarrillos ''RUBIOS", el cual será de Tres Córdobas con Veinticinco Centavos ( (S'. 3.25) al de.. tallista. La venta a un precjo mayor constituirá defraudación fiscal.
DISTRIBUIDORA IN'l'ERAM:ERICANA, S. A. Fernando !barra D.,
Contador. 1 l
1694 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL
SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR JAIRO J. HlllRNA.NDEZ
Reg, No. 3278 - R/F 561541 - Valor 1$! 90.00 Ma.rvin Ornar Guevara Dá vila y Gloria :Merce
des Hernánde.z Montoya, solicitan adopción del menor Jairo José Hernández.
Quién se crea cen derecho opóngase término de ley.
Dado en el Juzgado Tercero de Distrito para lo Civil. Managua, cuatro mayo mil novecientos .se.~ tenta y nueve. - Oriel Soto Cuadra, Juez Tercero Civil del Distriro de Managua.
3 3
SOLICITUD DEl CANCELACION Y REPOSICION DE CERTIFICADOS DE CENTROAMERICANA DE AHORRO Y
PRESTAMO, SOCIEDAD ANONIMA (CAPSA))
Avisa: Reg. No. 3426 - R/F 56303S - Valor 1$! 180.00
Qua los Certificados de Depósito Números: .. C" guión novecientos cuarenta y tres ( C-943) ; "C" guión novecientos cuarenta y cuatro {C-944); "C'' guión novecientos cuarenta y cinco (C-945); y ''C" guión novecientos cuarenta y seis ( C.946 J ; han sido reportados como extraviados, solicitándose al mismo tiempo su cancelación y subsiguiente reposición. Por lo antertor ,se fija un plazo de trein~ ta días para oposición, al <:abo de los cuales si no se presentare, se prOcederá a lo solicitado.
Managua, Distrito Nacional, veinticinco de abril de mil novecientos setenta y nueve.
Floyd J ones Demontis, Gerente General.
CENTROAMERICANA DE AHORRO Y PRESTAMO, S. A. (CAPSA).
3 J
SOLICITUD DE REPOSICION DE TITULO DE CORPORACION FRANCO - AMERICANA
DE FINANZAS DE (NICARAGUA), S. A.
Reg. No. 3472 - R/F 563382 - Valor e; 135.00 Corporación Franco - Americana de Finanzas
(NICARAGUA). S. A., informe a solicitud de par. te interesada que se extravió el siguiente Certificado de Mutuo Rentable.
CMR-No. Manto 'l' Pl=o Fecha Emm6n
4278 50,000.00 2 afto 14 de mayo 1977 El interesa.do solicita la reposición de dicho Tf
tu1o. De no haber oposición dentro de un plazo de treinta dias a partir de la ültima fe.cha. de pu~ blicaclón de este aviso, será considerado nulo, eancelando y, sin ningún valor, emitiéndose el nuevo Certificado correspondiente.
Managua, D. N., dieciséis de, mayo de mil nove~ cientos setenta y nueve.
Lic. Osear Zapata Amaya. Gerente General.
~~~~~~~~~~~~~='ª , SOLICITUD DE REPOSIOlON DE
CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FUO DEL BANCO NICARAGUENSE, SUCURSAL
JINOTEPE
Reg, No. 3282 ~ R/F 561544 - Valor !$! 180.00 Se informa a solicitud de parte interesada, que
el Certificado de Depósito a Plazo Fijo, emitido por el Banco Nicaragllense, sucursal Jlnotepe, se ha. extraviado y que corresponde a la siguiente deseripclón: Número Princ>pa:t PW..0 F.fl!Jmisién
31-96 4$! 40,000.00 2 allos 1/jun./78 Su titUlar solicita la reposición correspondien ..
~. De no haber oposición dentro de un plazo
de treinta días a partir de la .Primera publicación de este aviso, por este medio ·se efectuará la re .. posición dejando sin valor el titulo original, obje. to de la misma.
Banco Nicaragüense, sucursal Jinotepe.
8 3
SOLICITUD DE REPOSICION DE TITULO DE FINANCIERA DE OCCIDENTE, S. A.
((FIDOSA)
Reg. No. 3352 - R/F 522509 - Valor ~ 135.00 Se informa a solicitud dei parte interesada, que
et Título de Inversión "Valor Financiero CertüL cado" emitido por F:IDOSA, se ha extraviado y que corresponde a la siguiente descripción:
. - ·~ -Número Valor P/Mo Fecha Emisi61'
D-1033 <;: 100,000.00 3 afios Sept. 29 de 1975 Su titular solicita la reposición correspondiente.
De no haber oposición dentro de un plazo de trein.. ta ( 30) días a partir de la primera publicación de este aviso, por este me.dio, se efectuará la reposición dejando sin valo:r el Título original, objeto de la misma,
FINANCIERA DE OCCIDENTE, S. A. • 1
Sentencias de Divorcio Reg. No. 3714 - R/F 533493 - 1$15.00
Sentencia Sala Civil. Corte Apelaciones. Granada, dictó veinticinco abril, año corriente, declaró disuelto matrimonio unía Efraín Pérez Flores y Ana Manuela Fe:rrari. Granada, abril veintisiete, mil novecientos setentinueve. - Conny P. de Cruz, Secretaria.
l
Reg. No. 3115 - R/F 533492 - 4'.15.00 Sentencia Sala Civil. Corte Apelaciones.
Granada, dictó marzo veintiséis, año ca>< rriente, declaró disuelto matrimonio unía Juan Pablo Calero y Cornelia de Jesús Ruiz. Granada, abril veintiocho, mil novecientos setentinueve. - Conny P. de Cruz, S€cretaria.
1
Reg. No. 3716 - R/F 533491 - <W 15.00 Sentencia Sala Civil. Corte Apelaciones.
Granada, dictó mayo diez, año comente declaró disuelto matrimonio unía Francis· co Ramón Zapata y María Teresa Mejía. Granada, mayo catorce, mil novecientos setentinueve. - Conny P. de Cruz, Secretaria.
Reg. No. 3717 - R,/F 533490 - C$:15.00 Sentencia Sala Civil. Corte Apelaciones.
Granada, dictó mayo catOTCe, año eorriente, declaró disuelto matrimonio unía Douglas Ramón Bendaña E., Ivania del Soco· rro Barahona. Granada, mayo dieciséis, mil novecientos setentinueve. - Conny P. de Cruz, Secretaria.
1
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 1695
Reg. No. 3709 - R/F 564063 - ($! 15.00 Por sentencia 9:15 a.m., 14 mayo, 1979,
declaróse disuelto vínculo matrimonial Sres. Mario Alberto Mendoza Guillén y Conny Morgan Fonseca. Dictada Corte Apelaciones. Sala Civil. Masaya. - Helmore Miranda S., Secretario.
1
Reg. No. 3583 - R/F 563815 - ($! 15.00 Por sentencia 11 :00 a.m., 10 mayo, 1979,
.declaróse disuelto vínculo matrimonial Sres. Fernando José Ramírez Quezada y Ruth María Velásquez Silva. Dictada Corte Apelaciones. Sala Civil. Maaaya. - Helmore Miranda S., Secretario.
1
Declaratorias dé Herederos
Reg. No. 3683 - R/F 564165 - <$!30.00 Mercedes Montalván de García, solicita
se le declare como única heredera universal ab-intestato de todos los bienes, .derechos y acciones de su señora madre Angela Montalván Martínez.
Opónganse término legal. Dado en el Juzgado Tercero Civil del
Distrito. Managua, D. N., nueve de mayo de mil novecientos setenta y nueve. - Entrelíneaa-e-Vale. - Oriel Soto Cuadra, Juez Tercero Civil del Distrito. -
1
Reg. No. 3682 - R/F 557246 - ~30.00 Edgard Delgado Blandón, mayor, casa
do, factor de comercio, este domicili!>, solicita se Je declare único y universal heredero todos los bienes, derechos y accio
Reg. No. 3719 - R/F 564408 - lf 15.00 í nes que deió al morir su padre Horncio Del· Sandra Borge de Silva e hijos, solicitan ' gado Méndez.
decláreseles herederos bienes, derechos, ac- · Quien se crea con derecho, O'pÓngase den-
cíones, <lejara Osear Silva Quintanllla. tro término legal. Opóngase. Dado Juzgado Cívíl Distrito. Matagalpa, Juzgado Tercero Civil Distrito. Managua, quince mavo. mil n<Wecientos setenta y
v.einticuatro mi:yo, mi.! novec~entos seten- ¡' nueve. - C. Rh•as C. - Julio C. Mendoza,
tmueve. - J av1er Soriano, Sno. I Secretario 1 1 . J
- f -Reg. No. 3701 - R/F 522863 - ~30.00 , Reg. No. 3631 - R/F 555262 - (f30.00
Maritza Martínez de Urbina e hija María i Cinriano Estrada Hernández, solicita se
del Rosario Urbina Martínez, solicitan de- : declaren herederas a las menores Carolina
cláreseles herederas, derechos, bienes, ac· Auxiliadora. Diana Morela Estrada Pala
ciones al fallecer dejara Socorro (varón) cios, sucePión Bismark Estrada Mayorga.
Urbina Montes, bienes: suma de dinero Opónganse. efectiyo. Juzgado Distrito. Jinotepe, mayo auince,
Opongan.se. mil novecientos setentinueve. - J. C. Cas:. Juzgado Civil Distrito. León, cuatro de l trillo Srio.
mayo de mil novecientos setentinueve. - ' t
J~sé León ~ora Barberena, _Juez Civil Dis- Reg. No. 3704 _ R/F 533539 _ 1f 15.00
tr1to. - Luis Rocha B., Sno. 1 An«el de los Reves Lónez. solicita de
Reg. No. 3729 - R/F 564565 - ~ 30.00 Juan José Rivas Navas. solicita decla
rársele heredero de su madre Luisa Catalina Rivas Centeno, de todos sus bienes y acciones.
Quien tenga igual o mejor derecho, opóngase término ocho días.
Juzgado Tercero Civil del Distrito. Managua. veinticuatro mayo, mil novecíentoo setenta y nueve. - Oriel Soto Cuadra. -Luis Romero S., Srio.
1
Reg. No. 3712 - R/F 563944 - ~ 15.00 Rosa María Coronado, unión hermanos
Francisco, Donatila, Francisca, Félix, solicitan declarárseles herederos bienes, derechos, acciones, sucesión intestada su madre Aurora Coronado.
Opónganse. Juzgado Distrito. Rivas, diecinueve ma
yo, mil novecientos ·setentinueve. - Gladys de Torres, Sria.
1
clararse heredero su madre Lucila López Ruiz o Lucila Ruiz. Bien.
Ononerse. Juzgado Civil Dfotrito. Granada. veinti
dós mavo. mil novecientos setentinueve . .....,. A. Bermúdez B., Srio.
l
Rea. N' 3801 - R/F 564096 - (t 30.00 Marfa de Fátima, Melba del Carmen, Jesús
María v Bernabé, todos de apellidos Lezama Cid, solicitan declaratoria de herederos bienes de Jesús María Lezama Leiva.
Opónganse. Manaqua, D. N., 22 de mayo de 1979. -
Oriel Soto Cuadra, Juez Tercero Civil del Dis· trito de Managua.
Citaciones de Procesados Reg. No. 208
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Por primera vez. citase v emplázase al procesado Eduardo Matus Flores, para aue dentro del término de quince días, compa-1'.ezca al local de este Juzgado a defender-
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se en la causa criminal que se le instruye Miguelito, ~eni<O de Rlo San Juan, ]lQl' los defü;ps de robo, a!lociación para .de- p~ que ~l'Q-del té~ de quince dias linquir, asalto, violaeién de domicilio y ase- c1.>ncurran -al !OC!lil de este Juzgado a desinato, cmnetida en bienes y persona de fenderse en la ~ que se les sigue, al Juan Margarita Zeledón Cruz; bajo aperci- primero de elloo por los delitos de homicibimiento de declararlo rebelde, elevar la dio doloso en las .personas de Esteban Vega ea.usa a Plenario y nombrarle Defensor de - Herrera y Santia.gc;i Vega Robleto, ambos Oficio, si no comparece. 1 mayores de edad, casados, agricultores Y
Se recuerda a las autoridades la obliga- ¡ del domicilio d!f San Miguelito, y lesiones ción que tienen de capturar dicho proce- · graves dolosas en Víctor Vega Robleto de sado, y a los particulares la de denunciar .· diecinueve a.ños de e.dad, casado, agricultor el lugar donde se oculte. 1 y del domicilio de San Miguelito y al segun.
Dado en el Juzgado para lo Criminal del í do por el delito de homicidio doloso en las Distrito de Matagalpa, a los veintiún días · P:ersonas de Esteb!ln Vega Herrera y Sandel mes de abril de mil novecientos setenta . tiar;o Vega Robleto de generales ya exprey nueve. - A. Napoleón González C. - G. ; sadas; bajo apercibimiento de someter la L6peZ P:, Srio. í cau9a a JurM.o y que la sentencia que.recai·
Es conforme. Mataga.lipa, veintiuno de ' ga surta los nusmos efectos crono s1 estu-a.bn'l de mil novecientos setenta y nueve. t vieren presentes. . . - Guillermo López Paz Secretario. Se recuerda a las auto!'ldades la obliga-
' 1 ción qiie tienen de capturar a los citados --- procesados y a los 'particulares la de dei-
Reg. No. 209 nunciar el lm:~ar donde se oculten. Por segunda y última vez, cítanse y em· ¡ Dado en ei ;fuzgaj.lo de Distrito del Cri-
plázanse a lo.s procesados; Luis Vega Lo- 1 men de San Carlos, a los catorce días del vo, mayor de edad, casado y José Vega i mes de mavo de mil novecientos setenta y Rlliz de dieciocho aiíos de edad, soltero, nueve. - R. López Selva, Juez de Distrito. !UllboS, agricultores y del domicilio de San - Mayra Solórzano, Sria. 1
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8 de Febrero l1/78i pu1'iléado en Gaceta No. 42 de Febrero 19, de 1976.
DIAS FERIADOS:
VACACIONES
Enero 1; Jueve¡¡ y Viernes Santo; Mayo 1; Julio 14; Septiembre 14 y 15; Octubre 12 y Diciembre 25. Sá.bado de' Ramos a Lunes d9 Pascua, incluldve:. Diciembre 24 a Enero 1, lncluatYe. - Pan dlM c;cmpensados, véalle Decreto No. 180 de Enero 111/'18 ..... ~~·,..._""' . ··----- --·~·-·