FIDEICOMISO Dra. Alicia PUERTA de CHACÓN (UNCuyo. UMendoza)

Post on 22-Jan-2016

217 views 0 download

Transcript of FIDEICOMISO Dra. Alicia PUERTA de CHACÓN (UNCuyo. UMendoza)

FIDEICOMISO

Dra. Alicia PUERTA de CHACÓN

(UNCuyo. UMendoza)

NEGOCIO DE CONFIANZA

FIDES = CONFIANZA

COMISO = ENCARGO

CONCEPTO

“Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transfiere la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario”. (Art.1°- Ley 24.441)

SUJETOS o ROLES CONTRACTUALES

Fiducianteconstituyente

Fiduciariotitular

FideicomisarioDestinatario final

Beneficiario

FIDEICOMISO PARA LA PRODUCCIÓN (FONDO DE TRANSFORMACIÓN)

FiduciantesProductores(deudores)

FiduciarioFIDES

FideicomisariosIndustrias

BeneficiarioFondo (acreedor)

SUJETOS

Fiduciante o fideicomitente: constituyente

Fiduciario: propietario imperfecto

Fideicomisario: destinatario final de los bienes fideicomitidos

Beneficiario: titular de las utilidades (cobeneficiario, beneficiario sustituto) (Art. 2LF)

Sujeto plural

CLASES DE FIDEICOMISO

Amplitud de fines• Administración o gestión• Inversión (inmobiliario)• Garantía•Titulización o securitización (financiero (arts. 19 y 20 LF)•Público

Fideicomisos mixtos o complejos

PROPIEDAD FIDUCIARIA

“PATRIMONIO SEPARADO”

AFECTADO A UNA FINALIDAD DETERMINADA

VENTAJAS“Los bienes fideicomitidosconstituyen un patrimonioseparado del patrimonio delfiduciario y del fiduciante (Arts. 14 y 15 LF)El antecedente: el trust anglosajón

PATRIMONIO SEPARADO: bienes fideicomitidos (arts. 14 a 16 LF)

exento de la acción singular o colectiva de los acreedores del fiduciante

exento de la acción singular o colectiva de los acreedores personales del fiduciario

puede ser agredido por los acreedores de la gestión del fideicomiso

la responsabilidad objetiva (art.1113) del fiduciario se limita al valor de la cosa riesgosa si no pudo razonablemente haberse asegurado

Es un patrimonio autoliquidable

PROPIEDAD FIDUCIARIA

FIDEICOMISO DE GESTIÓN(ACTIVOS BANCARIOS)

FiduciantesBanco, BCRA, otros

FiduciarioTitular de la cartera de créditos

Beneficiarios(fiduciantes)

FIDEICOMISO INVERSIÓN INMOBILIARIA

Fiduciantesinversores

Fiduciarioconstructora

Fideicomisariosadquirentes

Beneficiariosinversores

FIDEICOMISO de interés público (obra pública)

FiducianteEstado o ente público

FiduciarioSujeto especial designado

BeneficiarioEstado

sus acreedores

ORIGEN O FUENTE

CONTRATO (arts. 1, 2, 4, 7, etc. LF )

TESTAMENTO (art. 3 LF)

LEY:Refinanciación hipotecaria (Ley 25.798) Entidades deportivas (Ley 25.284)

FIDEICOMISO

PROPIEDAD FIDUCIARIA

Objeto

Cosas muebles e inmuebles, créditos, títulos, valores, dinero, etc.-(arts. 4, 11, 13 LF).

Determinados o determinables.

Subrogación real

PROPIEDAD FIDUCIARIA

Constitución y oponibilidad

Formalidades: según la naturaleza de los bienes (arts. 11, 13 LF).

Oponibilidad: publicidad bienes registrables (inscripción)

Duración máxima: 30 años

Pauta de comportamiento

“cumplir las obligaciones impuestas por la ley o la

convención con la prudencia y diligencia del buen hombre de negocios que actúa sobre

la base de la confianza depositada en él” (art. 6 LF)¿puede ser beneficiario?

TITULAR FIDUCIARIO

Derechos Facultad de disponer o gravar los bienes

fideicomitidos cuando lo requieran los fines del fideicomiso, salvo pacto en contrario (art. 17 LF)

Legitimación para ejercer todas las acciones en defensa de los bienes fideicomitidos (art. 18 LF)

Derecho al reembolso de los gastos, salvo pacto en contrario (art. 8 LF)

Derecho a una retribución (art. 8 LF)

TITULAR FIDUCIARIO

Deberes, obligaciones y prohibiciones

  rendir cuentas a los beneficiarios con una

periodicidad no mayor a un año (art. 7 LF) No debe apropiarse de los bienes

fideicomitidos (art. 7 LF). Si dispone, grava o perjudica los bienes en beneficio propio o de un tercero incurre en defraudación (art. 82 LF mod. Art. 173 C. Penal)

liquidar los bienes fideicomitidos en caso de insuficiencia para atender las obligaciones del fideicomiso (art. 16 LF)

TITULAR FIDUCIARIO

Remoción. Sustitución

Incumplimiento, muerte o incapacidad de persona física, disolución de persona jurídica, quiebra o liquidación, renuncia (arts. 9 y 10 LF)

TITULAR FIDUCIARIO

Es el contrato en virtud del cual el deudor o un tercero (fiduciante) transfiere la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra persona (fiduciario) en garantía del cumplimiento de obligaciones. El fiduciario puede estar facultado para aplicar las utilidades provenientes de los bienes fideicomitidos al pago de los créditos garantizados al acreedor o los acreedores (beneficiarios).

FIDEICOMISO DE GARANTIA

Cumplida la obligación, el fiduciario debe transmitir los bienes fideicomitidos al deudor o el tercero que se designe en el contrato (fideicomisario). No cumplida la obligación, el fiduciario está facultado para disponer jurídicamente de los bienes fideicomitidos (ius vendendi) y con el producido satisfacer la obligación a los acreedores beneficiarios, y si hay remanente, restituirlo a quien se designe en el contrato (beneficiario residual o fideicomisario).

CONCEPTO

SUJETOS

FiducianteDeudor o 3º

Fiduciario(liquidador)

Beneficiarioacreedor

Fideicomisarioadquierente

SUJETOS o ROLES CONTRACTUALES

Fiduciante, fideicomitente o constituyente el deudor o un tercero garante

  Fiduciario o propietario imperfecto el tercero

ejecutor de la garantía   Fideicomisario o destinatario final de los

bienes fideicomitidos: el tercero adquirente   Beneficiario o titular de la garantía el

acreedor. El fiduciante como beneficiario “remoto”

para el acreedor

es una garantía autoliquidable

se postula como garantía bancaria preferida

es de gran seguridad: excluye a otros acreedores

SUS VENTAJAS

MULTIPLICIDAD DE FINES

INVERSIÓN INMOBILIARIA

GARANTÍA

GESTIÓN

TITULIZACIÓN (FINANCIERO)

FIDEICOMISO COMPLEJO

OPERATORIA B.H.N.Financiación de emprendimientos constructivos

Fiduciante Fiduciario Beneficiario

fideicomisarios

Adquirentes de unidades

INVERSIÓN AFECTADA A SECURITIZACIÓN LEY 24.441. LETRA HIPOTECARIA

ACREEDOR HIPOTECARIO “FIDUCIANTE”

(BANCO)

EMISOR “FIDUCIARIO” (PATRIMONIO SEPARADO)

MERCADO DE CAPITALES

SUSCRIPTORES DE TITULOS Y PARTICIPACIONES “BENEFICIARIOS”

DEUDORES HIPOTECARIOS(ADQUIRENTES DE VIVIENDAS)

FIDEICOMISO (CEDE SIN RESPONSABILIDAD) 

$$$

$$$

LETRAS HIPOTECARIAS (EMISION INDIVIDUAL)

EMISION EN MASA

$$

Empresas ConstructorasEntidades Intermedias

ASUNCION DEL RIESGO (EJEC. ESPECIAL)

 $$$$$

POR FIN TERMINAMOS!!!!!