Post on 11-Jul-2022
Bioética
ETIMOLÓGICAMENTE: bios-ethos= ética de la vida
V. R. POTTER (1970): hechos, ciencia+valores, ética=
BIOÉTICA
Bioética
Comité de Bioética de Aragón (CBA)
Comités de Ética Asistencialcreación
LEY 10/2011 de derechos y garantías de la dignidad de la
persona en el proceso de morir y de la muerte.
Bioética: Comité de bioética de Aragón
Órgano colegiado, deliberativo, independiente, multidisciplinar,
participativo y de carácter consultivo, que desarrollará sus
funciones con plena transparencia, sobre materias relacionadas
con las implicaciones éticas de la medicina y ciencias de la
salud, con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico.
En su actuación podrá tomar en consideración otras normas y
documentos de referencia internacional.
Bioética: Comités de Ética Asistencial
Órganos consultivos e interdisciplinares de los centros
sanitarios, públicos o privados constituidos para analizar y
asesorar a sus profesionales y usuarios sobre aquellos aspectos
de la práctica clínica que presenten dificultades o
peculiaridades de orden ético, así como para impulsar la
formación en bioética de los profesionales sanitarios, con el
objetivo final de mejorar la calidad de la asistencia sanitaria.
Bioética: Regulación CBA. Decreto 96/2013
FINALIDAD: Asesorar al Gobierno de Aragón, sus Departamentos,
a la comunidad científica y a las instituciones sanitarias y sociales
de carácter público y privado en la materia relacionada con la
Bioética.
COMPOSICIÓN: 18 miembros profesionales de reconocido prestigio
en el ámbito de las ciencias de la vida y del cuidado de la salud, de
las ciencias sociales y del derecho y por ciudadanos con una
destacada trayectoria personal en la defensa de los valores éticos
y con acreditada formación y experiencia en Bioética. Actuarán
con independencia de las entidades que los propusieron o
nombraron.
Bioética: Regulación de los CEAs. Decreto 96/2013
ÁMBITO DE ACTUACIÓN: en centros sanitarios tanto de titularidad
pública como privada.
Habrá al menos un CEA por cada Sector Sanitario
COMPOSICIÓN: 10 miembros. Al menos un 50% de ellos serán
médicos o enfermeros. El resto de los miembros, serán trabajadores
sociales, licenciados en derecho y ciudadanos.
La pertenencia al CEA será siempre voluntaria y a título individual,
nunca en representación de ninguna entidad ni colectivo
Bioética: Regulación de los CEAs. Decreto 96/2013
FUNCIONES: Asesorar en la toma de decisiones ante casos o
situaciones clínicas que planteen problemas éticos a los
profesionales o a los pacientes y sus familias Promover la formación
e investigación en BioéticaElaborar informes, guías,
recomendaciones o protocolos de actuación respecto a situaciones
frecuentes relevantes de la asistencia sanitaria que tengan una
dimensión ética significativaLos CEAs deben estar acreditados por
la Dirección General de Derechos y Garantías de los Ususarios
En el Sistema Sanitario Público de Aragón, hay 8 CEAs, uno por
Sector Sanitario, y 2 CEAs en instituciones privadas:
En Hospital San Juan de Dios
En el Psiquiátrico Nuestra Señora del Carmen
Bioética: Regulación de los CEAs. Decreto 96/2013
Bioética: Red de CEAs: Orden SAN/1110/2017
Se crea como instrumento de impulso, coordinación e integración de la
actividad y funcionamiento de los órganos que la integran.
Forman parte de la Red de CEAs:
Todos los CEAs acreditados en la Comunidad Autónoma
El Comité de Bioética de Aragón
El comité Ético de Investigación Clínica de Aragón
Comisión de Coordinación de la Red
Todos los presidentes de los CEAs que componen la Red
Servicios de atención e información al usuario (SIAUs)
SIAUs: Regulación
La atención al usuario en el Sistema Sanitario Público, se crea y
regula por primera vez en el RD 521/1987 de 15 de abril
“Reglamento sobre estructura, organización y funcionamiento
de los hospitales gestionados por el INSALUD”
SIAUs: Misión
Atuar como mediadores entre el ciudadano y las instituciones
sanitarias a fin de proporcionar información, facilitar el acceso
y tutelar los derechos de los pacientes y usuarios de la Sanidad
Pública gestionando sus necesidades, solicitudes, quejas
sugerencias y agradecimientos
SIAUs:
DEPENDENCIA FUNCIONAL: DG de Derechos y Garantías de
los Usuarios
DEPENDENCIA ORGÁNICA: Gerencia del Sector Sanitario
PERFIL DEL PERSONAL: enfermeros/as con apoyo
administrativo. Ambos con habilidades de escucha y manejo de
situaciones conflictivas.