Estado Plurinacional de Bolivia Ministerio de...

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Normativa de Formulación y Ejecución de la Inversión Pública

Estado Plurinacional de Bolivia

Ministerio de Planificación del Desarrollo

Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo

VIPFE MPD

Marzo 2011

Contenido

VIPFE MPD

Estado Plurinacional de Bolivia

Ministerio de Planificación del Desarrollo

Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo

Constitución Política del Estado

D.S. 29894 «Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo»

Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su reglamentación D.S. 772

• Presentación de Información de Ejecución

• Afectación al Resultado Fiscal

• Registro de Consultorías

• Compromisos de gastos de inversión mayores a un año

• Transferencias público – privadas

• Registro de proyectos de empresas estratégicas

Constitución Política del Estado

VIPFE MPD

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Ministerio de Planificación del Desarrollo

Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo

Función del Estado en la

Economía

Sistema de Planificación Integral Estatal, conducir el proceso de planificación económica y social

ART. 316

La inversión boliviana se priorizará frente a la

extrajera

ART. 320

Política Fiscal

ART. 321

I. La administración económica y financiera del

Estado y todas sus entidades públicas, se rige por su

presupuesto

III. El órgano ejecutivo presentará a la Asamblea

Legislativa Plurinacional, la Ley del PGE

D.S. 29894 «Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional

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Ministerio de Planificación del

Desarrollo – VIPFE

Órgano Rector del Sistema Estatal de Inversión y Financiamiento para el Desarrollo

ART. 46

ART. 48

Autoridad superior y administrar el Sistema Estatal de Inversión y Financiamiento para el Desarrollo

Realizar el seguimiento y evaluación del Presupuesto de Inversión Pública (PIP), así como convenios de financiamiento

Administrar los Sistemas de Información de Inversión Pública y Financiamiento (SISIN – WEB)

Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

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1. Presentación de Información de Ejecución

Por qué? Como?

• Información oportuna y confiable

para toma de decisiones

Ley 62

• Art. 3

I. Llenado y cierre del SISIN-WEB

II. Registro, confiabilidad y veracidad,

certificación y resguardo de la información

es responsabilidad de la MAE

III.

IV. IV. El VIPFE, remite un reporte mensual de

entidades que incumplieron solicitando

inmovilización. La habilitación se

efectuará a requerimiento expreso

D.S. 772

• Envió al VIPFE oficial del Certificado

de Ejecución mensual y fichas de

seguimiento

• Art. 6.

I. I. Ejecución presupuestaria de

inversión mensual deben ser enviados

al VIPFE hasta el 10 del mes

siguiente

II. II. MPD-VIPFE solicita con nota la

inmovilización de cuentas por

incumplimiento de presentación de

ejecución física y financiera al MEFP

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Ejemplo: Qué pasa cuando una Entidad no registra su ejecución?

No registra

hasta el 10

Inmovilización

de cuentas

Justificación con

nota al VIPFE y

cierre en 0 en el

SISIN-WEB

Habilita las

cuentas

Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

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Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

2. Afectación al Resultado Fiscal

Por qué? Como?

• Controlar los efectos negativos de

la afectación al resultado fiscal

Ley 62

• Art. 22

I. Para las modificaciones presupuestarias

de inversión pública se deberá coordinar

la programación y previsión de recursos

con el Viceministerio de Tesoro y Crédito

Público del MEFP

D.S. 772

• Emisión de Resoluciones Ministeriales

y previsión de la afectación al

resultado fiscal

• Art. 21

I. El MPD aprobará mediante

Resolución Ministerial las

modificaciones presupuestarias que

afecten el negativamente el resultado

fiscal, exceptuándose los saldos no

ejecutados de donación

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Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo

Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

Ejemplos: Algunos casos en los que se afecta el resultad fiscal y procedimiento

Incremento de

Crédito

Disminución de

Caja y Bancos por Crédito

Afectación de la

deuda para

incrementar recursos para

inversión

La Entidad envía al VIPFE documentación para

modificación presupuestaria para proyectos de inversión

El VIPFE – MPD realiza consulta escrita al VTyCP del

MEFP

El MEFP se pronuncia positiva o negativamente

Si existe un pronunciamiento positivo el VIPFE elabora

informe técnico y legal para emitir una resolución Ministerial

El MPD emite la Resolución Ministerial y se aprueba a

modificación

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Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

3. Registro e Incremento de Consultorías

Por qué? Como?

• Incrementar y/o registrar partidas de

consultorías para proyectos de

inversión

Ley 62

• Art. 13

I. El MDP-VIPFE registra partidas 25800 y subgrupo 4600 de crédito, donación externa y/o contraparte nacional sin decreto supremo

II. Los recursos destinados a contraparte nacional en consultorías no podrán ser transferidos a

otras partidas de gasto a los inicialmente declarados

III. Las reasignaciones al interior de las partidas

de gasto de consultorías no requieren D.S. y deben ser registradas por la entidad

IV. Las reasignaciones entre partidas 25800 y 4600 deben ser aprobadas con Resolución Administrativa del VIPFE

D.S. 772

• Registro en el SIGMA de partidas 25810,

25820 «proyectos no capitalizables» y

partidas grupo 46000

• Art. 30

El MDP-VIPFE esta autorizado para incrementar el gasto en las partidas 25800 y subgrupo 46000 cuyo

financiamiento provenga de crédito, donación externa y/o contraparte

nacional. Las demás fuentes deben aprobarse con Decreto Supremo específico

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Ejemplos: Algunos casos de registro de partidas de consultoría

Fuentes 80 –

44, 70 y 43

Contraparte

La Entidad envía al VIPFE documentación para

modificación presupuestaria para proyectos de inversión

El VIPFE – MPD realiza el registro de las partidas

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Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

Contraparte

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Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

Fuente 20 –

230, 42-230,

10-111, y otros

La Entidad envía al VIPFE documentación para

modificación presupuestaria para proyectos de inversión,

incluyendo el D.S. de aprobación

El VIPFE – MPD realiza el registro de las partidas

Autorizado mediante Numeral V de la Disposición Final Tercera del

D.S. 772

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Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

Transferencia de

proyectos no

capitalizables a

capitalizables

La Entidad envía al VIPFE documentación para

modificación presupuestaria para proyectos de inversión

El VIPFE – MPD emite la Resolución Administrativa y

registra las partidas

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4. Compromisos de Gastos Mayores a un Año

Por qué? Como?

• Registrar recursos de donación y

crédito externo, comprometer gastos

mayores a un año

Ley 62

• Art. 25

Solicitar la certificación al MPD-VIPFE de

recurso externos para proyectos de inversión y

actividades institucionales comprendidas en

convenios de financiamiento mayores a un año.

Deberán presentar la siguiente documentación:

a. Carta de solicitud suscrita por la MAE

b. Copia del convenio de financiamiento

c. Disponibilidad de saldos (detalle)

D.S. 772

• Solicitud al VIPFE de certificación de

Recursos Externos

• Art. 7 PGE 2010 (vigente art. 41)

Se autoriza a Entidades públicas,

comprometer gastos por periodos

mayores a un año en proyectos de

inversión, siempre y cuando cuenten

con el financiamiento asegurado,

debidamente certificado por el MPD-

VIPFE

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Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

5. Transferencia Público - Privadas

Por qué? Como?

• Transferencia de capital a privados para

ejecutar proyectos de inversión estatal

Ley 62

• Art. 27

II. a. Autoriza a realizar transferencia a Entidades autorizadas por Ley y/o D.S. b. Autoriza a un conjunto de entidades

c. Autoriza la transferencia de recursos de donación, crédito externo y/o contraparte nacional,

en el marco de los convenios y la no objeción del Organismo Financiador d. Entidades que tienen recursos del Fondo Nacional

de Solidaridad y Equidad III. Cualquier otra entidad debe tramitar su D.S.

IV. El importe, uso y destino de la transferencia y reglamentación deben ser aprobadas por Resolución expresa.

D.S. 772

• Solicitud, justificación y registro de los proyectos

en el MDP-VIPFE

• 18 Ley Reformulado PGE 2010 (vigente art.

41) Se autoriza al Órgano Ejecutivo transferir recursos públicos en efectivo y/o especie e

inversiones productivas a privados con autorización del D.S.

La entidad otorgante debe registrar la ejecución de los recursos en los sistemas del MEFP y del MPD

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Ley N° 62 «Aprobación PGE 2011» y su Reglamentación D.S. 772

Entidades

autorizadas por

ley o D.S.

Ejem. FDPPIOYCC,

PASA, PRO-

BOLIVIA, Min.

Salud

Entidades con

financiamiento

externo y

autorizadas a

realizar la modificación

La Entidad envía al VIPFE documentación para

modificación presupuestaria para transferencias de capital

El VIPFE – MPD elabora el informe técnico

(cumplimiento de la norma) para la habilitación de la partida y envía al MEFP

El MEFP se apertura la partida

La entidad registra y aprueba modificación y reporta el avance en los sistemas de información

generados para tal fin

El MPD emite la Resolución Ministerial y se aprueba a

modificación Entidad solicitante asume la total

responsabilidad de la transferencia

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6. Incorporación de los Presupuesto Institucionales de las Empresas Púbicas Nacionales Estratégicas y nacionalizadas al PGE

Por qué? Como?

• Recursos internos que precisan ser

registrados en el PGE para la

ejecución de proyectos de inversión

Ley 62

• Empresas Nacionales Estratégicas para

proyectos de inversión

1. Nota de solicitud del Ministerio Cabeza

de sector, con todos los documentos de

modificación presupuestaria

2. El MPD-VIPFE elabora informe y envía al

MEFP la solicitud

3. El MEFP registra y aprueba la

modificación

(no aplica para recursos adicionales de

donación y/o crédito externo)

• Solicitud, justificación y registro de los

proyectos en el MDP-VIPFE

• Artículo 11

Se autoriza al MEFP:

a. Incorporar en el PGE, previa

evaluación, los presupuestos

institucionales de ingresos, gasto y

proyectos de empresas

nacionalizadas

b. Incorporar en el PGE ingresos,

gastos, crédito interno y proyectos

de inversión de las EPNES. Previa

solicitud del Ministerio cabeza de

sector

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