Post on 30-Apr-2022
El Tancament Comptable 2018
A càrrec de la Sra. Gemma Soligó, economista i auditora. Sòcia de Grant Thornton. Membre de la Junta Directiva de
l’ACCID
24 de gener de 2019
Novedades en el cierre contable del ejercicio 2018 y aspectos a considerar los próximos ejercicios
Cierre 2018: Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010. de 2 de julio y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
Cambios futuros en la normativa contable
✓ Presentación de instrumentos financieros: Proyecto de resolución en línea con lo dispuesto en la NIC 32 y de aplicación a los ejercicios iniciados el 1.1.2019. Proyecto publicado el 11.04.2018
✓ Armonización del PGC a la normativa internacional (NIIF)
Cierre contable: Una revisión de los principales epígrafes
EPIGRAFE DEL BALANCE ASPECTOS A CONSIDERAR
Inmovilizado Amortización
Deterioro
Activación intereses
Arrendamientos
Activos financieros Clasificación
Valoración
Deterioro
Existencias Recuentos físicos
Valoración
Deterioro
Corte de operaciones
Cierre contable: Una revisión de los principales epígrafes
EPIGRAFE DEL BALANCE ASPECTOS A CONSIDERAR
Tesorería Valoración
Conciliaciones bancarias
Patrimonio neto Operaciones con socios y propietarios
Distribución dividendos
Cumplimientos legales
Subvenciones de capital
Ajustes cambios de valor
Errores
Cambios de estimaciones
Cierre contable: Una revisión de los principales epígrafes
EPIGRAFE DEL BALANCE ASPECTOS A CONSIDERAR
Provisiones a corto y largo plazo Tipos de provisiones
Valoración
Acreedores a corto plazo Valoración
Otras revisiones
Operaciones con sociedades del Grupo Valoración
Normativa aplicable
Amortizaciones
Consideraciones amortización✓ Inicio de la amortización a partir del momento en el que el
activo está en condiciones de funcionamiento. Es decir, laamortización deberá comenzar cuando los activos estándisponibles para empezar a funcionar de acuerdo a su usoprevisto con independencia de que el activo haya entrado en elproceso productivo o se esté utilizando efectivamente.
✓ La amortización habrá de establecerse de manera sistemática yracional en función de la vida útil de los bienes, atendiendo ala depreciación que sufran por su funcionamiento, uso ydisfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescenciatécnica o comercial.
✓ Los métodos de amortización a utilizar son aquellos que, deacuerdo a un criterio económico, distribuyan los costes deamortización a lo largo de la vida útil.
Amortizaciones
Consideraciones amortización
✓ Las modificaciones en las amortizaciones anuales por nuevasestimaciones de su vida útil, se considerarán como cambios enestimaciones contables y se aplicarán de forma prospectiva enla cuenta de resultados.
✓ Si procede reconocer correcciones valorativas por deterioro sedeben ajustar las amortizaciones de los años siguientesconsiderando el nuevo valor contable.
✓ La amortización no debe cesar porque el activo esté fuera deuso, sin perjuicio de la consideración de deterioro y revisión de lavida útil.
Deterioro
Resolución 18 de septiembre de 2013 del ICAC por la que se que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria de las cuentas anuales sobre el deterioro del valor de los activos
¿A que epígrafes aplica?
➢ Inmovilizado material
➢ Inmovilizado intangible
➢ Inversiones inmobiliarias
➢ Activos financieros
➢ Existencias
Deterioro
Inmovilizado material
PÉRDIDA POR DETERIORO SIVALOR CONTABLE > IMPORTE RECUPERABLE
Importe recuperable:
Mayor entre:
- Valor razonable menos costes de venta
- Valor de uso
Si no es posible la estimación a nivel individual
UNIDAD GENERADORADE EFECTIVO
=
Grupo identificable más pequeño deactivos que genera entradas deefectivo que son independientes delos flujos de efectivo derivados deotros activos o grupos de activos.
Si incorpora un fondo decomercio, en primer lugar sedeprecia éste
Valoración de instrumentos de patrimonio
PARTICIPACIONES
Cartera financiera < 20%
Cartera de control > 20%
CP PGC/PymesActivos financieros mantenidos para negociarValor razonable
LPPGC
Pymes
Activos financieros disponibles para la ventaValor razonable
Coste
Grupo >50%Dominio
Asociadas>20%-50%Influencia notable
PGC/Pymes Coste
Deterioro
Consideraciones en relación al valor recuperable en inversiones valoradas al coste
La posibilidad de utilizar el patrimonio neto corregido por las plusvalías tácitas como método de determinar el valor recuperable tal y como se indica en el Plan General Contable
Salvo mejor evidencia del importe recuperable de las inversiones, en la estimación del deterioro de esta clase de activos se tomará en consideración el patrimonio neto de la entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración
Ha sido clarificado por el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas en la consulta 5 del BOICAC 74 así como en la resolución de deterioro de valor
El objetivo del procedimiento de cálculo a partir del patrimonio neto corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de valoración, es facilitar la aplicación práctica de los criterios relativos a las correcciones valorativas de estas inversiones, evitando la necesidad de hacer un análisis más complejo en aquellas situaciones en que su cálculo pueda proporcionar indicios claros de que no existe deterioro.
Deterioro
Consulta 4 (BOICAC 77) sobre el tratamiento contable del deterioro de unas acciones incluidas en la categoría de
disponibles para la venta- En relación a la cuestión de si los requisitos del año y medio y de la
caída en la cotización en un 40% deben darse de forma conjunta o el cumplimiento de uno de ellos es por si solo indicio de deterioro, la consulta determina que el cumplimiento de uno solo de los requisitos constituye indicio de deterioro.
- La segunda cuestión hace referencia a que precio de cotización debe tomarse como referencia para computar dichos parámetros y se indica que es su valor inicial o precio medio ponderado en el caso de varias adquisiciones.
- La tercera cuestión hace referencia al importe por el que ha de registrarse la pérdida por deterioro: diferencia entre el precio de adquisición menos cualquier corrección valorativa previamente reconocida y su valor razonable
Dividendos
DEFINICIÓN: Retribución percibida por la participación enel capital social de una entidad.
MOMENTO DE RECONOCIMIENTOContablemente, los ingresos por dividendos debenreconocerse cuando se establezca el derecho a recibirlospor parte del socio.TRATAMIENTO CONTABLE
• Caso General: Ingreso del ejercicio.
• Caso Especial: cuando los dividendos distribuidos procedeninequívocamente de resultados generados con anterioridad a la fechade adquisición porque se hayan distribuido importes superiores a losbeneficios generados por la participada desde la adquisición, no sereconocerán como ingreso, y minorarán el valor contable de lainversión.
Dividendos
Consulta 9 BOICAC 113/2018: Sobre la correcta interpretación dela NRV 9ª Instrumentos financieros, apartado 2.8 Intereses ydividendos recibidos de activos financieros cuando se realizaninversiones financieras sucesivas.
En se plantea lo siguiente: La sociedad A participa en el 50% del capitalsocial de la sociedad B desde la constitución de esta última. Conposterioridad (una vez transcurridos varios ejercicios) la sociedad Aadquiere el otro 50%. A partir de esta fecha la sociedad B repartedividendos con cargo a reservas.
Todo reparto de reservas que reduzca los fondos propios de la sociedadparticipada hasta un importe equivalente al precio de adquisición de lainversión, minorado en el importe de las plusvalías adquiridas, deberíareconocerse como ingreso en las cuentas anuales de A.
Consideración del 50% como renta generada desde fecha adquisicióninicial y el otro 50% será patrimonio adquirido.
Otras consultas ICAC 2018
Consulta 3 BOICAC 115/2018: Sobre el tratamiento contable delimporte pagado a los asesores de una empresa por laintermediación en la compra de la totalidad de las acciones deuna sociedad
Una sociedad adquiere en el ejercicio 2017 mediante compraventa latotalidad de las acciones de varias sociedades, que parecen cumplir ladefinición de negocio, y en las que previamente no mantenía ningunaparticipación. Según afirma el consultante, la sociedad adquirente haincurrido en unos gastos de asesores (cláusulas de éxito de la operación,asesoría legal, estudios de mercado, due diligence, principalmente)atribuidos a esta operación.
Criterio incluido en el apartado 2.3. de la NRV 19ª relativo a ladeterminación del coste de la combinación de negocios: cuando seadquiere el control de un negocio por medio de la adquisición de accioneso participaciones de otra sociedad, los honorarios abonados a asesoreslegales u otros profesionales que intervengan en la operación secontabilizarán como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Operaciones Grupo
Están sujetas a esta Norma las realizadas entre empresas del Grupo según la definición de la NECA 13ª.
SE ENTENDERÁ QUE UNA EMPRESA FORMA PARTE DELGRUPO CUANDO HAYA VINCULACIÓN O RELACIÓNANÁLOGA A LA PREVISTA EN EL ARTICULO 42 DEL CÓDIGODE COMERCIO PARA LOS GRUPOS DE SOCIEDADES OCUANDO LAS EMPRESAS ESTEN CONTROLADAS POR VARIASPERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE ACTÚENCONJUNTAMENTE O SE HALLEN BAJO DIRECCIÓN ÚNICAPOR ACUERDOS O CLÁUSULAS ESTATUTARIAS
Por tanto, también englobará a sociedades bajo control común (control horizontal).
Operaciones Grupo
Consultas del ICAC relativas al concepto de Sociedad del Grupo:
Consulta 1 BOICAC 83/2010: Sobre la calificación como empresasdel grupo a los efectos del artículo 42 del Código de Comercio detres sociedades participadas al cien por cien por familiarespróximos, que comparten los mismos administradores pero queno están participadas entre ellas. En esta consulta el ICAC contestaque si las sociedades no están vinculadas por una relación de control, notendrán la consideración de empresa del grupo de acuerdo con el art. 42del CC, sin perjuicio de que si pudieran tenerla de acuerdo con ladefinición de empresa del grupo del Plan General de Contabilidad.
En el supuesto de esta consulta se concluye que la condición defamiliares próximos de las personas físicas que participanmayoritariamente en las tres sociedades y la presencia de los mismosadministradores en sus órganos de dirección, debería llevar a presumir laexistencia de una actuación conjunta.
Operaciones Grupo
Consulta 4 BOICAC 92/2012: Sobre si determinadas sociedadesparticipadas mayoritariamente por personas físicas vinculadas poruna relación de parentesco, constituyen un grupo de sociedadesde los previstos en el artículo 42 del CC.
El ICAC remite a la consulta anterior. Se hace referencia a que cabe inferirausencia de intereses contrapuestos que cabe inferir del vínculo deparentesco.
Se indica que “las sociedades integradas en un “grupo familiar”, comoregla general, constituyen grupos sometidos a la misma unidad dedecisión, que puede reconocerse a la vista de la coincidencia de laspersonas que componen los órganos de administración de las empresas, yde las propias relaciones económicas cruzadas que la unidad de decisiónteje entre las sociedades titulares de los activos y pasivos queadministran directa o indirectamente las personas que lo conforman,como por ejemplo, mediante el otorgamiento de asistencia financieramutua o la presencia de estas sociedades en las sucesivas etapas de unproceso productivo”.
Esquema resumen tratamiento contable operaciones entre empresas del Grupo
Transacción
Intra-grupo
¿Es una compra venta?
Contabilizar de acuerdo con la naturaleza híbrida de la transacción
¿Valor de la transacción es el VR de los activos
transmitidos?Si
No
Contabilización al valor pactado, es decir, a su VR
Si
¿Es una fusión , escisión o aportación no dineraria
de un negocio?
¿Es una fusión , escisión o aportación no dineraria
de un activo?
No
No
Si
Valores de Cuentas Anuales Consolidadas de la dominante última española o Cuenta Anuales Individuales
Fusiones y escisiones- Retroacción contable
Exención de consolidar por subgrupo: Valores de Cuentas Anuales Consolidadas formuladas
Exención de consolidar por tamaño: Valores NOFCAC, aplicando la DT 6ª
Consideración regla especial: método adquisición
Aportaciones no dinerarias- No retroacción contable
Valores de cuentas anuales consolidadas formuladas o porcentaje de participación en el valor patrimonial de la sociedad aportada, si es superior
Si
Criterios generales: Permuta o aportación
Operaciones Grupo
Tratamiento de las aportaciones no dinerarias en sociedades del Grupo
¿Es un negocio?
SI
NO
Aportante
Receptora
Valores NOFCAC o CCAA Contrapartida a reservas
Valores NOFCAC o CCAAdel negocio
¿Es permuta comercial?
NO
SI
CosteAportante
Receptora VR Act.
Aportante
Receptora
VR Cont.
VR Act.
Simplificación de las obligaciones contables. RD 602/2016, de 2 de diciembre
Las suma de activos y la cifra de negocios del
Grupo es superior a 4.000.000 y 8.000.000
NO Modelo abreviado
SI¿EL GRUPO
FORMULA CCAA CONSOLIDADAS?
NO
SI
Modelo normal
Modelo abreviado
Simplificación de las obligaciones contables. RD 602/2016, de 2 de diciembre
Consulta 2 BOICAC 109 de marzo de 2017: nuevas reglas a los ejercicios que se inicien a partir 1.1.2016. Consideración límites grupo dos años
Consulta 2 BOICAC 110 de junio de 2017:
✓ Ámbito geográfico a que deben referirse las cuentas anuales abreviadas: la nacionalidad de la sociedad dominante debe ser española o de cualquier estado miembro.
✓ Las cuentas consolidadas pueden corresponder a un nivel intermedio del grupo.
Información más significativa que se simplifica en las Sociedadesque pueden formular cuentas anuales abreviadas:
✓ Nota Aplicación de resultados
✓ Se simplifica información de participaciones en empresas del grupo,multigrupo y asociadas
✓ Límites de líneas de descuento y pólizas de crédito
✓ Información sobre diferencias temporarias deducibles e imponibles
✓ Nota sobre ingresos y gastos. Solo información de determinadaspartidas excepcionales
✓ Información sobre sueldos y dietas de la Alta Dirección ymiembros del Órgano de Administración
✓ ¿Qué pasa con la información contable requerida por otralegislación?
En relación a la información sobre sueldos y dietas de la AltaDirección y miembros del Órgano de Administración y en base ala información a incluir en la memoria abreviada en relación alas operaciones con partes vinculada, se ha de revisar si:
✓ Los conceptos remunerados corresponden al tráfico ordinario de laempresa
✓ Si se han establecido en condiciones normales de mercado
✓ Si son importantes cuantitativamente
✓ Si son relevantes para expresar la imagen fiel del patrimonio,situación financiera y resultados de la sociedad.
Nuevos requerimientos en materia de información no financiera y diversidad Ley 11/2018 de 28 de diciembre
Entrada en vigorEjercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018
Información no financiera
• Divulgación de políticas de diversidad y competencias y puntos de vista que apliquen a su consejo de administración en cuestiones como:
• Edad• Sexo• Discapacidad
• Formación y experiencia profesional
Requisitos
Entidades de interés público con nº medio de empleados > 500 (*)Empresas grandes: Empresas grandes que durante dos años consecutivos reúnan dos de estas circunstancias:
partidas de activo > 20.000.000cifra de negocios > 40.000.000nº medio empleados> 250
(*) Transcurridos tres años de la publicación de la Ley pasa a 250 trabajadores
• Información para comprender la evolución de resultados
• Cuestiones medioambientales Cuestiones sociales y de personal
• Derechos humanos• Lucha contra la corrupción y el
soborno• Información sobre la Sociedad
Informe Anual Gobierno corporativo
Nuevos requerimientos en materia de información no financiera y diversidad Ley 11/2018 de 28 de diciembre
Otras consideraciones
Dos opciones:
- Incorporación al Informe de Gestión- Emisión de informe separado
Mismos criterios de formulación, aprobación, depósito y publicación del Informe de Gestión
Verificación
Auditor: comprobar que se haya incluido la información
Asimismo, este estado deberá ser verificado por un prestador independiente de servicios de verificación
Situación cambios de la normativa contable
Fecha esperada adopción PGC Comentario
01/01/2020 Adopción parcial
NIIF 15 - Ingresos de contratos con clientes
01/01/2018 01/01/2020 NIIF / NIC
Fecha entrada en vigor NIIF
NIIF 16 -Arrendamientos
01/01/2019 N//A
NIIF 9 - Instrumentos financieros 01/01/2018
NIIF 13 - Valor razonable En vigor
En vigor, parcialmente.
A partir 01/01/2020
Se adoptarán algunos aspectos como la jerarquía de valor razonable
NIC 32 - Instrumentos financieros -Presentación En vigor 01/01/2019
Borrador RICAC presentación instrumentos financieros ya emitido
NIIF 15 Ingresos de contratos con clientesUn modelo de 5 pasos
Identificar el contrato Contrato
Identificar las obligaciones de
desempeño en el contratoObligación 1 Obligación 2
Determinar el precio Fijo + Variable – valor temporal del dinero
Asignar el precio a las obligaciones de desempeño
Obligación 1 Obligación 2
Reconocer el ingreso a medida que se satisfacen las
obligaciones de desempeño
Obligación 1 Obligación 2
NIIF 15 Ingresos de contratos con clientes
Adopción NIIF 15 Ingresos de contratos con clientes –Impacto por sectores
Sectores Paso1 Paso2 Paso3 Paso4 Paso5
Media, Licencias y franquicias ✓ ✓ ✓ ✓
Construcción, ingenierías, fabricantes por contrato
✓ ✓
Inmobiliario ✓ ✓ ✓
Farmacéutico ✓ ✓
Telecomunicaciones ✓ ✓
Automoción ✓ ✓
Software ✓ ✓ ✓ ✓
NIIF 15 Ingresos de contratos con clientes
Adopción NIIF 15 Ingresos de contratos con clientes –Consultas ICAC
Consulta 5 BOICAC 98 de junio 2014 – Sobre el adecuado tratamiento contable de un programa de fidelización de clientes mediante la entrega de vales regalo y puntos canjeables por ventas futuras
Consulta 1 BOICAC 100 de diciembre 2014 – Sobre el adecuado tratamiento contable de la cesión gratuita de instrumentos de análisis clínico a cambio de la compra de reactivos
Instrumentos financieros
Principales modificaciones de la NIIF 9 y PGC (Borrador RICAC)
Área Impacto de los
cambios
respecto a la NIC
39
Expectativa de
adopción por parte
del PGC
Alcance ✓
Clasificación y valoración – activos financieros ✓X
Clasificación y valoración – pasivos financieros (*) ✓
Deterioro X
Baja de activos y pasivos financieros (*) X
Derivados implícitos ✓
Contabilidad de coberturas ✓
Cambios menores o sin cambios A Algunos cambios Cambios significativos
Aspectos generales
Comparativa NIIF 9 – NIC 39. Visión general
NIC 39 NIIF 9
Clasificación y valoración – activos
financieros
Clasificación y valoración –
pasivos financieros
Deterioro
Coberturas
Derivados implícitos
Basada en reglas arbitrarias tanto para la
clasificación como para futuras
reclasificaciones
Basado en principios, en función del modelo de
negocio y la naturaleza de los flujos de efectivo.
Reclasificaciones solo cuando cambia el modelo de
negocio
• En los pasivos financieros a valor
razonable el incremento del riesgo
crediticio propio origina un ingreso
financiero (el valor razonable del pasivo
disminuye)
• Para los derivados a liquidar con la
entrega de instrumentos de patrimonio
no cotizados para los que resulte
complicado determinar el valor
razonable no se valorarán a valor
razonable sino a coste
Las categorías existentes bajo NIC 39 permanecen
fundamentalmente sin cambios.
• En los pasivos financieros designados
voluntariamente en el momento inicial a valor
razonable con cambios en pérdidas y ganancias,
los cambios de valor razonable debidos al riesgo
crediticio propio se reconocen en patrimonio neto
• Para los derivados sobre instrumentos de
patrimonio siempre puede determinarse el valor
razonable
Pérdidas por deterioro basadas en las
pérdidas crediticias incurridas Pérdidas por deterioro basadas en las pérdidas
crediticias esperadas
Criterios complejos en relación a la
contabilidad de coberturas
• Simplificación de los requisitos de la contabilidad de
coberturas
• Aumento de las opciones disponibles por lo que
respecta a partidas cubiertas e instrumentos de
cobertura
Bajo 39 existe la posibilidad de separar los
derivados implícitos en un contrato anfitrión
que es un activo financiero si se cumplen
determinadas circunstancias
La NIIF 9 elimina la posibilidad de separar derivados
implícitos incluidos en contratos híbridos cuando el
contrato anfitrión es un activo dentro del alcance
de la NIIF 9
Instrumentos financieros
Principales modificaciones
Instrumentos financieros
Principales modificaciones
• Proyecto Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría deCuentas por la que se aprueban los criterios de presentación de losinstrumentos financieros y otros aspectos relacionados con laregulación mercantil de las sociedades de capital- NIC 32
Normativa aplicable: Presentación de instrumentos financieros
Normas Internacionales de Información Financiera
Normas y Principios Generalmente Aceptados en España
• NIC 32: Instrumentos Financieros –Presentación
• CINIIF 2: Aportaciones de Socios de Entidades Cooperativas e Instrumentos Similares
• Plan General de Contabilidad• Resolución del Instituto de Contabilidad
y Auditoria de Cuentas por el que se aprueban los criterios de presentación de instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de sociedades de capital (*)
• Orden EHA/3360/2010, de 21 de Diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas.
(*) Proyecto de resolución en línea con lo dispuesto en la NIC 32 y de aplicación a los ejercicios iniciados el 1.1.2019. Proyecto publicado el 11.04.2018
1 Disposiciones generales
2 Aportaciones sociales
3 Acciones y participaciones propias de la sociedad dominante
4 Cuentas anuales
5 Los administradores
6 Aplicación del resultado
7 Aumento y reducción de capital
8 Obligaciones y otros instrumentos de financiación
9 Disolución y liquidación
10 Las modificaciones estructurales y el cambio de domicilio
Capítulos y estructura de la Resolución