Post on 05-Apr-2017
Normativa aplicable al vuelo de dronesPABLO FERNÁNDEZ BURGUEÑO (@PABLOFB)ABOGADO DE AERONÁUTICA Y ESPACIO, DE ABANLEX
Normativa principal aplicable en España al vuelo de drones
Constitución Española Ley 18/2014, art. 50 Ley de drones Ley de Navegación Aérea definición de aeronave Reglamento UE 1178/2011, anexo VII Escuelas de formación Orden de Presidencia del Gobierno 14/03/1957 Grabaciones Ley 15/1999 Protección de datos Opinión 1/2015 Grupo del Artículo 29 Captación de datos RD 37/2001 Límites del seguro de daños a terceros (<20Kg) Reglamento 785/2004 Límites del seguro a teceros (>20kg)
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Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
1944 Convenio de Aviación Civil Internacional Prohibición de aeronaves sin piloto, salvo
autorización especial No regula las UAVs (sin piloto) RPA (controladas
por control remoto) siguientes: Autónomas Destinadas al transporte de mercancías Militares Globos libres no tripulados y cautivos >150 kg (salvo policía, aduana, salvamento…)
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Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
Vigilantes del cumplimiento: AESA AEPD Mº de Industria, Energía y Turismo Autoridades de seguridad pública
Sanciones: Ley 21/2003 Seguridad Aérea: 4.500.000€ RGPD: 20.000.000 o 4% facturación (lo mayor) Otras: CP, LO 1/82, CC, etc.
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Tipos de drones o RPAs (1/2)
Uso doméstico por piloto sin licencia Exterior prohibido
Excepción, cuando se den todas las circunstancias: zona adecuada
Zonas de vuelo de aeromodelismo Zona despoblada Otras similares a las anteriores
Siempre a la vista Máxima altura: 120 metros El piloto responde por los daños
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Tipos de drones o RPAs (2/2)
Uso doméstico por piloto sin licencia Interiores:
En espacios con aberturas al exterior prohibido, con excepciones http://www.seguridadaerea.gob.es/media/4427085/recomendaciones_uso_drones.pdf
En espacios completamente cerrados (redes incluidas): Propios Permitido Ajenos Requiere autorización del titular o responsable
del espacio Uso empresarial (excluido el militar y FYCSE)
Exterior depende del caso Interiores Igual que para el uso doméstico
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Dron <25Kg o =25Kg en exteriores
Requiere habilitación por AESA: acuse de recibo Comunicación previa (5 días antes del inicio de la
actividad) Declaración responsable
De día Buen tiempo (condiciones de meteorología visual) Espacios despoblados Espacios aéreos no controlados Dentro del alcance visual Distancia máxima: 500 metros Altura máxima: 120 metros
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Dron <2Kg en exteriores
Requisitos: iguales que para los drones <25Kg Especialidad: Vuelo más allá del alcance visual
Requisitos: Dentro del alcance de la emisión de radio Altura máxima: 120 metros
Trámites necesarios: Autorización a los Servicios de Información
Aeronáutica Recepción de NOTAM (aviso sobre el vuelo a otros)
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Dron >25Kg en exteriores
Requisitos: iguales que para los drones <25Kg
Especialidad Están
sujetos a autorización por parte de AESA
MQ-8B Fire Scout. Imagen cedida por User-Dammit
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Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
Fabricantes de drones: Son responsables de los drones que vendan
Elaborarán y entregarán la documentación al operador
Si fabrican en serie drones >25 kg aprobación previa AESA
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Grabación y Fotografía
Autorización de AESA Norma: Orden de Presidencial del Gobierno de 14 de
marzo de 1957 Duración: especificada en la autorización
Autorización de los propietarios de los espacios a grabar
Autorización local Consentimiento informado de las personas afectadas
Ley Orgánica 15/1999, arts. 4 (límites) y 5 (consentimiento)
RGPD – Reglamento (UE) 2016/679 Instrucción 1/2006 de la AEPD y otras vinculadas
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Requisitos del operador propietario de los drones
Requisitos (1/2):1. Documentación sobre la
caracterización de la aeronave
2. Manual de operaciones3. Estudio aeronáutico de
seguridad de la operación
4. Programa de mantenimiento de la aeronave
UAV con sistema CSIRO. Imagen cedida por CSIRO
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Requisitos del operador propietario de los drones
Requisitos (2/2):1. Piloto que cumpla con los requisitos2. Seguro3. Medidas de seguridad para evitar que el dron
sufra interferencias4. Garantizar que la operación se realice a una
distancia mínima de:1. 8Km de cualquier aeropuerto2. 15Km de un aeropuerto que permita el vuelo
instrumental
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Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
Operadores: Responsable del mantenimiento Sistema de registro de:
Vuelos realizados y tiempo de vuelo Deficiencias técnicas y eventos significativos sobre seguridad Inspecciones realizadas, mantenimiento y sustitución de piezas
Normas para el mantenimiento < 2kg manual genérico 2kg a 150kg manual personalizado >150kg a 450kg = tripulados ultraligeros motorizados >450kg similares a los de su masa tripulados (con excepciones)
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Requisitos del dron para vuelos en el exterior
Requisitos para todos los drones: Placa grabada de identificación:
Legible y a simple vista Identificación completa sobre el dron y el operador
Revisiones periódicas
Requisitos para drones >25kg Inscritos en el Registro de Matrículas de Aeronaves de
AESA Certificado de Aeronavegabilidad
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Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
Placa de identificación: Material ignífugo Información marcada de forma ignífuga: Grabado químico,
estampado, troquelado, etc. Drones >25kg pueden pedir un “Certificado especial
para vuelos experimentales”. Requisitos: Documentación de caracterización, zona de seguridad… Estudio aeronáutico, capacidad de control, métodos… Vuelo en condiciones similares al doméstico exterior
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Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
Condiciones meteorológicas: Se debe operar de día y en condiciones meteorológicas de
vuelo visual (VMC) Vuelos nocturnos
Requiere autorización expresa de la AESA Plazo para resolver: 6 meses (silencio negativo)
Prohibido volar desde coches u otros vehículos Área de protección: solo el operador en 30m de suelo
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Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
Objetos y sustancias peligrosas Prohibidas Salvo autorización expresa AESA
Sobrevuelo prohibido de instalaciones Defensa nacional Infraestructuras críticas Zonas prohibidas y restringidas
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Requisitos para pilotos (1/2)
Conocimientos teóricos. Una de estas opciones: Tener o haber tenido (en
los últimos 5 años) licencia de piloto
>18 años + Certificado: Emitido por organización
de formación aprobada por AESA, ATO
Individual tras un examen, para licencias de piloto de ultraligero
Aeryon Scout
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Requisitos para pilotos(2/2)
Certificado médico: < o = 25Kg Clase
LAPL >25Kg Clase 2
Conocimientos sobre la aeronave y su pilotaje Certificado de
operador, fabricante o escuela aprobada
Imagen cedida por Frankhöffner
@Pablofb
Novedad: Borrador de Real Decreto (v.27102016)
Mantenimiento del piloto en cada categoría:
Al menos 3 vuelos en los últimos 3 meses
Al menos un entrenamiento anual especifico
Deberá llevar actualizado un libro de vuelo
@Pablofb
Requisitos del centro de formación
Denomimación: ATO (approved training organisation)
Autorización de AESA Normativa: Reglamento UE 1178/2011 Requisito: impartir al menos un curso de piloto
(ej.: planeador o globo) Prohibiciones:
AESA no acepta centros que solo formen para pilotar drones
Las escuelas de vuelo ULM, que no son ATO, no pueden expedir certificados
@Pablofb
Requisitos del curso de piloto de drones
Requisitos del curso: Materia indicada en la
normativa (aeronáutica, meteorología…)
Contenidos y duración mínima indicados en la web de AESA
Imagen cedida por MONUSCO_Sylvain Liechti
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Datos de contacto
Pablo Fernández Burgueño (@pablofb)
Abogado en Abanlex
linkedin.com/in/pablofbpablo@abanlex.comwww.abanlex.com
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