Dominio

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DOMINIO

¿QUÉ ES UN DOMINIO?

En términos sencillos, un dominio es una dirección en Internet, que permitirá que fácilmente cualquier usuario de la red localice nuestra página web o nos escriba un correo electrónico sin necesidad de tener que recordar una serie de 4 números (IP). Por ejemplo, es mucho más sencillo recordar esta web como guiawebmaster.com (dominio), que a través de 62.129.173.163 (IP). 

Uno de los aspectos más relevantes de los dominios es que son únicos. Es decir, es completamente imposible que dos personas, empresas u organizaciones tengan simultáneamente el mismo nombre de dominio en Internet, de forma que el dominio se convierte en una auténtica seña de identidad en la red.

TIPOS DE DOMINIOS:

Existen 2 tipos de dominio: los dominios genéricos y los dominios territoriales.

- LOS DOMINIOS GENÉRICOS: (también son denominados dominios internacionales o globales), son los dominios básicos en Internet y los más utilizados a nivel mundial. 

Los dominios genéricos esstán organizados de forma conceptual según sus terminaciones y que a continuación os mostramos en orden de mayor a menor utilización. Los nombres de dominio genéricos tienen terminaciones formadas por 3 letras.-LOS DOMINIOS TERRITORIALES: (también llamados dominios geográficos), son los dominios mantenidos por cada país. Estos dominios territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas que desean establecerse en Internet y proteger la identidad de su marca o su nombre comercial en un país concreto. Los dominios territoriales tienen sus terminaciones compuestas por 2 letras.

El registro de los dominios territoriales de España puede realizarse, bien a través de ESNIC directamente (www.nic.es) o bien a través de cualquiera de los registradores acreditados por ESNIC

Los dominios territoriales de España están regulados por una normativa bastante más estricta que los genéricos o internacionales.

1) que el domino registrado sea idéntico o similar a la marca del demandante, creando así confusión respecto a ella.

2) que el titular del dominio no tenga derechos o intereses legítimos respecto a la marca que usa como dominio.

3) que el registro del dominio se haya efectuado de mala fe por su titular, entendiéndose mala fe como:

1. Que haya indicios suficientes de que el titular registral del dominio lo ha registrado, fundamentalmente, con el fin de vender, alquilar, o ceder el dominio al titular de la marca o a un competidor de éste, por un valor que supere los costos relacionados directamente con el dominio.

2. Se haya registrado dicho dominio a fin de evitar que el titular de dicha marca refleje la misma con un dominio igual, siempre y cuando el titular del dominio haya efectuado una conducta de ese tipo.

3. Que el titular del dominio lo registre con la intención de atraer, con ánimo de lucro a dicho sitio web, o a otro que esté en línea con él, originando así confusión en cuanto a la fuente, patrocinio, afiliación o promoción de dicho sitio web