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Contenido CONTENIDO ........................................................................................................................................................... 2
I. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................................... 3
II. RESUMEN DEL DICTAMEN .................................................................................................................................. 5
III. MANDATO DE LA CNH ....................................................................................................................................... 9
IV. RESUMEN DEL PROYECTO ............................................................................................................................... 15
A) UBICACIÓN. ......................................................................................................................................................... 15 B) OBJETIVO ............................................................................................................................................................ 16 C) ALCANCE. ............................................................................................................................................................ 16 D) VOLUMEN Y RECURSOS PROSPECTIVOS. ..................................................................................................................... 16 E) INVERSIONES EXPLORATORIAS, INVERSIONES DEL POSIBLE DESARROLLO Y GASTO DE OPERACIÓN ............................................ 24 F) INDICADORES ECONÓMICOS .................................................................................................................................... 25
V. PROCEDIMIENTO DE DICTAMEN ...................................................................................................................... 27
A) SUFICIENCIA DE INFORMACIÓN. ................................................................................................................................ 28 B) CONSISTENCIA DE LA INFORMACIÓN. ......................................................................................................................... 30
VI. EVALUACIÓN DE LA FACTIBILIDAD .................................................................................................................. 31
A) ESTRATÉGICA........................................................................................................................................................ 31 i. Análisis de alternativas. ............................................................................................................................... 31 ii. Formulación del proyecto. ............................................................................................................................ 31
B) MODELO GEOLÓGICO Y DISEÑO DE ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN. ................................................................................. 34 C) ECONÓMICA......................................................................................................................................................... 35 D) AMBIENTAL .......................................................................................................................................................... 37 E) SEGURIDAD INDUSTRIAL. ........................................................................................................................................ 41
VII. OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES ........................................................................................................ 45
VIII. SOLICITUDES A LA SENER .............................................................................................................................. 48
IX. OPINIÓN.......................................................................................................................................................... 50
ANEXO I................................................................................................................................................................ 52
ANEXO II .............................................................................................................................................................. 53
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I. Introducción
En este documento se presenta el resultado del análisis realizado por la Comisión Nacional de
Hidrocarburos (en adelante CNH o Comisión) relacionado al proyecto de exploración Campeche
Poniente.
El proyecto de exploración Campeche Poniente es identificado por Petróleos Mexicanos (en
adelante, Pemex) como un proyecto de exploración desarrollado por el Activo de Exploración
Plataforma Continental Sur, para el cual solicitó a la Dirección General de Exploración y
Explotación de Hidrocarburos, de la Secretaría de Energía (en adelante, SENER) la modificación
de las asignaciones petroleras 247, 248, 249, 253, 254, 255, 259, 260, 1213, 1610 y 1611 que la
SENER considera como áreas 088-54, 089-54, 090-54, 091-54, 087-55, 088-55, 089-55, 090-55,
091-55, 087-56 y 088-56 mediante oficio No. PEP-SRMSO-009/2011, fechado el 28 de febrero de
2011 y recibido en la Secretaría el 10 de marzo de 2011.
El dictamen del proyecto de exploración Campeche Poniente fue elaborado en el marco de lo
dispuesto por el artículo 12 y el régimen transitorio del Reglamento de la Ley Reglamentaria del
Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (RLR27), y con base en éste, se emite la
opinión sobre las asignaciones petroleras que lo conforman.
Para la elaboración del dictamen la CNH revisó y analizó la información originalmente
proporcionada por Pemex-Exploración y Producción (PEP), así como información adicional sobre
los proyectos, presentados a solicitud de esta Comisión, mismos que a continuación se enlistan:
1. Oficio No. 512.099-11 recibido en la CNH el 18 de marzo de 2011, emitido por la
Dirección General de Exploración y Explotación de Hidrocarburos de la SENER mediante
el cual remitió:
Información técnico económica del Proyecto.
Información técnico-económica para documentar las Asignaciones Petroleras
asociadas a dicho Proyecto.
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2. Información adicional proporcionada por Petróleos Mexicanos, relacionada con la clase
de costos del proyecto, mediante oficio No. SPE-GRHYPE-022/2011, recibido en la CNH el
28 de enero de 2011; evaluaciones económicas, mediante el oficio SPE-GRHYPE-
029/2011, recibido en la CNH el 14 de febrero de 2011, así como con la componente
ambiental de los proyectos, mediante oficio SPE-369/2011 recibido en la CNH el día 29
de junio de 2011.
La información presentada por PEP, así como los requerimientos de información adicional de la
CNH se ajustaron a los índices de información y contenidos para la evaluación de los proyectos
de exploración y explotación de hidrocarburos aprobados por el Órgano de Gobierno de la CNH
mediante Resolución CNH.E.03.001/10, consistentes en:
a. Datos generales del proyecto.
b. Descripción técnica del proyecto.
c. Estrategia exploratoria.
d. Diseño de las actividades de exploración.
e. Plan de ejecución del proyecto.
f. Seguridad industrial.
g. Medio ambiente.
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II. Resumen del dictamen En términos del artículo 12 de la Resolución CNH.09.001/10 de la Comisión, el análisis realizado
por la Comisión a los principales componentes presentados por Pemex se resume de la
siguiente manera:
Estrategia de Exploración
Conforme a las disposiciones emitidas por la Comisión, a efectos de definir un plan de
exploración, Pemex debe evaluar las distintas tecnologías relevantes para el área en cuestión. A
este respecto, se presentó la evaluación de dos alternativas de planes de exploración.
En el documento presentado por Pemex se señala que debido a que el proyecto de exploración
Campeche Poniente, se encuentra incluido dentro de la componente de exploración del
proyecto Cantarell, no existe detalle individual del proyecto en ninguno de los documentos
análisis costo-beneficio del proyecto Cantarell elaborados por Pemex.
Derivado de lo anterior, la Comisión considera imperante que Pemex registre los cambios que
se realicen en los proyectos o en las componentes de los mismos (inversiones, metas y alcance)
para poder dar seguimiento, evaluación y transparencia a la estrategia de exploración que se
esté ejecutando.
Volumen y Recursos Prospectivos De acuerdo a la información presentada por Pemex, el proyecto de exploración Campeche
Poniente considera las actividades de exploración en áreas estratégicas y/o de mayor potencial
prospectivo, en las que se cuenta con información sísmica que permitirá enfocarse en
oportunidades de descubrimiento con mayores posibilidades de evaluación de recursos.
Durante la ejecución del proyecto y en función de los estudios de geociencias realizados y por
desarrollarse, Pemex podrá proponer un alcance diferente del proyecto, en el que se consideren
la cantidad y calidad de la información geológica-geofísica y el recurso prospectivo identificado
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que se obtenga de este proyecto, las características de los plays, la ubicación de la
infraestructura de producción, las restricciones ambientales y de seguridad industrial.
Ambiental
El proyecto de exploración Campeche Poniente, en relación con las asignaciones petroleras
correspondientes, Pemex señaló que las obras y actividades relacionadas con el proyecto se
encuentran comprendidas en los proyectos ambientales “Perforación de Pozos Exploratorios y
Delimitadores del Proyecto Pakat Nasa” y “Proyecto Kuchkabal”.
Las áreas 088-54, 089-54, 090-54, 091-54, 087-55, 088-55, 089-55, 090-55, 091-55, 087-56 y
088-56 cuentan con la autorización en materia de impacto y riesgo ambiental para la realización
de las actividades por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT).
La CNH considera necesario que los permisos en materia de protección ambiental sean
modificados ya que no detallan con precisión el área de influencia de las actividades del
proyecto de exploración Campeche Poniente. Adicionalmente, es recomendación de este
órgano desconcentrado que Pemex incluya una tabla en su documentación que indique el grado
de avance en la realización de las actividades autorizadas por los oficios resolutivos
correspondientes al proyecto.
En este mismo sentido, la CNH recomienda gestionar las autorizaciones ambientales pertinentes
toda vez que Pemex requiera extender o ampliar las actividades, el área total del proyecto y/o la
vigencia de las autorizaciones actuales.
Seguridad Industrial
Referente a la componente de seguridad industrial del proyecto de exploración Campeche
Poniente, se identifica que tanto para la instalación de equipos de perforación como para la
perforación y terminación de pozos, resulta importante que Pemex cuente con un programa de
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identificación de riesgos operativos, evaluación de éstos, mecanismos de mitigación y plan de
respuesta a emergencias, conforme a los estándares aceptados por la industria, tal como la
norma API RP 75.
Con respecto al taponamiento temporal o definitivo de pozos exploratorios, Pemex deberá
vigilar que las operaciones se realicen con estricto apego a la normatividad existente.
Opinión y solicitudes a la SENER
Derivado del análisis en comento, se dictamina el proyecto de exploración Campeche Poniente
como favorable. Sin detrimento de lo anterior, es la opinión de la Comisión que SENER debe
considerar establecer diversos mecanismos de seguimiento específico a los proyectos, a través
de programas de trabajo, exclusivamente por lo que se refiere a la actividad de exploración
manifestada en el alcance del proyecto objeto del presente dictamen.
Para tal efecto, la Comisión emite las siguientes solicitudes a la Secretaría para que, en su caso,
sean incorporadas como obligaciones en los términos y condiciones de los Títulos de Asignación
respectivos:
1. La obligación para que Pemex, a través de PEP, dé seguimiento a las métricas señaladas
en el Anexo I de este dictamen técnico y que entregue, a la Secretaría y a la Comisión, un
reporte anual de dicho seguimiento. Lo anterior, permitirá identificar modificaciones
sustantivas al proyecto.
En caso de ser incluida, y por razones de economía administrativa, se sugiere que dicho
reporte de métricas se presente en formato electrónico, dentro de la primera semana
del mes de febrero de cada año, a partir del siguiente a aquél en que se hubieren
otorgado las asignaciones petroleras respectivas.
En caso de que se genere modificación sustantiva del proyecto conforme a los
Lineamientos técnicos para el diseño de los proyectos de exploración y explotación de
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hidrocarburos y su dictaminación, Pemex deberá obtener el dictamen de la Comisión
respecto del proyecto modificado.
Cabe mencionar que la anterior solicitud se hace sin perjuicio de las atribuciones que
directamente ejerza la Comisión en materia de seguimiento de proyectos y
requerimientos de información.
2. La obligación para que Pemex, a través de PEP, informe trimestralmente sobre los
avances en la implementación de la metodología VCD (FEL) y en relación con los ajustes
en la estrategia debido a los avances y hallazgos durante el desarrollo de las actividades
del proyecto.
3. La obligación para que Pemex, a través de PEP, presente para dictamen la nueva
propuesta de desarrollo que se consense con el prestador de servicios, para el caso de
las actividades que se realicen en los campos o bloques que se encuentren en las
asignaciones comprendidas en el proyecto de exploración Campeche Poniente que sean
asignados bajo el esquema de contratos incentivados u otro esquema contractual para
su evaluación, exploración y/o desarrollo; lo anterior, en caso de que dicha propuesta
se adecue a algún supuesto de modificación sustantiva en términos de los lineamientos
correspondientes.
En este sentido, se considera necesario que Pemex coadyuve para que el responsable del
proyecto y el prestador del servicio presenten el proyecto de manera presencial y
celebren las reuniones necesarias con el personal responsable de la Comisión.
4. La obligación para que Pemex, a través de PEP, elabore un análisis de factibilidad sobre
el desarrollo de un modelo de dependencia entre oportunidades o pozos, para realizar
escenarios dependiendo del resultado que se obtenga en todos los elementos presentes
del sistema petrolero y play analizado, sobre todo en las primeras oportunidades a
perforar.
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III. Mandato de la CNH
La Comisión es un órgano desconcentrado de la Secretaría que tiene como objeto fundamental,
en términos del artículo 2o. de la Ley que la creó, regular y supervisar la exploración y
extracción de carburos de hidrógeno, así como las actividades de proceso, transporte y
almacenamiento que se relacionen directamente con los proyectos de exploración y extracción
de hidrocarburos.
Para la consecución de su objeto, el artículo 3o. de su Ley dispone que habrá de procurar que
los proyectos de exploración y extracción de hidrocarburos se realicen buscando elevar el índice
de recuperación y la obtención del volumen máximo de petróleo crudo y de gas natural, en
condiciones económicamente viables; la restitución de las reservas de hidrocarburos, la
utilización de la tecnología más adecuada para la exploración y extracción de hidrocarburos, en
función de los resultados productivos y económicos, la protección del medio ambiente y la
sustentabilidad de los recursos naturales, cuidando las condiciones necesarias para la seguridad
industrial, y la reducción al mínimo de la quema y venteo de gas y de hidrocarburos en su
extracción.
En materia de asignaciones de área para la exploración y explotación de hidrocarburos, la
Comisión se rige, entre otras, por las siguientes disposiciones:
o El artículo 5o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del
Petróleo (LR27) señala que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Energía,
otorgará exclusivamente a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios las
asignaciones de áreas para exploración y explotación petroleras. Asimismo, establece que
el “Reglamento de la Ley establecerá los casos en los que la Secretaría de Energía podrá
rehusar o cancelar las asignaciones”.
o El artículo 33, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
establece que a la Secretaría de Energía corresponde el despacho de los siguientes asuntos
(…) “VIII. Otorgar, rehusar, modificar, revocar y, en su caso, cancelar asignaciones para
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exploración y explotación de hidrocarburos, tomando en consideración los dictámenes
técnicos que emita la Comisión Nacional de Hidrocarburos”.
o La Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (LCNH) establece lo siguiente:
Artículo 2º: “La Comisión Nacional de Hidrocarburos tendrá como objeto fundamental regular y supervisar la
exploración y extracción de carburos de hidrógeno, que se encuentren en mantos o yacimientos, cualquiera
que fuere su estado físico, incluyendo los estados intermedios, y que compongan el aceite mineral crudo, lo
acompañen o se deriven de él, así como las actividades de proceso, transporte y almacenamiento que se
relacionen directamente con los proyectos de exploración y extracción de hidrocarburos”.
Artículo 4º: “Corresponde a la Comisión Nacional de Hidrocarburos, lo siguiente:
VI. Dictaminar técnicamente los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos, previo a las asignaciones que otorgue la Secretaría de Energía, así como sus modificaciones sustantivas. La ejecución de las obras, trabajos y servicios del proyecto y su funcionamiento se realizarán conforme a lo establecido en el reglamento correspondiente;
XI. Solicitar y obtener de Petróleos Mexicanos y de sus organismos subsidiarios toda la información técnica que requiera para el ejercicio de sus funciones establecidas en esta Ley;
XV. Emitir opinión sobre la asignación o cancelación de asignación de áreas para fines de exploración y explotación petrolíferas a que se refiere el artículo 5o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo”.
o El Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del
Petróleo, señala lo siguiente:
“Artículo 12.- En cualquier tiempo, Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios podrán solicitar una
Asignación Petrolera o la modificación de una existente. A las solicitudes correspondientes deberán
adjuntarse:
…
III. El dictamen técnico de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, y
…
Artículo 14.- La Secretaría, escuchando la opinión de la Comisión Nacional de Hidrocarburos y del organismo
descentralizado que corresponda, podrá otorgar una Asignación Petrolera o modificar una existente para la
realización de actividades de exploración y exploración de hidrocarburos, a fin de dar cumplimiento a la
política energética del país.
…”
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o El artículo Décimo Transitorio del Reglamento de la Ley de Pemex dispone que “Sin
perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, no se requerirá la
aprobación a que hace referencia el último párrafo del artículo 35 del reglamento, en los
siguientes casos: I. Proyectos que estén en fase de ejecución al momento de la publicación
del reglamento, salvo que sean modificados de manera sustantiva […], y II. Proyectos que
estén en fase de definición…”
A este respecto, el último párrafo del artículo 35 del Reglamento de la Ley de Pemex
señala que “los principales proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos que
se presenten a la consideración de los Comités de Estrategia e Inversiones deberán contar
con la aprobación de la Secretaría en los términos de los ordenamientos aplicables”.
Al respecto, el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo
del Petróleo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 2009,
estableció un régimen transitorio en materia de asignaciones petroleras, en los siguientes
términos:
“TERCERO.- Todos los contratos celebrados y las autorizaciones, permisos y demás actos
jurídicos que se hayan concedido con fundamento en el reglamento de la Ley Reglamentaria que
se abroga, de conformidad con el artículo transitorio anterior, se mantendrán vigentes en todo
aquello que no presente una contradicción con lo establecido en las disposiciones de este
ordenamiento.
Las solicitudes de asignaciones, permisos y autorizaciones que se encuentren en trámite a la
entrada en vigor del presente reglamento, se resolverán conforme a las disposiciones jurídicas
vigentes al inicio del procedimiento correspondiente.
CUARTO.- Para los efectos del artículo transitorio anterior, Petróleos Mexicanos y sus
Organismos Subsidiarios dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha de entrada en
vigor de este reglamento, revisarán los contratos, autorizaciones, permisos y actos jurídicos
antes referidos, con el objeto de modificarlos, sustituirlos o solicitar su modificación o
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sustitución, por otros que guarden congruencia con las disposiciones jurídicas vigentes, si así
procede.
QUINTO.- En materia de asignaciones petroleras:
I. Se tendrán por revocadas aquellas en las que Petróleos Mexicanos o sus Organismos
Subsidiarios no hayan realizado actividades o ejercido los derechos consignados en las mismas
durante los tres años anteriores a la entrada en vigor del presente reglamento, salvo aquellas en
que los Organismos Descentralizados tengan programas y proyectos de inversión autorizados o
en proceso de autorización o aquellas en que habiendo solicitado el ejercicio de los recursos
durante el presente ejercicio fiscal y previo a la publicación de este reglamento, éstos no hayan
sido autorizados, lo cual deberán manifestar a la Secretaría en un plazo de noventa días
naturales;
II. Aquéllas que no se tengan por revocadas conforme a la fracción anterior y respecto de las
cuales Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios expresen en un plazo de noventa días
naturales su interés por mantenerlas vigentes, deberán ser revisadas por la Secretaría y por la
Comisión Nacional de Hidrocarburos en un plazo de tres años contados a partir de la fecha de
entrada en vigor del presente reglamento, a efecto de modificarlas o, en su caso, sustituirlas
para asegurar su congruencia con las disposiciones legales y normativas en vigor.
Para la citada revisión los Organismos Descentralizados deberán presentar la información
necesaria en los términos del presente ordenamiento, conforme al calendario que al efecto
dichas autoridades expidan, y
III. Las que conforme a las fracciones anteriores se mantengan vigentes pero Petróleos
Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios no expresen interés por ejercer los derechos
respectivos, se tendrán también por revocadas.”
Para dar atención al régimen transitorio mencionado, SENER, la Comisión y Pemex establecieron
un calendario de revisión de las asignaciones petroleras otorgadas con anterioridad a la
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expedición del RLR27, agrupándolas por proyecto, a efecto de modificarlas, o en su caso,
sustituirlas para asegurar su congruencia con las disposiciones legales y normativas en vigor.
Por lo que esta Comisión es competente para:
a) Dictaminar técnicamente los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos,
previo a las asignaciones que otorgue la Secretaría, así como sus modificaciones
sustantivas;
b) Emitir opinión sobre la asignación o cancelación de asignación de áreas a que se refiere
el artículo 5o. de dicha Ley Reglamentaria, y
c) Revisar las asignaciones petroleras no revocadas, a efecto de modificarlas o, en su caso,
sustituirlas para asegurar su congruencia con las disposiciones jurídicas aplicables en
vigor.
Por otro lado, de conformidad con sus atribuciones, la Comisión emitió la Resolución
CNH.06.002/09 relativa a los lineamientos técnicos para el diseño de los proyectos de
exploración y explotación de hidrocarburos y su dictaminación (Resolución CNH.06.002/09), la
cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2009. Dichos
lineamientos establecen lo siguiente:
“Artículo 51. Se considera que un proyecto de exploración o explotación de hidrocarburos presenta una modificación sustantiva, cuando exista alguna de las siguientes condiciones:
I. Modificación en el alcance del proyecto: cuando el proyecto por el avance y estado en el que se encuentren los yacimientos presenta un cambio en su estrategia de explotación.
II. Modificación debida a condiciones ambientales y de seguridad industrial que impacten el proyecto debido a regulaciones externas o internas.
III. Modificaciones en la meta de aprovechamiento de gas, sujeto a la normativa de gas correspondiente en el rango de variación establecido por la Comisión.
IV. Variaciones en el avance físico-presupuestal del proyecto, cuando se encuentre fuera del rango establecido por la Comisión.
V. Variación en el programa de operación del proyecto, cuando se encuentre fuera del rango establecido por la Comisión.
VI. Modificaciones en el Título de Asignación de la Secretaría. VII. Variación del monto de inversión, de conformidad con los siguientes porcentajes:
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Monto de Inversión (Pesos constantes)
Porcentaje de Variación (Máximo aceptable)
Hasta mil millones de pesos 25%
Superior a mil millones y hasta 10 mil millones de pesos
15%
Mayor a 10 mil millones de pesos 10%
“Artículo 52. El proceso de revisión de los términos y condiciones de una asignación, así como de las modificaciones sustanciales, o de la sustitución de los proyectos en curso, de conformidad con el Quinto Transitorio del Reglamento de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, puede ser iniciado por parte de la Secretaría, de PEMEX, o bien de la Comisión. Lo anterior, sin detrimento de que esta Comisión, al ejercer sus facultades de verificación y supervisión, considere la existencia de una modificación sustantiva, en términos de lo dispuesto en las fracciones VI, VII, VIII, XI, XIII, XV, XVI, XXI, XXII, XXIII, del artículo 4 de la Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.”
Específicamente para los proyectos a los que hace referencia el régimen transitorio del RLR27, la
Comisión emitió la Resolución CNH.E.03.001/10, en la que se determinan los elementos
necesarios para dictaminar los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos, así
como para emitir la opinión sobre las asignaciones asociadas a éstos.
Mediante dicha normativa la Comisión determinó los índices de información que debe
proporcionar Pemex a la Comisión para estar en posibilidad de dar cumplimiento a lo dispuesto
por las disposiciones transitorias del RLR27, así como a los artículos 52, 53 y Segundo Transitorio
de la Resolución CNH.06.002/09 antes referida.
Con base en lo anteriormente señalado, la Comisión dictamina técnicamente los proyectos de
exploración y explotación de hidrocarburos para estar en posibilidad de emitir una opinión
respecto las asignaciones de área contempladas para las actividades descritas en dicho
proyecto, de manera previa a que la Secretaría modifique o en su caso, sustituya los títulos de
asignaciones que correspondan.
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IV. Resumen del proyecto
De acuerdo con el documento del proyecto enviado mediante el Oficio 512.099-11 recibido en
esta Comisión el 18 de marzo de 2011, a continuación se presentan las características
principales del proyecto objeto del presente dictamen.
a) Ubicación.
El proyecto de exploración Campeche Poniente se ubica en la Plataforma Continental dentro de
la Zona Económica Exclusiva del Golfo de México, frente al litoral centro-oriental del Estado de
Tabasco y occidental del Estado de Campeche, entre las isobatas de 20 y 500 m. Cubre una
superficie de 6,712 km2, Figura 1.
Figura 1. Ubicación del proyecto de exploración Campeche Poniente.
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b) Objetivo
El proyecto de exploración Campeche Poniente tiene como objetivo incorporar reservas de
hidrocarburos con un volumen que varía de 1,152 mmbpce en el percentil 10 a 2,322 mmbpce en
el percentil 90; con un valor medio de 1,655 mmbpce, en rocas carbonatadas y dolomitizadas del
Mesozoico, en el periodo 2011-2024. La inversión exploratoria total estimada es de 61,371
millones de pesos.
c) Alcance.
El programa operativo considera la perforación de 52 pozos exploratorios, la realización de 57
estudios geológicos, 53 estudios geofísicos y geotécnicos y la adquisición de 3,700 km2 de sísmica
3D.
d) Volumen y Recursos Prospectivos.
Con la finalidad de enfocar las actividades de exploración hacia áreas estratégicas y/o de mayor
potencial prospectivo, algunos proyectos exploratorios se dividieron en diferentes áreas
prioritarias, con base en tres clases de criterios principales: geológicos, operativos y geográficos.
Para los criterios geológicos se analizaron la complejidad geológica, la distribución y
características de los plays, la diversidad en los tipos de hidrocarburos esperados y el
grado de madurez en el proceso exploratorio, así como el recurso prospectivo
identificado en las oportunidades y localizaciones exploratorias aprobadas.
En los criterios operativos se consideró la ubicación de la infraestructura de producción
existente y las restricciones ambientales.
Para el criterio geográfico se consideró básicamente las dimensiones del área del
proyecto
Con base a lo anterior, se han identificado, evaluado y jerarquizado tres áreas donde pueden
existir los elementos del sistema petrolero necesarios para la acumulación y preservación de los
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hidrocarburos (roca generadora, rocas almacenadoras, trampas, rocas sello, migración y
sincronía).
Estas áreas se han identificado como Abkatún Pol Chuc, Alak y Bolol, siendo la primera
prioritaria dado su cercanía a las instalaciones de explotación del Activo Integral Abkatún Pol
Chuc, Figura 2.
Figura 2. División de áreas del proyecto de exploración Campeche Poniente.
Las oportunidades exploratorias que corresponden a las áreas del proyecto se muestran en la
Tabla 1:
Tabla 1. Oportunidades exploratorias del proyecto.
Proyecto No. de oportunidades
Abkatún Pol Chuc (APC) 25 Alak 5 Bolol 22
Total 52
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Los volúmenes prospectivos sin riesgo en el área del proyecto se muestran en la Tabla 2:
Tabla 2. Distribución del volumen prospectivo, valor medio.
Área del proyecto Volumen prospectivo
(mmbpce)
Abkatún Pol Chuc (APC) 1,583
Alak 510
Bolol 2,614
Total 4,707
Con relación a los recursos prospectivos a incorporar, éstos se muestran en la Tabla 3:
Tabla 3. Recursos prospectivos a evaluar.
Proyecto Recursos prospectivos a
evaluar (mmbpce)
Abkatún Pol Chuc (APC) 755 Alak 224 Bolol 676
Total 1,655
A continuación se describe cada una de las dos alternativas analizadas y presentadas por
Petróleos Mexicanos de las cuales realizó la selección para la ejecución del proyecto.
Alternativa 1. Corresponde a la alternativa seleccionada y considera en el corto plazo la
perforación de 13 pozos exploratorios; 9 de los cuales, se ubican en el área prioritaria Abkatún-
Pol-Chuc, 2 en el área Alak y 2 en el área Bolol.
Los 9 pozos a perforar en el área Abkatún Pol Chuc en el periodo 2011-2014, se localizan
principalmente en su porción central y occidental, en tirantes de agua entre 40 y 80 m. Su
objetivo es encontrar yacimientos de aceite ligero en los plays de brechas calcáreas de edad
Cretácico Superior hacia la porción noroccidental del área; carbonatos fracturados de edad
Cretácico Medio – Cretácico Inferior distribuidos en toda el área; así como posibles bancos
oolíticos y dolomías de edad Jurásico Superior Kimmeridgiano. Para el play Jurásico Superior
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Oxfordiano se pretende encontrar yacimientos rentables en secuencias de arenas y areniscas de
distribución errática dentro del área, depositadas en un ambiente de dunas y playa.
Los 2 pozos a perforar en el área de Alak en 2012-2013, se localizan hacia su porción norte en
tirantes de agua mayores a 200 m. Su objetivo es encontrar yacimientos de aceite pesado en los
plays de carbonatos fracturados de edad Cretácico Medio–Cretácico Inferior, bancos oolíticos del
Jurásico Superior Kimmeridgiano, así como carbonatos y areniscas de edad Jurásico Superior
Oxfordiano. La perforación de estos pozos es relevante para fortalecer el valor económico del
área de aceite pesado descubierta por los pozos Alak-1, Kach-1 y Kastelan-1, que en conjunto
vendrían a representar en el mediano plazo un posible polo de desarrollo.
Adicionalmente, los 2 pozos a perforar en el área Bolol en el periodo 2012-2014, también se
localizan en tirantes de agua mayores a 200 m, su objetivo es encontrar yacimientos de aceite
ligero a pesado en los plays de carbonatos fracturados de edad Cretácico Medio–Cretácico
Inferior y en los bancos oolíticos de edad Jurásico Superior Kimmeridgiano. La información
obtenida de estos pozos permitirá una definición más precisa de los modelos geológicos del
área, la cual se caracteriza por ser la de mayor incertidumbre del proyecto, debido a una alta
complejidad estructural derivado de una intensa tectónica salina, que además de afectar los
elementos del sistema petrolero, limita la obtención de información sísmica de calidad.
En el corto plazo y como complemento a la actividad de perforación de pozos indicada en cada
área, se continuarán los procesados especiales de la información sísmica con la finalidad de
actualizar los estudios exploratorios de plays, fracturamiento y diagénesis; en particular dentro
del área Abkatún-Pol-Chuc, con objeto de documentar el potencial remanente y aprovechar la
infraestructura de explotación existente para optimizar las inversiones.
En el mediano plazo, correspondiente al período 2015-2018, se tiene programado incrementar el
ritmo de perforación e incorporación de reservas en el proyecto, considerándose un total de 19
pozos exploratorios.
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En el área Abkatún-Pol-Chuc, durante este período aún se mantiene actividad importante con la
perforación de 8 pozos localizados principalmente hacia su porción central y oriental, mediante
lo cual se pretende aprovechar las instalaciones de producción existentes en esta zona.
Adicionalmente, se tiene considerado un incremento importante de perforación en el área Bolol
con 9 pozos exploratorios; con los cuales, se espera descubrir nuevos campos en la porción más
compleja del proyecto. Lo anterior, se apoya en un mejor conocimiento de esta zona que se
obtendrá, producto de la perforación exploratoria y de la nueva adquisición sísmica de alta
resolución (Wide Azimuth) programada para el año 2015.
Por otra parte, en el área Alak se tiene considerado perforar 2 pozos ubicados hacia su porción
oriental, pretendiendo encontrar yacimientos de edad Mesozoico por debajo de la falla contra-
regional de la Cuenca de Comalcalco, donde se espera que las condiciones de fracturamiento y
calidad de hidrocarburos, sean más favorables respecto a las presentes en los campos de aceite
pesado Alak, Kach y Kastelan ubicados al occidente de esta área.
En el largo plazo, comprendido en el período 2019-2024, se tiene programado mantener el ritmo
de perforación e incorporación de reservas en el proyecto, considerándose un total de 20 pozos
exploratorios. De este total, 11 se tienen considerados en el área Bolol, la cual para entonces
representaría el área prioritaria del proyecto en términos de incorporación de reservas mediante
el descubrimiento de nuevos campos. Para el área Abkatún-Pol-Chuc, se pretende tener nuevos
descubrimientos del potencial remanente mediante la perforación de 8 pozos; mientras que en el
área Alak se considera perforar un pozo que vendría a conformar el potencial de aceite con los
descubrimientos previos.
Paralelamente a la perforación de pozos exploratorios en cada área del proyecto, se continuará
con la realización de estudios exploratorios y de adquisición de información aplicando nuevas
tecnologías.
21
Para el periodo 2011-2024 de la alternativa 1, se considera perforar 52 pozos exploratorios,
incluyendo 1 pozo delimitador (Tumut-1DL) y se incorporará un recurso medio con riesgo de
1,655 mmbpce. La inversión exploratoria total estimada es de 61,371 millones de pesos, de los
cuales 59,381 millones de pesos corresponden a inversión estratégica y 1,990 millones de pesos
están considerados para inversión operacional. El valor presente neto antes de impuestos es de
212,994 millones de pesos con un índice de utilidad de 2.69 peso/peso.
Para la alternativa 1, los recursos prospectivos a incorporar con riesgo, ascienden a 1,655
mmbpce en su valor medio y el perfil respectivo se muestra en el Tabla 4.
Tabla 4. Recursos prospectivos a incorporar para la alternativa 1 (mmbpce).
Recursos a incorporar
2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2011-2024
p10 10 57 47 13 74 84 0 0 1,152
media 63 170 193 108 260 220 103 69 1,655
p90 120 298 389 264 515 399 223 158 2,322
Alternativa 2. En esta alternativa la estrategia a corto plazo da prioridad a los objetivos más
profundos y al descubrimiento de yacimientos en arenas del Jurásico Superior Oxfordiano
principalmente en el área de Alak. Las trampas que se esperan encontrar son de tipo estructural,
formadas a partir de esfuerzos tectónicos compresivos y que como consecuencia producen
bloques expulsados (tectónica salina). Los tirantes de agua varían de 200 a 500 m. La sísmica 3D
que se tiene disponible es inadecuada para estas profundidades ya que son zonas que están
afectadas por la presencia de múltiples fallas.
En el periodo 2011-2014, en el área de Alak, se tiene considerado perforar 3 pozos que se
localizan hacia su porción noreste en tirantes de agua mayores a 200 m. Su objetivo es encontrar
yacimientos de aceite pesado en los plays de carbonatos fracturados de edad Cretácico Medio–
Cretácico Inferior, bancos oolíticos del Jurásico Superior Kimmeridgiano, así como carbonatos y
22
areniscas de edad Jurásico Superior Oxfordiano; con los cuales se pretende incrementar el
volumen de recursos de aceite pesado descubierto por los pozos Alak-1, Kach-1 y Kastelan-1 y
generar un nuevo polo de desarrollo.
En este mismo periodo se van a perforar también 2 pozos en el área Bolol, en tirantes de agua
mayores a 200 m, cuyo objetivo es encontrar yacimientos de aceite ligero a pesado en los plays
de carbonatos fracturados de edad Cretácico Medio–Cretácico Inferior y en los bancos oolíticos
de edad Jurásico Superior Kimmeridgiano. Cabe mencionar que la información obtenida
mediante la perforación de dichos pozos permitirá actualizar los modelos geológicos del área,
caracterizados por una alta complejidad que genera incertidumbre en la estimación del riesgo de
los elementos del sistema petrolero.
Los pozos exploratorios programados de 2011 a 2014 en el área Abkatún-Pol-Chuc, se localizan
principalmente en su porción central y occidental, en tirantes de agua entre 40 y 80 m, su
objetivo es encontrar yacimientos de aceite ligero en los plays de brechas calcáreas de edad
Cretácico Superior hacia la porción noroccidental del área; carbonatos fracturados de edad
Cretácico Medio-Cretácico Inferior distribuidos en toda el área; así como bancos oolíticos y
dolomías de edad Jurásico Superior Kimmeridgiano. Para el play Jurásico Superior Oxfordiano se
pretende perforar dos pozos en búsqueda de yacimientos rentables en secuencias de arenas y
areniscas análogas a las descubiertas en los campos Ek, Balam y Lum de la Región Marina
Noreste.
Desde el punto de vista de los estudios exploratorios y paralelamente a la perforación de pozos,
dentro del corto plazo se tienen considerados procesados especiales de la información sísmica
estudios de plays, fracturamiento y diagénesis; en particular dentro del sector Abkatún-Pol-Chuc,
con objeto de documentar el potencial remanente y apoyar su explotación aprovechando la
infraestructura de explotación existente para optimizar las inversiones.
23
En el mediano plazo, comprendido en el período 2015-2018, se tiene programado incrementar el
ritmo de perforación e incorporación de reservas en el proyecto, considerándose un total de 18
pozos exploratorios.
En este periodo, se incrementa considerablemente la actividad de perforación en el área de Bolol
con 10 pozos exploratorios; con los cuales se pretende descubrir nuevos campos en el área más
compleja del proyecto, gracias al mejor conocimiento de la misma producto de la perforación
exploratoria previa y de nueva sísmica de alta resolución adquirida con el método Wide azimuth,
programada para adquirirse en el año 2015. Por otra parte, en el área Alak se tiene programada
la perforación de 2 pozos ubicados en su porción oriental, pretendiendo encontrar yacimientos
de edad Mesozoica por debajo de la falla contra-regional de la Cuenca de Comalcalco,
esperando mejores condiciones de fracturamiento y calidad de hidrocarburos respecto a los
campos actualmente descubiertos en esta área.
En el área Abkatún-Pol-Chuc, durante este período se mantiene una actividad de perforación
moderada, considerando 6 pozos distribuidos en toda el área, con tirantes de agua que varía de
20 a 80 m y en búsqueda de aceite ligero.
Como actividades adicionales, se tiene considerado la realización de estudios exploratorios
aplicando metodologías y técnicas de interpretación avanzadas, así como la adquisición de
información sísmica aplicando nuevas tecnologías.
En el largo plazo (2019-2024), la mayor actividad de perforación exploratoria se sigue
concentrando en el área Bolol, donde se tiene programada la perforación de 9 pozos, buscando
fortalecer los polos de desarrollo generados a partir de los descubrimientos previos. En lo que
respecto al área Alak, únicamente se considera perforar un pozo que vendría a complementar el
volumen de recursos de los descubrimientos previos.
24
Para el área de Abkatún-Pol-Chuc, se contempla la perforación de 5 pozos exploratorios, con los
cuales se pretende incorporar las reservas remanentes de esa área, optimizando al máximo
posible el uso de la infraestructura de explotación actualmente existente.
En resumen, para el período 2011-2024 de la alternativa 2, se contempla la perforación de 47
pozos exploratorios y evaluar un recurso medio de 1,529 mmbpce. La inversión exploratoria total
estimada es de 57,497 millones de pesos, de los cuales 55,507 millones de pesos corresponden a
inversión estratégica y 1,990 millones de pesos están considerados para inversión operacional. El
valor presente neto antes de impuestos es de 182,023 millones de pesos con un índice de utilidad
de 2.34 peso/peso.
Para la alternativa 2, el volumen de recursos prospectivos a incorporar con riesgo asciende a
1,529 mmbpce en su valor medio, y el perfil de incorporación anual se muestra en la Tabla 5.
Tabla 5. Recursos prospectivos a incorporar para la alternativa 2 (mmbpce).
Recursos a incorporar 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2011-2024
P10 10 57 47 62 51 26 17 0 1,054
media 63 170 193 192 224 150 104 106 1,529
P90 120 298 389 376 457 331 213 253 2,152
Una vez evaluadas las alternativas, PEP identificó que la mejor es la alternativa1.
e) Inversiones exploratorias, inversiones del posible desarrollo y gasto de operación
La inversión para el horizonte 2011-2024 en el proyecto es de 61,371 millones de pesos, de los
cuales 59,381 millones de pesos corresponden a inversión estratégica y 1,990 millones de pesos
están considerados para inversión operacional.
Las inversiones exploratorias requeridas por actividad, se muestran en la Tabla 6.
25
Tabla 6. Inversiones exploratorias (mmpesos).
Concepto 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2011-2024
Inversión exploratoria
1,179 4,427 4,923 4,161 6,478 7,107 3,736 5,263 61,371
Estratégica 1,078 4,268 4,666 3,942 6,280 6,952 3,632 5,125 59,381
Pozos* 1,010 3,895 4,347 3,620 5,639 6,661 3,243 4,987 55,873
Sísmica 29 268 188 99 421 132 262 41 1,936
Estudios 39 105 131 223 220 158 127 98 1,572
Operacional 101 159 256 219 198 155 104 138 1,990
(a) Incluye la inversión de estudios geofísicos-geotécnicos de apoyo a la perforación de pozos exploratorios.
A continuación se muestran las inversiones programadas para futuro desarrollo en el proyecto:
Tabla 7. Inversiones futuro desarrollo (mmpesos).
Concepto 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2011-2059
P10 0 0 0 1,281 4,024 5,285 8,102 7,856 123,074
media 0 0 11 2,359 6,998 9,881 13,844 14,223 143,254
P90 0 0 14 3,362 9,588 14,794 20,639 21,233 168,556
Tabla 8. Costos operativos totales (mmpesos).
Concepto 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2011-2059
P10 0 0 0 0 156 472 841 1,306 44,290
media 0 0 0 52 285 775 1,380 1,982 47,913
P90 0 0 0 94 451 1,089 1,982 2,776 52,844
f) Indicadores económicos
La evaluación del proyecto de exploración Campeche Poniente, analiza principalmente recursos
prospectivos, ingresos, inversión y costo.
26
A continuación se presenta una tabla con los indicadores económicos de la alternativa
seleccionada para ejecutar en el proyecto:
Tabla 9. Indicadores Económicos.
Concepto Unidad Alternativa 1
VPN mmpesos 212,994
VPN/VPI pesos/pesos 2.69
Recursos prospectivos mmbpce 1,655
27
V. Procedimiento de dictamen
El dictamen de este proyecto se emite en términos de la fracción VI, del artículo 4 de la Ley de la
Comisión Nacional de Hidrocarburos, y atendiendo al régimen transitorio del RLR27.
Adicionalmente, el presente dictamen se emite como resultado de la solicitud de Pemex a la
SENER para la modificación o sustitución de asignaciones para asegurar su congruencia con las
disposiciones legales y normativas en vigor.
Acto seguido, la SENER solicita a la CNH la emisión de la opinión sobre las asignaciones que
corresponden a cada proyecto. En el caso que nos ocupa, la SENER solicitó dicha opinión
mediante Oficio No. 512.099/11, respecto de las asignaciones identificadas con los números:
247, 248, 249, 253, 254, 255, 259, 260, 1213, 1610 y 1611 que la SENER considera como áreas
088-54, 089-54, 090-54, 091-54, 087-55, 088-55, 089-55, 090-55, 091-55, 087-56 y 088-56.
Recibida la solicitud, la CNH verifica que la documentación entregada contenga acorde con la
información necesaria para iniciar la dictaminación y opinión respectiva, de acuerdo al índice
establecido en la Resolución CNH.E.03.001/10.
En caso de que no se hubiere remitido la documentación completa, la Comisión puede requerir
a Pemex a través de la Secretaría información faltante, además de aclaraciones sobre la misma,
a efecto de continuar con los trabajos del dictamen y emisión de la opinión respectiva.
Para efectos de la revisión de las asignaciones petroleras en términos del régimen transitorio
del RLR27, la CNH elabora el dictamen técnico sobre el proyecto que corresponda y emite la
opinión sobre las asignaciones petroleras asociadas a ese proyecto, dentro del mismo
documento, partiendo del supuesto de que la información del proyecto es coincidente con la
relativa a las asignaciones petroleras cuya modificación ocurre en el mismo momento en que se
emite el dictamen.
28
Conforme se establece en la Resolución CNH.09.001/10, las opiniones que en su caso emita la
CNH como resultado del procedimiento antes descrito, podrán ser: Favorables, Favorables con
Condicionantes o No Favorables.
a) Suficiencia de información. En términos del procedimiento antes descrito, esta Comisión revisó y analizó la información
técnico-económica del proyecto proporcionada por PEP, a través de la SENER, así como la así
como la información faltante requerida por esta Comisión, concluyendo que existía suficiencia
de información para iniciar el dictamen. El resultado de este análisis se refiere en la tabla
siguiente:
1. Datos generales del proyecto
1.1 Objetivo
Suficiente Comentario:
1.2 Ubicación
Suficiente Comentario:
1.3 Alcance (Área, vigencia y trabajos petroleros)
a) Evolución de autorizaciones del proyecto (Inversión, reservas, metas físicas, indicadores económicos). Detalle gráfico, tabular y descriptivo, indicando además cuales fueron dictaminadas y por quién, así como el responsable del proyecto en ese entonces en Pemex.
Suficiente Comentario:
b) Avance y logros del proyecto (Inversiones, reservas, actividades) a la fecha de presentación.
Suficiente Comentario:
c) Principales características del proyecto documentado en la Cartera vigente.
Suficiente Comentario:
d) Explicación de las diferencias, en su caso, entre el proyecto registrado en la Cartera vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el proyecto presentado a la Comisión.
Suficiente Comentario:
e) Factores críticos del éxito del proyecto describiendo además los indicadores de desempeño a ser utilizados para medirlo.
Suficiente Comentario:
f) Responsables de las principales componentes del proyecto (Por ejemplo: estudios, perforación de pozos, seguridad industrial).
Suficiente Comentario:
2. Descripción técnica del proyecto
2.1 Marco geológico.
2.1.1 Ubicación geológica
Suficiente Comentario:
29
2.1.2 Marco tectónico
Suficiente Comentario:
2.1.3 Marco estratigráfico-sedimentológico
Suficiente Comentario:
2.2 Descripción de los plays
Suficiente Comentario:
2.2.1 Elementos del sistema petrolero
Suficiente Comentario:
2.3 Descripción de los sectores del proyecto
Suficiente Comentario:
2.3.1 Oportunidades exploratorias
Suficiente Comentario:
2.3.2 Probabilidad de éxito geológico y comercial
Suficiente Comentario:
2.3.3 Volumen prospectivo. Evaluación de Potencial / Incorporación de Reservas
Suficiente Comentario:
2.3.4 Reservas a descubrir, incorporar o reclasificar, según corresponda
Suficiente Comentario:
3. Estrategia exploratoria
3.1 Descripción de alternativas
Suficiente Comentario:
3.2 Estimación de recursos prospectivos, ingresos, inversión y costos. Recursos, reservas e ingresos por localización, inversiones y metas físicas. Para cada uno de los escenarios analizados
Insuficiente Comentario: Desglosar los cuadros en la totalidad del horizonte, no acumular.
3.3 Criterios para seleccionar la mejor alternativa
Suficiente Comentario:
4. Diseño de las actividades de exploración
4.1 Adquisición sísmica 2D, 3D y otros estudios
Suficiente Comentario:
4.2 Tipo de equipos de perforación
Suficiente Comentario:
4.3 Pozos exploratorios tipo
Suficiente Comentario:
4.4 Tipos de pruebas de formación y producción
Suficiente Comentario:
5. Plan de ejecución del proyecto
5.1 Programa de ejecución de los estudios sísmicos y otros (Diagrama de Gantt)
Suficiente Comentario:
5.2 Programa de perforación de pozos (Diagrama de Gantt)
Suficiente Comentario:
5.3 Servicios que se adquirirán con terceros y modalidad de contratación
30
Suficiente Comentario:
5.4 El perfil de las empresas externas que apoyarían en la ejecución de las obras y servicios
Suficiente Comentario:
6. Seguridad industrial
6.1 Identificación de peligros
Suficiente Comentario:
6.2 Evaluación de riesgos operativos (Descripción de observaciones, recomendaciones, así como de las anomalías detectadas por certificadores o auditores internos y/o externos, clasificadas por tipo y señalando las que tienen programa para ser atendidas con las actividades del proyecto y fecha)
Suficiente Comentario:
7. Medio Ambiente
7.1 Manifestación de impacto ambiental (Resumen de las actividades autorizadas por la autoridad ambiental y comparativa con las actividades del alcance del proyecto actual)
Suficiente Comentario:
b) Consistencia de la información. Del análisis de fondo a la información del proyecto, la Comisión observó algunas áreas de
oportunidad relacionadas con la consistencia de la información que proporciona Pemex. Lo
anterior, de conformidad con lo siguiente:
La documentación de los proyectos de inversión que Pemex presenta ante las
dependencias e instituciones del Gobierno Federal (Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, SENER, SEMARNAT, CNH, entre otros) debe ser consistente entre sí en cuanto a
objetivos, montos de inversión, metas de evaluación del potencial e incorporación de
reservas y alcance, a efecto de que permita análisis congruentes respecto de la misma.
31
VI. Evaluación de la factibilidad
En este apartado se presenta el análisis de la Comisión sobre la factibilidad del proyecto de
exploración Campeche Poniente, para lo cual evaluó los siguientes aspectos:
Estratégicos.
Modelo geológico y diseño de actividades de exploración.
Económicos.
Ambientales.
Seguridad industrial.
a) Estratégica
i. Análisis de alternativas.
a) El proyecto requiere ser administrado de acuerdo a las mejores prácticas
internacionales.
b) Es necesario incorporar en las alternativas presentadas, un modelo de dependencia
entre oportunidades o pozos para hacer escenarios, relacionado a la ejecución del
proyecto en caso de tener o no tener éxito en las primeras oportunidades a perforar,
considerando los éxitos y fracasos en todos los elementos presentes del sistema
petrolero y play analizado.
ii. Formulación del proyecto.
a) Las actividades del Proyecto de Exploratorio Campeche Poniente están documentadas
ante la SHCP como un proyecto avalado por el Proyecto de Explotación Cantarell. Es
recomendación de esta Comisión desagregar el proyecto de exploración del proyecto
Cantarell. Lo anterior, reducirá carga financiera al Proyecto Cantarell permitiendo mayor
transparencia tanto en el seguimiento de los proyectos como en el análisis del portafolio
32
de inversiones de Pemex; además, apoyará en la evaluación y el control de las
actividades exploratorias del país y de los proyectos de explotación.
b) En la Tabla 10 se muestra los valores de la probabilidad de éxito geológico y comercial,
así como el volumen y recurso prospectivo presentado por Petróleos Mexicanos. Como
se puede notar, las probabilidades geológicas de las primeras localizaciones son de un
proyecto de incorporación de reservas, por lo que es necesario que los resultados
obtenidos de los estudios y de los pozos exploratorios a perforar, se incorporen lo más
pronto posible para revaluar las oportunidades exploratorias a fin de mejorar la
estimación de los recursos y probabilidades de éxito del proyecto.
Tabla 10. Valores de la probabilidad de éxito geológico y comercial, así como el volumen y recurso prospectivo.
Área Oportunidad Año
Probabilidad de éxito
geológico (%)
Probabilidad de éxito
comercial (%)
Volumen prospectivo*
mmbpce
Recursos prospectivos*
mmbpce
APC Och-301 2011 0.71 0.71 89 63
Bolol Ayin-3DL 2012 0.49 0.49 95 47
Alak Baxale-1 2012 0.51 0.51 140 71
APC Kax-201 2012 0.65 0.65 81 52
Alak Alak-101 2013 0.45 0.45 187 84
APC Esah-1 2013 0.25 0.25 97 24
APC Pipik-1 2013 0.69 0.69 72 50
APC Taratunich-3001 2013 0.48 0.45 31 15
APC Yaaj-1 2013 0.24 0.24 84 20
Bolol Maskab-1 2014 0.26 0.26 201 53
APC Susulki-1 2014 0.32 0.32 87 28
APC Tach-1 2014 0.56 0.56 47 27
APC Tumut-1DL (a) 2014
Alak Betun-1 2015 0.41 0.41 59 24
APC Cheek-1 2015 0.86 0.84 60 51
Bolol Hak-1 2015 0.27 0.27 193 52
Bolol Ken-1 2015 0.53 0.53 210 112
Alak Lomtok-1 2015 0.32 0.32 64 20
33
Bolol Esel-1 2016 0.26 0.26 154 41
Bolol Ethul-1 2016 0.26 0.26 125 32
Bolol Hokob-1 2016 0.24 0.24 129 31
APC Kay-1001 2016 0.56 0.56 67 38
APC Taratunich-2001 2016 0.53 0.51 29 16
APC CP_OPT-9 2016 0.71 0.71 89 63
APC Abkatún-2001 2017 0.55 0.54 49 27
APC Caan-1001 2017 0.31 0.30 83 25
Bolol Tsek-1 2017 0.26 0.26 97 25
APC CP_OPT-2 2017 0.30 0.30 84 25
Bolol Halab-1 2018 0.23 0.23 79 18
Bolol Kabal-1 2018 0.19 0.19 115 22
Bolol CP_OPT-18 2018 0.28 0.27 58 16
APC Yut-1 2018 0.62 0.58 21 13
Bolol Bal-1 2019 0.23 0.23 92 21
APC Benaky-1 2019 0.52 0.51 47 24
APC CP_OPT-15 2019 0.32 0.32 78 25
APC Keb-1 2020 0.26 0.26 48 12
Bolol Tumul-1 2020 0.04 0.04 139 6
APC CP_OPT-3 2020 0.90 0.89 58 52
APC CP_OPT-12 2020 0.28 0.28 87 24
Alak CP_OPT-1 2021 0.41 0.41 60 24
Bolol CP_OPT-4 2021 0.25 0.25 153 38
APC CP_OPT-7 2021 0.69 0.69 51 35
Bolol CP_OPT-8 2021 0.23 0.23 93 22
APC CP_OPT-10 2021 0.33 0.33 85 28
Bolol Hobol-1 2022 0.09 0.09 181 16
APC CP_OPT-11 2022 0.26 0.26 58 15
Bolol CP_OPT-13 2022 0.26 0.25 62 16
Bolol CP_OPT-17 2022 0.26 0.25 63 17
Bolol CP_OPT-6 2023 0.23 0.22 127 29
Bolol CP_OPT-16 2023 0.23 0.22 95 22
Bolol CP_OPT-5 2024 0.30 0.29 65 20
Bolol CP_OPT-14 2024 0.25 0.24 87 22
* Valor medio. Las oportunidades CP_OPT son sustentadas en los estudios de plays relacionadas al potencial adicional.
(a) Pozo delimitador que no incorpora reservas.
34
b) Modelo geológico y diseño de actividades de exploración.
a) Por tratarse de un proyecto exploratorio, las incertidumbres asociadas son amplias. Es
recomendación de esta Comisión que los estudios geológicos y los estudios de
adquisición sísmica 3D sean integrados a los modelos con el fin de identificar y
jerarquizar las áreas prioritarias para la definición de oportunidades exploratorias de
mayor certidumbre.
b) Debido a los riesgos exploratorios del proyecto, se requiere que los programas
multianuales de perforación de pozos y de realización de estudios sean actualizados al
contar con información resultante de estudios o de la perforación de pozos. Se deberá
reportar a la CNH la posible actualización del proyecto para verificar si existen
modificaciones sustantivas que requieran una modificación en las asignaciones
petroleras.
c) Es de vital importancia contar con las propiedades petrofísicas y de los fluidos
contenidos en el yacimiento, de modo que dichas propiedades puedan representar
fielmente las cualidades dinámicas que describen el flujo de los fluidos en el yacimiento,
y así poder realizar estimaciones sobre el comportamiento de los mecanismos de
producción relevantes, y de perfiles de producción que permitan apoyar en la estrategia
de explotación de los campos descubiertos que logren incorporar reservas de
hidrocarburos.
Por lo anterior, en caso de éxito, se debe contar con un programa de toma de
información que considere pruebas de presión-producción, análisis PVT para
caracterización de fluidos, análisis Stiff, corte de núcleos para caracterización de roca y
estudios geomecánicos, así como análisis de laboratorios para determinar
permeabilidades relativas, presiones capilares, e índices de mojabilidad. Similarmente,
se deben tomar registros geofísicos para ubicar los contactos agua-aceite y/o gas aceite,
saturaciones de fluidos, y caracterización petrofísica. Cabe mencionar que con una
adecuada caracterización del yacimiento y sus fluidos, se debe realizar una estrategia de
35
explotación, que considere los diferentes procesos de recuperación, y así maximizar el
valor económico del proyecto.
c) Económica.
El análisis económico de proyectos de exploración implica un mayor esfuerzo a aquéllos en
desarrollo o explotación. Existen dos elementos fundamentales que inciden en la recuperación
de hidrocarburos en los proyectos exploratorios: riesgo e incertidumbre.
Si bien en los proyectos de explotación se definen perfiles de producción, montos de inversión y
costos, en los proyectos de exploración se deben considerar que las localizaciones son o no
productivas y posteriormente recurrir a la probabilidad para evaluar el potencial de recursos
existentes.
En la evaluación de un proyecto de exploración estrictamente no debería hacerse referencia a
un Valor Presente Neto (VPN) per se, dado que existe incertidumbre en el número de barriles a
extraer, en el monto de las inversiones y en el costo a ejercer. Propiamente, se debería hablar
de un Valor Monetario Esperado (VME).
En la industria petrolera existen varios métodos para cuantificar el riesgo, la incertidumbre y
evaluar económicamente los proyectos. Entre los más utilizados se encuentran:
1. Árboles de decisión.
2. Simulaciones estocásticas tipo Monte Carlo.
3. Opciones reales.
Cada método define la forma de modelar la incertidumbre en recursos prospectivos, precios y
costos; además, señalan cómo incorporar el valor del dinero en el tiempo y cómo administrar
los proyectos y sus posibles divergencias.1
1 El método Monte Carlo asume distintas funciones de probabilidad para estimar cada uno de los parámetros; los árboles de
decisión asignan probabilidades a la toma de decisiones; y, las opciones reales, plantean el valor del proyecto a través de una ecuación diferencial.
36
La información proporcionada y validada por Pemex asume que los recursos a recuperar, las
inversiones y costos provienen del P50 estimado; con base en lo anterior, la Comisión realizó la
evaluación económica.
Es importante señalar que, al ser un proyecto de exploración, existe mayor incertidumbre en la
estimación de variables. Con base en lo anterior y, siendo riguroso en la terminología
económico-financiera, el indicador de rentabilidad que sustituiría al Valor Presente Neto (VPN)
sería el Valor Monetario Esperado (VME). En la documentación de este proyecto, Pemex calcula
un VPN estimado a partir del P50 de las variables, por lo que la Comisión revisó los cálculos,
utilizando el VPN como indicador de rentabilidad.
Los supuestos financieros utilizados para la evaluación son los siguientes, Tabla 11:
Tabla 11. Supuestos Financieros.
Concepto Valor Unidad
Precio del crudo 71.6 usd/barril Precio de gas 6.0 usd/mpc Tasa de descuento 12 % Tipo de cambio 13.77 pesos/usd Equivalencia gas-petróleo crudo equivalente 5 mpc/b
En la Tabla 12 se presenta la estimación realizada por Pemex para la Alternativa 1, seleccionada
para el proyecto. De esta forma, el objetivo reside en determinar si el proyecto de exploración
Campeche Poniente es rentable o no lo es y si la alternativa seleccionada es la más rentable.
Tabla 12. Alternativa 1. Indicadores económicos, PEMEX.
Indicadores económicos
Antes Impuestos Valor Presente Neto VPN = mmpesos 212,994 Valor Presente Inversión VPI = mmpesos 79,195 Relación VPN/VPI = peso/peso 2.69
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a) Del análisis realizado por la Comisión se concluye que la alternativa 1 es la más rentable,
en consistencia con los resultados que presenta Pemex a su análisis de alternativas. Esta
alternativa presenta el mejor VPN antes y después de impuestos y las mejores relaciones
VPN/VPI y Beneficio/Costo.
b) El análisis de sensibilidad revela que la alternativa 1 es la más robusta ante cambios en
las condiciones iniciales (precio de hidrocarburos, pronóstico de producción y costos de
operación e inversión). Después del análisis económico, la Comisión coincide con Pemex
en que la alternativa 1 presentada es la que muestra los mayores beneficios económicos.
c) Existen diferencias importantes en montos de inversión, gasto operativo, perfiles de
producción y recuperación de reservas en la información que envía PEP para proyectos y
la que presenta en la BDOE. Si bien PEP alerta en su documento que se debe ser
cauteloso en las comparaciones, las divergencias son notables. Debido a lo anterior, es
conveniente que PEP explique detalladamente dónde radica el origen de dichas
diferencias.
d) De acuerdo al Oficio SPE-GRHYPE-022/2011 relacionado a la clase de costos del
proyecto, hacen referencia que para los Proyectos de Exploración son de clase III y IV
para el primer año; IV y V para los siguientes. Por lo anterior, se deberá tener un control
estricto de los costos de las actividades a desarrollar en el proyecto.
d) Ambiental
De la información señalada por Pemex en relación con esta componente, se determinó que las
obras y actividades relacionadas con el proyecto se encuentran comprendidas en dos diferentes
proyectos ambientales:
1. Perforación de Pozos Exploratorios y Delimitadores del Proyecto Pakat Nasa.
2. Proyecto Kuchkabal.
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Al respecto, destaca lo siguiente:
Oficio resolutivo S.G.P.A./DGIRA.DEI.0452.04 de fecha 23 de marzo de 2004, por el que
la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la SEMARNAT, autoriza
de manera condicionada la realización del “Perforación de Pozos Exploratorios y
Delimitadores del Proyecto Pakat Nasa” por un periodo de 13 años a partir de la fecha
de emisión del oficio resolutivo y permite la perforación de 72 localizaciones
exploratorias y 72 localizaciones delimitadores.
Oficio resolutivo S.G.P.A./DGIRA.DDT.0041.06 de fecha 17 de enero de 2006 por el que
la DGIRA autoriza de manera condicionada la realización del “Proyecto Kuchkabal” por
un periodo de 15 años a partir de la fecha de emisión del oficio resolutivo y el cual avala
la perforación de 225 pozos exploratorios y 60 delimitadores en la Zona Exclusiva del
Golfo de México, frente a las costas de Campeche, Tabasco y Veracruz.
La Figura 3 muestra la ubicación de la poligonal del proyecto y las asignaciones solicitadas por
Pemex para el proyecto de exploración Campeche Poniente; la Figura 4 muestra la ubicación de
la poligonal del proyecto, la poligonal ambiental y las asignaciones petroleras del proyecto de
exploración Campeche Poniente. La Figura 5 muestra el área de impacto ambiental autorizadas
en el proyecto (Kuchkabal) para la perforación de pozos exploratorios.
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Figura 3. Ubicación de la poligonal del proyecto y las asignaciones solicitadas por Pemex para el proyecto de exploración Campeche Poniente.
Figura 4. Ubicación de la poligonal del proyecto, la poligonal ambiental y las asignaciones petroleras del proyecto de exploración Campeche Poniente.
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Figura 5. Área de impacto ambiental autorizadas en el proyecto (Kuchkabal) para la perforación de pozos exploratorios.
Con base en lo anterior, esta Comisión concluye:
a) De acuerdo a las Figuras 3 y 4, las áreas 088-54, 089-54, 090-54, 091-54, 087-55, 088-55,
089-55, 090-55, 091-55, 087-56 y 088-56 cuentan con autorización en materia de impacto y
riesgo ambiental para la realización de las actividades por parte de la autoridad
(SEMARNAT) señalada por Pemex.
Esta Comisión recomienda gestionar las autorizaciones ambientales pertinentes toda vez
que Pemex requiera extender o ampliar las actividades, el área total del proyecto y/o la
vigencia de las autorizaciones actuales.
b) Los oficios resolutivos que contienen las autorizaciones en materia ambiental para el
proyecto, no detallan con precisión las actividades del proyecto de exploración Campeche
41
Poniente, por lo que se recomienda que para las actualizaciones o modificaciones de dichas
autorizaciones ambientales se detallen las actividades correspondientes a cada proyecto y
campo petrolero presentado a esta Comisión. Asimismo, se recomienda incluir en la
documentación presentada por Pemex una tabla que indique el grado de avance en la
realización de las actividades autorizadas por los oficios resolutivos correspondientes al
proyecto de exploración Campeche Poniente.
c) Esta Comisión sugiere incluir en la documentación proporcionada por Pemex un cuadro en
donde se relacionen las coordenadas de las poligonales ambientales que se muestran en los
oficios resolutivos mencionados, con sus respectivas modificaciones, para brindarle claridad
al proceso de verificación ambiental.
d) Cualquier cambio o modificación a las autorizaciones ambientales presentadas deberá
informarse a la Comisión, a fin de que se actualice el presente dictamen.
Considerando todo lo expuesto, se concluye que el proyecto de exploración Campeche Poniente
cuenta con las autorizaciones en materia de impacto y riesgo ambiental para la realización de
las actividades autorizadas en los oficios resolutivos correspondientes emitidos por la autoridad
(SEMARNAT).
e) Seguridad Industrial.
Respecto a los aspectos de seguridad industrial para el proyecto Pemex señala que cuenta con
los siguientes elementos:
Identificación de Riesgos Operativos.
Los riesgos operativos, recaen principalmente en la perforación y terminación de pozos y se
asocian a problemas mecánicos imprevistos durante la perforación y terminación, que
incrementan los tiempos y los costos de los pozos.
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Los principales factores que contribuyen al alto riesgo en las operaciones durante la perforación
de pozos exploratorios son:
Fallas geológicas.
La profundidad de los pozos exploratorios, que oscila entre 4,100 y 7,000 m, en
diferentes niveles estratigráficos.
El control de las zonas presurizadas.
Altas temperaturas.
Acuíferos someros
Formaciones inestables.
Evaluación de riesgos operativos.
Con el fin de garantizar el alcance de los objetivos geológicos y minimizar los riesgos operativos,
se está aplicando la metodología VCDSE en el diseño de las etapas de perforación y terminación
de pozos, así como la incorporación de nuevas tecnologías, como el uso de herramientas que
permiten conocer en tiempo real el tipo de formación que se está atravesando y con ello, tomar
las mejores decisiones en forma oportuna, lo que redunda en una significativa disminución de
riesgos operativos, además de generar ahorros sustantivos en tiempo y costo.
Adicionalmente, se tienen las siguientes medidas y planes de contingencia: implantación del
sistema integral de administración de la Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que
incluye los lineamientos y procedimientos para la capacitación, análisis de riesgos, planes y
respuesta a emergencias, integridad mecánica, así como control y restauración de las áreas en
que se llevan a cabo actividades que pudieran impactar al ambiente, también como parte del
programa de capacitación a través de terceros, se imparten cursos sobre: sistemas de gestión
ambiental, análisis e interpretación de la norma ISO 14000, legislación ambiental, manejo de
materiales y residuos peligrosos, estudios de impacto ambiental, auditorías ambientales,
talleres de análisis de riesgos, sistema de permisos para trabajos con riesgo etc.
43
Por lo anterior, la Comisión señala que:
a) La seguridad industrial debe observarse como un sistema de administración integral de
la seguridad que incluya los diferentes elementos que lo soportan, empezando por una
documentación de las instalaciones de trabajo, la identificación y evaluación de riesgos
por medio de metodologías bien definidas, la administración del cambio que incluya la
interrelación entre instalaciones y personal con el objetivo de revisar y actualizar
constantemente procedimientos operativos que deriven en prácticas seguras de trabajo
involucrando a proveedores y contratistas los cuales, al igual que el personal de Pemex,
deben de tener un entrenamiento efectivo y periódico.
b) Resulta importante que Pemex cuente con un proceso bien definido que identifique los
riesgos bajo una metodología apegada a las mejores prácticas y estándares
internacionales para asegurar la eficiencia y efectividad de la misma, por lo que esta
Comisión recomienda que Pemex implemente un programa de identificación de riesgos,
evaluación de riesgos, mecanismos de administración de riesgos y plan de respuesta a
emergencias, conforme a los estándares aceptados por la industria, tal como la norma
API RP 75.
c) Con respecto al taponamiento temporal o definitivo de pozos exploratorios, Pemex
deberá vigilar que las operaciones se realicen con estricto apego a la normatividad
existente.
d) En la evaluación de riesgos operativos se deberá contemplar la estimación de los costos
asociados en caso de accidentes en la ejecución de los proyectos, tales como daño a
instalaciones, derrames de hidrocarburos, fatalidades, daños ambientales, entre otros,
así como también una evaluación socioeconómica que contemple las externalidades
negativas.
e) En muchas de las operaciones de perforación de pozos exploratorios y toma de
información, intervienen externos que apoyarían en la ejecución de las obras y servicios
44
para realizar las actividades, por lo que es imperante contar con empresas especializadas
en esta clase de trabajos con experiencia certificada y calificada para realizar las tareas
de gran magnitud y complejidad requeridas por la industria petrolera, capacidad técnica
y financiera comprobables, a fin de garantizar la ejecución y finalización de las tareas
contratadas, debiendo utilizar tecnología de vanguardia, además realizar sus procesos de
manera eficiente y apegada a los estándares de calidad internacionales, así como a la
normatividad gubernamental .
f) Esta Comisión considera que Pemex debe actualizar y verificar constantemente la
normatividad interna, contar con la suficiencia organizacional y de coberturas financieras
para contingencias, con planes y procedimientos para la atención de contingencias o
siniestros que se pudieran presentar por el desarrollo de las actividades mencionadas
del proyecto.
g) Asimismo es necesario que cuente con los documentos técnicos y descripción de
permisos gubernamentales tales como la autorización de uso de suelo, planos de
localización de los pozos, plan de administración de la integridad, entre otros; lo
anterior, tomando en cuenta que todos los procesos, procedimientos y normatividad
deben ser totalmente auditables.
45
VII. Observaciones y recomendaciones
De la información que fue remitida a esta Comisión, el grupo de trabajo realizó el análisis
sobre el proyecto, respecto del cual se destacan los siguientes elementos que se plasman en
forma de observaciones y recomendaciones que podrán ser tomadas en consideración por
la Secretaría de Energía para facilitar el adecuado seguimiento de los proyectos ejecutados
en las asignaciones de área que otorgue, y/o ser atendidos por PEP para el buen desempeño
y mejora del proyecto:
a) Se sugiere a la SENER que otorgue un sólo título de asignación correspondiente al área
en la cual se desarrollarán las actividades del proyecto presentado por Pemex.
b) Se recomienda que la SENER requiera que Pemex solicite los permisos de actividades
estratégicas del proyecto, con la finalidad de que sea sometido al proceso de
autorización y realización de trabajos petroleros.
c) Es necesario que Pemex y/o PEP, implementen sistemas de información que permitan a
la Comisión, la SENER y demás autoridades competentes, acceder a la información
petrolera del país de una manera más ágil y transparente.
d) La identificación y la evaluación de riesgos operativos presentados en la información del
proyecto, debe complementarse con la revisión de requisitos de seguridad prescriptivos
establecidos en la normativa de seguridad aplicable de acuerdo al marco normativo
nacional o internacional.
Lo anterior, en virtud de que dentro de los procedimientos necesarios para la
administración de riesgos y, en general como parte de los elementos necesarios para
garantizar la seguridad industrial del proyecto, tanto para la instalación de equipos como
para la perforación de pozos resulta importante que Pemex cuente con un programa de
identificación de riesgos, evaluación de riesgos, mecanismos de mitigación de riesgos y
46
plan de respuesta a emergencias, conforme a los estándares aceptados por la industria,
tal como la norma API RP 75.
e) Para la evaluación de los riesgos operativos, Pemex debe tener un enfoque orientado a
la detección de anomalías, especificar si éstas fueron identificadas por certificadores,
auditores externos o auditores internos de Pemex, así como definir claramente el tipo de
anomalía (descripción) la prioridad asignada (alta, media o baja) y el programa o
acciones para la atención de las mismas.
f) Toda vez que el proyecto de exploración Campeche Poniente, está documentado ante la
SHCP como un proyecto avalado por el proyecto Cantarell es conveniente que se
desagregue del mismo, a efecto de reducir la carga financiera de dicho proyecto y dar
mayor transparencia tanto al seguimiento de los proyectos como al análisis del
portafolio de inversiones de Pemex; lo cual apoyará en la evaluación y el control de las
actividades exploratorias del país.
g) En este sentido, el proyecto Cantarell ha sido documentado de forma integrada, sin
desagregar los elementos de cada uno de los proyectos incluidos, por lo que el proyecto
de exploración Campeche Poniente no se encuentra detallado dentro de la
documentación del proyecto Cantarell. Por tal motivo, esta Comisión recomienda que
Pemex lleve un control de los cambios en las inversiones, objetivos, alcances y
actividades de todos sus proyectos, en este caso, del proyecto de exploración Campeche
Poniente. Lo anterior, aunque la SHCP no lo solicite e independientemente del proyecto
en que se documente.
h) Se deberán documentar los planes de cada una de las oportunidades que se conviertan
en campos descubiertos de acuerdo con los lineamientos para el diseño de proyectos de
exploración y explotación y su dictaminación, emitidos por la Comisión, vigentes en ese
momento.
i) Pemex, a través de PEP, debe proporcionar de manera detallada, los programas
multianuales de perforación de pozos y de estudios a realizar, así como reportar el
47
avance trimestralmente. Además se deberá informar cuando el proyecto presente
modificación sustantiva, derivado de nueva información proveniente de algún estudio o
de la perforación de un pozo. Adicionalmente, deberá enviar el análisis comparativo
(tiempo, inversiones, resultados, etc.) entre lo programado y lo efectivamente realizado
de cada pozo construido.
j) Que Pemex, a través de PEP informe sobre los resultados de los pozos exploratorios en
un plazo no mayor a tres días hábiles después de la terminación o en el momento en que
Pemex haga público el resultado a través de su página de internet o medios nacionales o
internacionales, lo que suceda primero. Para ello se sugiere utilizar el formato
presentado en el Anexo II del presente dictamen.
k) Que Pemex, a través de PEP, envíe copia del Informe Final al término de los estudios
geológicos que realice en relación con este proyecto.
l) Que en el caso de éxito exploratorio, Pemex, a través de PEP, presente el programa de
toma de información que incluya pruebas de presión-producción, análisis PVT, corte y
análisis de núcleos, análisis de laboratorios, entre otros; lo anterior, para determinar las
características del sistema roca-fluidos que permitan apoyar en la estrategia de
explotación de los campos descubiertos y que logren incorporar reservas de
hidrocarburos.
m) Que Pemex, a través de PEP, presente un informe de las fuentes de información
utilizadas para la estimación de sus inversiones y gastos de operación, así como las
referencias nacionales e internacionales que demuestren que se encuentran estimadas
de acuerdo con prácticas internacionales. Además, que presente el comportamiento
futuro de las variables involucradas para la estimación de inversiones y gastos de
operación de las actividades plasmadas en este proyecto, así como las consideraciones
de su predicción.
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VIII. Solicitudes a la SENER
Es la opinión de la Comisión que la SENER debe considerar establecer diversos mecanismos de
seguimiento específico a los proyectos, a través de programas de trabajo, exclusivamente por lo
que se refiere a la actividad de exploración manifestada en el alcance del proyecto objeto del
presente dictamen.
Para tal efecto, la Comisión emite las siguientes solicitudes a la Secretaría para que, en su caso,
sean incorporadas como obligaciones en los términos y condiciones de los Títulos de Asignación
respectivos:
1. La obligación para que Pemex, a través de PEP, dé seguimiento a las métricas señaladas
en el Anexo I de este dictamen técnico y que entregue, a la Secretaría y a la Comisión,
un reporte anual de dicho seguimiento. Lo anterior, permitirá identificar modificaciones
sustantivas al proyecto.
En caso de ser incluida, y por razones de economía administrativa, se sugiere que dicho
reporte de métricas se presente en formato electrónico, dentro de la primera semana
del mes de febrero de cada año, a partir del siguiente a aquél en que se hubieren
otorgado las asignaciones petroleras respectivas.
En caso de que se genere modificación sustantiva del proyecto conforme a los
Lineamientos técnicos para el diseño de los proyectos de exploración y explotación de
hidrocarburos y su dictaminación, Pemex deberá obtener el dictamen de la Comisión
respecto del proyecto modificado.
Cabe mencionar que la anterior solicitud se hace sin perjuicio de las atribuciones que
directamente ejerza la Comisión en materia de seguimiento de proyectos y
requerimientos de información.
49
2. La obligación para que Pemex, a través de PEP, informe trimestralmente sobre los
avances en la implementación de la metodología VCD (FEL) y en relación con los ajustes
en la estrategia debido a los avances y hallazgos durante el desarrollo de las actividades
del proyecto.
3. La obligación para que Pemex, a través de PEP, presente para dictamen la nueva
propuesta de desarrollo que se consense con el prestador de servicios, para el caso de
las actividades que se realicen en los campos o bloques que se encuentren en las
asignaciones comprendidas en el proyecto de exploración Campeche Poniente que sean
asignados bajo el esquema de contratos incentivados u otro esquema contractual para
su evaluación, exploración y/o desarrollo; lo anterior, en caso de que dicha propuesta
se adecue a algún supuesto de modificación sustantiva en términos de los lineamientos
correspondientes.
En este sentido, se considera necesario que Pemex coadyuve para que el responsable
del proyecto y el prestador del servicio presenten el proyecto de manera presencial y
celebren las reuniones necesarias con el personal responsable de la Comisión.
4. La obligación para que Pemex, a través de PEP, elabore un análisis de factibilidad sobre
el desarrollo de un modelo de dependencia entre oportunidades o pozos, para realizar
escenarios dependiendo del resultado que se obtenga en todos los elementos presentes
del sistema petrolero y play analizado, sobre todo en las primeras oportunidades a
perforar.
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IX. Opinión
Para los efectos administrativos a que tenga lugar en términos de la fracción XV, del artículo 4o.
de la Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, en relación con la fracción VIII, del artículo
33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el presente dictamen y opinión se
emite en sentido Favorable.
Sin detrimento de lo anterior, la Comisión hace del conocimiento de la SENER, las
observaciones, recomendaciones y solicitudes referidas en los capítulos anteriores, para que en
su caso, sean incorporadas como obligaciones en los Términos y Condiciones de los Títulos de
asignación respectivos. Lo anterior, derivado del análisis de los elementos relevantes del
proyecto y que esta Comisión considera deben tener un seguimiento específico a través de
programas de trabajo.
Para la emisión de la opinión, la Comisión toma en cuenta el resultado del Dictamen técnico del
proyecto, la información presentada por Pemex para el otorgamiento, modificación, cancelación
o revocación de una asignación petrolera, así como información adicional a la que este órgano
desconcentrado tuvo acceso, a través de solicitudes.
Dicha opinión se integra en atención al análisis realizado a las componentes estratégicas, de
modelo geológico y diseño de actividades de exploración, económica, ambiental y de seguridad
industrial que se expresan en el contenido del dictamen.
En términos de las observaciones al proyecto que han quedado descritas en el presente
documento se emite la opinión con la finalidad de que la SENER los tome en consideración en
los Términos y Condiciones de los Títulos de las asignaciones petroleras que corresponda
otorgar en relación con el proyecto de exploración Campeche Poniente.
En este sentido, se emite opinión en sentido favorable, en términos del presente dictamen, las
asignaciones que corresponden a dicho proyecto, números: 247, 248, 249, 253, 254, 255, 259,
51
260, 1213, 1610 y 1611 que la SENER considera como áreas 088-54, 089-54, 090-54, 091-54,
087-55, 088-55, 089-55, 090-55, 091-55, 087-56 y 088-56, la cual se limita a las actividades
relacionadas con el proyecto de exploración Campeche Poniente con base en la información que
fue remitida y analizada.
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Anexo I
Métricas del proyecto de exploración Campeche Poniente.
Proyecto de Exploración Campeche Poniente
Unidades 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2011-2024 % Variación
Modificación Sustantiva
1.- Inversión. (mmpesos) Programa 1,179 4,427 4,923 4,161 6,478 7,107 3,736 5,263 61,371 25
(mmpesos) Real
2.- Pozos (número) Programa 1 3 5 4 5 6 4 4 52 25
(número) Real
3.- Sísmica (km2) Programa 0 1,000 0 0 1,200 0 0 0 3,700 25
(km2) Real
Seguimiento
1.- Recursos Prospectivos a evaluar P10. (Por el riesgo e
incertidumbre que se tiene en el proyecto se evaluará cada 5 años.
Pemex dará la contribución por pozo de ser solicitado.)
(mmbpce) Programa P10 10 57 47 13 74 84 0 0 1,152 NA
1.- Recurso Prospectivo a evaluar P50 (mmbpce) Programa P50 63 170 193 108 260 220 103 69 1,655 NA
1.- Recurso Prospectivo a evaluar P90 (mmbpce) Programa P90 120 298 389 264 515 399 223 158 2,322 NA
(mmbpce) Real P10
(mmbpce) Real P50
(mmbpce) Real P90
NA. No aplica.
* Información que deberá presentar Pemex
Se deberá viglar que la variación de las inversiones no sea mayor a 25% en el total y de manera anual.
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Anexo II
Informe de terminación del pozo exploratorio XXXX Fecha:
Municipio o entidad federativa:
Región:
Activo:
Proyecto:
Formación:
Coordenadas: Conductor Objetivo 1 Objetivo n
Longitud: X:
Latitud: Y:
Núm. de equipo de perforación:
Propietario:
Capacidad (HP)
Tirante de agua (m):
Profundidad total (m): Vertical: Desarrollada:
Fecha de inicio de perforación:
Fecha de termino de perforación:
Fecha de inicio de terminación:
Fecha de terminación:
Resultados
Estado mecánico del pozo: (ajustar de acuerdo al pozo)
Conductora (m): Verticales: Desarrollados:
Superficial (m): Verticales: Desarrollados:
Intermedia (m): Verticales: Desarrollados:
Explotación (m): Verticales: Desarrollados:
Profundidad total (m): Verticales: Desarrollados:
Pruebas de producción (ajustar de acuerdo a las pruebas):
Intervalo 1 (m): Verticales: Desarrollados:
Formación:
Qo (bpd):
Qg (Mpcd):
RGA(m3/m3):
Estrangulador (pg):
Densidad del aceite (API):
Agua (%)
Salinidad (ppm):
pH:
Sedimentos (%):
Volumen incorporado (Mbpce): 1P 2P 3P
Reserva incorporada (Mbpce): 1P 2P 3P
Describir la manera en la que se
desarrollará el campo descubierto:
Fecha para la presentación del
proyecto a la CNH para dictamen:
Observaciones:
Firmas de los responsables: Administrador o gerente
Notas:
La M es de millones.
Respecto al proyecto de delimitación y/o desarrollo del campo descubierto: