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8/17/2019 Derechos de Los Teletrabajadores
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DERECHOS DE LOS TELETRABAJADORES
La igualdad de trato es uno de los principios vitales del teletrabajo, toda vez que el
teletrabajador tiene los mismos derechos y garantías laborales que un trabajador que se
encuentre en las instalaciones del empleado. El teletrabajo no implica el desmejoramiento de
los derechos adquiridos, ni mucho menos la desmejora de las condiciones laborales actuales.Esta modalidad debe ser utilizada para mejorar la calidad de vida del trabajador y la
productividad de la entidad, y en ningún momento modifica el contrato de trabajo. La ley 1221
de 2008 establece que la igualdad de trato entre teletrabajador y trabajador se deberá
fomentar, particularmente en estos aspectos: › Derecho de constituir o afiliarse a las
organizaciones que escojan. › Protección en materia de Seguridad Social › Remuneración. ›
Acceso a la formación. › Protección de la maternidad. › Respeto a la intimidad y privacidad del
trabajador. Además, establece otros supuestos de igualdad de trato, como a la protección de
la discriminación en el empleo, la protección por regímenes legales de seguridad social, y la
edad mínima de admisión al empleo o al trabajo. Finalmente, el Artículo 4° del Decreto 884 de
2012, establece que: “El empleador debe promover la igualdad de trato en cuanto a
remuneración, capacitación, formación, acceso a mejores oportunidades laborales y demás
derechos fundamentales laborales, entre teletrabajadores y demás trabajadores de la empresa
privada o entidad pública”.