Post on 03-Sep-2015
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Seor JUEZ PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO
Ref:ASUNTO:DERECHO DE PETICIN. ART. 23 DE LA CONSTITUCIN NACIONAL
JENNY VILLAMIL CAMPOS, identificada con cdula de ciudadana No. 40.382.321 expedida en Villavicencio, mediante la presente y con el respeto acostumbrado me dirijo a usted acogindome al Derecho de Peticin, con el fin de solicitar se sirva ordenar me sea entregado el Registro de Defuncin del occiso CESAR NUVIEL VILLAMIL CAMPOS, donde figure el nmero de cdula con el cual se identificaba en vida.
Solcito lo anterior en ejercicio del derecho de peticin consagrado en el artculo 23 de la Constitucin Poltica de Colombia y con el lleno de los requisitos del artculo 5 del cdigo contencioso Administrativo, y debido a que en la Registradura exigen este registro de defuncin con el nro de la cdula para poder dar de baja a dicho nmero, porque de lo contrario, el occiso aparece como si estuviera vivo.
Con la conviccin de su colaboracin, me suscribo de usted.
Atentamente,
JENNY VILLAMIL CAMPOSC.C. No. 40.382.321 VillavicencioCEL. 312 611 14 84