DECRETO 3193

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Legislacion Civil Nicaraguense.

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DECRETO A.N. No. 3193EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUAHace saber al pueblo nicaragense que:LA ASAMBLEA NACIONAL DE LAREPUBLICA DE NICARAGUAEn uso de sus facultades;HA DICTADOEl siguiente:DECRETO

Arto. 1. Otrgase Personalidad Jurdica a la FUNDACINROBERTO TERN FUNDACIN R.T., sin fines de lucro,de duracin indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2. La representacin legal de esta Fundacin serejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La Fundacin Roberto Tern FUNDACIN R.T.,est obligada al cumplimiento de la Ley General sobre PersonasJurdicas sin Fines de Lucro y dems Leyes de la Repblica.

Arto. 4. El presente Decreto entrar en vigencia a partir de lafecha de su publicacin en La Gaceta, Diario Oficial.Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de laAsamblea Nacional, a los cuatro das del mes de Diciembre deldos mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de laAsamblea Nacional. PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON,Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publquese y Ejectese. Managua, siete de Enerodel ao dos mil dos. ARNOLDO ALEMAN LACAYO,Presidente de la Repblica de Nicaragua._________