Post on 11-Dec-2015
description
2 1 2 CONVALIDACIONES Y HOMOLOGACIONES
De acuerdo al artículo 9°, es necesario que el
Asesor autorice una matrícula de acuerdo al Seguimiento
Académico del Alumno, para lo cual es necesario considerar los
puntos más importantes del Reglamento de
Convalidaciones y Homologaciones de Asignaturas (APROBADO POR
RESOLUCIÓN N° CU-093-UNSAAC DE 03-05-97), que se
detallan a continuación:
CAPITULO I
DE LA CONVALIDACIÓN
Art.1º.- La convalidación de asignaturas, es el
reconocimiento de la aprobación de una o más asignaturas
cursadas, tanto en Universidades extranjeras, otras
universidades del Sistema Nacional y/o particulares o en
Institutos de las Fuerzas Armadas (PNP).
Art.2°.- Las solicitudes de convalidación las resolverá la
comisión académica de la Facultad pertinente. Art.3°.- Las
convalidaciones se declaran procedentes cuando se refieren a
asignaturas aprobadas del currículum de Estudios y Syllabus
vigentes.
CAPITULO II
DE LAS HOMOLOGACIONES DE ASIGNATURAS
Art.8°.- La HOMOLOGACIÓN es el procedimiento, traducido
créditos, de los estudios realizados cor el alumno:
a) En el sistema rígido al convertirlos al régimen flexible
o viceversa.
b) Entre carreras profesionales de una misma facultad.
c) Entre diferentes facultades; correspondiéndoles 2/10
partes del total de créditos exigidos en cada carrera
profesional.