Concesiones mineras

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Concesiones mineras

Las concesiones mineras son una figura mediante la cual el Estado le da el derecho a un tercero para realizar actividades de exploración y explotación que permitan el aprovechamiento de los minerales que se encuentran en el subsuelo del territorio nacional

LIMITACIONES EN TERRITORIOS PARA CONCESIONESEn caso de que las concesiones

mineras que involucren áreas que comprendan terrenos ocupados por monumentos arqueológicos o históricos, carreteras, gaseoductos, cuarteles, obras de defensa nacional, entre otros, la legislación sobre la materia señala que deberá respetarse la integridad de las referidas construcciones e instalaciones.

TIPOS DE CONCESIÓN

Es la que otorga el derecho a la exploración y explotación de los

recursos minerales que se encuentren en el subsuelo de

un área determinada.

Concesión Minera

Concesión de Beneficio

Permite realizar los procesos necesarios para obtener el metal contenido en el mineral que se

obtiene de las minas

concentración

fundiciónRefinación

Concesión de Labor General

Autoriza a una empresa a brindar servicios auxiliares

como los de ventilación, desagüe

Concesión de Transporte Minero

Permite el transporte masivo de productos minerales a través de

métodos no convencionales (fajas transportadoras, tuberías o cables

carriles).

DERECHO DE VIGENCIA

Todo minero titular de una concesión minera o de beneficio está obligado a pagar un monto de dinero al Estado, a fin de mantener vigente su concesión. Este pago se conoce como “derecho de vigencia”.  

1 AÑO 2 AÑO

FORMULO EL PETITORIO

Desde el 1° de enero al 30

junio

pago el derecho de vigencia

Pequeño Productor Minero

US$ 1.00 (un dólar) o su equivalente en moneda nacional, por hectárea solicitada u otorgada.Por ejemplo:Si ha solicitado 800 hectáreas debe pagar por derecho de vigencia: US$ 800, ya que:

800 hectáreas x US$ 1.00 = US$ 800.

Productor minero artesanalUS$ 0.50 (medio dólar) o su

equivalente en moneda nacional, por hectárea solicitada u otorgada.Por ejemplo:Si ha solicitado 800 hectáreas debe pagar por derecho de vigencia: US$ 400 ya que:

800 hectáreas x US$ 0.50 = US$ 400.

Régimen General de la Mediana y Gran MineríaEl pago por derecho de vigencia

es mayor (US$ 3.00 por hectárea solicitada u otorgada).

Si ha solicitado 800 hectáreas debe pagar por derecho de vigencia: US$ 400 ya que:

800 hectáreas x US$ 3.00 = US$2 400.

Producción Mínima y Penalidad

Recuerde que la concesión minera obliga al titular a explotar los recursos mineros ubicados en el área concesionada. En consecuencia, está usted obligado a invertir dinero y trabajo hasta alcanzar la mínima producción de minerales que exige la Ley General de Minería.

Pequeño productor minero acreditado• No menos de US$ 50.00 (o su

equivalente en moneda nacional), por año y por hectárea otorgada, sea cual fuere la sustancia.

Por ejemplo: Si el número de hectáreas que comprende su concesión es 1000, entonces tendrá que producir como mínimo el equivalente a: US$ 50 x 1000 Hectáreas = US$ 50,000 por año.

Productor minero artesanalNo menos de US$ 25.00 (o su

equivalente en moneda nacional), por año y por hectárea otorgada, sea cual fuere la sustancia.

Por ejemplo: Si el número de hectáreas que comprende su concesión es 8, entonces tendrá que producir como mínimo el equivalente a: US$25 x 8 Hectáreas = US$ 200 por año.

La producción mínima exigida por la Ley de Minería la debe obtener a más tardar al vencimiento del sexto año, computado a partir del año en que se le otorgó el título de concesión o en que suscribió el contrato de explotación.

Ejemplo:Si su título de concesión minera fue otorgado en el año 2009, entonces debe obtener su producción mínima a más tardar en el año 2015, que viene a ser el sexto año desde que se le otorgó su título de concesión.